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LEONOR DE AQUITANIA

Iris Speroni*

Los plebeyos exigimos cosas mínimas como una moneda estable, para ahorrar y para hacer cuentas.

 

Leonor de Aquitania (1122-1204), mujer bella, culta, riquísima, con una fuerte personalidad, independiente, corajuda e inteligente, fue duquesa de Aquitania y Guyena por derecho hereditario. Se casó con el rey de Francia, con quien tuvo dos hijas. Los esposos participaron de la Segunda Cruzada. Luego se divorciaron (no pregunten).

Poco después Leonor se casó con el heredero al trono de Inglaterra, diez años más joven que ella y muy buen mozo. Por un tiempo vivieron un romance apasionado y tuvieron ocho hijos, cinco varones y tres niñas.

Uno de los varoncitos fue Ricardo Corazón de León. De adulto resultó ser un hombre muy culto, de buen porte (1,96 m de alto), gran contextura, entre rubio y pelirrojo, como su madre, y de ojos claros. Gran y valiente guerrero.

Ricardito decidió él también ir a su propia cruzada, como lo hizo su mamá. Le fue muy bien, excepto por la vuelta. Los vientos desviaron su buque, el cual encalló en Corfú. Eligieron volver a pie vía Europa Central. Fue secuestrado por el duque de Austria (a pesar de una regla papal que daba paso franco a todos los cruzados en la Cristiandad) y luego vendido al emperador de Alemania, quien pidió rescate a doña Leonor.

 

El sistema impositivo medieval era de abajo hacia arriba y lleno de distintos impuestos. Desordenado y caótico. Los recaudadores se hallaban a la base de la producción y una parte se lo quedaban y el resto se lo subían al estrato superior.

El rey le pedía sumas fijas (y servicios en especie) a los condes y duques, éstos a su vez a los marqueses y barones y de ahí a los señores menores, que se lo exigían a los arrendatarios y éstos a sus siervos. Y el dinero subía de vuelta toda la escalerita.

La Edad Media se vio en conflictos impositivos permanentes con revueltas periódicas que eran sofocadas, a veces con negociaciones, otras a degüello. A los diezmos y tributos sobre la producción se sumaban otras gabelas como peajes, permisos para las ferias comerciales y arrendamientos varios.

La gran diferencia de los normandos (como Leonor) es que eran muy buenos recaudando impuestos. Desde un punto de vista administrativo, eran superiores a todos sus contemporáneos de la Cristiandad.

 

El monto del rescate fue monumental, de 100.000 marcos, equivalente a cinco veces las rentas anuales de Inglaterra. Leonor se puso la campaña recaudatoria al hombro y exprimió hasta las piedras. Puso impuestos gravosísimos a todos sus súbditos y se llevó todo el oro y plata de las iglesias. Finalmente logró juntar el dinero necesario (cuyo precio final aumentó en ese lapso) y rescató a su hijo. Con sus 72 años y rodeada de su séquito, cabalgó a su encuentro.

Existen numerosas biografías de Leonor de Aquitania, una mujer excepcional. Recomiendo la de Jean Flori, para el que le entusiasmen estas cosas.

Impuestos y monedas

Toda persona, naturalmente, intenta pagar la menor cantidad de impuestos posible. Lo hace únicamente por miedo a represalias, ya fueran, en su momento, del señor feudal u hoy de la AFIP, Rentas o algún juez tributario.

Los kirchneristas, entre ellos la actual vicepresidente, se quejan en público, de que la población busca “el dólar” y que deben encontrar formas de forzar a que la población use el peso.

Pertenecen a la escuela de economía política de la facultad de ciencias económicas de la UBA, replicada en todo el país; es el pensamiento dominante de la UCR capital, la que ha tenido el BCRA bajo su dominio desde 1983 hasta hoy, excepto un pequeño interregno bajo Carlos Menem.

Cuando las personas huyen del peso, en realidad, eluden pagar el impuesto inflacionario.

Cuando las autoridades, con caras serias, pasean por los canales de TV y con aire solemne enumeran las bondades del uso del peso y maldicen el gusto popular por el dólar; en realidad lo que quieren es que no huyamos del impuesto inflacionario.

La vicepresidente, en numerosas oportunidades, se lamentó de tener que lidiar con una economía bimonetaria y todos los sufrimientos que a ella, como gobernante, le acarrea la tozudez de la población, que no se deja robar o trata de limitar el daño.

El cepo cambiario es un mecanismo que defiende al mercado de dólares a mitad de precio del ingreso de la plebe y que quede circunscripto únicamente a los elegidos. Esto crea una sociedad muy injusta, donde una parte (muy pequeña) de la población, accede a un botín de U$D 88.446 millones anuales los cuales compra a mitad de precio, y otros que deben pagar el precio pleno. Asimismo, esos dólares a mitad de precio son arrebatados por el gobierno a otros conciudadanos, quienes se ven expoliados de su riqueza y capital.

A lo que se suma el multimillonario impuesto inflacionario y las infinitas trabas que impone el gobierno para impedir que las personas se protejan del mismo.

Este gigante expolio del pueblo argentino por parte de sus autoridades-interventores, en el que son cómplices por igual los partidos gobernantes (FdT/UP-UCR/JxC), alternadamente por comisión u omisión, según el momento, es lo que ha cristalizado la pobreza, la caída del nivel de vida de la población en todos los estratos sociales, la falta de inversión y la desesperanza.

Tanto el dinero del que se apropian mediante la compra de divisas a mitad de precio, como el del impuesto inflacionario, cuyo destino es pagar los intereses de Leliqs (U$D 150 millones diarios) es repartido entre pocos: 1) los gobernantes, porque nadie trabaja gratis, y 2) los mal llamados “amigos” que son básicamente sus patrocinadores y cómplices.

La consecuencia para la población es la ausencia de crédito, de inversión, de trabajo, sueldos miserables y la imposibilidad de efectuar inversiones familiares, como el techo propio.

El statu quo es, hoy por hoy, un negocio demasiado grande como para perderlo. Toda negativa a ser expoliados es y será castigada.

La rebelión de los plebeyos

Nosotros, los de a pie, somos quienes no tenemos acceso a dólares a mitad de precio, ni vivimos de cobrar impuesto inflacionario y sufrimos por la falta de inversión, crédito y trabajo en nuestro país.

Cada tanto los plebeyos nos rechiflamos y queremos la destrucción de las herramientas de nuestros tormentos; llámese la eliminación de la inflación, la eliminación de las distorsiones en el mercado cambiario (vulgarmente denominado “cepo”) y exigimos cosas mínimas como una moneda estable, para ahorrar y para hacer cuentas (unidad de cuenta), la existencia de crédito con tasas de interés razonable. Una estabilidad mínima para poder darle de comer a la familia y soñar un futuro.

Hasta eso nos niegan. Y lo hacen porque el botín es demasiado grande para abandonarlo.

No lo harán pacíficamente. Si fueran inteligentes, bajarían sus pretensiones y comerían y dejarían comer; pero ese tren ―el de la razonabilidad― ya pasó hace mucho tiempo. Ahora están en medio de una orgía desenfrenada, que sólo finalizará como sucede en La Caída de los Dioses, de Luchino Visconti.

Por lo tanto lo único que nos queda es echarlos y poner en orden un poco la casa.

Lo que hay que hacer

Necesitamos una unidad de cuenta, para firmar contratos, para contabilizar inventarios y liquidar impuestos, para valorizar salarios y cuentas a pagar y cobrar. Por suerte tenemos muchas opciones:

    1. Dolarizar. Esto es nominar en dólares los precios de las cosas.
    2. Libre intercambio de divisas entre privados, cada uno a su gusto (esto último está previsto en Código Civil).
    3. Adoptar o el peso oro o el peso fuerte como unidad de cuenta y para nominar contratos (no para cancelar las transacciones). Puedo firmar un contrato de alquiler en peso oro/fuerte; no necesito cláusula de actualización, se paga según el valor del peso oro/fuerte al día de cancelación. Es útil para cualquier cuenta a cobrar, ya sea mercadería entregada a un supermercado o para los tamberos para el litro de leche entregada a la usina. Es particularmente recomendable para la liquidación impositiva (presentar DDJJ en moneda fuerte).

Les cuento la que más me gusta: un mix de las últimas dos: contratos en pesos fuertes u oro y publicación diaria de valuación del mismo, tanto para contratos entre privados como para la liquidación (no el pago) de impuestos. Dejar como monedas de cancelación: el peso actual que convivirán con un conjunto de monedas (todas las monedas del Mercosur, yuanes, yenes, dólar, euro). Las deudas se cancelan en divisa o en pesos actuales, según la cotización del día. Libre comercio de divisas sin intervención del BCRA. Los bancos podrán tener cajas de ahorro en diferentes monedas. No se podrán emitir cheques en divisa, ni los bancos podrán prestar dinero en divisa excepto el capital propio (para evitar otra crisis del 2001; que pierdan de la suya). El Estado Nacional y los estados provinciales y municipales sólo podrán cancelar sus obligaciones en pesos actuales y cobrarán los impuestos (excepto los aduaneros) en pesos.

En cuanto a las Leliqs, hay que terminarlas para que nunca más se pague un interés por letras del BCRA. Con eso deberíamos terminar con uno de los enormes negocios de los amigos del poder.

Degollados estos dos grandes males que sufrimos los plebeyos, podremos empezar a respirar. Sólo nos quedarían: terminar con la deuda externa, acumular oro en el Tesoro y pertrechar a las Fuerzas Armadas.

En cuanto a nosotros, estamos cansados de pagar el rescate de Ricardo Corazón de León todos los santos años, sin que el príncipe aparezca nunca. Para mí que le mexicanearon el rescate a doña Leonor.

Queremos que nos queden unos pesos en el bolsillo, para ahorrar, construir el rancho, mandar los chicos a la escuela, comer asado cuando vamos a ver el TC, comprar un fitito o un Renault 4, e irnos una semana a Santa Teresita. Esto es: la felicidad.

Y recuerden, todos las decisiones deben pasar por dos filtros: la felicidad del Pueblo y la grandeza de la Patria.

 

Varios temas ya los traté antes. Les paso los artículos, por si no los han leído y les despierta curiosidad.

 

¿Cómo es el tema de las LELIQs?

LA otra IFE

http://restaurarg.blogspot.com/2021/01/la-otra-ife.html

¿Cómo es eso del impuesto inflacionario? ¿Cómo me cobran un impuesto con la inflación?

Seis latitas de atún

http://restaurarg.blogspot.com/2022/04/seis-latitas-de-atun.html

¿Cómo es eso de que compran dólares a mitad de precio? ¿Quién pone la diferencia? ¿Quién se lo queda? ¿Cuánto nos perjudica?

El tamaño del botín

http://restaurarg.blogspot.com/2021/02/el-tamano-del-botin.html 

2022: el año que no estuvimos en peligro

http://restaurarg.blogspot.com/2023/02/2022-el-ano-que-no-estuvimos-en-peligro.html

¿Qué son el peso oro y el peso fuerte?

Unidad de cuenta

http://restaurarg.blogspot.com/2022/05/unidad-de-cuenta.html

 

Lecturas recomendadas

Todas las de @intialpert sobre los intereses de las Leliqs.

Les paso las últimas:

Un alarde de mala praxis

http://restaurarg.blogspot.com/2023/08/un-alarde-de-mala-praxis-monetaria.html

Los pesos crecen, crecen y crecen

http://restaurarg.blogspot.com/2023/08/los-pesos-crecen-crecen-y-crecen.html

Pesos al borde del naufragio

http://restaurarg.blogspot.com/2023/08/pesos-al-borde-del-naufragio.html

 

Artículo publicado el 02/09/2023 por Restaurar, http://restaurarg.blogspot.com/2023/09/leonor-de-aquitania.html.

LA ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL QUE OMITE LOS TERRITORIOS INVADIDOS Y EN DISPUTA CON EL REINO UNIDO

César Augusto Lerena*

La Resolución 230/2023 (31/08/2023) del Ministerio de Relaciones Exteriores, relativa a la ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL, será, sin duda, motivo de debate en los ámbitos académicos de Defensa y arrojará dudas sobre la formación en el propio Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN). Es notable lo básico de este instrumento, su alcance limitado y la falta de resguardo a los espacios marinos, la plataforma continental y los archipiélagos argentinos invadidos por el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB) o disputados por esta potencia.

Comencemos por decir que esta Resolución que determina la “Estrategia Marítima Nacional no puede limitarse al «propósito de coordinar las actividades de los organismos responsables de la administración marítima argentina, que ejercen funciones en el ámbito marítimo y portuario» (sic) y que, por medio de ésta, se establezcan «los lineamientos a seguir durante el próximo quinquenio (2022-2026) (NdA: dos años después de iniciado el plan quinquenal), con el objetivo de garantizar que el Estado Argentino cumpla con sus obligaciones y responsabilidades derivadas de los instrumentos obligatorios de la Organización Marítima Internacional (OMI)…» (sic), cuestión que es inherente al P.E.N. a través de la Ley 22.520 y a la misión y funciones de cada una de las secretarías y mucho menos es posible que la Nación se ajuste a cumplir obligaciones de un “Estado rector de puerto”, que la Argentina no ratificó. Dice al respecto la OMI: “Los diferentes Estados considerarán el presente código de conformidad con sus propias circunstancias y sólo deberían estar obligados en cuanto a la implantación de los instrumentos en los que sean Gobiernos Contratantes o Parte” ˂A.1070 (28) Código III˃, obligación que es absolutamente contraria a los intereses nacionales, al cuidado de su soberanía marítima e insular y, a la explotación autónoma de los puertos y sostenibilidad de los recursos.  

No puede llamarse pomposamente “ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL” a un simple instrumento de coordinación de obligaciones; además, que previamente no se ha definido cuál es la estrategia para garantizar la soberanía argentina en la jurisdicción marítima; muy particularmente en la materia de seguridad y, protección del medio marino a que refiere la Res. A.1070 (28) del Código III de la OMI, cuando los británicos extraen ilegalmente a través del otorgamiento de licencias igualmente ilegales 250.000 toneladas anuales de recursos pesqueros en Malvinas y unos 500 buques chinos, coreanos, taiwaneses y españoles extraen otras 700 mil toneladas de recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar. En ambos casos, produciendo un lamentable desequilibro del ecosistema marino, que suele ir acompañado de trabajo esclavo, inseguridad laboral en el mar y tráfico de narcotráfico, como ha sido reiteradamente denunciado. Del mismo modo, la Res. A.1067 (28) del Código III solo tiene por finalidaddescribir el objetivo, principios, alcance, responsabilidades y aspectos relativos a la creación de capacidad de la auditoría de un Estado Miembro de la OMI”.

La OMI es un organismo de las Naciones Unidas, con sede en Londres, que tiene como función promover la cooperación entre los Estados y las empresas de transporte marítimo, para contribuir a mejorar la seguridad marítima y, evitar la contaminación marina, a través de Convenios Internacionales entre los que se destacan el “La seguridad de la vida humana en el mar” (SOLAS, 1974, enmendado); “La prevención de la contaminación de los buques”, 1973, mod. en 1978 y 1997 (MARPOL); “La formación de gente de mar”, 1978, mod. 1995/2010; “La búsqueda y salvamento marítimos”, 1979 (SAR); “La represión de actos ilícitos contra la seguridad de navegación marítima”, 1988/2005 (SUA); “La prevención de abordajes”, 1972 y, varios más.

Urgida por cuanto la OMI, dice, habría de realizar una auditoría a nuestro país entre el 30 de septiembre y el 9 de octubre del presente año, la Cancillería dicta la Res. 230 el 31 de agosto; a treinta días de las hipotéticas auditorías y, refiere, que han prestado conformidad “la Prefectura Naval Argentina; la Armada Argentina; el Servicio de Hidrografía Naval; el Servicio Meteorológico Nacional; la Junta de Seguridad en el Transporte; la Subsecretaría de Puertos del Ministerio de Transporte; habiéndose obtenido la adhesión formal de los organismos competentes” sin precisar cuales y de “las áreas con competencia relevante de esta Cancillería”, tomando intervención, entre ellas, “la Coordinación de Política Oceánica del Atlántico Sur de la Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur; la Dirección de Asuntos Ambientales, la Dirección de Seguridad Humana, Innovación y Asuntos Tecnológicos Internacionales y la Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales de la Secretaría de Relaciones Exteriores y, la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Aunque, es muy llamativa la ausencia de aprobación por parte del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (su Comando Conjunto Antártico y Comando Operacional); la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y, de los Ministerios de Desarrollo Ambiental; Defensa y Seguridad de la Nación, quienes debieron expedirse en lo inherente a la seguridad marítima y a la protección del medio marino que trata la OMI, más allá de su posterior intervención ―que se indica― en la tarea ejecutiva y de formación de recursos.

Se omitió también el dictamen del “Consejo Nacional de Asuntos relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes”, creado por Ley 27.558 e integrado por el presidente de la Nación, senadores y diputados del poder legislativo, el gobernador de Tierra del Fuego, académicos del derecho internacional y representantes de los ex Combatientes de Malvinas que, entre otras funciones, están la de diseñar políticas de Estado y colaborar en las cuestiones de soberanía, por lo tanto, su opinión al respecto es insalvable. No nos llama la atención, en tres años este Consejo no elaboró una sola propuesta relevante.

Con todo respeto, el Anexo I, que suscribe el director general de la Consejería Legal de Cancillería, escribe solo enunciados; el alcance de lo que llama Estrategia “se limita al planteo de los lineamientos necesarios” (sic) y no logra siquiera ser un “Manual de Misión y Funciones y, de coordinación y ejecución de Procedimientos” y, por supuesto, no puede denominarse “Estrategia Marítima Nacional”, porque ni siquiera hace referencia alguna a la jurisdicción argentina, a la D.T.P. de la Constitución Nacional; al Art. 2º de la Ley 24.543 de ratificación de la Convención del Mar (CONVEMAR); a los art. 4º, 5º; 21º a 23º de la Ley 24.922 y muy especialmente, a las leyes de Defensa Nacional 23.554 y de Seguridad Interior 24.059 y, el Decreto 457/21 que junto al P.E.N. suscribieron los entonces Jefe de Gabinete y de Relaciones Exteriores. Este documento, en el mejor de los casos, con la corrección de las omisiones que referimos, podría denominarse como en alguna parte del Anexo se indica: Normas “para la implantación de los instrumentos obligatorios de la OMI”; aunque, en los hechos, se limita a indicar quienes son los organismos que intervienen y recordar que los recursos humanos deben capacitarse; cuestión, que cualquier organismo público debería, desde siempre, estar ejecutando.

¿Y qué estrategia tiene la Argentina respecto a que la OMI pudiera convalidar al RUGB en los territorios marinos argentinos en el Atlántico Suroccidental y sobre el puerto de Malvinas? ¿Y es posible que haya una estrategia de la Armada compatible con la OMI sobre las aguas ocupadas? ¿Cómo se verificarían los buques procedentes de Malvinas con productos argentinos capturados ilegalmente? ¿puede tratarse de igual forma la jurisdicción argentina que la internacional y los espacios ocupados en forma prepotente por el RUGB? Sobre estas cuestiones esta Resolución de la Cancillería no emite una sola estrategia.

El citado Decreto 457/21 ya indica que es voluntad política “explicitar los principales lineamientos del nivel Estratégico Nacional, en particular, la concepción y el posicionamiento estratégico que seguirán orientando y conduciendo las cuestiones relativas a la Defensa Nacional” y que “el Cono Sur se encuentra en una dinámica compleja de redefinición de sus mecanismos de cooperación e integración regionalel fortalecimiento del diálogo constructivo y la coordinación con nuestros vecinos continuarán siendo prioridades estratégicas de Argentina”.

No puede omitirse a la hora de elaborar una “Estrategia Marítima Nacional” que la Argentina tiene invadidos o en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña, unos 5.497.178 Km2, derivados de 1.639.900 Km2 ocupados de territorio marítimo e insular; 2.426.911 Km2 de territorio continental y marítimo Antártico y 1.430.367 Km2 de plataforma extendida derivada de la Ley 27.557, ya que el dictamen de la Comisión de Límites solo recomendó la aprobación de 351.633 Km2 del total reclamado por Argentina, por aplicación del Art. 76º 5 de la CONVEMAR. Por lo tanto, cualquier auditoría que se apruebe deberá contemplar una estrategia relativa a estos espacios territoriales continentales, insulares y marítimos.

En cualquier caso, no se trata de “asegurar (como dice la Res. 230 en su objetivo 1 del Anexo) la efectiva implantación de los instrumentos internacionales” sino de compatibilizar los instrumentos internacionales ratificados a las estrategias nacionales relativas al mar y, es, en el objetivo 2, donde omite precisar la jurisdicción y responsabilidad, limitándose a indicar “según corresponda”. Tampoco, a la hora de “Inspeccionar buques extranjeros” refiere al control de la pesca ilegal que, sin dudas, es una de las razones principales de depredación y contaminación marina y transporte ilegal. Menciona genéricamente luego en el objetivo 4 “proteger los recursos naturales en aguas de la Nación” sin referir a los migratorios que tienen origen en la Zona Económica Exclusiva Argentina y son apoderados por buques extranjeros en alta mar y en Malvinas. Finalmente, dice, la coordinación argentina será en la sede de la OMI en Londres. Es lo más preciso que tiene esta Resolución.

Ninguna obligación contraída con la OMI puede omitir las cuestiones observadas, ni todos los organismos que deben intervenir, porque atentaría contra la soberanía nacional, las prescripciones de la Constitución Nacional y, facilitará la injerencia prepotente del RUGB en el Atlántico Suroccidental.

Cuando nos lamentamos de nuestra dependencia, recordemos a Louis Pasteur (1862): “Nada se produce por generación espontánea”.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

DOLARIZACION Y GEOPOLITICA

José Abdala*

Un informe del JP MORGAN dice lo siguiente: «La hegemonía del dólar estadounidense está en duda debido a cambios geopolíticos y geoestratégicos, incluida la actual crisis entre Rusia y Ucrania».

India y los Emiratos Árabes Unidos acordaron comerciar en sus monedas locales. En marzo, la empresa energética francesa TotalEnergies negoció 65.000 toneladas de gas natural licuado (GNL) utilizando el yuan renminbi.

La situación interna de Estados Unidos se desestabiliza día a día, lo que hace que la gente pierda la confianza en la unidad y cohesión de los Estados Unidos. El ejército estadounidense, según lo publicado por especialistas del propio país, no tiene el personal ni el armamento para enfrentarse por sí solos a una superpotencia como China. Además, las reservas de municiones están en niveles muy bajos debido a la ayuda a Ucrania y se necesitarán de unos 10 años para reponerlas.

Todo esto es un duro golpe para el dólar estadounidense mientras el mundo avanza hacia el multipolarismo y esto se traduce en el peor momento histórico para que Argentina se dolarice.

La desdolarización seguramente terminará con una depreciación del dólar e inflación.

«La desdolarización es evidente en las reservas de divisas, donde la participación del dólar ha disminuido a un mínimo histórico del 58%», expresa Meera Chandan, codirector de estrategia global de divisas, J.P. Morgan

Intentar escapar del Peso Argentino y aterrizar en el Dólar USD, podría significar tener los mismos problemas en el largo plazo, depreciación e inflación.

La expansión de los BRICS, las sanciones contra Rusia y la pérdida de lugares clave como África por parte de Estados Unidos y de la OTAN podrían empeorar aún más las cosas para el dólar estadounidense en el mediano plazo.

El yuan superó por primera vez al dólar estadounidense en el comercio bilateral de China dónde se utilizó en el 49% de las transacciones transfronterizas de China en el segundo trimestre de 2023.

La dolarización en Argentina no es más que una jugada geopolítica de Estados Unidos; mismo el ex director del FMI, Claudio Loser, lo desaconseja.

Incluso si la desdolarización apenas está comenzando, Argentina debería pronosticar el marco geopolítico y comercial global en los próximos 10 años antes de dolarizar.

* Aresinfoservice.