Ante la nueva Resolución General Nº 4557 de AFIP publicada en el día de la fecha en BOLETÍN OFICIAL el Colectivo de Mujeres Argentinas por las PYMES, formado por empresarias, emprendedoras y comunicadoras, repudia las medidas ante la gravedad actual y su agudización en los próximos 90 días.
Esto es maquillaje electoral, necesitamos instrumentos concretos para resolver la gravedad del problema en el sector más productivo del país: las PYMES.
La tasa de financiación significa que vamos a pagar un 300% más de la deuda original. Eso dependiendo de los ajustes trimestrales que se aplicaran desde enero del 2020.
Entendemos que esta es una medida oportunista con fines electorales que no resuelve los problemas de fondo. Es una irresponsabilidad lanzar esta resolución porque ahoga a las PYMES con tasas variables a partir del pago de la cuota 02, aplicables desde enero 2020 y actualizada cada tres meses. Ese sistema de financiación es inédito en planes de pago de AFIP. No sabemos cuánto vamos a pagar la deuda, no podemos calcular costos, solo sabemos que las deudas serán pagas en plazos de hasta 10 años. Sin embargo, no sabemos el monto final de la deuda ni el costo de financiación por adherir a este plan que propone AFIP.
AFIP no da garantías, es irresponsable y busca generar un beneficio electoral y a su vez una caja en base a tasas que no son claras. Al adherir al plan de pagos, estamos aceptando normas de juego que no son claras y esto atenta directamente contra la producción. Cada 3 meses debemos pasar por la angustia e incertidumbre sobre la cuota que se abonará.
Honestamente, hacemos un llamado a la seriedad y a la negociación con reglas claras para poder trabajar dignamente. Queremos poder trabajar, pagar las deudas, queremos pagar sueldos y tributar lo que corresponde.
Reiteramos que Mujeres Argentinas por las PYMES no está bajo ninguna bandera política. Defendemos el derecho al trabajo y las reglas claras. Somos el sector más productivo del país: las PYMES.
Consideramos acertado que no se exija pago a cuenta a las empresas MIPYME y el plazo de financiación de hasta 120 meses, igualmente resulta razonable el tope a la tasa de interés del 2.5% para estas empresas en las actuales condiciones, y el tratamiento de los embargos.
En cambio creemos que el sistema de cálculo de las cuotas arrojará valores muy elevados, al menos para las primeras de ellas, y que las condiciones de caducidad son muy estrictas para un plan de pago de 10 años, ambas cuestiones creemos que pueden producir que muchos planes caduquen regenerando el problema que se intenta solucionar.