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Será imposible prosperar si no se respeta la Constitución

Iris Speroni*

El poder legislativo debe ejercer su rol y tomar las decisiones clave para el futuro de la Nación.

El Congreso tiene entre sus facultades contraer deuda externa, reglar los derechos de importación y exportación, y generar los incentivos para poblar el país.

 

Somos testigos de la campaña electoral más cara de la historia: u$s 9.600.000.000 (1). Con este dinero el Poder Ejecutivo junto a directores del BCRA retrasa artificialmente el tipo de cambio para enmascarar la inflación y así favorecer sus chances electorales.

Para llevar adelante esta acción el Poder Ejecutivo viola la Constitución Nacional en dos puntos: contrae deuda (con el FMI) y fija el tipo de cambio, ambas atribuciones del Congreso de la Nación (2). «Constitución Nacional,… Capítulo Cuarto, Atribuciones del Congreso; Artículo 75.- Corresponde al Congreso:…inc. 4. Contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación,…inc. 11. Hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras».

Representantes de la oposición han protestado públicamente por este accionar, pero ninguno ha llamado a sesiones para rechazar la deuda y la manipulación del tipo de cambio, ni ha pedido la remoción de los directores del BCRA nombrados en comisión, ni se ha presentado a la justicia por la malversación de 9.600 millones de dólares de fondos públicos.

Los representantes de la ciudadanía y de las provincias no creen relevante hacer cumplir la Constitución. Un tipo de cambio atrasado representa pobreza en las economías provinciales. Sin embargo, o los senadores no lo asumen como un problema o creen que no amerita elevar la voz.

La omisión del cumplimiento de la constitución por parte de nuestros representantes nos causa pérdidas en nuestro nivel de vida, en nuestra capacidad de ahorro y nos impide generar nuestro pequeño patrimonio. ¿Verán la relación de causa y efecto entre sus acciones y las consecuencias que pagamos todos?

EL CONGRESO

¿Los diputados y senadores relacionan que aprueban un presupuesto miserable para las Fuerzas Armadas y luego se hunde el ARA San Juan? ¿Relacionan que dejan al Poder Ejecutivo bajar artificialmente el tipo de cambio y luego las economías de Formosa y Chaco sufren?

El año pasado el ministro de Economía decidió subir las retenciones. No es facultad del Ejecutivo. La Constitución es clara: «Artículo 75.- Corresponde al Congreso: inc. 1. Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación,…».

Es una medida que afectó a los exportadores de software. La cámara empresarial, si es que no lo hizo aún, puede acudir a la Justicia a pedir su inconstitucionalidad y reclamar la devolución de los aranceles de exportación abonados.

Dirán: «Todos los presidentes manejan los aranceles aduaneros». Sí, por el Código Aduanero firmado por José Martínez de Hoz y Jorge Rafael Videla. El horror a la dictadura de nuestros grandes demócratas desde 1983 a la fecha es selectiva. Recaudar impuestos no los horroriza.

Sólo el Congreso puede disponer la venta de tierras de propiedad nacional. Sin embargo, desde que asumió, Mauricio Macri entró en una vorágine de venta de tierras públicas, a través del solícito Ramón Lanús. Al asumir, Macri no sabía cuál era el panorama de gobierno, según sus propios dichos, sin embargo a los quince días decidió vender terrenos y edificios públicos, en coquetos barrios de la capital y en Washington. «Artículo 75.- Corresponde al Congreso:…inc. 5. Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional».

Todo lo que arregló el actual gobierno con el FMI no es válido según nuestra Constitución Nacional. «Artículo 75.- Corresponde al Congreso:…7. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación».

Si uno va a pedir un crédito al banco, éste exige copia del estatuto de la empresa, y las actas de nombramiento de autoridades y apoderados. Si el estatuto dice que sólo el Directorio puede solicitar créditos, el banco exigirá la correspondiente acta de Directorio con la autorización a contraer el crédito.
¿Y el FMI presta dinero en violación a la Constitución de un país? Mala praxis. Tal vez vez provoquemos el cierre de ese antro de burócratas sobrepagados que es el FMI.

CRECIMIENTO

Quiero ahora detenerme en el inc. 19 del Art. 75 de nuestra CN. «»Artículo 75.- Corresponde al Congreso:… Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones»».
El 15 de julio del año pasado propuse en esta columna duplicar o triplicar nuestro PBI mediante una Segunda Conquista del Desierto (3). Aumentar la población de todos los pueblos artificialmente deshabitados. Despoblar las grandes urbes mediante la eliminación de subsidios y privilegios que llevan a la concentración poblacional.

La Constitución obliga a nuestros gobernantes a generar los incentivos para que la población se instale en todo el país. Hacen lo contrario. Gravan a las zonas rurales (u$s 11.000.000.000 sólo en retenciones mayormente agrícolas), a lo que se le suma el impuesto a los bienes personales -que afecta a quien tiene su capital en tierras- y el impuesto al combustible que encarece artificialmente el flete (perjudica las economías regionales). Sin embargo los impuestos al combustible fueron votados por los senadores de todas las economías regionales del país.

Las retenciones agropecuarias son un incentivo a despoblar el interior del país y mudarse a las grandes ciudades donde el estado gasta esas mismas retenciones. Va de nuevo: las retenciones a los productos agropecuarios son un mecanismo para despoblar las provincias y poblar las grandes urbes. ¿Por qué? Porque el estado gasta esos recursos en subsidios a los habitantes urbanos.

Desde el momento en que está escrito en la Constitución, senadores (cámara de inicio de estas leyes) y diputados saben qué deben hacer. Sin embargo se distraen en implementar agendas foráneas.

Retrucarán que el Congreso ha delegado al Ejecutivo las facultades de endeudarnos, de vender tierras, de manipular el tipo de cambio o subir las retenciones por leyes ad hoc. Sin embargo los legisladores no pueden transferir su responsabilidad. La CN establece: «Artículo 76.- Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo».

LOS ROLES

La definición de patrimonio neto (de una persona, de una empresa, de un país) es todo aquello que se tiene menos todo lo que se debe. Lo mínimo que uno le pide a un gobernante es que no haga daño. «Primum non nocere». Queremos que nuestros gobernantes no nos generen daño.

A casi cuatro años de asumir Macri, el estado nacional (lo que le dimos a administrar), ¿está mejor o peor? ¿El patrimonio neto del estado nacional subió o bajó? Una nación tiene capital monetario y simbólico. En lo simbólico, ¿somos un mejor país con más o menos patrimonio intangible si destruimos el Tiro Federal o si se hunde el único submarino que teníamos o estamos peor?

Los ciudadanos, en nuestro patrimonio familiar, ¿somos más ricos o más pobres? A algunos les habrá ido bien, a otros regular y a otros mal. En la sumatoria de cada fortuna personal, ¿bajó o subió nuestro patrimonio neto consolidado?

La riqueza no sólo se genera trabajando. Se necesita un marco legal y paz. Nuestro lema es En Unión y Libertad. Juan Bautista Alberdi fatigó explicando paso por paso por qué un marco legal era imprescindible para la generación de riqueza.

Si el Congreso no se ocupa de lo que se tiene que ocupar y el Ejecutivo hace lo que no debe, a nosotros sólo nos espera el escalón siguiente de pobreza. No es posible prosperar si no se respeta la Constitución.
A los miembros de la casta política: tal vez hoy se sientan en la cima de la colina porque pasan el sushi por caja chica. Sin embargo, la Constitución es clara: si nos generan perjuicio, si dañan nuestro patrimonio, nuestra vida o nuestro honor, la cárcel está a la vuelta de la esquina. Artículo 29 de la Constitución Nacional.

1. https://bit.ly/2XDnsK0

2.http://https://bit.ly/32lL5p8

3.http://https://bit.ly/2xLtxF2

* Licenciada de Economía UBA, Master en Finanzas, Ucema. Posgrado Agronegocios, Agronomía UBA.
** Tomado de La Prensa, Argentina, http://www.laprensa.com.ar/478565-Sera-imposible-prosperar-si-no-se-respeta-la-Constitucion.note.aspx

César Lerena denuncia «Un instituto oficial colabora con los ingleses en Malvinas»

César Augusto Lerena*


«Me he ocupado durante décadas de defender la tarea de la investigación pesquera y, con ello, a los científicos y técnicos del INIDEP, el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero; ahora, una cosa es hacer investigación independiente y otra, tener un Instituto intervenido que responde a las consignas insustentables del Ejecutivo y colaborar con el invasor británico en Malvinas.

Seré preciso para evitar malos entendidos: colaborar con el invasor, es acordar con éste la investigación conjunta de los recursos pesqueros argentinos en el Atlántico Sur, fuera y dentro de la arbitraria y prepotente Zona de Exclusión Británica, aportándole al Reino Unido el buque de investigación argentino Victor Angelescu y los científicos del INIDEP, formados y perfeccionados por el Estado Nacional, acercándole a estos ocupas, toda la información pesquera necesaria para que los ingleses sigan sosteniéndose en Malvinas, ratificando, lo que el Director británico de Recursos Pesqueros John Barton manifestaba el 14 de marzo de 2012: «Sin las Licencias de Pesca no hubiéramos sobrevivido en Malvinas» y, ello es así, porque el 75% de los recursos económicos de las Islas provienen de la pesca.

Nada más evidente que los hechos: ni durante, ni una vez concluida esta «investigación conjunta» los buques pesqueros argentinos podrán ingresar a la zona de exclusión impuesta por los ingleses y, por el contrario, lo harán los cientos de buques extranjeros que pescan con licencia ilegal británica.

El INIDEP no puede prestar información a los administradores ilegales de Malvinas y a través de éstos a los buques extranjeros que depredan nuestros recursos pesqueros dentro de la Zona Económica Exclusiva o fuera de ella, sobre las especies migratorias o asociadas, extrayendo más de un millón de toneladas anuales que provocan un desequilibrio biológico en el Atlántico Sur y  compiten con productos de origen argentino en los mercados internacionales con las empresas radicadas en el continente argentino.

Y, aún más, no puede prestarse información al enemigo porque lo prohíbe la Constitución Nacional, la Ley de Defensa Nacional y, desde lo específico, la ley 24.922. Puede resultar un poco duro utilizar la palabra enemigo para referirse al invasor británico, pero, parece la más adecuada para definir a «alguien que resulta contrario o antagónico a uno mismo o a lo propio» y porque «la enemistad surge por un desacuerdo extremo e intolerante entre ambos países» que ya lleva 186 años y, que en la confrontación de 1982 por recuperar el territorio nacional murieron 629 argentinos y quedaron más de mil heridos.

Y, aunque la voluntad general sea caminar hacia una amistad entre los pueblos, las condiciones para hacerlo deben ser de equilibrio entre las partes y no la cesión total e incondicional por parte de Argentina, mientras Gran Bretaña se niega sistemáticamente a negociar la soberanía de Malvinas, a pesar de que las Naciones Unidas y toda la comunidad internacional se lo reclame.

El Art. 119º de la Constitución Nacional precisa: «La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro…».

Por otra parte, la Ley de Defensa Nacional establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales fundamentales para la preparación, ejecución y control de la defensa nacional, y tiene la finalidad de «garantizar de modo permanente, la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación…» y esa defensa abarca, no solo los espacios continentales, sino las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y demás espacios insulares, marítimos y aéreos, así como el Sector Antártico Argentino y, ello constituye un derecho y un deber para todos los argentinos (Ley 23.554 art. 2º, 5º y 6º y Ley 15.385).

Finalmente, la Ley 24.922 solo habilita al INIDEP a cooperar con organismos nacionales y provinciales (Art. 11º) y, por lo tanto, no está autorizada a hacerlo a terceros países y mucho menos suministrarle información que, en todos los casos, debe ser evaluada previamente por el gobierno nacional (Art. 13º).

Al mismo tiempo el Reino Unido está impidiendo al INIDEP establecer el Rendimiento Máximo Sostenible Anual (Art. 12º) de todo el Atlántico Sur, porque no tiene acceso directo y cierto de las capturas extranjeras y no puede relevar todo el territorio marítimo nacional y, por lo tanto, los invasores británicos incumplen con los art. 17º a 27º de la citada ley, depredando el recurso y provocando «excesos en la explotación y efectos dañosos sobre el entorno y la unidad del sistema ecológico».

Y en lugar de proteger los derechos preferentes de la Nación en la condición de Estado Ribereño (Art. 22º) el INIDEP realiza tareas conjuntas con el Reino Unido para conocer los recursos naturales argentinos del área de influencia de Malvinas, colocando en un plano de igualdad a Gran Bretaña, como si se tratara de otro Estado Ribereño, sin una disputa territorial, quebrantando todas las Res. de las N.U. relativas a la explotación de los recursos naturales de los países ocupados.

El Código Internacional de Conducta Responsable de la FAO precisa: «Los Estados deberían adoptar las medidas de conservación, ordenación y el uso sostenible de los recursos pesqueros. Éstas, deberían basarse en los datos científicos y estar concebidas para garantizar la sostenibilidad de los recursos, promoviendo una utilización óptima y su disponibilidad para las generaciones actuales y futuras». Ello no es posible, mientras los ocupantes británicos exploten ilegalmente los recursos, a través de licencias pesqueras, consolidando esta actividad construyendo puertos con la colaboración de empresas españolas, otorgando licencias y, constituyendo, incluso, sociedades con empresas pesqueras de esta nacionalidad.

En este estado, la Argentina no puede prestar cooperación alguna, porque no solo está poniendo en juego los derechos territoriales y las toneladas que capturan ilegalmente los buques extranjeros habitados por Gran Bretaña, sino que a la luz del reciente Acuerdo de la Unión Europea-MERCOUR estaría aceptando que esas capturas sean tratados como originarias de los Buques de Bandera (los que no son de los Estados Ribereños), según las Reglas de Origen Sección A del citado Acuerdo.

En el momento, que, con motivo del Brexit, Gran Bretaña y con ello Malvinas, como territorio de Ultramar de la U.E., perderán los beneficios arancelarios de pertenecer a la Unión Europea y el MERCOSUR firma un Acuerdo al respecto, el gobierno argentino, colabora con invasores de Malvinas a mantener su economía y comercio.

Desde la creación del INIDEP pocos directores reunieron los requisitos de la ley. Muchos fueron delegados del Subsecretario, en otros casos éste asumió la función y, en ocasiones, se intervino. La presente es una de ellas; pero, los investigadores del INIDEP siempre estuvieron indicándole a los Subsecretarios de turno los límites de la sobreexplotación. Así ocurrió con los Acuerdos Marco con la URSS-Bulgaria, con el de la Unión Europea, con el charteo de calamar o con el festival de permisos de merluza de entonces o del langostino de hoy. Nunca ocurrió que se pusiese el INIDEP al servicio extranjero y mucho menos de quienes ocupan en forma prepotente 1,6 millones de km2 de nuestro territorio marítimo e insular y otorgan licencias pesqueras por 25 años.

Raramente, el Interventor, que pone el INIDEP al servicio de los británicos, es un Almirante retirado de la Armada, que parece conocer muy poco de soberanía nacional y mucho menos de pesca, a juzgar por el rol que cumple a pie juntillas. Su intervención en el Senado de la Nación, el pasado 18 de junio de 2019 es una prueba de ello:

Marcelo Lobbosco, de él se trata, subrayó en esa reunión que el INIDEP «abarca la totalidad de la problemática del Mar Argentino, por ende, tratamos cuestiones que son también comunes a otros países», dejando poco claro a qué otros países se refería, porque, en el Mar Argentino, hay una sola Zona Común, que es la acordada por el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo en 1973 con la República Oriental del Uruguay, no habiendo cuestiones comunes en el Canal del Beagle ni en el llamado “Mar de la Zona Austral”, derivadas del Tratado de Paz y Amistad entre la Argentina y Chile, firmado en 1984. No creemos que Lobbosco, incluya dentro de esos países al Reino Unido, aunque es verdaderamente temerario en su informe cuando dice: «hicimos prospecciones -o tenemos previsto hacerlas- dentro de la Zona Económica Exclusiva o, mejor, autotitulada “exclusiva” por los ingleses» al referirse al Mar Argentino que rodea a las Malvinas.

No es, ni una “Zona Económica Inglesa” ni una “Zona Exclusiva Inglesa”. Este Interventor le da legitimidad a la Proclama Nº 4 de 1986 del Gobernador Inglés ilegítimo en Malvinas, que estableció una Zona de Exclusión Pesquera denominada «Zona Provisional de Conservación y Administración de Pesquerías (FICZ)», un arbitraria área de exclusión que, luego se ampliaría, a los límites establecidos por la CONVEMAR y, en la que -como hemos dicho- está prohibida al ingreso de los buques pesqueros argentinos, pero, que el responsable del INIDEP insiste en prestarle servicios a los ingleses, a través de este «Acuerdo de Conservación Conjunta argentino-británica de los recursos marítimos argentinos en el Atlántico Sur» firmado el 28 de noviembre de 1990, destinado a evaluar la situación de los recursos pesqueros desde la altura de la Península de Valdez (Latitud 45ºS), por encima del Golfo de San Jorge de Chubut hasta debajo de las Islas Sándwich del sur (Latitud 60ºS), es decir, no solo en la FICZ, sino frente a los mares de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y la Antártida, consolidando la ocupación británica en Malvinas y el Atlántico Sur y Océano Austral.

Llama la atención que, teniendo a su cargo la totalidad de la problemática marítima no haya sido convocado el INIDEP a la hora de licitar las áreas de exploración de hidrocarburos offshore, para el impacto sísmico y físico sobre las áreas sensibles de los recursos, a pesar de que «es necesario una prospección antes, durante y después» y, como bien refieren los investigadores del INIDEP si bien «existe innumerable bibliografía, no es aplicable directamente a nuestros recursos». Aunque el Sr. Lobbosco, entienda, vaya a saber con que conocimiento académico, que estas acciones «afectan de forma diferente según la especie” (sic) (¿?).

También que la Intervención no haya elaborado un informe relativo al daño ecológico que producen las capturas ilegales en el mar argentino por parte de buques extranjeros y, sugerido al Poder Ejecutivo Nacional, las medidas técnicas necesarias para erradicar estas extracciones ilegales de buques españoles, chinos, coreanos etc. con o sin licencia británica. Tal es el desorden, que, en el caso de los cuatro stocks de calamar, del mar argentino, el más importante el del Sur, que los investigadores del INIDEP sostienen que «es el que se comparte con Malvinas (con los británicos en la ZEE Argentina) y, para manejarlo, se necesitan saber todas las capturas. No puede haber un manejo exitoso si desconocemos cuánto se pesca; mucho más cuando afuera se está pescando más que adentro. Si acá hay 70 barcos, afuera hay 300, entonces, todo está muy desbalanceado».
Por otra parte, cuando varios asesores, en esa misma reunión, le preguntaron al Interventor, cuál proyecto de renovación de la flota le parecía más adecuado, en atención a que alguno preveía otorgar cuotas de pesca como incentivo, respondió, que «esos temas, al igual que la sobreexplotación de los recursos no le atañen al INIDEP sino a la subsecretaría», desconociendo, que el Rendimiento Máximo Sostenible de las Capturas le corresponde al Instituto a su cargo, al igual que la determinación anual de especies excedentarias y otras cuestiones relativas a la disposición de los recursos; por cierto, opiniones que fueron contradichas por la Directora Nacional de Investigaciones del INIDEP, que al respecto dijo: «Nosotros elevamos todas las recomendaciones a la autoridad de aplicación y, esta es la que concede las cuotas a la flota, es decir que esta está limitada por la cifra que el INIDEP recomienda. Nosotros somos los responsables de decir: se puede pescar esto».

Al tiempo que dejaba claro el propio Lobbosco, que menos del 20% de los buques pesqueros llevan observadores y aceptaba en silencio que «estamos frente a una reducción de personal; un día de barco sale diez mil dólares, con lo cual, imagínense (los asesores de los Senadores) que a veces no se cuenta con los recursos como para hacer las campañas de todos los recursos y de todos los datos que se necesitarían».

Pero lo alucinante estaba por llegar, el Asesor del Senado disparó la pregunta clave (a modo de anzuelo) sobre el calamar Illex argentinus, el que da sustento a los británicos en Malvinas:
 
“…(transcripción oficial del Senado)
 
-ASESOR: ¿Para el manejo adecuado del calamar estiman necesario un 40% de escape de las capturas para asegurar que la próxima generación de también se exitosa, no es así?
-INVESTIGADOR: SI.
-ASESOR: Pero hablaste también de 300 buques que están pescando afuera, de otra nacionalidad, ¿ese 40% por ciento se escapa también?
-INVESTIGADOR: NO, el 40% de nosotros. Nosotros indicamos: «corresponde cerrar la pesquería porque detectamos que ya estamos en el 40 por ciento de escape. ¿Quién cierra la pesquería? La Argentina»
-LOBBOSCO: Claro.
-INVESTIGADOR: Afuera los 300 siguen pescando. Esta es una pesquería totalmente desregulada. Nada de lo que podamos hacer nosotros acá… Y para el recurso es totalmente negativo, por supuesto.
-LOBBOSCO: Siguen pescando…                                                 …”
 
Un aire de asombro y desolación envolvió a los presentes.             
 
En esta situación, el Sr. Interventor del INIDEP Almirante Marcelo Lobbosco sigue colaborando para que los británicos puedan asegurarse la llegada del Calamar a Malvinas y el sostenimiento de los usurpadores ingleses».

* El Dr. César Augusto Lerena, ex Secretario de Estado, experto en Atlántico Sur y Pesca, y actualmente asesor en el Senado de la Nación, ha publicado otras veces en AgendAR -por ejemplo, aquí y aquí– sobre temas de su especialidad. Ahora nos ha hecho llegar una grave denuncia, que debe ser esclarecida.

** Tomado de AGENDAR, https://agendarweb.com.ar/2019/07/12/cesar-lerena-denuncia-un-instituto-oficial-colabora-con-los-ingleses-en-malvinas/

Los impuestos, el lastre que frena la iniciativa exportadora

Iris Speroni*

La alta carga tributaria representa un obstáculo difícil de salvar a la hora de venderle al mundo. La Argentina exporta dos tercios de su producción de aluminio. El tercio restante se utiliza para la producción de bienes intermedios. Se exportan productos semielaborados pero en menor proporción que materia prima.

Argentina es exportador de aluminio para la industria, pero el alto nivel de impuestos hace poco probable la venta de productos finales.

Hace ocho años que el país no crece y cuatro que decrece. Los motivos son una asfixiante carga impositiva que quiebra familias y empresas y un tipo de cambio retrasado artificialmente que impide la exportación.

En estos últimos años creció la exportación de servicios informáticos, fruto de una inversión de décadas en la formación de recursos humanos a costa de los contribuyentes. Rápidamente el gobierno les puso aranceles a la exportación del 10%. Nadie debe prosperar excepto los políticos y sus protegidos. Toda actividad económica lícita por fuera del grupo selecto será aniquilada. Resistirse es fútil.

ALUMINIO

La Argentina exporta dos tercios de su producción de aluminio. El tercio restante se utiliza para la producción de bienes intermedios (perfiles, cables de electricidad, tubos, laminados), con los cuales, a su vez, se elaboran productos finales. Tanto la materia prima como los productos intermedios tienen competencia de productos importados, desde 5% a 50%, según el segmento.

Se exportan productos semielaborados pero en menor proporción que materia prima. Resulta irónico. Nuestro país invirtió fuertemente para que existiera producción de aluminio argentino (una inversión privada con soporte estatal en infraestructura y créditos) con el objetivo estratégico de ser autosuficientes y abastecer a la Fábrica Militar de Aviones.

Con la intervención socialdemócrata desde Alfonsín a la fecha, FMA se cerró, nuestro aluminio sirvió para que Embraer hiciera aviones (con subsidio y crédito estatal brasileño) y para abastecer a la atrasada industria automotriz brasileña que nos venden su caros y malos autos.

El Banco Mundial dio créditos para que la Argentina instalara generadores eólicos. Con ese dinero se compran aspas a Brasil. La Argentina poseía tecnología para generadores eólicos en la década del «70. Ahora importamos aspas.

La Argentina exporta lana de vicuña a Canadá que la convierte en abrigos de u$s 5.000 la prenda. El 50% de las exportaciones a la Unión Europea están compuestas por harina y pellets de soja y pesca.
¿Por qué se exporta aluminio y no aberturas de aluminio? ¿Por qué se exportan pellets de soja y no carne de chancho? ¿Por qué se exporta madera y no aberturas o muebles o instrumentos musicales?

¿Por qué se exporta lana sucia y no tela de casimir o sweters? No es por salarios altos porque exportamos productos sin elaborar a países desarrollados con salarios el doble de los nuestros. No es por falta de capital. Los Argentinos tienen ahorros en el exterior equivalentes a un PBI.

RAZONES

Entonces ¿por qué no podemos convertir acero en una sembradora y exportarla a Hungría? ¿Por qué no podemos vender aberturas de aluminio a Estados Unidos? ¿Por qué no podemos exporta casimir 50% mohair y 50% merino a Italia? La diferencia entre exportar y vender al mercado interno es la carga impositiva. No tanto el monto sino el momento en que deben abonarse.

Si Aluar exporta un producto que vale 100, cobra ese dinero menos los derechos de exportación (ahora en 10%) y mal y tarde cobrará algún reintegro de IVA por sus insumos.

Si vende localmente agrega impuesto a los ingresos brutos, IVA e impuesto al cheque. Pagaderos inmediatamente, aunque cobre después. Con una tasa de interés del 80% anual, el costo financiero del IVA es de 4% de la venta si cobra a 90 días. Sumemos: 5% de IIBB y 4% costo financiero de IVA y 0,6% de impuesto al cheque.

El comprador, supongamos que esté en el Gran Buenos Aires, tiene 1.300 kilómetros en camión por la Ruta Nacional 3. Podría ir en barco desde Puerto Madryn a Bahía Blanca y ahí por el Ferrocarril Roca, o en barco hasta Ensenada, pero sólo el 10% de la carga se mueve por tren. El flete sale el doble por el costo impositivo. El camión y las cubiertas tienen un 100% de sobrecosto impositivo (50% camión, 50% impuestos). Peaje, tributo al Club de la Obra Pública, club del cual el presidente es socio.

El fabricante de perfiles tiene entonces: 5% de IIBB en el precio del aluminio, 21% de IVA, 4% de costo financiero sobre IVA, 1,2% de impuesto a las transacciones financieras más flete. Ya pagó más que quien importó el aluminio de Aluar (además el flete marítimo es más barato que el terrestre).

Nuestro fabricante efectúa la conversión de aluminio en perfiles. Requiere electricidad (con IIBB, IVA y 20,5% de recargo impositivo), mano de obra (con 30% de cargas sociales), maquinaria con aranceles de importación, tanto la máquina como los repuestos y el IVA de la máquina pagado por adelantado. Todo eso lo tiene que recargar a su producto. Luego le vende perfiles a un fabricante de aberturas.

Este tiene acumulado: 2 capas de IIBB, 2 capas de impuesto al cheque, el costo financiero del adelanto impositivo en ambos casos, el costo impositivo del flete de ambos tramos, más los impuestos sobre la electricidad y contratación de personal.

Cuando venda sus aberturas deberá abonar ingresos brutos, impuesto al cheque y pagar el IVA meses antes de cobrar su producto. Ya tiene acumulado 15% de IIBB, 3,6% de Impuesto al cheque, 21% de IVA, impuestos sobre los tres tramos de flete, impuestos del 20,5% sobre la electricidad, impuestos sobre el empleo de personal y el costo financiero de adelantar impuestos (paga IIBB e IVA al momento de emitir la factura, no al momento de cobrar), y además ya pagó el costo financiero de Aluar, de la fábrica de perfiles, más el propio (12%).

Aunque fueran eficientes, profesionales, con buen diseño y calidad, ¿a quién le podrán exportar un producto cuya composición es 50% de impuestos? Es por esto que podemos exportar aluminio puro y no perfiles de aluminio.

Consecuencias adicionales: por la carga impositiva, las empresas abaratan costos. Reducen la calidad. Retrasan la renovación de maquinaria. La consecuencia es ocho años de estancamiento del PBI, decrecimiento en los últimos cuatro.

ESTRATOS

Hay una capa de impuestos por cada paso en el proceso de elaboración: 1) aluminio, 2) perfiles, 3) aberturas. Para poder exportar productos terminados (desde queso parmesano a aberturas de madera o helicópteros) se necesita cambiar el sistema impositivo. No sólo las alícuotas, sino pagar el impuesto luego de la cobranza de la venta y no al momento de comprar los insumos.

Actualmente se han pagado fortunas antes de vender el primer fumigador, el primer cinturón, el primer simulador de vuelo. Si los impuestos se gravan sobre la venta final y sobre las ganancias cobradas entonces podemos aspirar a exportar productos elaborados.

Ahora sólo se puede exportar aluminio y calamar y no carteras o casimir de mohair/merino. Porque el porcentaje de impuestos de los primeros dos productos es infinitamente inferior al de los dos últimos. La primarización de las exportaciones argentinas es la consecuencia del sistema impositivo armado por la casta política argentina. El diseño impositivo y la determinación del tipo de cambio son responsabilidad del Congreso de la Nación.

La Argentina necesita que el país tenga pleno empleo. Exportar productos elaborados aumenta la necesidad de mano de obra. El pleno empleo sube el valor del salario.

PROPUESTAS

1- Eliminar los impuestos a los ingresos brutos, a los sellos, a las transferencias bancarias, y todo impuesto de cualquier clase sobre combustibles, energía eléctrica y gas.

2- Eliminar todo impuesto sobre forrajes y alimentos.

3- Bajar el IVA al 10% que se cobrará sobre todos los productos excepto alimentos, forrajes, combustibles, gas y electricidad que pagarán 0%.

4- Eliminar IVA a la maquinaria y a los barcos.

5- Eliminar los derechos de exportación.

6- Eliminar todo adelanto impositivo, percepción, retención, ganancia mínima presunta.

7- Irse del Mercosur.

8- Eliminar peajes.

9- Mejorar los Ferrocarriles y tener flota fluvial y marítima.

10- Mejorar los puertos.

11- Convivir con un tipo de cambio alto sostenido.

12- Eliminar los impuestos al trabajo.

Los primeros seis puntos son de resolución inmediata. Un crecimiento de exportaciones de productos semielaborados y terminados implica más trabajo y prosperidad.

* Licenciada de Economía UBA, Master en Finanzas, Ucema. Posgrado Agronegocios, Agronomía UBA.
** Tomado de La Prensa, Argentina, http://www.laprensa.com.ar/478075-Los-impuestos-el-lastre-que-frena-la-iniciativa-exportadora.note.aspx