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LA MERLUZA NEGRA. TODOS SON RESPONSABLES.

César Augusto Lerena*

Las empresas nacionales, de capital extranjero, Argenova, Estremar y Pesantar, poseedores del ciento por ciento de las cuotas de captura de la especie Merluza Negra, denunciaron en la Subsecretaría de Pesca que el buque de la firma Prodesur SA, de capital chino, radicado en Tierra del Fuego “Tai An” (ex Daishin Maru 28); cuyo responsable es Liu Zhijiang, pescó sin autorización 163 toneladas de merluza negra en aguas argentinas.

La exportación FOB de Merluza Negra es un negocio anual argentino de unos 70 millones de dólares, ya que se trata de una especie cuyo valor por tonelada está por encima de la cotizada centolla y los langostinos y el cupo máximo de captura anual alcanza a las 3.700 toneladas.

El portal digital de Prodesur SA indica que el barco “Tai An” «es el único buque en Sudamérica dedicado a la elaboración de Surimi a bordo, capturando y procesando las especies Polaca y Merluza de Cola en una factoría de última generación», aunque el buque sea bastante vetusto ―porque fue botado en Japón en 1981―, amplia la empresa en su presentación: «el buque captura y procesa especies como Merluza Negra… respetando el medio ambiente, trabajando en forma responsable y haciendo una explotación sustentable de los recursos marinos». Manifestar como lo hace, que procesa a bordo “Merluza Negra” y además pesca 163 toneladas sin autorización, es un hecho totalmente contrario a una pesca sostenible y al cuidado el medio marino.

Dejando de lado la pesca ilegal, que ocurre tanto en Malvinas por parte de los británicos, españoles y otros, como por los buques chinos, taiwaneses, coreanos y españoles que pescan ilegalmente en alta mar los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva Argentina, sobre la cual ya nos hemos referido muchas veces, el presente es un “caso testigo” de que la pesca ilegal también ocurre con buques nacionales dentro del mar argentino, por falta total de control de la Subsecretaría de Pesca y de las fuerzas de seguridad en el mar.

Hemos dicho repetidamente que la FAO, el INIDEP y AGN indicaron que hay un 30% de descartes en el mar y que se sustituyen especies al momento del desembarco entre otras prácticas prohibidas, como la que nos ocupa de pesca no autorizada que debe tipificarse igualmente de pesca ilegal.

¿Qué es una cuota de captura? Una herramienta de ordenamiento pesquero que otorga un porcentual de capturas a las empresas sobre el total de la Captura Máxima Sostenible fijada anualmente por el Instituto de Investigación (INIDEP) en un área y un período definido, requiriendo, entre otras cosas, tener aprobado un Proyecto de Actividades Pesqueras. Cuando una Empresa no está autorizada a pescar una especie y lo hace ―como en este caso― atenta contra la sostenibilidad de las especies, pudiendo provocar depredación por sobrepesca pero también, atentar contra las empresas que sí están autorizadas a pescar un volumen preestablecido de la especie (Merluza Negra), de modo tal que la pesca no autorizada afecta la planificación, la economía y el cumplimiento con los mercados de la empresa autorizada. Hay un daño biológico y a la ecuación económica empresaria.

Ahora, estas cuestiones, que deberían se prevenidas y detectadas directamente por los organismos indicados, denunciarse y sancionar con mayor frecuencia, HAY RESPONSABLES, además de los empresarios infractores y es necesario que dejemos en claro ello; porque en este tipo de hechos hay agentes públicos irresponsables que contribuyen con sus acciones, inacciones e incapacidades a la anarquía productiva; a la administración descontrolada del recurso y a la consecuente depredación general.

Cuando ocurren irregularidades de este tipo, el buque en cuestión debe ser abordado o intimado a dirigirse en forma inmediata al puerto (Art. 55º de la Ley 24.922) para su debida inspección e inicio del sumario pertinente y las posteriores sanciones que correspondieran que podrían ir desde la colocación de una multa, el decomiso de mercaderías y el buque y hasta la pérdida de la habilitación para pescar. Esto no ocurrió y el argumento que esgrimió el director de control y fiscalización de Pesca Julián Suárez para no ejecutar esta orden, es que habría recibido la indicación contraria del Coordinador de la Cancillería Pablo Ferrara y de los propios funcionarios superiores de pesca.

La primera conclusión a la que arribamos es que si es necesario la denuncia de ilícitos por parte de empresas concesionarias para que actúe la Autoridad de Aplicación, es que ―como ya hemos dicho en otras ocasiones― el Estado Argentino no administra el mar argentino y ello es la razón de los hechos ocurridos en este “caso testigo”.

Son varios los responsables de haber incumplido con sus deberes de funcionarios públicos en esta oportunidad y sería bueno indicarlos por su nombre, porque de otro modo las responsabilidades se diluyen y suelen cortarse por la parte más fina del hilo. No se puede hablar de ejemplaridad de la administración, ya que es sabido: “el pescado se pudre por la cabeza”.

La Canciller Diana Mondino designó a su sobrino político Pablo Ferrara ―quien sería el que presionó al referido director de Fiscalización― el que carece de antecedentes suficientes y de experiencia ejecutiva previa para ocupar los cargos que la Cancillería le asigna. Fuentes diplomáticas indican que habría sido designado Coordinador General del Ministerio de Relaciones Exteriores; se le atribuyen funciones propias de director de la COPLA (Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental) en reemplazo Frida Armas Pfirter y desde el 26 de enero de 2024 se lo designó representante de ese Ministerio ante el Consejo Federal Pesquero, un organismo que no está integrado ni funciona hasta la fecha. Por lo tanto, Ferrara, se trataría de un ÑOQUI, con el agravante que además de no pertenecer al cuerpo diplomático, a quiénes habitualmente se les asignaba esta representación, las cuestiones pesqueras y marítimas le son totalmente ajenas, por lo tanto sería nulo su aporte en la tarea central de este Consejo, tal cual es fijar ―nada menos― que la política pesquera.

El único antecedente que tiene en la materia es el rechazo que la Corte Suprema de Justicia le efectuara a la Acción de Amparo colectivo ambiental contra el Estado Nacional que presentara Pablo Ferrara con el objeto de lograr el cese de la pesca ilegal, en la que la CSJ declaró que “el proceso resultaba ajeno a su competencia por no configurar ninguno de los supuestos que surtan la competencia originaria prevista en los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional” y, nosotros agregamos, después de leer la acción y el fallo, vemos, una falta de sustento del escrito; desconocimiento de la temática; carencia de rigor técnico y científico, arrojando confusión y oscuridad a la gravísima pesca ilegal que se realiza en el Atlántico Suroccidental; no contribuye ni siquiera con su amparo al conocimiento jurídico y a la divulgación popular en esta materia. Nos animamos a decir que de haberse tratado el Amparo hubiera sido rechazado por falta de fundamentos y serias inconsistencias legales y técnicas.

La Autoridad de Aplicación en materia pesquera es el secretario de Bioeconomía (ex Agricultura, Ganadería y Pesca) Fernando Vilella, quien delega sus funciones en el Subsecretario de Pesca Juan Antonio López Cazorla y el director de Control y Fiscalización Pesquera Julián Álvarez que, como el nombre de su cargo lo indica, es quien debe garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en la jurisdicción marítima nacional. Los tres son responsables directos de asegurar la observancia de la ley de Pesca 24.922 pero con su inacción comprometen la sostenibilidad de las especies y la sustentabilidad de terceras empresas. Ambas cuestiones han sido puestas en riesgo por el buque “Tai An”.

Se nos informa (Augusto Taglioni, 19/03/2024) que los agentes públicos Álvarez y Ferrara habrían renunciado por la grave irregularidad de no llevar a cabo acción alguna o impedir las acciones pertinentes respectivamente, frente a lo que debería tipificarse como pesca ilegal por parte de un buque nacional de capital chino en aguas argentinas. Todos los funcionarios estaban anoticiados en tiempo real de los hechos porque a bordo de este barco se encontraba un inspector y un observador oficial. Nosotros entendemos que tanto Vilella, el principal responsable ―quien habría dado la orden de no exigir el regreso a puerto del barco aludido, violando el artículo 55º de la Ley de pesca― como López Cazorla su subsecretario de Pesca, deberían igualmente presentar su renuncia por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, ya que todos los funcionarios referidos no han dado cumplimiento a sus funciones o no han hecho cumplir lo previsto en los artículos 7º; 17º; 20º; 21º; 23º; 27º; 28º; 32º; 49º; 55º a 62º de la Ley 24.922 que regula la actividad pesquera en las aguas argentinas y sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar y ello se agrava, en este caso, porque la Merluza Negra, es una de las especies que además de su alto valor, tiene una gran fragilidad biológica y es capturada también ilegalmente por barcos extranjeros en las aguas bajo control británico en Malvinas.

Y la Prefectura Naval Argentina ¿qué indica en su portal?: “Autoridad Marítima; que cumple funciones de policía de seguridad de la navegación; prevención del orden público; protección ambiental; policía judicial; auxiliar pesquera; aduanera; migratoria y sanitaria” dónde estaba para preservar el medio marino y la sostenibilidad de las especies? Mucha promoción y poca acción.

No podemos dejar de resaltar tampoco que los funcionarios citados por acción u omisión admitieron el proyecto de reforma de la ley de pesca incluida en la llamada Ley Ómnibus que, entre sus aspectos más graves, promovía la extranjerización del mar argentino, la libre importación de buques de cualquier antigüedad en perjuicio de la industria naval, la autorización de que los buques extranjeros descargaran en puertos extranjeros y la posibilidad de no utilizar tripulación argentina, todas medidas que hubieran provocado la desaparición del sector pesquero nacional, la desocupación en la actividad más importante de su historia, el éxodo de la radicación poblacional e industrial patagónica y una importantísima baja de las exportaciones y… todos ellos lo sabían.

El buque pesquero TAI AN pescó ilegalmente: sin cuota de captura, especies de tallas menores que no se han reproducido ocasionando depredación y procesando las capturas sin autorización. Es improbable que sea un caso aislado, sino un caso testigo. Ya lo hemos dicho: no hay administración en el mar argentino.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. www.cesarlerena.com.ar

LA DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO 27 BIS DE LA LEY DE PESCA VIOLA LA CONSTITUCIÓN

César Augusto Lerena*

Los barcos españoles que pescan en Malvinas con licencia británica, los primeros beneficiados con la derogación que plantea Milei.

 

El 28 de mayo de 2008 se sancionaba la Ley 26.386 que se incorporaba como artículo 27º bis a la Ley Federal de Pesca 24.922 que, en términos generales, limitaba las operaciones pesqueras dentro de las aguas bajo jurisdicción de Argentina a quienes no tuvieran un permiso de pesca otorgado por la Autoridad de Aplicación y/o tenían algún tipo de relación jurídica, económica o de beneficio directo o indirecto con quienes realizan explotaciones sin este permiso, de aplicación a todo tipo de nacionalidad de las embarcaciones; pero muy particularmente a quienes pescaban y pescan con licencias ilegales otorgadas por los isleños británicos de Malvinas que, en promedio se llevan, según las estadísticas publicadas por el gobierno ilegal de las islas, unas 250.000 toneladas anuales de productos pesqueros, dañando la economía argentina; afectando todo el ecosistema pesquero de la Zona Económica Exclusiva Argentina; causando un deterioro de medio marino y atentando contra la soberanía nacional. Buques con licencia ilegal de Malvinas podrían pescar en el resto de las aguas bajo control argentino y viceversa, provocando la más grave apropiación de recursos argentinos por parte de extranjeros y el más absoluto desorden en la administración pesquera del Atlántico Suroccidental.

La derogación o sustitución del Artículo 27º bis por el Artículo 215º (ex 247º) de la Ley Ómnibus, además y centralmente, viola la Disposición Transitoria Primera de la Constitución.

Un reconocido jurisconsulto, experto en derecho internacional manifestó: “Teniendo en cuenta los contenidos del artículo 27º bis, se observa que la Argentina está facultada a aplicar sanciones a empresas que tengan una relación societaria con empresas que pescan ilegalmente en las aguas jurisdiccionales argentinas, por ejemplo, las empresas con licencias ilegales de los isleños británicos en Malvinas. El artículo 27 bis fue un paso muy positivo para Argentina, porque está en línea con lo que establece la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, que es procurar recuperar el ejercicio pleno de la soberanía respecto Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur y los espacios marinos correspondientes. Derogar esas facultades implica un grave retroceso, por lo tanto, es incompatible con el contenido de la citada Disposición Transitoria, porque facilitará el ejercicio ilegal británico al otorgar licencias de pesca” (24/01/2024).

Nosotros entendemos, que se trata de un plan destinado a debilitar los derechos argentinos sobre Malvinas, teniendo en cuenta incluso que no hay razones económicas ni las habría que puedan justificar tal desatino que, por el contrario, perjudicaría los intereses económicos y sociales argentinos, incluso los de las empresas nacionales de capital extranjero radicadas en el territorio continental argentino.

Salvando honrosas excepciones, las políticas de los gobiernos en los últimos 50 años respecto a la recuperación de las Malvinas han sido ruinosas para la Argentina. Una de estas excepciones, fue la aprobación en 1994 de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional que reza: «La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino».

El Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB) siempre consideró un escollo insalvable esta Disposición y así, lo dejó de manifiesto en el Pacto de Foradori-Duncan de 2016 en el que se estableció como principal objetivo «remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas»; mientras tanto, los sucesivos gobiernos, por acción u omisión, permitieron pasivamente o con meras reclamaciones inconducentes, los sistemáticos avances territoriales y de explotación de los recursos por parte de los británicos e, incluso el gobierno saliente, hizo la mise en scene “que parezca que nos ocupamos”. Las acciones distorsionaron la letra y el espíritu de la citada Disposición: La “legítima e imprescriptible soberanía” y el “objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino” y no debieron limitarse a la declamación y reclamación; al pedido de apoyo a terceros y a la cooperación unilateral en favor de los invasores. Está claro: se vació de contenido la cláusula constitucional surgida de la mayoría de los argentinos.

No queremos referirnos al pasado sino más bien al oprobioso presente de la “Cuestión Malvinas”; pero deseamos decirles a los responsables de la frustrante etapa concluida que, en lugar de remitir “Informes de Coyuntura de Política Exterior”, típicos de los derrotados y responsables del hoy, que escriben desde los escritorios odas del sin sentido y la desvergüenza. Sería bueno que se llamen a silencio y vivan en la oscuridad que les asigna el fracaso, no solo de la derrota, sino de la incapacidad para diseñar una estrategia y llevar una política que permita caminar hacia la recuperación argentina de los espacios marítimos y los archipiélagos invadidos por los británicos que tanta desesperanza causan a los argentinos.

Dictaron una ley para la creación de un Consejo al que no se le cayó una sola idea; otra para aumentar la sanción a los buques que pescan ilegalmente y no aplicaron una sola sanción a los buques que pescan en el territorio marítimo argentino de Malvinas; no derogaron los Acuerdos de Madrid y “trabajaron” con muchos de los autores intelectuales de estos ignominiosos acuerdos. Como refiere Montesquieu “Cuando en el reinado, existen más facilidades para hacer la corte que, para cumplir con el deber, todo está perdido” y, recordando a Ithacar Jalí: “En la tauromaquia los avisos son tres, al cuarto se llevan el toro al corral” sería justo, un merecido y oportuno retiro antes de que los desencantados les reclamen una razonable rendición de cuentas.

Por el contrario, quienes llegaron en estos días al Palacio saben lo que hacen, no impostan.

Se abrevan en aquellos 17 argentinos que hace 12 años reclamaban una revisión de la política del gobierno sobre “el conflicto” de Malvinas y, donde, “uno de los ejes centrales de la propuesta era que el gobierno adoptase una posición que tenga en cuenta el principio de autodeterminación de los isleños” (La Nación, 23/02/2012) y además buscaban adhesiones en alternativamalvinas@gmail.com; es decir, invitaban a desconocer las Resoluciones de las Naciones Unidas 1.514 (XV), 2.065 (XX), 31/49, 37/9 y la propia Constitución Nacional. Estos opinantes despreciaban las cuestiones relativas a la soberanía nacional y entendían que «la afirmación obsesiva del principio “las Malvinas son argentinas” y la ignorancia o desprecio del avasallamiento que éste supone debilitan el reclamo justo y pacífico de retirada del Reino Unido y su base militar, y hacen imposible avanzar hacia una gestión de los recursos naturales negociada entre argentinos e isleños». Es decir, no respetan la legislación nacional e internacional reconocida y les preocupa más la retirada pacífica de los militares británicos y las cuestiones mercantilistas de negociar con los isleños británicos la utilización de los recursos de Malvinas que son argentinos. La descalificación de “patrioterismo” a quienes tenemos la posición de sostener los derechos argentinos sobre Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, respaldada en los preceptos de la Constitución Nacional y el derecho internacional aplicable, habla por sí misma y, entendemos, que este tipo de opiniones, de personas influyentes, son en gran parte el motivo de los fracasos de nuestro país. No obstante, es muy interesante conocer, a quienes, dentro de la Argentina, tienen una mirada distante a la mayoría de los argentinos. Este tipo de personajes estuvieron presentes en todas las grandes gestas de la independencia y en las distintas etapas de la vida política del país. La mayoría de los problemas que sufre la Argentina no se originan solo en las apetencias de terceros países, sino en la incapacidad e intereses a los que responden nuestros gobernantes y distintos factores de poder, entre los que se encuentran.

En línea con los 17, éramos pocos y apareció Sabrina Ajmechet, historiadora y diputada por la ciudad de Buenos Aires por el PRO, quien escribió en sus redes sociales: “las Malvinas no existen. No son ni nunca fueron argentinas. Las Falkland son de los kelpers. La creencia de que Malvinas son argentinas es irracional, es sentimental” (Ámbito, 25/07/2021). Son verdaderamente notables estas afirmaciones de una diputada de la Nación y, aún más notable, la tolerancia del Congreso de la Nación para tomarle juramento a semejante transgresora de la Constitución Nacional.

Luego, Diana Mondino, la economista, directiva del Banco Roela y entonces candidata a Canciller de la República “brindó una entrevista directa a un medio británico y allí aseguró que Javier Milei respetará el derecho de los isleños” (Urgente 24, 13/09/2023) y luego, ante el rechazo general que provocaron estas declaraciones, incluso entre los votantes de LLA, trató de aclararlas, dejando más certezas que dudas sobre su posición: “Nosotros decimos que la soberanía de la Argentina sobre Malvinas es absolutamente legítima. Y hasta tanto no se llegue a algún tipo de acuerdo, Argentina va a mantener esa postura. No importa lo que yo quisiera está en la Constitución”. “La cordobesa aseguró que el reclamo seguirá vigente en tanto y en cuanto la Constitución así lo indique. “No me voy a apartar de la Constitución. Esa es la parte que para mí no tiene cuestión de ideología ni de pensamiento” (Pulxo 95.1). “Además, profundizó sobre sus dichos y destacó, que su referencia era respetar los derechos de los isleños como argentinos” (Urgente 24, 13/09/2023) y resaltó “Si creemos que las Malvinas son argentinas, los que han nacido en suelo argentino son argentinos, ¿cómo podrían no tener derecho un argentino, me podés explicar eso?”. Se lo explicamos señora Canciller, los isleños, kelpers implantados por el mismo Reino Unido que les permitió ser británicos en 1983 y lo han ratificado por unanimidad en el 2013. No son parte, según las Resoluciones de las Naciones Unidas, no hay tal derecho a la autodeterminación, sino que la posición defendida por la Argentina desde siempre es la de la integridad territorial y su posición personal ―que nos queda muy clara y en línea con los referidos 17 argentinos― no puede sostenerse desde la máxima responsabilidad de las Relaciones Exteriores de la Argentina. Sus explicaciones de extrapolación, etc., se chocan con sus clarísimas declaraciones y explicaciones precedentes.

Si algo faltaba, la reciente designación como embajador en Chile del ex Canciller Jorge Faurie ―autor junto a Susana Malcorra del Pacto Foradori-Duncan citado― es altamente preocupante, por cuanto, es precisamente con Chile, junto a Uruguay, con quien deberíamos trabajar y acordar una posición común en las cuestiones relativas a los derechos argentinos en los archipiélagos, las aguas y la Antártida, para bloquear la posición británica, que en la actualidad ocupa y explota 1.639.900 Km2 de territorio marítimo argentino, además de disputar 1.430.367 Km2 de nuestra plataforma continental extendida y otros 2.426.911 Km2 del territorio Antártico y de las aguas correspondientes. Nos preguntamos, si desde este lugar, va eliminar todos los escollos para que las Malvinas se desarrollen.

Habrá que reformar el artículo 214 del Código Penal. La Causa Malvinas no es una cuestión en la que podamos poner en duda la pertenencia ni el objetivo, que ya está perfectamente definido en la Constitución Nacional. Podremos, en todo caso, discutir la estrategia y la táctica para el logro del objetivo declarado en la Carta Magna; pero no caer en el absurdo, como en la derogación del Artículo 27º bis de la Ley 24.922 facilitando los intereses británicos.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar.

 

** Artículo publicado por Agenda Malvinas, 25 de enero de 2024.  

UNA OPORTUNIDAD PERDIDA PARA ADMINISTRAR EL MAR ARGENTINO

César Augusto Lerena*

Tras la derrota oficial comenzó el pase de facturas. En general, los dardos se tiraron a quienes condujeron la campaña electoral, en lugar de hacerlo, a quienes ocupando distintas áreas de responsabilidad en el gobierno saliente fueron incapaces de cumplir con las consignas previstas en el preámbulo de la Constitución Nacional: “…constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad…” Razón por la cual, el pueblo no les renovó su confianza. Nunca más justa la frase del General: “Con los dirigentes a la cabeza o con la cabeza de los dirigentes”.

No siempre se pierde el gobierno en manos de nuevas ofertas electorales, es frecuente que se deba al agotamiento de las expectativas de los ciudadanos que, pese a la advertencia de Maquiavelo de “que nada genera más resistencia que el cambio del orden vigente”, rompieron la inercia e hicieron tronar el escarmiento. De reinstaurarse el “juicio de residencia” muchos funcionarios que se van a sus casas “sin pena ni gloria” estarían en serios problemas.

Nosotros nos limitaremos ―como siempre― a opinar sobre aquellas cuestiones relativas a la administración del Atlántico Sur, Malvinas y Pesca al final de este ciclo, como lo hemos venido haciendo desde 1976.

Sabemos que los espacios marítimos e insulares representan el 68% del total de la Argentina bicontinental y marítima y que gran parte de esos territorios se encuentran invadidos y disputados por el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB), por lo que nos adelantamos a decir que los responsables de la Cancillería (y su Secretaría y Consejo de Malvinas), la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (y su Subsecretaría y el Consejo Federal Pesquero) y el Ministerio de Defensa, no han prestado un servicio acorde a las necesidades del interés nacional. Otro tanto ha pasado con el rol de las provincias del litoral marítimo. Dándose incluso la incongruencia de que Tierra del Fuego, aun siendo un territorio directamente afectado por el conflicto (Malvinas, etc., son parte de esa Provincia) no ha tenido ningún protagonismo destacable frente a las reiteradas e inconducentes políticas de la Cancillería e, insólitamente, sus habitantes votaron mayoritariamente al nuevo presidente que, de eliminar el régimen de eximición de impuestos previsto en la ley 19.640, su sustentabilidad se verá seriamente comprometida, lo que dificultaría aún más la defensa de los intereses nacionales en la región, ante la presencia del RUGB y otros Estados.

Todo ello en un escenario internacional muy propicio para llevar adelante una Estrategia Nacional e Internacional en estas materias. El Brexit que separó al RUGB y a sus autoproclamados territorios de ultramar de la Unión Europea (2021); la tensión entre Estados Unidos y China y su interés en el Atlántico Sur y la Antártida; la guerra Rusa-Ucrania con la consiguiente necesidad de alimentos y gas; la demanda contra la pesca ilegal por parte de las organizaciones multilaterales; la ampliación de las plataformas continentales más allá de las 200 millas en la Argentina y Chile; el pre Acuerdo de la Unión Europea y el MERCOSUR; la asimetría de Uruguay en relación con la Argentina y Brasil en este mercado; el clima propicio a nivel nacional con motivo de la conmemoración del 40º aniversario de la recuperación de Malvinas.

Dejando de lado algunos reconocimientos a los veteranos producidos con motivo del citado aniversario, los reiterados reclamos inconducentes de la Cancillería al RUGB para que negocie la soberanía de Malvinas y distintos seminarios destinados a incorporar al conocimiento de los argentinos la historia y los derechos sobre Malvinas, nada ha hecho el saliente gobierno para ocupar y administrar los territorios marinos y explotar los recursos del Atlántico Sur y sus archipiélagos. Ello implica no solo una cuestión de soberanía en el mar, los archipiélagos y la Antártida y su relación con los océanos pacífico e índico, sino también la ausencia de nuevos desarrollos poblacionales, industriales, logísticos y de generación de empleo en la Patagonia argentina, cuya densidad poblacional es la más baja de nuestro territorio, en una región de alta conflictividad internacional. Los funcionarios de Cancillería se enteran por los diarios de la instalación de un radar británico en territorio nacional.

Este gobierno está entre los peores de las últimas dos décadas, ya que si bien,no fue el gestor de los execrables acuerdos preexistentes, los mantuvo, como es el caso de los Acuerdos de Madrid I y II y los privilegios al RUGB conferidos por la Ley 24.184 que, aún vencida su vigencia, no se ha denunciado.

Pese a la creación del “Consejo de Asuntos relativos a Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes”, en el ámbito de Presidencia de la Nación, en 2020, este cuerpo no generó una sola estrategia destinada a recuperar en forma paulatina algunos de los asuntos que se le encomendaron. Ya nos hemos referido al rol cumplido por algunos de los integrantes desde 1976 a la fecha (ver cesarlerena.com.ar).

En nuestro anterior artículo (César Lerena “Capaciten al secretario de Malvinas”, 27/05/2023) pese a la interesante iniciativa de capacitar a los funcionarios públicos sobre la “Cuestión Malvinas” efectuamos oportunamente algunas objeciones a la Ley 27.671 por su limitada mirada de la temática ya que, “No se trata de una disputa, sino de la apropiación prepotente del RUGB de espacios insulares y marítimos que forman parte indivisible del territorio nacional y, de la explotación de sus recursos naturales, que cercena la soberanía nacional y empobrece al pueblo argentino. La capacitación, tampoco puede limitarse a detallar antecedentes y derechos como indica el Art. 6º de la Ley, sino en explicitar qué representa política, estratégica, económica, social y territorialmente la apropiación del RUGB de estos importantes espacios nacionales (más detalles en art. referido).

No deberíamos olvidar que el RUGB no ocupa solo los 11.410 km2 de Malvinas sino que hoy invade 1.639.900 Km2 de territorios marítimos e insulares y nos disputa 1.430.367 Km2 de la plataforma continental más allá de las 200 millas y 2.426.911 Km2 del continente antártico. La Cancillería nunca se refirió a esta gravísima ocupación y disputa de nuestros territorios.

Nada se ha hecho para favorecer la fabricación de una flota mercante, fluvial y pesquera y la construcción y modernización de los puertos y, una mayor presencia naval en las regiones estratégicas de la República, en especial en el área austral del Atlántico Sur y sus accesos a los océanos Pacífico e Índico y la Antártida Argentina.

En este período los británicos desde Malvinas avanzaron sobre nuestros territorios y se apropiaron de los recursos pesqueros, petroleros y gasíferos. Construyeron un puerto en Georgias y licitaron otro de 400 metros en Malvinas; mejoraron su logística y las pistas de aterrizaje; modernizaron el armamento militar; aumentaron las relaciones con nuestros vecinos Brasil, Chile y Uruguay; optimizaron sus relaciones societarias con España para favorecer el ingreso de los productos pesqueros sin arancel a la Unión Europea pese al Brexit; la embajada británica en la Argentina pretende culturizar a los argentinos invitando a nuestros jóvenes a “visitar sus vecinos los isleños” (sic) o enseñarle inglés a vecinos de las provincias, como si el Estado argentino no pudiera hacerlo.

Los responsables del área de Malvinas dentro de la Cancillería nunca entendieron el rol de la pesca en el Atlántico Sur y Malvinas, ni el efecto que podría provocar el ordenamiento pesquero en el Atlántico y la eliminación de la pesca ilegal en este ámbito; ello, pese al informe de Lord Shackleton del 21/07/1976 y las declaraciones del director ilegal de Pesca en Malvinas John Barton, que ya en 2012 declaró que “la pesca fue central para asegurar la permanencia británica en Malvinas”. En el año 2020 el gobierno sancionó la Ley 27.564 de incremento de sanciones a la flota que pesca ilegalmente en el territorio argentino, sin embargo, nunca sancionó a la flota española, coreana y taiwanesa que extrae desde 1976 a la fecha más de 250.000 toneladas anuales de pescados del área argentina de Malvinas, a pesar de toda la normativa nacional e internacional.

Como contrapartida, en la Argentina caen las ventas pesqueras y la Cámara de Industrias Pesqueras (CAPIP) solicita la declaración de emergencia para las provincias de Chubut y Santa Cruz (Revista Pesca Puerto, 29/08/2023) agregándose a ello, que los responsables del modelo extractivo pesquero vigente (César Lerena “El modelo pesquero atrasa 50 años”, 2023) no promovió la administración y explotación integral y sostenible y, mucho menos, el combate de la pesca ilegal de todos los recursos y en particular los migratorios originarios en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) Argentina, impidiendo un desarrollo industrial sustentable, generador de empleo y de soberanía territorial en la región patagónica y, muy especialmente, aislar al RUGB en la pesca que realiza en el área de Malvinas y su logística y transporte en la ZEE y, el posterior comercio en la Unión Europea; política, en la que también estuvo ausente la Cancillería y, por el contrario España, obtuvo una prórroga de tres años post brexit para ingresar sin aranceles a Europa las materias primas pesqueras capturadas en Malvinas y procesar en aquel continente, en perjuicio de todas las empresas productoras argentinas.

Tampoco los responsables nacionales pesqueros han analizado la particular situación de las empresas españolas pesqueras radicadas en Argentina, mientras buques de igual nacionalidad pescan asociados con los isleños en Malvinas. De igual modo, empresas pesqueras del Estado chino se habilitan en el país, mientras más de trescientos buques chinos todos los años pescan ilegalmente en el atlántico sudoccidental quitándole sostenibilidad a los recursos, dañando el ecosistema del mar argentino y, en ambos casos, quitándole competitividad a las empresas nacionales y extranjeras radicadas en el país.

¿Cómo esconder un elefante? Rodeándolo de una enorme cantidad de elefantes. Lo mismo que ocurre con la pesca del RUGB en Malvinas, a la que se le agregan todos los años quinientos buques chinos, españoles, coreanos, taiwaneses, etc. que extraen ilegalmente del Atlántico Sur otras 750.000 toneladas de recursos migratorios argentinos. La Argentina no administra el Atlántico Sur.

La secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y sus funcionarios del área y la Cancillería y sus funcionarios afines no han sancionado a los buques extranjeros que pescan en Malvinas; por lo tanto, habrían incumplido con lo previsto en la Constitución Nacional y las leyes 24.543, 24.922, 26.386 y 27.564 (para mayor detalle ver los citados artículos y “Capaciten al Subsecretario de Pesca”, 10/04/2023) pudiendo estar incursos en incumplimiento de funcionarios públicos. Tanto el subsecretario de Pesca como el secretario de Malvinas y otros funcionarios han manifestado irresponsablemente que «no hay pesca ilegal en Atlántico Sur y la pesca en alta mar es legal» (Urgente 24, 30/03/2023 y otros) negando la citada legislación; pero también, la Resolución ONU 31/49 que en 1976 estableció que no se podía innovar en Malvinas, cuestión que fuera ratificada por la Res. ONU 37/9 del 04/11/1982. Y ello es una clara definición de desconocimiento; pero también, una grave confesión, ya que por un lado, no incluyen a Malvinas en el mar argentino, donde todos los años los británicos a través de licencias ilegales extraen 250.000 toneladas de recursos pesqueros argentinos por un valor de unos 6 mil millones de comercialización final y, por otro, no considerar ilegal a la pesca en alta mar de los recursos migratorios originarios de la ZEE es un lamentable reconocimiento de que estos funcionarios no han hecho nada para erradicar esta práctica depredadora que afecta la sostenibilidad del ecosistema y priva a la Argentina de importantísimos recursos económicos y del desarrollo de los pueblos del litoral marítimo.

La pesca en alta mar en las condiciones que se realiza es ilegal, al menos, por tres cuestiones básicas:

1) El Estado de pabellón al que pertenece el buque que captura a distancia no controla su pesca (Art. 91º, 92º, 94º, 211º, 212º, 217º y ss., CONVEMAR) y, si solo lo hace mediante sistemas satelitales, estos no son un instrumento suficiente para precisar si el buque está realizando o no pesca ilegal (INDNR); si el buque aplica la legislación del país de origen (descartes, etc.); si el personal trabaja en forma esclava y/o trafica droga, etc.

2) La sostenibilidad en la integridad que refiere la CONVEMAR no se puede obtener sino se efectúan en alta mar y en relación a la ZEE, los estudios e investigaciones pertinentes para determinar la “Captura Máxima Sostenible” (Art. 119º, 197º, 200º, 201º, 255º, 257º y ss., CONVEMAR); lo que provoca, que no solo la pesca en alta mar sea insostenible sino también la ZEE. Aquí aplica el principio precautorio, porque la pesca en alta mar, sin estos parámetros básicos, no se puede realizar sin depredar, menos aún, cuando no hay control del Estado de pabellón como hemos indicado y,

3) Los Estados Miembros deben tener presente que su pesca en alta mar y en la ZEE no afecta los intereses de terceros Estados (Preámbulo y Art. 59º, 87º, 116º a 118º, CONVEMAR); por lo tanto, si no hay acuerdos entre los Estados cuando en alta mar se pesca sin control, sin conocer los stocks y sin acuerdos con los Estados ribereños, la pesca es ilegal (INDNR). Este tipo de pesca alcanza también a la realizada por los buques extranjeros con redes de arrastre de fondo en la plataforma continental extendida más allá de las 200 millas, cuestión que la Subsecretaría de Pesca argentina y el CFP, llamativamente, no han prohibido.

Se depreda en alta mar en una magnitud incompatible con la sostenibilidad de las especies y, Latinoamérica y el Caribe pierden unos 20.000 millones de dólares anuales por pesca ilegal (INDNR) de recursos migratorios que tienen en los Estados ribereños (En el Atlántico Suroccidental Argentina, Brasil y Uruguay).

El gobierno nos ha puesto de espaldas al mar. El consumo per cápita mundial por año alcanza a 20.2 kg. En Europa 24 kg.; en África 10 kg y en Latinoamérica y el Caribe 9,8 Kg. Mientras que en la Argentina este consumo solo alcanza a 4,8 Kg. según el Consejo para el Cambio Estructural. El gobierno no ha llevado políticas de consumo de pescados y este es inaccesible a los argentinos y, ello, es muy grave porque esta especie provee grasas insaturadas y una proteína esencial solo comparable con la leche materna, motivo por el cual, su consumo, es vital para mejorar la dieta de los argentinos y para agregar valor en toda la cadena comercial.

La producción mundial de productos pesqueros fue de 177,8 millones de toneladas en 2020; de las cuales 87,5 millones provinieron de la Acuicultura continental y marina; es decir, un 49% del total producido. Brasil un 39%, Chile un 54%, Colombia un 51%, Ecuador un 49%, etc., y la Argentina el 0,31%, lo cual nos permite estimar que el país está perdiendo -al menos- unos 2 mil millones de dólares por año, además de mejorar la dieta y promover la radicación de emprendimientos productivos en distintas provincias del país, evitando el asentamiento en el conurbano bonaerense, donde habitan 14 millones de personas.

En materia de importación de buques, la actual política en esta materia nos remite al siglo XVIII. Somos proveedores de materias primas a España y las empresas españolas y otras que extraen nuestros recursos en la ZEE nos fabrican los buques en Vigo.

La ignorancia y la falta de políticas nacionales, somete a los pueblos a la colonización, a la expoliación sus recursos esenciales, a la falta de desarrollo industrial y poblacional de sus territorios y les roba el bienestar a todos los argentinos. Los funcionarios pasarán al olvido, destacaremos incluso sus fracasos, pero la Argentina habrá perdido cuatro años más, mientras el resto de los países y los que ocupan nuestro territorio avanzan inexorablemente.  

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL).