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EL CONCEPTO DE OCCIDENTALIZACIÓN

Giancarlo Elia Valori*

Me gustaría aclarar la diferencia esencial, a saber, el significado erróneo que entendemos por “occidentalización” con respecto al Occidente histórico. Aquí “occidentalización” significa sólo la exaltación de la tecnocracia, los mercados y el comercio en el sentido liberal-burgués del término y la anulación del concepto de política independiente con la homologación de los partidos al pensamiento único. Ahora los partidos ya no se distinguen por la carga ideológica, sino por la fuerza mediática de los líderes: son como equipos de fútbol que tienen un jugador muy fuerte, pero si este último es comprado por otro club, las relaciones se invierten. Y la historia de la política italiana está llena de cambios de ropa.

Esto presupone el intento de aniquilar todo valor metafísico que esté vinculado a los ideales políticos, religiosos, nacionales, humanitarios: es decir, a la consideración del hombre, o del evento, solo en función de la ganancia, el dinero, la ganancia de unos pocos sobre una masa que quiere ser amorfa, privada de sentimientos y homologada al sistema capitalista de producción. Pero veamos cómo llegamos a la occidentalización, que es muy diferente de Occidente en el sentido histórico, y de la modernización considerada en un sentido literal.

Cuando a principios del siglo XX los Estados Unidos de América del presidente Thomas Woodrow Wilson (1913-1921) afirmaron actuar a favor de la libertad de los mares y la democratización de los gobiernos europeos, en realidad utilizaron estas consignas para garantizar la penetración económica en Europa continental, como ya había sucedido en América Latina. Así que la petición de Washington era la de un mundo en el que fuera posible acceder a mercados e inversiones: es decir, una política eminentemente imperialista, amparada por el pretexto de no tener colonias: mientras que en comparación con las Trece Estrellas originales de Nueva Inglaterra, los Estados Unidos de América ya se habían tragado el 75% del territorio mexicano y habían comprado a buen precio regiones francesas (Luisiana) y rusas (Alaska) no europeas. No es por nada que Wilson se había basado en la Doctrina Monroe, para su función de expansión sin límites espaciales determinados por límites.

Más bien, era necesario alterar el derecho internacional, que en ese momento no era más que el derecho público europeo. Abrazó el concierto de los estados —reafirmado por el Congreso de Viena en 1815— que, a pesar de los continuos enfrentamientos 1820-1870, habían protegido a los países del surgimiento de una sola potencia. Un derecho ya basado en las conquistas territoriales de los siglos XVI y XVII y heredero de Westfalia. Además, la experiencia colonial del siglo XIX habría socavado el orden europeo. El derecho público europeo e internacional tradicionalmente reconoció que la propiedad privada y el control del mercado permanecerían protegidos en cualquier transferencia de territorio entre sus estados. Los cambios territoriales de Occidente entendidos históricamente: las tres particiones de Polonia (1772, 1793, 1795), el nacimiento de Italia (1861) y Alemania (1871) y la consiguiente anexión de Alsacia-Lorena, además de las guerras anteriores, no provocaron cambios radicales en el orden social y económico europeo.

Pero la subsiguiente carrera hacia las colonias se colocó en una arena donde los derechos de propiedad de los pueblos indígenas y sus demandas políticas se definieron como inexistentes. Mientras que, desde un punto de vista conceptual, la tierra colonial se ha mantenido separada del “territorio estatal normal”, Europa no ha encontrado problemas; pero cuando la tierra colonial, con su ausencia de un estatus de propiedad privada —que podría haber protegido los derechos de los nativos— se asimila legalmente al territorio de la patria, “la estructura del derecho internacional europeo existente hasta entonces también cambia, lo que así encuentra su fin” —dice Carl Schmitt— en detrimento de los mismos propietarios europeos de colonias. Europa “creyó de la manera más franca que el proceso de ampliación, cada vez más extenso, cada vez más externo y cada vez más superficial, era una victoria”. En realidad estaba la traducción del Viejo Continente: y desde el centro de la tierra, en el derecho internacional, esto se confundió con una elevación de Europa al punto central del mundo. Al socavar la inmunidad tradicional de las relaciones de propiedad privada frente a las transferencias de tierras, las anexiones coloniales habían debilitado el pluralismo territorial y los derechos de propiedad dentro de los estados europeos.

Uno no puede sino estar de acuerdo con Carl Schmitt cuando escribe en The Nomos of the Earth in International Law of the Jus Publicum Europaeum (1950) que la trivialización de la territorialidad europea solo estaba preparando el camino para el triunfo de la campaña angloamericana para imponer un imperio de globalización económica. Schmitt agrega: “Con esta abdicación del derecho internacional, Europa [en ese momento, como se mencionó, el único e histórico Occidente] entró vacilando en una guerra mundial [la primera 1914-1918] que eliminó al continente más antiguo de la posición de centro de la tierra y canceló la limitación de la guerra hasta ahora exitosa”. Fue así que los británicos y los estadounidenses impusieron un universalismo comercial o de mercado basado en el control de los mares, así como el espejo de alondra democrática llamado la Liga de las Naciones, querido por Wilson, pero en el que nunca entraron los Estados Unidos de América, ya que hubo países latinoamericanos que ocuparon su lugar. Tampoco hay que olvidar a la madre de la Sociedad de Naciones, la conferencia de paz de París de 1919, que representó el primer triunfo de los nuevos principios. Pero no solo dejó al mundo en mayor desorden: suprimiendo cuatro grandes potencias europeas (Austria-Hungría, Alemania, Rusia e incluso el Imperio Otomano euroasiático), poniendo en marcha una nueva división del territorio europeo; y dando a luz con sus medidas al incipiente nazismo, semilla de la aventurera Segunda Guerra Mundial con la nueva intervención estadounidense junto a una Gran Bretaña que siempre ha sido antieuropea y en el ocaso, pero a la que la Casa Blanca no dio nada pagando por todo.

Después de la Segunda Conflagración Mundial, el hemisferio occidental representaba una nueva estructura espacial amorfa, exactamente como las que los europeos ingenuos habían acordado al dividir la tierra durante la era colonial. De colonialistas pasaron a ser colonizados con una sola frontera que separaba los países controlados por la OTAN y los demás por el Pacto de Varsovia (aparte de las excepciones de Albania, y menos radicalmente Rumania). El Occidente europeo se convirtió en el protector pagado por quien lo defendía de los malos, con control de los salarios, de los mercados, del sistema de producción y de las políticas internas.

El Nuevo Oeste, es decir, los Estados Unidos de América, había desarraigado a Europa, el Viejo Oeste, de su ubicación metafísico-histórica, sacándola del centro del mundo. Occidente, con todo lo que el concepto implica a nivel moral, civil y político, no fue eliminado o aniquilado, ni siquiera destronado, sino que solo se movió, creando una “occidentalización”, que no tiene nada que ver con Occidente y sus tradiciones espirituales e históricas.

 

* Copresidente del Consejo Asesor Honoris Causa. El Profesor Giancarlo Elia Valori es un eminente economista y empresario italiano. Posee prestigiosas distinciones académicas y órdenes nacionales. Ha dado conferencias sobre asuntos internacionales y economía en las principales universidades del mundo, como la Universidad de Pekín, la Universidad Hebrea de Jerusalén y la Universidad Yeshiva de Nueva York. Actualmente preside el «International World Group», es también presidente honorario de Huawei Italia, asesor económico del gigante chino HNA Group y miembro de la Junta de Ayan-Holding. En 1992 fue nombrado Oficial de la Legión de Honor de la República Francesa, con esta motivación: “Un hombre que puede ver a través de las fronteras para entender el mundo” y en 2002 recibió el título de “Honorable” de la Academia de Ciencias del Instituto de Francia.

 

Traducido al español por el Equipo de la SAEEG con expresa autorización del autor. Prohibida su reproducción. 

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SONÁMBULOS EN 1914, APACIGUADORES ANTES DE 1939, INSENSATOS EN 2022

Alberto Hutschenreuter*

En 1914 y en 1939 las relaciones internacionales sufrieron una disrupción mayor. Si bien antes hubo guerras prolongadas y totales, pensemos en la Guerra de los Treinta Años o en la Guerra Civil norteamericana, las confrontaciones que se iniciaron aquellos años fueron no sólo extensas y totales, sino que también fueron a escala mundial y el descenso de la seguridad humana se midió en millones de muertes, heridos y desaparecidos. Sólo basta considerar que en 1945, cuando terminó la Segunda Guerra Mundial, la URSS y China habían sufrido 38 millones de muertos.

Esta última conflagración implicó no sólo el despliegue de medios terrestres navales y aéreos de modo masivo, sino que el carácter de exterminio que asumió la guerra entre algunos actores, por caso, Japón y China o Alemania y la URSS, implicó que sólo la rendición incondicional pondría fin a la contienda. En el caso de Japón, Estados Unidos consideró y decidió necesario utilizar su poder atómico (capacidad letal sin precedente en materia de guerras) para lograr la rendición, si bien es cierto que también hubo otros fines.

Las dos grandes rupturas en el siglo XX, que tuvieron enormes consecuencias, posiblemente pudieron haberse evitado. Puede que no tenga sentido plantearlo, pero ello es pertinente al menos por dos situaciones: por un lado, porque nos muestran que, a veces, los estados preeminentes adoptan decisiones equivocadas o apresuradas que terminan resultando catastróficas; por otro, a la luz de los hechos, pareciera que cuesta considerar el valor de la experiencia, sobre todo atendiendo los hechos que suceden hoy.

En relación con 1914, Henry Kissinger sostiene que llama la atención que la confrontación no hubiera comenzado antes, pues la situación en los Balcanes era más tensa que cuando se produjo el atentado en Sarajevo, a fines de junio de 1914, el hecho que activó una bomba de la que nadie tuvo idea de lo que implicaría cuando finalmente detonara.

Por ello, el historiador Christopher Clark ha calificado a los hombres que tomaban decisiones antes del 28 de julio de 1914, cuando comenzó la guerra, como “sonámbulos”: “[…] no valoraban las consecuencias de las acciones. Lo que para ellos parecía razonable acabó produciendo resultados irracionales”.

Ese estado explica que las potencias preeminentes no salvaguardaran sus relaciones que, más allá de las alianzas y tensiones que había entre ellas, no estaban atravesadas por situaciones irreductibles que solo podían resolverse por medio de las armas. Por ello, con notable precisión, en su excelente obra “Diplomacia”, Kissinger sostiene que “Lo paradójico de julio de 1914 fue que los países que tenían razones políticas para ir a la guerra no estaban sujetos a rígidos programas de movilización, mientras que las naciones con rígidos de movilización, como Alemania y Rusia, no tenían ninguna razón para ir a la guerra”.

En cuanto a la guerra total que comenzó en 1939, hay enfoques, como el del historiador británico Alan J. P. Taylor, que consideran que las responsabilidades están repartidas, pues la diplomacia de apaciguamiento practicada por las potencias occidentales permitió que la concepción geopolítica revolucionaria de la Alemania nazi lograra, “lonja tras lonja”, como decía el general francés André Beaufre, obtener (mientras todavía no estaba en condiciones de desafiar militarmente a aquellas potencias) resultados cada vez más osados, hasta que fue muy tarde para detenerla.

El 24 de febrero de 2022 Rusia puso en marcha lo que denominó “operación militar especial”, una intervención militar en Ucrania en varias direcciones. Posiblemente, el propósito fue tomar rápidamente la capital y capturar al gobierno.

La pregunta aquí es: ¿se trató de una medida propia de un actor con instintos geopolíticos agresivos perpetuos, se debió a una rivalidad ruso-occidental casi protohistórica, o fue consecuencia de la insensatez geopolítica occidental?

Seguramente las respuestas estarán repartidas. Desde los hechos y desde la experiencia, que es lo único que verdaderamente importa, lo que sucedió en febrero de 2022 se debió a la ruptura de códigos geopolíticos que necesariamente deben ser observados por los “actores estratégicos de orden internacional”, es decir, aquellos que deben trabajar por el equilibrio y la estabilidad interestatal, las mayores ausencias en el mundo del siglo XXI.

En materia de hechos, es casi indiscutible que la extensión de la OTAN a los países de Europa central, esto es, Polonia, República Checa y Hungría, era un hecho esperable, más allá de que Estados Unidos había asegurado a Gorbachov que la Alianza no se extendería. Se trataba de una “renta” por la victoria en la Guerra Fría. También más allá, los Estados del Báltico. Pero no limitar la extensión hacia zonas rojas rusas implicaba rebasar los términos de la victoria, algo que Clausewitz habría desaconsejado de plano.

En otros términos, Occidente, y aquí la Unión Europea corre con responsabilidades por no considerar sus intereses y mantenerse invariablemente en su “strategic comfort zone”, nunca reparó (incluso hoy) que la seguridad interestatal exige equilibrios geopolíticos, pues lograr ganancias de seguridad en detrimento de la seguridad de otro siempre tendrá consecuencias, sobre todo si ese otro es un actor de alta sensibilidad territorial.

Aquí es pertinente otro interrogante: ¿era necesario crearle a Ucrania la ilusión de que podría convertirse en miembro de la OTAN? Ello hizo que Kiev descartada cualquier otra alternativa en materia de política exterior y de seguridad. Lo que hemos denominado “doctrina Zelensky” implicó “en la OTAN o nada”. Y fue la invasión y la guerra.

En materia de experiencia, cada vez que los poderes preeminentes pusieron por encima del equilibrio geopolítico y la indivisibilidad de la seguridad los intereses de un actor menor ubicado en zonas geopolíticas de fragmentación, sobrevino la disrupción.

En otros términos, la posibilidad de un orden internacional nunca podrá basarse en intentos relativos con excluir a un actor preeminente o en llevar adelante políticas dirigidas a disminuir su seguridad cercándolo en sus mismas fronteras.

En la primera mitad del siglo XX ocurrieron dos cataclismos internacionales con consecuencias que se extendieron por décadas. En gran medida, las guerras mundiales ocurrieron porque no solo fracasó la diplomacia, sino porque hubo ausencia de firmeza militar cuando los hechos la requirieron, por caso, cuando en 1936 Alemania ocupó la zona desmilitarizada de Renania. En febrero de 2022 se produjo un hecho que derivó en una guerra que está por cumplir un año y que posiblemente ya causó más de 180.000 muertos. Además, no se ven perspectivas de acuerdo, pues las posiciones de las partes se volvieron casi irreductibles, y los “valedores” de Ucrania solo consideran incrementar la asistencia, es decir, mantener lateralizada la diplomacia.

A menos que una ofensiva contundente llevada adelante por alguna de las partes provoque el derrumbe de la otra, la guerra será larga y hasta tendría semejanzas, por la situación estática, con la guerra de trincheras de 1914 -1918. También podría suceder que un incidente o el suministro de armas que le permitan a Ucrania golpear en la profundidad de la retaguardia rusa (de hecho, ello podría suceder con el ya aprobado suministro a Kiev de misiles de máxima precisión GLSDB, con un alcance de 150 kilómetros) suscite una reacción rusa que deje la guerra ad portas de una guerra mundial.

Semejante escenario implicaría otra calamidad mayor para la humanidad, una catástrofe que se podría haberse evitado si no hubiera predominado la insensatez geopolítica sobre el necesario equilibrio geopolítico, y no se hubiera desdeñado la experiencia histórica, la herramienta más valiosa para intentar evitar futuros a los que nunca se hubiera querido llegar.

 

* Doctor en Relaciones Internacionales (USAL). Ha sido profesor en la UBA, en la Escuela Superior de Guerra Aérea y en el Instituto del Servicio Exterior de la Nación. Miembro e investigador de la SAEEG. Su último libro, publicado por Almaluz en 2021, se titula “Ni guerra ni paz. Una ambigüedad inquietante”.

 

Artículo publicado originalmente el 09/02/2023 en Abordajes, https://abordajes.blogspot.com/2023/02/sonambulos-en-1914-apaciguadores-antes.html?m=1

GUAYANA ESEQUIBA: TÍTULOS PERFECTOS CON DERECHO PRIMARIO Y EXCLUSIVO

Abraham Gómez R.*

Siempre hemos poseído un inmenso acervo probatorio desde el punto de vista jurídico, cartográfico e histórico, para desmontar —en caso de que lleguemos propiamente al juicio— el contenido de la decisión redactada y aprobada con añagaza y trampa, el 3 de octubre de 1899.

En bastantes horas de trabajo individual y colectivo, hemos analizado en detalles este asunto litigioso —con sentido autocrítico— y llegamos a una invariable conclusión, que nos agrada compartir con ustedes en los siguientes términos: toda la probanza —examinada hasta ahora— favorece a Venezuela, por lo que, nos resultará fácil, con la verdadera narrativa de los hechos constitutivos y fundamentales (fase postulatoria y sucesivas) destejer al írrito “laudo” arbitral de París, urdido hace más de cien años, adefesio con el que nos arrebataron una séptima parte de nuestra geografía nacional.

También debo ser muy responsable en dejar sentado que la posible comparecencia de nuestra delegación por ante la Corte —en el supuesto de que esa Sala Jurisdicente admita la demanda— depende del Jefe de Estado venezolano; por cuanto, conforme a su atribución constitucional tiene La determinación o última palabra para que la representación de nuestra Cancillería comparezca en las próximas vistas procesales en La Haya.

Debo reafirmar, explícitamente, que nos encontramos en una importante disyuntiva.

Aunque ya lo he explicado en reflexiones anteriores, me permito insistir—en resumen— que hay dos probabilidades sentenciales —esperadas en las próximas semanas— para la Excepción Preliminar que introdujimos como cuestión incidental, el 07 de junio del año pasado y ratificamos en las Audiencias Públicas en noviembre 2022.

Veamos. En un primer supuesto, la Corte desestima la acción interpuesta por Guyana contra Venezuela, y reenvía el asunto controvertido al Secretario General de la ONU, para que explore otras alternativas de solución, contempladas en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas: negociación, mediación, conciliación y arbitraje. Quedó descartado el arreglo judicial.

No obstante, para que estemos advertidos y claros. Se puede presentar la otra probabilidad consistente en que la Corte admita la demanda. Siendo así, comenzaría —consecuencialmente— el juicio como tal. Dígase: ratificación de la pretensión procesal, contestación de la demanda, reconvención, etc.

De encontrarnos en la segunda suposición arriba expresada, entonces, se traba la litis y se inicia el Proceso, para conocer el fondo de la causa: validez o invalidez del Laudo. Precisamente, constituiría el instante para que el Jefe de Estado determine la asistencia para hacernos parte del juicio o no comparecencia de nuestra delegación.

Aprovecho aquí para responder las inquietudes y preguntas que me han hecho, en las conferencias y por todos los medios. Explico: con nosotros presentes —siendo parte del Proceso— o en nuestra ausencia, el juicio, que se inició hace dos años, no se va a paralizar; porque, la Corte continuará con las etapas subsiguientes; y puede llegar incluso a cumplir la función jurisdiccional decisoria y emisión del fallo, así no esté representada Venezuela.

Tal Sentencia la tomaría ese Alto Tribunal basado en el artículo 53 de su propio Estatuto.

Cabe la pregunta: ¿Poseemos los suficientes elementos jurídicos, para argumentar —procesalmente— la inexistencia del “laudo”, oponible a nada, y menos como causa de pedir de la contraparte guyanesa; dado que la mencionada decisión arbitral quedó invalidada e ineficaz al suscribirse el Acuerdo de Ginebra, ¿el 17 de febrero de 1966?

Según la lectura detallada y del análisis minucioso que hemos hecho a la solicitud de interposición de acciones de Guyana, en nuestra contra, del 29 de marzo de 2018 ( y ratificada en las audiencias posteriores),  me permito colegir que hay toda una sarta de falsedades, desaciertos, mentiras e impropiedades que  constituyen un fraude procesal; porque, subyace desde el inicio maquinaciones y artificios destinados– mediante el engaño– a impedir la eficaz administración de justicia, en su propio beneficio.

La contraparte con esa añagaza y disposiciones tramposas ha incurrido en Temeridad procesal.

¿Cómo se les ocurre afirmar —en procura de acreditación de la Sala Juzgadora—que el inefable “laudo” es cosa juzgada y debe configurarse (y aceptarse) como válido y vinculante para nosotros?

Con esa patraña no nos ganarán jamás, en justo derecho.

Los reclamos que hemos intentado por vías diplomáticas, políticas y jurídicas no están sustentados en caprichos chauvinistas, reacciones intemperantes, desproporcionadas o injustas. Hemos explicado en las instancias internacionales correspondientes las razones y argumentos sociohistóricos y jurídicos que nos asisten.

Permanentemente sostenemos —donde haya que ir— que ese laudo fue una tratativa perversa; un arreglo político-diplomático (jamás jurídico, ni arbitral de buena fe) que nos perpetró un vulgar arrebato de nuestra extensión territorial; heredada, con justos títulos traslaticios, que adquirieron la condición de títulos perfectos primarios y exclusivos.

Agreguemos allí que la nulidad absoluta del “laudo” acarrea las consecuencias más graves que puede sufrir un acto procesal. Una nulidad absoluta no surte ningún efecto jurídico.

La nulidad absoluta —ipso jure— en la sentencia arbitral ocurrió, desde el mismo momento cuando se omitieron los requisitos necesarios para lograr su objetivo. También acaeció cuando se nos colocó, en tanto parte interesada y concernida en una situación de indefensión, inclusive a partir del Tratado de Washington de 1897.

Ya hay algunas opiniones, a lo interno de la Corte Internacional de Justicia, que señalan el desacierto procesal de Guyana, por insistir con el “laudo”; asimismo dicen que con tales recursos argumentativos – en justo derecho— jamás ganarían este hipotético juicio.

No tienen la menor posibilidad jurídica para salir airosos; por eso la desesperación de los representantes de la cancillería guyanesa al ejercer presión a todos los niveles.

Nuestra independencia —y nuestra extensión territorial original— la logramos en campos de batallas, en sí mismo también comporta un título perfecto. Contrariamente a los relatos con los que Guyana pretende exhibirse en la comunidad internacional. La emancipación guyanesa se obtuvo como resultado de arreglos obligados de descolonización.

Con la intención de reforzar nuestra búsqueda libertaria, podemos añadir lo siguiente: si hubo, el 30 de marzo de 1845 un Título Traslaticio de conferimiento de la soberanía a la naciente República de Venezuela por parte de España, fue porque sesenta y ocho años antes se había consolidado la Capitanía General de Venezuela, a través de la Real Cédula de Carlos III, el 8 de septiembre de 1777 con la cual nos dimos a conocer ante el mundo como Nación. Dos Justos Títulos perfectos para esgrimir ante la Sala Juzgadora, de llegarse al juicio, propiamente.

Acaudalamos Justos Títulos para demostrar y probar, en la Corte Internacional de Justicia, que la Guayana Esequiba desde siempre ha sido nuestra.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua.  Asesor de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.