PESCA. FUNCIONARIOS INEPTOS Y EMPRESARIOS SIN ESTRATEGIA

César Augusto Lerena*

El gobierno lleva adelante una política de desindustrialización y un proyecto aperturista; frente a ello, el sector empresario pesquero continúa con una política gremial atomizada, dubitativa y vetusta que aplica un modelo extractivo y exportador de escaso valor, muy lejos del resto de las exportaciones de recursos naturales. La pesca es una actividad desconocida y desvalorizada por funcionarios y consumidores. Mientras Coca-Cola sigue promoviendo sus productos, las bondades de la pesca no existen o solo tienen difusión nacional las noticias negativas.

La evidencia más antigua de la pesca se acaba de descubrir en grabados de redes y pescados de unos 15.800 años a orillas del Rin. Es decir, el período Paleolítico Superior, donde se manifiesta que la explotación de esta especie, no solo era una cuestión de subsistencia, sino que tenía un significado cultural y simbólico; sin embargo, se agotará en el Atlántico Suroccidental, si los gobiernos, empresarios y gremios, no modifican el modelo político, productivo y gremial-empresario imperante en Argentina desde la década del 60.

¿Los empresarios se habrán enterado que las reglas cambiaron? No tienen políticas de revalorización de la actividad; no avanzan sobre el manejo efectivo de la actividad y siguen con métodos predigitales frente a políticas cognitivas y de irrupción de las redes sociales.

El Consejo Federal Pesquero no es federal ni concentra el poder de la decisión. El subsecretario de Pesca carece de poder. Ha sido y es parte del problema. Ello diluye el ámbito de negociación, en especial cuando los representantes de las provincias no han siendo capaces de diseñar una estrategia común. Su poder parece delegado a un cuerpo que carece de tal atributo y solo es el mascarón de proa formalizando decisiones tomadas fuera de ese ámbito.     

El poder sectorial y la fragmentación empresaria. La multiplicidad de Cámaras y alguna Asociación por fuera de ellas, debilita el poder del sector. La “Intercámaras” parece suscribiendo el interés de todos ―parece una alianza electoral― pero, ello no alcanza ya que no logra expresar un verdadero poder de la actividad. Juntar Cámaras para suscribir una nota defensiva o recorrer despachos no agrega potencia a la voz ni mucho menos muestra la importancia del sector que requiere de un proyecto que esté por delante de las iniciativas gubernamentales que desconocen las particularidades del sector y, sobre todo, necesita de una evolución empresaria efectiva que pueda ser ponderada y no cuestionada. Cualquier funcionario desinformado califica a este sector como “mafioso que explota el recurso pesquero en forma gratuita”, mientras el sector sigue aferrado a un proyecto pre-industrial iniciado hace sesenta años, fácilmente atacable. No se cambia esta imagen con la botadura de un importante buque, con la construcción de una planta industrial o con fotos de empresarios reunidos en una feria internacional. Es “cartón pintado”, por el que se invierten miles de dólares para que luego un Subsecretario “que nunca pagó un salario” establezca la política pesquera, a la par de decir, que si fuera por él ya se hubieran adjudicado las cuotas de pesca. Pasamos de “El estado soy yo” de Luis XIV en 1655 a funcionarios que no representan el poder político ni a las empresas. Es poco serio por parte de los gobernantes, pero también de los empresarios y las provincias que no parecieran entender que de una buena administración de este recurso dependen los pueblos, las industrias, los trabajadores y proveedores y, la custodia soberana argentina de territorios muy vulnerables de la República.

Las empresas integradas en Cámaras están divididas por tipos de buques, por especies, por plantas exportadoras, por su radicación y tipo de proceso, por un conjunto de empresas que consideran que se agrupan asociadas porque entienden que son las que mayor volumen producen y exportan y, otras empresas que han formado nuevas cámaras por diferencias de distinto tipo entre empresas. A ello se agregan empresas que no están asociadas y a la intervención individual de algunos empresarios que circunstancialmente por vínculos personales están cerca del gobierno de turno.   

Ello lleva a debates con conclusiones parciales, retaceadas y a asociaciones coyunturales y transitorias frente al conflicto y no a la necesidad de elaborar una estrategia permanente que contemple el interés de todos. Aquí no aplica el “río revuelto ganancia de pescadores”, sino por el contrario el gobierno se refriega las manos al pie de los muelles, ya que esta política empresaria es errónea, claramente negativa frente a un gobierno que fragmenta (divide y reinarás) y no analiza detalles sino los números finales, muchos de los cuales, será tarde evaluarlos luego de cuatro años de gestión.     

La pesca ilegal extranjera. No se escucha a un solo empresario referirse a la pesca ilegal que se realiza sobre los recursos migratorios o asociados en alta mar o en Malvinas, pese a que esa pesca afecta la economía, al ecosistema y necesariamente la pesca en la ZEE. No hay un solo plan gubernamental ni empresario para promover la pesca nacional en alta mar, eliminando subsidios, pago de derechos y acciones defensivas para contrarrestar la pesca subsidiada a distancia. Pareciera que los empresarios simplemente aceptan las reglas de juego que les impone el gobierno de turno y, aplican la reiterada consigna que ha estado vigente hasta ahora; aunque el “no hagan olas” no esté funcionando.

El libre acceso de buques extranjeros, las licitaciones, la vigencia y aumento de las cuotas de captura. El Poder Ejecutivo retiró el proyecto de ley ómnibus que extranjerizaría el mar argentino, pero no parece dispuesto a renunciar a sus intenciones y cumplirlas por otras vías. Federico Sturzenegger, el cerebro y ministro desregulador insiste en mencionar al sector pesquero argentino como un ámbito mafioso. Calificativo que mucha gente concuerda y que ya sostenía hace 35 años atrás el entonces secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca Felipe Solá (F.S. “Peronismo, Pampa y Peligro” p. 109-115, Ariel, 2018). El calificativo no ayuda, aunque también hay sectores prebendarios del Estado y empresarios de otros rubros que se los ve mal en la Argentina y no se los destrata, como diría Mirtha Legrand.   

Abrir el mar argentino a flotas extranjeras o colocar derechos a la captura sin analizar costos, retenciones, precios de comercialización; rentabilidad, etc., puede tener el mismo efecto: dificultar la sustentabilidad de las empresas nacionales y ceder las capturas a buques extranjeros que para hacerse de las proteínas pescan a pérdida o usan la actividad por razones geopolíticas. El aumento de los derechos de extracción (DUE) de 0,15 a 3,5 (Roberto Garrone, Punto Noticias, 17/11/24) es una muestra. Ello contrasta con los desproporcionados fondos aplicados a la administración (Autoridad de Aplicación, el Consejo Federal Pesquero y la Nación) en relación a cualquier actividad productiva.

Las cuotas y autorizaciones están en manos de funcionarios en tránsito, sin la voz de quienes invierten, contratan personal y generan riqueza. Digamos, que el manejo oficial de la administración pesquera está en poder de burócratas y, los pescadores profesionales y los históricos usan procedimientos que, durante décadas les sirvió (y evito decir cuáles eran), pero que hoy son absolutamente ineficaces. El sector empresario pesquero no parece darse por enterado.

Los años de vigencia de las cuotas debieran ser proporcionales a las inversiones realizadas y especialmente de aquellas a realizar. Podrían ser 15 años, si el análisis del proyecto de cada empresa lo amerita; pero, llevar a un año la vigencia, carece de toda seriedad y estaría demostrando que el gobierno no conoce los pormenores de la actividad o que está pensando llevar adelante un proceso licitatorio, sobre el que ya nos hemos expresado.

Las exportaciones, la acuicultura y la generación de empleo. El sector pesquero dirige su producción a la exportación, aunque no tenga una representación importante en el complejo exportador argentino en el que solo alcanza el 2,5% de las exportaciones totales (INDEC, primer semestre 2024), donde se destacan con el 73,7% los langostinos y calamares y un 24,4% los pescados blancos. Exportaciones muy por debajo de sus vecinos Brasil, Chile, Perú, etc. Y, mientras que en la producción total mundial pesquera la acuicultura y maricultura alcanzan al 50%, en la Argentina están por debajo del 2%. De esto no se habla y debería ser una política prioritaria argentina para triplicar las exportaciones y la ocupación de mano de obra en todo el territorio nacional.     

El hábito alimentario y el consumo interno. El 90% de la producción argentina se exporta y pese a que el gobierno debe administrar el recurso, nada hace para redireccionar una cuota-parte al consumo interno. Mientras los médicos nutricionistas y cardiólogos entienden que para mejorar la dieta el pescado debería consumirse tres veces por semana, la Subsecretaría de Pesca insólitamente promueve consumir pescado los días 19 de cada mes (Resolución 42/19). En un país donde los consumidores no conocen las bondades del pescado no puede esperarse que los funcionarios lleven políticas activas que acrediten el valor de esta industria. En la Argentina hay consumo per cápita anual de 4,8 Kg. Es el país con más bajo consumo en Suramérica que llega a un promedio de 9,8 Kg. Salvo algunos casos puntuales los empresarios no prestan atención al mercado local. Ni siquiera en las ciudades portuarias y pesqueras el consumo es mayor. Los programas sociales no tienen contemplado este alimento, pese a su alta calidad proteica y de grasas insaturadas y, la compra de los consumidores del pescado es reactiva ya que no está contemplada dentro de las compras programadas del hogar. Gobierno y empresarios son responsables de esto y, ello también, hace a la imagen del sector.

La reforma de la ley 24.922. La ley nació en 1998 y tuvo su rol en esos años. Después de 28 años de su sanción, en una actividad en discusión en el mundo pesquero, es insólito que no haya tenido cambios en cuestiones que se sufren: la integración del Consejo Federal Pesquero; la falta de jerarquía de la Autoridad de Aplicación; el otorgamiento de cuotas; el sostén económico de la administración, la investigación y el control y un centenar de temas que proyecten una actividad moderna para los próximos treinta años. El temor empresario es reverencial a alguna modificación que pudiese cambiar las reglas de juego estos años. Los empresarios no parecen darse cuenta que el cambio es irremediable y, cuanto más aporten intelectualmente, menor será el riesgo que los funcionarios de turno contribuyan con su desconocimiento. El Santos de Pelé impuso la estrategia de que “no hay mejor defensa que un buen ataque”.       

La aplicación de multas. Su aplicación y sobre todo las de alto monto, muestran la incapacidad del gobierno de llevar una política de preventiva. Las últimas parecen destinadas a mostrar un cambio sancionatorio y no a llevar una administración ordenada. Todo el proceso es observable: desde la inspección hasta la sanción. Hay denuncias sobre incumplimientos graves y, otras recientes, que refieren a actos de persecución. Las multas no reparan los daños.

La soberanía y política poblacional. La pesca es una actividad central en la defensa de la soberanía marítima y en los amplios espacios de la Patagonia. La pesca ha servido para poblar e industrializar ese importante territorio nacional con baja densidad población. Más de 500 buques pesqueros habilitados son custodios del extenso territorio marítimo. El sector empresario no ha sabido darle valor y proyectar nacionalmente este hecho trascendente. Los gobiernos provinciales del litoral patagónico como hemos visto en estos días a cambio de unas monedas han planteado el absurdo de liberar sus puertos para dar apoyo a los buques que pescan ilegalmente nuestros recursos migratorios.       

Manual Belgrano en el siglo XIX decía “Un Estado sin pesca nada puede sobre la mar”. Los empresarios pesqueros no han sabido darle valor estratégico, económico, social, alimentario y sanitario a la pesca.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado – Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL).

 

CHINA, ÁFRICA Y OCCIDENTE: PROBLEMÁTICAS DE INVERSIÓN Y CAMBIOS GEOESTRATÉGICOS

Salam Al Rabadi*

La expansión de la influencia de las empresas transnacionales chinas a nivel mundial no se desvía del contexto de los estratégicos adoptados por el Estado chino para asegurar su vital esfera económica y política. Está claro que las estrategias de inversión de las empresas chinas se basan en hacer de China una potencia económica, política y militar global.

Por tanto, se puede decir que estas políticas de inversión reflejan inevitablemente la visión de China sobre cómo lograr objetivos políticos y económicos a largo plazo. Sobre esta base, parece que la influencia de las inversiones chinas en el continente africano representa un cambio geoestratégico que trastornará muchos equilibrios económicos y políticos globales a todos los niveles y ámbitos.

Las inversiones chinas han ampliado su alcance de trabajo en todo el continente y el volumen del comercio entre China y África está aumentando a un ritmo muy alto. Durante la cumbre del Foro de Cooperación China-África (FOCAC), celebrada en Beijing en septiembre de 2024, China se comprometió a implementar unos 30 proyectos de infraestructura en todo el continente y a proporcionar financiación y apoyo por valor de unos US$ 51 mil millones durante tres años (2025-2028).

En la actualidad, el volumen del comercio entre China y África asciende, aproximadamente US$ 167 mil millones (en el primer semestre de 2024), donde las exportaciones chinas se estiman en US$ 97 mil millones, frente a las exportaciones africanas por valor de US$ 69 mil millones. Actualmente hay más de 10.000 empresas chinas que operan en todo el continente y están activas en todos los sectores (tecnología, infraestructura, minería, agricultura, metales raros, energía verde, etc. Y también el número de ciudadanos chinos en África se estima en unos dos millones de personas y son la comunidad extranjera más grande que habita el continente.

En consecuencia, como resultado de la creciente influencia de las inversiones chinas, ha quedado claro que existe una competencia chino-occidental dentro de África, ya que existen serios interrogantes y preocupaciones geopolíticas en Occidente sobre las repercusiones de estas enormes inversiones, que caen dentro de la visión política china del Estado.

Podemos inferir esta competencia siguiendo el intento de Occidente de trabajar para enfrentar la iniciativa de China, llamada «La Franja y la Ruta» o «Nueva Ruta de la Seda», especialmente en su aspecto africano.

Por lo tanto, a partir del seguimiento de este conflicto estratégico relacionado con estas inversiones, que se basa en el principio de trascender las confrontaciones políticas y económicas tradicionales, ya no es posible ignorar muchos de los problemas que giran en torno al intento de Occidente de involucrar cuestiones relacionadas con el desarrollo sostenible en este conflicto, especialmente a nivel de cuestiones relacionadas con la gobernanza, la transparencia y la lucha contra la corrupción, las normas medioambientales, los derechos humanos, etc.

Occidente formula muchas acusaciones y duras críticas a las inversiones chinas por no adherirse y cumplir con los estándares de desarrollo sostenible en África. Aquí se pueden manifestar las siguientes preguntas lógicas:

  • ¿Cuáles son las dimensiones y repercusiones de las acusaciones occidentales contra China de que sus inversiones en África violan las normas de desarrollo sostenible y derechos humanos?
  • ¿Existen ahora enfoques puramente políticos para las inversiones chinas en lugar de enfoques basados en cómo ayudar a consolidar las políticas de desarrollo sostenible en todas sus dimensiones en el continente africano?

Partiendo del supuesto de que estas inversiones no quedan fuera del ámbito de la competencia entre China y Occidente, debemos llamar la atención sobre la cuestión de la dimensión política en las críticas occidentales a las inversiones chinas en términos de su descuido de las normas de desarrollo sostenible en el continente africano, especialmente en los estados fallidos.

Esta cuestión se vuelve claramente visible al rastrear el énfasis en la adopción de estándares ambientales estrictos y el compromiso con una gobernanza sostenible que los países occidentales están tratando de imponer a muchos países que tienen relaciones de inversión con China.

Esto es con el objetivo de intentar limitar la capacidad y el poder económico y de inversión de China. Por ejemplo, las políticas de desarrollo sostenible que se centran en la reducción de emisiones y la transición a energías limpias se están aprovechando para limitar la expansión de las industrias pesadas en China y en los países en desarrollo que dependen de ellas para lograr un rápido crecimiento económico. Mientras que los países desarrollados continúan monopolizando tecnologías avanzadas de energía limpia, lo que mejora su control económico y tecnológico.

En suma, parece claro que existe una explotación política y económica de los conceptos de desarrollo sostenible como herramienta mediante la cual se puede frenar la expansión de la influencia china en el continente africano. Desafortunadamente, a menudo los países desarrollados lo han utilizado como medio de presión para promover sus intereses y socavar el rápido crecimiento de los países en desarrollo y emergentes, lo que contribuye a desacelerar el ritmo de su ascenso económico y político.

A la luz de lo anterior, no debemos ignorar las estrategias de algunos países basadas en utilizar los conceptos de gobernanza y transparencia para alcanzar objetivos políticos. Esto abre la puerta amplia y seriamente a dejar planteada una pregunta:

¿Cómo explota Occidente todos los conceptos de desarrollo sostenible a nivel económico y político para enfrentar la influencia de la inversión global China, específicamente en el continente africano?

 

* Doctor en Filosofía en Ciencia Política y en Relaciones Internacionales. Actualmente preparando una segunda tesis doctoral: The Future of Europe and the Challenges of Demography and Migration, Universidad de Santiago de Compostela, España.

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GUAYANA ESEQUIBA: OPONIBILIDAD Y PERSECUCIÓN DE LO NUESTRO

Abraham Gómez R.*

La ligazón oportunista y juego de intereses dinerarios con las empresas transnacionales obnubiló la perspectiva histórica a la dirigencia guyanesa y les provocó «amnesia selectiva» que les impidió (antes de accionar contra Venezuela, por ante la Corte Internacional de Justicia) asumir a conciencia que fuimos nosotros los primeros en reconocerlos como nuevo Estado naciente en la comunidad internacional, exactamente el mismo día que alcanzaron su independencia del Reino Unido, el 26 de mayo de 1966.

Desmemoria inoculada a petición y complacencia de las aprovechadoras compañías de turno, esquilmadoras de nuestros recursos. Ya habrá ocasión de arreglar cuentas sobre el particular.

Frente a la acción de Guyana interpuesta contra nosotros, el 29 de marzo del 2018, una vez que el Secretario General de la ONU remitió el asunto controversial al Alto Tribunal de La Haya, ¿qué nos quedaba hacer?

Defendernos con las disímiles estrategias que nos sean factibles y lícitas desarrollar hasta lograr la restitución de lo que nos desgajaron.

Veamos. Producto de los resultados obtenidos del referendo consultivo, celebrado en diciembre pasado, concretamos la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, dentro de lo contemplado en el Acuerdo de Ginebra, del 17 de febrero de 1966, único documento con pleno vigor jurídico para encarar este pleito.

Con el precitado instrumento normativo se procedió, bajo la promulgación del jefe de Estado, a la creación de una nueva entidad federal de la República:

«Se crea el estado Guayana Esequiba dentro de la organización político territorial de la República Bolivariana de Venezuela. El estado Guayana Esequiba es una entidad autónoma en lo político, con personalidad jurídica plena y patrimonio propio e independiente» (Artículo 9).

Así, además, con la representación de importantes organismos se conformó un cuerpo institucional extraordinario para que a través de su rectoría se implementen las políticas de consolidación integral del naciente Estado.

El artículo (27) de la señalada normativa reviste capital importancia al conferirle al presidente de República la expresa prohibición (capacidad de veto) para la celebración de contratos o acuerdos con personas jurídicas que se encuentren operando o colaboren con actividades conexas en el territorio de la Guayana Esequiba o en su proyección atlántica (aguas pendientes por delimitar).

Sabemos de las licencias, concesiones y autorizaciones que ha recibido un enjambre de (59) empresas transnacionales, procedentes de diferentes países.

Considero que el jefe de Estado, por intermedio de la Alta Comisión, debe comenzar a fijar las responsabilidades, en el sentido restrictivo que le faculta esta ley, para con las compañías norteamericanas, chinas, rusas, noruegas, brasileñas, mexicanas, entre muchas otras que se encuentran instaladas, operando en Venezuela y simultáneamente prestan allá también cuantiosos servicios extractivos de nuestros recursos en favor de los gobiernos guyaneses.

Apliquemos la ley, justamente, como ella mandata. ¿Cómo la daremos vigor a esta ley? Prestemos atención.

Estamos invocando ―en lo inmediato― dos principios jurídicos para resguardar lo que siempre ha sido nuestro desde el punto de vista jurídico, histórico y cartográfico; no precisamente por una malcriadez diplomática o deseo sobrevenido sino porque poseemos los Justos Títulos Traslaticios que nos han asistido ―permanentemente― en la presente controversia que ha sido revestida con carácter de juicio al cual estamos en disposición de encarar y comparecer el próximo 11 de agosto de 2025, cuando se inicia la fase de pruebas, en el subsiguiente trayecto del  Proceso.

Mientras tanto nada nos limita o impide a invocar y proceder con el denominado Principio y Derecho de Persecución, que consiste en:

«El atributo que permite a su titular perseguir la cosa objeto de su derecho, sin importar quién la tenga en su posesión, quien lo retenga, u ocupe, en manos de quien lo detente o en qué lugar se encuentre.

Además, comporta una característica que cobra especial importancia en el Derecho Internacional; por cuanto, es un poder jurídico del Estado propietario, con dominio demostrable sobre un bien, que lo puede ejercer directamente sobre su objeto».

Acaso no hemos expresado y explicado de muchísimas maneras y a través de bastantes vías y medios que poseemos un enjundioso acervo de probanza que demuestran la vileza cómo se le perpetró a Venezuela el arrebato de la controvertida extensión territorial, que constituye una séptima parte de nuestra geografía nacional, por el costado este.

Todo lo referido en el párrafo anterior tiene fuerza y fundamentación en la Real Cédula de Carlos III, fechada el 8 de septiembre de 1777, cuando procede, dentro de las Reformas Borbónicas, a crear la Capitanía General de Venezuela, soportada en las Capitulaciones de Santa Fe de 1492.

«(…) He tenido a bien resolver la absoluta separación de las mencionadas Provincias de Cumaná, Guayana y Maracaibo, é islas de Trinidad y Margarita, del Vireynato y la Capitanía General del Nuevo Reyno de Granada, y agregarlas en lo gubernativo y militar a la Capitanía General de Venezuela, del mismo modo que lo están, por lo respectivo al manejo de mi Real Hacienda, a la nueva Intendencia erigida en dicha Provincia, y ciudad de Caracas, su capital… que obedezcan, como a su Capitán General, al que hoy es y en adelante lo fuere de la Provincia de Venezuela, y cumplan las órdenes que en asuntos de mi Real Servicio les comunicare en todo lo gubernativo y militar… que así es mi voluntad.

Dada en San Ildefonso a ocho de septiembre de mil setecientos setenta y siete.

Yo El Rey”

Con igual propósito hemos hecho saber ante el mundo que soportamos nuestro pedido de restitución ante la honorable Sala Jurisdicente en el «Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela», suscrito el 30 de marzo de 1845, en el preciso momento y evento de reconocimiento de nuestra independencia, por parte de Su Majestad Católica:

«Artículo 1°. S.M.C., usando de la facultad que le compete por decreto de las Cortes generales del Reino de 4 de diciembre de 1836, renuncia por sí, sus herederos y sucesores, la soberanía, derechos y acciones que le corresponde sobre el territorio americano, conocido bajo el antiguo nombre de Capitanía General de Venezuela, hoy República de Venezuela.

Artículo 2°. A consecuencia de esta renuncia y cesión S.M.C. reconoce como Nación libre, soberana e independiente la República de Venezuela compuesta de las provincias y territorios expresados en su Constitución: y demás leyes posteriores a saber: Margarita, Guayana, Cumaná, Barcelona, Caracas, Carabobo, Barquisimeto, Barinas, Apure, Mérida, Trujillo, Coro y Maracaibo y otros cualesquiera territorios e islas que puedan corresponderle.

Artículo 3°. Habrá total olvido de lo pasado y una amnistía general y completa para todos los ciudadanos de la República de Venezuela, y los españoles, sin excepción alguna, cualesquiera que haya sido el partido que hubiesen seguido durante las guerras y disensiones felizmente terminadas por el presente Tratado…» (Omissis).

Ambos documentos los hacemos valer con pleno carácter jurídico en nuestro derecho de oponibilidad interpartes y frente a todos aquellas personas y entes que, aunque no estén directamente concernidas, deben mantenerse en conocimiento de lo que estamos reivindicando desde hace más de cien años.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba- Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).