EL JUSTO RECONOCIMIENTO DE MEMORIA ETERNA A LOS COMBATIENTES CAÍDOS EN MALVINAS

César Augusto Lerena*

El pueblo argentino guardará un eterno agradecimiento a quienes combatieron y a quienes ofrendaron su vida por defender con las armas un emblemático pedazo del territorio nacional y, en ese espacio, la soberanía nacional, por la que lucharon nuestros héroes de la independencia, los que consolidaron la Nación y la libertad de América. Ya se encuentran entre ellos los héroes de Malvinas.

Los gobiernos, más tarde que temprano, efectuaron distintos reconocimientos sociales y económicos en favor de los Combatientes, los Caídos en Combate y sus familiares.

Todos somos potenciales combatientes para defender la Nación pero hay quienes ya lo han sido, Honor y Gloria para ellos.

La guerra por la recuperación del Archipiélago de Malvinas constituye para los argentinos la confrontación más importante del siglo XX contra el invasor extranjero, que conlleva la doble y contradictoria emoción de defender orgullosamente el sentimiento nacional, junto a la lacerante herida de la frustración de la derrota, enmarcada, en una larga serie de fracasos sociales y económicos de la Nación. Esto hace más noble y admirable el esfuerzo de quienes combatieron en Malvinas y de aquellos que lo hicieron hasta perder la vida bajo la consigna reiterada en la Canción Patria de ¡o Juremos con gloria morir!

A ello, por si faltaba poco, se agregó, que por años se confundió la decisión y oportunidad de la recuperación de Malvinas y la conducción mayor de esta, con el cumplimiento heroico del deber de oficiales, suboficiales y soldados de la Patria.

Por distintas leyes nacionales y provinciales se reconoció y condecoró a todos los que lucharon en la guerra por la reivindicación territorial e histórica de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y sus espacios marítimos, aunque muchos de los reconocimientos sociales y económicos se extinguirán con el transcurrir de dos generaciones y, en algunos casos, perdurarán en el ámbito íntimo de las familias, pero es necesario que permanezcan per saecula saeculorum en las mujeres y hombres de la Nación Argentina acompañando la voluntad expresa de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Argentina por la que “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional, cuya recuperación … constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”, como una señal manifiesta, de la voluntad inquebrantable de recuperar un territorio, incorporado secularmente a la formación de cada argentino en la educación nacional.

Científicos, hombres de la cultura, personajes destacados en distintas disciplinas y muchos prohombres y militares de la patria han recibido el póstumo honor de que designen con sus nombres plazas, calles o edificios públicos. En algunos casos se ha resaltado con la designación del nombre el lugar donde desarrollaron sus actividades o sucedieron los acontecimientos que dieron lugar a su notoriedad: pueblos, hospitales, teatros, estadios, buques, aeropuertos o campos de batalla.

Durante la guerra de Malvinas murieron 647 combatientes; de ellos 375 de la Armada Argentina; 194 del Ejército Argentino; 55 de la Fuerza Aérea Argentina; 16 civiles y 7 de la Gendarmería Nacional. Héroes nacionales contemporáneos que el conjunto de los argentinos debe honrar, por ofrendar generosa y valientemente, su vida a la Nación. A ello, se podrían añadir otros argentinos que con motivo de secuelas derivadas de la guerra murieron en años posteriores a ella y designar con sus nombres los distintos accidentes geográficos del Archipiélago de Malvinas; pudiéndose también agregar, a aquellos argentinos fallecidos que tuvieron una destacada actuación durante la guerra o a quienes mediante sus acciones sostuvieron a través de los años en la memoria del pueblo argentino la “Causa Malvinas”.

Por Resolución Conjunta de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto y de Defensa, el 10 de noviembre de 2000, se creó la “Comisión Interministerial para el Análisis de la Toponimia en las Islas Malvinas”, integrada por el Director General de Malvinas y Atlántico Sur, el Director del Instituto Geográfico Nacional y el Director del Servicio de Hidrografía Naval.

En base al Sistema de Información Geográfica del Instituto Geográfico Nacional y a los datos geográficos e hidrográficos del Servicio de Hidrografía Naval se efectuó el relevamiento de las fuentes documentales históricas, geográficas y cartográficas que fundamentan la imposición y utilización de cada nombre geográfico argentino y la determinación de las coordenadas exactas de cada accidente geográfico nominado en las Islas Malvinas.

La Dirección de Geografía del Instituto Geográfico Nacional, en conjunto con el área de Toponimia del Servicio de Hidrografía Naval, confeccionó el nomenclátor normalizado de la toponimia de las Islas Malvinas que contiene entre otros datos, los nombres específicos, el término o lugar genérico, las coordenadas geográficas y la ubicación geográfica.

Puede observarse en ese Nomenclátor o Catálogo de nombres geográficos de las Islas Malvinas que se consignan en su gran mayoría nombres comunes (por ejemplo, aguda, nuevo, oeste, de la leña, caballo, cuarta, culebra, del aceite, de la barra, etc.), y en el caso de los nombres propios, solo unos pocos están referidos a personas que han tenido un estrecho vínculo con Malvinas (por ejemplo, Vernet, Beauchéne, etc.). Persisten también algunos nombres ingleses de dudosa justificación, que deben ser revisados, ya que se trata no solo de rendir un justo homenaje, sino también de resaltar la cultura nacional, en estos espacios ocupados en forma prepotente.

En función de ello, el Congreso de la Nación debiera sancionar una “Ley de Toponimia de las Islas Malvinas en homenaje y Memoria de los Argentinos Caídos en Malvinas”, a quienes combatieron y fallecieron en la guerra de Malvinas, denominándose con sus nombres a todas las islas, islotes, penínsulas, peñascos, barrancos, promontorios, puntas, cabos, arrecifes, rocas, bancos, playas, bahías, golfos, brazos, ensenadas, radas, rías, senos, ríos, arroyos, lagos, lagunas, estrechos, caletas, canales, fondeaderos, puertos, muelles, espigones, picos, montañas, montes, cerros, morros, lomas, prados, valles, abras, bajos, hoyas, rincones, pasajes, pasos, rutas, caminos, puentes, aeropuertos, aeródromos, pistas de aterrizajes, localidades, establecimientos, colonias, caseríos, parajes, corrales, otros accidentes geográficos del Archipiélago de Malvinas y los espacios marítimos circundantes (Art. 1º).

Para ello debería crearse la Comisión de Toponimia de las Islas Malvinas la que en el término de un año debería elevar para aprobación del Poder Ejecutivo Nacional los nombres propios propuestos (Art. 2º).

La Comisión de Toponimia de las Islas Malvinas debería integrarse con el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto o su delegado; el Ministro de Defensa o su delegado; el Secretario de Malvinas y Atlántico Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto; el Gobernador de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o su delegado; el Director del Instituto Geográfico Nacional; el Director del Servicio de Hidrografía Naval; el Presidente de la Asociación Argentina de Investigadores de Historia; el Presidente de la Sociedad Argentina de Estudios Geográficos, tres representantes nacionales de los ex Combatientes de Malvinas y tres representantes de los Familiares de los Caídos en Combate (Art. 3º).

Se debería tomar como referencia para la tarea de denominación prevista, la Base de Datos de Nombres Geográficos de las Islas Malvinas elaborada por la Dirección de Geografía del Instituto Geográfico Nacional, junto con el área de Toponimia del Servicio de Hidrografía Naval, quienes confeccionaron el Nomenclátor de las Islas Malvinas que incluye unos 700 topónimos normalizados, conteniendo el término específico, el genérico, las coordenadas geográficas y la descripción de localización, cuya copia junto al correspondiente reemplazo debería formar parte del proyecto de Ley que se propicia (Art. 4º).

La Comisión debería determinar también aquellos lugares que podrían mantener sus actuales denominaciones, fundadas en razones históricas, culturales, o porque pudiesen ser referencias específicas a combates librados por los combatientes argentinos.

Gloria y Honor a los Combatientes de Malvinas y agradecimiento y memoria eterna a los que murieron defendiendo la Soberanía Nacional.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

 

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