{"id":3076,"date":"2021-03-06T21:39:41","date_gmt":"2021-03-07T00:39:41","guid":{"rendered":"http:\/\/saeeg.org\/?p=3076"},"modified":"2021-03-06T21:46:48","modified_gmt":"2021-03-07T00:46:48","slug":"la-estrategia-del-consejo-nacional-de-malvinas-final-por-ahora","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/2021\/03\/06\/la-estrategia-del-consejo-nacional-de-malvinas-final-por-ahora\/","title":{"rendered":"LA ESTRATEGIA DEL CONSEJO NACIONAL DE MALVINAS \u2013 FINAL (POR AHORA)"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><em><strong>C\u00e9sar Augusto Lerena*<\/strong><\/em><\/span><\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"682\" src=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2021\/03\/CONSEJO-NACIONAL-MALVINAS-FINAL-1024x682.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-3077\" srcset=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2021\/03\/CONSEJO-NACIONAL-MALVINAS-FINAL-1024x682.jpg 1024w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2021\/03\/CONSEJO-NACIONAL-MALVINAS-FINAL-300x200.jpg 300w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2021\/03\/CONSEJO-NACIONAL-MALVINAS-FINAL-768x512.jpg 768w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2021\/03\/CONSEJO-NACIONAL-MALVINAS-FINAL-1536x1024.jpg 1536w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2021\/03\/CONSEJO-NACIONAL-MALVINAS-FINAL.jpg 2000w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif; font-size: 14pt;\"><strong>Estamos en manos de los integrantes del Consejo para alcanzar la soberan\u00eda plena en Malvinas.<\/strong><\/span><\/p>\n<h1 style=\"text-align: right;\"><em><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif; font-size: 10pt;\">Puedes enga\u00f1ar a todo el mundo alg\u00fan tiempo. Puedes enga\u00f1ar a algunos todo el tiempo. Pero no puedes enga\u00f1ar a todo el mundo todo el tiempo.<\/span><\/em><\/h1>\n<h1 style=\"text-align: right;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif; font-size: 10pt;\">Abraham Lincoln<\/span><\/h1>\n<h1 style=\"text-align: right;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif; font-size: 10pt;\">El tiempo de la contemplaci\u00f3n concluy\u00f3.<\/span><\/h1>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>La Cuesti\u00f3n Malvinas es un sentimiento, el conocimiento del derecho internacional es solo una de las herramientas necesarias; pero, sin imaginaci\u00f3n, conocimiento, pasi\u00f3n y esfuerzo incansable es poco probable que llegue el d\u00eda de recuperar ese pedazo irredento del territorio argentino.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Domingo Cavallo, al ser designado Canciller el 8 de julio de 1989 era un economista que, dicen, de relaciones exteriores sab\u00eda poco y nada. Yo creo, sin embargo, que privilegiaba la econom\u00eda sobre los intereses nacionales, de otro modo, nunca podr\u00edan haberse firmado los Acuerdos de Madrid y otros tantos con el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte <em>(en adelante el Reino Unido)<\/em>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">En su paso por la Canciller\u00eda se bas\u00f3 en el asesoramiento de diplom\u00e1ticos de carrera que ya hab\u00edan intervenido fallidamente en la pol\u00edtica de Caputo relativa a la cuesti\u00f3n Malvinas (por ej. los Acuerdos Marco con la URSS). A prop\u00f3sito de ello, un d\u00eda mantuvimos una reuni\u00f3n en la casa del expresidente Frondizi que, en ese momento, era asesor \u2014con rango de Secretario de Estado\u2014 del presidente Menem <em>(incre\u00edble la dignidad y humildad de Frondizi)<\/em>. El nos hizo saber, sobre la escasa preparaci\u00f3n de Cavallo en la tarea que le encomendaban; aunque, nunca pensamos que luego har\u00eda p\u00fablica esa opini\u00f3n: \u00ab<em>cuando Cavallo se hizo cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, fue a mi casa, me llev\u00f3 un libro de econom\u00eda llamado \u201cvolver a crecer\u201d. Entonces yo (Frondizi) le dije: Doctor Cavallo \u00bfas\u00ed que usted es especialista en econom\u00eda y se hace cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores?, Cavallo me respondi\u00f3: Doctor Frondizi, \u00bfpor qu\u00e9 diablos cree que lo vengo a ver? Lo vengo a ver para que me diga, que pol\u00edtica exterior tengo que hacer\u00bb (La Capital de Mar del Plata, 22\/11\/1992).<\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>En anteriores art\u00edculos he puesto en conocimiento o recordado, el preocupante perfil para las cuestiones de Malvinas de cuatro de los miembros del \u201cConsejo Nacional<\/strong> <strong>de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, S\u00e1ndwich del Sur y los Espacios Mar\u00edtimos e Insulares Correspondientes\u201d (en adelante Consejo):<\/strong><strong> Balza, Kohen, Pad\u00edn y Ruiz Cerutti y, tal vez, sea necesario conocer, luego de siete meses de sancionada la ley 27.558 qui\u00e9nes son los restantes integrantes de este \u201cConsejo Nacional<\/strong> <strong>de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, S\u00e1ndwich del Sur y los Espacios Mar\u00edtimos e Insulares Correspondientes\u201d (en adelante Consejo) <\/strong><strong>que coordina el secretario de Malvinas Daniel Filmus, de modo, de poder imaginarnos, con alguna certeza, cu\u00e1l podr\u00eda ser la pol\u00edtica dise\u00f1ada por este Consejo, destinada a cumplir con lo prescripto en la Disposici\u00f3n Transitoria Primera de la Constituci\u00f3n Nacional. <\/strong>Me limitar\u00e9 a una s\u00edntesis por razones de espacio.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Antes de ello, veamos a vuelo de p\u00e1jaro los fundamentos de esta ley, su alcance y limitaciones.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">En el mensaje del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) por el que se somete a consideraci\u00f3n del Congreso un Proyecto de Ley de creaci\u00f3n del Consejo de Malvinas se indica que, se lo hace \u00ab<em>con el objeto de constituir un espacio plural en el m\u00e1ximo nivel institucional, que dise\u00f1e y proyecte estrategias a mediano y largo plazo en el plano nacional, regional y global, conformado de manera amplia, multipartidaria, con perspectiva de g\u00e9nero y con la participaci\u00f3n de distintos sectores sociales involucrados en la tem\u00e1tica, procurando fortalecer los consensos pol\u00edticos y sociales que garanticen la continuidad de las pol\u00edticas que sustentan la leg\u00edtima e imprescriptible soberan\u00eda argentina<\/em>\u00bb. Aplaudimos la iniciativa.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Empecemos por hacerle notar a los redactores de ese mensaje (que suponemos pertenecen a la Secretar\u00eda de Malvinas) que en \u00e9l se repite cinco veces la palabra \u201c<em>espacios mar\u00edtimos circundantes<\/em>\u201d en lugar de indicar \u201c<em>espacios mar\u00edtimos correspondientes<\/em>\u201d. Lo mismo ocurre \u2014una vez\u2014 en los fundamentos del Decreto 822\/20 reglamentario de la Ley 27.558. La Constituci\u00f3n refiere a \u201c<em>correspondientes<\/em>\u201d y, obvio, que el alcance del t\u00e9rmino \u201ccircundante\u201d alcanza a un espacio infinitamente inferior al de \u201ccorrespondiente\u201d, m\u00e1s a\u00fan cuando los espacios mar\u00edtimos son m\u00e1s amplios que los insulares y la Argentina tiene derechos sobre la Plataforma Continental m\u00e1s all\u00e1 de las 200 millas. Los diplom\u00e1ticos saben bien que \u00e9stas son cosas sensibles como para cometer errores en una Ley o un Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Se ha fundado la creaci\u00f3n de este Consejo en la diversidad de su integraci\u00f3n para formular una Pol\u00edtica de Estado, pero, la pluralidad y diversidad en s\u00ed misma, no es garant\u00eda de que se obtenga una estrategia adecuada a los intereses nacionales y mucho menos que resulte eficaz para el cumplimiento de una Pol\u00edtica de Estado. Incluso, el consenso es una herramienta adecuada en los negocios donde todas las partes pueden perder algo, del mismo modo en las cuestiones internas del pa\u00eds, pero aqu\u00ed se trata de que los integrantes, todos, cualquiera sea su formaci\u00f3n, utilicen todas las herramientas disponibles para dar cumplimiento a la Pol\u00edtica de Estado ya establecida. Por ejemplo, no puede haber consenso en \u201c<em>remover todos los obst\u00e1culos que impiden el desarrollo de Malvinas<\/em>\u201d del Pacto de Foradi-Duncan; en acordar la explotaci\u00f3n pesquera como ocurri\u00f3 y consolid\u00f3 la posici\u00f3n brit\u00e1nica en Malvinas o como la propuesta de Marcelo Kohen de promover un plebiscito de los isle\u00f1os para determinar su futuro, todas violatorias de la Constituci\u00f3n Nacional. La soberan\u00eda nacional no se negocia, pese a lo indicado en el inciso 1 de la Res. 2065 (XX) de las Naciones Unidas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La <strong><em>Pol\u00edtica de Estado<\/em><\/strong> ya se defini\u00f3 en la Disposici\u00f3n Transitoria Primera de la Constituci\u00f3n Nacional por voluntad de los representantes del pueblo de la Naci\u00f3n Argentina reunidos en el Congreso General Constituyente de la ciudad de Santa Fe a los 22 d\u00edas de agosto de 1994: \u201c<em>La Naci\u00f3n Argentina ratifica su leg\u00edtima e imprescriptible soberan\u00eda sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y S\u00e1ndwich del Sur y los espacios mar\u00edtimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperaci\u00f3n de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberan\u00eda, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino\u201d;<\/em> por lo tanto, no es necesario indicar en el mensaje del PEN que se \u201cconsolide como una pol\u00edtica de Estado que trascienda los gobiernos y las perspectivas partidarias o sectoriales (\u2026) a trav\u00e9s de medios diplom\u00e1ticos y pac\u00edficos que permitan cumplir con lo prescripto por la organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU)\u201d<em>, <\/em>primero, porque ya es una Pol\u00edtica de Estado Nacional la establecida en la Carta Magna y, segundo, porque si bien los medios debieran ser pac\u00edficos, no necesariamente diplom\u00e1ticos. Ser\u00eda limitar las acciones del Consejo, que deben dedicarse a establecer con imaginaci\u00f3n e inteligencia las t\u00e1cticas adecuadas para alcanzar el objetivo prescripto en la Constituci\u00f3n y no como se indica: \u201ccumplir con lo prescripto en las Naciones Unidas\u201d, que se refiere exclusivamente a negociar con el Reino Unido la cuesti\u00f3n \u201cen disputa\u201d (l\u00e9ase la soberan\u00eda).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Por otra parte, la \u201cCuesti\u00f3n Malvinas\u201d no \u00ab<em>representa la disputa de soberan\u00eda entre la Argentina y el Reino Unido<\/em>\u00bb, como refiere el citado mensaje, sino <strong><em>la recuperaci\u00f3n del ejercicio pleno de la soberan\u00eda argentina en las islas Malvinas, Georgias del Sur y S\u00e1ndwich del Sur, territorios argentinos invadidos por el Reino Unido el 3 de enero de 1833<\/em><\/strong> <strong><em>y ocupados en forma sostenida y creciente (los espacios mar\u00edtimos correspondientes) hasta nuestros d\u00edas por esta potencia imperial y colonial.<\/em><\/strong> Si acept\u00e1semos que la \u201cCuesti\u00f3n Malvinas\u201d se tratara solo de \u201cuna disputa\u201d estar\u00edamos coloc\u00e1ndonos en un pie de igual con el Reino Unido, en una cuesti\u00f3n que nos asisten los derechos jur\u00eddicos, hist\u00f3ricos, territoriales, incluso biol\u00f3gicos (los recursos migratorios argentinos), independientemente que la resoluci\u00f3n de la ONU 2065 (XX) de la Asamblea General del 16\/12\/1965 haya reconocido la existencia de una disputa y la necesidad de reanudar las negociaciones bilaterales al respecto.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Respecto <strong><em>al alcance de los objetivos<\/em><\/strong> percibo otro error, ya que <strong>no se han incluido las cuestiones de la Ant\u00e1rtida<\/strong>, que est\u00e1n directamente relacionada con Malvinas, Georgias del Sur y S\u00e1ndwich del Sur (en adelante Malvinas) y ello adquiere mucha importancia por la pretensi\u00f3n brit\u00e1nica de su proyecci\u00f3n sobre la Ant\u00e1rtida. Esto lo confirma el propio secretario de Malvinas Daniel Filmus, cuando refiere: \u201c<em>claramente no hay ninguna intenci\u00f3n, por parte del Reino Unido, que no sea tener una puerta de entrada a la Ant\u00e1rtida<\/em>\u2026\u201d, aunque esta afirmaci\u00f3n sea solo parcial, porque hay aspectos militares y de control del acceso al Pac\u00edfico, entre otras. Del mismo modo, omitir las cuestiones de defensa, lo que tambi\u00e9n ratifica Filmus, cuando indica \u201c\u2026<em>al mismo tiempo contar con la posibilidad de instalar una base militar de un pa\u00eds de la OTAN en un lugar estrat\u00e9gico\u201d<\/em> <em>(Daniel Scar\u00edmbolo, Telam, 22\/11\/2020). <\/em>Ello, entiendo que es una grave omisi\u00f3n o la consecuencia de las exigencias de los Acuerdos de Madrid I y II respecto a la navegaci\u00f3n y comunicaciones de los buques y aeronaves de la Armada y Fuerza A\u00e9rea Argentina. Por otra parte, siendo el objetivo recuperar en forma pac\u00edfica Malvinas y los territorios mar\u00edtimos, aparte de contar con especialistas en temas geogr\u00e1ficos, biol\u00f3gicos, ambientales, hist\u00f3ricos, jur\u00eddicos y pol\u00edticos (Art. 2\u00ba, Ley 27.558); es muy importante disponer de expertos en las cuestiones productivas, econ\u00f3micas, comerciales, sociales, comunicacionales y las relativas a los recursos naturales renovables o no; los puertos; los transportes; astilleros; buques, etc. y la radicaci\u00f3n poblacional, industrial y laboral, fortaleciendo las provincias del litoral mar\u00edtimo. Si bien el objetivo es recuperar Malvinas y los territorios mar\u00edtimos, la estrategia que se aborde, tendr\u00e1 que ver con las innumerables cuestiones que nos lleven a ello.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>Entendida las necesidades de este Consejo, \u00e9ste no podr\u00eda cumplir con el objeto de su creaci\u00f3n, si la coordinaci\u00f3n y sus miembros no tienen en cuenta el alcance de los objetivos, su composici\u00f3n y la continuidad en el tiempo de sus miembros.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">En esta etapa, no me cabe duda, que el principal paso debiera ser la \u201c<strong>deconstrucci\u00f3n del andamiaje legal existente<\/strong>\u201d, es decir la derogaci\u00f3n de los Acuerdos de Madrid y dem\u00e1s acuerdos de subordinaci\u00f3n a los intereses brit\u00e1nicos y de otras potencias extranjeras que contribuyen a consolidar la posici\u00f3n brit\u00e1nica en Malvinas y en el \u00e1rea meridional del Atl\u00e1ntico Sur. El segundo, el desarrollo de las estrategias necesarias para cumplir con el objetivo previsto en la Disposici\u00f3n Transitoria Primera de la Constituci\u00f3n Nacional y, para ello, podr\u00edamos tener en cuenta lo dicho por Rodolfo Colalongo <em>(\u201cHacia un replanteo estrat\u00e9gico de la pol\u00edtica exterior argentina en torno a las islas del Atl\u00e1ntico sur en el siglo XXI\u201d, 1\/9\/2014)<\/em> \u00abexiste una din\u00e1mica verticalista de las relaciones internacionales y, en este orden de ideas, cuestiones como igualdad soberana y horizontalidad en las interacciones funcionan como m\u00e1scaras que ocultan la jerarquizaci\u00f3n del sistema. Sin embargo, esto no implica que aquellos pa\u00edses que ejecutan u obedecen las decisiones que otros toman, no puedan, alguna vez, y bajo ciertas circunstancias hacerlo. La autonom\u00eda se define como \u201cla m\u00e1xima capacidad de decisi\u00f3n propia que se puede tener, teniendo en cuenta los condicionamientos objeti<em>vos <\/em>del mundo real\u201d<em> (Puig,<\/em><em> J.C. \u201c<\/em><em>Doctrinas internacionales y autonom\u00eda latinoamericana<\/em><em>\u201d<\/em><em>. Instituto de Altos Estudios de Am\u00e9rica Latina<\/em><em>, <\/em><em>Univ<\/em><em>. <\/em><em>Sim\u00f3n Bol\u00edvar<\/em><em>, <\/em><em>1980)<\/em>. Para alcanzar la autonom\u00eda es necesaria la conjunci\u00f3n de dos factores. Primero, la adquisici\u00f3n de recursos m\u00ednimos pero suficientes y, la existencia de \u201c\u00e9lites funcionales, o sea, dedicadas a emprender el camino de la autonomizaci\u00f3n\u201d. A ello hay que sumarle la necesidad de mecanismos de cooperaci\u00f3n entre los actores que est\u00e9n (\u2026) persiguiendo el objetivo de la autonom\u00eda para, de esta manera, obtener mayores probabilidades de \u00e9xito dentro de un sistema internacional flexible\u00bb. Es claro, contin\u00faa Colalongo, que \u00abla aplicaci\u00f3n de la autonom\u00eda relacional <em>(<\/em><em>Russell, R. y Tokatlian, J. G. \u201c<\/em><em>Argentina, Brasil y EE.UU.: el desaf\u00edo de una esfera de cooperaci\u00f3n. Reflexiones en torno a nuevas estrategias para la pol\u00edtica exterior argentina\u201d. BA. Agenda Internacional, 2010) <\/em>implica un cambio en la concepci\u00f3n de c\u00f3mo hacemos una pol\u00edtica exterior, de cu\u00e1ndo y c\u00f3mo actuar solos o en relaci\u00f3n con otros, en la forma en que trabajamos con las organizaciones internacionales tanto globales como regionales y en la manera en que planteamos nuestros intereses como pa\u00eds\u00bb.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>Empezando por lo b\u00e1sico, deber\u00eda revisarse la norma de creaci\u00f3n y reglamentaci\u00f3n del Consejo y su integraci\u00f3n.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">En lo relativo a la <strong>delegaci\u00f3n de funciones<\/strong> de los miembros del Consejo, prevista en los art. 5\u00ba y 6\u00ba de la Ley 27.558 y el art. 5\u00ba del Decreto 822\/20 contrasta con la confidencialidad que se pretende de los consejeros. No parece una autorizaci\u00f3n seria para manejar cuestiones relativas a la soberan\u00eda nacional y elaborar las estrategias frente a la invasi\u00f3n territorial del Reino Unido y sus servicios de inteligencia.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">En lo relativo a <strong><em>la continuidad <\/em><\/strong>de los designados, condici\u00f3n necesaria para dise\u00f1ar estrategias a largo y mediano plazo acorde a la Pol\u00edtica de Estado (Art. 2\u00ba inc. a); los legisladores, en su mayor\u00eda, tienen sus mandatos \u2014al menos\u2014 hasta 2023, por lo que parece correcta su elecci\u00f3n, aunque es muy probable que no tengan suficiente disponibilidad de tiempo para la realizaci\u00f3n de los trabajos que demandar\u00eda esta obligaci\u00f3n anexa a su condici\u00f3n de legislador.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Respecto <strong><em>al car\u00e1cter<\/em><\/strong><em>,<\/em> llama la atenci\u00f3n que, adoptando el Consejo \u201c<em>sus recomendaciones, con car\u00e1cter no vinculante, por consenso\u201d<\/em> (Art. 4\u00ba), es decir, un cuerpo asesor, est\u00e9 integrado por el propio presidente de la Naci\u00f3n o el Canciller, quienes debieran ser los destinatarios del asesoramiento y no parte de los asesores.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">En cuanto <strong><em>a la composici\u00f3n<\/em><\/strong><em>, <\/em>el n\u00famero de integrantes designados se excede en cinco miembros, seg\u00fan lo previsto en la ley y su Decreto reglamentario 822\/20 (Art. 3\u00ba inc. g, h e i), lo que constituye una irregularidad, pudiendo adem\u00e1s a consecuencia de ello, manipularse las decisiones del Consejo. Adem\u00e1s, no se fundan las capacidades o habilidades de cada uno de los designados (si es que lo est\u00e1n por Decreto por la funci\u00f3n que cumplir\u00e1n) y, si bien no creo que las capacidades puedan ser influidas por el g\u00e9nero, tampoco se cumple en el caso de los legisladores con lo prescripto en el art. 3\u00ba ya que todos los titulares son varones y las suplentes mujeres. A su vez, el resto de los miembros son insuficientes para darle una continuidad a un trabajo que requiere coherencia, persistencia y una din\u00e1mica acorde a los cambios internacionales y los derivados de las acciones brit\u00e1nicas o de otros pa\u00edses en la regi\u00f3n y el mundo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Respecto a que las <strong>funciones sean honor\u00edficas<\/strong> (Art. 6\u00ba) supone que los designados tienen cargos p\u00fablicos o actividades privadas para sostener la funci\u00f3n y me parece una exigencia que genera dependencia, discriminaci\u00f3n y dificultades a la hora de cumplir con las funciones asignadas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">En cuanto a que el Consejo <strong>dicte su propio Reglamento<\/strong> (Art. 7\u00ba) me parece que exige una discusi\u00f3n de objetivos y procedimientos y no la imposici\u00f3n de un instrumento por parte de la Secretar\u00eda.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Sobre <strong>el tratamiento de una serie de cuestiones de fondo<\/strong> (por ejemplos los Acuerdos de Madrid, el Pacto de Foradori-Duncan, el Acuerdo de Nueva York; el Convenio de Promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de inversiones brit\u00e1nicas, ya vencido, etc.) y de otras herramientas que tienen que ver con las t\u00e1cticas para cumplir con la Pol\u00edtica de Estado, podremos ver qu\u00e9 tan dispuestos est\u00e1n sus integrantes a ser, un mero cuerpo asesor no vinculante (Art. 4\u00ba de la ley) o dise\u00f1ar esa pol\u00edtica para ejecutar \u201c<em>la recuperaci\u00f3n de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberan\u00eda nacional<\/em>\u201d o, el tiempo nos dir\u00e1, si como hasta ahora, la Argentina se limitar\u00e1 a solicitarle al Reino Unido que se siente a negociar la soberan\u00eda, como plantea la principal pol\u00edtica de di\u00e1logo, del actual secretario de Malvinas Daniel Filmus.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>En la sesi\u00f3n constitutiva el Consejo present\u00f3 una Declaraci\u00f3n donde efect\u00faa una serie de manifestaciones de reafirmaci\u00f3n de derechos; condena al Reino Unido; rechaza la presencia militar; agradece a los organismos multilaterales; recuerda a los combatientes y pone de relevancia la importancia del Consejo \u201c<\/strong>como \u00e1mbito abierto y plural (\u2026) donde puedan intercambiarse ideas y asesorar al Presidente de la Naci\u00f3n sobre los cursos de acci\u00f3n para la construcci\u00f3n de una pol\u00edtica de Estado sobre la materia\u2026\u201d. \u00a0Insisto, la Pol\u00edtica de Estado est\u00e1 explicitada en la Disposici\u00f3n Transitoria Primera de la Constituci\u00f3n Nacional, faltan herramientas para acercarnos a ese objetivo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Me referir\u00e9 ahora al perfil de los consejeros, para imaginarnos la pol\u00edtica que se propiciar\u00e1.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Respecto al secretario de Malvinas <strong>Daniel Filmus<\/strong>, habr\u00eda que recordarle que ya han pasado siete meses desde la creaci\u00f3n, el 04\/08\/2020, del Consejo y \u00e9ste no se ha puesto en funcionamiento (salvo tres reuniones por zoom). A partir de esa fecha sus declaraciones relativas a las acciones que llevar\u00e1 adelante su Secretar\u00eda en la <em>Cuesti\u00f3n Malvinas<\/em> deber\u00edan pasar por el filtro del Consejo. A todas luces a la hora de elaborarse pol\u00edticas dentro de este cuerpo (Art. 2 inc. a) la figura de este funcionario habr\u00e1 perdido poder, el que se ha transferido al Consejo creado, salvo en el cumplimiento del rol de Coordinador asignado. \u00c9ste, conforme el Art. 8\u00ba \u201c<em>tendr\u00e1 los deberes y atribuciones que se le asignen en el Reglamento Interno\u201d.<\/em> De acuerdo con la Ley y su Decreto reglamentario, el rol del secretario de Malvinas es de mera administraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Consejo. Los consejeros a su vez deber\u00edan realizar su tarea en forma permanente y sin soluci\u00f3n de continuidad, por la importancia, complejidad y din\u00e1mica de la cuesti\u00f3n Malvinas. No podr\u00edan limitarse a un par de reuniones mensuales. Por ejemplo, el Consejo Federal Pesquero, de mucha menor responsabilidad pol\u00edtica que este Consejo, se re\u00fane una vez por semana. Si pensamos que los consejeros deben elaborar una estrategia para resolver la recuperaci\u00f3n de un espacio ocupado por el Reino Unido desde hace 188 a\u00f1os y, esos a\u00f1os han pasado gobiernos argentinos de lamentable pol\u00edtica exterior y, es creciente la ocupaci\u00f3n de espacios y explotaci\u00f3n de los recursos por parte de los brit\u00e1nicos, esas personas -seguramente- deber\u00edan trabajar a tiempo completo. A no ser, que quien fije las pol\u00edticas sea el secretario y el Consejo sea un mero \u201c<em>mascar\u00f3n de proa\u201d, <\/em>que quedar\u00e1n \u201cpegados\u201d por la inacci\u00f3n o pol\u00edtica err\u00f3nea de aquel.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Entre los consejeros hay varios para destacar. No me cabe la menor duda el aporte relativo a los derechos humanos que pueda realizar el miembro honorario <strong>Adolfo P\u00e9rez Esquivel. <\/strong>En materia de derecho internacional p\u00fablico con conocimiento espec\u00edfico en la cuesti\u00f3n del Derecho del Mar, Malvinas y el Atl\u00e1ntico destaco la selecci\u00f3n del acad\u00e9mico y jurisconsulto <strong>Armando Abruza. <\/strong>Del mismo modo de<strong> Juan Gabriel Tokatlian <\/strong>y<strong> Frida Armas Pfirter, <\/strong>\u00e9sta \u00faltima en particular, en los temas relativos a la Plataforma Continental, es un espacio que a ra\u00edz de su presencia en Malvinas el Reino Unido nos disputa m\u00e1s de 1,4 millones de km<sup>2<\/sup>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Respecto a <strong>M\u00f3nica Pinto<\/strong>, si bien, desde hace m\u00e1s de treinta a\u00f1os que no publica nada relacionado con Malvinas, nadie duda de sus capacidades jur\u00eddicas como abogada, docente y decana de la Facultad de Derecho de la UBA; Acad\u00e9mica de Derecho Internacional de La Haya en 2007 y por sus relevantes trabajos sobre cuestiones relativas a la defensa de los derechos humanos, aunque debo decir que su rol de abogada defensora de Chile contra Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya me resulte decepcionante.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">M\u00f3nica Pinto inici\u00f3 su intervenci\u00f3n en esa oportunidad diciendo: \u201c\u2026<em>me cabe el honor de dirigirme a ustedes sobre el Art. VI del Pacto de Bogot\u00e1, buscando que la corte se declare incompetente para zanjar el tema de fondo de la demanda interpuesta por Bolivia\u201d<\/em> <em>(La Tercera, 04\/05\/2015) <\/em>y si bien la CJI fall\u00f3 a favor de Chile, est\u00e1 claro que el resultado logrado no alcanz\u00f3 el objetivo de cerrar la confrontaci\u00f3n entre estos dos pa\u00edses vecinos. La demanda de Bolivia excede el inter\u00e9s territorial y la salida al mar, sino que se funda en razones hist\u00f3ricas y sociales muy adentradas en el sentir boliviano, derivadas de la llamada Guerra del Pac\u00edfico (1879\/1884) entre Chile contra Per\u00fa y Bolivia que termin\u00f3 d\u00e1ndole a aquel el control de toda la costa boliviana, sus minerales y lo dej\u00f3 sin soberan\u00eda mar\u00edtima. Impuesto \u2014<em>manu militari\u2014 <\/em>por el Tratado de 1904, Bolivia perdi\u00f3 unos 120 mil km<sup>2<\/sup>. Con posterioridad hubo m\u00faltiples intentos de arreglos, incluso relativos a canjes territoriales, pero lo cierto que los espacios perdidos por Bolivia y Per\u00fa representan para Chile el 40% de sus ingresos y, en el mejor arreglo, Bolivia no tendr\u00eda derechos sobre el mar territorial ni la ZEE, sino a un tri\u00e1ngulo de unas pocas millas cuadradas. Suscribo al respecto la opini\u00f3n de Haroldo Dilla <em>(Nueva Sociedad. octubre 2018) <\/em>que aun ganando Chile la demanda boliviana para obtener una salida soberana al oc\u00e9ano Pac\u00edfico, la cuesti\u00f3n no est\u00e1 resuelta porque, adem\u00e1s, la Corte se limit\u00f3 a resolver sobre los argumentos de Bolivia de \u201c<em>que, a lo largo de medio siglo, Chile le hab\u00eda hecho ofertas a Bolivia para una salida soberana al mar, y que estas creaban obligaciones que el vecino deber\u00eda satisfacer\u201d<\/em>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>La posici\u00f3n de Chile es que habiendo ganado la guerra \u201c<em>nada tiene que negociar<\/em>\u201d. \u00bfSuena a un mensaje similar al de su aliado brit\u00e1nico respecto a Malvinas? Tambi\u00e9n, \u00bfEl sentimiento boliviano no se emparenta con el \u201cfactor fuerza\u201d argentino sobre Malvinas que refiere Rub\u00e9n Moro? <\/strong><em>(\u201c<\/em><em>Historia del conflicto del Atl\u00e1ntico Sur, La trampa de Malvinas, Buenos Aires; Edivern, 2007)<\/em>. Por otra parte, tanto Argentina como Bolivia tienen en su Constituci\u00f3n <em>(La Disposici\u00f3n Transitoria Primera en Argentina y el Cap\u00edtulo IV el Art\u00edculo 267 I y II en Bolivia)<\/em> el derecho permanente, irrenunciable e imprescriptible sobre sus territorios. En el caso de Bolivia del acceso al oc\u00e9ano Pac\u00edfico y su espacio mar\u00edtimo que le quit\u00f3 Chile en la guerra del Pac\u00edfico.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">\u201cEn Chile, el fallo despert\u00f3 los peores instintos chovinistas (\u2026) incluyendo al presidente Sebasti\u00e1n Pi\u00f1era; sin embargo, Chile tendr\u00e1 que seguir cargando con el costo pol\u00edtico internacional de ser un pa\u00eds usurpador, que proclama sus obligaciones como virtudes y cuyo aparato de relaciones internacionales \u2014gobierne la derecha o la izquierda\u2014 parece empotrado en la \u00e9poca victoriana. Bolivia seguir\u00e1 demandando su salida al mar \u2014as\u00ed lo prescribe su Constituci\u00f3n\u2014 y Chile seguir\u00e1 neg\u00e1ndole ese derecho, a pesar de haber varias formas de encaminar el tema. Lo que est\u00e1 en juego no es el comercio ya que Arica opera como un puerto boliviano, en el que la carga del 80% es de Bolivia y desde \u00e9sta exporta el 40% de sus productos. <strong>La deuda \u00e9tica de Chile es cuestionable<\/strong>\u201d. (Haroldo Dilla, pub. cit.).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Ante el rol de Monica Pinto en favor de Chile \u2014el \u00fanico pa\u00eds de habla hispana que denomina Falklands a nuestras Malvinas\u2014 su presencia en el Consejo genera desconfianza. En efecto, los abogados independientes y los docentes tienen la libertad de defender causas y distintas posiciones, a\u00fan aquellas que pudiesen afectar en un futuro la Causa Malvinas. El problema se presenta, cuando \u00e9stas integran el Consejo donde se deben dise\u00f1ar estrategias para restituir la posesi\u00f3n de Malvinas a la Argentina.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Por otra parte, es muy importante la designaci\u00f3n en el Consejo del gobernador de Tierra del Fuego <strong>Gustavo Melella<\/strong>. La Provincia, seguramente, es la primera interesada en que se resuelva la cuesti\u00f3n Malvinas teniendo muy presentes sus derechos que le asisten sobre esta parte de su territorio. No deber\u00eda estar ausente la Provincia en lo que se pueda resolverse respecto al futuro de las islas. En este sentido, la propia Res. 1514 de la ONU en su inc. 6\u00ba estableci\u00f3 el marco para las disputas de soberan\u00eda: \u201c<em>Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un pa\u00eds es incompatible con los prop\u00f3sitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas\u201d<\/em> (por cierto, lo aplicable con relaci\u00f3n a terceros pa\u00edses es tambi\u00e9n aplicable en la integridad interna). Asimismo, el Art. 6\u00ba de la Constituci\u00f3n Nacional y en especial el Art. 13\u00ba que establece que \u201c<em>Podr\u00e1n admitirse nuevas provincias en la Naci\u00f3n; <\/em><strong><em>pero no podr\u00e1 erigirse una provincia en el territorio de otra<\/em><\/strong><em> u otras, ni de varias formarse una sola, <strong>sin el consentimiento de la Legislatura de las provincias interesadas y del Congreso\u201d<\/strong><\/em><strong><em>. <\/em><\/strong>Del mismo modo, el Art. 2\u00b0 de la Constituci\u00f3n de Tierra del Fuego reza: <strong><em>\u201cLa Provincia tiene los l\u00edmites territoriales y los espacios mar\u00edtimos y a\u00e9reos que por derecho le corresponden, de conformidad con los l\u00edmites internacionales de la Rep\u00fablica Argentina. Cualquier modificaci\u00f3n de los l\u00edmites deber\u00e1 ser autorizada por ley especial aprobada por las tres cuartas partes de los miembros de la Legislatura y sometida a consulta popular\u201d<\/em><\/strong><em>. <\/em>Una legislaci\u00f3n absolutamente contraria al proyecto de uno de los miembros del Consejo, <strong>Marcelo Kohen,<\/strong> que propuso en 2018 escindir a Malvinas de la Provincia de Tierra del Fuego, probablemente, respald\u00e1ndose en el art\u00edculo 2\u00ba de la Ley 23.775, una ley, que es abiertamente inconstitucional y, muy importante, hiere la citada propuesta, el sentimiento de los fueguinos, quienes portan la antorcha de Malvinas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>Entiendo que se dejaron de lado a juristas, acad\u00e9micos, diplom\u00e1ticos y, expertos de probada mirada nacional que hubieran garantizado el dise\u00f1o de una estrategia malvinera sin cortapisas.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Indudablemente, la presencia de los excombatientes <strong>Adolfo Schweighofer <\/strong>y<strong> Ernesto Alonso<\/strong> es fundamental, pese a que deber\u00eda haberse previsto una representaci\u00f3n mayor, porque no han sido designados excombatientes muy valiosos, como C\u00e9sar Trejo y otros. Los llamados Veteranos de Guerra deber\u00edan ser garantes de que, en los Acuerdos que eventualmente se arriben, no se cedan graciosamente los que se sostuvo con esfuerzo heroico de los combatientes (como lo ocurrido en casi todos los Acuerdos firmados de 1990 a la fecha) y, adem\u00e1s, con la responsabilidad de quienes, habiendo participado de ese esfuerzo patriota, entienden, que hay mucho por hacer para recuperar la soberan\u00eda de Malvinas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La exdiputada nacional (2009-2017) la soci\u00f3loga <strong>Alcira Argumedo<\/strong>, es docente<strong>, <\/strong>fue parte de las \u201cC\u00e1tedras Nacionales\u201d. Acompa\u00f1\u00f3 a Pino Solanas en el proyecto que termin\u00f3 en la Ley 26.659 referido al R\u00e9gimen para la Exploraci\u00f3n y Explotaci\u00f3n Hidrocarbur\u00edfera en Malvinas. Su presencia podr\u00eda dar una mirada suramericana a las cuestiones relativas al Atl\u00e1ntico Sudoccidental.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La elecci\u00f3n de <strong>los legisladores<\/strong> es todo un tema. Aqu\u00ed se nota la ausencia en la Argentina de los Partidos Pol\u00edticos y que las Plataformas Electorales no son de cumplimiento obligatorio para los legisladores y, as\u00ed, los vemos votar en forma absolutamente antag\u00f3nica a lo escrito en ellas. Un ejemplo: todos sabemos que el excanciller Dante Caputo fue el gestor inicial de los Acuerdos de Madrid y, no pudo concluirlos porque se aceler\u00f3 el fin de su gobierno en 1989, aunque luego, como diputado, dio su voto afirmativo al \u201c<em>Convenio entre Argentina y el Reino Unido para la Promoci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Inversiones Brit\u00e1nicas en Argentina<\/em>\u201d suscripto el 11\/12\/1990 en Londres y aprobado por Ley 24.184 del 4\/11\/1992. Los Acuerdos de Madrid los termin\u00f3 concretando Cavallo y casi todos los diputados y senadores nacionales de las distintas extracciones pol\u00edticas con esta Ley, profundizaron los citados Acuerdos. Muchos de ellos se manifiestan luego contrarios a esos Acuerdos y si bien hay un consenso general de denunciar, observar o revisarlos, casi ninguno de los senadores y diputados de la Naci\u00f3n seleccionados para integrar el Consejo present\u00f3 proyecto alguno denunciando los Acuerdos de Madrid; el Convenio de Promoci\u00f3n y Protecci\u00f3n de las inversiones brit\u00e1nicas, el Acuerdo de Nueva York, el Acuerdo del Estado Rector del Puerto, el Pacto de Foradori-Duncan o, para reclamar al Reino Unido y\/o las empresas extranjeras el resarcimiento econ\u00f3mico por la explotaci\u00f3n de los recursos naturales en el \u00e1rea de Malvinas desde 1982 o el pago de derechos aduaneros. La excepci\u00f3n fue la diputada Bertone que present\u00f3 una resoluci\u00f3n de abstenci\u00f3n a los Acuerdos de Nueva York.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">\u00bfIntegra alguno de ellos el Observatorio Parlamentario sobre la Cuesti\u00f3n Malvinas? <em>(Res. de la H. C\u00e1mara de Diputados del 17\/05\/2006 y la Res. Presidencial 374 del 01\/04\/2016 y 1399 del 27\/09\/2016 y Res. Presidencial 1878\/2016 y Res. 1399\/2016)<\/em>: no. El Observatorio inici\u00f3 sus actividades en 2012 y est\u00e1 sin funcionar desde 2019. Desde su creaci\u00f3n se reunieron unas 25 veces (unas 3 veces por a\u00f1o) y la \u00faltima en 2019, con una muestra fotogr\u00e1fica. El \u00fanico miembro del Consejo que s\u00ed lo integr\u00f3 es Armando Abruza.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Entre los titulares al Consejo destaco entre los legisladores m\u00e1s ocupados en la Cuesti\u00f3n Malvinas al Senador <strong>Jorge Taiana<\/strong> (FdT, BA), excanciller que, durante su gesti\u00f3n, entre otras cuestiones positivas relativas a Malvinas, se destaca la suspensi\u00f3n de la investigaci\u00f3n conjunta pesquera con los brit\u00e1nicos, a trav\u00e9s de las cuales \u00e9stos se hac\u00edan de informaci\u00f3n sensible que les permit\u00eda renovar las licencias pesqueras; la ratificaci\u00f3n por parte de la Argentina de sus derechos sobre la plataforma continental ante la Comisi\u00f3n de L\u00edmites de la ONU; la sanci\u00f3n de la Ley 26.386 por el que se estableci\u00f3 restricciones a las empresas pesqueras que operan en Malvinas; el inicio de la localizaci\u00f3n de los excombatientes ca\u00eddos en Malvinas y el establecimiento de la obligatoriedad de declarar el tr\u00e1nsito a Malvinas. El actual presidente de la Comisi\u00f3n de Relaciones Exteriores del Senado es firmante de la Ley de creaci\u00f3n de la bicameral (1596\/20) sobre Malvinas y el proyecto de resoluci\u00f3n (1571\/20) sobre la construcci\u00f3n del canal de Magdalena y cofirmante del proyecto de Ley (363\/20) de traslado de la sede el Instituto Ant\u00e1rtico Argentino a Ushuaia (Rodriguez); el proyecto de ley (364 y 365\/20) de creaci\u00f3n del polo log\u00edstico ant\u00e1rtico al sur de Ushuaia (Rodriguez); el proyecto de ley (1016\/20) sobre distribuci\u00f3n del fondo para patrullaje en el mar (Gonz\u00e1lez).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Pese a su condici\u00f3n de miembro suplente (\u00bf?) en el Consejo tambi\u00e9n destaco a la Diputada<strong> Rosana Bertone <\/strong>(Tierra del Fuego, Partido Justicialista) que fue gobernadora de Tierra del Fuego y es vicepresidente 2\u00aa de la Comisi\u00f3n de Relaciones Exteriores y vocal en Defensa. Present\u00f3 varios proyectos propios sobre Malvinas, en su mayor\u00eda de Declaraci\u00f3n y Resoluci\u00f3n, de los cuales resalto: La declaraci\u00f3n de inter\u00e9s \u201cnosotros tambi\u00e9n estuvimos\u201d mujeres en Malvinas GS y SS (5472-D-20); Declaraci\u00f3n rechazo sobre instalaci\u00f3n de un stand de los habitantes de Malvinas en Montevideo (4737-D-20; Declaraci\u00f3n s\/publicaciones s\/incremento militar en Malvinas (3\/3\/15); Declaraci\u00f3n inter\u00e9s de posgrado s\/Malvinas en la Universidad de la Matanza (7\/3\/14); Ley declarando a TdF Capital de los VGM (3308-D-2011 del 23\/6\/11 y 1952-D-09 del 24\/9\/09); Declaraci\u00f3n de repudio al R.U. por presentar ante la ONU una zona de exclusi\u00f3n alrededor de Malvinas y GS (4708-D-07 del 15\/9\/07); Resoluci\u00f3n de repudio por incluir a Malvinas, GS y SS, Ant\u00e1rtida como Territorio de Ultramar\u00a0 en la UE (2417-D-05 del 29\/4\/05); Ley de creaci\u00f3n de Comisi\u00f3n bicameral de Malvinas (2528-D-20 del 3\/6\/20); Declaraci\u00f3n de Ushuaia de reivindicaci\u00f3n de derechos sobre Malvinas GS y SS (1-D-2012 del 1\/3\/12); Decreto de rechazo y repudio a la Constituci\u00f3n de Malvinas (6248-D-08 del 7\/11\/08); Declaraci\u00f3n de Repudio a la asistencia de Chile y Uruguay al acto conmemorativo del Reino Unido a la victoria del Reino Unico el 14\/06\/04 de Malvinas (5063-D-04 del 18\/8\/04); Resoluci\u00f3n de Abstenci\u00f3n del Acuerdo de Nueva York (196-D-02 del 7\/3\/02).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Tambi\u00e9n como titular el Senador <strong>Pablo Daniel Blanco<\/strong> (Tierra del Fuego, UCR) present\u00f3 el proyecto de ley (1303\/20) de creaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Bicameral de Malvinas (Blanco) y otros afines: Proyecto de Ley (1957\/20) sobre investigaciones cient\u00edficas en la pesca (Tapia); de Comunicaci\u00f3n (1155\/20) sobre puntos en disputa s\/Malvinas (Blanco); de Declaraci\u00f3n (1048\/20) sobre colaboraci\u00f3n de Uruguay Pesca ilegal (Blanco) y acompa\u00f1\u00f3 la Res. de apoyo a la UNdMP sobre premio Nobel Cardozo-Aro (1827-D-18 del 10\/4\/18).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">El designado titular <strong>Juan Carlos Romero<\/strong> (Salta, y Juntos por el Cambio) en 20 a\u00f1os de legislador nunca present\u00f3 proyecto propio de Ley sobre Malvinas. Es Vocal de la Comisi\u00f3n de Relaciones Exteriores.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Incorporado como titular el Diputado <strong>Aldo Adolfo Leiva<\/strong>, (Chaco, Frente de Todos). No present\u00f3 proyectos propios de ley sobre Malvinas ni ocupa comisiones afines. Acompa\u00f1\u00f3: Resoluci\u00f3n para rendir homenaje a los combatientes de Malvinas (2773-D-20 del 11\/6\/20); Declaraci\u00f3n de repudio instalaci\u00f3n Stand brit\u00e1nico en Montevideo (4737-D-20 del 11\/9\/20); Ley de otorgamiento de medalla de la Naci\u00f3n Argentina al Extraordinario valor en combate, al m\u00e9rito, valor y hero\u00edsmo en Malvinas (2887-D-20 del 16\/6\/20); Ley de creaci\u00f3n de la bicameral s\/Malvinas GS y SS (2528-D-20 del 3\/6\/20).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Designado como titular el Diputado <strong>Fernando Su\u00e1rez Lastra<\/strong> (CABA, UCR). Es vicepresidente 1\u00ba de la Comisi\u00f3n de Relaciones Exteriores. No present\u00f3 proyectos propios de ley sobre Malvinas. Acompa\u00f1\u00f3 la Res. de apoyo a la UNdMP por el premio Nobel Cardozo-Aro (1827-D-18 del 10\/4\/18).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">Incorporado como titular el Diputado <strong>Federico Frigerio<\/strong>, (Tierra del Fuego, PRO). Es vocal en las Comisiones de Defensa, Intereses Mar\u00edtimos y Recursos Naturales. Presento como proyecto de Ley propio sobre Malvinas el proyecto de creaci\u00f3n comisi\u00f3n bicameral de Malvinas (3224-D-20 del 30\/6\/20) y el proyecto de Ley de incremento sanciones a pesca ilegal (2133-D-20 del 19\/5\/20).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La suplente Senadora <strong>Mar\u00eda Eugenia Dur\u00e9<\/strong> (Tierra del Fuego, Frente de Todos), tiene la particularidad de ser de Tierra del Fuego y Vocal de la Comisi\u00f3n de Relaciones Exteriores. Present\u00f3 un solo proyecto de Ley propio sobre Malvinas: (2347\/20) para garantizar la formaci\u00f3n sobre Malvinas de los funcionarios p\u00fablicos. Acompa\u00f1\u00f3 los proyectos de ley (1316\/20) de creaci\u00f3n de la bicameral sobre Malvinas (Rodriguez); (363\/20) de traslado de la sede el Instituto Ant\u00e1rtico Argentino a Ushuaia (Rodriguez); (364 y 365\/20) de creaci\u00f3n del polo log\u00edstico ant\u00e1rtico al sur de Ushuaia (Rodriguez); (1016\/20) s\/distribuci\u00f3n del fondo para patrullaje en el mar (Gonz\u00e1lez); la comunicaci\u00f3n (1386\/20) incorporando el mapa bicontinental en el DNI (Rodriguez); la declaraci\u00f3n (2290\/20) s\/reclamo argentino de los derechos de Malvinas en la 75\u00ba Asamblea de la ONU.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La suplente Senadora <strong>Gladys Gonz\u00e1lez<\/strong> (BA, Frente PRO) no present\u00f3 proyecto de Ley propio sobre Malvinas y acompa\u00f1\u00f3 la Ley (1170\/19, Pinedo) de modernizaci\u00f3n de la flota pesquera que autoriz\u00f3 garantizar la construcci\u00f3n de buques pesqueros con la cuota de pesca de propiedad del Estado Nacional.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La suplente Senadora <strong>Carmen Lucila Crexel<\/strong> (Neuqu\u00e9n, Movimiento Popular Neuquino). Es Secretaria Comisi\u00f3n Relaciones Exteriores. No present\u00f3 un solo proyecto de Ley propio sobre Malvinas. Present\u00f3 una Comunicaci\u00f3n: (1465\/18) para promover la celebraci\u00f3n y firma de Convenio de Cooperaci\u00f3n Educativa con el R. Unido y una Declaraci\u00f3n (4558\/17) reconociendo la asistencia del Reino Unido en la b\u00fasqueda del ARA San Juan.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La suplente Diputada <strong>Soher el Sukaria <\/strong>(C\u00f3rdoba, Juntos por el Cambio). Es secretaria de la Comisi\u00f3n de Relaciones Exteriores. No present\u00f3 proyecto de Ley sobre Malvinas. Acompa\u00f1\u00f3 la Ley s\/pesca ilegal (4805-D-2020) y la Ley de creaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Bicameral de Malvinas (3224-D-2020). \u00a0<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\">La suplente Diputada <strong>Roxana Reyes<\/strong>, (Santa Cruz, UCR). Es vocal de Comisi\u00f3n de Intereses mar\u00edtimos. No present\u00f3 proyecto de Ley sobre Malvinas. Es cofirmante de leyes relativas a sanciones a la pesca ilegal (4805-D-20 del 15\/9\/20; 4276-D-20 del 19\/8\/20; 2133-D-20 del 19\/5\/20).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>La pol\u00edtica de \u201c<em>la declamaci\u00f3n<\/em>\u201d y \u201c<em>el di\u00e1logo inconducente<\/em>\u201d tiene los mismos efectos que tuvo la pol\u00edtica de \u201c<em>seducci\u00f3n<\/em>\u201d <\/strong>que \u201ctermin\u00f3 siendo perjudicial y desfavorable para los intereses argentinos\u201d <em>(Bologna, Alfredo Bruno et al. \u201cLa pol\u00edtica Exterior Argentina 1994-1997, CERIR, Rosario, 1998)<\/em>. <strong>Despu\u00e9s de 56 a\u00f1os de espera, es necesario que los consejeros inicien un camino sostenido y sin pausas, ratificando con hechos lo que el pueblo argentino ya resolvi\u00f3: <em>\u201c<\/em><\/strong><strong><em>La Naci\u00f3n Argentina ratifica su leg\u00edtima e imprescriptible soberan\u00eda sobre las islas Malvinas (\u2026) constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino\u201d.<\/em><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>Frente al \u201cEl colonialismo visible que te mutila sin disimulo: te proh\u00edbe decir, te proh\u00edbe hacer, te proh\u00edbe ser. El colonialismo invisible que te convence de que la servidumbre es tu destino y la impotencia tu naturaleza: te convence de que no se puede decir, no se puede hacer, no se puede ser\u201d<\/strong>, <em>Eduardo Galeano, \u201cEl libro de los abrazos\u201d, 2000).<\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>Estaremos atentos. El tiempo de la contemplaci\u00f3n tambi\u00e9n concluy\u00f3.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif; font-size: 10pt;\"><strong><em>* Experto en Atl\u00e1ntico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Naci\u00f3n. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos \u201cMalvinas. Biograf\u00eda de Entrega\u201d) y articulista de la especialidad.<\/em><\/strong><\/span><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><em>\u00a92021-saeeg\u00ae<\/em><\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: verdana, geneva, sans-serif;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00e9sar Augusto Lerena* Estamos en manos de los integrantes del Consejo para alcanzar la soberan\u00eda plena en Malvinas. Puedes enga\u00f1ar a todo el mundo alg\u00fan tiempo. Puedes enga\u00f1ar a algunos todo el tiempo. Pero no puedes enga\u00f1ar a todo el mundo todo el tiempo. Abraham Lincoln El tiempo de la contemplaci\u00f3n concluy\u00f3. \u00a0 La Cuesti\u00f3n &hellip; <a href=\"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/2021\/03\/06\/la-estrategia-del-consejo-nacional-de-malvinas-final-por-ahora\/\" class=\"more-link\">Seguir leyendo <span class=\"screen-reader-text\">LA ESTRATEGIA DEL CONSEJO NACIONAL DE MALVINAS \u2013 FINAL (POR AHORA)<\/span> <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[74],"tags":[126,165,505,1021,913,131],"class_list":["post-3076","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-atlantico-sur","tag-atlantico-sur","tag-cancilleria-argentina","tag-conflicto-del-atlantico-sur","tag-consejo-nacional-de-malvinas","tag-islas-malvinas","tag-reino-unido"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3076","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3076"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3076\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3076"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3076"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3076"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}