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ESTADOS UNIDOS, MALVINAS Y LA «BASE» DE LA «INGENUIDAD» LIBERTARIA

Marcelo Javier de los Reyes*

Donald Trump y el rey Carlos III se dan la mano durante la ceremonia de bienvenida en abril de 2026 (Chris Jackson/Pool vía REUTERS).

En marzo de 2024 asistí invitado a una reunión sobre el Atlántico Sur en la cual tuve la oportunidad de conocer a quien se me presentó como asesor de la entonces canciller Diana Mondino y quien sería el que habría propuesto el plan de recuperación de la soberanía plena de las islas Malvinas, usurpadas por el Reino Unido en 1833. Además, han usurpado otras islas del Atlántico Sur, las Georgias del Sur (islas San Pedro para la Argentina, descubiertas el 29 de junio de 1756 por la nave española «León», capitaneada por Gregorio Jerez Manzano) y las Sandwich del Sur (islas Esquivel según el nombre propuesto en Argentina). Preferiría mantener el lugar de reunión y el nombre de ese asesor en reserva, pero me parece que es sumamente interesante dar a conocer lo que esa persona me dijo porque constituye el basamento sobre el cual este gobierno y sus seguidores autodefinidos como «libertarios» consideran que a través de Estados Unidos se podría conseguir que la Bandera Argentina esté flameando nuevamente en las islas. Desde mi punto de vista, considerando que los «libertarios» son grandes ignorantes de la historia y de la política internacional, entre un universo de temas, recurriré a considerar su creencia como una «ingenuidad», tomando este término como un eufemismo porque en realidad es bastante más que inconsciente asumir que esa podría ser la solución del conflicto.

La propuesta que alimenta la fantasía libertaria es un juicio celebrado en 1835 en Connecticut, Estados Unidos[1]. Pero antes de hablar de ese juicio es necesario mencionar el antecedente de este proceso legal y algunas cuestiones que son relevantes.

Los antecedentes del conflicto con Estados Unidos en Malvinas

El 6 de noviembre de 1820 la fragata de guerra «Heroína» ―habilitada como «buque de guerra del Estado»―, al mando del coronel de la marina de las Provincias Unidas de Sudamérica David Jewett, un marino estadounidense nacionalizado argentino, arribó a la bahía de Puerto Soledad, en donde izó la Bandera Nacional y leyó una declaración fechada dos días antes ante loberos y marineros de diversos orígenes. En esa oportunidad afirmó que tomaba posesión de las islas en nombre de las Provincias Unidas «a las que pertenecen por la Ley Natural». Ningún Estado protestó ante esta toma de posesión.

En 1824 Woodbine Parish, comerciante y diplomático, fue designado encargado de negocios, con el rol de cónsul general en Buenos Aires. El 2 de febrero de 1825 se firmó el «Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre las Provincias Unidas del Río de la Plata y su Majestad Británica», lo que significó el reconocimiento tácito de la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata por parte del Reino Unido.

Su objetivo era claro: avanzar con los planes británicos sobre las provincias que pertenecieron al Virreinato del Río de la Plata. Para ello hacía reunión de información e influía en quienes podía. Así influyó sobre Luis Vernet, quien intentó interesarlo en su emprendimiento en las Malvinas. Al parecer, a Parish le debió Vernet su nombramiento de gobernador[2], pero luego de que el nuevo comandante se instalara y recibiera información de las islas, el cónsul recibió la orden del ministro Aberdeen y realizó los reclamos en nombre del gobierno británico. El historiador revisionista Elías Santos Giménez Vega dice:

De la reunión entre ambos, surgió un compromiso. VERNET aceptaba la obligación de enviar estudios, informes, mapas a… W. PARISH. También PARISH le impuso los nombres de los ingleses embarcados como falsos desertores. La correspondencia de éstos las podemos leer en los archivos del FOREIGN OFFICE, y estaban dirigidas al Ministro y al Secretario del FOREIGN OFFICE.

Eran opiniones e ideas muy tenidas en cuenta y estudiadas con atención.[3]

Luis Vernet fue nombrado el 10 de junio de 1829 al frente de la Comandancia Política y Militar de las islas Malvinas y sus adyacentes. En realidad se trató de un emprendimiento económico de Vernet

Una vez instalado en Puerto Soledad, organizó las instalaciones y comenzó con la defensa de los recursos naturales del archipiélago para impedir la explotación ilegal de embarcaciones extranjeras. El lugarteniente del gobernador Vernet era el capitán británico Matthew Brisbane con estrecha relación con Parish. Cito nuevamente a Elías Santos Giménez Vega:

PARISH impuso al lugarteniente de las novedades y lo instruyó respecto a las órdenes de Londres. En aquellos parajes, los ingleses de ninguna manera debían ser molestados… y como contrapartida: sí todos aquellos que no lo fueran, especialmente si eran norteamericanos. Porque el ministro CANNING pensaba que con ese pueblo «tarde o temprano tendremos que guerrear». PARISH contestaba:

«Algunos ciudadanos ―informaba― han estado ocupados con la política de estos pueblos, para tratar de convencerlos de que el Gobierno de Estados Unidos tiene el más vivo interés en su suerte y hacer que crean que pueden esperar una ayuda más activa de ese lado. Muchos de estos caballeros… despliegan especial diligencia y actividad en propagar doctrinas y opiniones perjudiciales para el gobierno y los súbditos británicos».[4]

Con el mismo propósito, Vernet apresó las goletas estadounidenses «Harriet» «Superior» y «Breakwater» en 1831, las que cazaban lobos marinos sin autorización y depredaban la fauna local en violación de las leyes argentinas. Las pieles de sus bodegas fueron incautadas y guardadas en los almacenes de la colonia y las municiones fueron vendidas por cuenta del gobierno de Buenos Aires. No bien se presentó la oportunidad, la tripulación de la goleta «Breakwater» escapó con la nave hacia los Estados Unidos, donde informó acerca de lo ocurrido. Por su parte, el capitán de la «Superior» llegó a un acuerdo con Vernet para continuar con sus actividades fuera de la jurisdicción de la comandancia de Malvinas. Este hecho luego derivó en su «Informe del Comandante Político y Militar de Malvinas» de 1832, en el cual fundamentó los derechos de soberanía de las Provincias Unidas. Con respecto de la «Harriet», Vernet volvió con esa nave a Buenos Aires arribando a destino el 19 de noviembre de 1831 con el objetivo de someter lo acontecido ante el tribunal de presas. El capitán de la nave pidió la intervención del representante estadounidense, el que respondió rápidamente a la solicitud. George W. Slacum desconoció el derecho argentino a reglamentar la pesca en las islas Malvinas.

Slacum fue nombrado cónsul estadounidense en Buenos Aires en abril de 1824 y llegó a la ciudad siendo encargado de negocios John M. Forbes, quien falleció en junio de 1831. Las relaciones entre ambos no fueron buenas. Luego del fallecimiento de Forbes, Slacum tomó posesión de sus documentos oficiales e intentó asumir el cargo de representante diplomático estadounidense pero carecía del nombramiento oficial del gobierno de Estados Unidos. Slacum protestó enérgicamente ante el ministro de Relaciones Exteriores argentino, Tomás Manuel de Anchorena, en un intercambio que se tornó acalorado. En su accionar se sintió respaldado por el gobierno de Washington que no reconoció el derecho de Vernet y del gobierno argentino a restringir o regular la caza de focas, ballenas o la pesca de barcos estadounidenses en las islas y sus alrededores. Envió un ultimátum al gobierno para que en el plazo de tres días revocara los decretos de 1829 y restituyera la «Harriet» con toda su carga, de lo contrario enviaría a la «USS Lexington» ―buque de guerra que en noviembre de 1831 se encontraba en el Río de la Plata― para proteger las naves estadounidenses. Y así lo hizo.

Cabe aclarar que, según bibliografía británica, el ministro de Relaciones Exteriores advirtió a Slacum que sus protestas no estaban autorizadas —ya que solo era cónsul— y que podrían provocar represalias por parte de la Argentina[v]. Por su parte, el cónsul tomó contacto con los enviados británicos en Buenos Aires, Henry S. Fox y Woodbine Parish, quienes le informaron sobre la reclamación británica de las islas. Slacum informó sobre esta reunión al secretario de Estado estadounidense Edward Livingston y le comunicó que enviaría copias de la correspondencia con el gobierno argentino al ministro estadounidense en Londres, Martin Van Buren con la intención de lograr un entendimiento entre los gobiernos de Estados Unidos y del Reino Unido. Asimismo, le expresó a Livingston su preocupación por la reclamación británica y le advirtió que «existían razones de peso por las que no se debía permitir a Inglaterra colonizar esas islas…»[6]. Al parecer procuraba o justificaba una ocupación estadounidense de las islas.

Slacum acordó con el comandante de la «USS Lexington», Silas Duncan, la necesidad de proteger a los ciudadanos y al comercio estadounidenses. Duncan zarpó entonces hacia las islas con el capitán Davison de la «Harriet» a bordo, arribando el 28 de diciembre como una nave civil y enarbolando el pabellón francés. Bajo las órdenes de Duncan, los marineros estadounidenses asaltaron los almacenes, recuperaron la carga estadounidense confiscada por Vernet, inutilizaron los cañones del asentamiento, prendieron fuego a la pólvora y arrestaron a Mathew Brisbane y a otros seis subordinados[7]. La tripulación procedió a destruir todas las instalaciones argentinas y a incendiar las casas. El 21 de enero de 1832 Duncan declaró las islas como res nullius («cosa de nadie»). Ante el temor de nuevos ataques y las amenazas de Duncan, cuarenta pobladores se marcharon de la isla a bordo de la «USS Lexington», mientras que los negros de origen africano fueron encadenados; fueron liberados en Montevideo mientras que los siete prisioneros fueron entregados a su superior, el comodoro Rodgers, en Río de Janeiro. Tras recibir la notificación del gobierno de Buenos Aires de que Vernet y sus subordinados habían actuado bajo su autoridad, Rodgers liberó a los prisioneros en Buenos Aires en abril de 1832[8]. En las islas quedaron veinticuatro pobladores, en su mayoría gauchos.

Apenas conocerse lo sucedido en la isla Soledad, el gobierno argentino le retiró el reconocimiento a Slacum como cónsul, quien debió refugiarse en la casa del recién llegado encargado estadounidense Francis Baylies para evitar ser arrestado por la policía argentina. Dado que el secretario de Estado Livingston instruyó a Baylies de continuar con la estrategia de Slacum de ignorar la validez del decreto de nombramiento de Vernet, la tensión entre ambos gobiernos se incrementó y Baylies fue expulsado en 1832 al ser declarado persona non grata por el gobernador Juan Manuel de Rosas, dando lugar a la ruptura de relaciones con Estados Unidos hasta 1843. Slacum partió con Baylies a bordo de la fragata estadounidense «Warren».

Cabe agregar que el 4 de julio de 1832 Baylies recibió una carta de embajador británico en Buenos Aires, Henry S. Fox, en la que le informaba de las ambiciones de su gobierno sobre el archipiélago, lo que lo llevó a reforzar su posición de desconocer la soberanía argentina y a reconocer la británica en una nota que envió el 10 de julio al ministro Manuel Vicente Maza en la que, además, repetía puntualmente los argumentos británicos[9].

Respecto de la persona de Slacum, el académico estadounidense Julius Goebel consideró que era «una persona sin experiencia diplomática y completamente carente de tacto o criterio»[10]. El historiador canadiense H. S. Ferns también se refiere a Slacum como «patriota inexperto», quien «creía que el elemento esencial de la diplomacia era afirmar, en el lenguaje más destemplado posible, los derechos, naturales y evidentes por sí mismos, del pueblo de los Estados Unidos a cazar y pescar donde quisiera»[11].

Sin duda, ya haya sido un incidente aislado o parte de una conspiración angloestadounidense ―lo que parece más probable―, el ataque de la «USS Lexington» ha facilitado las condiciones para que el 3 de enero de 1833 las tropas británicas usurparan nuestras islas Malvinas.

Acorde a su política imperialista, Estados Unidos nunca se retractó del agravio cometido hacia la soberanía argentina y nunca respondió a las protestas del gobierno argentino ni satisfizo la indemnización correspondiente a los daños ocasionados.

Las sentencias sobre las que se basaría el deseable apoyo de Estados Unidos

Es necesario narrar estos antecedentes para mencionar el documento que sería la base sobre la que se sustenta la idea de que Estados Unidos podría intermediar en nuestro reclamo soberano sobre las islas Malvinas.

El argumento se basa en el Expediente n° 3.661 (7 F. Cas. 192)[12] que se sustentó en el circuito judicial del estado de Connecticut. El caso Davison v. Seal-Skins tuvo lugar en 1835 y es célebre en la jurisprudencia de almirantaje de los Estados Unidos que abordó una demanda de salvamento sobre un cargamento de pieles de foca. El demandante fue Gilbert R. Davison, quien era el capitán de la goleta «Harriet» y el objeto de la demanda eran las pieles de foca confiscadas e incautadas por el comandante Luis Vernet como gobernador de las islas Malvinas en nombre del gobierno de Buenos Aires sobre embarcaciones extranjeras. Cabe aclarar que este expediente se refiere a las islas como «Falkland Islands».

El juez Thompson sentó un precedente histórico y jurídico fundamental. El juez define que

«Un pirata es quien actúa únicamente por su propia autoridad, sin comisión ni autoridad de ningún Estado soberano, aprehendiendo por la fuerza y apropiándose para sí, sin discriminación, de toda embarcación con la que se encuentre».

Luego expresa:

«Un oficial de los Estados Unidos no tiene derecho, sin instrucciones expresas de su gobierno, a entrar en la jurisdicción territorial de un país que está en paz con los Estados Unidos, y a aprehender por la fuerza los bienes que allí se encuentren y que reclamen ciudadanos de los Estados Unidos. La solicitud de reparación debe presentarse ante los tribunales judiciales del país».

En tal sentido, consideró que Vernet no estaba actuando de forma ilegal o pirática, sino que actuaba al amparo de un decreto oficial emitido el 10 de junio de 1829 por el gobierno de Buenos Aires, el cual lo nombraba gobernador civil y militar de las islas Malvinas y le encomendaba regular las pesquerías. Del mismo modo rechazó la postura del consulado estadounidense y por lo tanto el tribunal no podía declarar a Vernet un pirata ni desconocer su autoridad de hecho.

Respecto del capitán Silas Duncan, quien atacó Puerto Soledad a finales de 1831 y destruyó las instalaciones de la comandancia y recuperó por la fuerza los cargamentos capturados por Vernet, el juez Thompson determinó que

«…si estas islas estaban en posesión y bajo jurisdicción del gobierno de Buenos Aires, y el establecimiento de Vernet entonces estaba bajo la autoridad y protección de ese gobierno, como claramente lo estaba, e incluso aceptando que Vernet hubiera abusado de su poder, el Capitán Duncan no podría tener derecho, sin instrucciones expresas de su gobierno, a entrar en la jurisdicción territorial de un país en paz con Estados Unidos, y confiscar por la fuerza bienes hallados allí y reclamados por ciudadanos de Estados Unidos. Tal principio sería demasiado arriesgado para la paz de las naciones para ser admitido en la práctica».

El expediente judicial expresa que el comodoro Rogers, superior de Duncan, cuando descubrió que «estaban actuando bajo la autoridad del gobierno argentino de Buenos Aires, liberó a los prisioneros, renunciando a tratarlos como piratas».

Existe otro proceso judicial de enero de 1839 celebrado en el distrito de Massachussets, «Charles L. Williams v. The Suffolk Insurance Company», que es una demanda contra la compañía de seguros Suffolk Insurance Company de Boston, para reclamar una indemnización por las pérdidas sufridas por la goleta «Harriet» y su carga[13]. En este caso el tribunal expresó que las relaciones exteriores correspondían al Poder Ejecutivo, que era el que debía manifestarse acerca de la jurisdicción de las Malvinas. Con respecto a este punto, el tribunal formuló:

«Si, dado que el gobierno estadounidense ha insistido y sigue insistiendo, a través de su autoridad ejecutiva regular, en que las Islas Malvinas no constituyen ninguna parte de los dominios dentro de la soberanía del gobierno de Buenos Aires, y que la pesca de focas en esas islas es un comercio libre y lícito para los ciudadanos de los Estados Unidos, y que está fuera de la competencia del gobierno de Buenos Aires para regular, prohibir o castigar; es competente para el Tribunal de Circuito, en esta causa, investigar y determinar mediante otras pruebas, el título de dicho gobierno de Buenos Aires sobre la soberanía de dichas Islas Malvinas; y si tales pruebas satisfacen al Tribunal, decidir en contra de las doctrinas y reclamaciones y apoyadas por el gobierno estadounidense sobre este tema; o si la acción del gobierno estadounidense sobre este tema es vinculante y concluyente para este Tribunal, en cuanto a quién pertenece la soberanía de esas islas».

En este caso hay algunos párrafos que son interesantes mencionar. Uno de ellos es el de la exposición de Theophilus Parsons, en representación de los demandados, quien no llama a las islas «Falkland», sino «Malvinas».

«1. Que las Malvinas están legítimamente en posesión de Buenos Aires; y que la evidencia histórica y los principios establecidos del derecho internacional demuestran que así es».

«2. Que sea como fuere, los Tribunales de este país no decidirán esta cuestión en contra de Buenos Aires, a menos que estén autorizados a hacerlo por un acto formal de nuestro gobierno; siendo Buenos Aires una nación amiga nuestra, que reclama las Malvinas, ciertamente bajo la apariencia de derecho, y que reclama y ejerce ese dominio desde hace muchos años».[14]

En este expediente puede leerse otro párrafo sumamente interesante respecto del reclamo soberano de la Argentina sobre las islas Malvinas:

«A la luz de la evidencia histórica y de los principios fundamentales del derecho internacional, resulta difícil dudar de que el antiguo gobierno de España, y el gobierno de Buenos Aires como su sucesor, tenían derecho, como propietarios de las islas y la costa, a regular la pesca en ellas y en un radio razonable de su litoral. Por consiguiente, los decretos promulgados se justifican conforme al derecho internacional. En consecuencia, la pesca que infringe dichos decretos constituye un comercio ilícito y prohibido dentro de la política vigente. De ello se deduce inevitablemente que una incautación por este motivo no está amparada por la política, aunque la condena sea informal».

Más adelante expresa:

«Antes de la revolución en Sudamérica, se sabe que las Malvinas, o islas Falkland, pertenecían al virreinato de La Plata [sic], que incluía Buenos Aires».

Cabe mencionar que el caso «Charles L. Williams Contra The Suffolk Insurance Company» fue resuelto por la Corte Suprema de los Estados Unidos el 6 de marzo de 1839[15]. En definitiva, este tribunal manifestó que el reconocimiento de la soberanía sobre las islas correspondía al Poder Ejecutivo federal.

La «propuesta»

Sobre estos expedientes es que se sustentaría la posibilidad de gestionar una intermediación de los Estados Unidos en favor del reclamo de soberanía plena sobre las islas.

La «propuesta» consistía en que, atento a ese reconocimiento judicial acerca de la jurisdicción de la soberanía argentina, se le solicitaría al gobierno de Estados Unidos que intercediera ante el Reino Unido para que procediera a restituir la plena soberanía de las islas del Atlántico Sur a la Argentina pero los británicos podrían permanecer con la base militar pagando un alquiler a la Argentina, además de cobrarles el alquiler desde 1982 por su ocupación. A cambio el gobierno argentino aceptaría que se estableciera una base de la OTAN en las islas, la que en realidad existe virtualmente toda vez que los británicos mantienen el Complejo de Monte Agradable (Mount Pleasant Complex), ubicado en la isla Soledad, que opera como un enclave estratégico de la OTAN.

A partir de esta «propuesta original» fue que Diana Mondino ―la misma que dijo que «los chinos son todos iguales»[16]―, en julio de 2025 en un encuentro del Rotary Club de Buenos Aires, comparó las islas Malvinas con un departamento y expresó: «Nosotros somos los legítimos dueños y ellos son inquilinos y algunos pensarán que son okupas». En esa oportunidad aclaró que el gobierno deseaba tener con los británicos «una relación razonable»[17].

La negociación se lograría sobre la fórmula «Un poco de Åland y un poco de Hong Kong», teniendo estos dos casos de resolución de conflictos como antecedentes para solucionar la controversia. El conflicto de las islas Åland fue una disputa territorial entre Suecia y Finlandia tras la Primera Guerra Mundial que se resolvió en 1921 mediante el arbitraje de la Sociedad de Naciones, otorgando la soberanía a Finlandia pero garantizando la autonomía y cultura sueca de sus habitantes. La población de las islas Åland demandaban la autodeterminación, la cual no fue otorgada. Un acuerdo similar sería la clave con respecto a los habitantes de las Malvinas, los cuales podrían conservar su cultura y tradiciones. El caso de Hong Kong sería el otro modelo a considerar, ya que el 1° de julio de 1997 el gobierno del Reino Unido transfirió la soberanía a la República Popular China tras 156 años de dominio colonial británico en un proceso que se denominó como «retrocesión» de Hong a Kong a China.

Algunas consideraciones finales

Pensar sobre una posibilidad de que la Argentina pueda retomar la plena soberanía sobre las islas del Atlántico Sur y cobrarle un alquiler al Reino Unido es, por lo menos, ridículo. Más allá de sus legítimos derechos, ¿qué fortaleza tiene nuestro país para forzar al gobierno británico? Desde 1982 la Argentina acrecienta su debilidad por varios motivos, entre ellos la situación de desatención de las Fuerzas Armadas por todos los gobiernos de esta particular democracia, dado que cada gobierno reduce paulatinamente el presupuesto de Defensa asfixiando la operatividad de las mismas; el creciente endeudamiento de la Argentina debido a una mezcla de inoperancia y falta de sentimientos patrióticos por parte de los gobiernos; el sometimiento de la Argentina a una constante guerra cognitiva impuesta desde Londres; una pésima diplomacia de la Cancillería Argentina que tiende a favorecer los intereses británicos, sobre todo con un alineamiento político y «estratégico» con los países que no reconocen la soberanía argentina y un alejamiento ―e incluso una impudente escalada de la tensión en las relaciones diplomáticas― respecto de países que sí la reconocen, como Rusia, China e Irán.

Por otro lado, ¿se le permitiría al enemigo y ocupante mantener una base militar desde la cual podría atacar el territorio continental? Suena insólito y muestra el desconocimiento de la historia de las relaciones argentino-británicas y de los antecedentes cuando el territorio formó parte del Virreinato del Perú y del Virreinato del Río de la Plata.

Del mismo modo, ¿puede considerarse una recuperación de las Malvinas teniendo como secretaria de Malvinas a Paola Di Chiaro y a un canciller que tiene a su hijo promoviendo becas del gobierno británico junto a la mencionada secretaria en el marco de la Fundación Argentina Global? ¿O manteniendo al frente de la Embajada Argentina en Londres a Mariana Edith Plaza, cuestionada por los veteranos de guerra respecto al enfoque diplomático sobre la Cuestión Malvinas? Cabe recordar que Di Chiaro trabajó en el gobierno de Macri bajo gestión de Fulvio Pompeo al frente de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, cuyo gobierno fue responsable del acuerdo Foradori-Duncan. ¿Se han denunciado durante el gobierno de Milei algunos de los acuerdos firmados que favorecen al Reino Unido y que perjudican a la Argentina? Nada de esto ha variado tras el «brote de patriotismo» que Milei sufre desde el 3 de septiembre.

Ahora hay que reflexionar sobre Estados Unidos, a quien le debemos la pérdida de la plena soberanía en las islas en dos oportunidades, 1833 y 1982. Por tales hechos, no se comprende como en agosto de 2026 el embajador de Estados Unidos en la Argentina, Peter Lamelas, ratificó que Washington mantiene una «posición de neutralidad» respecto a la soberanía de las islas Malvinas. Hay que recordarle también al embajador Lamelas que, en 1982, durante la guerra del Atlántico Sur, la República Argentina invocó el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), pero el pacto de defensa mutua no se instrumentó en su favor debido a la falta de apoyo unánime y al alineamiento de Estados Unidos con el Reino Unido. Creer que el presidente Donald Trump revisará su política respecto de las Malvinas es una ingenuidad. Esas expresiones no fueron un guiño a la Argentina sino una chicana dirigida al gobierno británico por no haber apoyado su avanzada sobre Irán. Una ruptura entre los Estados Unidos y el Reino Unido es impensable y cabe recordar que el 28 de abril de 2026 Trump recibió al rey Carlos III en la Casa Blanca, oportunidad en la que expresó que «los británicos son nuestros amigos más cercanos».

En el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas el primer ministro británico Andy Burnham sostuvo la postura de su país sobre las Malvinas durante una reunión con Trump, tema del cual confirmó que había hablado previamente con el presidente estadounidense. Por su parte, Milei no logró la foto tan deseada con su amigo Trump, quien le ayudó a ganar las elecciones legislativas de 2025. No le puede pedir más.

 

El 22 de septiembre de 2026 Trump recibió al primer ministro británico Andy Burnham en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

El antecedente del tribunal de Estados Unidos sería fuertemente válido en un contexto internacional en el que prime el Derecho Internacional, pero a la luz de las acciones de los gobiernos estadounidenses de las últimas décadas, de la agresión perpetrada por sus fuerzas en Venezuela el 3 de enero de 2026 ―secuestrando al presidente Nicolás Maduro en Caracas― y de las amenazas de un potencial ataque a Cuba al no lograr sus objetivos a través de la asfixia a que somete a la isla, tal esperanza resulta racionalmente infundada.

¿Quién le puede creer algo a Trump? Si en algo se parecen Trump y Milei es que hoy pueden decir lo contrario a lo que dijeron ayer y mañana lo contrario a lo que dijeron ayer y hoy.

Finalmente, la realidad es que ha hecho mucho más la Selección Nacional de Fútbol desplegando la tela con la inscripción de «Las Malvinas son argentinas» tras ganarle a Inglaterra en el mundial celebrado en Estados Unidos que todos los últimos gobiernos argentinos que ni siquiera han sabido aprovechar el «poder blando» de la Argentina, dentro del cual se encuentra la propia Selección Nacional.

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Hawái, EEUU). Director ejecutivo de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Investigador Senior del IGADI, Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional, Pontevedra, España.

Autor del libro «Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones», Buenos Aires: Editorial Almaluz, 1ª edición 2019, 2da edición 2024, reimpresión 2da ed.

Autor del libro «El arte de pensar. Su aplicación en un mundo incierto», Editorial Almaluz, 2026.

 

Referencias

[1] «Davison v. Seal‐Skins», 7 Fed. Cas. 13, Case No. 3,661, Circuit Court, D. Connecticut, Public Resource Org., https://law.resource.org/pub/us/case/reporter/F.Cas/0007.f.cas/0007.f.cas.0192.3.pdf

[2] Elías S. Giménez Vega. «El desafío del conflicto de Malvinas». En: Baetica, Estudios de Arte, Geografía e Historia, Año 1982, Número 5, p. 303-330, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Málaga.

[3] Ibid., p. 311.

[4] Ibid., p. 312.

[5] Christian J Maisch & Mark B Williams. «Slacum, George Washington». David Tatham, Dictionary of Falklands Biography, https://www.falklandsbiographies.org/biographies/slacum_george, [consulta: 01/09/2026].

[6] Ídem.

[7] Ídem.

[8] Ídem.

[9] Christian J. Maisch. «The Falkland/Malvinas Islands Clash of 1831-32: U.S. and British Diplomacy in the South Atlantic». Diplomatic History, Volume 24, Issue 2, April 2000, pages 185–209.

[10] Julius Goebel. The Struggle for the Falkland Islands. New Haven: Yale University Press, 1982, p. 439. «a person of no diplomatic expereience and utterly without tact or judgment».

[11] Ferns, H. S. Gran Bretaña y Argentina en el siglo XIX. Buenos Aires: Solar/Hachette, 1968, p. 233.

[12] «Davison V. Seal–Skins». 7FED.CAS.-13, Case No. 3,661, Circuit Court, D. Connecticut. Public.Resource.Org, https://law.resource.org/pub/us/case/reporter/F.Cas/0007.f.cas/0007.f.cas.0192.3.pdf

[13] «Charles L. Williams v. The Suffolk Insurance Company», 38 U.S. 415 de 1839. Legal Information Institute, Cornell Law School, https://www.law.cornell.edu/supremecourt/text/38/415.

[14] «1. That the Malvinas are rightfully in possession of Buenos Ayres; and that historical evidence, and established principles of the law of nations show this to be so».

«2. That however this may be, the Courts of this country will not decide this question against Buenos Ayres, unless authorised to do so by a formal act of our government; Buenos Ayres being a nation friendly to us, claiming the Malvinas, certainly under colour of right, and claiming and exercising that dominion for many years».

[15] «Williams v. Suffolk Insurance Company, 38 U.S. 415 (1839)». Justia Connect, U.S. Supreme Court, https://supreme.justia.com/cases/federal/us/38/415/.

[16] «La canciller de Argentina dice que los chinos «son todos iguales» y desata una controversia; luego niega intención discriminatoria». CNN Español, 03/05/ 2024, https://cnnespanol.cnn.com/2024/05/03/canciller-argentina-diana-mondino-dice-chinos-iguales-controversia-orix.

[17] Facundo Cháves. «Mondino comparó Malvinas con un departamento: “Nosotros somos los legítimos dueños y ellos son inquilinos y algunos pensarán que son okupas”». Infobae, 24/07/2025, https://www.infobae.com/politica/2024/07/24/mondino-comparo-malvinas-con-un-departamento-nosotros-somos-los-legitimos-duenos-y-ellos-son-inquilinos-y-algunos-pensaran-que-son-okupas/.

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SAMGUK YUSA, VOZ E IMAGEN DE ANTIGUA COREA

Francisco Carranza Romero*

En el verano de 2024, en Seúl, el exembajador Cho me entregó el libro «Samguk Yusa» (Memorias de los Tres Reinos), escrito y recopilado por el monje budista Hyeon (1206-1289). Este libro fue traducido por Kab Dong Cho y publicado en 2023 por UMA editorial, Universidad de Málaga, España, con la participación de los Editores Literarios: Luis A. Botella, Eun Kyung, Antonio J. Doménech, Fernando Wulf. En ese mismo viaje a Seúl, la viuda del profesor Kim Hyungchang también me entregó el libro chino «I Ching» en versión española gracias al traductor D. J. Vogelmannn (1956, Edit. Sudamericana, Buenos Aires). El obsequio post mortem del amigo e hispanista coreano con quien y otros dos colegas fundamos la Asociación de Hispanistas de Corea (1981) y la Asociación Asiática de Hispanistas de Asia (1984). Tener buenos amigos es una buena suerte.

Después de aquel grato reencuentro con el amigo Cho, recién he leído con paciencia, emoción y reflexión el voluminoso «Samguk Yusa». El libro original fue escrito en ideogramas chinos porque entonces Corea aún no tenía su propia escritura; recién en 1443 un grupo de estudiosos, por orden del rey Saejon el Grande (1418–1450), inventó el alfabeto fonético coreano llamado hangeul que en 1446 fue proclamado y oficializado. Las primeras traducciones fueron a la lengua coreana; después, a otras lenguas.

Explicación sobre el nombre y autor del libro

Samguk (sam-guk): tres reinos ―Silla, Goguryeo, Baekje―. Yusa: huella, memoria. El nombre original del autor es Kim Gyeonmyeong quien, al hacerse monje budista, adoptó el nombre Hyeon (virtuoso). Es la versión de un letrado que no estaba al servicio de los reyes. Otro libro sobre la antigua Corea (Haedong) es «Samguk Sagi» (Historia de los Tres Reinos), versión oficial, escrito por el funcionario real Kim Busik (1075-1151). Los dos son documentos útiles para conocer el pasado del pueblo coreano.

Imagen: Salamander724 – Trabajo propio, Dominio público, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=27853768 

Contenido

Es un valioso documento para conocer el pasado del extremo nororiente de Asia porque contiene datos sobre la historia, geografía, mitos, creencias populares, concepciones filosóficas y religiosas (taoísmo, confucianismo y budismo), hagiografías budistas y cantos populares (hyangga). Aquí están algunas referencias.

Muchos reyes son de origen celestial. Salen del huevo o cofre descendidos a las montañas. «El señor de este pueblo era Alpyeong que descendió del cielo sobre el pico del monte Pyoam» (p. 75).  «Las familias Bak y los Seok del reino de Silla nacieron de huevos» (174). «Había un cofre colgado de una rama en medio de la nube y de ese cofre dorado brotaba la luz… (el rey) abrió el cofre dorado. Un hermoso muchacho que estaba echado en el interior se levantó de inmediato» (p. 85). Hwanung, padre del fundador mítico Dangun, también descendió del cielo a la montaña. Así, los reyes tienen el origen divino y las montañas son lugares de conexión entre el cielo y la tierra.

La península coreana, desde entonces, ya tenía los conflictos regionales. El reino de Silla dominó a los dos reinos con la ayuda de la fuerza militar procedente de China. «Silla logró subyugar a los reinos de Baekje y Goguryeo con la ayuda del poderío militar del imperio Tang» (p. 174).

La aparición de dos soles. Como en los relatos andinos, este suceso sorprende y asusta. «(D)os soles aparecieron alineados en el cielo y así estuvieron durante diez días» (p. 411). Para evitar desastres el astrólogo aconsejó esparcir flores, componer cantos y entonarlos.

La piedad filial. Es un principio importante en el confucianismo y budismo. Hay la referencia a ciertas aves, aunque hermosas, son voraces y no son gratos con sus padres. El águila devora a su padre; el búho devora a su madre (p. 190). Sin embargo, el cuervo lleva comida a sus padres ancianos y es un mensajero divino: «(U)n cuervo llegó volando y graznó diciendo: Id al monte Yeongchwi y sed discípulo de Nangji» (p. 423).

El poder de la palabra. «La gente decía que las palabras de las personas podían derretir hasta el metal» (p. 141). Las gentes pueden conversar con la naturaleza y con sus oraciones son capaces de controlar tormentas y cambiar la suerte. El príncipe Jumong, al huir de sus perseguidores, habló al río para que lo ayudara a cruzar. «Acto seguido, los peces y las tortugas se juntaron para formar un puente» (p. 69). El príncipe y sus amigos se salvaron cruzando el río.

La fugacidad de la vida. «La vida humana es como rocío sobre hoja de hierba» (p. 209). Con este pensamiento muchos prefirieron vivir como ermitaños predicando a las gentes para que alcanzaran la paz celestial practicando las virtudes.

El taoísmo concibe que hay dos fuerzas opuestas que al armonizarse crean el tao. Yin: femenino, negativo, pasivo, oeste. Yang: masculino, positivo, activo, este.

El juego con la pelota ya se practicaba en Corea: «Jusin jugaba frente a su casa con Chunchu, dando patadas a una pelota (las gentes de Silla llamaban a ese juego chukguk)» (p. 110).

Como el autor es un monje budista, hay mucho material sobre el budismo: sarira (amuleto con fragmento del hueso de Buda), sutra (de medicina, de adivinación), dharma (rueda de las reencarnaciones), samsara (nacimiento, vida, muerte). Cinco preceptos: no matar, no robar, no beber alcohol, no mentir, no cometer adulterio). Cinco direcciones y luces de colores: Este, azul. Oeste, blanco. Norte, negro. Sur, rojo. Centro, amarillo. Maitreya (Buda del futuro).

Canto popular coreano: hyangga. Pueden ser estrofas de cuatro, ocho y diez versos. A continuación, una loa al monje Yeongjae que rechazó los regalos de los ladrones:

Con firme voluntad se dirige son su bastón a la montaña.

Ni seda ni joyas doblegan su espíritu.

¡Bandidos del bosque, no le ofrezcáis tal cosa!

La riqueza es la que al infierno lleva. (p. 437)

Indudable: Para comprender el presente hay que conocer el pasado.

 

* Investigador del Instituto de Estudios de Asia y América, Dankook University, Corea del Sur.

LA ARGENTINA DEBERÍA INDEPENDIZARSE

César Augusto Lerena*

El pasado 21 de marzo el presidente de Brasil, Lula da Silva en la cumbre de la CELAC declaró: «Nos quitaron el oro, la plata, los diamantes y minerales; ahora nos quieren colonizar de nuevo». Una frase que aplica perfectamente a la realidad argentina de estos días. No nos preocupa que los capitales extranjeros contribuyan a explotar e industrializar nuestros recursos, sino que la clase política, empresaria, gremial e intelectual de la Argentina no tenga un plan para que ello se realice asegurando nuestra soberanía política y económica y el bienestar del pueblo.   

El 9 de julio de 1816, las Provincias Unidas del Río de la Plata, declaraban la independencia de España y diez días después “de toda otra dominación extranjera”. El 21 de septiembre de 1863 en el Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad celebrado entre España y la Confederación Argentina. El alineamiento incondicional del Poder Ejecutivo con Estados Unidos e Israel borra en forma inconsulta esta vocación soberana popular.

La Argentina carecía entonces de los recursos necesarios para transformar las producciones primarias en industrializadas y, debido a ello, se incrementó la influencia británica y se tardó cien años en conseguir una trabajosa soberanía política e independencia económica y, podemos dividir groseramente ello, en tres etapas:

La primera etapa, entre 1860 y 1939, donde se expandió la red ferroviaria a 34.000 km conectando las capitales de provincia con el puerto de Buenos Aires respondiendo al eje agro-exportador británico. Se consolidaron los Puertos de Rosario (1860); Madero (1889); Bahía Blanca (1890); La Plata (1890) y Mar del Plata (1913). Se creó Obras Sanitarias (1912) y se suministró agua potable y cloacas a Buenos Aires y otras principales ciudades. Se construyeron grandes edificios públicos y obras urbanas. Entre otras, la ciudad de La Plata (1882) y la ciudad balnearia de Mar del Plata (1874). Se creó la Junta Nacional de Carnes y de Granos (1933); el Registro Civil 1884) y una moneda única nacional (1881). Se construyeron escuelas primarias laicas y gratuitas bajo la Ley 1420 (1884). El Estado actuó como gran planificador, inversor y administrador.

La segunda etapa entre 1940 y 1955 donde se nacionalizó el Banco Central y los depósitos bancarios (1946); de igual modo, los ferrocarriles británicos y franceses, estimulándose a los proveedores industriales locales; se nacionalizó la ITT creando Teléfonos del Estado (1946), luego ENTel; se creó y/o fortaleció la Siderúrgica SOMISA (1947); Gas del Estado (1945/6); YPF (1940/50); Aerolíneas Argentinas (1950); se expandió la Flota Mercante del Estado (1946/50); la Dirección Nacional de Industrias del Estado (DINIE, 1947); las Industrias Aeronáuticas y Mecánicas del Estado (IAME, 1952) de fabricación de aviones, autos y motos. Se creó el Instituto Argentino de Promoción de Intercambio (IAPI, 1946); la Industria y Sustitución de las importaciones (ISI, 1947). Se modificó la Carta Orgánica del Banco de Crédito Industrial (1946/52) para promover créditos industriales y expandió el mercado interno, consolidándose la industria liviana metalúrgica y textil (1947/51); la industria pesada de siderurgia, petroquímica y energética (1952/56); se creó el Instituto Tecnológico (1940) luego INIT y el Centro Nacional de Investigaciones Agropecuarias (1948) luego INTA; además de innumerables obras con fines sociales y de reafirmación nacional como la construcción de Hospitales; Viviendas; Escuelas Técnicas; Hogares Materno-Infantiles; Establecimientos para Turismo Social (Chapadmalal, etc.), la UTN, etc. que fortalecieron la pertenencia nacional.

La tercera etapa se inaugura con las declaraciones del Presidente Milei que “venía a destruir al Estado desde adentro” (6/6/2024). 

Todo ese proceso de industrialización-nacionalización se frenó llevándonos a una pérdida de soberanía que, se profundiza en estos días y nos retrotrae al siglo XVIII principios del XIX. 

Respecto a los Tratados, la legislación argentina y los hechos de facto de la colonización argentina, la Argentina firmó Tratados con capacidades asimétricas entre los Estados y cuyos gobiernos dieron muestras sobradas de no respetar los acuerdos. Vimos el comportamiento del Reino Unido que, a pesar del Tratado de “Amistad, Comercio y Navegación” del 2/2/1825, invadió Malvinas el 3/1/1833 o a España, donde a pesar del Tratado de “Reconocimiento, Paz y Amistad” del 21/9/1863, reconociendo la independencia argentina, sus buques gallegos pescan ilegalmente en Malvinas desde hace más de 50 años.

Por otra parte, es muy importante el número y contenido de las leyes argentinas que debilitan la soberanía y producción nacional. Sin detallar exhaustivamente sus efectos negativos, podemos mencionar las Leyes 21.364 (1976); 21.495; 21.526; 21.547; 21.572 (1977) y 21.771 (1978) redujeron el control del Banco Central; encarecieron el crédito y, dieron inicio a un sistema financiero concentrado extranjerizado y especulativo. La llamada «tablita cambiaria» (1978) de José Martínez de Hoz produjo un atraso cambiario y la quiebra de empresas exportadoras; fenómeno que se profundizó la congelación del Ministro Sourrouille.

La “Reforma del Estado” promovida por Roberto Dromi y Rodolfo Barra y, luego por Domingo Cavallo, se conocieron popularmente como “la venta de las joyas de la abuela”. Especialmente, las Leyes 23.696 y 23.697 (1989) destinadas a privatizar/concesionar Aerolíneas Argentinas (1990/2), ENTel (1990); Obras Sanitarias (1993); Gas del Estado (1992/3); SEGBA (1992/3); Ferrocarriles (1995/5); YPF (1990/3); Seguros del Estado (1992); Correo Argentino (1997); SOMISA (1992); Tandanor (1991), etc. todas empresas estratégicas que tendrían que haberse transformado en eficientes y no transferirlas.

Se dio comienzo al desmembramiento del Estado; a la descentralización y el debilitamiento de las políticas públicas de sanidad y educación y la desinversión en rutas y redes ferroviarias, cuya destrucción final se está dando con la sanción de la Ley 27.742 (2024) de Bases y Puntos de Partida para la colonización total y la desestructuración del Estado Nacional y leyes complementarias de desinversión de las Universidades Públicas; los Hospitales y el desfinanciamiento de las obras públicas esenciales. 

Con los llamados Acuerdos de Madrid (1989/90) que pese a generar obligaciones no fueron ratificadas por el Congreso de la Nación se crearon obligaciones en perjuicio de Argentina que superaron el ámbito en disputa. Refiere a las inversiones británicas (Art. 12°) que se privilegiaron por la Ley 24.184; se condicionó la política exterior argentina en la América Latina y en la CEE (Art. 16°); se estableció un control británico de las Fuerzas Armadas Argentinas (Art. 5°, 52º); se dispuso la “Bilateralidad Económica” respecto a la actividad pesquera (Art. 7°) y, se acordó la figura inglesa de la “Fórmula del Paraguas”, que congeló la soberanía de las Islas, sin fecha de vencimiento. Acuerdos ratificados por los pactos de Foradori-Duncan (2016) y Mondino-Lammy (2024) violando la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

La Ley 23.968 (1991) que estableció una limitación marítima que Argentina no había ratificado y derogó la Ley 17.094 (1966) que establecía el Mar Territorial Argentino de 200 millas, reduciéndolo a 12 millas.

La Ley 24.093 (1992) que facilitó la privatización de los puertos sin reservar al Estado la administración, la defensa y la seguridad en los puertos estratégicos; debilitando la soberanía marítima y antártica.

La Ley 24.184 (1992) de Protección y Promoción de las inversiones británicas en Argentina que les otorgó un régimen de excepción al Reino Unido a pesar de tener invadido millones de km2 del territorio nacional.

La Ley 24.543 (1995) de ratificación de la Convención del Derecho del Mar donde Argentina pese a la falta de reconocimiento de la titularidad de los recursos migratorios de los Estados ribereños.

La Ley 24.922 (1997) que mediante las transferencias de cuotas y autorizaciones le quitó la administración plena al Estado y concentró y extranjerizó la actividad; facilitado al Estado chino la pesca ilegal en alta mar y al español igualmente en Malvinas y su comercio en la Unión Europea.

La Ley 25.290 (2000) aprobó el “Acuerdo de Nueva York”; violando -de ratificarse- la Constitución Nacional al darle -entre otras cosas- estatus de Estado ribereño al Reino Unido en Malvinas.

Las Leyes 26.386 (2008) y 26.659 (2011) destinadas a limitar las actividades pesqueras ye petroleras en las Malvinas, sin que los gobiernos hayan iniciado las acciones adecuadas a quienes pescan en Malvinas.   

La Ley 26.639 (2011) de glaciares que protegía las reservas estratégicas de agua y que el actual gobierno ya obtuvo la aprobación en el Congreso para modificarla poniendo en riesgo a este elemento esencial.

La Ley 26.737 (2011) de protección del dominio nacional sobre las tierras que prohibía la extranjerización de tierras (%) y la posesión de hasta 150 km de las fronteras. Se encuentra suspendida cautelarmente.

Las Leyes 26.875 (2013) y 27.490 (2018) que bajo pretexto de establecer áreas marinas protegidas facilitan la pesca en Malvinas y el otorgamiento de permisos ilegales.

El veto de los artículos centrales de las leyes 27.418 (2017) y 27.419 (2017) que impidió la financiación de la construcción naval argentina y el crecimiento de la flota mercante, fluvial y pesquera y reducción de fletes.

La Ley 27.123 (2015) que aprobó el Acuerdo de Cooperación entre Argentina y China sobre emplazar una estación de espacio lejano autónomo de China en Neuquén, además de sus potenciales capacidades.

La Ley 27.558 (2020) que creó el Consejo Nacional de Malvinas sin facultarlo ni integrarlo adecuadamente para establecer una Política de Estado de recuperación de los archipiélagos y el mar invadido.

La Ley 27.742 (2024) de Bases y Puntos de Partida para la colonización total y la desestructuración del Estado Nacional, que habilitó al gobierno a ejecutar las acciones para facilitar la colonización.

La política de pérdida de autonomía en el manejo de las políticas estratégicas nacionales.

El gobierno argentino no se integró a los BRICS, lo cual significa la pérdida extraordinaria del destino de sus exportaciones y el fortalecimiento de su soberanía económica y territorial. El PBI nominal total de los países del BRICS es de alrededor de 30 billones de U$S, demostrando el absurdo de no integrarlo. Por el contrario, el gobierno ha preferido alinearse -casi incondicionalmente- a las políticas de Estados Unidos e Israel. Incluso en la guerra con Irán. Cuestión, que al margen de la connotación económica y política que ello significa, debilita la posición argentina en los apoyos respecto a su posición de Malvinas.

La destrucción de la industria nacional. A lo ya ocurrido entre los años 1976-1982 y en la década del 90 se agregan las políticas del presente gobierno de apertura indiscriminada de las importaciones (no solo de insumos para la producción), lo que junto a los bajos salarios y un dólar subvaluado a pesar del incremento de los costos internos que le quita rentabilidad a las exportaciones. Produjo una baja muy importante en el comercio minorista y la consecuente quiebra del sector industrial argentino y pérdida de empleos. Sin crédito y ni obra pública, la Argentina es un país sin las obras esenciales para la vivienda, el transporte y la integración.

La mayoría de los recursos naturales argentinos son explotados por empresas extranjeras, con el agravante y gran parte de los contratos se aprueban con prórroga de jurisdicción internacional o acuerdo/elección de foro extranjero y, eventualmente, con arbitrajes internacionales.

La explotación del petróleo y del gas la realizan en gran parte empresas de capitales estadounidenses; árabes; chinos; británicos; holandeses, italianos; suizos; colombianos; canadienses; noruegos, etc. y argentinas. En el área de Malvinas invadida por el Reino Unido, las empresas Navitas Petroleum (Israel) y Rockhopper Exploration (R. Unido). Por su parte el servicio de distribución de gas natural por redes está concesionado a ocho empresas, varias de las cuales tienen capital español, italiano, suizo y otras nacional.

La minería de oro, plata, cobre, litio y otros minerales estratégicos está dominada por empresas australianas; británicas; chinas, estadounidenses; canadienses; coreanas; francesas; suizas, etc. y la Argentina ha abandonado la explotación de uranio e importa el concentrado de uranio para sus centrales nucleares.

La exportación de granos y aceites está concentrada en unas pocas multinacionales extranjeras, que manejan la mayoría del volumen a través de terminales portuarias propias en el Gran Rosario y otros nodos. Para 2025 el top 10 concentró el ~90,5% del total, con las extranjeras dominando ~70-80% del negocio. Todas las multinacionales con sede fuera de Argentina con capital estadounidense; suizo; chino; francés, holandeses y algunas argentinas. El mercado es oligopólico y concentrado en el Up River (Rosario-San Lorenzo), donde estas empresas controlan terminales clave.

Por su parte, las exportaciones de carne están concentradas en multinacionales brasileñas que dominan buena parte del negocio, aunque hay fuerte presencia argentina local.

La explotación de la pesca en la década del 70 estaba en manos de empresas nacionales. En la actualidad siete de las diez empresas exportadoras son de capital extranjero. Además de ello el Reino Unido otorga unas 120 licencias ilegales a buques españoles-británicos; españoles; coreanos y taiwaneses que capturan en las aguas de Malvinas. En alta mar, unos 450 buques chinos; españoles; taiwaneses y coreanos pescan los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina.

Respecto a la captura del calamar el 68% de empresas que integran la Cámara de Poteros son empresas de capital asiático, especialmente chino. El 18% son empresas de capital español y solo el 14% empresas argentinas. Unos 70 buques de empresas de capital chino se dedican a la pesca del calamar e insólitamente la mayoría de las empresas chinas son del Estado chino, del mismo modo que las empresas chinas que pescan ilegalmente en alta mar este recurso migratorio. Por otra parte, autorizadas por Argentina operarían unos 80 buques de empresas de capital español que capturan merluza y langostino. Alguna de ellas asociadas a empresas de Malvinas. Es igualmente insostenible, que mientras Argentina otorga permisos y/o admite transferencias a empresas de capital español, buques de esta nacionalidad pescan ilegalmente en Malvinas. El 50% de las exportaciones son de empresas chinas y españolas. Las investigaciones conjuntas de los recursos con el Reino Unido transfieren conocimiento a los británicos que usan para sostener la pesca en Malvinas.  

El sector de generación de electricidad está dominado por un mix de empresas privadas nacionales y extranjeras. Las mayores generadoras privadas son argentinas y las empresas de capital estadounidenses, europeas y chinas representan una porción significativa, especialmente en térmica y renovables.

El manejo del agua de la Argentina podría privatizarse y en forma paralela el gobierno modifica la Ley de Glaciares transfiriendo a las Provincias la decisión de explotar los periglaciares. El agua y las cloacas las manejan las Provincias a través de empresas o entes públicos, mixtos o concesionarios. En el área Metropolitana de Buenos Aires el responsable es AYSA; aunque, la Ley de Bases dejó el porcentual del Estado sujeto a privatización y se menciona a la empresa estatal israelí Mekorot como una de las interesadas.

Por su parte el Congreso aprobó un proyecto de modificación de la Ley (26.639) que beneficiaría a las empresas mineras; pese a que ya hay muchas empresas extranjeras que generan estrés hídrico. Las hay que explotan el litio, oro, etc. australiano-británicas; estadounidenses; canadienses, chinas, coreanas y, francesas y, dentro de las que no explotan en forma directa; pero planifican el uso de los recursos hídricos; está Mekorot (Israel) que tiene convenios con 12 provincias. También empresas de capitales suizos; estadounidenses y vía franquicias mexicanas, etc. usan agua para la elaboración de bebidas embotelladas.

Las tierras de la Argentina y en especial las fronterizas se extranjerizan. La propiedad extranjera de tierras representa un 5% del total (aprox. 13 millones de hectáreas). La Ley de Tierras 26.737 (2011) establece límites del 15% por provincia/municipio y prohíbe adquisiciones en zonas fronterizas dentro de los 50/150 km de límites internacionales; cuerpos de agua estratégicos o recursos claves; pero, hay incumplimientos históricos, triangulaciones y presiones. En las áreas fronterizas hay tierras de capitales de estadounidenses, italianos; británicos, españoles; chilenos; sudafricanos, chinos, brasileños, uruguayos, árabes y, otros. El DNU 70/2023 que se encuentra judicializado.

La debilidad de la defensa marítima de la Argentina dentro de las 200 millas. Es muy lábil el control o no hay ninguno del transporte de productos ilegales en la ZEE e, incapacidad de control real y disuasión en el Atlántico Suroccidental meridional -especialmente más allá de la ZEE y sector Malvinas- debido a la falta de planes estratégicos; escasez de medios navales; limitaciones presupuestarias operativas; restricciones legales y falta de decisión política. Bases Navales y Puertos. La Prefectura Naval Argentina utiliza el Sistema Guardacostas con aporte de satélites y, radares; sin embargo, hay dificultades crónicas por la cantidad de naves, mantenimiento y operatividad y, los buques no alcanzan a cubrir la amplia ZEE Argentina y la parte meridional del Atlántico Suroccidental es casi inexistente. Pueden detectarse los buques mediante los satélites; pero no realizarse control de las mercaderías transportadas; los descartes a bordo, etc. y, el control y la eliminación de la pesca ilegal de los recursos migratorios originarios de la ZEE no existe.

En Monte Agradable de Malvinas está la Base Aeronaval y misilística británica, etc. mientras que el gobierno mantiene a Tierra del Fuego inerme en relación a la capacidad militar del Reino Unido y, pese a no existir una base naval de Estados Unidos en Ushuaia, en abril de 2024, el presidente Milei anunció la colaboración con ese país y versiones refieren al uso logístico del puerto para buques o aviones de norteamericanos, lo que en la práctica resultaría lo mismo.

Con la sanción de la Ley 24.093 los Puertos son privados o administrados por Consorcios Público-Privados y el capital extranjero es muy significativo en las operaciones. La reciente intervención nacional del Puerto de Ushuaia, más allá de las deficiencias, podría estar motivado por las tensiones entre Estados Unidos y China.

La incapacidad de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo del Tratado del Río de la Plata y el Estado Rector del Puerto. Esta Comisión binacional no ha hecho para combatir la pesca ilegal que afecta los recursos migratorios originarios de las ZEE de ambos países y ha admitido que el Puerto de Montevideo cobije y de logística a cientos de buques mercantes y pesqueros ilegales. Una muestra acabada del absurdo de aprobar el “Estado Rector del Puerto” -política de internacionalización de la FAO- que Uruguay aprobó en 2012 y no le ha servido para modificar el pésimo concepto que tienen sus puertos. No obstante, el Senado argentino, lo aprobó en marzo pasado, enajenando la soberanía en las aguas territoriales y provocará que los buques que pescan ilegalmente blanqueen sus capturas en estos puertos, donde los controles son lábiles. 

La tercerización de la administración del Río Paraná y Paraguay resigna la soberanía nacional, donde la mayoría de las empresas mercantes y fluviales son extranjeras. El tráfico fluvial de granos, minerales, contenedores, etc. en el Río Paraná-Paraguay; Río de la Plata y el Atlántico Sur se realiza mediante empresas de bandera extranjera. Por estos ríos se transporta el 80% de exportaciones argentinas y las principales empresas extranjeras de flete fluvial/mercantil se presentaron para realizar el dragado y mantenimiento, lo cual, pareciera incompatible. Estarían operando con bandera paraguaya muchas de las 147 empresas extranjeras que incluyen capitales chinos, europeos y estadounidenses. En la salida oceánica desde Río de la Plata, el flete marítimo lo dominan armadores globales, con buques mercantes extranjeros. ¿Qué diría Juan Manuel de Rosas y Lucio Mansilla al respecto? Ya habían entendido los portugueses en el siglo XV, luego los ingleses, los brasileños y rioplatenses que la Banda Oriental y la Cuenca del Plata eran estratégicas por su proyección al Atlántico Sur y acceso al Paraná ¿Dónde está la geopolítica del siglo XVIII? Veamos: desde la década del 80 a hoy el transporte en el Paraguay-Paraná pasó de 70 a 10% con buques de bandera argentina.

El gobierno nacional ha anunciado el llamado a la licitación 1/24 para otorgar por treinta años, con una prórroga de otros treinta, la explotación de la más importante red fluvial Paraguay-Paraná y el Río de la Plata. ¿Y las provincias del litoral, cuyos ríos son de su jurisdicción? ¿Y la integración territorial? 

Por su parte, la congelación de la construcción del Canal Magdalena, atenta con reducción de tiempos, costos de fletes, el desarrollo regional, además de impedir la conectividad directa entre los puertos fluviales y marítimos sin el paso obligado por el Puerto de Montevideo, recuperando con ello la integralidad y la soberanía de nuestras aguas, archipiélagos y la estratégica área bioceánica y antártica. La Soberanía Hídrica.

La desmalvinización de la Cuestión Malvinas se planificó mediante una serie de decisiones políticas y estratégicas que se ejecutaron con Tratados, Acuerdos y Leyes; la invisibilización y desatención del tema. Ya hemos escrito sobre la desmalvinización (cesarlerena.com.ar “La desmalvinización de argentina” Perfil, 31/3/2026) pero, ésta llevada adelante a partir de 1982 para resolver cuestiones militares internas ha terminado debilitando la posición de fortaleza y unidad que debiera exhibir la Argentina frente al concierto internacional.

La falta de una estrategia para llevar adelante acciones que den cumplimiento a la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional implica una claudicación inaceptable y los gobiernos no cumplen con la Acta definitiva de la Declaración de nuestra Independencia que reza “libres de toda dominación extranjera”.

La falta de políticas de integración con Chile, Uruguay, Brasil, Paraguay y los Estados de África occidental resulta claramente una acción que atenta contra los intereses nacionales en el Atlántico Sur.

La eliminación del Misión Condor II; la cancelación del programa espacial argentino y, desactivación de la Central Argentina de Elementos Modulares (CAREM). Presencia de radares y satélites extranjeros. La eliminación del misil Cóndor II significó el desmantelamiento de este programa (1990-1993) se debió a fuertes presiones de Estados Unidos y, la Argentina adhirió al Régimen de Control de Tecnología Misilística en 1993, comprometiéndose a no desarrollar misiles de cierto alcance y carga útil. Ello dispersó a científicos e ingenieros; subutilizó la infraestructura; eliminó la capacidad argentina de desarrollar vectores balísticos propios y se perdió la soberanía tecnológica y para la defensa nacional.

Ahora el gobierno congeló la Central Argentina de Elementos Modulares (CAREM); un reactor modular desarrollado íntegramente por la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) en colaboración con empresas locales; bajo el inconsistente argumento de inviabilidad comercial y económica, provocando la parálisis de las obras y nuevamente, despidos de trabajadores, ingenieros y científicos formados. Junto a ello se aplicó un fuerte ajuste presupuestario en ciencia, tecnología y organismos estatales, incluyendo la CNEA y se proyecta asociarse a programas internacionales con empresas de Estados Unidos, lo que llevaría a una pérdida de soberanía tecnológica y, la exportación de tecnología nuclear argentina.

Hay varios satélites, radares y estaciones de seguimiento espacial o sensores de vigilancia que involucran operaciones por parte de empresas o entidades de capital extranjero. Estos proyectos se presentan como colaborativos, pero implican concesiones territoriales o acceso limitado. El control extranjero se concentra en estaciones terrestres para seguimiento satelital, radares de vigilancia espacial y equipos de teledetección. Se ha admitido en Neuquén la Estación Espacial China; en Mendoza la Estación Agencia Espacial Europea y en Tierra del Fuego el Radar Espacial de LeoLabs (de Estados Unidos). Este último podría ser funcional al control del Reino Unido en área Austral, según los dichos del entonces Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas Tte. Gral. (RE) Juan Martín Paleo.

En la Argentina hay pistas de aterrizaje privadas en manos de capital extranjero, especialmente en Patagonia. Entre ellas la de Bahía Dorada (Río Negro), de un jeque de Emiratos Árabes Unidos, apta para los Boeing 737 y, ubicada cerca del mar y Malvinas; La pista de Joe Lewis (Reino Unido) en Lago Escondido (Río Negro) y pistas privadas en Patagonia de mineras extranjeras (canadienses/británicas).

Según los datos oficiales más recientes la deuda pública de la administración central se sitúa en los USD 460.934 millones. Una cifra en aumento desde fin de 2025 que deja a la Argentina expuesta a las presiones externas y dificulta la cohesión social y el desarrollo nacional. La deuda bruta en dólares ha aumentado desde fines de 2023 (~USD 35-40 mil millones acumulados). No hay país que pueda ser autónomo con la deuda pública argentina.

Frente a la extranjerización de los recursos, capacidades e insumos estratégicos se requiere un Plan de Independencia Nacional; de otro modo, resulta imposible que la Argentina esté “libre de toda otra dominación extranjera”.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL).