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LA APROPIACIÓN DE LA NACIÓN DE LOS RECURSOS PESQUEROS DE BUENOS AIRES

César Augusto Lerena*

Escribimos para la mayoría de los argentinos que «viven de espaldas al mar» y para los bonaerenses a los que el Gobierno Nacional les enajena los recursos pesqueros y, lo que es peor aún, lo hace con una ineptitud tal, que compromete estos recursos naturales para las próximas generaciones y atenta contra la industria y el empleo radicado en todo el territorio provincial.

Todos estamos afectados por décadas de gobiernos nacionales incapaces que mal administran el recurso pesquero que pertenece a la Provincia de Buenos Aires y a todos sus pobladores. Se apropian de los recursos pesqueros de dominio de la Provincia en su territorio, los migratorios originarios de éste y los que forman parte del ecosistema y no realizan ninguna acción para impedir la pesca ilegal de las especies migratorias en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y en alta mar, por parte de buques extranjeros. Es decir, administran irregularmente.

La Argentina tiene una Zona Económica Exclusiva de 3.757.124 Km2, dentro de la cual, unos 520 buques nacionales capturan anualmente unas 800 mil toneladas; ello, pese a la potencialidad del Atlántico Sudoccidental de unos 1,7 millones de toneladas de peces y calamares que son extraídos en su mayoría por buques españoles-británicos, chinos, coreanos y taiwaneses, sin ninguna acción por parte del gobierno nacional, con un evidente perjuicio biológico al ecosistema y a las economías provinciales. Mientras ello ocurre, unos 10 mil barcos chinos superan sus 200 millas marinas y se dedican a la pesca a distancia en alta mar junto a otros 60 mil buques de unos 24 países, entre ellos, de España, Japón, Corea, Taiwán y el Reino Unido asociado a España. Ello explica ―junto a la producción de la acuicultura que representa el 49% de la explotación mundial― las razones por la que Argentina es insignificante en el comercio mundial pesquero. Por ejemplo, España, «con una ZEE de 1.040.000 Km2 de un tercio de la de Argentina, tiene 8.972 buques pesqueros; captura un millón de toneladas/año; importa 1,8 millones de toneladas; exporta 1,2 millones de toneladas; consume 23 Kg per cápita y tiene 231 buques pescando en aguas internacionales» (CEPESCA, 2018).

Nuestros vecinos capturan en altamar. Chile tiene cuatro flotas que pescan fuera de la ZEE: la industrial de jurel, krill y bacalao y la artesanal de pez espada y, Perú, donde sus embarcaciones artesanales salen fuera de las 200 millas en busca de perico y los industriales van a la captura de jurel, caballa y atún.

La Argentina no revertirá su situación si ―además de implementar un importante desarrollo en la acuicultura y maricultura― no sale a competir con la flota internacional en alta mar y administra adecuadamente los recursos migratorios en la ZEE y alta mar. Nada de ello es posible si el gobierno no lanza un proyecto de desarrollo y apoyo financiero a estas actividades. Lejos de ello, este gobierno, promueve una reforma para extranjerizar la explotación pesquera y aplicar un Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) que van en contra de la industria nacional.

El gobierno nacional se comporta como «el perro del hortelano», se queda con la administración de los recursos pesqueros de las Provincias y va camino a regalarles la pesca a quienes tienen el mercado mundial.

Es muy difícil de explicar que la Argentina en 1975 con una captura total de 504 mil toneladas ocupó más personal que con una captura total de 800 mil toneladas en 2023. Varias son las razones y entre ellas que gran parte de las exportaciones se reprocesan en países importadores transfiriéndoles a estos la mano de obra directa e indirecta. Una política que promueve la desocupación, aunque elemental frente a la que sería entregarles el mar (la reforma de la ley de pesca) o directamente todos los permisos (RIGI).

Es «el cuento de la buena pipa» ya que el modelo que impera lleva a los municipios a entender como nacional la actividad; la Nación no lleva adelante proyectos de desarrollo local o regional y el gobierno actual va camino a enajenar una actividad productiva nacional que ha generado pueblos y empleo.

Los datos estadísticos de la Subsecretaría de Pesca por su parte refieren a número total desembarcos que es absolutamente inconsistente, donde no distingue si se trata de especies enteras; sin cabeza-cola (H&G); filetes, etc. y, para iniciar una administración sostenible y sustentable del recurso debe establecerse el tipo de proceso sufrido previo a la descarga; los volúmenes y especies ciertos desembarcados; los descartes y residuos en el mar; el stock en las cámaras y, por cierto, los valores ciertos de exportación, entre otras cosas. La falta de control de la actividad hace inviable una administración eficiente del recurso por parte del Estado Nacional. No imaginamos el descontrol de una pesca extranjerizada.

Hay descartes en el mar estimadas en el 30% de las capturas según la FAO, el INIDEP, la AGN y el Banco de Desarrollo, en un país con 48,3% de pobres, es decir 22,6 millones de personas y 11,9% de indigentes que comprenden 5,5 millones de personas. La pesca puede ser una herramienta fenomenal para la provisión de proteínas de alto valor biológico a las poblaciones vulnerables, resolviendo el problema del hambre y desnutrición de la Argentina. Si reguláramos el descarte de pescados al mar, como ya lo estableció la Unión Europea en 2004 y la Argentina en 1998 por el artículo 21 de la Ley 24.922, tendríamos 3 millones de raciones diarias de alimentos proteicos todo el año para los niños y adolescentes argentinos. Nada que haya resuelto el gobierno nacional y que habrá de agravarse con la política extractiva y de desindustrialización que lleva este gobierno.

La mayoría de los buques congeladores pueden producir mecánicamente unas mil toneladas de filetes de pescados congelados listos para exportar, utilizando una tripulación promedio de unos 40 operarios y realiza al año unas 6 mareas. Para elaborar esas mil toneladas, el buque debió capturar unas 2.700 toneladas de pescado; es decir, que al año se habrán tirado al mar unas 10.200 toneladas de residuos. Si llevamos este número a 35 buques congeladores arrastreros se habrán tirado por año un total de unas 357.000 toneladas de residuos de pescados al mar. Si nos retrotraemos a veintiséis años atrás, cuando se promulgó la ley 24.922, se habrán tirado al mar más de 9,3 millones de toneladas de residuos además de los millones de especies capturadas descartadas. Imaginemos entonces, la contaminación marina y analicemos las pérdidas que significan para la Argentina. Según la FAO, con una tonelada de residuos de pescado se obtienen 225 kg de harina y 50 kg de aceite. El procesamiento a bordo y el descarte al mar de las 10.200 toneladas de residuos citados nos impide usarlos para la fabricación de 2.295 kg/año de harina y 510 kg/año de aceite de pescado; por lo cual, a un valor de exportación de US$ 1.490 la tonelada de harina, significa una pérdida de US$ 3,4 millones, más el valor de US$ 2.348 la tonelada de aceite, provoca una pérdida de US$ 1,2 millones de dólares; es decir que la Argentina pierde con el procesamiento a bordo y el descarte de los residuos de cada buque la suma de US$ 4,6 millones por año, lo que multiplicado por los 35 buques congeladores-procesadores arrastreros significa una pérdida total anual de unos 161 millones de dólares, a lo que deberían sumarse las pérdidas y la contaminación derivadas de los descartes al mar de las especies «llamadas no comerciales» o de «pesca incidental».

Deberíamos agregar que se requieren unas 4,9 toneladas de residuos de pescado salvaje para obtener la harina y el aceite necesario para producir una tonelada de salmón. Es decir que, si la Argentina quisiera incursionar en la acuicultura o maricultura, a la usanza de la política de China o España, debería tener muy en cuenta la utilización plena de los residuos.

No se pueden tirar toneladas de proteínas al mar, mientras hay millones de niños pobres, indigentes y desnutridos. Por supuesto que esto se agravará de continuarse con las políticas actuales o, aún peor, extranjerizando el mar o vendiendo las empresas nacionales.

La Argentina con 4,9 kg per cápita/año es el país que menos consumo tiene en Latinoamérica que consume un promedio de 9,8 Kg. Aún más bajo que África que consume un promedio de 11 Kg. y por supuesto que la Unión Europea que alcanza un consumo promedio anual per cápita de 22 Kg. Si todas las exportaciones de pescados blancos, calamar, anchoítas y conservas se destinasen al mercado interno, los argentinos alcanzarían un consumo de 11,5 kg. aún por debajo del promedio de consumo mundial de los 20 Kg. No hay plan nacional de consumo de pescado y la Provincia de Buenos Aires no puede quedar a la espera, a partir de recuperar el recurso.

La industria pesquera no puede escapar a las generales de la ley en un país con un gobierno sin proyecto nacional marítimo y pesquero que está dispuesto, incluso, a extranjerizar la explotación del mar argentino sin exigir el desembarque en los puertos nacionales de las capturas y utilizando tripulación extranjera. Parece el límite que se puede tolerar y, pese a ello, los propios interesados permanecen inermes ante un Estado Nacional que primero se apropia de los recursos provinciales y luego avanza en entregarlos a empresas extranjeras por el mero pago de un canon, destruyendo la industria, el desarrollo regional y el empleo.

Ello, en medio de un costo interno desmesurado que dificulta la explotación de los recursos del Atlántico Sur y su proceso industrial, dejando fuera de competencia, a esta actividad de interés económico, social y estratégico. Un verdadero cuento de la buena pipa. Nadie puede imaginar un presente ni un futuro promisorio en esta u otra actividad exportadora en un país con una inflación altísima, cuando los principales competidores pesqueros y compradores en el mundo tienen una inflación interanual (abril/2024) de 2,2% (Alemania); 2,2% (Francia); 3,3% (España); 0,3% (China); 3,4% (Estados Unidos); 2,7% (Japón); 0,9% (Italia); 3,2% (Reino Unido); 3,1% (Corea del Sur); 17,7% (Rusia); 3,2% (Brasil) mientras que la Argentina tiene una inflación de 289%. Hoy, mañana o pasado los productos dejan de ser competitivos o se exporta a pérdida, mientas que la actividad agropecuaria y las capturas en alta mar se subsidian en la Unión Europea y los países asiáticos, mientras en nuestro país los altos costos de la energía, los combustibles, las cargas impositivas, la falta de crédito a la producción y las altas tasas de interés, terminan transformando en financieras a las empresas industriales para obtener las utilidades que sería de esperar fuesen el resultado de la actividad productiva. No puede esperarse en este escenario un gran desarrollo empresario, donde el Gerente Financiero reemplaza al de Producción.

El viejo aforisma de que «el dueño de la pesca es el dueño del pescado» está siendo utilizado por la Nación, quien a través de un andamiaje de leyes destinadas a administrar la totalidad de los recursos está perjudicando a la Provincia de Buenos Aires y a otras provincias del litoral marítimo, ya que sus ingresos por la explotación pesquera se ven seriamente disminuidos y la pesca no es solo una actividad económica, sino una herramienta de radicación industrial, poblacional y de generación de empleo.

La Nación lleva adelante un modelo que no beneficia a los intereses provinciales. Una investigación sin la necesaria participación de la provincia; los mares sin control y una pesca ilegal creciente que depreda el ecosistema, en el que intervienen los recursos pesqueros provinciales. Sus políticas están destinadas a profundizar la desindustrialización, a desnacionalizar la actividad y a concentrar en pocas empresas extranjeras la actividad. A través de la «ley de bases» y la instauración del «Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI)» por el que «se otorga exenciones tributarias, aduaneras y cambiarias por 30 años a aquellos proyectos que inviertan más de 200 millones de dólares en bienes de capital; que alcanzan a reducciones del impuesto a las ganancias de 35% al 25%; la libre disposición del 20% de las divisas generadas por sus exportaciones al cabo del primer año, del 40% a partir del segundo año y de la totalidad (100 %) a partir del tercero; el pago de IVA con crédito fiscal; podrán aplicarse al pago de impuesto a las ganancias, a los impuestos a los bienes personales y al cheque, implicando de hecho la exención de esos tributos. Estas compañías podrán importar bienes libres de aranceles y no pagarán el impuesto PAIS; además de quedar exentos del pago de impuestos inmobiliarios, ingresos brutos y tasas municipales» (Pulti, Gustavo «Proyecto de Declaración de rechazo al Proyecto de Ley de Bases…», 2024). Una verdadera inequidad que afectará seriamente a los recursos de la Provincia y los Municipios y a todas las empresas pesqueras y proveedoras de insumos que instaladas en la Provincia de Buenos Aires (y en otras provincias) carecerán de todo incentivo compensatorio y, ante tanta desigualdad las sacará de competencia en el mercado internacional y nacional y quedando tentadas de poner la bandera de remate a sus instalaciones, buques y concesiones poseedoras de permisos, cuotas y autorizaciones de pesca. Tendrá un efecto peor al proyecto de reforma de la ley de pesca que integraba la «ley de bases» que fue desestimado ante la presión de expertos, los medios, el sector pesquero y distintos referentes políticos; ya que no se quedarán estas empresas solo con el mar y sus recursos, sino con toda la industria radicada en tierra, seguramente reduciendo el agregado de valor y el consecuente desempleo argentino, en favor de los mercados de los que procedan las inversiones.  

Cuando se eligen los gobiernos nacionales, los votantes no pueden imaginar que los recursos naturales de sus provincias serán apropiados en favor del tesoro nacional, mantener una estructura centralista y administrar la política sectorial; pero, los sectores directamente interesados que invierten en la Provincia debieran preocuparse sobre qué políticas van a llevar los administradores del Estado Nacional, ya que no debieran quedar la política pesquera en poder de un subsecretario o de un Consejo Federal Pesquero (CFP), integrado igualmente por un representante provincial quien, aun teniendo una política clara provincial, deberá actuar en minoría frente a los funcionarios nacionales que integran el cuerpo. Aquí aplica el viejo dicho de «a río revuelto ganancia de pescadores», ya que la participación atomizada de las provincias en ese Consejo, en ocasiones con intereses contrapuestos, sobre los que actúan políticos, empresarios y sindicatos ha facilitado la tarea de monopolizar la administración por parte de la Nación.

Dos son los aspectos centrales sobre los que estamos prestando atención: los derechos provinciales no delegados a la Nación sobre los recursos pesqueros y la administración provincial de los recursos migratorios y asociados.

El gobierno de la Nación se queda con los recursos naturales de la Provincia. ¿Los pioneros y hacedores de la pesca dónde están? «…Cuando vinieron a buscarme, no había nadie más que pudiera protestar» (Martin Niemöller, 1946).

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca- Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. www.cesarlerena.com.ar

 

EL DÍA DESPUÉS DEL INTENTO DE ENAJENAR LA PESCA Y LA INDUSTRIA NAVAL NACIONAL

César Augusto Lerena*

Se dejaron sin efecto los artículos de modificación de la Ley de Pesca y hubo un respiro de alivio en el sector pesquero, industrial naval y las industrias anexas; pero, aunque pareciera, nada ya volverá a fojas cero.

Antes de analizar lo que deja el proyecto de reforma de la Ley de Pesca, sería bueno saber ¿quién fue el autor de esta iniciativa?, ya que, contrario a cualquier proyecto de ley que se pone a consideración del Congreso, éste careció de fundamentos que pudieran justificar el cambio de 180 grados que se proponía. Por otra parte, ha sido muy llamativo que el secretario de Bioeconomía Fernando Vilella o el Subsecretario de Pesca Juan Antonio López Cazorla no hayan salido a explicar el proyecto del P.E.N. Por mucho menos, cualquier Presidente les hubiese pedido la renuncia.

Aun así, esta reforma puso de manifiesto, más que la calidad de sus textos, la debilidad del sector pesquero, cuya actividad es poco conocida en la sociedad, en los propios ámbitos de poder e incluso, en el Ministerio del área, donde es la prima pobre y fea de la Agricultura y Ganadería. Y lo peor es que en algunos casos, incluso, se ventila una mala imagen promovida por parte de algunos de sus actores, a pesar de ser parte indivisa de lo que se cuestiona. Esto requerirá un necesario cambio de las reglas de juego.  

Hay quienes deslizaron que los diseñadores de esta reforma desconocían la actividad y el proyecto tenía como objetivo una mera cuestión recaudatoria. Nosotros creemos, que no es una ni la otra. Por un lado, para elaborar este proyecto se debió contar con el aporte indispensable de alguien vinculado a la pesca, capaz de analizar la ley de pesca vigente, ya que se efectuaron cambios destinados a producir un importante diseño, que hubiera implicado la destrucción de la industria pesquera nacional existente, para permitir el acceso de buques de terceros países, estén o no pescando en la actualidad los recursos migratorios argentinos más allá de las 200 millas de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) Argentina o en Malvinas con licencia ilegal de los isleños británicos. Hubo conocimiento, perversidad, audacia y desprecio por la industria nacional.

Aumentar ostensiblemente el canon a través del ingreso de buques extranjeros a la ZEEA; no requerirles ninguna antigüedad a las embarcaciones ni que desembarquen en puertos argentinos y no exigirles tripulación argentina, no hubiese aumentado la recaudación del Estado ya que, como hemos visto en el informe estadístico de las empresas, “la pesca no aporta el 0,2% sino el 35% de las ventas” (Karina Fernández, Revista Puerto, 30/01/2024). Aun así, es una facultad del Consejo Federal Pesquero, que está integrado por funcionarios nacionales y provinciales ―no por las empresas ni los gremios― quienes pueden decidir sobre el aumento de los derechos de captura, etc. que, en cualquier caso, no puede ser arbitrario, sino tener en cuenta todas las variables internas y las derivadas del comercio exterior.

Habiendo eliminado ―como se hizo ante las primeras quejas― algunas de estas excepciones a la ley, no puede esperarse que una actividad se desarrolle y genere más recursos, si las herramientas que se utilizan no están destinadas a producir más y mejor; para ello, lejos de desestimarse las exigencias previstas en el artículo 26º y 27º de la Ley 24.922 de Pesca, hay que profundizarlas para premiar a quienes invierten, agregan valor y generan productos de calidad destinados en forma directa a las góndolas de los mercados consumidores; destinan parte de su producción al mercado interno para promover el consumo nacional que está entre los más bajos de Latinoamérica; incorporan tecnología de última generación; capturan y procesan forma sostenible; no pescan en forma ilegal y no realizan prácticas prohibidas, en especial descartan materias primas aptas para el consumo; capacitan y generan mano de obra calificada y registrada; fabrican sus buques en astilleros nacionales públicos o privados y ponen al servicio de la explotación buques de menor antigüedad y seguros; radican sus empresas en lugares estratégicos y de baja densidad poblacional; trabajan con responsabilidad social en relación a sus comunidades, etc.

Quien propició esta reforma no desconocía estas exigencias, por el contrario, las eliminó para facilitar el acceso de los buques extranjeros a la ZEE Argentina. Tampoco podía desconocer que el sistema de licitación pública fue desechado en todos los países del mundo desarrollado por ser ineficaz para promover una actividad pesquera sostenible, sustentable y estable en los Estados ribereños. Y es muy importante resaltar “la sustentabilidad” porque de ella dependen las empresas y los trabajadores. No debería haber proyecto aprobado por la Autoridad de Aplicación sin sustentabilidad.  

Esta reforma podría haber tenido como objeto un proyecto de explotación extranjera directa que hubiera requerido de oficinas ad-hoc en la Argentina para llevar adelante “los negocios” pertinentes o destinado a facilitar el uso de puertos argentinos a embarcaciones extranjeras que pescan ilegalmente al margen de la ZEE Argentina; como el que denunciamos, cuando se promovía la construcción del puerto de Río Grande; donde la Ministra de Producción de Tierra del Fuego entendía que éste podría liberarse al uso de buques chinos que pescan ilegalmente los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina (César Lerena, “Ministra de Tierra del Fuego facilitaría la pesca ilegal en el Atlántico Suroccidental” 26/11/2022; “La enajenación de la administración marítima, fluvial y portuaria”, 14/06/2023). Ambos objetivos, se habrían sustentado también con la derogación del Artículo 27 bis de la Ley 24.922 que hubiese permitido que buques con licencias ilegales en Malvinas lo hicieran también la ZEE Argentina y viceversa. Por cierto, todo hubiera generado un grave caos en la administración (investigación, conservación y distribución) del recurso pesquero.

Este proyecto no se trató de un mero aumento del canon para pescar; que, si de eso se trataba, hubiera bastado ―como dijimos― con una mera resolución fundada del Consejo Federal Pesquero; o bien, aunque no se dice, este Consejo pudo ser parte del problema, donde el actual Subsecretario fue 13 años su miembro.

Podría ser peor en el futuro, porque la actividad queda frente a una delegación de funciones al P.E.N o a nuevos proyectos de este tipo y reciclados en las Sesiones Ordinarias y, no quiero avivar giles, por eso, daré un solo ejemplo, donde la reforma mantenía un párrafo del artículo 27º: “Las cuotas de captura serán concesiones temporales que no podrán superar por empresa o grupo empresario aquel porcentaje que fijará el Consejo Federal Pesquero sobre la Captura Máxima Permisible por especie a efectos de evitar concentraciones monopólicas indeseadas”; un mecanismo que podría dar lugar a que un pequeño número de personas diga cuándo una concentración “es indeseable” y, con este justificativo u otro biológico sin el respectivo fundamento, no se reduzca la cuotas sino los días de pesca, haciendo inviable la actividad pesquera, en favor de nuevos permisos y/o o cuotas (véase antecedentes de los recortes en la Unión Europea) o, todo lo contrario, que unos pocos se queden con todas las cuotas.

Nada de esto lo tuvo en cuenta el sector pesquero. Se manejó a puro instinto, como cuando salía a pescar a mediados del siglo pasado con las lanchitas amarillas apelando a la pura abundancia. Y es notable, porque todos sabemos que hablamos de un recurso que debe tratarse “en forma conjunta e integral”, como refiere a FAO y la Convención del Mar (CONVEMAR); siendo un ecosistema donde las especies interactúan en una ecología trófica y donde la administración del recurso debe realizarse mediante un “Enfoque Ecosistémico pesquero” (EEP) donde se invierte el orden de prioridades en la gestión, comenzando con el ecosistema en lugar de la especie objetivo y teniendo en cuenta la relación con el ambiente y los aspectos socioeconómicos vinculados con la actividad, por lo cual es verdaderamente notable que exista tal número y diversidad de Cámaras y de Gremios, atomizando la estrategia sectorial que, dificulta, una política acordada de interés económico, social, biológico y ambiental.

En este proceso angustiante, no estuvieron los argentinos en defensa de esta actividad, porque “viven de espaldas al mar”, a pesar de que el territorio marítimo sea mucho más amplio que el continental y es, que “no se quiere lo que no se conoce” y los gobiernos de turno y toda la actividad tienen una gran deuda al respecto. Tampoco hablaron los consumidores, porque la Argentina, tiene un bajísimo consumo per cápita de 4,8 kg por año, por debajo del promedio de Latinoamérica y África.

No estuvieron los intendentes de las ciudades-puertos ―a excepción de Montenegro en Mar del Plata― que deberían entender que esta actividad es formadora de pueblos, de radicación de industria y generadora de empleos. Y, los gobernadores del litoral marítimo se opusieron a la reforma; pero ¿quiénes son, al igual que en el sector agropecuario, los diputados y senadores nacionales y provinciales, cualquiera sea su pertenencia política, que representan y conocen las virtudes de esta actividad?

Es una obligación del sector tener la iniciativa de renovar y modernizar la Ley 24.922, sancionada ya hace 26 años y muy importante: mostrarles a los argentinos la importancia geoestratégica, económica y social de esta actividad.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar

 

RETENCIONES A LA PESCA O REORGANIZACIÓN DEL ESTADO

César Augusto Lerena*

Ya mencionamos en un reciente artículo (César Lerena “El voto a quien administre el Atlántico Sur”, 12/11/2023) algunas de las medidas que deberían tomarse para mejorar la administración del Atlántico Sur y con ello, la actividad pesquera. Hoy deseamos precisar otras, a la luz de que el gobierno, junto a la devaluación del peso, ha dispuesto agregar un 15% de retenciones a las exportaciones pesqueras.

En general coincidimos con las declaraciones del Secretario de Bioeconomía (Ex SAGyP) Fernando Vilella (Canal agrositio,19/12/2023) que, aunque referidas a la actividad agropecuaria, bien podrían aplicarse a la actividad pesquera, entre ellas la necesidad de “remover los obstáculos reglamentarios, modernizar la organización, facilitar la inversión para duplicar las exportaciones y, mejorar las comunicaciones”; con la salvedad de que la actividad pesquera es una Concesión del Estado y, por lo tanto, existe un contrato entre partes, que no debería ser modificado durante la vigencia de la concesión y, además, las empresas pesqueras, al margen de los impuestos etc. que cualquier empresa aporta para sostener al Estado, paga derechos en contraprestación a la concesión, con los cuales se sostiene económicamente la administración, investigación y el control pesquero; por lo tanto debería estar exceptuada del pago de retenciones.

En línea con el pensamiento del ingeniero Vilella, nosotros consideramos que, en la pesca, al margen de las acciones indicadas en el artículo referido, deberían llevarse adelante -entre otras- las siguientes medidas:

La remoción de los obstáculos reglamentarios. Al margen de la eliminación de miles de normas de “regulación” que dificultan la captura, industrialización y exportación, derivadas de resoluciones de la entonces Secretaría de AGyP y, del Consejo Federal Pesquero y, otros órganos menores, es necesario reformar la Ley Federal de Pesca (24.922) en especial, pero no excluyente (César Lerena “Plan Nacional de Pesca. Cien Acciones y sus efectos para potenciar la pesca y recuperar el Atlántico Sur. Ed. CESPEL, 2023) para redefinir el objeto de la actividad, reformular el Consejo Federal Pesquero y establecer la sustentabilidad empresaria y sostenibilidad del recurso. Hay otras cuestiones; pero explicaremos solo estos tres puntos para no agobiar al lector.

Debería reformarse el artículo 1º y la mayoría del articulado de la ley 24.922, precisamente, para que está ley sea un instrumento que facilite el desarrollo de la actividad, reduzca los costos del Estado, eficientice la investigación para asegurar la sostenibilidad del recurso y los controles de los recursos de la Zona Económica Exclusiva y los que migran de ésta a alta mar. En base a ello el artículo 1º debería quedar redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1º POLÍTICA PESQUERA. «La política pesquera nacional se constituye en directrices y lineamientos mediante los cuales el Poder Ejecutivo Nacional orienta a los organismos competentes en materia pesquera a la consecución del objetivo de lograr el uso sustentable, eficaz y eficiente de los recursos pesqueros, mediante la aplicación de un enfoque precautorio, ecosistémico y sostenible en la explotación pesquera; la salvaguarda de los ecosistemas marinos en que existan esos recursos; el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y los recursos migratorios originarios de ésta y los que desde alta mar migran a la ZEE y/o están asociados a esta; su distribución equitativa y el desarrollo del litoral marítimo y, de las distintas provincias del territorio nacional mediante la práctica de criar, reproducir y engordar peces, crustáceos y moluscos en un medio natural o artificialmente creado al efecto, sostenible ambientalmente.

Para ello, el Estado argentino reconoce que la pesca y la acuicultura son actividades que fortalecen la soberanía alimentaria y territorial de la Nación, contribuyen a la seguridad y son prioridad en la planificación del desarrollo nacional y, fomenta, el ejercicio de la pesca marítima y la acuicultura en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos en la industria pesquera nacional y la acuicultura ambientalmente sostenible, con el apoyo de la industria naval pesquera nacional, la investigación y el desarrollo tecnológico.

Promoverá la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca y garantizará la sostenibilidad y sustentabilidad de la actividad pesquera, fomentando la investigación y la conservación a perpetuidad de los recursos, favoreciendo su equitativa distribución entre los industriales y poblaciones de todo el país e incentivando la transformación total de las materias primas en plantas radicadas en el territorio continental e insular nacional, mediante procesos de calidad, sanitarios y, de forma ambientalmente apropiada; asegurando la obtención del máximo valor agregado; el mayor empleo de mano de obra argentina y promoviendo el consumo nacional a niveles compatibles con el consumo promedio a nivel regional y mundial.

El Estado Nacional y/o Provinciales podrán otorgar concesiones a empresas nacionales para la captura de los recursos pesqueros en la ZEE y a empresas nacionales y/o extranjeras fuera de las 200 millas».

Entre los fundamentos de este artículo podemos indicar los siguientes: en el Artículo 1° original de la ley 24.922 se define el objeto de su sanción y es, sin lugar a dudas, uno de los artículos más destacados de ésta, sin embargo, no alcanza a definir que el aprovechamiento del recurso debe tener como destino principal la industria pesquera nacional, como ocurre en la legislación de muchos otros Estados de Latinoamérica y la Unión Europea y que, tratándose de un recurso de todos, debe ser distribuido en forma equitativa y preferentemente industrializado en plantas en tierra para agregar el máximo valor posible y no transferir la mano de obra a terceros países desarrollados que por el contrario deberían adquirir los productos argentinos terminados y no materias primas para su transformación. Además de ello, la industria pesquera debe servir para generar la producción industrial naval y retroalimentar la investigación y tecnología.

El enfoque ecosistémico es la administración pesquera desde lo global a lo particular. Gestiona el ecosistema y dentro de este, a las especies y sus interrelaciones ecológicas y alimentarias y los efectos socioeconómicos vinculados con la explotación de los recursos; implica, una visión integrada del manejo de las aguas y recursos vivos, que tiene por finalidad su conservación y uso sostenible de un modo equilibrado. Incluye el análisis de todos los procesos, funciones e interacciones entre los componentes y recursos (vivos y no) del ecosistema e involucra el manejo de las especies y de otros servicios y bienes ecosistémicos. Bajo este enfoque se reconoce, además, que el ser humano y la diversidad de culturas son componentes integrales de los ecosistemas, considerándose los impactos acumulativos derivados de sus múltiples actividades, así como la relevancia socioeconómica de estas.

Este enfoque implica tener muy presente la regulación de las capturas de los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar por parte de los buques de Estados de pabellón, como una forma imprescindible para la administración del ecosistema, ya que no es posible dar sostenibilidad a los recursos en la ZEE, sino se da sostenibilidad al ecosistema. Por otra parte, ello adquiere una dimensión superlativa, cuando, como casi todos países de Latinoamérica y Europa han dado preminencia a «los aspectos sociales, económicos, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales» e, incluso, cuando la pesca y la acuicultura forman parte de los programas de seguridad alimentaria del país, cuyas proteínas son de alto valor biológico y, por cierto, muy superiores, al resto de las proteínas animales.

En este sentido, no podemos perder de vista que en la Argentina los gobiernos no han hecho prácticamente nada respecto al aumento en la dieta de los argentinos del consumo de esta proteína esencial, estando, con 4,8 Kg. per cápita/año, según el Consejo para el Cambio Estructural del Ministerio Desarrollo Productivo (marzo, 2021) entre los más bajos de Latinoamérica y en el consumo de productos pesqueros, cuyo promedio es de 9,8 Kg; de África 10,1 Kg; de la Unión Europea de 23,97 Kg y del mundo de 20,2 Kg (2020).

Varios países de Latinoamérica y Europa tienen políticas de promoción del Consumo interno de pescado y entre ellos Panamá que, producto de esas políticas, tiene un consumo per cápita anual de 20,5 kg (2020), por encima del promedio mundial y un 427% más que Argentina. Su legislación pesquera promueve ello, tal es el caso del Artículo 12º del Decreto 204 del 18/3/2021 donde se indican una serie de objetivos que refieren a “la conservación y administración sostenible”; al “desarrollo equitativo de las comunidades, erradicando la pobreza y mejorando la situación socioeconómica de los pescadores”; “mejorar la aportación de la pesca y la acuicultura a la seguridad alimentaria y la nutrición, así como apoyar la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada” e “incorporar valor agregado con el propósito de hacer más rentable a estas”. Todos aspectos centrales de la actividad pesquera y el objetivo de legislar al respecto.

Por otra parte, resulta impostergable que la Argentina fomente el desarrollo de una acuicultura ambientalmente sostenible, ya que mientras esta actividad en la producción mundial total representa el 49%, en la Argentina, está por debajo del 1% de la producción nacional.

Es interesante tener en cuenta lo reglado por México en el Artículo 17º de la Ley General de Pesca (D.O.F. 24/07/2007 reformada el 24/04/2018) donde se definen los principios en los que se debe basar la Política Nacional de Pesca y es muy importante observar y, así lo hemos transcripto en el presente proyecto, que «El Estado Mexicano reconoce que la pesca y la acuicultura son actividades que fortalecen la soberanía alimentaria y territorial de la nación, que son asuntos de seguridad nacional y una prioridad para la planeación nacional del desarrollo» que, «la pesca y la acuicultura se orienten a la producción de alimentos para el consumo humano directo y el abastecimiento de proteínas de alta calidad y de bajo costo para los habitantes de la nación» y, que «Los sectores pesquero y acuícola se desarrollarán desde una perspectiva sostenible, que integre y concilie los factores económicos, sociales y ambientales, a través de un enfoque estratégico y ecoeficiente»; es decir, le asigna un importante rol a la Pesca, que entiende de soberanía territorial y alimentaria, al que califica de seguridad nacional y una prioridad en el desarrollo nacional y, esto, es exactamente así, porque la actividad pesquera, no es solo una cuestión económica, sino que es una herramienta estratégica ocupacional y poblacional continental y marítima, proveedora de proteínas de alta calidad biológica, que debe ser administrada de forma tal, que concilie el interés económico con el social y con el cuidado de los recursos a perpetuidad.

Por otra parte, es necesario reformular la integración del Consejo Federal Pesquero (CFP) y el destino de los Fondos (FONAPE) que provienen del aporte empresario. La forma que fue integrado este Consejo al momento de la sanción de la ley (1997/8) tuvo como fundamento buscar la adhesión de todas las provincias del litoral marítimo, pero ello derivó que el 50% de los aportes empresarios se derivasen a las provincias, a pesar de tratarse de recursos existentes en la ZEE de dominio del Estado Nacional y, que, además, las provincias cobran derechos por la explotación de sus recursos dentro de las 12 millas marinas.

Los aportes a las provincias deben darse vía el CFI.

De no haber sido así, todos los gastos de una administración, una investigación y un control pesquero eficiente pudieron ser sostenido con el aporte privado. Los gobiernos de turno mal administraron los ingresos económicos de la actividad y los recursos pesqueros de ésta. Y duplicaron funciones que están también asignadas, por ejemplo, a SENASA. El Estado cobra derechos y no debería aplicar retenciones ni debiera financiar la actividad. Las concesionarias se están haciendo cargo de un Estado ineficiente, incapaz de administrar los fondos que aportan las empresas, eliminar descartes y sustituciones y, la pesca ilegal, entre otras cuestiones.

Podemos agregar a lo dicho que la ley vigente muestra incongruencias entre la Autoridad de Aplicación y el CFP que preside el ex secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, aunque, en las últimas décadas ha delegado las funciones en el subsecretario de Pesca y, en la práctica, este funcionario es un mero ejecutor de las políticas que fija un CFP que depende de un secretario, aunque no ejerza su función. Todo ello menoscaba las funciones de éste que, es quien, en realidad, debería actuar de acuerdo con las instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.), que es quien fija las políticas y no el CFP. Por ejemplo, el artículo 7º de la ley 24.922, indica en el inciso a) que la Autoridad de Aplicación «conduce y ejecuta la política pesquera nacional, regulando la explotación, fiscalización e investigación» y, ello es lógico, porque se trata de un mero secretario del P.E.N., quien por el artículo 99º de la Constitución Nacional es, entre otras atribuciones, «el responsable político de la administración general del país y quien expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación…; pese a ello, en el artículo 9º de esta ley indica que serán funciones del CFP: «a) Establecer la política pesquera nacional; b) Establecer la política de investigación pesquera», etc. funciones que no se asignan ni siquiera al secretario del ramo. Una verdadera incongruencia jurídica y debilitación de las tareas del secretario.

Por otra parte, en el inciso c) de la Ley 24.922 se le asigna a este Consejo la función de «establecer las Capturas Máximas Permisibles por especie, zona y flota teniendo en cuenta el rendimiento máximo sustentable de cada una de ellas, según datos proporcionados por el INIDEP», cuestión que el CFP por su integración no está suficientemente capacitado y, es el propio INIDEP quién debe establecer la Captura Máxima Sostenible, siendo una determinación biológica que no puede ser determinada por un órgano político.

Además, la relación entre la Autoridad de Aplicación y el CFP agrega costos y una burocracia al Estado, con los consiguientes costos productivos y demoras en los procesos de la administración.

Entendemos que el otorgamiento de permisos de acceso, cuotas y/o autorizaciones de captura en la ZEE o en alta mar deben estar en manos del P.E.N. para transparentar el otorgamiento de estas concesiones y deberían tener en cuenta el cumplimiento por parte del concesionario del programa de pesca aprobado y auditado por la Autoridad de Aplicación. En 2024 se renovarán las “Cuotas de Captura” y ello requería de un Plan Pesquero, una Autoridad con carácter, visión de futuro y, muy importante: honestidad. El funcionario designado para semejante tarea no debería ser un “recomendado” por ninguna empresa.

También es necesario, establecer una mayor sustentabilidad empresaria y sostenibilidad del recurso. El otorgamiento de otorgamiento de Cuotas y Autorizaciones de Captura y de “Reservas de Cuotas” no puede quedar a la discrecionalidad del funcionario de turno y, cualquier otorgamiento debe ir acompañado de un proyecto que asegure una “Unidad Económica Pesquera”, para evitar que el pez grande se coma al chico como ha venido ocurriendo en las últimas décadas.

Por cierto, hay muchísimo más que decir respecto a la captura de los recursos; la Acuicultura; la industrialización de los descartes; el consumo interno; la exportación; el control del territorio, respecto de la pesca y los costos de administración e investigación; las capturas sostenibles; los puertos; la industria naval etc.; pero, nosotros creemos que resolver estas cuestiones citadas atenderá los temas tratados por el Secretario de Bioeconomía Vilella de “modernizar la organización, facilitar la inversión para duplicar las exportaciones y, mejorar las comunicaciones”. Finalmente entendemos, que la Pesca se hace cargo de la administración del Estado y, como hemos dicho, son los gobiernos que han hecho un mal uso de los derechos de captura (y habrá que hablar de ello en un futuro) y otros de los concesionarios; independientemente de que las reglas de otorgamiento de concesiones deban reformularse para asegurar el autofinanciamiento de la administración (investigación, conservación, distribución y control), sustentabilidad de la explotación de las empresas concesionarias y el régimen de exigencias de los pliegos de condiciones, ya que no son posibles bajos valores agregados en la exportación, depredación o descartes en la captura y un alto porcentaje de trabajo informal en la industria o compensaciones de ninguna naturaleza enmascarando salarios y precios.

La Argentina no necesita recursos económicos del Estado para financiar la actividad pesquera; pero tampoco se le deberían agregar retenciones no previstas al momento de concesionar la explotación, quitándole rentabilidad; dificultando reinversiones; impidiendo mantenimiento y reposición de buques y plantas industriales; el desarrollo poblacional e industrial en áreas desfavorables o generación de nuevos empleos.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar