{"id":7113,"date":"2023-02-27T22:52:00","date_gmt":"2023-02-28T01:52:00","guid":{"rendered":"https:\/\/saeeg.org\/?p=7113"},"modified":"2023-02-28T02:59:11","modified_gmt":"2023-02-28T05:59:11","slug":"la-investigacion-es-central-para-establecer-las-politicas-pesqueras","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/2023\/02\/27\/la-investigacion-es-central-para-establecer-las-politicas-pesqueras\/","title":{"rendered":"<strong>LA INVESTIGACI\u00d3N ES CENTRAL PARA ESTABLECER LAS POL\u00cdTICAS PESQUERAS<\/strong>"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><em><strong>C\u00e9sar Augusto Lerena*<\/strong><\/em><\/span><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"660\" height=\"309\" src=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/LERENA-INIDEP.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-7114\" srcset=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/LERENA-INIDEP.png 660w, https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/LERENA-INIDEP-300x140.png 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 660px) 100vw, 660px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">El Instituto Nacional de Investigaci\u00f3n y Desarrollo Pesquero (INIDEP) es, sin lugar a duda, un reconocido Instituto de Investigaci\u00f3n donde transitaron y realizan sus tareas los m\u00e1s acreditados cient\u00edficos y t\u00e9cnicos en la materia. No se hubiera podido lograr el desarrollo pesquero nacional sin el aporte imprescindible de este Instituto Nacional y lo ha hecho en un marco donde la pol\u00edtica en distintas etapas ha incidido negativamente y, en numerosas ocasiones, ni siquiera ha tenido en cuenta sus informes, dando lugar a la depredaci\u00f3n, al descarte y a la insostenibilidad de los recursos y el Consejo Federal Pesquero, aun conociendo los informes del INIDEP, tiene por la Ley 24.922 atribuciones que exceden al conocimiento t\u00e9cnico de sus miembros.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">En la actualidad habr\u00eda que agregar que el Instituto y sus investigadores sufre la desatenci\u00f3n de la Subsecretar\u00eda de Pesca y ello se indica en la <em>Revista Puerto<\/em> el 27\/02\/2023: \u00abm\u00e1s de cincuenta investigadores han firmado una nota solicitando una auditor\u00eda externa \u2014independiente del Estado\u2014 que investigue \u00abel real estado de los buques\u00bb ante las sucesivas y repetidas aver\u00edas, las explicaciones contradictorias de los directivos, la ineficiencia en el mantenimiento y la suspensi\u00f3n de campa\u00f1as que desprestigian la instituci\u00f3n. (\u2026) Es necesario mencionar que este tipo de problemas, que se repiten muy frecuentemente, trae consecuencias para el desarrollo de nuestras actividades, como as\u00ed tambi\u00e9n a la calidad y confianza en el asesoramiento, perjudic\u00e1ndose la imagen que pretendemos para nuestra instituci\u00f3n. Los constantes aplazamientos y\/o suspensi\u00f3n de campa\u00f1as afectan la confiabilidad y el prestigio de nuestra instituci\u00f3n (\u2026). Esto nos envuelve involuntariamente en una situaci\u00f3n vergonzosa que consideramos debe revertirse en post de una gesti\u00f3n eficiente y transparente\u00bb. Entre otras se ha cancelado la campa\u00f1a del calamar que, precisamente, es objeto de pesca ilegal (INDNR) por parte de buques extranjeros en alta mar y Malvinas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Rese\u00f1ada esta cuesti\u00f3n puntual que atenta contra la sostenibilidad del ecosistema, la misi\u00f3n y funciones de este Instituto, previstas en la Ley, son insuficientes para proveer de herramientas destinadas a la protecci\u00f3n de los recursos migratorios y los relativos a la mejora de los procesos y los productos de las empresas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Deber\u00eda corresponder al INIDEP establecer el inventario de los recursos pesqueros en la ZEE y los recursos migratorios originarios de \u00e9sta en alta mar y viceversa, susceptibles de ser aprovechadas; dise\u00f1ar y ejecutar los programas anuales de investigaci\u00f3n, de tecnolog\u00eda, nanotecnolog\u00eda y los estudios econ\u00f3micos referidos a la exploraci\u00f3n, explotaci\u00f3n sostenible, procesamiento y almacenamiento eficiente y relativos al m\u00e1ximo aprovechamiento de los recursos vivos del mar; determinar en forma anual de las capturas m\u00e1ximas sostenibles por especie y zona de pesca (incluso en alta mar y su relaci\u00f3n con la ZEE); perfeccionar y desarrollar sistemas de captura, artes de pesca y embarcaciones pesqueras; realizar las investigaciones cient\u00edficas y tecnol\u00f3gicas relativas al valor alimenticio; la calidad de los productos pesqueros y el consumo nacional de estos; dictaminar a la Autoridad de Aplicaci\u00f3n sobre el otorgamiento de Autorizaciones no gubernamentales de pesca experimental; asesorar a las empresas en el desarrollo tecnol\u00f3gico de cuestiones relativas a la captura, el procesamiento de las materias primas; la elaboraci\u00f3n de nuevos productos y la mejora de su calidad; con la aprobaci\u00f3n de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n, establecer convenios con otros Institutos de Investigaci\u00f3n del Estado Nacional y\/o provinciales para contribuir a la mayor eficiencia pesquera y una conservaci\u00f3n integral y conjunta de los recursos; asesorar a la Autoridad de Aplicaci\u00f3n y al Consejo Federal Pesquero en aquellas decisiones, donde \u00e9ste pueda y deba requerir la opini\u00f3n t\u00e9cnica especializada del INIDEP.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">En el Art\u00edculo 11\u00ba de la Ley 24.922, al igual que en art\u00edculos anteriores, se le asigna un rol al Consejo Federal Pesquero que se inmiscuye en cuestiones que deber\u00edan estar reservadas al INIDEP, que es quien dispone de las capacidades t\u00e9cnicas y cient\u00edficas para garantizar la sostenibilidad biol\u00f3gica de los recursos. En todo caso, el Consejo Federal Pesquero debe contribuir con las pol\u00edticas pesqueras generales de administraci\u00f3n del recurso en la ZEE y de los migratorios originarios de la ZEE en alta mar. Desde la d\u00e9cada del \u201870 hasta nuestros d\u00edas la actividad pesquera se caracteriz\u00f3 por la promoci\u00f3n de la actividad extractiva y exportadora y no, extractiva, transformadora, comercial. Se aument\u00f3 el esfuerzo pesquero, se privilegiaron las estad\u00edsticas que indicaban m\u00e1s d\u00f3lares exportados con escaso valor agregado por sobre el aprovechamiento eficiente del recurso, es decir, m\u00e1s divisas y m\u00e1s empleo. Se requiere, frente a la experiencia de sobreexplotaci\u00f3n de la merluza com\u00fan y otras especies en la d\u00e9cada del \u201890, con sus consecuencias econ\u00f3micas y sociales, el inicio de una administraci\u00f3n racional de los recursos que contemple la evaluaci\u00f3n permanente del potencial pesquero; una explotaci\u00f3n biol\u00f3gica y econ\u00f3micamente eficiente; estabilidad en su disponibilidad, fortalecimiento de una industrializaci\u00f3n plena y con ello, mayor valor agregado y empleo y, un mayor consumo y una m\u00e1xima penetraci\u00f3n en los mercados minoristas del mundo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Reafirmar esta actividad industrial, consolidarla, incorporarla a nuestros h\u00e1bitos culturales de trabajo y consumo, incrementar este alimento excepcional en la dieta de los argentinos, generar empleo, distribuir adecuada y equitativamente entre los distintos actores de la industria pesquera el recurso disponible, utilizar este recurso natural para ocupar en forma efectiva los espacios estrat\u00e9gicos marinos y terrestres de la Naci\u00f3n, propiciar estrategias para erradicar la Pesca Ilegal (INDNR) en el Atl\u00e1ntico Suroccidental y en el \u00e1rea de Malvinas, son tareas de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n con el apoyo del Consejo Federal Pesquero, mientras que el INIDEP se debiera dedicar a acrecentar herramientas para asegurar la pesca sostenible y la perpetuidad de este recurso. Sin buques activos es improbable hacerlo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Un recurso natural renovable (pero agotable) sensible a factores relativos a la extracci\u00f3n descontrolada, climatol\u00f3gicos y ambientales, requiere una administraci\u00f3n \u00f3ptima para dar mayor seguridad posible a los inversores, industriales y trabajadores, para lo cual no se necesita solo de administradores sino tambi\u00e9n de hombres formados en la ciencia y en la t\u00e9cnica, capacitados, perfeccionados y comprometidos en hacer el mejor aporte a la pol\u00edtica dentro del marco de la rigurosidad que exige la investigaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">El INIDEP es una importante herramienta que deber\u00eda tener por finalidad el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de programas de investigaci\u00f3n y tecnolog\u00eda. La determinaci\u00f3n de las Capturas M\u00e1ximas Sostenibles no puede estar en manos del Consejo Federal Pesquero, sino que debe ser un atributo del INIDEP, instituci\u00f3n que tiene la capacidad profesional y cient\u00edfica para hacerlo y, para ello, hay que proveerle las herramientas m\u00e1s avanzadas para ello.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Es muy importante que la Autoridad de Aplicaci\u00f3n fomente y ejecute las investigaciones cient\u00edficas relacionadas con la actividad de la pesca, la acuicultura y sus actividades conexas, as\u00ed como las especies de inter\u00e9s pesquero y acu\u00edcola y aquellas con potencial, que contribuyan a la formaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias y medidas para su administraci\u00f3n y hacerlo con un enfoque ecosist\u00e9mico, ya que \u00e9sta es una herramienta fundamental para determinar los stock, las asociaciones entre las especies y los procesos migratorios, entre otras cuestiones que permitan elaborar una pol\u00edtica pesquera sostenible, as\u00ed como actividades orientadas a la b\u00fasqueda del mejoramiento tecnol\u00f3gico, la transformaci\u00f3n y reconversi\u00f3n de las actividades pesquera y acu\u00edcolas, que son centrales para asegurar una pesca selectiva, sostenible y sustentable, tanto en las etapas de extracci\u00f3n como de procesamiento.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Un INIDEP con gran autonom\u00eda investigativa y confianza de la comunidad cient\u00edfica y empresaria, es la mayor garant\u00eda para que sus dict\u00e1menes sean reconocidos a nivel nacional e internacional y ello es central para sostener \u2014con base cient\u00edfica\u2014 el combate sobre los efectos negativos al ecosistema de una pesca descontrolada en alta mar de los recursos migratorios originarios de la ZEE. No es posible imaginar el control de los recursos migratorios argentinos en alta mar sin un INIDEP tecnol\u00f3gicamente dotado, humana y cient\u00edficamente comprometido y con una participaci\u00f3n hiperactiva, a la hora de apoyar t\u00e9cnicamente los proyectos destinados a que la Argentina \u2014como Estado ribere\u00f1o\u2014 genere los avances necesarios, junto a toda Latinoam\u00e9rica y El Caribe, respecto al cuidado de sus recursos migratorios.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Respecto al Art\u00edculo 18\u00ba de la Ley 24.922 vigente, ya nos hemos referido a que no deber\u00eda ser el Consejo Federal Pesquero sino el INIDEP quien fije la \u00abCaptura M\u00e1xima Sostenible\u00bb. Ya hemos visto a trav\u00e9s de los a\u00f1os que por decisiones pol\u00edticas se otorgaron permisos, cuotas y autorizaciones que excedieron a las Capturas M\u00e1ximas Sostenibles, pese a los informes cient\u00edficos, no siendo admisible que decisiones pol\u00edticas violenten estos informes y ocasionen depredaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">El Art\u00edculo 13\u00ba de la ley vigente indica tambi\u00e9n que \u00abLos resultados de todo trabajo de investigaci\u00f3n sobre los recursos pesqueros deben ser puestos a disposici\u00f3n de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n antes de cualquier utilizaci\u00f3n o divulgaci\u00f3n de estos y, las empresas dedicadas a la extracci\u00f3n de recursos vivos marinos est\u00e1n obligadas a suministrar toda la informaci\u00f3n requerida destinada a la investigaci\u00f3n del recurso, cuestiones que los gobiernos argentinos violentaron cuando acordaron la investigaci\u00f3n conjunta con el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte, ratificando esta irregularidad en 2016 cuando se firm\u00f3 el Pacto de Foradori-Duncan, ya que en las campa\u00f1as participaban agentes brit\u00e1nicos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">La pesca experimental por parte de personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas nacionales, extranjeras u organismos internacionales con buques de pabell\u00f3n nacional o extranjero deber\u00edan requerir autorizaci\u00f3n otorgada por la Autoridad de Aplicaci\u00f3n, previo dictamen del Consejo Federal Pesquero y estar sujeta a las limitaciones indicadas precedentemente. La Autoridad de Aplicaci\u00f3n debe tener libre acceso a toda informaci\u00f3n derivada de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica y tener facultad para designar representantes del INIDEP que, con el car\u00e1cter de observadores, presencien los trabajos y verifiquen que ellos se ajusten a las condiciones y l\u00edmites que se fijen. La pesca experimental no puede encubrir la pesca comercial como ocurri\u00f3 en la Argentina y tampoco es admisible, como denunci\u00f3 en la Fiscal\u00eda de R\u00edo Grande (Tierra del Fuego) el abogado Carlos Lionel Traboulsi, que \u00abel pasado 21 de enero de 2023 el rompehielos y laboratorio flotante RRS Sir David Attenborougt, \u00abcon bandera ilegal de las islas Falklands\u00bb habr\u00eda navegado (sin autorizaci\u00f3n de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n argentina) aguas soberanas rumbo a Punta Arenas (Chile) con objetivo confuso y desconocido, tras su traves\u00eda desde las Islas Malvinas\u00bb, violando la DTP de la Constituci\u00f3n Nacional, el art\u00edculo 92\u00ba de la CONVEMAR, los art\u00edculos 2\u00ba y 5\u00ba de la Ley 23.554 de defensa, los art\u00edculos 14\u00ba y 38\u00ba de la Ley 24.922 y el Decreto 256\/10.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>La Investigaci\u00f3n es central para respaldar las pol\u00edticas pesqueras y las Autoridades del gobierno no pueden ser los responsables de que ello no ocurra.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif; font-size: 10pt;\"><strong><em>* Experto en Atl\u00e1ntico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundaci\u00f3n Agustina Lerena (Fundada el 21\/10\/2002<\/em><\/strong><em>),<\/em> <strong><em>Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02\/04\/1989).<\/em><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif; font-size: 10pt;\"><strong><em>Autor de \u201cMalvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 a\u00f1os de entrega\u201d (2021) y de \u201cPesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribere\u00f1os de Latinoam\u00e9rica y El Caribe\u201d (2022).<\/em><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><em>\u00a0<\/em><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00e9sar Augusto Lerena* El Instituto Nacional de Investigaci\u00f3n y Desarrollo Pesquero (INIDEP) es, sin lugar a duda, un reconocido Instituto de Investigaci\u00f3n donde transitaron y realizan sus tareas los m\u00e1s acreditados cient\u00edficos y t\u00e9cnicos en la materia. 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