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EL PACTO MONDINO-LAMMY LA REEDICIÓN DE PACTO FORADORI-DUNCAN

César Augusto Lerena*

El martes 13 de septiembre de 2016 la Cancillería Argentina informó (IP 304/16) que «El Ministro de Estado para Europa y las Américas de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Commonwealth británica Sir Alan Duncan realizó una visita a la Argentina manteniendo reuniones con autoridades nacionales y participar en el Foro de Inversiones y Negocios, organizado por Argentina».

La entonces la Canciller Susana Malcorra «concedió una audiencia a Sir Duncan, reflejando el mejoramiento de las relaciones entre la Argentina y el Reino Unido y, durante su visita, ambas partes se comprometieron a poner énfasis en la agenda positiva de las relaciones con el objetivo de estrechar aún más los vínculos bilaterales, desarrollar lazos más cercanos y una sólida cooperación en beneficio de los pueblos de ambos países».

«El Vicecanciller Foradori y el Ministro Duncan mantuvieron una reunión de trabajo donde se pasó revista a los principales temas de la agenda bilateral y la reunión bilateral sirvió para que ambos funcionarios pudieran continuar impulsando una agenda omnicomprensiva, multidimensional y multisectorial, basada en la complementariedad entre ambas naciones, orientada al fortalecimiento de la relación bilateral… Se acordó trabajar en conjunto para identificar áreas nuevas de colaboración y se resolvió buscar ampliar la relación bilateral en torno a una agenda positiva que aborde los desafíos globales, en áreas como democracia, derechos humanos, cooperación en paz y seguridad internacional, no-proliferación, medio ambiente y cambio climático, energías limpias, comercio e inversión, ciencia, tecnología e innovación, turismo y deporte».

«Se evaluaron las áreas de posible cooperación en materia antártica, incluyendo intercambios, actividades conjuntas y acuerdos entre los programas científicos del Instituto Antártico Argentino (IAA) y el British Antarctic Survey (BAS), así como también el desarrollo de actividades científicas conjuntas en el área de la Convención sobre Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA)».

«En un espíritu positivo, ambas Partes acordaron establecer un diálogo para mejorar la cooperación en todos los asuntos del Atlántico Sur de interés recíproco. Ambos Gobiernos acordaron que la fórmula de soberanía del párrafo 2 de la Declaración Conjunta del 19 de octubre de 1989, se aplica a este Comunicado Conjunto y a todas sus consecuencias. En este contexto se acordó adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos».

«De conformidad con los principios establecidos en la Declaración Conjunta del 14 de julio de 1999 y el Acuerdo por Canje de Notas, ambas Partes acordaron que serían establecidas conexiones aéreas adicionales entre las Islas Malvinas y terceros países. En este contexto acordaron el establecimiento de dos escalas adicionales mensuales en territorio continental argentino, una en cada dirección. Los detalles específicos serán definidos».

«Ambas Partes expresaron su pleno apoyo al proceso de identificación de ADN con relación a los soldados argentinos no identificados sepultados en el cementerio de Darwin. Las conversaciones sobre esta delicada cuestión humanitaria serán llevadas adelante en Ginebra sobre la base de una evaluación del Comité Internacional de la Cruz Roja, complementada por las conversaciones bilaterales que sean necesarias. Ambas Partes acordaron que los deseos de las familias involucradas son de la mayor importancia».

Nosotros, luego de varios artículos críticos sobre este Acuerdo, el 7 de mayo de 2022 publicamos Ni ebrios ni dormidos, pactando con el enemigo referido al Pacto de Foradori-Duncan con motivo de que el Ministro Alan Duncan escribió en sus memorias que, al momento de concretarse el referido Pacto, el vicecanciller argentino «Carlos Foradori estaba tan borracho que al día siguiente no podía recordar los detalles del documento» (Télam, 26/04/2022) y dijimos, que hace más de 40 años que los británicos avanzan sobre nuestros territorios insulares y marinos. En 1982 ocupaban 11.410 km2 y desde hace muchos años tienen invadidos 1.639.900 km2 equivalentes al 50% de la Zona Económica Exclusiva Argentina; ello sin evaluar los más 1,4 millones de Km2 que nos disputan de la Plataforma Continental y los más de 1 millón de km2 de la Antártida y sus aguas correspondientes.

En esa ocasión indicábamos que según la Organización Panamericana de la Salud (OPS) «El uso nocivo del alcohol desafía al desarrollo social y económico de muchos países, incluidos los de las Américas, donde el consumo es de aproximadamente un 40% mayor que el promedio mundial. En general esta población consume alcohol en un patrón que es peligroso para la salud, así como para la violencia doméstica, la pérdida de productividad, y muchos costos ocultos» (www.paho.org/es/temas/alcohol). Tal vez, dentro de estos costos ocultos, la OPS pudo haber ponderado los probables efectos negativos del alcohol en las decisiones de los altos diplomáticos; pero nosotros no creemos que esta sea —al menos la única causa—, sino la reiterada vocación de acordar sin ninguna contrapartida.

Para descartar la cuestión del alcohol de una vez por todas, tengamos en cuenta que el pacto habría sido muy trabajoso, ya que el vicecanciller Foradori habría entrado a la bodega de la Embajada británica el día 12 de septiembre y selló el pacto, el fatídico martes 13 por la madrugada.

En realidad, nadie en su sano juicio o que no tuviese el mandato de favorecer los intereses británicos en Malvinas podría acordar «adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos». Una verdadera cesión incondicional; una entrega definitiva del ejercicio de la soberanía plena de Malvinas y una clara violación de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución.

Se omite decir que este Pacto, enmascarado en un llamado “Comunicado Conjunto”, es un Acuerdo ya que refiere en su texto siete veces a la palabra “acordar” y es la ratificación “de hecho” de los Acuerdos de Madrid y la fórmula del Paraguas, pudiendo interpretarse que el reiterado pedido de diálogo que la Cancillería Argentina demanda está siendo llevado a cabo por el Reino Unido, a punto tal, que la Argentina promete quitarle todos los obstáculos para el desarrollo de Malvinas.

Del mismo modo, el Reino Unido sigue otorgando licencias pesqueras ilegales a terceros países en violación a la Res. 31/49 de las Naciones Unidas sin que la Argentina inicie acciones legales a las empresas licenciadas, por violación a las leyes 24.922 (1998) y 27.564 (2020) y en algunos casos de la Ley 26.386 que impide a las empresas radicadas en el continente argentino operar en Malvinas y ello significa la extracción anual de recursos pesqueros argentinos del orden de las 250.000 toneladas, valuadas sin proceso alguno en unos mil millones de dólares.

Por otra parte, la Cancillería Argentina autorizó vuelos a San Pablo desde las islas, lo que le abriría las puertas a un mercado de más de 30 millones de habitantes de gran poder adquisitivo, además de la distribución al mundo de todos los productos desde este importante Estado brasileño, agregando nuevos vuelos a los que ya lleva Latam desde Malvinas a Chile y viceversa.

Igualmente sigue vigente el otorgamiento (2019) de un área con más de 100 mil km2 para la explotación hidrocarburífera offshore en la Cuenca de Malvinas, entre los archipiélagos y el continente argentino, a empresas petroleras de origen británico y/o que han intervenido en explotaciones en Malvinas, en abierta violación a la Ley 26.659 (Ley Solanas), tales como Shell, BP Exploration Operating Company Ltd; Tullow Oil y Equinor; al igual que esta última frente a las costas de Mar del Plata.

El acuerdo de cooperación antártica constituye además un acto de reconocimiento a la posición británica inadmisible. Es interesante transcribir al respecto lo dicho por el catedrático Armando Abruza: respecto a estos acuerdos «en materia de investigación científica en aguas subantárticas circundantes a las Islas Georgias del Sur y Sándwich del Sur, en lugar de hacerlo en el marco multilateral de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), que constituye el único régimen jurídico válidamente aplicable en esa región. En esta materia, corresponde igualmente poner de relieve la técnica empleada en la redacción del texto del Comunicado Conjunto, el cual, como se ha expresado, deja traslucir la autoría británica del documento, verificable en este caso específico a partir de su diseño… Cualquier concesión que el Gobierno argentino pudiera realizar en las materias precedentemente señaladas, sin que se reanudaran prontamente las negociaciones sobre la soberanía y sin ninguna contraprestación sustantiva a cambio, tal como indiscutiblemente ocurrió a lo largo de la década de los 90 y hasta entrado el siglo actual, serían incompatibles con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y lesivas para los intereses de la Nación». (“El Comunicado Conjunto argentino-británico…”, p. 89:116 Anuario Argentino de Derecho Internacional, 2016).

El Pacto de Foradori-Duncan fue suspendido en el gobierno agónico de Alberto Fernández; cuestión que criticamos, porque dejó numerosas cuestiones pendientes además de los Acuerdo de Madrid I y II.

Ahora bien, la Canciller Diana Mondino desde su asunción viene dando reiteradas muestras de simpatía con británicos e isleños ocupantes de Malvinas; asignándoles derechos a estos últimos, como si fueran parte en la Cuestión Malvinas, violando el mandato de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, además de no efectuar los correspondientes reclamos ante los distintos foros y haciendo caso omiso a las reiteradas violaciones de nuestros territorios irredentos por parte de británicos y sus fuerzas armadas.

Si algo le faltaba a la ministra Mondino fue la designación del Embajador Carlos Foradori en Ginebra, efectuando con ello su aval a lo actuado por el gobierno argentino en 2016 y ratificando en la reciente Reunión de Cancilleres de la Argentina y del Reino Unido, a través del Comunicado de prensa sobre la Cuestión Malvinas del 24/09/2024 (IP 470/24) la voluntad de mantener vivo el Pacto Foradori-Duncan, a través de este nuevo Pacto Mondino-Lammy, que en sus partes más salientes indica: «En el marco de una renovada etapa de la relación bilateral, caracterizada por el diálogo y la construcción de confianza, la Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina, Diana Mondino, y el Secretario de Relaciones Exteriores del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, David Lammy, reunidos en Nueva York el 24 de septiembre avanzaron en una agenda amplia de temas que incluyen distintos aspectos vinculados al Atlántico Sur, aplicándose esta agenda y a sus resultados la fórmula de salvaguardia de soberanía que figura en el párrafo 2 de la Declaración Conjunta del 19 de octubre de 1989».

Las Partes han acordado retomar las negociaciones tendientes a finalizar la tercera fase del Plan Proyecto Humanitario conjuntamente con la Cruz Roja Internacional, así como también organizar un viaje de familiares de caídos a las Islas antes de fin de 2024, para que puedan visitar las tumbas de los soldados que allí descansan».

También se estableció la necesidad de avanzar con medidas concretas en materia de conservación de pesquerías y en favor de una mejor conectividad, en virtud de los arreglos alcanzados en 2018, incluida la reanudación del vuelo semanal de San Pablo a las Islas, que realizaba una escala mensual en Córdoba. Estas medidas permitirán avanzar en una agenda más ambiciosa de cooperación en diferentes ámbitos y bajo fórmula de soberanía, tendientes a promover el desarrollo humano y económico y estrechar lazos entre las Islas y el continente». Este último párrafo no es otro de aquel que la Argentina «adopte las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos».

¿Y nos preguntamos cuál es el aporte del Reino Unido? Como contrapartida a esta vergonzosa cesión de la Argentina.

Mariano Moreno nos decía: “hay determinaciones que no se pueden tomar ni ebrios ni dormidos”, es decir, bajo ninguna circunstancia». No podemos seguir admitiendo, que este nuevo Pacto indigno Mondino-Lammy, que lesiona la soberanía nacional y viola la Constitución Nacional, se firme dejando nuevamente de lado al Congreso Nacional y a la voluntad mayoritaria de los argentinos que no le han dado mandato alguno a la Canciller para facilitar la ocupación territorial británica de nuestros territorios.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca – ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Web: cesarlerena.com.ar

A LA MADRE PATRIA HAY QUE DENUNCIARLA POR FILICIDIO

César Augusto Lerena*

El acreditado medio español «Europa Azul» tituló hoy «Duro golpe para el sector gallego con el cierre de la pesca en Malvinas. La cancelación de la segunda campaña de calamar en aguas de Malvinas ha supuesto un serio revés para la flota gallega, paralizando a los 16 grandes arrastreros que cada año participan en esta pesquería y que ya se desplazaron al duro mar del Atlántico suroccidental para sacar rentabilidad a la pesca».

Léase: de apropiarse ilegalmente de los recursos pesqueros argentinos en Malvinas van por la pesca igualmente ilegal de los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva Argentina en alta mar. Y es una captura ilegal (CONVEMAR, artículos 27, 63, 64, 87, 92, 94 y 116 a 119) porque los buques gallegos no tienen control presencial del Estado español; no realizan estudios para determinar la «capturas máximas sostenibles» y dañan los intereses de terceros estados, como Argentina y Uruguay, y además en la pesca en Malvinas violan la Res. 31/49 de las Naciones Unidas y los artículos 4, 5 y, 21 a 23 de la Ley 24.922.

España, de ella de trata, ha reconocido la soberanía argentina en Malvinas y las aguas correspondientes; sin embargo, es el principal socio británico pesquero en Malvinas y la que gestionó la excepción en el Brexit para el intercambio comercial con el Reino Unido, de modo que las capturas de Malvinas ingresen a la Unión Europea sin aranceles, en abierta y desleal competencia con los productos pesqueros que tienen origen en empresas, incluso de capital español radicadas en el territorio continental argentino. La Madre Patria ―arteramente― ya en 2005 durante el Tratado de Lisboa había aceptado que las Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y la Antártida se incorporen a la Unión Europea como territorios británicos de ultramar.

Hay que desconfiar de esta madre putativa y aún más de nuestro gobierno que hace la vista gorda ante tan grande ecocidio. Con las 250 mil toneladas que todos los años se extraen de las aguas de Malvinas, sin evaluar las que se descartan estimadas en un 30% de las capturas, se podría proveer de la mejor proteína diaria a tres millones de niños y adolescentes argentinos todo el año, contribuyendo a erradicar la vergonzante indigencia de nuestro país.

El citado medio especializado «Europa Azul» indica que el cierre del caladero «se debe a los alarmantes resultados de las prospecciones realizadas, que han arrojado la segunda peor estimación de biomasa desde 2008, muy por debajo del umbral de seguridad establecido» y, los pescadores, respecto a las nuevas temporadas tendrían sus esperanzas «únicamente depositadas en un eventual repunte del estado de la pesquería; lo cual se traduce en una nueva ironía: confiar en que la naturaleza corrija lo que la gestión no ha logrado prever», lo que estaría demostrando la incapacidad británica (FIFD) para ponderar la disponibilidad del recurso y los daños que se vienen provocando al ecosistema argentino que, como sabemos, es único e indivisible; mientras en la Unión Europea, por otra parte, se avanza para hacer sostenible la captura sus aguas comunitarias, contrario a la pesca que realizan sus embarcaciones en las aguas internacionales sobre los recursos originarios de los Estados ribereños.

Se lamentan las armadoras gallegas de Vigo y Marín por el impacto económico que les habrá de provocar este cierre abrupto, ya que habrían realizado inversiones por 240 millones de euros, por lo tanto, la falta de capturas les impedirán o dificultarán ―aunque los gallegos son hábiles para llorar ante sus gobiernos― «la renovación de la flota con unidades de última generación» y es notable con la liviandad que lo declaman, porque se financian la construcción de buques pesqueros en base a apropiarse de los recursos pesqueros argentinos, mientras los empresarios argentinos tienen serias dificultades para financiar sus buques en los astilleros nacionales. Algún sudaca dirá: «la modernización de los buques españoles se hace con la nuestra» y «los calamares de la Plaza Mayor de Madrid y de gran parte de Europa son argentinos»; es tiempo que los gobiernos argentino y español terminen con esta inequidad y desprecio por la soberanía argentina.

También refieren los españoles al incremento de los costos de la construcción naval, del combustible y muy especialmente a la suba de las licencias ilegales que les otorgan en las islas; que pudiendo ser caras son baratas, teniendo en cuenta que los gallegos están haciendo una extracción espuria en perjuicio de los derechos argentinos y sus intereses biológicos, económicos y alimentarios. ¡Como serán de importantes las capturas gallegas en Malvinas! que el medio indica: «se espera que la escasez de calamar en el mercado impulse los precios, profundizando la crisis tanto para las empresas como para los consumidores».

Por otra parte, la Asociación de Empresas de las islas y la ilegal Asamblea Legislativa analizan un sistema de otorgamiento de licencias que implicaría un nuevo incremento para las flotas que operan en estas aguas, quedándose con una parte importante del esfuerzo pesquero para sostener la estructura administrativa del archipiélago y los aportes necesarios para la infraestructura básica de las islas y ello estaría demostrando la fragilidad económica de los isleños, lo cual nos lleva a insistir que la Argentina tiene que presionar al gobierno español para que sus buques dejen de pescar en Malvinas y sancionar a las empresas en el caso que no ocurra, cuestión que ya deberían haber hecho ―al menos― desde 1998 cuando entró en vigor la Ley 24.922.

Del mismo modo, el gobierno argentino debe replantear el otorgamiento de nuevos permisos, cuotas y autorizaciones a empresas nacionales de capital español mientras que el gobierno español no prohíba la pesca en Malvinas y la captura de las especies migratorias originarias de la Zona Económica Exclusiva Argentina en alta mar.

Hay madres y hay otras de las que más vale destetarse

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar

PESCA: SUMISIÓN Y/O CORRUPCIÓN

César Augusto Lerena*

El día 12 de marzo de 2024 el periodista neozelandés Pete Mackenzie del Proyecto The Outlaw Ocean me entrevistó para conocer mi opinión sobre cuestiones relativas a la industria pesquera argentina, la radicación extranjera y la pesca ilegal en el Atlántico Sur, junto a distintas entrevistas a distintos interlocutores del país. Sin embargo, las publicaciones locales que derivan de esas entrevistas tienen una mirada sesgada que no responde al menos a lo que relaté al citado periodista durante más de una hora: la responsabilidad de lo que ocurre en el Atlántico Sur no la tienen solo los chinos, sino principalmente el gobierno nacional y también los británicos, españoles, coreanos y taiwaneses.

El pasado 6 de agosto TN publicó un artículo relacionado al «informe de Outlaw Ocean que muestra cómo el gigante asiático no solo está detrás de la pesca no declarada y no reglamentada fuera de la milla 200, sino también dentro del caladero local». Este artículo refiere al caso del buque chino Jing Yuan 626 propiedad de la estatal china National Fisheries Company (CNFC) hundido en aguas argentinas por la Prefectura Naval; pero que «pese a ello el Consejo Federal Pesquero otorgó «licencias para faenar en aguas argentinas a dos buques extranjeros que, usando como fachada a una empresa local navegaría bajo bandera argentina, aunque el propietario sería la citada CNFC … mediante un proceso conocido como de “abanderamiento”, China pasó los últimos años comprando su acceso a caladeros nacionales en países de América del Sur, África y el Pacífico … Las empresas chinas controlan ahora un mínimo de 62 buques de pesca industrial de calamar bajo pabellón argentino. Es decir, más de la mitad de la flota de calamar del país», a quienes el informe les atribuye distintos delitos como descartes, desactivación del sistema satelital, evasión y fraude fiscal e indica que «en un artículo académico publicado en 2023, autoridades del sector pesquero chino explicaron cómo habían recurrido a empresas chinas para penetrar en aguas argentinas, usando métodos de arrendamiento y transferencia, formando parte de una política global». Es decir ―precisamos nosotros― que, mediante la compra o arrendamiento de empresas y/o permisos de pesca en la Argentina, los chinos están haciéndose de los recursos pesqueros en forma legal, pese a pescar en forma ilegal los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) Argentina en alta mar.

Por su parte INFOBAE, el 11 de agosto, amplía diciendo que «la empresa china Dalian Huafeng Acquatic Products Co cuenta con 21 buques de pesca bajo tres empresas: Arbumasa, Ardapez y Dalian Huafeng Acquatic Products SA. Shanghai Fisheries cuenta con 15 buques “abanderados” pescando en el Mar Argentino; Wanxing Sannong Group con 12 y Shangdong Bodelon Group con 7, todas empresas legalmente registradas en el país, pero de propietario o “beneficiario final” chino», precisando que 41 de esos buques son poteros de pesca de calamar; aclarando, que fuentes del sector pesquero indican que, «se trata de empresas privadas, no del Estado chino. Sin embargo, el estudio señala que ocho buques abanderados de las empresas legales Ilex Fishing, Dossuarez SRA y COFC Argentina SA, cuyo beneficiario final es la citada CNFC que, según la investigación sí es propiedad del estado chino».

Si bien compartimos los múltiples argumentos relativos a la pesca ilegal y los relativos al trabajo esclavo detectado en embarcaciones chinas y las afirmaciones de Dyhia Belhabib, respecto a que «las autoridades pesqueras chinas explicaron cómo habían recurrido a empresas de su país para penetrar en aguas territoriales argentinas» o las de Isaac Kardon que «hay una transferencia neta (de recursos) desde los países más pobres, sin capacidad para proteger sus caladeros…», la principal responsabilidad es del gobierno nacional que ha permitido todo tipo de prácticas pesqueras ilegales por parte de buques extranjeros y nacionales. A modo de ejemplo, en los últimos 40 años, solo se han detenido dos buques por año, a pesar de la presencia en el Atlántico Sur de 350 a 500 buques extranjeros que anualmente pescan ilegalmente los recursos migratorios argentinos; los buques nacionales operan sin observadores e inspectores a bordo o son patrones de pesca chinos los que en la práctica conducen la actividad de los buques, etc., etc.

Por otra parte, contrariamente a lo que se manifiesta en el artículo, la Ley Federal de Pesca no prohíbe otorgar permisos a empresas con antecedentes de pesca ilegal ya que, la ley promulgada en 1998, no menciona ni una sola vez la palabra “ilegal”, aunque el Consejo Federal Pesquero podría no otorgar permisos por los artículos 21º y 27º de la Ley; pero es evidente la falta de políticas que, entre otras cosas, requieren de una reforma de la ley, del combate a la pesca ilegal y el rediseño del otorgamiento de cuotas y autorizaciones de captura, en especial.

Cuando el artículo se refiere a que el “cese de bandera de origen” es central, no es porque se haya pescado o no en forma ilegal, sino porque de no cesar la bandera de origen se tendrá una ventaja arancelaria en los países originales del buque y éste es otro de los temas pendientes de regularización por parte de las autoridades de Argentina.

Se cuestiona también en el artículo de que «no hay calamar para que entren más barcos»; pero la cuestión no se trata si es un buque chino o no, sino que las capturas máximas establecidas por el Consejo Federal Pesquero, en base a las determinaciones del INIDEP, no se superen. Y agrega un comentario del directivo de una pesquera que “pidió reserva de su nombre”. Por suerte … porque afirmar que «Es preferible que (los buques chinos) pesquen legalmente adentro en vez de estar en la Milla 201 o ilegalmente en la ZEE. ¿Qué diferencia hace si el dueño final es de capital chino, noruego o español?». Este directivo se imagina que habilitar un buque que pesca ilegalmente, evitaría que otro buque extranjero se agregue para pescar ilegalmente los recursos migratorios argentinos. Ignora que la colonización de América iniciada a fines del siglo XV sigue vigente; las “leyes de la materia” respecto a la ocupación de los espacios y las políticas internacionales de apropiación de los recursos naturales. Es de una ignorancia supina creer que habilitar en la ZEE un buque que pesca ilegalmente terminará con la pesca ilegal. Además, no es una determinación que puede tomar una empresa, sino que debe surgir de Acuerdos entre Estados.

Estos artículos parecieran un refrito que “no separa la paja del trigo” desinformando al lector y contribuyendo a la confusión general. Es muy probable que haya buques del Estado chino y buques de origen chino comprados por empresas nacionales de capital chino u otras (muchos de los poteros originales modificados por empresas nacionales eran extranjeros) y también que empresas nacionales de capital extranjero construyan buques en astilleros argentinos. Deberíamos tener en cuenta que no son los barcos los que realizan la pesca ilegal por sí: son los propietarios, armadores y/o capitanes. De forma tal que si el buque con el que se ha realizado pesca ilegal se vende a terceras empresas que puedan demostrar que no tienen ninguna relación societaria con la anterior empresa, podría ser habilitado nuevamente para la pesca. Pero esta no es la cuestión. Lo que no debería hacerse es otorgar permisos de pesca a ninguna empresa nacional de capital extranjero cuando buques del mismo país pesquen ilegalmente los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar o en Malvinas. Los Estados de pabellón deben desalentar a sus nacionales la pesca ilegal si quieren obtener permisos por parte de los Estados ribereños y las empresas nacionales de capital extranjero radicadas en la Argentina deben presionar a sus gobiernos para terminar con la pesca ilegal. No es admisible, por ejemplo, que habiendo reconocido España la soberanía argentina de Malvinas, sus buques pesquen ilegalmente en las aguas de esos archipiélagos y la Autoridad otorgue permisos en el continente como si nada pasara. El problema no son solo los chinos. El problema es que la Argentina tiene los recursos y los mercados y no es posible regalarle esto a los países que operan subsidiados para hacerse de las proteínas y mucho menos perder la autonomía de la política pesquera y la administración del Atlántico Sur; aunque a juzgar por los hechos, ello está ausente en el gobierno nacional. El problema no son solo los chinos, también es el enclave británico en el mar argentino.

Por su parte, chartear un buque es simplemente alquilarlo y ello, de por sí, tampoco significa actuar ilegalmente; por ejemplo, podría chartearse una embarcación mientras se construye un buque en un astillero local para cumplir con las capturas autorizadas, aunque muchas veces también puedan enmascararse sociedades con empresas extranjeras no autorizadas o establecerse aparentes sociedades mixtas que encubren el ingreso de buques al caladero mediante el pago de una comisión a una empresa nacional. Estas son cuestiones que también deben calificarse de ilegales y donde la Autoridad de Aplicación ha sido y es responsable a la hora de autorizarlas. Del mismo modo, cuando a través del alquiler de buques nacionales con cuotas, una empresa se excede de la concentración de cuotas de captura.

En la citada entrevista le manifesté al periodista cuestiones sobre las que yo vengo escribiendo desde la década del 90, cuando se inicia la gran radicación extranjera en el ámbito de la pesca; primero, a través de sociedades mixtas y luego mediante la adquisición de permisos pesqueros a empresas nacionales; de tal manera, que en la actualidad siete de las diez más importantes empresas exportadoras de productos pesqueros en la Argentina son nacionales de capital extranjero. En el país hay empresas nacionales de capital chino, español, estadounidense, noruego, etc., mientras buques del Estado chino pescan en alta mar recursos migratorios originarios de la ZEE y buques españoles ―mayoritariamente gallegos― como dijimos, pescan asociados a capitales británicos los recursos argentinos en las aguas de Malvinas. Y de esto nada refiere el informe del Proyecto The Outlaw Ocean de lo que me ocupé de resaltar en la citada entrevista.

No debería registrarse ni otorgarse autorizaciones o cuotas a aquellas empresas nacionales de capitales extranjeros, cuando buques extranjeros del mismo Estado al de estas empresas realicen pesca ilegal en alta mar o Malvinas.

Que “el cuco” no nos haga perder de vista al “hombre de la bolsa”. Vamos a tener que tomar la sopa.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL).