{"id":8530,"date":"2024-01-12T21:22:00","date_gmt":"2024-01-13T00:22:00","guid":{"rendered":"https:\/\/saeeg.org\/?p=8530"},"modified":"2024-01-17T00:30:23","modified_gmt":"2024-01-17T03:30:23","slug":"exportacion-del-ganado-en-pie-ley-de-tierras-y-extranjerizacion-del-mar-argentino","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/saeeg.org\/index.php\/2024\/01\/12\/exportacion-del-ganado-en-pie-ley-de-tierras-y-extranjerizacion-del-mar-argentino\/","title":{"rendered":"EXPORTACI\u00d3N DEL GANADO EN PIE, LEY DE TIERRAS Y EXTRANJERIZACI\u00d3N DEL MAR ARGENTINO"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><em><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">C\u00e9sar Augusto Lerena*<\/span><\/em><\/strong><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"300\" height=\"168\" src=\"https:\/\/saeeg.org\/wp-content\/uploads\/2024\/01\/LERENA-PESCA-GANADO-EN-PIE.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-8531\" style=\"aspect-ratio:1.7857142857142858;width:484px;height:auto\"\/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>El presente art\u00edculo fue publicado por <em>P\u00e1gina 12<\/em> el 12 de enero 2024.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Los funcionarios siguen sin entender que vivimos en un Estado Mar\u00edtimo. La Argentina bicontinental (que incluye la Ant\u00e1rtida) tiene 3.757.314 km<sup>2<\/sup>; mientras que la superficie mar\u00edtima, insular, la plataforma continental extendida y las aguas de la Ant\u00e1rtida alcanzan a los 8.029.842 km<sup>2<\/sup>; es decir, un espacio much\u00edsimo m\u00e1s amplio que el territorio continental.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Nos sorprende la Ley \u00d3mnibus \u201c<em>Bases y Puntos de partida para la Libertad de los Argentinos<\/em>\u201d respecto al R\u00e9gimen Federal de Pesca (Ley 24.922), cuando se extranjeriza la explotaci\u00f3n del mar argentino. <strong>Es como extranjerizar la explotaci\u00f3n del 68% del territorio nacional.<\/strong> Sin dejar de tener en cuenta que esto se har\u00eda en un escenario donde la Argentina tiene invadido y\/o en disputa con el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a (RUGB) un 68,5% de su territorio mar\u00edtimo e insular, unos 5.497.178 Km<sup>2<\/sup>, lo que coloca a esta decisi\u00f3n en una situaci\u00f3n de extrema gravedad geopol\u00edtica, sin contar, los dem\u00e1s efectos econ\u00f3micos y sociales que detallamos en distintos art\u00edculos escritos sobre el tema.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Deber\u00edamos preguntarnos qu\u00e9 han querido lograr los autores de este proyecto al abrir el mar a buques extranjeros, como lo hacen unos pocos pa\u00edses pobres del mundo, como Cuba, Costa Rica, Guatemala, Panam\u00e1, Puerto Rico, la Rep\u00fablica Dominicana y algunos pa\u00edses africanos, que no tienen desarrollada su flota, su industria pesquera ni los mercados que tiene la Argentina.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Es muy grave, ya que adem\u00e1s de <strong>abrir el mar a la pesca extranjera se admite que no ser\u00e1 necesario a esa flota desembarcar las capturas en puertos argentinos; consecuentemente, no se industrializar\u00edan las capturas ni le agregar\u00edan valor; autoriza tambi\u00e9n a no utilizar tripulaci\u00f3n argentina y podr\u00edan usarse buques de cualquier antig\u00fcedad; es decir, se dan todas las condiciones para que los buques extranjeros extraigan y no efect\u00faen elaboraci\u00f3n de ninguna naturaleza ni pago de tasas, impuestos, retenciones, etc.,<\/strong> <strong>y en los hechos la Argentina no controle nada porque no tiene forma ni capacidad de hacerlo, acrecentado la ya conocida pesca ilegal, <\/strong>motivo por el cual, parecer\u00eda que el Estado se conformar\u00eda con la venta de licencias al mejor postor, licitaciones que seguramente ganar\u00e1n los buques extranjeros ya que operan subsidiados, hacen transbordo en el mar, no pagan aranceles al regreso a sus pa\u00edses de origen, su tripulaci\u00f3n trabaja con reg\u00edmenes esclavos y no abonar\u00e1n los impuestos, tasas y retenciones de Argentina. Igual procedimiento primitivo que el de licitar las licencias de pesca que utiliza el RUGB en las islas Malvinas; asimilable, a la venta de <em>ganado en pie<\/em> que la Argentina realizaba en el siglo XIX, donde se vend\u00edan animales a los mercados transatl\u00e1nticos, sin ning\u00fan tipo de proceso industrial ni ocupaci\u00f3n de mano de obra; claro est\u00e1, que eso ocurr\u00eda en un contexto donde la mano de obra preparada era escasa y la carencia de tecnolog\u00eda provocaba ciertas limitaciones a los bienes vendidos a compradores de Europa y Estados Unidos, cuesti\u00f3n que pod\u00eda darse en esos a\u00f1os, pero vender hacienda en pie en la actualidad significa un retroceso fenomenal e injustificado, regal\u00e1ndole a los pa\u00edses desarrollados la mano de obra, pese a que hoy la Argentina tiene en la actividad pesquera un recurso humano calificado, tecnolog\u00eda, infraestructura y la flota necesaria, adem\u00e1s de conocer el mercado y competir en \u00e9l, a pesar de no ser quien fija los precios en el mundo y en muchos casos ingresando a mercados protegidos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Esta pr\u00e1ctica de que buques extranjeros pesquen en la Zona Econ\u00f3mica Exclusiva (ZEE) no solo no se admite sino que se reprime en todo el mundo. A no ser de que se trate de capturar especies excedentarias, es decir, aquellas que no son capturadas por razones comerciales por los Estados ribere\u00f1os; que no es el caso de Argentina, donde capturan todos los recursos disponibles, con las limitaciones impuestas por el INIDEP para asegurar la sostenibilidad de las especies. \u00bfPodr\u00eda mejorarse la eficiencia, distribuci\u00f3n y el valor agregado? Si, pero como ya hemos dicho, no depende solo de las empresas sino tambi\u00e9n de que los gobiernos cumplan su rol, a trav\u00e9s de sus delegaciones diplom\u00e1ticas, de buscar acuerdos internacionales. Tomar contacto con el mundo, generar empat\u00eda, confianza e inter\u00e9s en proyectos serios de cooperaci\u00f3n y explotaci\u00f3n equitativa, dentro del marco de la ley argentina y de la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>El proyecto del gobierno es vender ganado en pie al mundo igual que el RUGB en Malvinas.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">\u00bfRaro no? Porque este proyecto tambi\u00e9n les permitir\u00eda a los brit\u00e1nicos hacerse de todos los recursos del resto del mar argentino por unas monedas. Una guerra ganada a los argentinos sin tirar un solo tiro. Nada podr\u00eda salir tan mal \u201c<em>Ni el tiro del final te va a salir<\/em>\u201d. Ampliaremos en un pr\u00f3ximo art\u00edculo sobre este t\u00f3pico.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>Muy raro tambi\u00e9n es que junto a esta extranjerizaci\u00f3n del 68% del territorio nacional se propicie la derogaci\u00f3n de la Ley 26.737 \u201c<em>del R\u00e9gimen de Protecci\u00f3n al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesi\u00f3n o Tenencia de las Tierras Rurales<\/em>\u201d (Ley de Tierras) sancionada en 2011.<\/strong> Se dejar\u00eda sin efecto una ley que se aplica a todas las tierras rurales ubicadas fuera del ejido urbano y que tiene por objeto \u2015entre otros\u2015 \u201c<em>Regular, respecto de las personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas extranjeras, los l\u00edmites a la titularidad y posesi\u00f3n de tierras rurales, cualquiera sea su destino de uso o producci\u00f3n<\/em>\u00bb, donde se establecen una serie de condiciones y l\u00edmites al dominio extranjero sobre la propiedad o posesi\u00f3n de las tierra rurales, entendiendo a los efectos de la ley, \u00ab<em>como titularidad extranjera sobre la propiedad o posesi\u00f3n de las tierras rurales, toda adquisici\u00f3n, transferencia, cesi\u00f3n de derechos posesorios, cualquiera sea la forma, denominaci\u00f3n que le impongan las partes, y extensi\u00f3n temporal de los mismos<\/em>\u2026\u00bb, aunque es conocida la vulnerabilidad de la ley, que ha sido violada reiteradamente a trav\u00e9s de distintos artilugios, algunos de las cuales, incluso ya se indican en el art\u00edculo 6\u00ba de la ley: \u00ab<em>Queda prohibida toda interposici\u00f3n de personas f\u00edsicas de nacionalidad argentina, o de personas jur\u00eddicas constituidas en nuestro pa\u00eds, a los fines de configurar una titularidad nacional figurada para infringir las previsiones de esta ley. Ello se considerar\u00e1 una simulaci\u00f3n il\u00edcita y fraudulenta<\/em>\u00bb.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">\u201cM\u00e1s de 14 millones de Has. de tierras rurales estar\u00edan en manos extranjeras. La ley establece que no pueden estar en manos extranjeras m\u00e1s del 15% de los territorios nacionales, provinciales o municipales; sin embargo, pese a la ley que se pretende derogar, m\u00e1s de treinta distritos tendr\u00edan la mitad de su territorio en manos extranjeras\u201d.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Y, entre otras tantas limitaciones al dominio extranjero que omito por razones administrativas, no puedo dejar pasar lo que indica el art\u00edculo 10\u00ba \u00ab\u2026<em>se proh\u00edbe la titularidad o posesi\u00f3n de los siguientes inmuebles por parte de las personas extranjeras\u2026los que contengan o sean ribere\u00f1os de cuerpos de agua de envergadura y permanentes y, los inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera\u2026<\/em>\u00bb, que obviamente, al igual que en el mar, ser\u00eda inadmisible la apropiaci\u00f3n extranjera de espacios fronterizos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">Si a esto le agregamos que la explotaci\u00f3n de los principales recursos naturales (petr\u00f3leo, gas, minerales, etc.) y gran parte de los servicios est\u00e1n extranjerizados, sumado a la monumental deuda que tiene la Argentina y su extrema pobreza, nos hace seriamente pensar que nos estamos alejando seriamente de la declaraci\u00f3n de Tucum\u00e1n del 9 de julio de 1816 que rezaba: \u201c<em>Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud Am\u00e9rica, reunidos en congreso general\u2026declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad un\u00e1nime e indubitable de estas Provincias romper los violentos v\u00ednculos que los ligaban a los reyes de Espa\u00f1a, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto car\u00e1cter de una naci\u00f3n libre e independiente del rey Fernando s\u00e9ptimo, sus sucesores y metr\u00f3poli\u201d; declaraci\u00f3n que se complementase diez d\u00edas despu\u00e9s: \u201cy de toda otra dominaci\u00f3n extranjera<\/em>\u201d.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>Y nos preguntamos si, bajo el pretexto de mejorar nuestra econom\u00eda, ma\u00f1ana no llegar\u00e1 tambi\u00e9n la hora de expropiar las tierras rurales de propiedad privada, bajo pretexto de considerarlas improductivas o ineficientemente explotadas y de inter\u00e9s p\u00fablico. El valor de un buque de pesca equivale al precio de miles de hect\u00e1reas del mejor precio de la \u201cPampa H\u00fameda\u201d. \u00bfPorque dejar en manos de unos pocos ilustrados, detr\u00e1s de un escritorio, el destino de la actividad productiva mar\u00edtima o continental nacional?<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\">\u201c<em>La Independencia no se hizo para cambiar de amo sino para emancipar los pueblos<\/em>\u201d (<em>Carlos Ciappina); <\/em>as\u00ed ya lo entendieron los h\u00e9roes de la independencia y as\u00ed lo entendi\u00f3 el Gral. Jos\u00e9 de San Mart\u00edn \u201cLibertador y Padre de la Patria\u201d, ganador en las batallas de Chacabuco y Maip\u00fa para emancipar Chile; Fundador de la Libertad y de la Rep\u00fablica del Per\u00fa, como para que ahora los argentinos amainemos ante el primer ruido. Las conquistas ya no se hacen solo con la ocupaci\u00f3n armada de los territorios sino con la apropiaci\u00f3n y explotaci\u00f3n de las riquezas y el debilitamiento del aparato productivo nacional. La emancipaci\u00f3n no se logra solamente resolviendo los problemas econ\u00f3micos, con la urgencia de sanear las deudas enajenando el patrimonio nacional, sino poniendo a todas las fuerzas productivas de la gente a explotar los recursos del mar y el continente argentino. Cuantos m\u00e1s extra\u00f1os se lleven nuestras riquezas, m\u00e1s lejos estaremos de la independencia que so\u00f1aron nuestros antecesores y, los cientos de miles de inmigrantes, que vinieron a esta tierra en b\u00fasqueda de la felicidad y prosperidad so\u00f1ada.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong>Ambas leyes, la de la reforma de la ley 24.922 y la derogaci\u00f3n de la ley <\/strong><strong>26.737 <\/strong><strong>de tierras, van en contra de una naci\u00f3n independiente, capaz de explotar sus potencialidades y avanzar hacia un ma\u00f1ana mejor \u201cpara nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres que quieran habitar en el suelo argentino\u201d, respetando nuestros h\u00e1bitos y costumbres y, muy especialmente nuestra autonom\u00eda como naci\u00f3n soberana.<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 10pt;\"><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong><em>* <\/em><\/strong><strong><em>Experto en Atl\u00e1ntico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundaci\u00f3n Agustina Lerena.\u00a0<\/em><\/strong><\/span><span style=\"font-family: tahoma, arial, helvetica, sans-serif;\"><strong><em>Web: cesarlerena.com.ar.<\/em><\/strong><\/span><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00e9sar Augusto Lerena* El presente art\u00edculo fue publicado por P\u00e1gina 12 el 12 de enero 2024. \u00a0 Los funcionarios siguen sin entender que vivimos en un Estado Mar\u00edtimo. 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