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MERLUZA NEGRA ¿PACTO DE IMPUNIDAD EN LA PESCA?

César Augusto Lerena*

¿Hay un pacto de impunidad en la pesca? En este “caso testigo” de la pesca ilegal de Merluza Negra ¿por qué intervino el Coordinador de Cancillería Pablo Ferrara para evitar que se interrumpiera la Pesca del buque? ¿Por qué el director interino del INIDEP y Subsecretario de Pesca López Cazorla no interrumpió la pesca del buque el día 10 de febrero de 2024? ¿Por qué tampoco lo hizo el secretario de Bioeconomía? ¿Actuó solo el propietario del buque pesquero Tai An? Son muchos los dólares en juego.

Ya dijimos (www.cesarlerena.com.ar; La negra pudrición de la merluza”, 25/03/24) que en general todos ―directa o indirectamente― serían responsables de la pesca ilegal en la Zona Económica Exclusiva Argentina y, en particular, en este caso: la empresa PRODESUR y el propietario del buque pesquero Liu Zhijiang; la política pesquera que mantiene vigente la ley 24.922 de 1997/8, insuficiente para resolver los nuevos desafíos de administrar el recurso, en especial la sostenibilidad y sustentabilidad empresaria, el Consejo Federal Pesquero (inactivo); el secretario de Bioeconomía; el subsecretario de Pesca; la Cancillería y su agente Pablo Ferrara; las empresas; los gremios (muy especialmente el Capitán en este caso); la Prefectura Naval Argentina; los observadores e inspectores; SENASA; etc. Sin embargo, debemos precisar aún más algunas responsabilidades; incentivados por el disparador que nos provocó un intercambio de mails del día 25 de marzo con el ex director del INIDEP Otto Wohler; el Informe 018-24 del 21/03/24 que me adjuntara y sus opiniones en la charla organizada por GlobalPort (26/03/24, 17 hs.).

Debemos decir que es esclarecedor el Informe 018-24 que nos suministrara Wohler con el objeto de mostrarnos que el procedimiento del Observador actuante habría sido “impecable” y aunque se trate de una autoponderación, ya que este Informe lo firma entre otros el propio Wohler, quitándole cierta objetividad a su adjetivación, arroja mucha luz para evaluar los procedimientos seguidos por el Buque Tai An y sería una prueba central de que el Estado no hizo todo lo que le fija le ley o con la celeridad adecuada para evitar la pesca ilegal del Tai An, con un altísimo costo para la sostenibilidad de los recursos. Podríamos decir que, sin eximirlo, le reduce a Liu parte de su responsabilidad, porque el Estado, no está solo para legislar, sino también para evitar los daños de eventuales acciones que, por intencionalidad o negligencia, puedan producir los concesionarios. De otro modo, carecerían de todo sentido los controles de la PNA, SENASA, Aduana, etc., y el Estado se limitaría a legislar y el concesionario ajustar su procedimiento a las leyes y autogestionarse. Algunas empresas alimenticias de la Unión Europea lo hacen, de ahí los Planes HACCP, pero en la Argentina, aplica el dicho del General: “El hombre es bueno, mejor si se lo controla”. El control a tiempo hubiera evitado la magnitud del daño y la desconfianza en Argentina.

Antes de analizar el informe debemos decir que arriba del buque pesquero hay tres personas claves en materia de garantizar la sostenibilidad de las especies y evitar la menor pesca incidental y la pesca ilegal: el Capitán de Pesca, el Observador y el Inspector. Aunque en algunas empresas de capital extranjero suele estar a bordo un cuarto ―que debería prohibirse―, el asesor de pesca, que suele reemplazar irregularmente al Capitán.

En primer lugar, el Informe 018-24 contiene juicios de valor no biológicos: “sugiere una intencionalidad manifiesta”, etc., en lugar de limitarse a detallar las observaciones del manejo biológico del recurso, correspondientes a un informe técnico no jurídico, que podría llevar al INIDEP a ejercer un rol que no tiene.

Los informes deben analizarse e interpretarse, de otro modo podría creerse que el “resumen” que suele colocarse a modo de introducción y lectura rápida, refleja exactamente el contenido de los estudios realizados por los investigadores actuantes (véase, por ejemplo, los artículos de Karina Fernandez de Revista Puerto del 27/06/2016 “El Subsecretario de Pesca y el director del INIDEP manipulan maliciosamente información con aval del CFP” y “El Consejo Federal Pesquero, caja de resonancia del manejo irresponsable” o, la Nota del 10/07/2016 donde la Asociación de Profesionales del INIDEP (API) solicita al Ministro que “investigue las denuncias sobre manipulación maliciosa de información científica por parte de las autoridades pesqueras en complicidad con directivos del Instituto…El Subsecretario de Pesca y el Director del INIDEP manipulan maliciosamente información con aval del CFP y el Director del INIDEP coarta la libertad de expresión de los investigadores…”. Esto suele pasar cuando las autoridades del INIDEP no tienen la suficiente autonomía para actuar con independencia del poder político. Es el caso actual, donde el subsecretario de Pesca es el director del INIDEP. También es el caso de funcionarios que tienen a familiares directos en consultorías de la actividad o prestan asesoramiento a empresas pesqueras. La contaminación no está solo en mar y ello hace perder credibilidad nacional e internacional a este prestigioso Instituto.    

En la lista de tripulantes (Rol), el barco tenía 88 tripulantes encabezados por el Capitán Mariano Hércules Bervich e integrado por 6 extranjeros, uno de ellos, el 81 sería Saetre Etril Terie, un asesor de Pesca que ―según versiones extraoficiales― oficiaría como Capitán de Pesca sustituto y, al final de la lista, sin tener en cuenta su status de oficiales, los observadores Walter Alejandro León y Leonardo Luis Spagnuolo Rey y la Inspectora Norma Beatriz Oszust. El buque tuvo salida del puerto de Ushuaia el día 03/02/2024 y regresó a éste el día 22/03/24. Mientras que el Informe 018-24 fechado el 21/03/24 registra sólo la actividad de pesca del día 04/02 al 11/03/24, es decir 11 días antes del arribo del buque a puerto, ya que, como el propio informe lo indica (pág. 4): “en función del estado público que se produjo a partir de la captura de merluza negra…se resolvió analizar la marea anticipadamente”; es decir, determinados por las circunstancias, no por la obligación de actuar diligentemente para evitar el daño conforme la ley.

Ninguno de los firmantes del Informe 018-24 estuvo in situ durante las operaciones del buque y llama la atención que al único presente, el observador del INIDEP (Dec. 1109) Leonardo Luis Spagnuolo Rey, ni siquiera se lo menciona en el trabajo; Informe que seguramente integrará el currículum de todos ellos, omitiendo al principal actor que hoy debe estar muy preocupado por su estabilidad laboral, como otros contratados del INIDEP. Nuestra adhesión a estos últimos.

Nos apresuramos a decir que luego de la indicación ―a nuestro requerimiento― de cuándo habían sido informado el INIDEP, el citado Wholer (GlobalPort, 26/03/24) expresó que “estaban informados día a día de lo que ocurría en el buque Tai An”; es decir que Wholer y el resto de los firmantes ya estaban en conocimiento que hasta el día 10/02/24 este buque ya había pescado 12,8 toneladas de merluza negra a una profundidad que no superaba los 460 m. y en porcentuales superiores al 1,5% y/o 5 toneladas admitidas. Concluyó en este aspecto que según sus propios dichos, el INIDEP contaba en tiempo y forma con el trabajo técnico, legal e “impecable” del Observador Spagnuelo Rey. Nos resta saber si Wholer y colaboradores informaron en forma inmediata al director interino del INIDEP y Subsecretario de Pesca y/o PNA y/o fiscal de turno para que se exigiese la inmediata interrupción de la captura (Art. 55º Ley 24.922) del buque; la finalización del daño y la iniciación del sumario correspondiente; porque sería un acto irregular que, conociendo que hasta el día 10/02/24 ya se habían pescado 12,8 toneladas de Merluza, recién después de más de un mes, el 21/03/24, se produce un informe; es decir, permitiendo que al día 11/03 el buque hubiese pescado ilegalmente 162,2 toneladas más de Merluza Negra, precisamente por quienes están obligados a preservar el recurso.

A esta altura, una cuestión que debería dejarse en claro: el INIDEP no le estaría exigiendo al observador que actué como fiscalizador ―cuestión en la que discrepo y será motivo de otro artículo―, aun así, el Observador informó “día a día” las capturas y no podría ser de otra manera, no solo desde el punto de vista técnico sino porque en su condición de agente público está obligado a informar en tiempo y forma un ilícito, como lo establece el Código Procesal Penal (Ley 23.984) y el Artículo 177 Inc. 1 del Decreto 1162 del 6/12/2000; del mismo modo que también están obligados de denunciar los firmantes del citado informe; aunque, el ex Director del INIDEP y miembro de la Dirección de Pesquerías de Peces de este Instituto, Otto Wohler, nos diga: ese volumen de pesca sin cuota de captura y con una proporción de juveniles de merluza negra del 55% “no es importante … en Malvinas no hay control de la pesca incidental de la Merluza Negra” (GlobalPort, 26/03/24); sorprendente su opinión ya que se trata de uno de los principales responsables de garantizar la sostenibilidad de “los peces” del INIDEP, opinión que ciertamente no compartimos y tampoco las empresas denunciantes que consideran al hecho como “muy grave”. Si quien tiene que preservar la sostenibilidad de los peces en el mar argentino tiene esa opinión poco puede exigirse al pobre Liu. Al menos rara su opinión, que está en línea con la extemporánea acción de la Autoridad de Aplicación como producto de la acción de los medios y no en los tiempos que se detectó el ilícito.

En la misma charla Wohler se quejó de las publicaciones que desinforman y confunden; sin embargo, el extemporáneo informe 018-24 del 21/3/24 surge por el estado público que toman los acontecimientos (ver pág. 3/4) y no por una acción autónoma a partir de los datos aportados por el Observador el 10/2/24. Accesoriamente deberíamos preguntarnos, ¿quién violó el Art. 13º de la Ley 24.922? que indica: que los resultados de la investigación deben ser puestos a disposición de la Autoridad de Aplicación antes de cualquier utilización o divulgación de los mismos.

Será posible deslindar responsabilidad responsabilidades. El sumario pertinente debiera decir cuando cada uno de los funcionarios tomó conocimiento de los hechos y cómo procedió para minimizarlos. Al Inspector actuante le cabe idénticas responsabilidades y su información debió elevarla el 10/02 al Subsecretario de Pesca. Finalmente, el Capitán, debería indicar, quién llevó adelante la pesca ilegal, él o el asesor de pesca a bordo del Tai An.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca – Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). www.cesarlerena.com.ar

Artículo publicado por Seafood Food Group, 27 de marzo de 2024.

 

BERTIE. LA PATA SNOB DE LA MERLUZA

César Augusto Lerena*

El diputado Bertie, sin el más mínimo conocimiento, se ha referido con insistencia a la libertad de la pesca y a la privatización del mar argentino.

Libertario, de los que gritan “Viva la libertad carajo” y se olvidan de “juremos con gloria vivir”; usa jopo aún a riesgo de calcinarse; un fundamentalista reconocido con su adscripción a las reglas tilingas de “María Belén”. Se lo conoce con el apodo inglés “Bertie” a Don Alberto Tiburcio Benegas Lynch y pertenece a un subgrupo de los anticasta de reciente aparición proyectándose desde su obscuro rincón antiperonista, hacia la política globalizadora y desindustrializadora de los países emergentes, contraria a las ideas que para su país tiene el propio Donald Trump, tan admirado por la “La libertad Avanza”.

Quien refiere al plan de extranjerización del mar, no se trata siquiera de un outsider ingresado en la política, como pudo ser Palito o Pichichi, que tenían su nombre ganado en la música o en el deporte náutico; aun así, nos habla este recién llegado, como un erudito y con una versatilidad notable que va desde que “los planes sociales son un horror”, en lugar de apreciar que el horror es la pobreza y la indigencia, hasta opinar que “es necesario la asignación de derechos de propiedad en el océano para combatir la crisis climática”, sobre la que “niega que sea de responsabilidad del hombre”, proponiéndonos, sin embargo, “privatizar el mar para que no se extingan las ballenas”; es decir, parece desconocer que la pesca en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) se realiza a través de empresas nacionales concesionadas que no capturan ballenas, práctica que sí efectúan algunas empresas extranjeras y que hacia 1833 fueron el argumento para la invasión británica de Malvinas ante la intención de regular la captura de estas especies por parte del gobernador Luis Vernet.

Sus ideas privatizadoras son confusas y llama la atención estando su familia tan vinculada a Mendoza, donde el agua es un bien escaso y si no fuera por su manejo prehispánico (1561), organizado sobre la base del primitivo sistema de canales y acequias heredado de los aborígenes que proveían de agua potable y riego y luego por la política derivada de la Ley de Aguas de 1884 que lleva adelante la administración del Departamento General de Irradiación, los viñedos de los ascendientes de Bertie no hubieran existido (Ver “Las viñas y los vinos de Mendoza”, de Eusebio Blanco, 1884, con el que aprendieron los Benegas).

A nadie se le ocurriría privatizar el agua de los canales y acequias y manejar la producción de los mendocinos; como a nadie, salvo a un grupo minoritario de privatizadores fundamentalistas, se le podría ocurrir privatizar el mar y que los nuevos propietarios de este amplio territorio marítimo manejen todos los recursos naturales pesqueros, hidrocarburíferos, mineros, etc., inclusive, la explotación de los cetáceos y, por supuesto, resignar la soberanía argentina de 8.029.842 Km2, es decir el 68% del total el territorio bicontinental nacional. Ahora, nada es casual, ya que a la par, el gobierno pretenda derogar la Ley de Tierras y con ello, entre otras cosas, poner en venta a extranjeros las fronteras del territorio argentino continental.

Antes de entrar a referirnos a la propuesta de este Caquero, como lo definiría María Belén, describimos un poco más a este oscuro diputado, para lo cual recurrimos a su escasa biografía para conocer con qué preparación previa diseña su hipótesis de liberar el mar.

Así vemos que en sus antecedentes, que rápidamente a ingresa Wikipedia, refieren más a los de su papá y a los de su abuelo que a los propios, como si el conocimiento se transmitiese por ósmosis. Suelen presentarlo como el hijo o nieto de, aunque en su adhesión a la política de confrontación con los gobernadores, contradice a su bisabuelo José Tiburcio que admiraba al caudillo oriental federal Gervasio Artigas y abrevó desde su juventud a la derecha recalcitrante en su ámbito familiar y «así se explica en el libro De la refundación al ocaso: los intelectuales liberal-conservadores ante la última dictadura, de Vicente Martín, en donde se cuenta el apoyo del mayor de los Benegas Lynch a la autodenominada “Revolución Libertadora”, que derrocó y proscribió a Perón en 1955 y le dio al economista un puesto en la embajada en Estados Unidos. Años más tarde apoyaría también, junto a José Martínez de Hoz y Álvaro Alsogaray, la dictadura de Videla en 1976» (Página 12, 17/08/2023). Ahora se entiende.

Cuando se carece de méritos propios o no se tiene suficiente edad para haberlos adquirido, es difícil diferenciarse de los mayores; pero Bertie dice tener 56 años y haber trabajado 20 años antes de llegar a la política en 2023; es decir, no ha sido un trabajador infantil y ha gozado de una larguísima adolescencia que podrían ser los motivos para que esté tan alejado de la vida cotidiana de la mayoría de los argentinos. Podríamos decir que en términos sociales ha sido un gerente pasivo de la pobreza, por sus nulos aportes a la comunidad más vulnerable. Se presenta como un economista, político e intelectual, título este último que no convalida dejándonos atónitos, ya que hemos tenido candidatos a diputados en primer término en Buenos Aires peores; pero por suerte no todos llegaron al Congreso y éste, sin embargo, logró acceder a ese “nido de ratas” (Javier Milei) de la mano de los 25,43% de votos del presidente. Es un asquete, diría María Belén.

Bertie tiene como referentes políticos a Donald Reagan y a Margaret Thatcher y esta admiración está viva, aunque esta criminal por perpetuarse en el poder torpedeó fuera del área de exclusión de Malvinas al Crucero Gral. Belgrano el 2 de mayo de 1982 provocando la muerte de 323 argentinos.

Cuestiona a Hipólito Yrigoyen; adhiere al acuerdo entre Menem y Alsogaray; se declara católico aunque cuestiona al representante de Dios en la tierra ya que dice irresponsablemente que Francisco “tiene desvíos” y entiende que es autoritario a la par de respaldar la propuesta de su padre de romper relaciones con el Vaticano mientras dure su mandato.

Declara que “la derogación de la ley de aborto es una prioridad para él” y que “todo es posible y moralmente válido cuando no se lesionan derechos de terceros”, pero no se le cae una idea para terminar con el 57,4% de la pobreza y el 15% de indigencia (UCA, 17/12/2024) y no incluye la alimentación, la salud y la educación como un derecho ya que considera a “los planes un horror”.

Se reconoce como un “ser imperfecto, limitado y que maneja una ínfima cuota de comprensión respecto al mundo que lo rodea” (Infobae 2021, Wikipedia), aún con este reconocimiento opina de cualquier cosa, algunas de ellas muy complejas para ser entendidas para una persona que no se informa.

Dejando de lado cuestiones a las que ya nos hemos referido (César Lerena “La inverosímil idea de privatizar el mar”, 28/10/2023) en la Conferencia de La Haya de 1930 se inició la Codificación del Mar donde los países se propusieron delimitarlo y la Argentina en 1995 sancionó la Ley 24.543 ratificando la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, donde entre otras cosas, se establecieron los límites marítimos de los Estados y el aprovechamiento de los recursos naturales y la explotación del mar territorial y la Zona Económica Exclusiva (ZEE) por parte de los Estados ribereños y alta mar por los Estados de pabellón. Desde entonces la apertura de la ZEE no se abre a la pesca de buques extranjeros. Ningún país desarrollado del mundo lleva adelante semejante despropósito. Solo Costa Rica, Guatemala, Panamá, Puerto Rico, la República Dominicana y algunos países africanos que no tienen desarrollada su flota, su industria ni sus mercados pesqueros y no se trata solo de una cuestión económica o de soberanía alimentaria, muy importante, sino de Seguridad de Estado, como los países en que se referencia Bertie lo entienden, como Estados Unidos y el Reino Unido e incluso la Unión Europea (2014) que consideran los riesgos de la pesca en el mismo nivel de otras amenazas, como el crimen organizado transnacional.

Ahora bien, aunque el mar argentino no está divido en parcelas y vendido a terceros u otorgados permisos de pesca en la ZEE a buques extranjeros como propone “inocentemente” Bertie, la explotación del recurso pesquero ya está concesionado a empresas nacionales de capital argentino o extranjero y 520 buques de éstas pescan todo el volumen que autoriza la “Captura Máxima Sostenible” determinada por el Instituto de Investigación (INIDEP) y entonces vemos que no es casual que se quiera desmantelar este Instituto para provocar un desconocimiento del recurso disponible y dejar sin bioestadísticas al sector, lo que sumado a una falta de control sería lo que se estaría llevando adelante desde las ideas de libertad total a cualquier precio.

El gobierno y este desinformado diputado no tienen la menor idea de que debe hacerse en el ámbito pesquero. Nada de lo que se propuso en la Ley de Bases. Si se trata de aumentar los valores de los derechos de captura, porque se pudiera entender bajos, cuestión que es muy probable porque se trata de un recurso de dominio del Estado y los valores podrían no corresponder con los valores ciertos de comercialización, debería encomendarse al Consejo Federal Pesquero y en especial al subsecretario de Pesca elegido, que eleve al Poder Ejecutivo una fórmula de determinación y actualización de los valores. Claro, habrá que ver que tan idóneo y transparente es ese cuerpo, ya que, por ejemplo, el designado subsecretario ya se desempeñó durante 13 años en ese Consejo; es decir, es parte del problema.

El sector no tiene política de industrialización y agregado de valor; no se ha explotado la acuicultura en los niveles que lo hace en el mundo; no hay un control adecuado durante las capturas ni en los desembarcos; no hay acciones ciertas para erradicar la pesca ilegal extranjera y nacional y no hay un plan para llevar adelante acuerdos equitativos que permitan a la Argentina acceder a los recursos originarios de la ZEE en altamar; hay un altísimo porcentual de trabajadores en negro y parte de los salarios no se incorporan a los registros formales; entre “cientos de cuestiones irregulares” que hay que erradicar. Todo esto dicho en un lenguaje formal.

También es necesario que los representantes del pueblo reciban una capacitación básica sobre los temas que opinan, con el más absoluto respeto por la libertad “carajo”.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca – Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL).

 

LA MERLUZA NEGRA. TODOS SON RESPONSABLES.

César Augusto Lerena*

Las empresas nacionales, de capital extranjero, Argenova, Estremar y Pesantar, poseedores del ciento por ciento de las cuotas de captura de la especie Merluza Negra, denunciaron en la Subsecretaría de Pesca que el buque de la firma Prodesur SA, de capital chino, radicado en Tierra del Fuego “Tai An” (ex Daishin Maru 28); cuyo responsable es Liu Zhijiang, pescó sin autorización 163 toneladas de merluza negra en aguas argentinas.

La exportación FOB de Merluza Negra es un negocio anual argentino de unos 70 millones de dólares, ya que se trata de una especie cuyo valor por tonelada está por encima de la cotizada centolla y los langostinos y el cupo máximo de captura anual alcanza a las 3.700 toneladas.

El portal digital de Prodesur SA indica que el barco “Tai An” «es el único buque en Sudamérica dedicado a la elaboración de Surimi a bordo, capturando y procesando las especies Polaca y Merluza de Cola en una factoría de última generación», aunque el buque sea bastante vetusto ―porque fue botado en Japón en 1981―, amplia la empresa en su presentación: «el buque captura y procesa especies como Merluza Negra… respetando el medio ambiente, trabajando en forma responsable y haciendo una explotación sustentable de los recursos marinos». Manifestar como lo hace, que procesa a bordo “Merluza Negra” y además pesca 163 toneladas sin autorización, es un hecho totalmente contrario a una pesca sostenible y al cuidado el medio marino.

Dejando de lado la pesca ilegal, que ocurre tanto en Malvinas por parte de los británicos, españoles y otros, como por los buques chinos, taiwaneses, coreanos y españoles que pescan ilegalmente en alta mar los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva Argentina, sobre la cual ya nos hemos referido muchas veces, el presente es un “caso testigo” de que la pesca ilegal también ocurre con buques nacionales dentro del mar argentino, por falta total de control de la Subsecretaría de Pesca y de las fuerzas de seguridad en el mar.

Hemos dicho repetidamente que la FAO, el INIDEP y AGN indicaron que hay un 30% de descartes en el mar y que se sustituyen especies al momento del desembarco entre otras prácticas prohibidas, como la que nos ocupa de pesca no autorizada que debe tipificarse igualmente de pesca ilegal.

¿Qué es una cuota de captura? Una herramienta de ordenamiento pesquero que otorga un porcentual de capturas a las empresas sobre el total de la Captura Máxima Sostenible fijada anualmente por el Instituto de Investigación (INIDEP) en un área y un período definido, requiriendo, entre otras cosas, tener aprobado un Proyecto de Actividades Pesqueras. Cuando una Empresa no está autorizada a pescar una especie y lo hace ―como en este caso― atenta contra la sostenibilidad de las especies, pudiendo provocar depredación por sobrepesca pero también, atentar contra las empresas que sí están autorizadas a pescar un volumen preestablecido de la especie (Merluza Negra), de modo tal que la pesca no autorizada afecta la planificación, la economía y el cumplimiento con los mercados de la empresa autorizada. Hay un daño biológico y a la ecuación económica empresaria.

Ahora, estas cuestiones, que deberían se prevenidas y detectadas directamente por los organismos indicados, denunciarse y sancionar con mayor frecuencia, HAY RESPONSABLES, además de los empresarios infractores y es necesario que dejemos en claro ello; porque en este tipo de hechos hay agentes públicos irresponsables que contribuyen con sus acciones, inacciones e incapacidades a la anarquía productiva; a la administración descontrolada del recurso y a la consecuente depredación general.

Cuando ocurren irregularidades de este tipo, el buque en cuestión debe ser abordado o intimado a dirigirse en forma inmediata al puerto (Art. 55º de la Ley 24.922) para su debida inspección e inicio del sumario pertinente y las posteriores sanciones que correspondieran que podrían ir desde la colocación de una multa, el decomiso de mercaderías y el buque y hasta la pérdida de la habilitación para pescar. Esto no ocurrió y el argumento que esgrimió el director de control y fiscalización de Pesca Julián Suárez para no ejecutar esta orden, es que habría recibido la indicación contraria del Coordinador de la Cancillería Pablo Ferrara y de los propios funcionarios superiores de pesca.

La primera conclusión a la que arribamos es que si es necesario la denuncia de ilícitos por parte de empresas concesionarias para que actúe la Autoridad de Aplicación, es que ―como ya hemos dicho en otras ocasiones― el Estado Argentino no administra el mar argentino y ello es la razón de los hechos ocurridos en este “caso testigo”.

Son varios los responsables de haber incumplido con sus deberes de funcionarios públicos en esta oportunidad y sería bueno indicarlos por su nombre, porque de otro modo las responsabilidades se diluyen y suelen cortarse por la parte más fina del hilo. No se puede hablar de ejemplaridad de la administración, ya que es sabido: “el pescado se pudre por la cabeza”.

La Canciller Diana Mondino designó a su sobrino político Pablo Ferrara ―quien sería el que presionó al referido director de Fiscalización― el que carece de antecedentes suficientes y de experiencia ejecutiva previa para ocupar los cargos que la Cancillería le asigna. Fuentes diplomáticas indican que habría sido designado Coordinador General del Ministerio de Relaciones Exteriores; se le atribuyen funciones propias de director de la COPLA (Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental) en reemplazo Frida Armas Pfirter y desde el 26 de enero de 2024 se lo designó representante de ese Ministerio ante el Consejo Federal Pesquero, un organismo que no está integrado ni funciona hasta la fecha. Por lo tanto, Ferrara, se trataría de un ÑOQUI, con el agravante que además de no pertenecer al cuerpo diplomático, a quiénes habitualmente se les asignaba esta representación, las cuestiones pesqueras y marítimas le son totalmente ajenas, por lo tanto sería nulo su aporte en la tarea central de este Consejo, tal cual es fijar ―nada menos― que la política pesquera.

El único antecedente que tiene en la materia es el rechazo que la Corte Suprema de Justicia le efectuara a la Acción de Amparo colectivo ambiental contra el Estado Nacional que presentara Pablo Ferrara con el objeto de lograr el cese de la pesca ilegal, en la que la CSJ declaró que “el proceso resultaba ajeno a su competencia por no configurar ninguno de los supuestos que surtan la competencia originaria prevista en los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional” y, nosotros agregamos, después de leer la acción y el fallo, vemos, una falta de sustento del escrito; desconocimiento de la temática; carencia de rigor técnico y científico, arrojando confusión y oscuridad a la gravísima pesca ilegal que se realiza en el Atlántico Suroccidental; no contribuye ni siquiera con su amparo al conocimiento jurídico y a la divulgación popular en esta materia. Nos animamos a decir que de haberse tratado el Amparo hubiera sido rechazado por falta de fundamentos y serias inconsistencias legales y técnicas.

La Autoridad de Aplicación en materia pesquera es el secretario de Bioeconomía (ex Agricultura, Ganadería y Pesca) Fernando Vilella, quien delega sus funciones en el Subsecretario de Pesca Juan Antonio López Cazorla y el director de Control y Fiscalización Pesquera Julián Álvarez que, como el nombre de su cargo lo indica, es quien debe garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en la jurisdicción marítima nacional. Los tres son responsables directos de asegurar la observancia de la ley de Pesca 24.922 pero con su inacción comprometen la sostenibilidad de las especies y la sustentabilidad de terceras empresas. Ambas cuestiones han sido puestas en riesgo por el buque “Tai An”.

Se nos informa (Augusto Taglioni, 19/03/2024) que los agentes públicos Álvarez y Ferrara habrían renunciado por la grave irregularidad de no llevar a cabo acción alguna o impedir las acciones pertinentes respectivamente, frente a lo que debería tipificarse como pesca ilegal por parte de un buque nacional de capital chino en aguas argentinas. Todos los funcionarios estaban anoticiados en tiempo real de los hechos porque a bordo de este barco se encontraba un inspector y un observador oficial. Nosotros entendemos que tanto Vilella, el principal responsable ―quien habría dado la orden de no exigir el regreso a puerto del barco aludido, violando el artículo 55º de la Ley de pesca― como López Cazorla su subsecretario de Pesca, deberían igualmente presentar su renuncia por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, ya que todos los funcionarios referidos no han dado cumplimiento a sus funciones o no han hecho cumplir lo previsto en los artículos 7º; 17º; 20º; 21º; 23º; 27º; 28º; 32º; 49º; 55º a 62º de la Ley 24.922 que regula la actividad pesquera en las aguas argentinas y sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar y ello se agrava, en este caso, porque la Merluza Negra, es una de las especies que además de su alto valor, tiene una gran fragilidad biológica y es capturada también ilegalmente por barcos extranjeros en las aguas bajo control británico en Malvinas.

Y la Prefectura Naval Argentina ¿qué indica en su portal?: “Autoridad Marítima; que cumple funciones de policía de seguridad de la navegación; prevención del orden público; protección ambiental; policía judicial; auxiliar pesquera; aduanera; migratoria y sanitaria” dónde estaba para preservar el medio marino y la sostenibilidad de las especies? Mucha promoción y poca acción.

No podemos dejar de resaltar tampoco que los funcionarios citados por acción u omisión admitieron el proyecto de reforma de la ley de pesca incluida en la llamada Ley Ómnibus que, entre sus aspectos más graves, promovía la extranjerización del mar argentino, la libre importación de buques de cualquier antigüedad en perjuicio de la industria naval, la autorización de que los buques extranjeros descargaran en puertos extranjeros y la posibilidad de no utilizar tripulación argentina, todas medidas que hubieran provocado la desaparición del sector pesquero nacional, la desocupación en la actividad más importante de su historia, el éxodo de la radicación poblacional e industrial patagónica y una importantísima baja de las exportaciones y… todos ellos lo sabían.

El buque pesquero TAI AN pescó ilegalmente: sin cuota de captura, especies de tallas menores que no se han reproducido ocasionando depredación y procesando las capturas sin autorización. Es improbable que sea un caso aislado, sino un caso testigo. Ya lo hemos dicho: no hay administración en el mar argentino.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. www.cesarlerena.com.ar