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GUAYANA ESEQUIBA: LA CONTRAPARTE VA POR TODO O NADA

Abraham Gómez R.*

Cada vez se vuelve más candente la situación controversial con Guyana. De todos es conocido que se han venido añadiendo algunas delicadas aristas y desarrollado situaciones, que han enrarecido el clima en la actualidad; por cierto, nada propicio para proponer algún asomo de negociación directa, en procura de alcanzar un arreglo práctico y satisfactorio, con base a la contención sostenida, a partir del Acuerdo de Ginebra de 1966. Hay que buscar bajar las tensiones.

Estamos claros (y sin lugar a dudas) que, una vez recibida, formalmente, por parte de las autoridades gubernamentales de la excolonia británica la sentencia previa de la Corte Internacional de Justicia, del 18 de diciembre pasado, han intensificado su agresión discursiva hacia Venezuela.

Cada Declaración del presidente guyanés Irfaan Ali la hemos analizado en cuanto a su tono, contenido e intencionalidad. Nuestras conclusiones apuntan a que ellos se sienten envalentonados y seguros. Más aún, han logrado en apariencia cohesionar a esa nación, que hasta no hace mucho estaba fracturada étnica y políticamente.

Producto de lo que acabo de citar es la inmensa campaña que han desplegado —y desatado— por los medios audiovisuales y en escenarios internacionales, cuyo eje temático gira en torno a la “defensa nacionalista” de la extensión territorial cuestionada por nosotros. Sí, la Guayana Esequiba que nos la arrebataron en una tratativa tramposa; mediante un adefesio jurídico denominado Laudo Arbitral de París, el 03 de octubre de 1899; que desde su origen ha constituido una vergüenza, para la doctrina y la jurisprudencia en el Derecho Internacional Público.

Veamos también, concretamente, a lo interno de nuestro país, en las últimas semanas hemos observado un ambiente mucho más denso para el reclamo, de concienciación del despojo que nos perpetraron.

En todas partes se han realizado foros, conferencias interesantes. Todas las ONG’s han cerrado filas, dando un significativo aporte argumentativo y a través de sus programaciones, ante el presente llamado que nos hace la Patria.

Han transcurrido algunos años (y más reciente), cuando recorríamos las universidades y los demás organismos a donde se nos invitó para compartir criterios. Reconocemos, en honor a la verdad, que, entonces, nos encontramos con situaciones extravagantes. Digamos: posiciones impensables, discursos contradictorios al momento de asumir la absoluta defensa de los intereses del Estado venezolano, silencios cómplices, declaraciones destempladas o extemporáneas, elogiosas frases al contrincante, permisividades —por acción u omisión— para la explotación de recursos en la zona; una lamentable indiferencia en los medios de comunicación. En fin, estábamos de espaldas a tan sensible asunto contencioso de suma trascendencia para la venezolanidad y para nuestra historia republicana.

Tales hechos despertaron en nosotros la voluntad para manejar, entonces, ese enjambre de conjeturas, que nos vimos obligados a estudiarlas y analizarlas, académicamente, para armar nuestras propias consideraciones al respecto.

Por ejemplo, hace algunas semanas propuse la realización de un Referendo Consultivo, conforme lo contempla el artículo 73 de nuestra Constitución Nacional; lo hice, suficientemente pensado, y afianzado en las opiniones tamizadas en todos esos encuentros con los distintos sectores de Venezuela.

Ya sabemos que la premura (y el sospechoso interés) con la cual la Corte viene aligerando el juicio no da tiempo para mucho. Sin embargo, reiteramos el llamado a la población para que se mantenga expectante por lo que pueda acontecer el 26 de febrero de este año, cuando las Partes en litigio fueron convocadas para entrevistas (¿audiencias orales?). Ya se sabrá que están tramando.

No nos atemorizan los ardides que el gobierno guyanés, las empresas trasnacionales y sus aliados puedan urdir, impulsadas por y con prebendas dinerarias, en la presente lúdica internacional. Ya en el pasado, el Imperio Inglés acometió, con descaro en nuestra contra dos actos de ingrata recordación. El primero, persuadir a España para que no procediera al reconocimiento de nuestra Independencia, que logramos el 30 de marzo de 1845, cuya consecuencia a nuestro favor fue el conferimiento del Título Traslaticio, asentado en la Cédula Real del 8 de septiembre de 1777, de Carlos III, con lo cual dan la absoluta posesión jurídica de Venezuela sobre la conocida Guayana Esequiba. Nos consolidamos frente a la voracidad de Inglaterra.

Prestemos atención al segundo evento bochornoso: no satisfecho con lo anterior, el Imperio Inglés propuso al gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, el 23 de marzo de 1869, repartirse, exactamente por la mitad todo el territorio de Venezuela, para que EE.UU. reubicara en el occidente, a la población negra procedente de África, que habían participado en la Guerra de Secesión. Según los ingleses, porque «ese país llamado Venezuela, que actualmente, se debate en medio de la mayor anarquía y cuyas ‘minor authorities’, no pueden ni siquiera considerarse como sujetos de Derecho Internacional».

De tal manera que hemos padecido injusticias y tropelías de los grandes imperios, en más de dos siglos. No nos extrañan las componendas que se tejen, ahora, en ambientes jurisdiccionales, donde tienen la pretensión de arrasar con todo.

Consensualmente, hemos recogido casi que una opinión generalizada en el país, en término firme, pacífica, pero determinante: debemos insistir en una Negociación amistosa y directa con la Contraparte, hasta alcanzar una solución práctica y satisfactoria, conforme lo contempla el Acuerdo de Ginebra de 1966 y el artículo 33 de la Carta de la ONU.

La Corte Internacional de Justicia no hace arreglos de ese tipo, sino aplica el Derecho; por lo que aún estamos a tiempo de entablar un convencimiento extrajudicial con los coagentes de la otra Parte en el litigio, para impedir la continuación natural del proceso hasta su conclusión; a la que hay que medir sus impredecibles consecuencias.

No estamos inventando nada; por cuanto, el citado medio alternativo para la resolución de la centenaria controversia, constituye un mecanismo legítimamente válido, que sustituye la decisión sentencial del órgano jurisdiccional (CIJ) por una decisión que puede ser producto de la voluntad concertada de las partes en conflicto.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro de la Fundación Venezuela Esequiba. Miembro del Instituto de Estudios de la Frontera Venezolana (IDEFV). 

Publicado originalmente en Disenso Fértil https://abraham-disensofrtil.blogspot.com/

 

GUAYANA ESEQUIBA SOLIDEZ POR ENCIMA DE SOSPECHAS

Abraham Gómez R.

Cuando estamos esperando otra decisión sentencial de la Corte Internacional de Justicia, esta vez referida al supuesto carácter “válido y vinculante” del nulo e írrito Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899, aspiramos que prevalezca, entre nosotros, la unidad de criterios que ha habido para encarar esta lucha. Auguramos la necesaria solidaridad e identidad nacional que merece el caso de la Guayana Esequiba. Deseamos que nos mantengamos como un bastión compacto y fortificado.

Sospechamos que dentro de las estrategias, que han diseñado y acometido los coagentes de la Contraparte en el pleito, se cuentan: los pronunciamientos de la Caricom y —quizás para los próximos días— de la Commonwealth; así también, han logrado sumar opiniones de algunos países que (como es fácil advertir) tienen fuertes intereses en el área en contención, y ya han recibido ilegalmente por parte de Guyana concesiones para el desarrollo de proyectos.

Han logrado acopiar suficientes recursos dinerarios de las empresas transnacionales (¿extorsión?) que operan —sobre todo— en la proyección atlántica en la Zona en Reclamación, para cancelar los carísimos honorarios de los abogados litigantes en este caso.

Los delegados de la excolonia británica andan envalentonados y soberbios, porque presumen que la decisión les será favorable, aun en ausencia de la representación venezolana. Además, manejan la intención de proceder de inmediato a delimitar áreas marinas y submarinas en la proyección atlántica que genera la costa del área en cuestión; con lo cual estrangularían la salida de Venezuela al mar.

Sospechamos que acudirían al Consejo de Seguridad de la ONU para que coopere en la ejecución de la sentencia del Alto Tribunal de La haya que, conforme a lo que calculan, el juicio los va a favorecer. Son, entre otras, las falaces presunciones que ellos tienen “entre pecho y espalda”.

No me atrevería a sospechar de la probidad de los jueces o cuestionar la honestidad del jurado sentenciador de la Corte Internacional de Justicia; a pesar del forzado autoconferimiento de jurisdicción que se atribuyeron, en diciembre pasado, para conocer forma y fondo del litigio, inclusive a contravención de su propio Estatuto.

En estricto derecho, en lo inmediato Guyana no tiene nada que buscar, salvo regresar a la negociación directa con Venezuela, en apego absoluto al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Por lo pronto, tengamos presente que en el actual tramo epocal, tal vez como en ningún otro, los venezolanos estamos “condenados” a compartir. Com-partir para reencontrarnos en un crisol, a pesar de las especificidades de cada quien, lo que en realidad sabemos con anticipación es diverso.

Ya lo he dicho en otras ocasiones “el pleito chiquito” interno queda para después.

Debemos compartir espacios societales y de Políticas de Estado; y en este caso concreto: compartir criterios sobre el álgido asunto contencioso que dirime la CIJ. Unanimidad discursiva.

Del mismo modo, a propósito de la situación litigiosa, en que devino el citado reclamo por la extensión geográfica que se nos arrebató, ha aflorado con suma pertinencia el vocablo con-vivir; el cual calza a la perfección con lo que ha sido nuestra práctica tradicional como país, en relación con nuestros vecinos.

Bastantes veces recibimos contundentes críticas por ser demasiados lerdos, pacientes y pasivos por las tropelías que se comenten en las zonas limítrofes.

Insistimos en reconocer que los nexos vecinales de carácter humano no son ni serán nunca territoriales para que impliquen diferenciaciones sociales; por eso, reivindicaremos, con seguridad, a los Esequibanos y a la Guayana Esequiba. Ellos lo saben.

Mientras que a muchas naciones les resulta complicado con-vivir; cuya más amplia acepción vendría a significar, algo así como tejerse a la piel del país amigo, con el cual compartimos pared demográfica; Venezuela continúa enarbolando ante el mundo sus banderas de amistad y solidaridad, indistintamente de parcelamientos ideológicos o de cualquier otro tipo.

Nosotros, que llevamos acendrado, por heredad histórica, la solución pacífica que originan circunstanciales conflictos por espacios fronterizos, prevalecemos la categoría humana Con-vivir; cuya significación va mucho más allá que llenar de personas un espacio territorial o asentar a una considerable porción de gente (traída de varias partes del mundo) en un lugar determinado para que busque manera de satisfacer —según puedan— sus necesidades existenciales; que fue lo que hizo el Imperio Inglés, ocupar ese espacio una vez que se suscribió el Acuerdo Anglo-holandés de 1814.

Apreciamos hoy cuánta sabiduría contenida en el aleccionador discurso del investigador social chileno-venezolano, Pedro Cunill Grau: “Poblar las fronteras y garantizar su desarrollo en los procesos de integración interna es básico para preservar la soberanía nacional. La geohistoria moderna nos ha proporcionado patéticas enseñanzas acerca de las consecuencias de ausencias de ocupaciones efectivas de lindes fronterizos”.

Por la importancia y trascendencia de lo que reclamamos, y en estricto apego al Derecho Internacional Público, estamos obligados a “hablar el mismo idioma”. Las incoherencias que manifestemos (adrede o involuntariamente) en el ámbito internacional se pagan caro. No diversifiquemos intenciones o criterios en nuestro reclamo contencioso venezolanista.

No podemos negar que hemos cometido errores, desaciertos e impropiedades; sin embargo, nuestra lucha reivindicativa cada vez se vuelve más inmarcesible.

No es el momento de escrutar, resentirse o cuestionar dónde estuvieron los errores, torpezas o desaciertos en el manejo de la contención contra la excolonia británica.

Alabamos —sin mezquindades— el trabajo suficientemente soportado con documentos de las ONG´s que han cumplido, por encima de las limitaciones pandémicas, bastantes actividades con el propósito de sensibilizar y concienciar a la población nacional del despojo hecho a nuestra geografía, mediante la aludida tratativa tramposa.

Dentro de este mismo orden y sentido, deseamos expresar otro elemento, no menos importante, me refiero al recato y la prudencia que ha tenido el sector oficial para manejar las estrategias que el caso demanda. Inclusive ha abierto un amplio abanico de consultas a múltiples sectores de la sociedad venezolana; haciendo buena y propia la diplomacia abierta.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro de la Fundación Venezuela Esequiba. Miembro del Instituto de Estudios de la Frontera Venezolana (IDEFV).

Publicado originalmente en Disenso Fértil https://abraham-disensofrtil.blogspot.com/

GUAYANA ESEQUIBA: LITIGIO TRASCENDENTE Y DILEMÁTICO

Abraham Gómez R.*

Hemos escuchado cualquier cantidad de opiniones, propuestas y conjeturas luego de la determinación sentencial de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en cuya dispositiva se asume con jurisdicción y competencia para conocer fondo y forma del caso controversial, suficientemente conocido, del nulo e írrito Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899.

El Alto Tribunal desestimó los otros tres elementos —que detallo de seguidas— los cuales se encontraban contenidos en la Pretensión Procesal del recurso interpuesto por Guyana: retirada del ejército venezolano de toda el área este de la Isla de Anacoco. Además, en el escrito, los coagentes de la Contraparte pedían que se impusiera una medida a Venezuela para que deje de “hostilizar” a las (39) empresas transnacionales que han estado esquilmando los incuantificables recursos de la Zona en Reclamación y su proyección atlántica; operaciones que efectúan en contravención al Acuerdo de Ginebra de 1966. Así también, habían solicitado que la citada Autoridad internacional acordara restricciones a nuestro país, para que no “obstaculice” a la excolonia británica ninguno de sus proyectos económicos; aunque pretenden desarrollarlo en la zona objeto del litigio.

La Corte, en la narrativa de los hechos y en la fundamentación de derecho, dejó sentado que esas “menudencias” se podían resolver por otras vías pacíficas, y no en ese Tribunal.

La CIJ consideró que su tarea jurisdiccional, en adelante, se circunscribirá a solicitar a las Partes a que presenten sus respectivos alegatos en cuanto a la eficacia jurídica del Laudo.

Nos están invitando (obligando) a mostrar y demostrar, con Comparecencia plena de nuestra representación, cómo fue que la cuestionada decisión arbitral de 1899 —poco menos que un adefesio jurídico, producto de añagazas y tratativas tramposas— nos despojó con vileza de una séptima parte de nuestra geografía nacional.

Quienes hemos estudiado este asunto por años sostenemos, de muchas maneras, que el mencionado Laudo es desmontable. Pero, estamos contestes que nos encontramos nada más y nada menos que ante un insalvable dilema.

La disyunción se planteará y sostendrá en estos términos: hasta dónde puede llegar a ser considerado el citado centenario documento con “carácter válido y vinculante”.

Podrá la delegación guyanesa convencer que la decisión arbitral de 1899 ha sido ejecutoriada por Venezuela, y recibir —eo ipso— la impronta de Cosa Juzgada, con los respectivos soportes impeditivos de impugnaciones. Por eso les digo, no es poca cosa tal desafío.

Estamos muñidos de los Justos Títulos, en tanto recursos probatorios de la propiedad y legitimidad histórica, jurídica, cartográfica de Venezuela. No hay nada que temer; dado que los documentos que nos respaldan no son expedientes con presunciones caprichosas, empecinamientos de malcriadez. Son legajos iuris et de iure.

Expresamos absoluta coincidencia con quienes han expuesto que las sentencias de la Corte deben ser acatadas, inclusive así el veredicto no haya sido del todo favorable para alguna de las Partes en la controversia. Lo decimos más claro aún, con el artículo (60) del Estatuto de la Corte: “el fallo será definitivo e inapelable. En caso de desacuerdo sobre el sentido o el alcance del fallo, la Corte lo interpretará a solicitud de cualquiera de las partes”. Vamos a prepararnos por lo que vendrá muy pronto.

Si ya el litigio tomó el rumbo y calificación que la propia Corte le confirió, qué nos queda entonces, sino apertrecharnos con nuestros recursos históricos para exponerlos con justeza en la debida ocasión ante la entidad juzgadora.

Invitamos a nuestra Cancillería para que haga la debida examinación de los hechos y todo lo que consecuentemente devino a partir del 18 de este mes en La Haya.

¿Por qué lo manifestamos, casi como clamor generalizado escuchado en muchas partes?

Veamos: es verdad que nuestro país había invocado siempre el Acto procesal de No Comparecencia; por cuanto, no le reconocíamos Jurisdicción a la Corte, como instancia idónea para dirimir la controversia; y menos conocer forma y fondo de este asunto, pero la realidad ha cambiado inmensamente, tras la sentencia que estamos comentando.

Frente al panorama que nos anuncian (y acecha) hay que actuar con inteligencia.

Prestemos atención a lo siguiente: cumplida la etapa preliminar y habiéndose evaluado la primera decisión de la Corte, por rara que nos haya parecido, nos corresponde reflexionar lo que debemos hacer en las fases sucesivas, siempre como Política de Estado.

Los propósitos en la Política Exterior de Venezuela, por la reclamación de la Guayana Esequiba tienen que seguir con seriedad y al amparo de una iniciativa con las características que describen la fortaleza de una diplomacia abierta, para que avance de manera franca a los ojos de la opinión pública. Que la gente participe y dé sus consideraciones; por eso me atrevo a proponer que se someta a referendo consultivo ante el país (artículo 71 de la Constitución Nacional) la posible comparecencia de nuestros agentes en las próximas sesiones de la Corte Internacional de Justicia; considerando que es una materia de especial trascendencia para la vida y futuro de la nación.

A partir de un referendo consultivo el pueblo venezolano se expresará libremente y dirá si está de acuerdo que vayamos a la sede del Alto Tribunal donde se dirime nuestra contención y hagamos las alegaciones que nos asisten.

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios de la Frontera Venezolana (IDEFV).