Categories: ARGENTINAPesca

EXPORTACIÓN DEL GANADO EN PIE, LEY DE TIERRAS Y EXTRANJERIZACIÓN DEL MAR ARGENTINO

César Augusto Lerena*

El presente artículo fue publicado por Página 12 el 12 de enero 2024.

 

Los funcionarios siguen sin entender que vivimos en un Estado Marítimo. La Argentina bicontinental (que incluye la Antártida) tiene 3.757.314 km2; mientras que la superficie marítima, insular, la plataforma continental extendida y las aguas de la Antártida alcanzan a los 8.029.842 km2; es decir, un espacio muchísimo más amplio que el territorio continental.

Nos sorprende la Ley Ómnibus “Bases y Puntos de partida para la Libertad de los Argentinos” respecto al Régimen Federal de Pesca (Ley 24.922), cuando se extranjeriza la explotación del mar argentino. Es como extranjerizar la explotación del 68% del territorio nacional. Sin dejar de tener en cuenta que esto se haría en un escenario donde la Argentina tiene invadido y/o en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB) un 68,5% de su territorio marítimo e insular, unos 5.497.178 Km2, lo que coloca a esta decisión en una situación de extrema gravedad geopolítica, sin contar, los demás efectos económicos y sociales que detallamos en distintos artículos escritos sobre el tema.

Deberíamos preguntarnos qué han querido lograr los autores de este proyecto al abrir el mar a buques extranjeros, como lo hacen unos pocos países pobres del mundo, como Cuba, Costa Rica, Guatemala, Panamá, Puerto Rico, la República Dominicana y algunos países africanos, que no tienen desarrollada su flota, su industria pesquera ni los mercados que tiene la Argentina.

Es muy grave, ya que además de abrir el mar a la pesca extranjera se admite que no será necesario a esa flota desembarcar las capturas en puertos argentinos; consecuentemente, no se industrializarían las capturas ni le agregarían valor; autoriza también a no utilizar tripulación argentina y podrían usarse buques de cualquier antigüedad; es decir, se dan todas las condiciones para que los buques extranjeros extraigan y no efectúen elaboración de ninguna naturaleza ni pago de tasas, impuestos, retenciones, etc., y en los hechos la Argentina no controle nada porque no tiene forma ni capacidad de hacerlo, acrecentado la ya conocida pesca ilegal, motivo por el cual, parecería que el Estado se conformaría con la venta de licencias al mejor postor, licitaciones que seguramente ganarán los buques extranjeros ya que operan subsidiados, hacen transbordo en el mar, no pagan aranceles al regreso a sus países de origen, su tripulación trabaja con regímenes esclavos y no abonarán los impuestos, tasas y retenciones de Argentina. Igual procedimiento primitivo que el de licitar las licencias de pesca que utiliza el RUGB en las islas Malvinas; asimilable, a la venta de ganado en pie que la Argentina realizaba en el siglo XIX, donde se vendían animales a los mercados transatlánticos, sin ningún tipo de proceso industrial ni ocupación de mano de obra; claro está, que eso ocurría en un contexto donde la mano de obra preparada era escasa y la carencia de tecnología provocaba ciertas limitaciones a los bienes vendidos a compradores de Europa y Estados Unidos, cuestión que podía darse en esos años, pero vender hacienda en pie en la actualidad significa un retroceso fenomenal e injustificado, regalándole a los países desarrollados la mano de obra, pese a que hoy la Argentina tiene en la actividad pesquera un recurso humano calificado, tecnología, infraestructura y la flota necesaria, además de conocer el mercado y competir en él, a pesar de no ser quien fija los precios en el mundo y en muchos casos ingresando a mercados protegidos.

Esta práctica de que buques extranjeros pesquen en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) no solo no se admite sino que se reprime en todo el mundo. A no ser de que se trate de capturar especies excedentarias, es decir, aquellas que no son capturadas por razones comerciales por los Estados ribereños; que no es el caso de Argentina, donde capturan todos los recursos disponibles, con las limitaciones impuestas por el INIDEP para asegurar la sostenibilidad de las especies. ¿Podría mejorarse la eficiencia, distribución y el valor agregado? Si, pero como ya hemos dicho, no depende solo de las empresas sino también de que los gobiernos cumplan su rol, a través de sus delegaciones diplomáticas, de buscar acuerdos internacionales. Tomar contacto con el mundo, generar empatía, confianza e interés en proyectos serios de cooperación y explotación equitativa, dentro del marco de la ley argentina y de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).

El proyecto del gobierno es vender ganado en pie al mundo igual que el RUGB en Malvinas.

¿Raro no? Porque este proyecto también les permitiría a los británicos hacerse de todos los recursos del resto del mar argentino por unas monedas. Una guerra ganada a los argentinos sin tirar un solo tiro. Nada podría salir tan mal “Ni el tiro del final te va a salir”. Ampliaremos en un próximo artículo sobre este tópico.

Muy raro también es que junto a esta extranjerización del 68% del territorio nacional se propicie la derogación de la Ley 26.737 “del Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales” (Ley de Tierras) sancionada en 2011. Se dejaría sin efecto una ley que se aplica a todas las tierras rurales ubicadas fuera del ejido urbano y que tiene por objeto ―entre otros― “Regular, respecto de las personas físicas y jurídicas extranjeras, los límites a la titularidad y posesión de tierras rurales, cualquiera sea su destino de uso o producción», donde se establecen una serie de condiciones y límites al dominio extranjero sobre la propiedad o posesión de las tierra rurales, entendiendo a los efectos de la ley, «como titularidad extranjera sobre la propiedad o posesión de las tierras rurales, toda adquisición, transferencia, cesión de derechos posesorios, cualquiera sea la forma, denominación que le impongan las partes, y extensión temporal de los mismos…», aunque es conocida la vulnerabilidad de la ley, que ha sido violada reiteradamente a través de distintos artilugios, algunos de las cuales, incluso ya se indican en el artículo 6º de la ley: «Queda prohibida toda interposición de personas físicas de nacionalidad argentina, o de personas jurídicas constituidas en nuestro país, a los fines de configurar una titularidad nacional figurada para infringir las previsiones de esta ley. Ello se considerará una simulación ilícita y fraudulenta».

“Más de 14 millones de Has. de tierras rurales estarían en manos extranjeras. La ley establece que no pueden estar en manos extranjeras más del 15% de los territorios nacionales, provinciales o municipales; sin embargo, pese a la ley que se pretende derogar, más de treinta distritos tendrían la mitad de su territorio en manos extranjeras”.

Y, entre otras tantas limitaciones al dominio extranjero que omito por razones administrativas, no puedo dejar pasar lo que indica el artículo 10º «…se prohíbe la titularidad o posesión de los siguientes inmuebles por parte de las personas extranjeras…los que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes y, los inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera…», que obviamente, al igual que en el mar, sería inadmisible la apropiación extranjera de espacios fronterizos.

Si a esto le agregamos que la explotación de los principales recursos naturales (petróleo, gas, minerales, etc.) y gran parte de los servicios están extranjerizados, sumado a la monumental deuda que tiene la Argentina y su extrema pobreza, nos hace seriamente pensar que nos estamos alejando seriamente de la declaración de Tucumán del 9 de julio de 1816 que rezaba: “Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en congreso general…declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli”; declaración que se complementase diez días después: “y de toda otra dominación extranjera”.

Y nos preguntamos si, bajo el pretexto de mejorar nuestra economía, mañana no llegará también la hora de expropiar las tierras rurales de propiedad privada, bajo pretexto de considerarlas improductivas o ineficientemente explotadas y de interés público. El valor de un buque de pesca equivale al precio de miles de hectáreas del mejor precio de la “Pampa Húmeda”. ¿Porque dejar en manos de unos pocos ilustrados, detrás de un escritorio, el destino de la actividad productiva marítima o continental nacional?

La Independencia no se hizo para cambiar de amo sino para emancipar los pueblos” (Carlos Ciappina); así ya lo entendieron los héroes de la independencia y así lo entendió el Gral. José de San Martín “Libertador y Padre de la Patria”, ganador en las batallas de Chacabuco y Maipú para emancipar Chile; Fundador de la Libertad y de la República del Perú, como para que ahora los argentinos amainemos ante el primer ruido. Las conquistas ya no se hacen solo con la ocupación armada de los territorios sino con la apropiación y explotación de las riquezas y el debilitamiento del aparato productivo nacional. La emancipación no se logra solamente resolviendo los problemas económicos, con la urgencia de sanear las deudas enajenando el patrimonio nacional, sino poniendo a todas las fuerzas productivas de la gente a explotar los recursos del mar y el continente argentino. Cuantos más extraños se lleven nuestras riquezas, más lejos estaremos de la independencia que soñaron nuestros antecesores y, los cientos de miles de inmigrantes, que vinieron a esta tierra en búsqueda de la felicidad y prosperidad soñada.

Ambas leyes, la de la reforma de la ley 24.922 y la derogación de la ley 26.737 de tierras, van en contra de una nación independiente, capaz de explotar sus potencialidades y avanzar hacia un mañana mejor “para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres que quieran habitar en el suelo argentino”, respetando nuestros hábitos y costumbres y, muy especialmente nuestra autonomía como nación soberana.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar.

SAEEG

Recent Posts

¿POR QUÉ LOS LÍDERES EMPRESARIALES TAMBIÉN DEBEN LEER FICCIÓN?

Ignacio Monje* Cuando pensamos en libros para líderes, solemos imaginar títulos de autoayuda, principios de…

6 días ago

EL CFP (LA CASTA FEDERAL PESQUERA)

César Augusto Lerena* El Consejo Federal Pesquero (CFP) y sus miembros ―según el presidente de…

2 semanas ago

LOS DILEMAS DE UCRANIA TRAS LA CRISIS SIRIA

Roberto Mansilla Blanco* Como sucede con todo acontecimiento que genera efectos tectónicos en la política…

2 semanas ago

MADURO EN EL ESPEJO DE BASHAR

Roberto Mansilla Blanco* Tras la súbita e inesperada caída del régimen de Bashar al Asad…

2 semanas ago

SIRIA Y EL «ATLANTISMO»

Roberto Mansilla Blanco* La caída del régimen de Bashar al Asad en Siria tras la…

2 semanas ago

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO ES INCOMPETENTE PARA AUTORIZAR LA INVESTIGACIÓN EN AGUAS ARGENTINAS DEL BUQUE BRITÁNICO JAMES COOK

César Augusto Lerena* Quienes seguimos de cerca las cuestiones que ocurren en el Atlántico Suroccidental…

3 semanas ago