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LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA O LOS INTERESES NACIONALES

César Augusto Lerena*

Marcelo Kohen, miembro del Consejo Nacional de Malvinas de la Cancillería Argentina y postulado para ocupar un cargo en la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), es el principal Tribunal internacional destinado a resolver disputas entre los Estados. Un Órgano de las Naciones Unidas (ONU), creado en 1945, con sede en La Haya, Países Bajos, al que muchos abogados anhelan llegar para satisfacer sus aspiraciones personales.

Uno de los jurisconsultos más importantes de Argentina, el profesor Hugo Caminos, que entre otras cosas integró la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, acuñó una frase derivada del artículo 2º del Estatuto de la CIJ que dejaba en claro su calidad moral: «no se puede avalar el ingreso a quienes carecen de integridad moral». Esto viene a colación, porque para los cargos internacionales no deberían ser tenidas en cuenta solo las capacidades técnicas que, por cierto, son absolutamente imprescindibles, sino la trayectoria en favor de los intereses nacionales del candidato que el gobierno promueva.

Respecto a la idoneidad, resulta un verdadero despropósito que mientras los postulantes a un cargo de Juez de 1ra. Instancia deben pasar por un concurso de antecedentes y oposición, luego, ser aprobados por los Consejos de Magistratura y los respectivos Senados, para finalmente, de entre una terna preseleccionada ser designado uno de ellos por Decreto del Poder Ejecutivo, para postularse a la Corte Internacional de Justicia solo baste un Decreto. Esto no ocurre ni siquiera para aspirar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde además del filtro del Senado, se expone al candidato a la opinión pública.

Pues bien, como las decisiones de los jueces de la CIJ pueden afectar al Estado argentino y con ello a los ciudadanos, yo manifiesto que el postulado a la CIJ Marcelo Gustavo Kohen no reuniría las condiciones de idoneidad por cuanto en su ejercicio profesional no ha ocupado siquiera el cargo de Juez de Paz y, respecto a la integridad a la que se refería el Dr. Caminos, habría violado la Constitución Nacional y la de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur cuando en 2018 les ofreció a los isleños en Malvinas, sin consentimiento de la legislatura provincial ni del Congreso de la Nación (Art. 13 de la CN; Art. 14 de la Ley 23.775 y Art. 1 a 5, 81, 87 y la Disposición Transitoria 12a de la CPTdF) un Plan de 20 puntos que preveía entre otras cosas la escisión de Malvinas de Tierra del Fuego; propuesta, que ya había «…rechazado categóricamente…» la Legislatura Provincial por Res. 250/17 del 24/8/2017, en el proyecto «Provincia de Malvinas, Provincia 24» ganador del concurso organizado por el Ministerio de Educación de la Nación y la Secretaría de Malvinas en 2015 y, al mismo tiempo y, también sin la aprobación debida, les presentó un Plan a los isleños donde les cedía recursos pesqueros; la posibilidad que éstos sigan determinando quién puede radicarse en Malvinas y que al cabo de treinta años podrían efectuar un referéndum para determinar «si se mantenía la situación que les proponía o si las islas podrían asumir una soberanía plena» (Infobae 22/03/2018; su exposición en el CARI, 20/03/2018), en contraposición a lo previsto en los artículos 9 a 11, 14, 16, 19, 20, 39 y la Disposición Transitoria Primera (D.T.P.) de la Constitución Nacional.

El entonces Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación y hoy Ministro, Julián Domínguez, criticó al diputado uruguayo Jaime Trobo por unirse a la misión de observación del referéndum británico de 2013 en las islas y consideró que era «una traición a la patria para el conjunto de América latina que un legislador uruguayo asista a un referéndum sobre la soberanía de las Islas Malvinas» y por ello nos imaginamos qué calificativo podría corresponderle al argentino Marcelo Kohen que promueve a los isleños un referéndum.

Sobre ello, el propio Kohen manifestó que un “hecho político nuevo” lo movilizó para lanzar el Plan en 2018 (Robledo J. LMNeuquen; 06/06/2021) y, se infiere que podría estar motivado en el Pacto de Foradori-Duncan del 13/9/2016 cuyo texto de inspiración británica reza: «…adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas…». El mismo año, donde este abogado fue fallidamente promovido por el gobierno de Macri para integrar la Comisión de Derecho Internacional de la Asamblea General de las Naciones Unidas, oportunidad en la que manifestó “trabajar y residir” en Suiza y, quedó descartado de entre los 34 seleccionados, al ser superado categóricamente por los votos a los candidatos de Colombia, Chile, Nicaragua, México, Brasil, Perú y Ecuador de Suramérica y el Caribe. Otro tanto ya había ocurrido en 2014 con el rechazo de Susana Ruiz Cerutti a la C.I.J. y en 2016 con la postulación de Susana Malcorra a la Secretaría General de la ONU (2016). Es probable que sea necesario que los candidatos se seleccionen por presentar una mayor vocación patriótica y latinoamericana, que personal.

Kohen se recibió en la Universidad de Rosario y es Profesor del “Instituto de Altos Estudios Internacionales” de la Universidad de Ginebra. Este Instituto según el Ranking Web de Universidades se encuentra en el puesto 1.913 en el ranking mundial; 726 en Europa y en materia de Excelencia ocupa la posición 2.940. Respecto a la Universidad de Ginebra el mismo Ranking indica que a nivel mundial está 143; en Europa 38 y en Excelencia 205. Rápidamente se observa la diferencia de calificación entre la Universidad y el Instituto al que pertenece.

Accesoriamente a ello, el citado candidato expone públicamente sus opiniones sobre cómo resolver la cuestión Malvinas, pese a tratarse de un miembro del Consejo de Malvinas que tiene obligación de guardar secreto sobre las estrategias que puede o podría llevar adelante el Poder Ejecutivo o el Congreso de la Nación. Sería bueno recordarle que los expertos de ese Cuerpo no fijan las políticas, sino que son los que dan sustento técnico al Canciller o al Presidente de la Nación y que, contrario a lo que manifiesta, de que “en la Argentina no hay una Política de Estado”; sí la hay, y es la que prescribe la Disposición Transitoria Primera de nuestra Carta Magna. El problema, es cumplir y hacerla cumplir y ello es el obstáculo principal que quieren remover los británicos y, que daría por tierra definitivamente un referéndum de los isleños.

Todo ello se agrava, porque no se trata de un ciudadano voluntarioso, sino de un abogado que al momento de su presentación espontanea en las islas ya había defendido los intereses argentinos, motivo por el cual, su propuesta, no es la de un neófito; más aún, cuando de llevarse a cabo su Plan, sería absolutamente favorable a los intereses británicos; una cuestión, que quien presenta la iniciativa y escribe sobre Malvinas no puede desconocer, y que adquiere mayor valor para el ocupante de las islas al ser este un miembro del Consejo Nacional de Malvinas de la Cancillería Argentina, Organismo en el que se debieran analizar las estrategias relativas a Malvinas, los archipiélagos del sur, las aguas correspondientes y la Antártida.

Llama la atención el temerario accionar de un experto en derecho internacional, que trata de buscar acuerdos directos con los isleños, contrario a lo sostenido por la Argentina hasta hoy, donde éstos no son parte, postura, que la propia ONU ratificó. La actitud inconsulta de Kohen, contraría el propio alegato del Embajador José María Ruda de «… las mencionadas Islas son parte integrante del territorio argentino y el deber jurídico y moral de Gran Bretaña es devolverlas a su verdadero dueño, afirmándose así el principio de la soberanía y de la integridad territorial de los Estados…», promueve acciones que favorecen la libre determinación, ya que si bien, el referido Kohen, predica que “…mil seiscientos cincuenta ciudadanos británicos no tienen el derecho de decidir una controversia de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido…” en los hechos, proponiéndoles a los isleños un referéndum, propicia todo lo contrario, además de no tratarse de una cuestión de tal o cual número de habitantes, sino de derechos de Argentina y prescripciones de la ONU. Tampoco, cuando propone escindir Malvinas tiene en cuenta el derecho de los fueguinos y la “integridad territorial” de la Provincia. Sus convicciones son endebles y su hipótesis de trabajo errónea.

Me referiré ahora a otras cuestiones no menores: los sucesivos Secretarios de Malvinas ni el Consejo de Malvinas se han pronunciado sobre el referido Plan Kohen, pero, en especial, sobre el otorgamiento del referéndum que, como sabemos, ya se había producido en Malvinas en marzo del 2013 y un 98,8% de los isleños se pronunciaron por seguir perteneciendo al Reino Unido y, como debiera saber Kohen, los organismos internacionales y países le quitaron todo valor a esa consulta, porque los isleños no son parte en la disputa.

El candidato es también un tanto dubitativo: “ha aconsejado a los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner llevar a los británicos hasta la CIJ, lo que después ha desaconsejado por su propia experiencia” (Clarín, Natasha N. 19/12/2021) y su mirada política un tanto lábil ya que proveniente de una familia comunista conmemora y pondera el “Acuerdo de Comunicaciones con el Reino Unido” de 1971 que llevó adelante la llamada Revolución Argentina del presidente de facto Alejandro Agustín Lanusse, donde Kohen confiesa que «el Acuerdo contribuyó significativamente a la prosperidad de los isleños» (Perfil, 29/06/2021), lo mismo que propició Macri con el Pacto de Foradori-Duncan. Tampoco se refirió a los nefastos Acuerdos de Madrid y al Tratado de Nueva York y, es sabido, que por los frutos se conoce el árbol (San Mateo 7,16 y San Lucas 6,44).

El Reino Unido violenta las Res. de la ONU 2065 (XX); 1514 (XV) y 31/49; pero quién pretende ponerse la peluca en la Corte Internacional de Justicia nos dice que «La carencia argentina de una propuesta concreta hace que el vacío se llene con las ideas más recalcitrantes» y, bajo ese pretexto, formula una posición absolutamente concedente.

Es muy poco probable que esta hipotética designación ayude al país; más bien todo lo contrario. Los jueces deben ser neutros y, las opiniones sobre sus naciones de origen son inconvenientes y poco creíbles. Si su asesoramiento fuese valioso, ser neutro cuando la Argentina es parte, es ceder la decisión a otros jueces.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Ex asesor en la Honorable Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, escritor, autor de 26 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de la Entrega”, 2009) y articulista de la especialidad. En prensa: “Argentina. La Casa Común. La Encíclica Laudato Si’ El Cuidado de la Casa Común. Comentada”, 2021. Miembro de la SAEEG.

 

DILEMAS ETICOS EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES

Salam Al Rabadi*

Las complejidades y preguntas sobre el dialecto filosófico asociado con el patrón de valor normativo que debe adoptarse en la política global están aumentando. Esto se basa en el impulso de las repercusiones del reconocimiento de los principios éticos en el nivel de tendencias que giran en torno a:

    1. El desarrollo sostenible y la brecha entre ricos y pobres.
    2. El fenómeno del terrorismo y el choque de civilizaciones.
    3. Los dilemas de la Inteligencia Artificial.
    4. Amenazas a la ciberseguridad.
    5. Desarrollos de la ingeniería genética y la revolución biotécnica.
    6. Tendencia creciente del proteccionismo comercial y el nacionalismo económico.
    7. Los desafíos del tema ambiental y el cambio climático.
    8. Interrogantes relacionados con la pandemia de «Covid-19» a todos los niveles.

Lógicamente, estas tendencias se ensaran en el marco de enfatizar la necesidad de que las relaciones internacionales tengan un elemento normativo. Desafortunadamente, sin embargo, el intento de estudiar los estándares éticos de comportamiento que los países deberían adoptar sigue siendo un tema sin valor en la actualidad. Como los estudios académicos en relaciones internacionales especializados en filosofía y ética son actualmente (hasta cierto punto) raros y decepcionantes o sujetos a patrones intelectuales tradicionales derivados de la teocrática (religiosa) o derivadas de la filosofía literaria.

Además, los estándares de comportamiento político a la luz de las transformaciones económicas y culturales modernas ya no se basan en marcos y principios legales y filosóficos, sino más bien en el principio de que “todo está permitido, a menos que esté clara y directamente prohibido”. El lenguaje del mercado se ha infiltrado en todos los conceptos y estándares de pensamiento. Por lo tanto, queda claro hasta qué punto el sistema de valores actual está lejos de los estándares éticos básicos. Esta realidad plantea el dilema de hasta qué punto es posible establecer una ciencia ética capaz de derivar en un nuevo sistema de valores (político, económico y tecnológico), así como si ese sistema seguirá dependiendo de las siguientes cuestiones:

    • ¿Qué estándares producen valores y si son éticos o no? ¿Cuáles son los organismos encargados de decidir esto: la costumbre social, el derecho, la política, la ciencia o la realidad cultural?
    • ¿En qué patrones racionales se puede confiar para determinar un principio ético al que todos puedan adherirse? ¿Cuáles son los criterios racionales que rigen la relación entre la realidad política y el pensamiento moral?
    • ¿Cuáles son las implicaciones del conocimiento científico en las que se puede confiar para determinar los principios éticos?
    • ¿Son suficientes los códigos de conducta actuales, o debería establecerse un nuevo código ético o constitución global?

Todavía es demasiado pronto para proporcionar respuestas claras a estas preguntas a la luz de la realidad intelectual actual. También, esas preguntas relacionadas con lo que se puede llamar “una ciencia de la metaética”, que pueden dejarnos caer en la trampa del vórtice de la lógica (Epistemología), ya que responder a estas preguntas es mucho más difícil de lo que uno podría imaginar. Ya que nos moverá hasta el punto más lejano que se pueda alcanzar a nivel de determinar la naturaleza del conocimiento y comprender qué es, sin mencionar cómo se utilizan la mente y los sentidos en la investigación crítica sobre ideas políticas, sus temas e hipótesis, para resaltar su lógica y valor objetivo.

Por lo tanto, estas preguntas son específicas del pensamiento político del mundo post-humanidad y lo que contiene de una nueva filosofía científica crítica, no del pensamiento clásico que todavía es rehén de la teología.

En este contexto, si las normas éticas se caracterizan por ser vagas problemáticas de naturaleza filosófica y representan cuestiones complejas, sin embargo, deben reconocerse como de su importancia esencial. Donde, las normas éticas siguen siendo un elemento esencial para comprender y evaluar las políticas y las relaciones entre los estados, las sociedades y los individuos. En consecuencia, existe una necesidad urgente de un sistema político y cultural crítico basado en el estudio del pensamiento ético (que es indispensable en la política global) para encontrar enfoques lógicos a muchos desafíos y dificultades políticas, económicas, culturales, tecnológicas y ambientales (actuales y futuras), incluyendo:

    1. Establecimiento de normas éticas para la evaluación de los avances científicos.
    2. Frente a las repercusiones políticas y culturales altamente complejas asociadas con la revolución de la inteligencia artificial.
    3. Descubrir la relación dialéctica entre el hombre y el medio ambiente.
    4. Determinar los criterios que rigen la relación entre ciencia, política y conocimiento.

En general, independientemente de la metodología de las preguntas críticas que tienen una raíz filosófica, que no se puede responder fácilmente, debe enfatizarse que sigue siendo una necesidad urgente para comprender y enmarcar los problemas modernos en el turbulento mundo de las relaciones internacionales. Donde las cuestiones contemporáneas expresan un nuevo patrón intelectual y lo que se requiere es encontrar una filosofía ética desde una perspectiva puramente humana distinta a la perspectiva tradicional basada en la racionalidad en las relaciones internacionales. No es necesario, por ejemplo, que la literatura racional basada en las dimensiones de seguridad, políticas y económicas conduzca a la paz y la estabilidad mundiales, sino que puede conducir a un aumento de la propagación de las armas nucleares, la contaminación ambiental y el terrorismo. etc.

Lógicamente, la cuestión ética seguirá siendo una fuente de debate filosófico, político, jurídico, económico y cultural a nivel de conceptos, métodos, herramientas e implementación. Así, la metodología del enfoque filosófico ético puede ser capaz de cerrar la brecha entre las diversas ciencias, además de crear visiones multidimensionales que nos permitan formar teorías y definir conceptos y términos, que hoy se han convertido en una riqueza en sí mismas en una era que se basa en el conocimiento. En este contexto, y para comprender, interpretar y abordar el patrón de cambios y desafíos globales, es necesario:

    1. No confiar en las herramientas de la teorización clásica para comprender y enmarcar las variables globales aceleradas.
    2. Tratar el conocimiento como un proceso dinámico sin fin, límites ni tabúes.
    3. Prestar más atención a lo que es cultural en lugar de lo que es puramente económico y político.
    4. Formular un nuevo patrón en el análisis e interpretación de las relaciones internacionales, incluyendo sus complejidades éticas.

A la luz de lo anterior, y a partir del reconocimiento de la realidad de la ausencia de valores normativos y la difusión de corrientes intelectuales basadas en proposiciones del fin o muerte de la moral, se puede decir que el pensamiento político (en la era de la posverdad o la era de la poshumanidad) ya no es capaz de explicarse ni determinar su dirección. Por lo tanto, esto inevitablemente requiere hacer muchas preguntas políticas sobre las prioridades asociadas conmigo:

    • El problema de la contradicción o la inminente colisión entre la tecnología y la humanidad, que inevitablemente está llegando, especialmente a nivel de todos los desarrollos relacionados con la inteligencia artificial y la revolución biotécnica.
    • La dialéctica de los estándares éticos a través de los cuales se pueden establecer prioridades, especialmente a la luz del conflicto entre la ideología de la inevitabilidad del desarrollo tecnológico y las teorías de humanización de las relaciones internacionales.

Ciertamente, la definición de estas prioridades requiere, en primer lugar, una discusión de las razones de las diferencias en los estándares de acuerdo con la naturaleza de la sociedad, la cultura y los actores, sin mencionar las razones por las cuales la ética sigue siendo un campo de conflicto entre la ciencia y la filosofía. Tal vez la primera de estas prioridades radica en la importancia del compromiso de los estudiosos (es decir, la ciencia) con los límites de los hechos materiales, dejando la tarea de establecer y analizar los valores morales a los filósofos y pensadores (es decir, la filosofía y el pensamiento).

 

* Doctor en Filosofía en Ciencia Política y en Relaciones Internacionales. Actualmente preparando una segunda tesis doctoral: The Future of Europe and the Challenges of Demography and Migration, Universidad de Santiago de Compostela, España.

 

Artículo traducido al español por el Equipo de la SAEEG. Prohibida su reproducción. 

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GUAYANA ESEQUIBA: NI DE BRAZOS CRUZADOS, NI BOCAS SILENTES

Abraham Gómez R.*

A cada instante y en todas partes nos preguntan que, si con la decisión que tomó la Corte Internacional de Justicia, el 18 de diciembre del año pasado, mediante la cual se atribuyen jurisdicción y competencia, para conocer forma y forma, de este asunto litigioso, estaríamos corriendo el riego de perder de manera definitiva, la Zona en Reclamación.

Sobre el particular, comienzo por señalar que vienen aflorando bastantes inquietudes; y que estamos, en la medida de nuestras posibilidades, impelidos a dar respuestas para concienciar, como siempre, a la opinión pública nacional, sobre este álgido caso de Derecho Internacional.

Admitamos, de entrada y sin lugar a elucubraciones, que tenemos una seria amenaza en ciernes.

A raíz de tal pronunciamiento, con carácter sentencial, que emitió el Alto Tribunal de La Haya —en la fecha arriba mencionada— sobre el caso confrontado entre Venezuela y Guyana; por cierto, veredicto escabroso y raro, que escuchamos (hace casi un año) con detenimiento; inmediatamente nos propusimos contactar a nuestros amigos esequibistas, para comparar opiniones y conjeturas.

Establecimos comunicación, además, con estudiosos de los vericuetos y de los otros caminos estrechos y difíciles de transitar en el Derecho Internacional Público.

Lo hicimos adrede para saber si tenemos puntos de coincidencias, en nuestros respectivos análisis, sobre lo que decidió la Corte, con base a la contención centenaria, por todas conocidas.

Sin lugar a dudas que Guyana aguardó la ocasión, casi como una emboscada jurídica, para demandar a Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ); yéndose, directamente al “arreglo judicial”, como una solución —no precisamente la inmediata— que contempla el artículo (33) de la Carta de las Naciones Unidas.

Voy a repetirlo una vez más, si ya el litigio tomó el rumbo y calificación que la propia Corte le confirió; qué nos queda entonces, sino apertrecharnos con nuestros recursos históricos; con los Justos Títulos que poseemos; absolutamente irrebatibles, que no admiten pruebas en contrario (iuris et de iure) para exponerlos y defendernos con justeza el 08 de marzo del año 2023, cuando nos corresponderá asistir ante la entidad juzgadora.

En el marco de una Política de Estado, que concite la solidaridad de todo el país; una vez más, sugiero a nuestra Cancillería (recibidas las debidas instrucciones desde la Presidencia de la República) insistir en todo lo concerniente a un Referendo Consultivo, con dos o tres preguntas muy precisas; considerando que es una materia de especial trascendencia, conforme al artículo (73) de nuestra Constitución Nacional: “…Serán sometidos a referendo los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieran comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales…” (Omissis).

A partir de un Referendo Consultivo el pueblo venezolano se expresará libremente, y dirá si está de acuerdo que vayamos a la sede del Alto Tribunal donde se dirime nuestra contención y hagamos las alegaciones que en justicia nos asisten.

Guyana se siente envalentonada y soberbia. Se cree que ya su mandado está hecho.

Hemos venido escuchando con detenimiento todas las intervenciones del presidente guyanés Irfaan Ali, donde rechaza plenamente la creación del Territorio para el Desarrollo de la Fachada Atlántica de la República Bolivariana de Venezuela; y lo hizo en los términos más desconsiderados. Además, continúa entregando concesiones —a diestra y siniestra— en la zona disputada, a empresas transnacionales

En cada discurso, percibo al primer mandatario de la excolonia británica engreído y prepotente; inclusive asoma la posibilidad de esperar una sentencia definitiva, presuntamente favorable para ellos, por parte de la Corte Internacional de Justicia, con lo cual piensan que se avalará como válido y vinculante (y con carácter de Cosa Juzgada) la nula e írrita tratativa tramposa que nos despojó de una séptima parte de nuestra geografía venezolana.

Que quede claro que no estamos rehuyendo la confrontación jurídica; por cuanto, poseemos los Justos Títulos traslaticios, que confieren carácter posesorio sobre los disputados 159.500 km2 y su proyección atlántica, desde el 8 de septiembre de 1777, con la Cédula Real de Carlos III, al crearse la Capitanía General de Venezuela; donde quedaron integradas las provincias de Caracas, Maracaibo, Nueva Andalucía (Cumaná), Guayana hasta el río Esequibo, Margarita y Trinidad.

Nacimos al mundo como Capitanía General de Venezuela, teniendo al río Esequibo como nuestro costado limítrofe por el este.

Nada de quedarnos callados o inertes. El Estado Venezolano debe invocar su absoluta soberanía para decidir (a través de un Referendo Consultivo) si admite la Jurisdicción de la Corte; esta vez con nuestros coagentes presentes en la Corte, para defender lo que nos arrebataron con vileza.

Aprovechemos que ya ha pasado el clima electoral, en nuestro país.

¿Saben por qué? Porque el juicio —ya emprendido— no se paralizará, por ausencia de la delegación de Venezuela.

Que quede claro, no hemos despojado nada a ningún país, ni pretendemos hacerlo. Fue a nuestra Nación a la que se le perpetró, con alevosía, un desgajamiento de una séptima parte de nuestra posesión geográfica.

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).