CIUDADANÍA DESARMADA. PROGRESISMO, ESTADO Y MONOPOLIO DE LA VIOLENCIA.

Bruno Carpinetti*

Hay una escena fundante en la modernidad política: un conjunto de individuos temerosos que, para escapar de la guerra de todos contra todos, decide entregar su fuerza a una instancia superior. Ese gesto ―descrito con precisión implacable por Thomas Hobbes en Leviathan― da nacimiento al Estado moderno. El soberano concentra la violencia para que la sociedad pueda vivir sin ella. El miedo se transforma en obediencia.

El progresismo contemporáneo, en buena medida, sigue habitando esa escena hobbesiana. Confía en que la pacificación social depende de un monopolio eficaz de la fuerza, encuadrado por derechos y regulaciones. La violencia, en esta matriz, es lo que precede al Estado; lo civilizado comienza cuando el Leviatán la absorbe.

Sin embargo, Hobbes no creía que la violencia fuera una anomalía social corregible mediante inclusión o pedagogía. Al contrario: la consideraba una posibilidad permanente de la condición humana. Sin un poder común que infunda temor, decía, los hombres viven en inseguridad constante. El Leviatán no elimina la violencia; la concentra para volverla previsible.

El progresismo, en cambio, suele suponer que la violencia es sobre todo efecto de desigualdad y exclusión. Es decir, no tanto un dato antropológico como un síntoma social. Y allí surge la paradoja: se desconfía del Leviatán cuando abusa ―cuando sus fuerzas reprimen selectivamente, cuando el monopolio se vuelve arbitrario― pero se rechaza cualquier dispersión controlada de la fuerza en la sociedad civil. Se critica al monstruo, pero se reafirma su exclusividad.

Y en ese terreno emerge una paradoja difícil de eludir.

El progresismo denuncia ―con fundamentos históricos sólidos― los abusos de las fuerzas de seguridad, la selectividad punitiva, la violencia institucional. Desconfía del Estado cuando golpea. Pero, al mismo tiempo, suele rechazar de manera casi absoluta cualquier forma de tenencia civil de armas. Se desconfía del monopolio cuando se ejerce mal, pero se lo reafirma sin matices cuando se trata de excluir toda alternativa.

El resultado es una figura extraña: un Estado sospechado y, sin embargo, único depositario legítimo de la fuerza; una ciudadanía crítica, pero despojada de cualquier capacidad material de defensa.

La violencia, entonces, queda suspendida en un limbo moral: debería desaparecer.

Pero no desaparece.

La Constitución como incomodidad

La Constitución argentina introduce una fisura en ese relato. El artículo 21 establece:

«Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución…»

La frase suena arcaica, incómoda, casi fuera de época. Pero no es un accidente. Es la huella de una antropología republicana distinta: el ciudadano no es sólo protegido; es responsable. No es mero destinatario de seguridad; es parte de su garantía última.

El artículo 36, incorporado después de los golpes de Estado del siglo XX, refuerza esa idea al reconocer el derecho de resistencia frente a quienes quebranten el orden democrático.

Ambos artículos delinean una arquitectura institucional tan clara como exigente: en la normalidad, el Estado ejerce la fuerza legítima; pero la soberanía no le pertenece, sino que reside en el pueblo. Y si el orden constitucional se quiebra, la ciudadanía no queda reducida al papel de espectadora.

El monopolio de la violencia, entonces, no es un atributo metafísico ni un derecho natural del Estado: es una delegación política, fundada en la Constitución y condicionada por su vigencia.

Cuando la Patria se aprendía en el polígono

Esa concepción no fue pura retórica. Durante la primera mitad del siglo XX, la Argentina vio proliferar asociaciones civiles de tiro ―los Tiros Federales, los Tiros Suizos― donde el uso de armas se integraba a una cultura cívica.

El caso emblemático es el Tiro Federal Argentino. Su lema condensaba un espíritu de época: «Aquí se aprende a defender a la Patria».

No era una consigna insurgente. Era una pedagogía republicana. La práctica del tiro deportivo se inscribía en una idea de milicia ciudadana: la defensa nacional no debía recaer exclusivamente en ejércitos profesionales. Había una dimensión civil, una responsabilidad compartida.

Estos espacios hacían algo más que enseñar técnica. Producían identidad. Ritualizaban la relación con la fuerza. La inscribían en disciplina, reglas, pertenencia. Domesticaban la violencia potencial en nombre de la comunidad política.

Con el tiempo, la profesionalización militar y la centralización estatal desplazaron esa tradición. La defensa se volvió asunto de especialistas. El ciudadano armado dejó de ser figura republicana para convertirse en sospecha.

La ilusión del ciudadano tutelado

Hoy el debate oscila entre dos caricaturas: armamentismo irrestricto o desarme absoluto. Pero la Constitución no habita ninguno de esos extremos. Propone algo más incómodo: una ciudadanía activa en una República donde el poder coercitivo es delegado y condicionado.

La experiencia latinoamericana enseña que concentrar toda la fuerza en Estados frágiles no garantiza derechos. Pero también que dispersarla sin regulación erosiona la convivencia. No hay atajo fácil.

La pregunta decisiva no es cuántas armas debe haber. Es qué imagen del ciudadano sostiene nuestra democracia.

¿Un sujeto tutelado cuya seguridad depende por completo de la eficacia ―siempre incierta― del aparato estatal?

¿O un miembro responsable de una comunidad soberana que, en circunstancias excepcionales, puede ser llamado a defender el marco constitucional que lo protege?

La violencia no se evapora por decreto moral. Se organiza. Se delega. Se limita. Se legitima.

En esa tensión ―entre monopolio estatal, soberanía popular y responsabilidad cívica― se juega algo más profundo que una política de seguridad. Se juega una concepción del ser humano y del vínculo que lo une con la República.

Y tal vez allí, en ese punto donde el progresismo prefiere no mirar demasiado, esté la verdadera densidad política de nuestro tiempo.

 

* Guardaparque. Se diplomó y obtuvo una Maestría en Ciencias en Biología de la Conservación en la Universidad de Kent, Inglaterra. Completó el Diploma de postgrado en Antropología Social y Política en FLACSO – Buenos Aires, y se Doctoró en Antropología Social en la Universidad Nacional de Misiones. Ha ocupado distintos cargos en la administración pública, entre otros fue director de la Administración de Parques Nacionales y Subsecretario de Coordinación de Política Ambiental de la Secretaría de Ambiente de la Presidencia de la Nación durante los gobiernos de Eduardo Duhalde y Nestor Kirchner.

 

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CONFLICTO DE INTERESES Y CONCENTRACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PESQUERA (NOTA 5)

César Augusto Lerena*

Publicado en FIS & SeafoodMediaGroup, 23 de febrero de 2026.

Nos hemos venido refiriendo en anteriores escritos a la adquisición y construcción en el extranjero de nuevos buques al Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) y con los años hemos podido observar que el objetivo que sostenía el Director Otto Christian Wöhler de mejorar la calidad y cantidad de investigación con los buques adquiridos no se ha cumplido como ya demostramos con el bajo promedio de navegación en relación al estándar internacional. Esto es lo central desde el punto de vista operativo; ahora bien, el INIDEP, si bien puede y debe prestar servicios de asesoramiento a las empresas; sus dictámenes técnicos deben, primero, asegurar la sostenibilidad de los recursos y, segundo, trabajar para el interés general y no para algún sector en particular.

Hemos visto que el cuestionado Otto Christian Wöhler funciona como red de araña, no hay espacio que no ocupe, de modo que, por una razón u otra su consulta adquiera valor. Como ya hemos dicho sus hijos Otto y Sofía ocupan espacios en las Cámaras Empresarias vinculadas necesariamente al INIDEP y, el mismo, director de Investigación del INIDEP se desempeña también como asesor de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo; tarea, por la que esperamos, no esté cobrando honorarios o viáticos en dólares, ya que siendo un funcionario público está obligado a asesorar en forma gratuita a todas las reparticiones del Estado.

Se nos había pasado y, nos despertó Roberto Garrone (Punto Noticias, 15/02/2026), indicándonos, que también la mujer de Otto, la bióloga Gabriela Irusta, también trabaja en el INIDEP y es nada menos que la Jefa del Programa de Pesquería de Merluza y Fauna acompañante; además de desempeñarse, como jefa de programa y directora de becas en el INIDEP. ¿Se entiende ahora porque las Cámaras Pesqueras están tan interesadas en contratar a los jóvenes aprendices Otto’s en sus instituciones?

Nosotros nos habíamos referido en anteriores artículos a los “conflictos de intereses” y, como era de esperarse, el periodista Garrone nos presenta en su artículo un modelo de conflicto: “el pedido de CEPA para pescar calamar al norte del 41°S como especie objetivo” y, el periodista dice: «El otro día analizamos el peligroso precedente que generó el Consejo Federal Pesquero y el INIDEP al no excluir a Otto Wöhler del requerimiento, por generar la petición, una clarísima confrontación de intereses como advirtió la Asociación de Embarcaciones de Pesca Costera, entre Otto Wöhler, titular de la Dirección Nacional de Investigaciones y su hijo, Otto, presidente de la cámara peticionante».

En verdad, el propio Otto Wöhler debió excusarse y, debiera hacerlo cada una de las Cámaras solicita su opinión sobre cuestiones relativas a la captura de especies en el mar argentino; procedimientos relativos al rendimiento de las especies a bordo o cuanta cuestión su opinión pudiese favorecer al requirente.

Y continúa Garrone «El obstáculo lo saltearon con la firma de Gabriel Blanco, titular de la Dirección de Pesquería de Peces, que determinó que los congeladores al norte no tendrían un impacto significativo sobre la pesquería de calamar (…) Sí afectaría la fragilidad del stock reproductivo de merluza del efectivo al norte del 41ºS y de ahí que tacharon el acceso a los buques factorías de “Tony” (NdA: Antonio Solimeno). Esa conclusión también se incluyó en la firma de Blanco. Si lo hacía la Jefa de Merluza, Gabriela Irusta, también entrábamos en otro terreno sensible. Es la mamá de Ottito. Que difícil todo (…) Porque no será el único caso en las próximas semanas. La hija de Otto, Sofía, hermana de Ottito, es asesora ambiental de CaPeCa y coordinadora del Programa de Mejora Pesquera de la Cámara Argentina de Armadores Poteros (CAPA). Cuando se abra el registro para los nuevos permisos de calamar, su padre debería opinar al respecto. ¿O será también una tarea de Blanco?».

Al respecto, no podemos dejar de tener en cuenta que el Investigador Blanco depende jerárquicamente del Director Wöhler y del mismo modo, la Bióloga Irusta depende de la Dirección de Pesquerías de Peces y ésta del Director Nacional de Investigación, su marido Wöhler. Y ello, nada tiene que ver con las capacidades de la citada investigadora –que son reconocidas- pero, si bien en la Argentina no hay una prohibición absoluta por ser cónyuges, “sí está vedada la subordinación jerárquica directa entre marido y mujer en el empleo público para evitar nepotismo, favoritismo o pérdida de imparcialidad. Si surge un vínculo matrimonial o de convivencia durante la relación laboral, suele requerirse reasignación de funciones o áreas para eliminar el conflicto (según criterios de la Oficina Anticorrupción y jurisprudencia administrativa). Esto se alinea con principios constitucionales de igualdad (art. 16 CN), no discriminación por género (Ley 26.485) y ética pública”.

Por suerte, el Calamar y el Langostino están a cargo directo de este funcionario, sino sería insufrible no llevarse bien con Otto, que parece tener la llave maestra del INIDEP.

Hay una verdadera endogamia familiar entre el sector público y el privado; que, a partir de ella, todo lo que ocurra respecto a las habilitaciones a la pesca y la investigación estará sospechado de parcialidad o de “vista gorda” y ello, en un sector donde se ha llegado a calificarlo de mafioso, sería lo único que faltaba.

Es muy cierto lo que también plantea Garrone en su nota, respecto a la idoneidad del Director del INIDEP Gonzalo Bacigalupo. Porque si bien en muchas ocasiones los nombramientos de los directores han incumplido con el artículo 4° de la Ley 20.340, en el sentido de que el profesional elegido no ha tenido un título universitario vinculado al mar; esta circunstancia adquiere especial importancia en la concentración de las decisiones investigativas de la familia Wöhler, porque Bacigalupo no reúne los suficientes antecedentes científicos para administrar las decisiones relativas a las ciencias biológicas y con ello tiene una extrema debilidad y dependencia para conducir a todos los directores y/o jefes de Programas del INIDEP; en especial, en este caso donde se producen evidentes conflictos de intereses. Porque al director Bacigalupo habría que recurrir ―y no hacia abajo― para resolver estas cuestiones; pero ello no es posible porque carece de suficiente idoneidad para hacerlo. Por eso la Ley es sabia, no puede estar en manos ni de la política (como ha ocurrido con el propio Subsecretario de López Cazorla) ni por quien carece de títulos habilitantes ni experiencia alguna.

Son conocidas las opiniones adversas que algunos empresarios tienen sobre el INIDEP y también el dificilísimo rol que deben llevar adelante los investigadores tratando de determinar las “capturas máximas sostenibles” para asegurar la sostenibilidad de los recursos pese a las presiones derivadas de las necesidades económicas empresas. Pero también conocemos que muchos de los Acuerdos Internacionales se llevaron adelante sin que el INIDEP estableciera la disponibilidad de excedentes. Es un equilibrio muy fino; que no debería admitir dudas respecto a las decisiones que se tomen y donde se debiera tener presente que “de la duda nace la desconfianza” y la investigación debe basarse muy especialmente en el rigor científico y en la confianza en los científicos sobre las cuestiones donde éstos ponen en juego la economía de las empresas y el trabajo de sus empleados.

No sabemos si no habrá nuevas notas sobre este tema, sinceramente, hemos recibido mucho material para seguir haciendo, aunque creemos que es la hora de la justicia.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana. cesarlerena.com.ar.

AGUA POTABLE Y SEGURIDAD NACIONAL: POR QUÉ LA PLANTA GENERAL BELGRANO ES ESTRATÉGICA PARA ARGENTINA

Gabriel Francisco Urquidi Roldán*

Basado en: Trabajo Final Integrador de Especialización. Titulado «Evaluación del sistema de agua de consumo humano como un recurso estratégico argentino, de la Planta Gral. Belgrano» por Gabriel Francisco Urquidi Roldan.

  

En tiempos donde las guerras ya no se libran únicamente con ejércitos y fronteras[1] [2], sino también con información, tecnología y ataques invisibles, el agua potable se convierte en un recurso estratégico de primer orden. En Argentina, esa realidad tiene un nombre concreto: la Planta Potabilizadora General Belgrano, operada por Agua y Saneamientos Argentinos[3].

Ubicada en Bernal, partido de Quilmes, esta infraestructura abastece a más de 10 millones de personas del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Pero su importancia excede ampliamente la dimensión técnica: se trata de una infraestructura crítica cuyo funcionamiento impacta directamente en la salud pública, la estabilidad económica y la seguridad nacional.

¿Qué es una infraestructura crítica?

El concepto de infraestructura crítica (IC) se define en Argentina como aquellos sistemas cuya interrupción impactaría significativamente en la seguridad, la salud, la economía o el funcionamiento del Estado.

Según la definición adoptada en Argentina (Expediente EX-2018-55001386-APN-DGDA#JGM), las infraestructuras críticas[4] son aquellas indispensables para el funcionamiento de los servicios esenciales de la sociedad, cuya interrupción generaría un impacto significativo en la seguridad, la economía o el bienestar.

 En términos comparados:

    • El U.S. Department of Homeland Security[5] define la infraestructura crítica como los sistemas y activos esenciales para la seguridad y la economía nacional.
    • La Comisión Europea[6] sostiene que su perturbación afectaría gravemente al menos a un Estado miembro o a varios en forma interdependiente.

Esta convergencia conceptual demuestra que el agua potable se encuentra universalmente reconocida como sector estratégico.

Marco normativo argentino

El reconocimiento del agua como recurso estratégico se apoya en:

    • Constitución Nacional Argentina, art. 41[7].
    • Ley 23.554 de Defensa Nacional[8].
    • Ley 24.059 de Seguridad Interior[9].
    • Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones Unidas [10], que reconoce el acceso al agua como derecho humano.

Desde esta base normativa, la Planta General Belgrano constituye una infraestructura crítica esencial para la defensa indirecta y la seguridad interior del país.

El agua como recurso estratégico

La Asamblea General de la ONU reconoció en 2010 el acceso al agua potable como un derecho humano fundamental (Resolución 64/292). En Argentina, el artículo 41 de la Constitución Nacional consagra el derecho a un ambiente sano y la responsabilidad estatal sobre los recursos naturales esenciales.

Desde el punto de vista estratégico, el agua cumple múltiples funciones:

    • Sanitaria: sin agua potable, colapsan hospitales, escuelas y hogares.
    • Económica: industrias y comercios dependen de su provisión constante.
    • Social: su interrupción puede generar crisis humanitarias y conflictos urbanos.
    • Geopolítica: en un mundo atravesado por el cambio climático y tensiones internacionales, el agua es cada vez más disputada.

La Planta General Belgrano concentra todas estas dimensiones.

Nuevas amenazas en un escenario híbrido

Los estudios sobre conflictos modernos ―desde las teorías de guerra de cuarta generación hasta los enfoques sobre amenazas híbridas― señalan que las infraestructuras esenciales se han convertido en objetivos estratégicos.

Hoy los riesgos no se limitan a sabotajes físicos. Existen tres amenazas principales:

    1. Ciberataques: los sistemas de control industrial (SCADA) pueden ser vulnerables a intrusiones que alteren procesos críticos.
    2. Sabotaje o terrorismo: ataques directos a instalaciones o redes de distribución.
    3. Guerra de información: campañas de desinformación que busquen generar pánico o desconfianza sobre la calidad del agua.

En este contexto, proteger el sistema hídrico es también proteger la estabilidad del Estado.

Fortalezas y debilidades del sistema

El análisis organizacional muestra que la Planta General Belgrano posee importantes fortalezas:

    • Capacidad tecnológica avanzada.
    • Personal altamente especializado.
    • Marco normativo que reconoce el agua como recurso esencial.
    • Apoyo estatal y estructura institucional consolidada.

Sin embargo, también existen desafíos:

    • Necesidad de reforzar la ciberseguridad.
    • Actualización normativa frente a amenazas digitales.
    • Coordinación interinstitucional más robusta.
    • Inversión sostenida en resiliencia y modernización.
Seguridad y resiliencia: la agenda pendiente

Fortalecer la seguridad de la infraestructura hídrica implica un enfoque integral:

    • Auditorías permanentes en ciberseguridad.
    • Sistemas de monitoreo en tiempo real.
    • Protocolos de contingencia ante desastres naturales.
    • Coordinación entre Defensa, Seguridad, Ambiente y organismos técnicos.
    • Participación ciudadana y transparencia informativa.

La resiliencia -es decir, la capacidad de resistir y recuperarse ante crisis- es hoy tan importante como la protección preventiva.

Una cuestión de interés nacional

El Preámbulo de la Constitución Nacional habla de «promover el bienestar general» y «proveer a la defensa común». En el siglo XXI, esas expresiones incluyen la protección de infraestructuras críticas como el sistema de agua potable.

Considerar el agua como recurso estratégico no es una exageración académica: es una necesidad política y técnica frente a un entorno global inestable.

La Planta General Belgrano no es simplemente una instalación industrial. Es un pilar silencioso de la seguridad humana y del funcionamiento cotidiano del país. Su protección no debe entenderse solo como una cuestión técnica, sino como una prioridad de Estado.

Porque cuando el agua deja de fluir, no solo se interrumpe un servicio: se pone en riesgo la estabilidad de toda una sociedad.

La Planta General Belgrano como activo estratégico

Inaugurada en 1951 y ampliada progresivamente, la planta abastece a más de 10 millones de personas del AMBA. Su valor estratégico se manifiesta en cinco dimensiones:

    1. Sanitaria: garantía del derecho humano al agua.
    2. Económica: soporte a la principal región productiva del país.
    3. Social: prevención de crisis humanitarias.
    4. Política: activo soberano en un recurso globalmente disputado.
    5. Tecnológica: integración de sistemas automatizados de control.

Desde una perspectiva de política pública, considerar el agua potable como recurso estratégico implica fortalecer la resiliencia física y digital del sistema.

Implicancias para la política pública

Conforme al análisis documental desarrollado, se desprenden tres líneas prioritarias:

    1. Actualización normativa en ciberseguridad aplicada a infraestructuras críticas.
    2. Fortalecimiento de la coordinación interinstitucional (Defensa, Seguridad, Ambiente, Obras Públicas).
    3. Implementación de modelos de evaluación de riesgo multidimensional.

La hipótesis planteada ―que evaluar el agua como recurso estratégico fortalece las políticas de protección― encuentra respaldo en la literatura revisada y en el marco jurídico nacional.

Vulnerabilidad jurídica, expansión de Mekorot y soberanía de la infraestructura crítica

El análisis precedente permite sostener una conclusión crítica respecto del grado de protección jurídica efectiva del sistema de agua potable como infraestructura crítica (IC) estratégica en Argentina. Si bien el marco normativo reconoce la centralidad del recurso hídrico ―Constitución Nacional (1994), Ley 23.554 de Defensa Nacional (1988) y Ley 24.059 de Seguridad Interior (1992)―, persiste una fragmentación regulatoria que impide consolidar un blindaje jurídico integral frente a actores con capacidad de incidencia estructural sobre el sistema.

A esta vulnerabilidad normativa se suma un factor geopolítico contemporáneo: la creciente participación de la empresa estatal israelí Mekorot en acuerdos técnicos con provincias argentinas.

En febrero de 2023, el entonces ministro del Interior Eduardo «Wado» de Pedro encabezó la firma de un acuerdo técnico entre cinco provincias y Mekorot para la planificación y gestión de recursos hídricos[11]. Posteriormente, distintos medios periodísticos señalaron la expansión territorial de la empresa en el país y su proyección estratégica en el mapa hídrico argentino[12]. Asimismo, investigaciones críticas han cuestionado el accionar internacional de la compañía en relación con el conflicto israelí-palestino, calificando su modelo de gestión como parte de una política de «apartheid del agua»[13].

Desde una perspectiva jurídica y estratégica, la incorporación de una empresa estatal extranjera en procesos de planificación, diagnóstico y eventual intervención técnica en recursos hídricos provinciales introduce tres dimensiones problemáticas para la soberanía de la infraestructura crítica:

Dependencia técnica y transferencia de conocimiento sensible

La elaboración de estudios maestros y diagnósticos estratégicos implica acceso a información detallada sobre disponibilidad, reservas, vulnerabilidades estructurales y proyecciones de demanda. En ausencia de una normativa específica de protección de datos estratégicos de IC, dicha transferencia puede generar asimetrías de información con impacto geopolítico.

Riesgo de captura regulatoria indirecta

Cuando la planificación hídrica se externaliza en actores con intereses de expansión global, el diseño de políticas públicas puede verse condicionado por modelos de gestión que prioricen eficiencia económica o escalabilidad tecnológica por sobre criterios de soberanía y control público.

Tensión entre cooperación técnica y autonomía estratégica

Si bien los acuerdos suscriptos se presentan formalmente como asistencia técnica, el carácter estratégico del recurso agua transforma cualquier intervención estructural en una cuestión de seguridad nacional ampliada. La falta de una ley nacional específica de protección de infraestructuras críticas agrava esta tensión.

En este marco, la vulnerabilidad jurídica no reside únicamente en la posible privatización formal del servicio, sino en la ausencia de un régimen legal que delimite con precisión el alcance, los límites y los mecanismos de supervisión soberana en acuerdos con actores estatales extranjeros sobre recursos estratégicos.

El agua constituye un activo geopolítico central en el siglo XXI. La inserción de empresas con proyección global en la planificación hídrica nacional, sin un marco normativo integral que articule defensa, seguridad interior, ambiente y regulación económica bajo el paradigma de infraestructura crítica, puede debilitar la autonomía decisional del Estado argentino.

En consecuencia, la convergencia entre vacíos regulatorios internos y expansión de actores internacionales en la gestión técnica del recurso hídrico configura un escenario de debilitamiento potencial de la soberanía sobre la infraestructura crítica. Mientras no se consolide un blindaje jurídico específico para la protección integral del sistema de agua potable, la exposición estratégica persistirá como un factor estructural de riesgo para la seguridad nacional ampliada.

Conclusión

Esta fragmentación normativa genera una vulnerabilidad jurídica estructural, entendida como la falta de instrumentos regulatorios coherentes, protocolos interjurisdiccionales consolidados y estándares obligatorios unificados en materia de ciberseguridad, protección física y control estratégico de activos esenciales. La consecuencia directa es un sistema cuya defensa depende más de decisiones administrativas coyunturales que de una política de Estado jurídicamente blindada.

En paralelo, el creciente interés geopolítico del sector privado ―particularmente en contextos de reconfiguración del mercado global del agua como recurso estratégico― introduce tensiones adicionales. La eventual participación ampliada de capitales privados, especialmente en esquemas de concesión, tercerización tecnológica o financiamiento condicionado, puede generar asimetrías regulatorias que debiliten la soberanía decisional del Estado sobre un servicio esencial para la seguridad humana y nacional.

En términos estratégicos, el agua ya no es únicamente un bien sanitario, sino un activo geopolítico cuya gestión incide en la estabilidad social, la gobernabilidad y la autonomía estatal. La ausencia de un marco jurídico robusto que limite de manera explícita la captura regulatoria o el control indirecto de infraestructura crítica por actores con intereses transnacionales profundiza la exposición del sistema.

En consecuencia, mientras no se consolide una arquitectura normativa integral que articule defensa, seguridad interior, ambiente y regulación económica bajo un enfoque de infraestructura crítica estratégica, el sistema continuará exhibiendo una debilidad estructural frente a presiones externas, dinámicas de mercado y escenarios de conflictividad híbrida.

La protección efectiva del recurso hídrico exige no solo capacidad técnica y operativa, sino también un blindaje jurídico soberano, condición que, en el estado actual, resulta insuficientemente desarrollada.

 

* Licenciado en Seguridad. Especialista en Análisis de Inteligencia y Maestrando en Inteligencia Estratégica Nacional, con experiencia en estrategia, geopolítica, tasalopolítica, producción de información, así como en Seguridad y Protección de Infraestructuras Críticas.

 

Referencias

[1] Lind, W. S. «The Changing Face of War: Into the Fourth Generation». Marine Corps Gazette, 1989, p. 22 – 26.

[2] Van Creveld, M. «The Transformation of War». Free Press.

[3] Urquidi Roldan, G. F. «Evaluación del sistema de agua de consumo humano como un recurso estratégico argentino, de la Planta Gral. Belgrano», 2025.

[4] Jefatura de Gabinete de Ministros. (2018). Definición de Infraestructuras Críticas (Expediente EX-2018-55001386-APN-DGDA#JGM).

[5] U.S. Department of Homeland Security. (2013). National Infrastructure Protection Plan.

[6] Comisión Europea. (2008). Directiva 2008/114/CE del Consejo relativa a la identificación y designación de infraestructuras críticas europeas.

[7] Constitución de la Nación Argentina. (1994).

[8] Ley 23.554. (1988). Ley de Defensa Nacional.

[9] Ley 24.059. (1992). Ley de Seguridad Interior.

[10] Organización de las Naciones Unidas. (2010). Resolución 64/292: El derecho humano al agua y al saneamiento.

[11] «Wado de Pedro encabezó la firma de un acuerdo técnico entre cinco provincias y la estatal israelí Mekorot para mejorar el manejo del agua».  Página oficial del gobierno de la Argentina, 13/02/2023, https://www.argentina.gob.ar/noticias/wado-de-pedro-encabezo-la-firma-de-un-acuerdo-tecnico-entre-cinco-provincias-y-la-estatal.

[12] «El mapa de Mekorot en Argentina». La tinta, 11/09/2025, https://latinta.com.ar/2025/09/11/el-mapa-de-mekorot-en-argentina/.

[13] «Mekorot, el apartheid del agua y Argentina. La empresa israelí Mekorot, acusada de violar el derecho al acceso al agua de la comunidad palestina, se instala en Argentina y afianza sus planes de expansión mundial». El Salto Diario, 01/06/2023, https://www.elsaltodiario.com/agua/israel-palestina-mekorot-apartheid-agua-argentina.

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