GUAYANA ESEQUIBA: COMPARECER EN LA CORTE PARA DESMONTAR EL TRAMPOSO LAUDO

Abraham Gómez R.*

En bastantes ocasiones hemos sostenido que la Política Exterior de nuestro país ha tenido unas características distintivas, que trascienden el sustrato ideológico de quienes, circunstancialmente, asumen la conducción del Estado.

Nos afianzamos en un glorioso pasado histórico, pleno de luchas independentistas hasta alcanzar nuestra inmarcesible libertad. Así también, siempre ha constituido un imperativo categórico para nosotros la irreductible posición anticolonialista; mantenida —con suficiente orgullo— por sucesivos gobiernos democráticos y apoyada en todo momento por la opinión pública.

No somos mezquinos en reconocer que ha habido una decidida manifestación para antagonizar, a lo interno de la nación y en nuestro transparente desempeño frente a los demás países del mundo, todo lo que sea y se comporte como colonialismo.

Nos enorgullece, con justa razón, la defensa permanente que hemos dado por los derechos inalienables de los pueblos que, sometidos a la dominación política o económica de otros, han aspirado a la autodeterminación.

Digamos sin jactancia, antes de que se aprobara en la Organización de las Naciones Unidas la histórica Resolución 1514, en el año 1960 sobre la concesión de la independencia a los países coloniales, Venezuela había proclamado, con mucha antelación, su voto en favor de los principios que ella contiene; por ejemplo, el que de seguidas citamos: “La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”.

Lo anterior lo explayamos adrede, motivado por la ingratitud como se han venido comportando con nosotros los distintos gobiernos de la excolonia británica.

Guyana olvida, porque ahora le conviene, otro hecho —supremamente significativo— que fue Venezuela el primer país en conferirle reconocimiento internacional, para que pudiera cumplir con los condicionantes para hacerse Estado, que establece la ONU.

Venezuela lo hizo con determinación, mientras que otros países pusieron reservas.

A propósito del proceso de litigación en la Corte Internacional de Justicia percibimos envalentonada a la excolonia británica que —hasta ayer— nadie daba “nada por ella”; además, retrata, por la ofuscación dineraria en connivencia con las empresas transnacionales, su talante protervo, de desagradecimiento e inmoralidad.

En verdad, por el hecho de haberla reconocido, en aquella ocasión, se desataron en Venezuela, inacabables críticas (que aún repercuten por el trance que atravesamos), que señalan ( ¿con razón?) un desacierto de nuestra diplomacia de entonces. Sin embargo, para despejar algún asomo de dudas, y que cada quien establezca sus propias conjeturas, me permito citar cómo quedó registrado el mencionado acto administrativo: “Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo; y reitera ante el nuevo país y ante la Comunidad Internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre toda la zona que se encuentra a la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba, sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos limita al este con el nuevo Estado de Guyana…” (Extracto de la Nota de Reconocimiento del Estado de Guyana, de fecha 26 de mayo de 1966).

Nos preguntan, en muchas partes y por distintos medios, si debemos ir o no a La Haya a hacernos Parte del juicio en el Alto Tribunal; órgano sentenciador que desde el (18) de diciembre del año pasado se autoconfirió jurisdicción, en una decisión preliminar “rara y sospechosa”.

Considero —en mi apreciación muy personal— que sí debemos Comparecer.

Me muestro, con mi opinión, en coincidencia total con las Academias, el Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV), los Colegios de Abogados, las Facultades de Derecho de casi todas universidades, las Fundaciones, las ONG’s etc.

No obstante, han venido aflorando algunas interrogantes complementarias a las señaladas inquietudes de la gente. Veamos: quiénes serían los más competentes para defender a nuestro país en ese proceso juridicial. Otro, con qué elementos de probanza se presentaría nuestro equipo multidisciplinario ante esa Juzgado que va a empezar a conocer el fondo del conflicto; en el entendido que la finalidad, desde el inicio, es develar el ardid tramposo que se perpetró contra nuestra nación, el 03 de octubre de 1899, mediante el írrito y nulo Laudo Arbitral de París. Algo más, cuál ha sido la fecha pautada para que las Partes concurran a la audiencia, a desarrollar su primera Vista Procesal.

Sostengo, con plena convicción, en las distintas conferencias que he dado presencialmente, vía telemática; como también en declaraciones y entrevistas en radio y televisión que nos encontramos, como pocas veces, ante un asunto de Política Estado; el cual requiere y merece un comportamiento de absoluta unanimidad.

He utilizado —de manera repetitiva— la expresión que se ha comprendido en su intención “el pleito chiquito puede esperar”; pero, ante esta controversia de marca mayor, la patria nos está llamando y nos pide uniformidad de criterios.

Debemos dejar claramente establecido que hacernos Parte del juicio, cuando la Corte fije la nueva fecha o seguir invocando la No Comparecencia es una decisión que le corresponde al Jefe del Estado, conforme al artículo (236) de nuestra Constitución Nacional, en su numeral cuarto, que expresamente señala : “Son atribuciones del Presidente o Presidenta de la República dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios, o acuerdos internacionales”.

Con el interés de reforzar colectivamente lo que sin menoscabo es potestativo del Primer Mandatario Nacional, y apoyándome en el principio denominado Diplomacia Abierta, retomo lo que hace ya algunas semanas, propuse y promoví por esta vía, me refiero a la posibilidad de adelantar un Referendo Consultivo; considerando que es una materia de especial trascendencia, conforme al artículo (73) de nuestra Constitución Nacional: “Serán sometidos a referendo los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieran comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales…” (Omissis).

Lo digo, porque ya el juicio se ha iniciado. No se va a paralizar porque Venezuela no se haga presente. Entonces, qué nos queda sino consultar al pueblo, armar una excelente equipo de expertos, apertrecharnos con nuestros recursos históricos, contentivos de los Justos Títulos que poseemos, absolutamente irrebatibles, que no admiten pruebas en contrario —de pleno derecho (iuris et de iure)—, para exponerlos y defenderlos en la debida ocasión ante la entidad juzgadora.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro de la Fundación Venezuela Esequiba. Miembro del Instituto de Estudios de la Frontera Venezolana (IDEFV).

 

Publicado originalmente en Disenso Fértil https://abraham-disensofrtil.blogspot.com/

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