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DJOKOVIC Y LOS INTERESES POLÍTICOS Y MINEROS DE AUSTRALIA. LO QUE NO REVELAN LAS CORPORACIONES DE MEDIOS.

Marcelo Javier de los Reyes*

Los medios y las redes sociales de todo el mundo se han hecho eco de la controversia que se ha generado a partir de la decisión del gobierno de Australia de no permitir el ingreso del tenista serbio Novak Djokovic para defender el título en el Abierto de Australia que obtuvo el año pasado.

En los primeros días del año, Nole, a través de las redes sociales, anunció que viajaría a Australia por el beneficio de una “exención médica”. El mensaje fue el siguiente:

Disfruté estar con mi familia y mi gente querida, me tomé un descanso de la muy larga y exitosa temporada 2021. Ahora me voy a mudar a Australia porque obtuve una exención y estoy listo para vivir y respirar el tenis durante las próximas semanas de competencia. ¡Gracias por todo tu apoyo![1]

Su intención era batir el récord de 20 coronas de Grand Slam, que comparte con Roger Federer y Rafael Nadal. El tenista no informó acerca de si había recibido o no la vacunación. Al día siguiente, al arribar a ese país, fue interrogado por migraciones y se le canceló su visado por no aportar “pruebas adecuadas” para ingresar a Australia, lo que motivó que presentara una demanda contra la cancelación de su visa y la deportación. Fue llevado a un centro de retención para inmigrantes.

Desde el primer momento el ministro de Migración de Australia, Alex Hawke, se convirtió en otro protagonista de la controversia anunciando que había decidido “cancelar el visado de Novak Djokovic por asuntos de salud y orden público, considerando que va en favor del interés público”.

Las idas y venidas de este caso han ocupado las portadas de todos los medios por lo que se pueden obviar los detalles.

El 16 de enero la Corte Federal rechazó por unanimidad el recurso presentado por Djokovic por lo que no pudo defender el título en el Abierto de Australia. Los magistrados encargados del fallo, James Allsop, Anthony Besanko y David O’Callaghan, en su fallo, detallaron[2]:

La posible influencia (de Djokovic) viene del sentido común y de la experiencia. Un icono del mundo del tenis puede influir en personas de todas las edades, jóvenes o mayores, pero quizá especialmente en los jóvenes e impresionables, que quisieran emularlo. Esto no es especulativo, no necesita evidencia.

En consideración del interés público, creemos que las personas no vacunadas suponen un mayor riesgo para el contagio de Covid-19 y su propagación a otros, más que las personas vacunadas, que puede llevar a una saturación del sistema sanitario. A pesar de que aceptamos que la reciente infección de covid de Djokovic conlleva un riesgo insignificante de infección y, por lo tanto, presenta un riesgo insignificante para quienes lo rodean, su presencia en Australia, dada su bien conocida posición sobre la vacunación, genera un riesgo de crecimiento para el movimiento antivacunas en una minoría de la población australiana.

No era irracional que el ministro se preocupara de que el supuesto apoyo de algunos grupos antivacunas a la aparente posición del Sr. Djokovic sobre la vacunación pudiera alentar concentraciones y protestas que pudieran conducir a una mayor transmisión comunitaria.[3].

La actitud de Djokovic ha dividido a la opinión pública en dos, los que lo consideran un caprichoso y los que lo consideran como un luchador por la libertad contra el poder global e, incluso, de los valores cristianos.

Hasta aquí la polémica gira en torno de las vacunas pero en la “biblioteca de Alejandría” —Internet— está todo, solo que hay que buscarlo. Detrás de este caso existe una puja de intereses.

El 9 de enero el medio serbio SRBIN.INFO se refirió a las verdaderas razones por las que a Djokovic se le impidió ingresar a Australia, que no son deportivas y mucho menos por no haber recibido las vacunas[4]. Una de las razones sería que el primer ministro australiano, Scott Morrison, ha llegado a un mínimo histórico de apoyo de los votantes y necesitaba posicionarse para lo cual Djokovic le sería muy útil.

El medio serbio tiene razón en este punto ya que el caudal político de Morrison, líder del Partido Liberal, disminuyó considerablemente debido a los incendios que provocaron la muerte de decenas de personas y que arrasaron millones de hectáreas en 2021 así como a la gestión de la pandemia del covid-19. Cabe recordar que en mayo se celebrarán elecciones federales y la opinión pública australiana no había visto con buenos ojos la exención que se le otorgó a Djokovic para competir en el Abierto de Australia pese a no estar vacunado. Y en un año electoral hay que escuchar a la opinión pública.

La apuesta de Morrison en contra del serbio le permitió ganar seguidores y pasar a ser el favorito de los australianos de cara a las elecciones. Sin embargo, según SRBIN.INFO habría otra razón.

Melbourne, donde se encuentra el aeropuerto al que había arribado Djokovic, es una de las sede de la multinacional angloaustraliana Río Tinto Plc, empresa que participa en la exploración, extracción y procesamiento de recursos minerales: explota cobre, oro, mineral de hierro, bauxita, plomo, zinc, plata, carbón, uranio, bórax, dióxido de titanio, talco, diamantes y zirconio.

La multinacional tiene presencia global y también en Argentina. En 2009 Rio Tinto había anunciado la venta de su proyecto de desarrollo de potasio en Río Colorado, Argentina, por US$ 850 millones, así como la mina de hierro de Corumba en Brasil y sus operaciones logísticas en el río en Paraguay, lo que sumaba otros US$ 750 millones destinados a pagar un pasivo de US$ 10.000 millones. En diciembre de 2021 Rio Tinto le compró un proyecto de litio en la Argentina a Rincon Mining US$ 825 millones, con lo que se adueñó de Salar del Rincón, en la provincia de Salta.

Volvamos a Serbia, donde Rio Tinto incitó a “una verdadera revolución ecológica” porque la gente estaba tratando de evitar excavaciones en el valle de Jadra[5]. Djokovic apoyó públicamente la lucha ambiental de sus compatriotas y ahora debió enfrentarse con Morrison, defensor de la minera ya que había expresado que la empresa no debería pagar impuestos. “Hace cinco años, cuando hubo una propuesta para gravar una tonelada de mineral de hierro extraído por BHP Biliton y Rio Tinto, Morrison se rebeló”, afirma SRBIN.INFO. El medio agrega que el “colaborador muy cercano de Morrison, John Kunkel, fue asesor de Rio Tinto y jefe del departamento de relaciones con el gobierno” y “desde 2018, se ha desempeñado como Jefe de Gabinete del Primer Ministro de Australia”.

La presencia de Rio Tinto en Serbia provocó protestas de los ciudadanos en las calles. La población salió a luchar “para salvar el valle de Jadra de la extracción y producción de litio, teniendo en cuenta las consecuencias que Rio Tinto tenía en el medio ambiente dondequiera que se extrajera”[6]. Las carreteras en Serbia fueron bloqueadas y luego Djokovic abogó por un aire, agua y medio ambiente saludables y limpios.

Cabe destacar que la multinacional pagaría solo 25 centavos por tonelada de mineral. La empresa se encuentra interesada en la exploración y explotación del litio también en Serbia.

De tal manera que para el medio serbio Djokovic “es solo un daño colateral y un ‘chivo expiatorio’ de la lucha política”. Según SRBIN.INFO, el mensaje inicial de Novak refiriéndose a su exención y a su viaje a Australia “se entendió como un ‘dedo en el ojo’ de los políticos”.

La venganza serbia no se hizo esperar. El 21 de enero, medios como el Daily Mail o Euronews informaron que Serbia había decidido revocar las licencias del gigante minero australiano Rio Tinto, solo unos días después de que la estrella del tenis Novak Djokovic fuera deportada.

Ana Brnabic, primera ministra de Serbia, expresó que su gobierno estuvo de acuerdo con los llamados de los grupos ecologistas para detener el proyecto de litio de Jadar, valorado en US$ 2.400 millones (3.300 millones de dólares australianos), que, de haberse completado, habría convertido a la empresa en uno de los 10 principales productores de litio, un mineral esencial para la baterías solares y eléctricas para automóviles[7]. El giro del gobierno serbio también obedeció a presiones de la opinión pública, también de cara a las elecciones de abril.

Serbia fue escenario de grandes movilizaciones en contra de Rio Tinto. Foto: Deutsche Welle.

Por su parte, Euronews informa que el proyecto de exploración de Rio Tinto se remonta a 2004 y que la primera ministra Brnabic manifestó que detrás de algunos de los “bloqueos de carreteras están políticos de la oposición 17 años después del inicio del proyecto, que fue aprobado cuando esos partidos estaban en el poder”[8]. Asimismo aseguró “que las protestas son financiadas desde el extranjero por diferentes organizaciones de Estados Unidos, Reino Unido y otros países, con el fin de debilitar el actual Gobierno y al presidente del país, el nacionalista populista Aleksandar Vucic, ante las elecciones previstas para abril próximo”.

Ya se ha visto cómo la política interna ha jugado su carta tanto en Australia como en Serbia pero, en realidad, este conflicto debe también ser puesto en contexto. Serbia es un aliado de Rusia en la región y debe recordarse que los Estados Unidos junto a la OTAN llevaron al desmembramiento de Yugoslavia, de la que Serbia es su heredera. Los avances de los Estados Unidos y de la OTAN sobre el espacio postsoviético no ha cesado desde que implosionó la Unión Soviética. Para Moscú, tanto Ucrania como Serbia se encuentran en lo que considera su esfera de influencia. El caso de Ucrania está en los titulares de todos los medios todos los días y suele mostrarse a Rusia como el país agresor pero aquí también hay que recordar los intereses del propio Joe Biden en ese país, en el que su hijo Hunter tenía sus negocios al ser contratado por la empresa Burisma Holdings Limited.

La saga de Djokovic quizás dé inicio a un nuevo conflicto en el que se enfrenten los Estados Unidos y la OTAN con Rusia. Cabe recordar que, recientemente, el 4 de enero, la portavoz del Ministerio de Exteriores ruso, María Zajárova, le respondió al almirante estadounidense de la OTAN Robert Burke —quien manifestó que la OTAN “apoya las reformas llevadas a cabo por Serbia para fortalecer la capacidad de defensa del país”— que la defensa de Serbia “en los últimos, probablemente, doscientos años, ella depende en gran medida de cómo Rusia reaccione en breve a las amenazas externas de este país eslavo del sur”[9].

Como puede apreciarse, por un lado, la política interna y la política exterior se relacionan y, por otro, los queda demostrado como los principales medios favorecen la desinformación al quedarse en lo superficial. El caso de Novak Djokovic tapa mucho de lo que realmente está sucediendo en la relación entre Australia —miembro de la angloesfera— y Serbia, aliada de la Federación de Rusia.

Quizás, en breve, los actores se saquen sus caretas y veamos un nuevo conflicto geopolítico en los Balcanes.

 

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires: Editorial Almaluz, 2019.

 

Referencias

[1] “Cinco razones por las que Novak fue encarcelado: desde Rio Tinto hasta ‘dedo en el ojo’”. SRBIN.INFO, 09/01/2022, https://srbin.info/es/sport/pet-razloga-zbog-kojih-je-novak-utamnicen-od-rio-tinta-do-prsta-u-oku/?lang=lat, [consulta 18/01/2022].

[2] “Las verdaderas razones por la que deportaron a Djokovic de Australia”. MDZ Online, 21/01/2022, https://www.mdzol.com/deportes/2022/1/21/las-verdaderas-razones-por-la-que-deportaron-djokovic-de-australia-216510.html, [consulta 21/01/2022].

[3] Ídem.

[4] “Cinco razones por las que Novak fue encarcelado: desde Rio Tinto hasta ‘dedo en el ojo’”. Op. cit.

[5] Ídem.

[6] Ídem.

[7] Ivana Sekularac, Reuters y Stephen Johnson, Economics Reporter for Daily Mail Australia. “Serbia REVOKES Australian mining giant Rio Tinto’s licences – just days after tennis star Novak Djokovic was deported and relations turned sour”. Daily Mail, 21/01/2022, https://www.dailymail.co.uk/news/article-10425655/Serbia-revokes-Australian-companys-mining-licences-days-Novak-Djokovic-deported.html, [consulta 21/01/2022].

[8] “Serbia pone fin a la explotación de litio de Rio Tinto tras semanas de protestas”. Euronews, 21/01/2022, https://es.euronews.com/2022/01/21/serbia-pone-fin-a-la-explotacion-de-litio-de-rio-tinto-tras-semanas-de-protestas, [consulta 21/01/2022].

[9] “Moscú le recuerda a la OTAN que la capacidad defensiva de Serbia depende de Rusia”. Sputnik, 04/01/2022, https://mundo.sputniknews.com/20220104/moscu-le-recuerda-a-la-otan-que-la-capacidad-defensiva-de-serbia-depende-de-rusia-1119986195.html, [consulta 10/01/2022].

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GUAYANA ESEQUIBA: ALEGAR Y PROBAR EN PRO DE LA JUSTICIA

Abraham Gómez R.*

Hoy en día, cada nación del mundo se encuentra enmarcada dentro de una frontera-límite que le proporciona una unidad geográfica, un espíritu nacionalista —con su fortaleza identitaria—y de relativa seguridad; aunque, en los últimos tiempos, por lo visto persistan las acechanzas, ya descaradamente, de algunos países con resucitadas pretensiones imperiales para someter a otros y apoderarse de sus recursos naturales. Aspiran trazar estrategias geopolíticas a sus antojos.

En el Derecho Internacional, el estudio de la frontera abarca un ámbito propio del Estado y su componente territorial.

Venezuela siempre ha sido respetuosa de los convenimientos y pactos suscritos, adheridos y ratificados.

Nuestra historia está signada en reconocer que el Derecho Internacional está fundamentado en el acatamiento de las decisiones arbitrales y judiciales; no obstante, las tropelías que en contra nuestra se han perpetrado.

Añádase a lo anterior que somos y hemos sido siempre partidarios de la solución pacífica de las controversias; sobre todo entre países vecinos, unidos por vínculos geográficos o históricos.

 Si no logramos —en este litigio con Guyana— soluciones racionales, sería tanto como someter a nuestra región, por los próximos siglos a tensiones y conflictos que enajenarían el futuro de ambas naciones, como también cercenar las posibilidades de necesaria cooperación para nuestros pueblos.

La séptima parte de nuestra extensión territorial, de la que nos despojaron, la reclamamos con suficiente asidero jurídico. Somos herederos, desde 1777, del mencionado espacio territorial, 159.500 km2 y su proyección atlántica.

Nos basamos en el Principio de la intangibilidad de las fronteras heredades.

Hemos sostenido tal contención —y dispuestos a alegar en pro de la justicia en La Haya, si así lo determina el Jefe de Estado— porque tenemos suficientes elementos probatorios: históricos, jurídicos, cartográficos, sociales, políticos y morales, que nos asisten. No son elucidaciones trasnochadas. No son empecinamientos caprichosos.

La contraparte en el litigio —amparada en prebendas dinerarias e intereses de las empresas transnacionales— sabe que poseemos bastantes documentos.

Los quince jueces de la Corte también están enterados que nos encontramos apertrechados y munidos con los Justos Títulos (iuris et de iure) que avalan la histórica propiedad incuestionable de Venezuela, sobre la Guayana Esequiba.

Otro elemento a considerar es la fecha que nos ha fijado la Sala sentenciadora de la ONU, para que nos hagamos presentes o invoquemos, una vez más, la no comparecencia en el juicio.

Veamos en detalles. Pareciera, según la apreciación de algunas personas, que es inmenso el plazo, hasta el 08 de marzo del próximo año 2023, concedido por la Corte a nuestro país, para que consignemos por escrito el memorial de contestación a la demanda que nos interpuso la excolonia británica.

La experiencia nos señala que los lapsos para los arreglos de pleitos internacionales conllevan implícitos sus propios ritmos y dinámicas; y lo que llegamos a calificar de rápido en ese ámbito, por lo menos viene arrastrando varias décadas. Hay demasiados ejemplos que, con holgura, determinan la aseveración antes expuesta. De modo que, no tenemos mucho tiempo para desperdiciar.

Con seguridad, bastante gente compartirá lo que diré de seguidas. Prestemos atención: nos encontramos en otra oportunidad de suma importancia para prepararnos totalmente y encarar la citada controversia ante la Corte Internacional de Justicia; donde nos haríamos Parte del juicio; por supuesto, respetando —como quedó dicho— la determinante decisión del jefe de Estado, conforme a sus atribuciones constitucionales.

Hemos planteado un referendo consultivo (según al artículo 73 de nuestra Constitución Nacional); sin embargo, repito, la última palabra de hacernos presente en la CIJ la toma el jefe de Estado. En este último aspecto señalado debo ser insistente.

Todavía conseguimos a quienes opinan y se inclinan por la tendencia de que Venezuela no se haga presente en ninguna de las etapas del Proceso jurídico que lleva adelante la mencionada Alta Sala sentenciadora. Aducen que nuestra personación en el juicio, para cumplir con los actos concluyentes y manifestar consentimientos de obligar, equivale a seguirle el juego a la contraparte, y caer en su estrategia.  Para este grupo de venezolanos nuestra ausencia debe ser total.

Nos luce una posición respetada, pero no la comparto en lo más mínimo. Diré mis razones.

Primero: con la presencia o ausencia de la delegación diplomática de Venezuela (y sus coagentes) el juicio seguirá su curso. El proceso en ningún momento se paralizará.

Segundo: si no vamos, el jurado tendrá la oportunidad de escuchar “una sola campana”, el 08 de marzo de este año 2022; porque a nuestra entera voluntad le dejaríamos a Guyana el escenario a su regusto para que insista, con sus falaces alegaciones, en que el írrito y nulo Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899 constituye Cosa Juzgada.

Tercero: tal vez el más protuberante, la Corte está dispuesta a resolver este pleito, inclusive así nosotros estemos ausentes.

Ya lo decidió —como para que abramos los ojos— en la fase previa, el 18 de diciembre del 2020, cuando se autoconfirió “jurisdicción y competencia” y de inmediato pasó a conocer el fondo de la causa.

Mi modesta opinión sigue siendo que debemos hacernos Parte del Juicio, aunque sea bajo protesta. Tal hecho constituirá una valiosa ocasión para esgrimir nuestros elementos probatorios de la vileza con la que actuó el jurado arbitral de 1899, con vergonzosa prevaricación

Ha habido innumerable jurisprudencia, a partir de decisiones sentenciales de la Corte Internacional de Justicia, que refuerzan la posición de mantener con firmeza los límites heredados por un Estado.

La Cesión de Derechos se impone a cualquier dictamen de fuerza; por lo que en nuestro caso no será una excepción, siempre y cuando la posible sentencia de la CIJ se circunscriba en estricto derecho.

¿Qué y cómo ha sentenciado la Corte en situaciones similares? Veamos las siguientes decisiones jurisprudenciales: «Una vez acordado, el límite se mantiene, ya que cualquier otro enfoque viciaría el principio fundamental de la estabilidad de los límites, cuya importancia ha sido reiteradamente enfatizada por esta Corte» (Contención entre Libia y Chad, por la plataforma continental en el mar Egeo. 1994).

Otro ejemplo que nos viene bastante bien, para rememorar todo cuanto ha decidido por  pleitos interestatales el Alto Tribunal de La Haya: “…La sala enfatiza que el principio uti possidetis iuris requiere no solo que se confíe en los títulos legales existentes, sino también que se tenga en cuenta la manera en que esos títulos fueron interpretados y aplicados por las autoridades públicas competentes en el Poder, en particular en el ejercicio de su poder legislativo” (Controversia fronteriza, Benín-Níger. 2013).

Conseguimos otra extraordinaria sentencia sobre un caso que nos proporciona una doble seguridad, en el litigio Venezuela-Guyana, por lo que pueda decidir la Corte Internacional de Justicia.

Leamos y analicemos esta interesante decisión que consolida —a nuestro favor— base jurisprudencial: “la Corte que conoció del caso y concluyó que no podía desconocer el principio de utis possidetis iuris, cuya aplicación da lugar a este respeto de la intangibilidad de las fronteras. (Sentencia por la controversia entre Burkina Faso y República de Malí.1986).

Colegimos, entonces, que el utis possidetis juris y la intangibilidad de la frontera heredada son “principios siameses”.

¿Se atreverá la Corte a ir contra sus propias sentencias, que han sentado jurisprudencias en el Derecho Internacional?

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro de la ONG “Mi mapa de Venezuela”. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).

GUAYANA ESEQUIBA: ¿OBLIGANTEMENTE ANTE LA CORTE?

Abraham Gómez R.*

El Alto Tribunal de la Haya —como ya se sabe— el 18 de diciembre del año pasado, admitió su jurisdicción y competencia (en una resolución rara, pero inevadible) para proceder a conocer forma y fondo en este pleito, conforme a la demanda, contra nuestro país, interpuesta por Guyana; cuya pretensión procesal (contenida en su petitorio) resultará fácilmente desmontable para la delegación venezolana, si se determina nuestra comparecencia y hacernos parte del juicio; por cuanto, hasta el día de hoy, la excolonia británica  no posee el menor asidero histórico, cartográfico, ni jurídico de lo que en el escrito solicitan a la Sala Juzgadora de la Organización de las Naciones Unidas.

A pesar de que nuestro país, como Estado-Parte, no ha dado su consentimiento para que se lleve adelante tal Proceso jurídico, mucho menos haber suscrito —con antelación— cláusulas compromisorias de obligación; esta acción de juzgamiento no se paralizará por ausencia de alguna de los concernidos directos. Y que incluso, de acuerdo con el artículo (53) del Estatuto de la CIJ, puede llegar a haber resolución sentencial, así alguna delegación no se haga presente.

Por supuesto, para resolver en ausencia de alguna representación estatal —porque invoque no comparecencia— antes debe la Corte examinar —muy bien— los contenidos de los artículos 36 y 37 de su propio Estatuto, para asegurarse “de que la demanda está bien fundada en cuanto a los hechos y al derecho”.

Cuando tuvimos la ocasión de recorrer el país —en casi todas sus universidades—dictando la conferencia, “Guayana Esequiba: litigio histórico y reivindicación en justicia”, nos agradó el inmenso interés que la mencionada controversia ha despertado y concitado en bastantes sectores de la población venezolana.

Como nunca, la gente desea explicaciones sobre lo acaecido, en contra de Venezuela, el día 03 de octubre de 1899, y suscrito en la írrita y nula resolución, denominada Laudo Arbitral de París.

Hemos venido haciendo —con detenimiento y objetividad— en cada exposición discursiva un análisis crítico del vil despojo del cual fuimos víctima hace más de un siglo, mediante la citada tratativa perversa de talante político-diplomática, por parte de los imperios de entonces.

En casi todos estos intercambios de opiniones en las universidades y otros organismos o a través de la red y los medios de comunicación se nos hace la misma pregunta: ¿Por qué estamos obligados a discernir con la contraparte por ante la Corte Internacional de Justicia?

La respuesta que ofrecemos resulta invariable. Porque exactamente ha sido esa la estrategia (como una especie de emboscada jurídica) que siempre estuvo jugando Guyana.

Sus asesores: el iraní Payam Akhavan y el excanciller guyanés Shridath Ramphal les han recomendado que, habiendo llegado la contención a la CIJ, deben mantenerse en ese escenario, con la aviesa intención de procurar una sentencia rápida y sin más dilaciones, que les favorezca. Agréguese allí una “ayudita” de algunos países y otros entes, caso de la Commonwealth y Caricom.

Suficientemente es sabido que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) convocó, para actos por separados, a las delegaciones o coagentes de Venezuela y Guyana; configuradas ambas naciones como Partes en litigio en la controversia sostenida por la Guayana Esequiba.

Para el día 08 de marzo del 2022, le corresponderá comparecer a la representación de la ex colonia británica para que exponga, con carácter de ratificación (si es el caso), los alegatos de su demanda.

Guyana volverá a pedir en su Pretensión Procesal que la Corte ratifique que el citado Laudo constituyó una “liquidación completa, perfecta y definitiva” de todas las cuestiones relacionadas con la determinación fronteriza. En otras palabras, aspiran que el Alto Tribunal de La Haya sentencie como Cosa Juzgada (res judicata) con base en los hechos que narra en su escrito la contraparte guyanesa, sumamente interesada y a su conveniencia.

Los gobiernos ingleses y guyaneses que han ocupado 159.500 km2, la séptima parte de nuestra soberanía por el costado este; fundamentalmente, a partir de Burnham hasta el presidente actual Irfaan Ali, en la obsesiva búsqueda de invocar la denominada Prescripción Adquisitiva (darle eficacia jurídica al apoderamiento perpetrado; justificado por el tiempo en que allí han permanecido) sobre la extensión geográfica venezolana que nos arrebataron con vileza.  En esta ocasión, pretenden que sea la Corte que falle a su favor.

Frente a la interposición incoada en contra nuestra que está conociendo, como Proceso jurisdiccional, la Corte Internacional de Justicia, ¿qué debemos hacer?

Prestemos atención a lo siguiente. Primero, para que quede claro, es una decisión de Política de Estado; por cuanto, la presencia de la delegación venezolana en la Corte la determina —únicamente— el presidente de la República. Sería recomendable que consultara a algunos estudiosos en la materia.

A partir de un hipotético “visto bueno” para comparecer, qué procede entonces. Veamos: nos correspondería presentarnos el 08 de marzo del año 2023, ante tal entidad sentenciadora; con lo cual estaríamos —de hecho y derecho— admitiendo su competencia y jurisdicción. Paso siguiente, sería nombrar un juez ad-hoc, que pasaría a incorporarse de pleno derecho a la Corte, en nuestro nombre; procederíamos, consecuencialmente, a consignar el Memorial de Contestación de la demanda. Obviamente, todo lo anterior: nuestra comparecencia o no ante la Corte Internacional de Justicia está condicionada —repito— a la determinación que sobre el particular tome el Jefe de Estado venezolano, conforme a sus atribuciones contenidas en el artículo (236) de nuestra Constitución Nacional.

Reconocemos que han aflorado en todas las regiones de Venezuela aportes significativos para alcanzar pronto un arreglo “práctico y satisfactorio”, en este pleito.

Tales alternativas pudieron haber resultado elogiables aproximaciones, algunos años atrás, para solucionar el litigio.

A mi modo de ver, las etapas de negociación directa (que no la quiere Guyana), la conciliación, la mediación y el arbitraje prácticamente han sido superadas; porque el asunto controversial escaló a nivel de la Corte Internacional de Justicia; y en ese Tribunal no hacen “arreglos” de los citados tipos; sino que aplican el derecho y solo, excepcionalmente, por mutuo acuerdo de los Estados contrapuestos, podría dar una solución ex aequo et bono (actuando por lo equitativo y bueno); si las partes así lo convinieren, según el numeral segundo, artículo 36 del Estatuto de la Corte.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua-  Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Miembro de la ONG “Mi mapa de Venezuela”.