Archivo de la etiqueta: Armada Argentina

EN EL MAR ARGENTINO NO SE PUEDE APLICAR NINGÚN PROGRAMA DE PROTECCIÓN DE BIENES COMUNES GLOBALES

César Augusto Lerena*

Artículo publicado en Perfil, 1 de junio de 2026.

 

El Contraalmirante Carlos Sardiello de las U.S. Naval Forces Southern Command y Cuarta Flota de EE.UU. y el Almirante Juan Carlos Romay de la Armada Argentina firmaron una Carta de Intención que según la información oficial de Estados Unidos tendría como objetivo principal “fortalecer la seguridad marítima en el Atlántico Sur; combatir las amenazas de la pesca ilegal, el narcotráfico y otras actividades ilícitas; mejorar la vigilancia, patrullaje y monitoreo conjunto y proporcionar equipamiento avanzado; patrullaje; entrenamiento de élite e interoperabilidad durante 5 años”.

No está claro si se trata de transferencia de conocimientos, tecnología y equipamiento o si la flota de Estados Unidos tendrá un rol activo dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina o fuera de ella y ello debería ser precisa en forma inmediata por la Armada Argentina, porque conforme ello, esta Institución podría estar violando o no el artículo 75° de la Constitución Nacional.   

Esta Carta de Intención se estaría enmarcando en el Programa para la Protección de Bienes Comunes Globales (Protecting Global Commons Program) y ello lleva a tratar de analizar el alcance de este comunicado porque no hay precisiones públicas sobre el mismo. Hasta el momento parece una admisión de las incapacidades del gobierno argentino para controlar el Atlántico Sudoccidental y un avance de Estados Unidos en la región.

Debemos aclarar, en primer lugar, que semejantes objetivos no pueden estar en manos del Jefe de la Armada argentino y, en todo caso, éste debería limitarse a ejecutar la política del Poder Ejecutivo Nacional y, dependiendo del alcance y el ámbito de intervención de la flota norteamericana, del Congreso de la Nación. No deja de llamar la atención que el Ministerio de Defensa, tampoco haya emitido comunicado alguno, en especial cuando el Ministro es un oficial en actividad y el tema sería de su competencia; en particular, cuando hay una fuerza subordinada suya firmando esta Carta; lo que rompe -al menos- con una de las dos consignas básicas: “Subordinación y Valor”.  

“Fortalecer la seguridad marítima en el Atlántico Sur” es una definición de tal ambigüedad que debemos hacer alguna precisión. No hay “Bienes Comunes Globales” en el mar territorial ni en ninguna Zona Económica Exclusiva (ZEE), ya que son espacios marítimos de jurisdicción y dominio del Estado ribereño y por lo tanto no hay tales “bienes comunes globales”; territorio y bienes cuya responsabilidad, es de exclusividad argentina.

Así, las cosas, entendemos que se trataría de controlar -entre otras- la pesca ilegal en alta mar. Ello sería una novedad, la de reconocer que la pesca ―en la forma que se viene realizando en alta mar― es ilegal. Cuestión que hace años venimos reclamando y nos auto-declaramos “el padre de la criatura”. Todo lo contrario, a la opinión de las autoridades de los distintos gobiernos y, sus fuerzas de navales, que venían interpretando erróneamente la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR); en particular, en lo relativo a la explotación del recurso pesquero migratorio de la ZEE en alta mar. ¿Qué pasó? ¿El Tío Sam dice que es ilegal y nuestras fuerzas armadas van presurosos a firmar una Carta de Intención para controlarla?   

Ahora bien, no podemos ser tan ingenuos para creer que la presencia de la flota norteamericana en el Atlántico Sur está destinada a ayudarnos a eliminar la pesca ilegal; que, dicho sea de paso, ni siquiera intentaron los diferentes Consejos Federales Pesqueros desde que se dictara la Ley Federal de Pesca. Es obvio, que su sola presencia en los puertos y en el mar argentino es un claro mensaje a terceros países, en especial a China.

Queda claro el objetivo de Estados Unidos, cuando su embajada en la Argentina, destinada a representar los intereses de ese país en el nuestro, es quien anuncia -sin detalles- esta intención y, la Cancillería Argentina no informa (Ver portal del MRECIyC, 25/5/26) a los ciudadanos argentinos y al Congreso de la Nación.   

No les falta idoneidad a los miembros de la Armada Argentina y de la Prefectura Naval para llevar una acción eficiente; les falta la disposición política y recursos y, un plan adecuado. Lo primero escapa a sus facultades y el segundo podría significar una transferencia de tecnología de Estados Unidos; nunca, que la flota de este país haga la tarea de responsabilidad argentina (No somos Venezuela). Tampoco alcanza con ello, porque la solución no es solo tecnológica militar; es centralmente metodológica y también escapa a la participación excluyente de las fuerzas navales, que pueden prestar un asesoramiento operativo; ya que las acciones deberían tener su eje en estrategias políticas y acuerdos internacionales para terminar con este flagelo y los efectos accesorios (comercio; subsidios; trabajo esclavo; narcotráfico, etc.).

Ya lo hemos dicho en reiteradas veces: «Ello tiene sustento en la Ley 24.543 con que la Argentina ratifica la CONVEMAR, donde resalta en el Artículo 2° inciso c) que “La República Argentina acepta las disposiciones sobre ordenación y conservación de los recursos vivos en el alta mar pero considera que las mismas son insuficientes, en particular las relativas a las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorias, y que es necesario su complementación mediante un régimen multilateral, efectivo y vinculante que, entre otras cosas, facilite la cooperación para prevenir y evitar la sobrepesca, y permita controlar las actividades de los buques pesqueros en alta mar así como el uso de métodos y artes de pesca”, y el gobierno argentino tiene presente “su interés prioritario en la conservación de los recursos que se encuentran en su zona económica exclusiva y en el área de alta mar adyacente a ella, considera que de acuerdo con las disposiciones de la Convención cuando la misma población o poblaciones de especies asociadas se encuentren en la ZEE y en el área de alta mar adyacente a ella, la República Argentina, como Estado ribereño, y los Estados que pesquen esas poblaciones en el área adyacente a su ZEE deben acordar las medidas necesarias para la conservación de esas poblaciones o especies asociadas en el alta mar” y que para ello “…está facultado para adoptar, de conformidad con el derecho internacional, todas las medidas que considere necesarias a tal fin” que luego la CONVEMAR fija en su articulado y, “la libertad de pesca” que refiere el artículo 87° e) no implica que pueda ser depredadora e insustentable, cuestión que ocurre: primero, cuando los buques no tienen control de sus Estados de pabellón o de los países de origen (artículos 87º, 92º, 94º de la CONVEMAR); segundo, cuando no se realizan estudios de investigación para determinar la “Captura Máxima Sostenible” (artículos 117° y 119º de la CONVEMAR) y, tercero, si se capturan especies migratorias originarias de la ZEE en alta mar sin acuerdo con el Estado ribereño afectando sus intereses (artículos 63º, 64º, 116º a 119º de la CONVEMAR)» (César Lerena “La Pesca en alta mar es ilegal”, 29/05/2026).  

La Argentina no podría considerar legal la captura en alta mar de sus recursos migratorios originarios del mar territorial y de la ZEE, y los asociados que intervienen en la cadena trófica, en principio, porque sería desconocer los derechos que reivindica como propios en toda su legislación vigente: el artículo 5º de la ley 23.968; el artículo 2º inc. c) citado de la Ley 24.543 y, los artículos 4º, 5d, 21e, 22 y 23b de la Ley 24.922, de Pesca. Además de ello, hay más de 40 razones para considerar esta captura en alta mar como “Pesca Ilegal”. Por supuesto, a esto se agrega la pesca con redes de arrastre de fondo cuando se pesca sobre la plataforma continental extendida argentina más allá de las 200 millas sin habilitación nacional y tipificar de “piratería” la pesca ilegal que rompe el ciclo biológico de las especies en alta mar, conforme el Artículo 101 a) ii) de la CONVEMAR: «Contra un buque o una aeronave, personas o bienes que se encuentren en un lugar no sometido a la jurisdicción de ningún Estado» (César Lerena “La Pesca en alta mar es ilegal”, 29/05/2026).  

Finalmente, nos preguntamos, cómo habría de actuar la flota estadounidense dentro del 1.639.900 Km2 de mar argentino invadidos por el Reino Unido alrededor de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur; espacios, que en una Carta de Intención como la firmada no podrían omitirse porque se estaría violando la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y ante la comprobada pesca ilegal de 250.000 toneladas anuales que se realizan en esos territorios por parte de buques coreanos, taiwaneses, españoles y éstos asociados a los isleños británicos de Malvinas, mediante permisos de pesca ilegales, que además de violar toda la legislación citada, contrarían la Res. 31/49 de las Naciones Unidas.

La soberanía es inalienable y directa. “no se delega, se ejerce” (Jean-Jacques Rousseau).

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). cesarlerena.com.ar     

 

EL MAR ARGENTINO NO ES UN BIEN GLOBAL COMÚN

Daniel Alberto Symcha*

La caquistocracia es, en el análisis y la crítica política, un concepto que se utiliza para designar sistemas políticos donde el poder es controlado por las personas menos cualificadas, menos aptas, corruptas o más inescrupulosas. La firma entre la Armada Argentina y el Comando Sur de los Estados Unidos para cooperación militar en el programa «Protección de los Bienes Comunes Globales» es un claro ejemplo del momento político de Argentina.

 

La República Argentina atraviesa una profunda crisis estructural, es decir, un conjunto de tensiones acumuladas entre modelos sociales, económicos, un sistema político debilitado y sin liderazgos en una estructura identitaria cultural sistemáticamente fragmentada lo que produce que sectores sociales vivan dentro de marcos simbólicos muy distintos consumiendo y construyendo relatos completamente opuestos sobre la realidad.

Este «magma de significaciones imaginarias sociales», tal como lo definía el sociólogo greco francés Cornelius Castoriadis, es el conjunto profundo de sentidos, valores, símbolos, ideas y representaciones que una sociedad crea y que le permiten darle significado al mundo, organizarse y entenderse a sí misma y elaborar estrategias para la supervivencia.

Ninguna sociedad funciona sólo por la economía, las finanzas, las leyes o instituciones racionales, es necesario un universo de significados compartidos que responda —explícita o implícitamente— preguntas como: ¿qué es lo valioso?, ¿qué es lo justo?, ¿qué es el progreso?, ¿qué merece respeto?, ¿qué es la familia?, ¿qué es la Nación?, ¿qué futuro deseamos?

Por ende, desde el punto de vista del dominio, el centro de gravedad de la sociedad, su núcleo de poder, equilibrio y voluntad va a residir en la cohesión, en ese magma de significaciones imaginarias sociales. En la teoría militar, el centro de gravedad representa el punto focal desde donde un actor direcciona su libertad de acción, fuerza física o moral por lo tanto el objetivo para un enemigo será operar sobre el centro de gravedad para destruirlo y hacer colapsar la resistencia, generar confusión y lograr los objetivos que se propone sobre nuestro territorio. De ahí la importancia de la Diplomacia Pública, las operaciones psicológicas y la guerra cognitiva.

Fuimos y necesitamos ser

Habiendo alcanzado un alto grado de organización social y habiéndose logrado un índice elevado en el concepto del «Estado de bienestar», durante los años 70 la impericia, la ambición y la traición de las clases dirigentes condujo a la República Argentina a una serie de crisis cada vez más profundas que desembocan, 50 años después, en una vulnerabilidad como Nación, nunca vista a lo largo de la historia.

La dirigencia política desde 1983 a la fecha se ha caracterizado por una profunda ceguera respecto de la posición de nuestro país en el tablero geopolítico y, por ende, una nula planificación estratégica que permita el desarrollo de las capacidades nacionales plenas y la defensa del interés superior de la Nación: la cohesión social que permite generar pertenencia a  una comunidad histórica y política común, en un territorio determinado y que creará las condiciones para el desarrollo de cada uno de sus miembros y por ende la grandeza de esa Nación.

La segmentación en la organización política, las operaciones de influencia en la formación de las clases dirigentes de nuestro país facilitaron la vulnerabilidad del nuestro centro de gravedad

Las hipótesis de conflicto

Por definición si existen 195 países reconocidos en el mundo, incluida la República Argentina, nuestro país automáticamente tiene 194 hipótesis de conflicto, es decir, potenciales escenarios de conflicto, confrontación, disputa. El poder político determinará, de acuerdo con los intereses de la Nación, si la hipótesis de conflicto es remota (Muy baja probabilidad), posible (Sin señales a la vista) o probable (Con señales a la vista). Por la potencial intensidad se clasificarán en: baja intensidad, mediana intensidad o alta intensidad y según los actores será de carácter estatal,  interestatal, transnacional o híbrida. Según el ámbito de desarrollo de la hipótesis se tendrá en cuenta si es territorial, económica, ideológica o política, tecnológica o cultural-cognitiva.

La construcción retórica y política del gobierno argentino y de los responsables de cada ámbito institucional no abreva en el pensamiento de Basil Liddell Hart, André Beaufre, Raymond Aron, Hans Morgenthau, Jorge Atencio o Juan Enrique Guglialmelli sino que adoptan un discurso y un hacer político que fragmenta la atención, emocionaliza el debate, transforma la política en espectáculo permanente y dificulta y/o evita los análisis complejos sobre la soberanía económica, la deuda externa, la política energética, los alineamientos geopolíticos, la situación de la industria nacional, la infraestructura, los recursos naturales o el sistema científico-tecnológico.

Sin cohesión no hay interpretación del pecado

La fragmentación del discurso es una herramienta común en la comunicación política que sirve para para modificar cómo una sociedad percibe la realidad, organiza su atención y construye sentido político de acuerdo con sus intereses. Significa romper una visión integrada de la realidad, la atención colectiva deja de concentrarse en procesos estructurales largos y pasa a reaccionar constantemente a una sucesión de impactos inmediatos. De esta manera si la agenda cambia todo el tiempo, la sociedad vive en presente permanente lo cual impide conectar los elementos que constituyen la sociedad, aparece como hechos separados, no como parte de un mismo proceso histórico o político.

Esto no es algo nuevo. Acerca de la estructura discursiva política han escrito entre otros Noam Chomsky, Pierre Bourdieu, Byung-Chul Han, Edward Bernays, Umberto Eco, Arturo Jauretche desde sus análisis sobre colonización cultural y sentido común y Guy Debord en su obra «La sociedad del espectáculo». Ya nuestro Rodolfo Walsh, al escribir sobre el Cordobazo afirmó: «Nuestras clases dominantes han procurado siempre que los trabajadores no tengan historia, no tengan doctrina, no tengan héroes ni mártires. Cada lucha debe empezar de nuevo, separada de las luchas anteriores. La experiencia colectiva se pierde, las lecciones se olvidan. La historia aparece así como propiedad privada cuyos dueños son los dueños de todas las cosas»[1].

Estamos hablando de la disputa por la memoria histórica, el control del relato y la importancia de transmitir experiencias colectivas, algo que presenta una característica única: un proceso sedimentario donde los sentidos, valores, narrativas y percepciones no aparecen de golpe: se van acumulando, estabilizando y naturalizando con el tiempo, las ideas terminan pareciendo naturales aunque sean construcciones históricas sobre formas de ver el mundo previamente instaladas mediante la acumulación histórica de discursos, símbolos y experiencias difundidas.

Palantir y cómo leer al Pato Donald

La degradación de las capacidades productivas del país como así también las de sanidad, educación, defensa, seguridad, comercio interior y exterior y diplomacia, son de dominio público y tienen varios marcos legales que las propiciaron generados mediante leyes votadas en el Congreso de la Nación.

Uno de los falsos relatos instalados en la sociedad argentina fue que era necesario un fuerte proceso de desregulación y generar el escenario para las potenciales inversiones en inteligencia artificial y centros de datos que iban a desembarcar en nuestro país durante el primer semestre de 2026 y que, finalmente, nunca llegaron.

A cambio toda esa ingeniería legislativa sirvió para ceder soberanía. Los acuerdos con las corporaciones tecnológicas donde se difumina el límite entre lo comercial, la seguridad y la defensa, generan una fuerte vulnerabilidad ya que generan dependencia sobre infraestructura, datos, comunicaciones o capacidades estratégicas que quedan bajo control, total o parcial, de corporaciones extranjeras. Los datos hoy son un recurso estratégico y al estar en manos privadas el Estado puede perder capacidad autónoma de decisión.

La trampa en la elaboración del discurso es que las Big Tech están profundamente vinculadas a sus Estados de origen entonces la tecnología deja de ser sólo «comercial» y pasa a ser: geopolítica, estratégica y vinculada a seguridad nacional.

Pero además las Big Tech no sólo administran tecnología, tienen una fuerte capacidad de influencia cultural y cognitiva ya que pueden moldear la información, la capacidad de visibilidad de la misma, utilizar tecnologías persuasivas para concentrar la atención, direccionar el debate público, la circulación de noticias y sobre todo operar sobre algoritmos de recomendación.

Soberanía versus Global Commons

Las capacidades limitadas de quienes dirigen las instituciones en nuestro país, en el campo diplomático o de la defensa nacional se hacen más evidentes.

Según el derecho internacional, particularmente en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se establece que Argentina tiene soberanía sobre el mar territorial, derechos soberanos sobre la ZEE (Zona Económica Exclusiva), y derechos sobre plataforma continental reconocida. Lo que conocemos como Mar Argentino, jurídicamente es argentino, aunque suene redundante, no es un Bien Común Global.

La Armada Argentina y el Comando Sur de Estados Unidos firmaron el programa «Protección de Bienes Comunes Globales» (Protecting Global Commons Program) con una duración de cinco años y se busca reforzar la vigilancia, el patrullaje y el control marítimo lo cual forma parte de la estrategia hemisférica de seguridad marítima impulsada por Estados Unidos para el Atlántico Sur y la proyección hacia el área antártica.

Los Global Commons, denominación inglesa de bienes globales comunes, en lo vinculado al mar son las aguas internacionales donde existe libertad de navegación, de pesca, circulación internacional fuera de jurisdicciones nacionales y rige un régimen internacional marítimo, ningún Estado posee soberanía exclusiva sobre esos espacios.

Argentina se sube al carrusel de ruptura del orden internacional que está llevando adelante Estados Unidos sabiendo que no tiene las capacidades técnicas pero facilitando legalmente la posibilidad de que la US Navy tome como base de operaciones puertos argentinos para terminar de cerrar lo prometido a la Generala Laura Ritchardson y al entonces jefe del Comando Sur de Estados Unidos (SOUTHCOM), Almirante Alvin Holsey.

De esta forma una parte de la 4ta Flota que posee base en la Estación Naval de Mayport, ubicada en Jacksonville, Florida, podrá operar desde territorio argentino para controlar tanto el estrecho de Magallanes y el Pasaje de Drake ― o mar de Hoces― como así también las operaciones en la Antártida y en el Cabo de Buena Esperanza, principal ruta comercial cuando hay problemas en el Canal de Suez, el mar Rojo, o Medio Oriente.

La importancia estratégica de nuestros puertos determina que ese pasaje interoceánico con un buque de la clase «Arleigh Burke-class destroyer» tarda entre 8 y 10 días en posicionarse para control o ataque mientras que desde Diego García en el océano Índico tardaría entre 10 y 12 y desde la actual base en Florida tardarían entre 14 y 18 días.

Eso muestra cómo el Atlántico Sur, el Índico, y el extremo sur sudamericano
forman parte de una misma lógica estratégica oceánica global que necesitan controlar los Estados Unidos a partir de la posición estratégica que el actual gobierno argentino cede por migajas.

 

* Periodista. Universidad Nacional Arturo Jauretche. Maestrando en Inteligencia Estratégica Nacional, Universidad Nacional de La Plata. Investigador de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG).

 

Cita

[1] Extraído de «Periódico de la CGT de los Argentinos». Colección Completa. Números 1 al 55, mayo de 1968 – febrero de 1970, www.cgtargentinos.org, junio de 2006.

©2026-saeeg®

 

SUBMARINOS DESCONOCIDOS EN GOLFO NUEVO

Revista GNA*

Submarino ruso Zulú IV

Algunos no lo saben, pero la Armada Argentina detectó positivamente en nuestras aguas varios submarinos desconocidos. En los casos más importantes documentados oficialmente se los persiguió y se los atacó con bombas de profundidad.

 

En el golfo Nuevo en Chubut, el 21 y 22 de mayo de 1958, un grupo de naves de la Armada en ejercitaciones, detectó un submarino navegando sumergido, que fue atacado en repetidas ocasiones logrando finalmente escapar.

El segundo acontecimiento, sucedió entre el 20 y 29 de octubre de 1959 cuando la fragata ARA Heroína descubrió otro submarino en Comodoro Rivadavia. Se lo persiguió, incluso con aviones Neptune de la Aviación Naval, también con resultados negativos.

El tercer caso fue el más memorable y se vivió también en el Golfo Nuevo. Ocurrió el 30 de enero de 1960 y, durante casi 37 horas, naves y aviones de nuestra Armada acosaron un submarino furtivo hasta que por escasos segundos emergió una torreta afuera del golfo. Aparentemente se habría fugado, pero en forma simultánea nuestros barcos habían descubierto sumergida aguas adentro otra nave y la estaban acosando. Los comandantes de la Armada entonces entendieron que eran dos los submarinos; el que había emergido lo hizo para confundir y cesara el ataque contra su compañero. Lo que llama la atención fue que en ninguno de los tres casos se defendieron. Eso hace pensar que no llevaban torpedos por ser submarinos espías en alguna misión. Lamentablemente la tecnología de los dos intrusos detectados era muy superior a los atacantes, lograndoescapar. Las operaciones terminaron el 26 de febrero de ese año. Nunca se sabrán los motivos de persistir varias veces esos submarinos en recorrer nuestro litoral marítimo y su nacionalidad. Las autoridades navales que participaron de esa operación estiman que serían de la flota soviética clase Zulú IV en la clasificación de la OTAN, con motores diesel, aptos para largas distancias y botados en 1957. Es decir, de lo más avanzado de la época. Naturalmente la URSS negó la participación en el hecho.

Queda flotando la incógnita: ¿Cuántas veces submarinos fantasmas habrán paseado por nuestras costas sin ser detectados?

 

Artículo publicado en la Revista Tiempo GNA 74, noviembre de 2022.