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Será imposible prosperar si no se respeta la Constitución

Iris Speroni*

El poder legislativo debe ejercer su rol y tomar las decisiones clave para el futuro de la Nación.

El Congreso tiene entre sus facultades contraer deuda externa, reglar los derechos de importación y exportación, y generar los incentivos para poblar el país.

 

Somos testigos de la campaña electoral más cara de la historia: u$s 9.600.000.000 (1). Con este dinero el Poder Ejecutivo junto a directores del BCRA retrasa artificialmente el tipo de cambio para enmascarar la inflación y así favorecer sus chances electorales.

Para llevar adelante esta acción el Poder Ejecutivo viola la Constitución Nacional en dos puntos: contrae deuda (con el FMI) y fija el tipo de cambio, ambas atribuciones del Congreso de la Nación (2). «Constitución Nacional,… Capítulo Cuarto, Atribuciones del Congreso; Artículo 75.- Corresponde al Congreso:…inc. 4. Contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación,…inc. 11. Hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras».

Representantes de la oposición han protestado públicamente por este accionar, pero ninguno ha llamado a sesiones para rechazar la deuda y la manipulación del tipo de cambio, ni ha pedido la remoción de los directores del BCRA nombrados en comisión, ni se ha presentado a la justicia por la malversación de 9.600 millones de dólares de fondos públicos.

Los representantes de la ciudadanía y de las provincias no creen relevante hacer cumplir la Constitución. Un tipo de cambio atrasado representa pobreza en las economías provinciales. Sin embargo, o los senadores no lo asumen como un problema o creen que no amerita elevar la voz.

La omisión del cumplimiento de la constitución por parte de nuestros representantes nos causa pérdidas en nuestro nivel de vida, en nuestra capacidad de ahorro y nos impide generar nuestro pequeño patrimonio. ¿Verán la relación de causa y efecto entre sus acciones y las consecuencias que pagamos todos?

EL CONGRESO

¿Los diputados y senadores relacionan que aprueban un presupuesto miserable para las Fuerzas Armadas y luego se hunde el ARA San Juan? ¿Relacionan que dejan al Poder Ejecutivo bajar artificialmente el tipo de cambio y luego las economías de Formosa y Chaco sufren?

El año pasado el ministro de Economía decidió subir las retenciones. No es facultad del Ejecutivo. La Constitución es clara: «Artículo 75.- Corresponde al Congreso: inc. 1. Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación,…».

Es una medida que afectó a los exportadores de software. La cámara empresarial, si es que no lo hizo aún, puede acudir a la Justicia a pedir su inconstitucionalidad y reclamar la devolución de los aranceles de exportación abonados.

Dirán: «Todos los presidentes manejan los aranceles aduaneros». Sí, por el Código Aduanero firmado por José Martínez de Hoz y Jorge Rafael Videla. El horror a la dictadura de nuestros grandes demócratas desde 1983 a la fecha es selectiva. Recaudar impuestos no los horroriza.

Sólo el Congreso puede disponer la venta de tierras de propiedad nacional. Sin embargo, desde que asumió, Mauricio Macri entró en una vorágine de venta de tierras públicas, a través del solícito Ramón Lanús. Al asumir, Macri no sabía cuál era el panorama de gobierno, según sus propios dichos, sin embargo a los quince días decidió vender terrenos y edificios públicos, en coquetos barrios de la capital y en Washington. «Artículo 75.- Corresponde al Congreso:…inc. 5. Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional».

Todo lo que arregló el actual gobierno con el FMI no es válido según nuestra Constitución Nacional. «Artículo 75.- Corresponde al Congreso:…7. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación».

Si uno va a pedir un crédito al banco, éste exige copia del estatuto de la empresa, y las actas de nombramiento de autoridades y apoderados. Si el estatuto dice que sólo el Directorio puede solicitar créditos, el banco exigirá la correspondiente acta de Directorio con la autorización a contraer el crédito.
¿Y el FMI presta dinero en violación a la Constitución de un país? Mala praxis. Tal vez vez provoquemos el cierre de ese antro de burócratas sobrepagados que es el FMI.

CRECIMIENTO

Quiero ahora detenerme en el inc. 19 del Art. 75 de nuestra CN. «»Artículo 75.- Corresponde al Congreso:… Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones»».
El 15 de julio del año pasado propuse en esta columna duplicar o triplicar nuestro PBI mediante una Segunda Conquista del Desierto (3). Aumentar la población de todos los pueblos artificialmente deshabitados. Despoblar las grandes urbes mediante la eliminación de subsidios y privilegios que llevan a la concentración poblacional.

La Constitución obliga a nuestros gobernantes a generar los incentivos para que la población se instale en todo el país. Hacen lo contrario. Gravan a las zonas rurales (u$s 11.000.000.000 sólo en retenciones mayormente agrícolas), a lo que se le suma el impuesto a los bienes personales -que afecta a quien tiene su capital en tierras- y el impuesto al combustible que encarece artificialmente el flete (perjudica las economías regionales). Sin embargo los impuestos al combustible fueron votados por los senadores de todas las economías regionales del país.

Las retenciones agropecuarias son un incentivo a despoblar el interior del país y mudarse a las grandes ciudades donde el estado gasta esas mismas retenciones. Va de nuevo: las retenciones a los productos agropecuarios son un mecanismo para despoblar las provincias y poblar las grandes urbes. ¿Por qué? Porque el estado gasta esos recursos en subsidios a los habitantes urbanos.

Desde el momento en que está escrito en la Constitución, senadores (cámara de inicio de estas leyes) y diputados saben qué deben hacer. Sin embargo se distraen en implementar agendas foráneas.

Retrucarán que el Congreso ha delegado al Ejecutivo las facultades de endeudarnos, de vender tierras, de manipular el tipo de cambio o subir las retenciones por leyes ad hoc. Sin embargo los legisladores no pueden transferir su responsabilidad. La CN establece: «Artículo 76.- Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo».

LOS ROLES

La definición de patrimonio neto (de una persona, de una empresa, de un país) es todo aquello que se tiene menos todo lo que se debe. Lo mínimo que uno le pide a un gobernante es que no haga daño. «Primum non nocere». Queremos que nuestros gobernantes no nos generen daño.

A casi cuatro años de asumir Macri, el estado nacional (lo que le dimos a administrar), ¿está mejor o peor? ¿El patrimonio neto del estado nacional subió o bajó? Una nación tiene capital monetario y simbólico. En lo simbólico, ¿somos un mejor país con más o menos patrimonio intangible si destruimos el Tiro Federal o si se hunde el único submarino que teníamos o estamos peor?

Los ciudadanos, en nuestro patrimonio familiar, ¿somos más ricos o más pobres? A algunos les habrá ido bien, a otros regular y a otros mal. En la sumatoria de cada fortuna personal, ¿bajó o subió nuestro patrimonio neto consolidado?

La riqueza no sólo se genera trabajando. Se necesita un marco legal y paz. Nuestro lema es En Unión y Libertad. Juan Bautista Alberdi fatigó explicando paso por paso por qué un marco legal era imprescindible para la generación de riqueza.

Si el Congreso no se ocupa de lo que se tiene que ocupar y el Ejecutivo hace lo que no debe, a nosotros sólo nos espera el escalón siguiente de pobreza. No es posible prosperar si no se respeta la Constitución.
A los miembros de la casta política: tal vez hoy se sientan en la cima de la colina porque pasan el sushi por caja chica. Sin embargo, la Constitución es clara: si nos generan perjuicio, si dañan nuestro patrimonio, nuestra vida o nuestro honor, la cárcel está a la vuelta de la esquina. Artículo 29 de la Constitución Nacional.

1. https://bit.ly/2XDnsK0

2.http://https://bit.ly/32lL5p8

3.http://https://bit.ly/2xLtxF2

* Licenciada de Economía UBA, Master en Finanzas, Ucema. Posgrado Agronegocios, Agronomía UBA.
** Tomado de La Prensa, Argentina, http://www.laprensa.com.ar/478565-Sera-imposible-prosperar-si-no-se-respeta-la-Constitucion.note.aspx
SAEEG

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