{"id":7005,"date":"2023-02-01T05:07:42","date_gmt":"2023-02-01T08:07:42","guid":{"rendered":"https:\/\/saeeg.org\/?p=7005"},"modified":"2023-02-01T05:07:48","modified_gmt":"2023-02-01T08:07:48","slug":"pesca-ilegal-y-expoliacion-de-los-recursos-pesqueros-de-latinoamerica-y-el-caribe","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/2023\/02\/01\/pesca-ilegal-y-expoliacion-de-los-recursos-pesqueros-de-latinoamerica-y-el-caribe\/","title":{"rendered":"<strong>PESCA ILEGAL Y EXPOLIACI\u00d3N DE LOS RECURSOS PESQUEROS DE LATINOAM\u00c9RICA Y EL CARIBE<\/strong>"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><em><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">C\u00e9sar Augusto Lerena*<\/span><\/em><\/strong><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/LERENA-TAPA-LIBRO-PESCA-ILEGAL.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-7006\" width=\"455\" height=\"690\" srcset=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/LERENA-TAPA-LIBRO-PESCA-ILEGAL.png 293w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/LERENA-TAPA-LIBRO-PESCA-ILEGAL-198x300.png 198w\" sizes=\"auto, (max-width: 455px) 100vw, 455px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Teniendo en cuenta toda la legislaci\u00f3n internacional y la nacional de todos los pa\u00edses de Latinoam\u00e9rica y el Caribe, la de la Uni\u00f3n Europea y Estados Unidos y la depredaci\u00f3n que la flota que pesca a distancia extrayendo en forma anual de Latinoam\u00e9rica recursos pesqueros de una magnitud que impiden el desarrollo de los pueblos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Entendiendo \u00abpor <strong>PESCA ILEGAL, y con el tecnicismo de INDNR (ilegal, no declarada, no registrada)<\/strong> a aquella que se captura voluntaria y\/o libremente de especies pesqueras, sin cumplir total o parcialmente con la regulaci\u00f3n internacional o nacional de origen y\/o sin control independiente y\/o si se captura en alta mar sin control del Estado de pabell\u00f3n y sin acuerdo previo entre \u00e9ste y los Estados ribere\u00f1os en aquellas especies que interaccionan o est\u00e1n asociadas o son migratorias originarias de las ZEE o desde alta mar a la ZEE, donde se realiza todo acto, de cualquier naturaleza, que atente contra la sostenibilidad de las especies pesqueras y\/o contaminen el medio ambiente y\/o amenacen la seguridad alimentaria y econ\u00f3mica, beneficiando al crimen organizado transnacional y la evasi\u00f3n fiscal\u00bb (<em>C\u00e9sar Lerena, \u201cPesca. Apropiaci\u00f3n y depredaci\u00f3n\u201d, Ed. Proyecto Sur, 2014<\/em>).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Comprendiendo que no hay faltas leves frente a la PESCA ILEGAL, ya que la depredaci\u00f3n de los recursos pesqueros y la contaminaci\u00f3n del medio marino son hechos graves que atentan contra el ecosistema y los recursos alimenticios de la humanidad y teniendo en cuenta los porcentuales deducidos por la FAO, estimamos (CESPEL, Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, 2022) que \u2014sin tener en cuenta los descartes de pesca incidental y\/o especies no comerciales realizados por los Estados ribere\u00f1os en las ZEE- en Latinoam\u00e9rica y El Caribe los Estados de pabell\u00f3n que pescan a distancia los recursos pesqueros migratorios, realizan una PESCA ILEGAL del orden de los 7,8 millones de toneladas anuales por unos 11.770 millones de d\u00f3lares estadounidenses y, seg\u00fan la FAO en el \u00c1rea 31 (Atl\u00e1ntico occidental central) el 37% las poblaciones pesqueras son biol\u00f3gicamente insostenibles; en el \u00c1rea 41 (Atl\u00e1ntico Suroeste) el 40%; en \u00c1rea 77 (Pac\u00edfico Oriental central) el 14,3% y, en el \u00c1rea 87 (Pac\u00edfico Sureste) el 66,7% <em>(Figura 24 \u201cPercentages of Biologically sustainable and unsustainable fishery stocks by FAO Mayor Fishing \u00c1rea, 2019) <\/em>y, como refiere el citado informe de la FAO, los principales responsables son los Estados de pabell\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Observando que las distintas Convenciones, Acuerdos, C\u00f3digos y Planes aprobados por los Estados y los organismos multilaterales con el objeto de erradicar o minimizar los efectos negativos derivados de la PESCA ILEGAL han resultado insuficientes e ineficaces, en atenci\u00f3n, a que despu\u00e9s de m\u00e1s de treinta a\u00f1os de aprobados, esta actividad ilegal persiste y crece.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Inspirados por el deseo de contribuir a terminar con el flagelo de la PESCA ILEGAL, que atenta contra la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la sustentabilidad de los pueblos menos desarrollados, su econom\u00eda, el trabajo, la alimentaci\u00f3n y la soberan\u00eda de los Estados ribere\u00f1os.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Resaltando, que la propia FAO estima que al menos el 30% de las capturas son ilegales, gener\u00e1ndose unos 36 mil millones de d\u00f3lares anuales <em>(FAO, 2016, p 05-06)<\/em> en forma irregular y, en una competencia desleal con quienes pescan y comercializan cumpliendo las normas nacionales e internacionales.<\/span><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"761\" src=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/CESAR-AUGUSTO-LERENA-1024x761.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-7007\" srcset=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/CESAR-AUGUSTO-LERENA-1024x761.png 1024w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/CESAR-AUGUSTO-LERENA-300x223.png 300w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/CESAR-AUGUSTO-LERENA-768x571.png 768w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/CESAR-AUGUSTO-LERENA.png 1040w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><figcaption class=\"wp-element-caption\"><em><strong>El Dr. C\u00e9sar Augusto Lerena, autor del trabajo \u201cPesca Ilegal y Expoliaci\u00f3n de los recursos pesqueros de Latinoam\u00e9rica y el Caribe\u201d,<\/strong><\/em><\/figcaption><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Teniendo en cuenta que \u201c<em>migraci\u00f3n<\/em>\u201d, no refiere a la distancia que recorren distintas especies durante sus traslados biol\u00f3gicos sino, que el t\u00e9rmino \u201c<em>migraci\u00f3n<\/em>\u201d en el sentido biol\u00f3gico seg\u00fan definen investigadores del INIDEP <em>(Roux A; de la Garza J; Pi\u00f1ero R y, Bertuche D. Informe T\u00e9cnico N\u00ba 007, 3\/4\/2012)<\/em> es \u00abel movimiento peri\u00f3dico que algunas especies de animales realizan,<em> desde una regi\u00f3n geogr\u00e1fica, y su subsecuente regreso<\/em>\u2026\u00bb, por lo tanto, indicar cu\u00e1les son especies \u201caltamente migratorias\u201d sin definir previamente este t\u00e9rmino, como lo hace la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, es una mera decisi\u00f3n pol\u00edtica-territorial y no una definici\u00f3n biol\u00f3gica precisa que deja afuera de la lista indicada en el Anexo I de esta Convenci\u00f3n a numerosas especies originarias de las Zonas Econ\u00f3micas Exclusivas (ZEE) que migran de la ZEE a alta mar y desde \u00e9sta a la ZEE, por lo cual, deben ser protegidas por los Estados ribere\u00f1os y por los Estados de pabell\u00f3n que pescan libremente en alta mar, mediante acuerdos entre las partes. \u00a0<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Reconociendo que la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar ha definido con precisi\u00f3n los alcances de los espacios mar\u00edtimos no ha podido relacionarlos debidamente al ecosistema a la hora de vincular esos territorios con la presencia de los recursos pesqueros en \u00e9stos y la migraci\u00f3n biol\u00f3gica de las especies en las distintas zonas y que m\u00e1s all\u00e1 de los distintos espacios territoriales que define y, los derechos y obligaciones que establece para cada uno de ellos, indica que: \u00ab<em>los problemas de los espacios marinos est\u00e1n estrechamente relacionados entre s\u00ed y han de considerarse en su conjunto<\/em>\u00bb (<em>sic<\/em>); que adem\u00e1s, se requiere una \u00ab<em>utilizaci\u00f3n equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protecci\u00f3n y la preservaci\u00f3n del medio marino y la conservaci\u00f3n de sus recursos vivos<\/em>\u00bb (<em>sic<\/em>). Todo ello, contribuyendo \u00ab<em>a la realizaci\u00f3n de un orden econ\u00f3mico internacional justo y equitativo que tenga en cuenta los intereses y necesidades de toda la humanidad y, en particular, los intereses y necesidades especiales de los pa\u00edses en desarrollo<\/em>\u00bb (<em>sic<\/em>); es decir, la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar no podr\u00eda limitarse a una mera divisi\u00f3n jur\u00eddica de territorios, sino fundamentalmente, a garantizar la sostenibilidad a perpetuidad de los recursos pesqueros, el acceso a las prote\u00ednas que proveen estos recursos y el crecimiento de los Estados menos desarrollados. El ecosistema es uno solo y las especies no conocen de l\u00edmites establecidos con criterios jur\u00eddicos, econ\u00f3micos y territoriales.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Atento a ello y otras consideraciones que analizamos, nos complacemos en adjuntar al presente el trabajo: <strong>\u201cPesca Ilegal y Expoliaci\u00f3n de los recursos pesqueros de Latinoam\u00e9rica y el Caribe\u201d, (2023) <\/strong>elaborado por la Fundaci\u00f3n Agustina Lerena y el Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, con el objeto principal de dar sostenibilidad a los recursos migratorios de dominio de los Estados ribere\u00f1os originarios de sus ZEE, exhortar a los Estados, a las Organizaciones multilaterales competentes de las Naciones Unidas para la FAO y las instituciones ambientales y pesqueras a producir las las acciones de: a) Instrumentar los mecanismos para erradicar la PESCA ILEGAL en el oc\u00e9ano Atl\u00e1ntico (FAO 31, 41 y 48) y el oc\u00e9ano Pac\u00edfico (FAO 77, 87 y 88); b) Convocar a los Estados a definir terminol\u00f3gica y cient\u00edficamente las expresiones centrales de \u201cpesca ilegal\u201d; recursos pesqueros \u201caltamente migratorios\u201d, \u201cmigratorios\u201d, \u201ctranszonales\u201d, \u201casociados\u201d, \u201ctransfronterizos\u201d, etc. c) establecer los marcos normativos destinados a administrar (investigar, conservar, distribuir) los recursos pesqueros y establecer los derechos y obligaciones de los Estados, sean estos de pabell\u00f3n o ribere\u00f1os; d) integrar una \u00fanica lista de especies migratorias, asociadas, transzonales, etc. a propuesta de los Estados y con el debido respaldo cient\u00edfico, de acuerdo con la distribuci\u00f3n regional y las caracter\u00edsticas biol\u00f3gicas de las especies; e) establecer con Criterio de Precauci\u00f3n una serie de medidas de urgencia; f) Armonizar las obligaciones de los Estados en alta mar y la ZEE, ya que, trat\u00e1ndose por lo general de ecosistemas \u00fanicos, que deben tratarse en forma integral y conjunta; g) Jerarquizar las estructuras oficiales que son responsables en los Estados ribere\u00f1os de ejecutar una pol\u00edtica relativa al cuidado del ambiente marino y los recursos vivos del mar; h) Apoyar t\u00e9cnica y econ\u00f3micamente a los Estados ribere\u00f1os para que sus Autoridades de Aplicaci\u00f3n a trav\u00e9s de los correspondientes Institutos de Investigaci\u00f3n, establezcan las Capturas M\u00e1ximas Sostenibles en alta mar; i) Instrumentar los mecanismos necesarios para facilitar los Acuerdos directos entre los Estados; j) Establecer nuevas herramientas y profundizar las acciones t\u00e9cnicas, operativas y de control para erradicar el descarte al mar; k) Instrumentar las sanciones penales adecuadas a quienes realizan PESCA ILEGAL, ya que las sanciones administrativas han resultado insuficientes para desalentar este flagelo; l) aplicaci\u00f3n efectiva de las sanciones a los Estados, los propietarios, armadores, capitanes y oficiales responsables de los buques que realizan PESCA ILEGAL; m) establecer los mecanismos para asegurar que, alta mar se use exclusivamente con fines pac\u00edficos; entendiendo que no es pac\u00edfica la PESCA ILEGAL; m) Intervenir en la formulaci\u00f3n de Acuerdos entre los Estados para favorecer el agregado de valor a las capturas por parte de los Estados ribere\u00f1os menos desarrollados; n) Contribuir a precisar la tipificaci\u00f3n de actos de \u201cPirater\u00eda\u201d por parte de los buques que realizan PESCA ILEGAL; o) Actuar sobre aquellos Estados que ejercen ocupaci\u00f3n en forma prepotente de espacios continentales, insulares y mar\u00edtimos o explotan \u00e1reas en disputa de soberan\u00eda capturando poblaciones de especies pesqueras, sin acuerdos ni control, atentando contra el ecosistema; el ordenamiento pesquero regional y poniendo en riesgo la sostenibilidad de las especies y la seguridad en las \u00e1reas en conflicto; p) Fortalecer a los Estados ribere\u00f1os en desarrollo en sus pol\u00edticas portuarias; q) perfeccionar los sistemas de certificaci\u00f3n de origen y trazabilidad; y r) Actuar en favor de la normatizaci\u00f3n efectiva y consensuada, para que los Estados m\u00e1s desarrollados contribuyan con los menos desarrollados, a que la pesca pueda ser un sustento de estos \u00faltimos, cumpliendo con la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y con los art\u00edculos 24\u00ba a 26\u00ba del Acuerdo de Nueva York: <em>\u00ab<strong>Los Estados reconocer\u00e1n plenamente las necesidades especiales de los Estados en desarrollo<\/strong> en relaci\u00f3n con la conservaci\u00f3n y ordenaci\u00f3n de poblaciones de peces transzonales y poblaciones de peces altamente migratorios y el desarrollo de pesquer\u00edas para tales especies\u00bb<\/em> y<em>, <\/em>entendiendo, que la pesca no debe ser de subsistencia sino que debe asegurar una \u201c<em>Unidad Econ\u00f3mica Pesquera<\/em>\u201d que les permita a los pescadores \u2014por peque\u00f1os que sean\u2014 una actividad econ\u00f3micamente sustentable y que, mediante una administraci\u00f3n adecuada, los Estados menos desarrollados puedan disponer de los recursos pesqueros necesarios para proveer a las industrias, generar trabajo y desarrollo de los pueblos y ciudades del litoral mar\u00edtimo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>Ponemos a consideraci\u00f3n de los Estados; los Organismos multilaterales; los empresarios y gremios pesqueros el citado trabajo \u201cPesca Ilegal y Expoliaci\u00f3n de los recursos pesqueros de Latinoam\u00e9rica y el Caribe\u201d, (PDF, 237 p\u00e1ginas, 2023) destinado a contribuir a erradicar la PESCA ILEGAL. \u00a0<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif; font-size: 10pt;\"><strong><em>* Experto en Atl\u00e1ntico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundaci\u00f3n Agustina Lerena (<\/em><\/strong><em><strong>Fundada el 21\/10\/2002<\/strong>), <\/em><strong><em>Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02\/04\/1989).<\/em><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif; font-size: 10pt;\"><strong><em>Autor de \u201cMalvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 a\u00f1os de entrega\u201d (2021) y de \u201cPesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribere\u00f1os de Latinoam\u00e9rica y El Caribe\u201d (2022).<\/em><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><em>\u00a0<\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt; color: #339966;\"><strong><em>Si desea leer el trabajo completo (237 p\u00e1ginas) haga clic en el siguiente v\u00ednculo y podr\u00e1 bajar el libro gratuitamente:<\/em><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\"><em><a href=\"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/cesar-lerena-pesca-ilegal-de-recursos-migratorios-de-latinoamerica\/\">https:\/\/saeeg.org\/index.php\/cesar-lerena-pesca-ilegal-de-recursos-migratorios-de-latinoamerica\/<\/a> <\/em><\/span><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00e9sar Augusto Lerena* Teniendo en cuenta toda la legislaci\u00f3n internacional y la nacional de todos los pa\u00edses de Latinoam\u00e9rica y el Caribe, la de la Uni\u00f3n Europea y Estados Unidos y la depredaci\u00f3n que la flota que pesca a distancia extrayendo en forma anual de Latinoam\u00e9rica recursos pesqueros de una magnitud que impiden el desarrollo &hellip; <a href=\"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/2023\/02\/01\/pesca-ilegal-y-expoliacion-de-los-recursos-pesqueros-de-latinoamerica-y-el-caribe\/\" class=\"more-link\">Seguir leyendo <span class=\"screen-reader-text\"><strong>PESCA ILEGAL Y EXPOLIACI\u00d3N DE LOS RECURSOS PESQUEROS DE LATINOAM\u00c9RICA Y EL CARIBE<\/strong><\/span> <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[953,2076],"tags":[268,139,669,520,552,271,149],"class_list":["post-7005","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-america-latina","category-caribe","tag-america-latina","tag-caribe","tag-depredacion","tag-pesca-ilegal","tag-pesca-indnr","tag-recursos-naturales","tag-recursos-pesqueros"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7005","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7005"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7005\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7008,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7005\/revisions\/7008"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7005"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7005"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7005"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}