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GUAYANA ESEQUIBA: ¿DE CUÁL POTENCIAL PETROLERO PRESUME EL GOBIERNO GUYANÉS?

Abraham Gómez R.*

Desde hace bastante tiempo, estamos pagando con creces (y con cruces) la vergonzosa situación en la cual nos encontramos por el hecho de haber escorado (y atado), prácticamente, la vida de nuestro país al petróleo, de manera casi absoluta.

Siguen siendo determinantes los ingresos por concepto de venta del mencionado recurso, para casi todo como factor de renta.

Dicho de otro modo, fuimos tan “estúpidos e incapaces como país” que recostamos la economía de Venezuela absoluta e ilimitadamente de los proventos petroleros. Todo lo demás quedaba a las orillas y marginados.

A lo largo de nuestra historia contemporánea (con la “aparición” del petróleo, como recurso aprovechable) las iniciativas programáticas y todo cuanto se decidía (y se decide) emprender para el desarrollo de la Nación, quedaba (y queda) sujeto y condicionado a los ingresos dinerarios (divisas de todo tipo contante y sonante), como resultado del proceso de mono exportación de tal elemento fósil que nos prodigó la naturaleza.

Acaban de cumplirse 100 años del reventón histórico en la hacienda Los Barrosos.

Para una mejor precisión sociohistórica, diremos que, en la madrugada del 14 de diciembre de 1922, los lugareños del pueblito La Rosa, cerca de la empobrecida Cabimas, estado Zulia, quedaron perplejos y sobresaltados, por cuanto, no comprendían lo que estaba sucediendo.

Al principio sintieron una especie de movimiento sísmico; luego, un estruendo.

Muchos vecinos llegaron a pensar que se trataba de un terremoto; sin embargo, ese grupo avecindado de pobladores fueron testigos de una “cosa rara” que brotó de las entrañas de la tierra, en los predios de Los Barrosos.

Apreciaron una lluvia negra, un betún (vocablo que después sería de uso común); pero al principio decían es “una agua negra y viscosa” que se eleva como un chorro a sesenta metros de altura.

Quienes hicieron las crónicas de tales acaecimientos relatan que los trabajadores de la Shell demoraron varios días en controlar con una válvula la potencia del incontenible líquido que cada vez brotaba con más fuerza.

Dicen que los dueños de la hacienda Los Barrosos estaban asombrados y recelosos, porque ese pozo estuvo arrojando unos 100 mil barriles diarios de crudo día y noche, que se terminaron desperdiciando, pero que sirvió para develar el tamaño del yacimiento y su importancia.

Acontecimientos similares —en mayor o menor proporción— y con otras circunstancias se suscitaron en varias regiones de Venezuela; con lo cual podemos enfatizar que a lo largo del siglo XX se fueron emprendiendo nuevos y precisos descubrimientos; exploraciones tecnificadas y sostenidas explotaciones que le confirieron a nuestra nación la merecida categoría de país petrolero y la ocasión de hacerse cofundadora de la OPEP.

Dejamos sentado ante el mundo que la condición de Venezuela de país petrolero no es un artificio de ayer para hoy; una sospechosa invención para coquetear con las transnacionales o una caricatura económica para justificarnos por el asunto litigioso que se dirime por ante la Corte Internacional de Justicia.

En nuestra asistencia a las universidades venezolanas y a algunas instituciones públicas y privadas para atender algunas invitaciones académicas, con la finalidad de dictar conferencias —cuyo eje temático estriba siempre sobre la Guayana Esequiba— se nos pide una opinión objetiva, en cuanto a cómo es eso que Guyana nos puede llegar a superar en comercialización internacional de petróleo.

Las respuestas a tales interrogantes las hemos dado directas y contundentes, en estos términos: Guyana se ha burlado de Venezuela, de muchas maneras.

Guyana ha irrespetado el contenido esencial del Acuerdo de Ginebra de 1966, que limita a las partes en la contención litigiosa por la Zona en Reclamación, a atribuirse soberanía y/o explotar unilateralmente los recursos que en esa área se encuentran, hasta que haya una decisión sentencial del Ente Juzgador de la ONU.

No satisfechos con todo lo que han esquilmado hasta el presente en la Guayana Esequiba, luce vergonzosa la actitud de la excolonia británica estar promocionando nuevas concesiones petroleras para el próximo año, en lo que ellos han denominado “Proyecto Guyana 2023”.

A propósito, en recientes declaraciones, Irfaan Ali, el presidente guyanés, expone:

“Están a subasta 14 bloques de petróleo en alta mar y que el Gobierno espera otorgar nuevos contratos para fines de mayo del próximo año. La cuenca de Guyana es considerada la de más rápido crecimiento del mundo, con recursos estimados superiores a 25.000 millones de barriles de petróleo equivalente y una reserva estimada superior a 11.000 millones. Esta ronda de licitaciones permite al Gobierno de Guyana crear y administrar un marco fiscal y regulatorio mejorado. Lo que buscamos hacer es tener el mejor resultado posible para Guyana, dadas las lecciones que hemos aprendido. Hasta ahora, un consorcio de empresas: Exxon, Hess y CNOOC son los desarrolladores de un bloque gigante llamado Stabroek en la costa de Guyana. Buscamos un equilibrio para garantizar que el país obtenga el mejor trato posible en términos de ingresos y, al mismo tiempo, no asustar a los inversores”.

Esos incalculables recursos nunca han sido ni británicos ni guyaneses. Esos recursos se ubican en la proyección atlántica de la Guayana Esequiba, inclusive en el frente marítimo del Delta del Orinoco, que no se encuentra incluido en el litigio.

Tenemos una justa reclamación centenaria, que ahora se dirime en la Corte Internacional de Justicia.

Estamos convencidos que tenemos todas las de ganar en la citada Sala Sentenciadora, siempre y cuando la resolución a este pleito sea en justo y estricto derecho.

Poseemos suficientes elementos probatorios para exponer y recursos para alegar que la Guayana Esequiba es nuestra jurídica, cartográfica e históricamente.

Ha habido una ocupación abusiva de las transnacionales, a partir de concesiones fraudulentas e ilegales que han venido recibiendo de los gobiernos guyaneses; como las que se pretenden entregar en el primer semestre del próximo año; todas impregnadas de añagaza económica.

Guyana no es un país petrolero. Esos recursos no le pertenecen.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

GUAYANA ESEQUIBA: EN SENTENCIAS DICTADAS EN ESTRICTO DERECHO NO CABEN MAULERÍAS

Abraham Gómez R.*

Cuando se establece históricamente un límite —sin protestas— debe aceptarse su permanencia inalterable; salvo arreglo pactado entre los Estados concernidos, para sus posibles modificaciones.

Suficientemente es conocido que los componentes estructurantes de un Estado: el territorio que ha sido adquirido legítima y legalmente, así, además, la población como la dimensión humana que se posesiona de tal espacio y el sistema jurídico que regula y norma los comportamientos sociales, para hacer factible la convivencia; en fin, se constituye un entramado tridimensional que fija el destino y señala las acciones; atendiendo, permanentemente, al absoluto respeto y acatamiento al orden estatal.

El otro factor viene a ser el reconocimiento; complementario —tal vez— para la plena condición de Estado.

El problema del reconocimiento de Estados siempre ha sido controversial entre las doctrinas que se rivalizan según los caracteres constitutivo o declarativo del reconocimiento.

Todavía La contraposición de esas dos teorizaciones domina la discusión sobre este aspecto.

Cuando nace un Estado es porque ha habido una conjugación de bastantes elementos antecedentes que materializan ese hecho social, histórico y jurídico.

Digamos que un Estado no surge a la vida comunitaria internacional por medio de instrumentos de prestidigitación, cualquiera que sea su extensión y organización.

Un Estado no aparece de improviso sobre la tierra, sino que se forja progresivamente a través de la textura sociopolítica de su sociedad.

Se le ha conferido —en algunos casos específicos— mucha importancia al asiento físico del Estado, a su delimitación y demarcación; por cuanto, comporta el elemento quizás de mayor significación histórica; de allí que, si se intenta torcer las determinaciones limítrofes, de manera arbitraria , se quebrantaría el Principio de Estabilidad de las fronteras; trayendo graves consecuencias a los Justos Títulos que respaldan y soportan la consolidación espacial de los Estados (cuando en verdad los poseen; más aún si es frontera heredada, como en  nuestro caso); así igual, el señalado  hecho absurdo  irrumpe contra al valor de la geografía; desnaturaliza la política y la historia en la comprensión del fenómeno limítrofe, el cual siempre ha sido abarcativo en muchos aspectos; no solo líneas divisorias.

Hemos sostenido, por más de un siglo la contención por la extensión que nos arrebataron y estamos dispuestos a alegar en pro de la justicia en La Haya, si así lo determina el Jefe de Estado porque tenemos suficientes elementos probatorios: históricos, jurídicos, cartográficos, sociales, políticos y morales que nos asisten. Justificamos nuestro reclamo basados en el Principio de la intangibilidad de nuestra frontera heredada; de tal manera que no son elucidaciones trasnochadas o caprichos antojadizos

La contraparte en el litigio —amparada en prebendas dinerarias e intereses de las empresas transnacionales— sabe que poseemos bastantes documentos de pleno derecho, que no admiten prueba en contrario.

A propósito de la audiencia pública que recién finalizaron en la Corte —motivadas a la Excepción Preliminar de inadmisibilidad que plateamos— la numerosa y cara delegación guyanesa pudo percatarse que nos asiste la razón y que estamos dispuestos, una vez conocida la sentencia de la Corte, a alcanzar una solución definitiva a este pleito.

La mayoría de los jueces de la Corte conocen, además, que nos encontramos apertrechados y munidos con los Justos Títulos (iuris et de iure) que avalan la histórica propiedad incuestionable de Venezuela, sobre la Guayana Esequiba.

Esa extensión territorial de 159.500 km2, con su incalculable riqueza de todo tipo y su legítima proyección atlántica desde siempre ha sido nuestra.

Ha habido innumerables jurisprudencias —a partir de anteriores resoluciones sentenciales de la Corte Internacional de Justicia— que refuerzan nuestra posición para mantener con firmeza los límites heredados por Venezuela.

En el Derecho Internacional Público es válidamente aceptado, sin la menor discusión, que la Cesión de Derechos se impone a cualquier dictamen de fuerza; por lo que en nuestro caso —según sentencia esperada de la Corte, si admite o no la demanda que nos hizo Guyana— no será distinto; siempre y cuando la posible resolución de la citada Sala Juzgadora se circunscriba en estricto derecho.

Veamos las siguientes decisiones jurisprudenciales emanadas de esa entidad administradora de justicia:

“Una vez acordado, el límite se mantiene; ya que cualquier otro enfoque viciaría el principio fundamental de la estabilidad de los límites, cuya importancia ha sido reiteradamente enfatizada por esta Corte” (Contención entre Libia y Chad, 1994).

Otro ejemplo que nos viene bastante bien, para reinstalar en la memoria algunas decisiones por controversias interestatales en el Alto Tribunal de La Haya:

“…La Corte enfatiza que el principio Uti possidetis iuris requiere no solo que se confíe en los títulos legales existentes, sino también que se tenga en cuenta la manera en que esos títulos fueron interpretados y aplicados por las autoridades públicas competentes en el Poder, en particular en el ejercicio de su poder legislativo”

(Controversia fronteriza, Benín-Níger. 2013).

Nuestra aseveración la basamos y centramos en que, al momento de resolver el anterior caso como en el contenido de la sentencia del pleito que vamos a reseñar a continuación, la Corte le ha conferido suficiente prioridad y preponderancia al Principio del Uti possidetis Iuris.

Leamos lo que la Corte enfatizó para entonces en cuanto al aludido reconocimiento, y lo hizo de la siguiente manera:

el principio del Uti possidetis iuris ha mantenido su lugar entre los principios jurídicos más importantes, fundamentalmente en lo tocante a los títulos territoriales y la delimitación de las fronteras en el momento de la descolonización

(Controversia fronteriza (Burkina Faso/ República de Malí), Fallo, I.C.J. Reports 1986, pág. 567, párr. 26).

La contraparte no ha tenido otra causa peticional ante la Corte que solicitar la declaratoria de autoridad de cosa juzgada y que se le constituya como “válido y vinculante” al adefesio denominado Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899, que no nació a la vida jurídica, por írrito y nulo. No es que sea anulable es que es nulo de nulidad absoluta.

Eso es todo lo que —en concreto— piden (y lo reiteraron en las réplicas con motivo de la Excepción Preliminar) ante la mencionada Sala Juzgadora de la ONU.

Es que no tienen nada más que soporte tan extravagante pretensión procesal; por cuanto, el citado Laudo —de ingrata recordación— quedó desechado, cuando se firmó, el 17 de febrero de 1966, el Acuerdo de Ginebra.

El citado Laudo quedó invalidado, sin eficacia jurídica y no es oponible a nada; por lo que de llegarse al juicio propiamente y al desarrollarse  la fase probatoria la contraparte daría una demostración de supina torpeza al pretender reposicionar ese “Laudo“ante el Cuerpo Sentenciador de las Naciones Unidas.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Comisión por la Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

GUAYANA ESEQUIBA: LA SENTENCIA (EN ESTRICTO DERECHO) FAVORECERÁ A VENEZUELA

Abraham Gómez R.*

Aunque luzca un poco temeraria la siguiente aseveración —por cierto, repetida con insistencia en bastantes escenarios— pareciera que condensa mucha verdad: “en el concierto de las relaciones internacionales, los países no tienen amigos sino intereses”; revelado y manifestado en el presente caso litigioso, del cual me he venido ocupando —particularmente— desde hace casi cinco décadas.

La Zona en Reclamación siempre ha sido considerada de un extraordinario potencial energético, tanto por las reservas probables y probadas de los recursos petroleros, la calidad de los mismos; los incuantificables caudales de agua; las factibilidades para desarrollar sendos planes sustentables de generación de energía eléctrica, programas agroindustriales, minero, maderero, piscícolas etc. Por otra parte, a la extraordinaria ubicación geoestratégica, añádase su proyección atlántica e interconexión con los países de Suramérica y con el resto del mundo.

Hay un enjambre de empresas operando, bajo la coordinación de la Exxon-Mobil; la cual fija los procedimientos en el área para  la Shell holandesa; diseña los planes para la CGX estadounidense; establece las cuotas de explotación a la Anadarko canadiense y a la CNOON china; en fin, se conoce que sobrepasan de 52 compañías que allí se instalaron, procedentes de muchos países que se dicen amigos de Venezuela; incluso algunas naciones que hemos estado apoyando a través de Petrocaribe.

Guyana está esperando la decisión de la Corte Internacional de Justicia para definir si solicitan su incorporación a la OPEP o quedarse como agente independiente. La incertidumbre jurídica también arropa a las empresas que esquilman nuestros recursos. Ellos que se atengan a las consecuencias.

Que quede claro que Guyana no es un país petrolero. Esos recursos no le pertenecen.

En todo caso, declaramos y denunciamos —una y mil veces más— que esos incalculables recursos nunca han sido ni británicos ni guyaneses. Ya nos ocuparemos de eso; por lo pronto, tenemos una reclamación centenaria que ahora se dirime en la Sala Juzgadora de la ONU; juicio para el cual estamos plenamente preparados con nuestros justos títulos traslaticios. Los dos más importantes son:  la Real Cédula de Carlos III, al crear la Capitanía General de Venezuela, el 08 de septiembre de 1777 y el Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela, del 30 de marzo de 1845, donde nos reconocen las Independencia y la extensión territorial que teníamos para 1810.

Así, además, poseemos suficientes elementos probatorios para exponer y alegar que la Guayana Esequiba siempre ha sido nuestra jurídica, cartográfica e históricamente.

Ha habido una ocupación abusiva de las transnacionales, a partir de concesiones fraudulentas e ilegales que recibieron de los gobiernos guyaneses. Entregas impregnadas de añagaza económica.

Son muchísimas empresas, cuyos representantes   saben, por exploraciones científicas, lo que allí está en juego.

Este territorio nos lo arrebataron. Fuimos vilmente despojados con el denominado Laudo Arbitral de París de 1899, que desde entonces calificamos tal documento de írrito y nulo, y por lo tanto inexistente jurídicamente.

Esta contención —la más prolongada en América y el asunto más importante de Política Exterior de nuestro país— nos necesita unidos, con criterios sólidos.

Ha aflorado muy buena expectativa y conciencia en toda Venezuela

Para este jueves 17 de noviembre, nos corresponde comparecer por ante La Corte a nuestra primera Audiencia Pública, para ratificar la petición de inadmisibilidad de la demanda que nos hizo la contraparte guyanesa, el 29 de marzo del 2018.

La Corte escuchará la narrativa de los hechos y la fundamentación en derecho que hará nuestra elogiada delegación de Agente, Coagentes y cuerpo de asesores; todo lo anterior en base a la Excepción Preliminar que introdujimos, como cuestión incidental, a lo cual tenemos legítima opción como parte demandada. Solicitaremos en el mismo acto procesal que la Sala Sentenciadora se pronuncie previamente, desestimando la acción interpuesta por Guyana contra nosotros; antes de ir a conocer el fondo del asunto controvertido, según sea la decisión.

La Corte ha resuelto en una serie de sentencias, que han creado jurisprudencias, que un título jurídico preexistente prevalece sobre una ocupación de un territorio en controversia, por parte de otro Estado.

No hay la más mínima posibilidad de que Guyana pueda salir airosa en este pleito. No tiene cómo, procesalmente; ni con qué, jurídica, histórica o cartográficamente.

Porque, en el supuesto absurdo de que la Corte le confiera —en los próximos meses— carácter estimatorio a la demanda; entonces damos por trabada la litis e iríamos a la fase probatoria, quizás en marzo del venidero año; precisamente, etapa para la cual estamos apertrechados con nuestro irrebatible acervo, los justos títulos arriba mencionados y otros elementos de probanza que no admite prueba en contrario.

Sin embargo, responsablemente advierto que la comparecencia o no de nuestra delegación —a partir de lo que decida la Corte de la señalada cuestión incidental— es una determinación del Jefe de Estado, quien rige la Política Exterior de Venezuela, según lo contempla el artículo 236 de nuestra Constitución Nacional.

En esta interesantísima controversia, no hay vuelta atrás. Tanto es así que las empresas transnacionales que están operando —mediante las ilegales concesiones otorgadas por Guyana— se encuentran en un serio proceso de análisis de la situación a futuro; calculando escenarios y probabilidades.

También debo explicar que la Corte podría llegar a sentenciar en nuestra ausencia, conforme al artículo 53 de su Estatuto; en caso de que avance el Proceso a sus etapas sucesivas, luego del mencionado pronunciamiento previo a la Excepción Preliminar, incoada por nosotros.

He hecho esta severa advertencia en todas mis conferencias —presenciales y on-line—, en los siguientes términos: sería desastroso si nos peleamos internamente; si cada quien cree que le puede sacar provecho para su parcela política-partidista; o si cometemos el grave error de ausentamos de la Corte; porque, de todas maneras, el juicio continuaría su curso; siempre y cuando se admita la demanda.

Insisto en señalar que debemos reforzar la estructuración, sin recelos ni mezquindades, de un bloque de defensa compacto, para contrarrestar las acechanzas de la parte que nos adversa en este pleito; quienes se han desatado por todos los medios a indisponer a Venezuela, en cualquier evento internacional.

La contención por la Guayana Esequiba rebasa los egos individualistas mal curados, los particularismos confesionales, raciales o de cualquier otra índole.

Por lo que pueda venir —en todo caso— debemos mantenernos unánimemente comprometidos con nuestra venezolanidad y en pro de la Guayana Esequiba y de los Esequibanos.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.