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GUAYANA ESEQUIBA: VENEZUELA INVOCA SU RESTITUCIÓN (POR TODOS LOS MEDIOS) NI MÁS NI MENOS

Abraham Gómez R.

Nos sentimos regocijados por las intensas y entusiastas actividades desplegadas por todo el país; con distintas manifestaciones de plena solidaridad con las tareas que se han venido adelantando; concretamente con el llamado al referendo consultivo; propósitos inscritos en el marcado interés e indeclinable intención de recuperar la extensión territorial que nos arrebataron por el costado este.

Escuchamos a diario expresiones dichas por la gente más humilde, con tanta seguridad en cualquier parte: “sí lo vamos a conseguir; porque eso siempre ha sido nuestro; y no nos lo vamos a dejar quitar. Eso hay que pelearlo como sea. No hay que dormirse otra vez”.

Nos luce, valoramos y apreciamos la determinación popular al respecto.

Tal arenga constituye en sí misma un hermoso aliciente, para seguir ―por todos los medios― en la ya centenaria contención. Y cuando decimos “por todos los medios”, (y aunque se impacte la contraparte y la CARICOM) ningún medio queda excluido; así no lo mencionemos explícitamente.

Sin embargo, también debemos estar claros que en el Derecho Internacional las equivocaciones se pagan caras. Y como cuesta después recomponer en justeza las situaciones.

Por eso, estamos obligados, en la presente controversia ―donde se abren sendos abanicos opcionales― a cautelar milimétricamente qué nos conviene.

Preguntémonos. ¿Insistir en la vía jurídica (por el Alto Tribunal de La Haya); adelantar alguna posibilidad de negociación de diplomacia directa hasta alcanzar una solución práctica y satisfactoria para ambas partes (dentro del espíritu y sentido del Acuerdo de Ginebra de 1966); instrumentar los mecanismos para un nuevo arbitraje; ¿o rescatar, como salida política, las figuras de mediadores, conciliadores o buenos oficiantes?

Fíjense que las alternativas mencionadas anteriormente quedan contextualizadas en criterios pacíficos, porque tal ha sido nuestra heredad y desempeño para con los países vecinos, pero tampoco somos tan lerdos, ingenuos o desprevenidos para ignorar el juego de intereses entre los gobiernos guyaneses y las empresas transnacionales que esquilman (ilegal e ilegítimamente) nuestros recursos en la Zona en reclamación y en su correspondiente proyección atlántica.

Lo que no nos está permitido en la coyuntura actual es cometer deslices o impropiedades, como en los que se incurrió en épocas preteridas, por las circunstancias que haya sido.

Hay algunas opiniones y criterios coincidentes en que nuestra primera y muy grave inexactitud diplomática fue haber aceptado las diligencias y acuerdos preliminares ―suscritos el 2 de febrero de 1897― en el denominado Tratado de Washington, donde se contemplaba un ulterior compromiso arbitral.

Me sumo entre quienes aseveramos que allí comenzaron nuestros desaciertos.

¿Ingenuidad o impericia de quienes manejaron nuestra diplomacia en esa época? Tal vez.

Primero, aceptar que se discutiera un caso de tanta trascendencia para la vida de nuestro país sin nuestra presencia.

Participaron únicamente para tales arreglos los representantes de los gobiernos del Reino Unido y el de los Estados Unidos; además, se birló, descaradamente, el principio del Utis Possidetis Iuris, nuestra Carta esencial de soberanía; y se omitió nuestro Justo Título Traslaticio: la Real Cédula de Carlos III, que crea la Capitanía General de Venezuela, el 8 de septiembre de 1777.

A partir de la estafa referida en el párrafo anterior devino el írrito y nulo Laudo Arbitral de París, el 3 de octubre de 1899 (donde tampoco estuvimos presentes); adefesio jurídico forcluído y de nulidad absoluta; que jamás legitimaremos como causa de pedir de la contraparte, en el juicio que se dirime por ante la Corte Internacional de Justicia.

Se le atribuye una enorme responsabilidad al gobierno del Benemérito Gómez por haber cedido a la presión del Imperio inglés, para proceder a la demarcación (en el terreno), de lo que ya se había “aprobado” de modo fraudulento en el ardid arbitral referido.

Precisamente, con los documentos que entramparon el arreglo; luego del mencionado trabajo por ambas comisiones, en la época gomecista (1905) —que se denomina Tratado Bilateral ejecutoriado― es con lo que en este momento está alegando la Parte guyanesa, en la Corte; además, solicitan en su pretensión procesal que se le confiera la autoridad de cosa juzgada a ese “laudo”; porque ya el gobierno venezolano de esa época lo había dado por “bueno y legítimo”.

No fue sino hasta 1962 cuando ―bajo el gobierno de Rómulo Betancourt― nuestro insigne canciller, Marcos Falcón Briceño, solicita un derecho de palabra en la plenaria de la Asamblea General de ONU, para denunciar el despojo que se perpetró contra Venezuela.

Se obliga a Gran Bretaña y accede a revisar la tropelía cometida y se adelantan gestiones para firmar, el 17 de febrero de 1966, el Acuerdo de Ginebra, donde por primera vez, admiten que la sentencia arbitral de París es írrita y nula, por lo que no surte ningún efecto jurídico ni puede ser documento oponible a nada, y menos en un juicio de la categoría y naturaleza que nos ocupa, hoy, en tan importante Sala Juzgadora de la ONU.

En resumidas cuentas, hubo demasiada tranquilidad e improvisaciones, en este asunto que debió tener siempre el carácter de Política de Estado, y no reacciones intemperantes de gobiernos y de funcionarios desconocedores de la materia.

Nos preocupamos porque a mucha gente ignorante de este sensible caso (para la vida del país) en algunas ocasiones se les designaba para ocupar importantes cargos atinentes a este asunto.

Debemos pronunciarnos permanentemente contra lo que aún siguen perpetrando los gobiernos guyaneses, que vulneran nuestros intereses soberanos, en la Zona en Reclamación y en su correspondiente proyección marítima. Ya están advertidas las transnacionales que las concesiones recibidas son nulas y contrarias al derecho internacional.

Comencemos por dejar sentado, suficientemente, que el Acuerdo de Ginebra viene a ser ―en este preciso momento― el único instrumento jurídico, donde “está vivo” y reconocido exequiblemente este pleito centenario, y en el cual se sintetiza medularmente nuestro reclamo.

Agreguemos, además, como un hecho interesante ―a los efectos del Derecho Internacional Público― que en el propio contenido del Acuerdo de Ginebra se pone en tela de juicio y se cuestiona el Principio de intangibilidad de la Cosa Juzgada (Res Judicata).

Vista así la situación y circunstancias en que ha devenido este pleito expresamos con contundencia que no les quepa la menor duda a los representantes de la excolonia británica que vamos con todo, sin contemplaciones; asistidos en la justeza de saber que estamos reclamando para nuestra nación la restitución de la séptima parte de la extensión territorial, que nos desgajaron en una tratativa perversa; y que, además, no estamos cometiendo ningún acto de deshonestidad o pillaje contra nadie.

El pueblo de Venezuela se pronunciará el 3 de diciembre en el referendo consultivo, con cuyos resultados se establecerá un esquema para acometer las más efectivas estrategias de restitución.

Ya basta. Tenemos más de cien años pidiendo, en justo derecho, la reivindicación de lo que siempre ha sido nuestro.

Vamos, ahora, por todos los medios, a cumplir la gesta de gloria independentista de nuestros libertadores, a partir del Referendo Consultivo, el cual calza ―perfectamente― con nuestra Constitución Nacional.

Guyana se encuentra desguarnecida jurídicamente, ante la Corte; no tiene el más mínimo documento ―de cesión histórica de derechos de nadie— que puedan oponer. En lo único que asientan su Acción contra Venezuela es en el inválido e ineficaz “Laudo de París”.

Lo que decimos, lo divulgamos con sobrada justificación; porque poseemos los Justos Títulos que nos respaldan. La séptima parte de nuestra extensión territorial ―la que nos despojaron― la reclamamos con suficiente fortaleza y asidero jurídico; por cuanto, somos herederos del mencionado espacio.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. jConsultor de la ONG Mi Mapa. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba. Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).

GUAYANA ESEQUIBA: VERGONZOSA EXPLOTACIÓN SOBRE UNOS RECURSOS PETROLEROS CUESTIONADOS

Abraham Gómez R.*

El petróleo, como importante factor productivo en Venezuela, irrumpe a partir de 1875.

Lo que quiere decir que poseemos abolengo, probado densamente, en estas tareas.

En breve síntesis, relatamos que un hecho fortuito devela para la posteridad nuestro posible destino, luego de un terrible terremoto comienza a manar el magma fósil en grandes cantidades por una de las grietas producidas por el movimiento telúrico, en la hacienda «La Alquitrana» del Estado Táchira. Inmediatamente, se instalaron allí extraños equipos de perforación.

Todo un espectáculo para los pobladores de la región, quienes se acercaban para ver lo que estaba sucediendo. Nada más que una prodigalidad de la naturaleza para esta tierra venezolana; que abundaremos con otros detalles epocales, más delante de este escrito.

Hoy, a estas alturas del siglo XXI, requerimos mayores estudios y disciplina para llegar a dominar (con rigor administrativo) ese accidente geológico.

En otro orden, en varios escenarios académicos, se nos solicita ―insistentemente― una opinión objetiva, en cuanto a cómo es eso que Guyana nos puede llegar a superar en tanto y en cuanto explorador, explotador y comercializador de petróleo.

Hay una inquietud generalizada que apunta a querer conocer cómo es que Guyana pueda tener un crecimiento vertiginoso de su Producto Interno Bruto (PIB), en los próximos meses, sobre la base de esquilmar los recursos que se encuentran en la zona controvertida, que ahora se dirime por ante la Corte Internacional de justicia. Un descaro mayúsculo el que están cometiendo.

Hemos respondido, con suficiente asertividad y contundencia, en los siguientes términos: Guyana se ha burlado de Venezuela, de muchas maneras.

La excolonia británica ha irrespetado el contenido esencial del Acuerdo de Ginebra de 1966 que de ninguna manera confiere soberanía a alguna de las partes en el conflicto, en la señalada zona del pleito. En dicho texto, además, se restringe a los concernidos en el litigio a explotar ―unilateralmente― los recursos en esa área hasta que haya un “arreglo amistoso, práctico y satisfactorio” o una decisión sentencial firme por la Sala Juzgadora de la ONU.

No nos cansaremos de denunciar ―siempre con mayor fortaleza― que hay un enjambre de empresas operando, ilegal e ilegítimamente, bajo la coordinación de la Exxon-Mobil, la cual fija los procedimientos en el área para la Shell holandesa, diseña los planes para la CGX estadounidense, impone los criterios operativos a la Hess Corporation y a la israelí Ratio Guyana Limited, al tiempo que  establece las cuotas de explotación a la Anadarko canadiense, a la CNOON china, en fin, se conoce que sobrepasan de (52) compañías que allí se instalaron, procedentes de muchos países que se dicen amigos de Venezuela; incluso algunas naciones que hemos estado apoyando a través de Petrocaribe.

Esos incalculables recursos nunca han sido ni británicos ni guyaneses.

Tenemos una reclamación centenaria que ahora se dirime en la Corte Internacional de Justicia. Poseemos suficientes elementos de convicción, de pleno derecho; documentos probatorios para exponer y alegar que la Guayana Esequiba es nuestra jurídica, cartográfica e históricamente.

Desde hace algunos años ha habido una ocupación abusiva de las transnacionales a partir de concesiones fraudulentas que recibieron (y siguen en tales afanes) de los gobiernos guyaneses.

No son más que entregas impregnadas de añagaza económica. Por supuesto que esas adjudicaciones serán reversibles, una vez que el señalado Ente Administrador de justicia resuelva a nuestro favor.

Guyana no es un país petrolero. Esos recursos no le pertenecen.

Están aprovechando, como mejor les plazca, los recursos madereros, acuíferos, mineros, petrolíferos y energéticos en general, en nuestra Guayana Esequiba; no únicamente en el área territorial de los 159.500 km2 que nos arrebataron sino además han otorgado permiso a grandes consorcios en nuestra proyección atlántica, en los que ellos han denominado los Bloques Pomeroon, Roraima, Stabroek y Kaieteur, ubicados, precisamente, en la zona marítima no delimitada o frente al estado Delta Amacuro.

Dejamos sentado ante el mundo que la condición de Venezuela de país petrolero no es un artificio de ayer para hoy, una sospechosa invención para coquetear con las transnacionales o una caricatura económica para justificarnos por el asunto litigioso ante la Corte.

Para una mejor precisión socio-histórica diremos que, en la madrugada del 14 de diciembre de 1922, los lugareños del pueblito La Rosa, cerca de la empobrecida Cabimas, estado Zulia, quedaron perplejos y sobresaltados, por cuanto no comprendían lo que estaba sucediendo.

Quienes hicieron las crónicas de tales acaecimientos relatan que los trabajadores de la Shell demoraron varios días en controlar con una válvula la potencia del incontenible líquido que cada vez brotaba con más fuerza.

Dicen que los dueños de la hacienda Los Barrosos estaban asombrados y recelosos; porque ese pozo estuvo arrojando unos 100 mil barriles diarios de crudo día y noche, que se terminaron desperdiciando pero que sirvió para develar el tamaño del yacimiento y su importancia.

Acontecimientos similares ―en mayor o menor proporción―, y con otras circunstancias se suscitaron en varias regiones de Venezuela; con lo cual podemos enfatizar que a lo largo del siglo XX se fueron emprendiendo nuevos y precisos descubrimientos; exploraciones tecnificadas y sostenidas explotaciones que le confirieron a nuestra nación la merecida categoría de país petrolero y la ocasión de hacerse cofundadora de la OPEP.

De modo que no somos una caricatura de país petrolero o una estrategia sobrevenida para quedar bien con las transnacionales.

Coincidimos plenamente con la Asamblea Nacional, no únicamente con todo lo relacionado con el referendo consultivo, cuya realización será el 3 de diciembre, sino también con el pronunciamiento emitido por las descaradas declaraciones del arrogante presidente de la transnacional Exxon Mobil; y la adjudicación directa del citado funcionario de contratos multimillonarios, sin cumplir las regulaciones y aprobaciones del gobierno guyanés para proyectos pertinentes.

Ese señor actúa por encima de toda norma, inclusive, dentro de nuestra histórica propiedad.

El Parlamento venezolano lamenta que el Gobierno de Guyana se comporte como una franquicia de la transnacional norteamericana petrolera Exxon Mobil cuyos intereses son esencialmente la apropiación del petróleo existente en este territorio.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la ONG Mi Mapa. Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).

GUAYANA ESEQUIBA: JUICIO CON INSIDIOSA DISYUNTIVA TEMPORAL

Abraham Gómez R.*

Con racional optimismo, me permito celebrar el inmenso entusiasmo avivado en   la población venezolana; la cual se ha mostrado (en todas partes) de acuerdo con las gestiones desarrolladas para reclamar y defender jurídicamente ―por ante la Sala Juzgadora de la ONU― la extensión territorial que nos desgajaron por el costado este de nuestra geografía.

Hay una agradable irrupción de entusiasmo en los distintos sectores de nuestra sociedad; auguramos para que así nos mantengamos hasta lograr nuestro justo objetivo de restitución.

Nos complace, además, significar que percibimos ―directamente― en nuestros encuentros presenciales en las universidades, plena solidaridad con las decisiones que viene tomando el Ejecutivo Nacional, con las cuales queda   involucrado todo el país; porque se ha asumido como Política de Estado, sin distinciones de ninguna naturaleza.

Entendemos que los pleitos internos y ajustes de cuentas ―por otros motivos y circunstancias― corresponden a conceptos diferentes a esta importante y trascendental determinación patriótica.

El presente asunto litigioso —el más importante de las relaciones exteriores de Venezuela― debe concitar una absoluta unidad nacional; sin imprudentes exclusiones, sin dejar a nadie a un costado porque tenga una ideología divergente, o piense y milite en organización política contraria al gobierno. Es una Asunto de Estado, que trasciende los particularismos de cualquier signo.

Apreciamos en todas las regiones una compacta concitación por lo que se viene haciendo; por encima, de ciertos resentidos ―sin causas justificables— que hacen alardes de conocimientos de este asunto controvertido y del Derecho Internacional Público; como también, de algunas opiniones (muy pocas, por cierto) que reman en sentido opuesto a los verdaderos intereses de la patria.

Nuestro país vive ―por este asunto controversial― un inusitado comportamiento histórico. Indudablemente.

Valoramos a toda nuestra Venezuela cerrando filas: académicos, historiadores, comunicadores, catedráticos, investigadores sociales, dirigentes políticos, artistas, cultores populares, educadores, sacerdotes, pastores, intelectuales, directivos de páginas en internet exclusivamente diseñadas para este tema y estudiosos del asunto litigioso que nos ocupa. Toda la nación firme y decidida.

Escuchamos y acopiamos en nuestros repertorios académicos expresiones y conjeturas bastantes acertadas y suficientemente provechosas que nutren y ensanchan las opciones y alternativas posibles para cualquiera determinación, para cuando haya que asumir (en la fase probatoria) la absoluta defensa del Estado venezolano.

Sin embargo, los especialistas y demás expertos siguen sosteniendo una inquietud sobre los posibles elementos jurídicos que examinará la Corte para soportar su iter sentencial en la presente controversia.

Los estudiosos de la controversia asumen ―justificadamente― cierta duda; por cuanto, nos encontramos con un caso típico de “catacronismo”. Étimo raro que despierta la curiosidad.

No obstante, este vocablo que, aunque ha venido ocupando bastantes espacios en los análisis multidisciplinarios y con tímida frecuencia de uso, aún la Real Academia de la Lengua no lo ha incorporado formalmente en su registro lexicográfico.

Por lo pronto, una breve aproximación al significado y alcance de “catacronismo”, como neologismo corriente en variados ámbitos. Por supuesto que el campo jurídico (particularmente el Derecho Internacional) no será la excepción para su empleo.

“Catacronismo” vendría a ser una decisión para una situación confrontada en la actualidad, pero utilizando reglas o normas establecidas en el pasado.

También se puede interpretar “catacronismo” como un acto de juzgamiento en la actualidad, donde se aplican reglas jurisdiccionales del presente, pero para hechos producidos o realizados en el pasado.

Primer caso: sentenciar un hecho ocurrido en el presente, pero aplicando normas del pasado. 

Segundo caso: sentenciar un hecho ocurrido en el pasado, pero aplicando normas del presente.

Veamos más claramente todavía la aparente situación de “inocuidad” de catacronismo.

En el asunto litigioso por la Guayana Esequiba vale la pena que nos detengamos a escrutar tan notable (e interesante) caso de “catacronismo” ―de disyunción temporal― en que nos encontramos; a partir del cual se puede colegir una amplia gama de preguntas.

¿Cuál será la base estructurante de la relación temporal; además, ¿las circunstancias discernibles y la fundamentación de normas y principios que establecerá la Corte Internacional de Justicia para decidir con congruencia sentencial el litigio que nos ocupa?

¿Resolverá la Sala en la actualidad ―con la vigencia y la eficacia de una norma pactada en el presente, denominado y aceptado Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966― el vil despojo que se nos perpetró hace más de un siglo?

¿Se atreverá la Corte, a causa del asunto contencioso en el presente, a reeditar (o reinstaurar) otro ominoso Tratado de Washington, como el tramposo que padecimos en 1897, que tan dañoso resultó a los sagrados intereses soberanos de Venezuela?

¿Ratificará el Ente Jurisdicente la nulidad del laudo, acaecimiento cometido hace (124) años (hecho pasado), conforme a su Estatuto y Reglamento, ambos instrumentos con pleno vigor jurídico (normas presentes)?

Por ejemplo, ateniéndose a lo contemplado en el artículo (38) de su Estatuto:

“l. La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar: a. las convenciones internacionales, sean generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes; b. la costumbre internacional como. Prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho; c. los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas; d. las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 59. 2. La presente disposición no restringe la facultad de la Corte para decidir un litigio ex aequoet bono, si las partes así lo convinieren”.

Revisemos, con idéntico propósito, el artículo (45) del Reglamento del Alto Tribunal de La Haya, válidamente aplicable, en el presente:

“1. En un procedimiento incoado mediante una solicitud, los alegatos escritos consistirán, por su orden. en una memoria del demandante y en una contramemoria del demandado. 2. La Corte podrá autorizar o disponer la presentación de una réplica por el demandante y de una dúplica por el demandado si las partes están de acuerdo a este respecto o si la Corte decide, de oficio o a instancia de parte, que estos alegatos escritos son necesarios”.

Hoy Venezuela pide ante la Corte ―de una vez por todas― que con su vigente instrumental jurisdiccional certifique la condición de nulidad absoluta del laudo, y relacionadamente todos los procedimientos y la abominación judicial cometida el 3 de octubre de 1899, por la malsana e indebida aplicación de las añagazas utilizadas entonces.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba. Asesor de la ONG Mi Mapa. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela. Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial.