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GUAYANA ESEQUIBA: MANIOBRAS OCULTAS O DEVELADAS SERÁN CONTESTADAS

Abraham Gómez R.*

Ya se ha analizado e interpretado bastante la determinación de la Corte Internacional de Justicia de autoconferirse jurisdicción y competencia, el 18 de diciembre del 2020, precisamente en la etapa preliminar del juicio que cursa en esa Sala Sentenciadora; provocado por la Acción interpuesta en nuestra contra por la excolonia británica, en contravención de la normativa establecida con antelación, para la solución de pleitos entre Estados.

Hemos dicho de muchas maneras que Guyana aguardó y armó su ardid, casi que, como una emboscada jurídica, para demandar a Venezuela ante ese Órgano Juzgador; yéndose, directamente al “arreglo judicial”; contrariando el orden sucesivo establecido en el artículo (33) de la Carta de las Naciones Unidas; instrumento sancionado para resolver, de modo pacífico, algún litigio que pudiera poner en peligro la paz mundial.

En honor a la verdad, aunque nos sorprendió la mencionada resolución de la Corte y, además, por “rara y sospechosa” que nos parezca, hemos intentado metabolizarla en todas sus consideraciones y las implicaciones que de la misma se han venido derivando; por ejemplo, la solicitud de inadmisibilidad ( 07 de junio de 2022) a tal demanda, por parte de Venezuela, mediante una Excepción Preliminar; así también, la asistencia a la Corte de la delegación guyanesa, en marzo de este año, con la finalidad de ratificar la demanda, pidiendo que se le conceda la autoridad de cosa juzgada, al írrito y nulo Laudo Arbitral de París. Documento nulo de toda nulidad. Sin la más mínima validez; sin ninguna eficacia jurídica ni fuerza para ser oponible a nada y menos en un juicio de tamaño carácter y naturaleza.

 Ellos están empecinados en hacer saber que la confrontación ha sido resuelta, en ese evento aciago de 1899, y ejecutoriada a través de un “proceso de demarcación” en 1905.

Ellos han develado las cartas con las que están jugando.

Guyana, en la ocasión de reafirmar su petición, introdujo un elemento addendum (escrito adicional), en cuyo contenido insisten en que nuestro país sea sentenciado en ausencia, en caso de que nuevamente —en la venidera fase escrita— invoquemos la no comparecencia.

Por cierto, en los intercambios de criterios, confrontación de opiniones y aportes de conjeturas que hemos desarrollado en las distintas comisiones en las cuales nos mantenemos activos, percibimos el mejor ambiente —hay un entusiasmo generalizado— para participar en el mencionado juicio.

En mi caso particular, me he permitido exponer en las conferencias, declarar y pronunciar en todos los escenarios, que han aflorado inmensas posibilidades de que la delegación venezolana se presente para la fecha en que hemos sido citados, (08 de marzo de2023), en representación de nuestro Estado, en tanto parte concernida en este proceso litigioso,

No obstante, de que el Alto Jurado desestimó tres peticiones que hizo la delegación de Guyana —a través de la señalada Acción interpuesta contra nosotros— por considerarlas de “poca monta”; pero, sin embargo, admitió procesalmente el elemento más denso e importante en la pretensión:

“el carácter válido y vinculante del Laudo; el cual resuelve plena, perfecta y definitivo todos los asuntos relativos a la frontera con Venezuela”

Según los términos que utiliza la contraparte en su escrito para referirse a la sentencia tramposa y perversa, conocida en el mundo. Una verdadera vergüenza para la doctrina y la jurisprudencia en el Derecho Internacional Público.

A pesar de que Guyana tiene plazo hasta el 07 de octubre de este año para responder con observaciones y conclusiones, en base a la Excepción Preliminar (inadmisibilidad de la demanda) formulada por Venezuela; el juicio —como tal— no se ha paralizado.

Celebramos que Venezuela haya designado al agente y coagentes para que nos representen en La Haya, lo cual constituye un excelente indicio de nuestra posible participación.

Indaguemos, entonces, por lo que nos corresponde desplegar —en los próximos días— mientras la Corte determina las gestiones y órdenes que prosiguen, una vez que reciba y procese los resultados que entregará Guyana.

 Preguntémonos: ¿Qué hacer, de ahora en adelante, si ya conocemos que la delegación guyanesa hizo acto de personación y procedió a ratificar la demanda en nuestra contra?

A riesgo de parecer tedioso, considero que —sin perder ni un minuto— debemos declararnos a trabajar tiempo completo, mediante la conformación de una comisión multidisciplinaria, para la discusión, análisis, investigaciones documentales, compendiar la narrativa de los hechos fundamentales y verdaderos, estructurar las alegaciones de derecho. Igualmente, hacer las precisas consultas públicas y privadas; en fin, todo cuanto haya que diligenciar para elaborar el Memorial de Contestación de la demanda, que hay que consignar, en la Corte —si así lo autoriza el Jefe de Estado— el día 08 de marzo del 2023.

Disponemos, apenas, de escasos meses para acometer tan histórica tarea.

Considero que es sustantiva y procesalmente desmontable el enjambre de mala fe sido urdido en el contenido de la Acción interpuesta y ratificada —unilateralmente— por la ex colonia británica.

Sin embargo, para alcanzar con satisfacción y que arroje resultados concretos, nos obligamos a trabajar duro e incansable, para hacer compacto e inatacable el mencionado Memorial de Contestación y quedar preparados como equipo para “disparar” con la dúplica (respuesta más contundente a la posible réplica de ellos), en la debida ocasión, si se presentara el caso.

Estamos obligados, como venezolanos, a concitar una inteligente programación unitaria, sin mezquindades ni diferenciaciones.

El reclamo centenario por esa inmensa área, que nos arrebataron con vileza, permanentemente ha constituido un punto de confluencia venezolanista, por encima de parcialidades ideológicas, confesionales, sociales, económicas. Requerimos solidaridad plena y total en este asunto litigioso.

Deseamos expresar, además, otro elemento no menos importante, atinente a la dinámica interna nacional para la defensa de nuestra Guayana Esequiba; me refiero al recato y la prudencia que ha tenido el sector oficial para manejar las estrategias de reivindicación al caso contencioso.

Reconocemos la unidad de criterios que ha habido en esta lucha, por parte de muchos entes involucrados; aunque algunas veces nos gustaría que la Cancillería tuviera mayor capacidad de respuestas ante la vulneración, que nos causan empresas transnacionales, en nuestros espacios territoriales y su proyección atlántica.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

 

SAEEG

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