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GUAYANA ESEQUIBA: DOMINIO Y SOBERANÍA SOBRE NUESTRA PROYECCIÓN ATLÁNTICA

Abraham Gómez R.*

Las normas del Derecho Internacional ya no son producto de la influencia e imposiciones de las grandes potencias, sino el resultado de un complejo proceso y acuerdos entre Estados; por lo menos, es lo que en apariencia se percibe. Lo que se teoriza. No obstante, los países en desarrollo han adoptado, en los últimos años, una posición un poco más activa.

Hubo etapas, afortunadamente superadas, donde prevalecía el aspecto económico como la única justificación para establecer una normativa marítima que fijara el orden vital de las naciones.

En el presente, se ha vuelto amplia la agenda de los ejes temáticos a considerar en las deliberaciones; en el entendido, por anticipación que los mares son receptáculos importantes en materia de recursos, tanto alimenticios, como de distintas índoles.

Digamos, por ejemplo, que  una extraordinaria posición geoestratégica garantiza el desenlace para muchas cosas.

En lo que a Venezuela se refiere en el presente. Si confrontamos un álgido asunto litigioso de ejercicio de autoridad en el área terrestre controvertida; sabemos que en la extensión marítima la situación es mucho más delicada y compleja; por cuanto, Guyana ha venido cercenado nuestra proyección hacia el atlántico (desde el 2015 hasta el presente, fundamentalmente) al entregar concesiones ilegales a transnacionales; más grave inclusive, frente al Delta del Orinoco, cuya prolongación hacia el océano no entra en este centenario pleito.

Conforme a la primera y tercera Conferencias de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1958 y 1982, todo territorio ubicado en la costa genera espacio marítimo a partir de una línea de base recta, claramente definida.

En dichas convenciones quedaron tácitamente establecidas las regulaciones, entre otras, para la anchura del mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y por supuesto la plataforma Continental, como alargamiento natural que le acredita al Estado ribereño.

La contraparte ha hecho bastantes intentos para extender, no solo lo que corresponde a su muy reducido pedazo de costa atlántica; sino que ha aspirado llevar, fraudulentamente, a (350) millas la plataforma continental, sin consultar a Venezuela.

¿Por qué consultar a nuestro país? porque está en la zona sometida a arreglo jurisdiccional; exactamente la que estamos reclamando.

El contrincante está consciente que incurre en flagrante violación del Acuerdo de Ginebra, documento que cumplirá el (17) del próximo mes cincuenta y ocho años de su firma; e incuestionablemente aún mantiene plena validez, eficacia y fuerza   jurídica.

Permítanme la siguiente observación-advertencia, que tal vez logremos compartir.

Si la excolonia británica no ha alcanzado ese alargamiento de la plataforma y mar territorial por la vía de Derecho ante la ONU, lo ha conseguido de hecho; al entregar innumerables licencias –en varios bloques para la explotación petrolera- a empresas en las áreas terrestre y marítima, implícitas en la contención que se dirime por ante la Corte Internacional de Justicia.

Los cuatro bloques de explotación petrolera más grandes: Pomeroon, Roraima, Kaieteur y Stabroek se encuentran operando, precisamente, sobre la plataforma continental venezolana.

Mientras llega el momento para iniciar el proceso delimitación de áreas marinas y submarinas en la proyección atlántica correspondiente a la denominada zona en reclamación, Guyana se ha desatado a apropiarse “a diestra y siniestra” de los incuantificables recursos que allí se consiguen.

Nos conseguimos con muchas doctrinas que refuerzan el criterio sostenido de que La delimitación (que insistimos en señalar que aún está pendiente en el mencionado espacio) consiste, esencialmente, en el acto jurídico de determinar los límites de una zona pertenecientes a una Estado.

Hasta ahora no ha resultado fácil, a pesar de nuestra extensa experiencia en tales tareas. Por ejemplo, en la demarcación en el Golfo de Paria (1942) entre Venezuela y Gran Bretaña; así además en el año 1978 establecimos acuerdos de delimitación con EE. UU y los Países Bajos; en 1979 con República Dominicana; en 1980 con Francia y más recientemente en 1990 con Trinidad y Tobago.

Hemos sido respetuosos (con demasiada paciencia, diría yo) en esperar definir primero la situación del área terrestre para ir luego a discernir la extensión marítima.

El problema de la delimitación en las áreas marinas y submarinas produce en la práctica dificultades cuando se sospecha o hay incertidumbres que esos espacios pertenecen a dos o más Estados.

Poseemos los justos títulos de la extensión territorial que nos arrebataron; por lo que, en estricta lógica, es la tierra la que le confiere al Estado ribereño el derecho a las aguas que bañan sus costas.

Aceptamos que la delimitación, jurídicamente, de entrada, no es un acto de atribución sino de determinación, a través de un efecto declarativo; pero no constitutivo.

Sin embargo, nos encontramos también en un conflicto territorial de atribución que obliga a contemplar, por elemental principio de derecho, la confrontación de justos títulos de dominio (y su consecuente soberanía) sobre ese territorio específico.

La determinación declarativa (para la delimitación de la proyección marítima) y la atribución constitutiva (para la Guayana Esequiba) que invocamos implica un doble proceso resolutivo de la Sala Jurisdicente para que reconozca y reafirme nuestro derecho, a través de una sentencia congruente a partir de justos títulos, documentos que estamos dispuestos a consignar para que sean examinados por el Alto tribunal, como pruebas directas incontrovertibles.

Un proceso acumulado que debe concluir – en sano juicio- a declarar y constituir a nuestro favor.

Venezuela tiene suficiente acervo de probanza para pedir y justificar ante el Cuerpo Juzgador nuestro status territorial sobre los 159.500 km2 y su correspondiente proyección atlántica.

La categoría jurídica status territorial se usa y se impone comúnmente en el Derecho Internacional con la finalidad de restituir la condición y régimen legal del territorio bajo dominio de un Estado.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Consultor de la ONG Mi Mapa  Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

GUAYANA ESEQUIBA: INCONTROVERTIBLE ESPACIO HUMANO DE NUESTRA PATRIA

Abraham Gómez R.*

Siempre nos ha parecido que caen en una seria contradicción quienes se dicen defensores de la Guayana Esequiba ―sobre todo― desde hace algunos meses para acá; sin embargo, nunca los escuchamos argumentar razonada y propositivamente de la considerable población que ocupa esa extensión territorial que nos fue arrebatado, vilmente, hace ya más de cien años.

Por propia experiencia ―producto de mis visititas a la zona― puedo mencionar que aflora una inmensa motivación por parte de los esequibanos ―que viven en esa parte de Venezuela― para intercambiar ideas, experiencias y conocimientos históricos con nosotros. Esos compatriotas tienen necesidad de saber, en esencia, cómo se conformaron desde el punto de vista político-administrativo.

Ellos desean concienciarse de qué fue lo que sucedió realmente. Así entonces, con tales fines, nos piden que les expliquemos en qué consiste un documento llamado “Laudo de París” y otro denominado Acuerdo de Ginebra.

También hago expresa mención que los esequibanos que viven aquí, entre nosotros: Tucupita, San Félix, Tumeremo, Ciudad Bolívar, Puerto Ordaz, Barrancas del Orinoco, etc., aún conservan algunas tradiciones religiosas, medicinales; sus propias instrumentaciones en cuanto al cultivo de la tierra y producción piscícola, sobre manufactureras en general; eficiencia en las actividades gastronómicas. Poseen sus intrínsecas metodologías educativas.

Acaso no podemos nosotros aprovechar esos conocimientos al tiempo que, en tal dialógica de saberes, los esequibanos reciban las necesarias asistencias para que refuercen el carácter identitario de la venezolanidad con la finalidad de que ellos se conviertan en agentes transmisores y repliquen tales componentes patrios hacia sus familiares que aún viven en la Guayana Esequiba.

Hagamos propio y oportuno el conocido Principio: “La identidad nacional no se impone ni se decreta, sino que se construye y se constituye progresivamente”. Este es el momento precisamente de imbuirnos en estas específicas tareas de recíproco comportamiento e imbricación humana.

Prestemos atención a lo que, estratégicamente, han venido haciendo todos los gobiernos guyaneses, desde Forbes Burnham hasta el actual Irfaan Ali.

En sus respectivas gestiones han destinado presupuestos para acometer infraestructuras de escuelas, hospitales, hoteles, balnearios, medios de comunicación audiovisuales, vías carreteras, pistas de aterrizajes, puestos militares etc.; además, sensibilizan a niños y jóvenes, con carácter recurrente, en procesos de ideologización e identidad hacia esa nación.

Cantan el himno e izan la bandera guyanesa en los planteles escolares y demás instituciones públicas.

Todas las fechas que ellos consideran patrias le confieren particular reforzamiento.

Si antes, en condición de nación pobrísima, se apoyaban en los aportes dadivosos suministrados por la Commonwealth, desde hace cinco años para acá ―con la Exxon a la cabeza de todo este enjambre esquilmador― no tienen reparos o limitaciones en los gastos e inversiones oficiales; por cuanto están percibiendo inmensos caudales de recursos dinerarios producto de la ilegal explotación petrolera, maderera, energética y minera en el área en conflicto y en la proyección atlántica sin delimitar.

Cuando analizamos la Constitución de la República Cooperativa de Guyana de 1980, nos conseguimos con la auto asignación y la distribución político-territorial que ellos han establecido, precisamente en la Guayana Esequiba, en flagrante violación del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966; que determinantemente señala, en su artículo V, numeral (2):

“Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de soberanía en dichos territorios, excepto en cuanto tales actos o actividades sean resultado de cualquier convenio logrado por la Comisión Mixta y aceptado por escrito por el Gobierno de Venezuela y el Gobierno de Guyana. Ninguna nueva reclamación o ampliación de una reclamación existente a soberanía territorial en dichos Territorios será hecha valer mientras este Acuerdo esté en vigencia, ni se hará valer reclamación alguna sino en la Comisión Mixta mientras tal Comisión exista”.

Con la descarada entrega de concesiones ―inconsultas y unilaterales― a las empresas transnacionales pretenden, sibilinamente, “hacer valer o crear derechos de soberanía”.

En el concierto de las relaciones internacionales, lamentablemente los países no tienen amigos sino intereses. Lo estamos percibiendo, en los últimos meses, precisamente; porque esta zona está siendo considerada de un extraordinario potencial por las reservas probadas y calidad de los recursos petrolíferos, la ubicación geoestratégica y su proyección e interconexión con los países de Suramérica.

Hay quienes se atreven a ser explícitos en sus consideraciones ―no exentas de polémicas— que las verdaderas fronteras son políticas y económicas y no jurídicas.

La Guayana Esequiba constituye un territorio con incalculables riquezas mineras, hídricas, forestales, energéticas, edafológicas, gasíferas, petroleras etc. Territorio muchísimo más grande que algunos países europeos, asiáticos y centroamericanos. Con extraordinario potencial de desarrollo sostenible.

Debemos reconocer que no sólo EE.UU. tiene las manos metidas allí, a través de la EXXON y la CGX, sino que también está operando la CNOOC de China, la SHELL de Holanda, la ANADARKO de Canadá. Son muchísimas que saben, por exploraciones científicas, lo que allí está en juego.

Según su Carta Magna, Guyana delimitó toda la extensión correspondiente a nuestra Guayan Esequiba en las siguientes regiones: Guainía-Baruma; Poomeron-Supenam; Cuyuní-Mazaruni; Potaro-Siparuni; AltoTúkutu- Alto Esequibo. En cada una de estas regiones eligen un gobernador que indistintamente del partido que sea PPP o del CNP, lo más importante es que responda a la programación diseñada y ejecutada a partir de directrices emanadas del nivel central, asegurando uniformidad de criterio para la conservación identitaria en la zona.

Hasta donde la Fuerza de Defensa de Guyana (GDF) nos permitió, recorrimos buena parte de esa inmensidad de territorio y nos conseguimos importantes ciudades, pueblos y asientos demográficos de varios tipos y clases sociales, en cuyo registro censal, más reciente, arroja una población que sobrepasa las 300.000 personas, incluyendo a las etnias Waiwai, Makushi, Arawakos, Akawayos, Saraos, Patamonas, Caribes, Waraos y Wapashi.

Agradezco, en lo personal que nuestro trabajo de indagación académica ha sido suficientemente ponderado y reconocido; lo cual constituye honda satisfacción por una lucha sostenida sin actitudes atrabiliarias o estrepitosas; por cuanto, requerimos juntar talentos y densidad en la formación documental y doctrinaria para insistir en reclamar y defender en las instancias a que haya lugar lo que por honor y justicia siempre ha sido nuestro; que nos desgajaron, en un ardid tramposo, en una tratativa perversa mediante añagazas jurídicas.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Consultor de la ONG Mi Mapa.

GUAYANA ESEQUIBA: NUESTRA FIRMEZA Y DEDICACIÓN EN LA PATRIÓTICA TAREA DE RESTITUCIÓN DEL SAGRADO SUELO

Abraham Gómez R.*

En nuestro indetenible recorrido por las universidades venezolanas y por algunas instituciones públicas y privadas para atender invitaciones académicas nos complace reconocer e informarles que en todos estos organismos visitados se nos pide con avidez que deliberemos con precisión pedagógica el asunto de la contención territorial que sostenemos con la excolonia británica y que expliquemos el contenido, esencia e intención de las cinco preguntas que aparecerán en la boleta del Referendo Consultivo.

Además, nos inquieren sobre las estrategias que seguirían una vez que se analicen e interpreten los resultados obtenidos del evento electoral del (3) de diciembre.

Ciertamente, es posible desarrollar algunas descripciones en detalles de lo expuesto en el párrafo anterior; como también hay elementos que por expresa precaución y moderación se deben omitir.

Las estrategias no se develan por anticipado.

Conseguimos profesionales densamente formados, lo cual nos honra y llena de profunda satisfacción venezolanista.

Me nutro de conocimientos al escuchar, con detenimiento, sus respectivas elucidaciones sobre este tema. Encontramos, en muchas partes del país, gente sabia para grandeza de la Patria.

Estamos dispuestos siempre además a intercambiar criterios con los participantes, en general, centrados en tal asunto litigioso.

Hay un bastión enorme que ha acumulado muchas indagaciones documentales; lo cual les ha permitido acrisolar vivencias y experiencias. Tales compatriotas portan en sí mismos sendas “cajas de herramientas” intelectuales, siempre al servicio del país.

Guyana nunca estuvo dispuesta a continuar el litigio con Venezuela a través de la figura del Buen Oficiante.

Hubo un permanente saboteo, durante veinticinco años, a los procesos de conciliación y mediación.

Jamás quisieron negociación directa, conforme al Acuerdo de Ginebra, suscrito y ratificado el 17 de febrero de 1966; por cuanto, según palabras recientes del cuestionado presidente Irfaan Ali:

“Eso ha constituido una perdedera de tiempo, y no arrojó los resultados satisfactorios para ninguna de las dos partes en controversia. Y ese referendo de Venezuela es una amenaza a la Paz de América Latina y el Caribe”.

Añade, también, que “el Laudo de París ha sido ejecutoriado en el proceso de demarcación en 1905; y debe tenerse como Cosa Juzgada”.

Precisamente sobre este último argumento falaz basan su Pretensión Procesal en la Corte Internacional de Justicia.

El gobierno guyanés y sus tutores financieros, las (52) empresas transnacionales, que han recibido ilegales concesiones para explotar (esquilmar) los recursos en la zona en reclamación y su proyección atlántica, celebran, por anticipado, los posibles resultados sentenciales del Alto tribunal de la Haya (inclusive en ausencia de Venezuela).

Por lo pronto, nosotros estamos a la espera de la resolución de la Sala Juzgadora sobre la medida provisional que accionó Guyana contra el Referendo Consultivo y la réplica que hizo debidamente nuestra delegación; aunque, la población venezolana se encuentra decidida a realizar ―indistintamente al fallo del mencionado Ente Jurisdicente― su consulta popular, por cuanto, comporta un legítimo recurso consagrado en nuestra Carta Magna.

La Corte sabe que nuestro país ha invocado siempre el Acto procesal de No Comparecencia; por cuanto, no le reconocemos jurisdicción, como instancia idónea para dirimir la controversia; y menos conocer forma y fondo de este asunto.

No hemos admitido ninguna Cláusula Facultativa de Obligatoria Jurisdicción, conforme al artículo (36) del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.

Venezuela, al no reconocerle jurisdicción a ese Ente Juzgador no se ha hecho Parte en este pleito, cuyo recurso interpusieron, unilateralmente, los coagentes de Guyana.

Entonces, si Venezuela no legitima, jurisdiccionalmente, a la Corte, el Alto Tribunal pierde cualquier piso competencial para dirimir fondo y forma la cuestión litigiosa que ha incoado Guyana

Un jurado puede tener jurisdicción y no competencia, pero no al contrario. Si no posee la jurisdicción, menos tiene la competencia.

La Competencia de la Corte Internacional de Justicia, para el caso Venezuela-Guyana, sería deducible a partir de la potestad jurisdiccional, que legalmente nuestro país le atribuiría a ese órgano judicial frente a la cuestión contenciosa que planteamos por más de cien años.

Debemos aclarar en igual sentido que no cometemos ninguna arbitrariedad, ni contrariamos el Derecho Internacional, con aplicar a lo interno de nuestra nación la diplomacia abierta” para que “la diplomacia siempre avance de manera franca y a los ojos de la opinión pública” (Woodrow Wilson).

Consideramos que las cuestiones de índole internacional deben tratarse pública y francamente (y lo reafirmamos con la invocación de los artículos 5 y 71 de nuestra Constitución Nacional); porque los pueblos no pueden ser relegados a la condición de simples objetos.

Es justo que la nación entera pueda dar su opinión (como efectivamente lo hará este domingo) sobre cuestiones vitales y mucho más si trata de nuestra reclamada integridad territorial.

El consenso percibido en toda Venezuela en torno al Referendo Consultivo es el producto de la suma de voluntades de todos los sectores de la sociedad, que ha asimilado este caso litigioso, única y exclusivamente como Asunto de Estado.

Ya habrá la ocasión y bajo distintas circunstancias de arreglar las otras cuentas pendientes.

Se hace imprescindible en este momento crucial, dejar sentado que el Acuerdo de Ginebra ―único documento que reconocemos para todo efecto de la contención― contempla que ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear derechos de soberanía.

Sin embargo, Los gobiernos que ha tenido Guyana de cualquier signo político; ya sea del partido Indoguyanés Partido del Progreso Popular (PPP) o el afroguyanés el Congreso Nacional Popular (CNP); aunque se antagonizan entre ellos para muchas cosas, pero coinciden en la deleznable posición de desconocimiento y desacato al contenido y aplicación del Acuerdo de Ginebra, y han otorgado en os últimos meses concesiones —como un acto de provocación― a diestra y siniestra en tres bloques petroleros (Pomeroon, Stabroek y Kaieteur) a más de treinta transnacionales para que exploren, exploten y comercialicen con los inmensos recursos en un área marítima que se encuentra por delimitar. Justamente en el espacio marítimo que genera la Zona en Reclamación; es decir, en el Mar territorial, Zona Contigua y Zona Económica Exclusiva.

Peor todavía, Guyana otorga, con irrespeto hacia Venezuela, licencias a compañías de muchos países ―que dicen ser nuestros amigos y aliados― para que aprovechen sendos yacimientos que se encuentran dentro de las 200 millas náuticas que genera nuestra propia plataforma continental, proyección marítima del estado Delta Amacuro, que no está sometida a ninguna controversia.

Frente a tamañas tropelías ¿Qué nos corresponde hacer?: defender lo nuestro, por todos los medios.

Todos, sin excepción

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba. Miembro de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Consultor de la ONG Mi Mapa. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).