¿QUIÉN EJERCE EL PODER EN EL ATLÁNTICO SUR?

César Augusto Lerena*

Una ONG desconocida, denominada OPRAS (Organización para la Protección de los Recursos del Atlántico Sur) que, por su integración sería un brazo de la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de Argentina (CAPECA), después de acordar con el Sindicato de Armadores de Industrias de Pesca de Brasil (SINDIPI), nos sorprende, haciendo lo mismo, con Armadores Españoles, para cuidar nuestros recursos pesqueros (¿?). Esto, nos ha servido como disparador para preguntarnos ¿quien ejerce el poder en el Atlántico Sur?

Días pasados, reflexionando sobre la situación de ocupación del Atlántico Sur, la pesca ilegal extranjera, la matriz extractiva nacional y la crisis internacional, repasé la situación, pensando quiénes son los actores y, cuál es su participación en estas cuestiones.

La Argentina con una ZEE de 3.146.345 km2, 6.816 km de costa, 1.784.000 km2 de plataforma continental, millones de km2 en el sector meridional del Atlántico Sur y la Antártida, es un “ESTADO MARÍTIMO”, del cual 1.639.900 km2 está ocupado por el Reino Unido y, con o sin licencias británicas, buques españoles, chinos y otros extraen ilegalmente todos los años un millón de toneladas de recursos pesqueros del mar argentino o migratorios de este.

En este escenario, Uruguay presta apoyo logístico portuario a esos buques depredadores. El vuelo a San Pablo desde Malvinas promoverá el intercambio de las islas con ese país y le servirá de pie de playa al mundo, amén que los isleños sigan llevando sus productos a España si la UE aprueba el libre comercio con el Reino Unido luego del Brexit o, si este no ocurriese, a través de los joint venture españoles-británicos en Malvinas. Por su parte, ahora Chile, presenta un reclamo sobre la presentación de Argentina ante la ONU de los límites exteriores de la Plataforma Continental.

Es un complejo menú por resolver en el Atlántico Sur. Estamos en problemas con tres de los cuatro países del MERCOSUR y, a ello, se nos agrega el reclamo de Chile y la pretensión de una ONG y empresas españolas de cuidarnos el recurso que los chinos y otros países asiáticos nos quitan y les quitan a los españoles (¿?). En principio, me resultan muy raras tres cosas: la primera, que para este objeto la citada CAPECA forme una ONG para cuidar sus intereses en el mar argentino, cuando a través de la Cámara podría actuar ante los poderes competentes; la segunda, que los buques españoles que pescan a distancia —tan depredadores e ilegales como los chinos— pretendan cuidar recursos de la Argentina y, la tercera, que las Autoridades competentes no ejerzan el debido poder administrador del Atlántico Sur. No es un tema menor lo que está pasando desde hace 40 años en el Atlántico Sur, que se agrava en forma sostenida y creciente. Es decir, la situación en el Atlántico Sur es un “escenario de fricción” como denominaría Marcelo Elizondo. Al que debemos agregarle nuestra situación general (pandemia, deuda externa, caída industrial, pobreza, desocupación, etc.) y de un sector pesquero que, en forma endémica, recicla un mismo modelo extractivo y se agrava a los habituales problemas internos por la caída de la demanda y del precio internacional.

Dejaré para una próxima oportunidad las cuestiones relativas a la administración pesquera de Argentina, para avanzar con las extrañas, pero, no puedo dejar de mencionar el absurdo de haber promovido las “Áreas Marítimas Protegidas (AMP)” que limitan, la explotación pesquera, en algunos casos en favor del Reino Unido en Malvinas (ya profundizaré en otro trabajo), para cuya restricción hubiese bastado la intervención del INIDEP y del Consejo Federal Pesquero y, las primeras informaciones que indican detonaciones en las áreas —sin estudio de impacto ambiental previo— asignadas a la explotación petrolera que podrían afectar la actividad pesquera.

El caso Chile. La Argentina realizó la presentación el 21 de abril de 2009 en la ONU de los límites exteriores de su Plataforma Continental, sobre trabajos iniciados en 1997 y ello dio lugar a la “aprobación de las recomendaciones de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) de la ONU el 28 de marzo de 2016. Con tal motivo elaboré para el Senador Pino Solanas un proyecto de ley de aprobación de las recomendaciones bajo el expediente S-2182/16 del 10/8/16, que durmió el sueño de los justos. Chile recién apoyó la CONVEMAR en 1997 y habría hecho la presentación a la ONU en 2019. Su gobierno hoy efectúa el reclamo —que parece dirigido a su política interna— porque, bien es sabido, que la Comisión de la ONU solo efectuó “recomendaciones” y no aprobaciones, las que quedan firmes si no hay reivindicaciones similares. Si, llama la atención, que al referirse a los límites de nuestros archipiélagos algunos autores chilenos refieran a “los amplios espacios del Atlántico Sur actualmente bajo administración del gobierno británico…”. No parecen haber cambiado mucho los apoyos probritánicos en Chile.

El caso Uruguay. No puede postergarse un Acuerdo con la República de Uruguay. Un Acuerdo ampliatorio del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo firmado en 1973, que puede resolverse muy satisfactoriamente para ambas partes y que lleve a la práctica una verdadera integración rioplatense postergada por 200 años. El daño que nos ocasiona la logística que realizan chinos y españoles en los puertos se Uruguay es tan grave en lo económico como en nuestra relación soberana en el Atlántico Sur. Está en el gobierno argentino ponderarlo y actuar en consecuencia.

El caso Brasil. La autorización de los vuelos a Brasil desde Malvinas habría que cancelarla, porque, a lo ya dicho precedentemente, consolida un quiebre a todos los acuerdos suramericanos de no facilitar las operaciones del Reino Unido desde Malvinas. La generación de negocios entre los ocupantes de Malvinas y Brasil tendrá un carácter irreversible y una ruptura de las políticas de unidad latinoamericanas.

El Reino Unido en Malvinas. No repetiremos lo mucho ya tratado sobre los avances del Reino Unido en el Atlántico Sur desde la firma de los llamados “Acuerdo de Madrid” y la fórmula del paraguas. Si, destacaremos el gravísimo hecho de que, en esta política de consolidarse en la región y violar la Resolución de la ONU 31/49 sistemáticamente, el Reino Unido, el pasado 25 de mayo, inauguró un Puerto con un costo de ₤ 11 millones, en las islas Georgias del Sur para darle apoyo a buques de investigación, de patrulla de pesca y de la Royal Navy armados.

El Consejo Federal Pesquero. A todo esto y, haciendo la advertencia que los miembros de este Consejo están habilitados para participar de manera remota, en ninguna de las 10 Actas de reuniones de 2020 de las cuales tomamos vista, se trataron los asuntos gravísimos citados (con alcance al sector pesquero) —incluso el ingreso de 100 buques extranjeros a la ZEE— pese que conforme el artículo 7º, 9º y s.s. de la Ley 24.922 el Subsecretario de Pesca y el Consejo Federal Pesquero —que preside— son los responsables de establecer y ejecutar la política pesquera nacional.

Frente a esta suerte de default de gestión, no resultaría raro, que las Cámaras Empresarias del país y hasta ONGs se ofrezcan a ayudar a cuidar nuestros recursos, ya que es necesario que en las actividades públicas haya una participación privada; lo que sí, llama la atención, que lo hagan mediante un Acuerdo con pescadores españoles agrupados en la Asociación Española de Armadores de Buques de Pesca de Merluza (ANAMER) y de la Confederación Española de Pesca (CEPESCA), muchos de ellos, propietarios de los buques que pescan y depredan nuestros recursos migratorios del Atlántico Sur con o sin licencia británica de Malvinas. Aceptar la participación de empresas no radicadas en la Argentina para que cuiden nuestros recursos pesqueros sería como “dar al zorro a cuidar el gallinero”. Luego, que algunos portales titulen a este acuerdo como firmado por “Representantes de Argentina y España” seguramente será para magnificar el absurdo.

Esta propuesta me hace acordar al Acuerdo firmado con el Reino Unido por Cavallo, para evitar que los buques asiáticos pescaran en una medialuna al este de Malvinas, que posibilitó luego al Reino Unido el otorgamiento de licencias pesqueras, precisamente, entre otros, a los españoles.

Seamos claros, los buques españoles realizan igual pesca ilegal (INDNR) que los chinos, etc. Empezando, porque si lo que se quiere es preservar “la salud de los ecosistemas del área” (sic), debieran saber que tanto el calamar, como la merluza, etc. forman parte del Ecosistema Pesquero Argentino y, no solo, los recursos dentro de la ZEE Argentina, sino, muy especialmente los migratorios o asociados, como desde 1995 lo establece la Ley 24.543 y desde 1998 la Ley 24.922 que, con el fin de proteger los derechos preferentes de la Argentina, en su condición de Estado Marítimo (ribereño para la CONVEMAR) y, teniendo presente el preámbulo de ésta que destaca tener en cuenta “…en particular, los intereses y necesidades especiales de los países en desarrollo, sean ribereños o sin litoral” y, por tanto, las empresas españolas deben acordar su captura con la Argentina en su carácter de país Ribereño y, no con el Reino Unido de Gran Bretaña —como lo vienen haciendo— que en forma prepotente ocupa el territorio marítimo argentino y el Archipiélago de Malvinas, al igual que lo hace con Gibraltar.

Los buques españoles, que refieren venir pescando “desde hace 37 años” (recordemos Malvinas, 1982) no debieran regirse —como dicen— en el Atlántico Sur por “normativas específicas de la Unión Europa” (sic), y, dejar de hacerlo, como el propio acuerdo entre OPRAS y el SINDIPI brasileño lo indican: en absoluta colisión con las regulaciones que rigen en aguas jurisdiccionales para las especies transzonales y asociadaspara enfrentar con razonabilidad el daño que los extranjeros que pescan a distancia (NdA: entre otros los españoles) están provocando en el ecosistema del Área y sus recursos. No caben dudas de que los derechos e intereses de los estados ribereños, explícitamente mencionados en el artículo 116 de la CONVEMAR se ven sistemáticamente atacados e ignorados” (sic), más aún cuando en el Atlántico Sudoccidental aplican las normas precedentemente citadas, resultando tan cristalino como insólito este Acuerdo, donde refieren que no van a regular en el área ocupada por el Reino Unido en Malvinas: “…sin que su extensión afecte a los espacios marítimos susceptibles de disputas o controversias relativas a jurisdicción o soberanía” (sic) que, seguramente, se reservan para seguir pescando con las licencias ilegales otorgadas por los británicos en Malvinas o asociados a ellos. Un disparate contrario a los intereses nacionales de la llamada OPRAS y una irreverencia inaceptable de los firmantes españoles. Me vienen a la memoria los Acuerdos Marco URSS-Bulgaria y el firmado con la Unión Europea (empresas españolas) cuyos buques nunca pescaron en la zona de exclusión británica en Malvinas.

Y debo adherir a lo dicho respecto a la pesca ilegal en el acuerdo entre OPRAS y el SINDIPI brasileño, ya que utilizando sus argumentos —que por razones de espacio no transcribo— ratifico que tanto los españoles como chinos realizan pesca ilegal (INDNR) en el Atlántico Sur y, por lo tanto —reitero— el carácter de absurdo del acuerdo firmado con los armadores españoles. Acuerdo que, en todo caso, debiera promover el Estado Nacional —con la participación de todo el sector empresario y gremial— y absolutamente ajustado a la legislación nacional, teniendo en cuenta nuestra preferencia de Estado ribereño.

Refiere OPRAS en su acuerdo con el Sindicato Brasileño que “si bien la FAO y las Naciones Unidas, están en conocimiento de la situación, la falta de acciones gubernamentales concretas parecen empañar la gravedad, excusando inapropiadamente a los organismos multilaterales, hasta el momento, de actuar…”, es decir, responsabiliza a las organizaciones locales y a la inacción de los organismos multilaterales, sobre las que parecen quererse colocar esta ONG, para resolver un problema que, en el caso del acuerdo español, es parte. Como si los depredadores solo fueran asiáticos y estos buques españoles que confiesan vienen pescando hace 37 años en el Atlántico —precisamente, cuando los británicos recuperaron Malvinas— con buques congeladores de gran porte pescando a distancia en caladeros externos (léase, entre ellos el Atlántico Sur), donde manifiestan tener 193 buques y efectúan el 58% de sus capturas. No son unos pobres pescadores artesanales.

Finalmente surge de la lectura de los objetivos de OPRAS, que esta entiende que los problemas de explotación ilegal más allá de las 200 millas de la ZEE excede la actual capacidad de los organismos públicos para adoptar medidas consistentes con sus facultades y limitaciones geopolíticas” (sic) y, pese a su condición de ONG sin fines de lucro manifiesta su deseo de: “crear una Comisión Técnica de Administración del Área Regulada, con una integración mixta, donde el sector público y las organizaciones promotoras” (sic) “la participación de OPRAS y su oportuna integración en la Comisión Administradora o Comité Ejecutivo correspondiente” (sic), “integrar a OPRAS en comisiones de regulación…” (sic); Establecer una relación institucional formal y activa con las organizaciones internacionales o multilaterales, en relación con la ordenación de los recursos…” (sic) “Promover e impulsar un sistema de gobernanza y ordenamiento pesquero…” (sic), en síntesis, parece la OPRAS reservarse un lugar en la administración de los recursos de todos los argentinos.

Y reitero la pregunta: ¿Los españoles nos cuidarán los recursos? Y ¿quién ejerce el poder administrador y soberano en el Atlántico Sur?

Ceterum censeo Carthaginem esse delendam.

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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