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MADURO EN EL ESPEJO DE BASHAR

Roberto Mansilla Blanco*

Tras la súbita e inesperada caída del régimen de Bashar al Asad en Siria y su inmediato asilo en Rusia, una sugerente interrogante recorre las redes sociales, especialmente dentro de la diáspora venezolana: ¿sucederá lo mismo con Nicolás Maduro?

La interrogante aumenta ante la evidencia de que aliados comunes de Maduro y de Bashar al Asad como Rusia e Irán, con bases y presencia de efectivos militares en Siria y una mayor capacidad logística, finalmente dejaron caer, prácticamente sin rechistar, al dictador sirio. Tampoco olvidemos a China, con importantes inversiones de cooperación económica tanto en Siria como en Venezuela.

Destaca en este aspecto la posición rusa, que cuenta desde 1971 (prácticamente desde el inicio del poder del clan al Asad) con una estratégica base militar en la localidad mediterránea siria de Tartus. Desde 2015, Moscú ha venido asistiendo militarmente, en especial con fuerza aérea, al mantenimiento del régimen de al Asad dentro de la guerra interna en el país árabe. En un contexto de tensiones con Occidente, para Moscú resulta esencial mantener esa presencia en la Siria post-Asad.

A diferencia de lo sucedido en otros escenarios geopolíticos de interés (Ucrania, Moldavia, Rumanía, Georgia), el Kremlin ha optado por la discreción sin apenas mostrar, al menos oficialmente, una reacción virulenta ante la caída de su ahora ex aliado sirio. China también ha mostrado una actitud similar evitando pronunciarse expresamente e instando a una transición política en Siria que “evite el caos regional”.

Este discreto y prudente silencio de Moscú, Teherán y Beijing ante lo sucedido en Siria dejarían aparentemente a Maduro ante serios dilemas y una posición, al menos a priori, más delicada. Estos dilemas parecen concentrarse en una interrogante: ¿hasta qué punto Rusia, China e Irán están dispuestos a arriesgar capital político e incluso militar para mantener a Maduro en el poder?

En la laberíntica crisis política que vive Venezuela, dos fechas se imponen en el calendario como decisivas: el próximo 10 de enero de 2025 debe asumir un nuevo gobierno en Venezuela tras las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio, donde grosso modo la mayor parte de la comunidad internacional no se ha pronunciado definitivamente a la hora de reconocer un ganador argumentando falta de transparencia electoral.

Como ocurriera en 2019 con el caso de Juan Guaidó, el pulso político venezolano se ha trasladado al reconocimiento o no del ganador en las elecciones y a una disputa de legitimidades presidenciales. Siete países, entre ellos EEUU así como el Parlamento Europeo y el de España (no así su gobierno) reconocen oficialmente la victoria electoral del candidato opositor Edmundo González Urrutia (actualmente exiliado en Madrid) y por lo tanto su legitimidad presidencial. Por el contrario, unos 40 países, entre ellos Rusia, China, Irán, la Siria de al Asad, Cuba y Corea del Norte, han reconocido oficialmente a Maduro como presidente electo.

La segunda fecha en importancia viene diez días después. El 20 de enero asumirá Donald Trump un nuevo mandato presidencial hasta 2029. Su radical oposición a Maduro y sus aliados se verá complementada en la figura de su presumible Secretario de Estado, el cubano-estadounidense Marco Rubio. En este sentido se prevé un clima de tensión in crescendo por parte de la nueva administración en la Casa Blanca hacia países díscolos e incómodos como Cuba, Venezuela y Nicaragua, así como ante la penetración e influencia en esos países por parte de sus aliados ruso, chino e iraní.

En este maremágnum de suposiciones y escenarios hipotéticos sobre qué influencia puede tener en Venezuela lo sucedido en Siria está el modus operandi de la caída de al Asad, cuya retirada a tiempo (muy probablemente tutelada desde Moscú y Teherán) le evitó tener un final similar al del líder libio Muammar al Gadafi en 2011, traicionado por supuestos aliados vendidos al mejor postor que lo terminaron linchando en directo ante al mundo entero. Dos finales, el de Gadafi y ahora el de Bashar, que Maduro muy seguramente está tomando en cuenta.

No obstante, más allá de la realpolitik se impone la necesidad de observar hasta qué punto el ejemplo sirio puede reproducirse en Venezuela. Como Bashar al Asad antes de la inesperada reaparición de unos rebeldes sirios que nadie conocía, Maduro no parece confrontar una rebelión interna de gran calibre más allá de la presión, principalmente desde el exterior, que manifiesta una oposición política cuyos principales figuras (a excepción de la incansable María Corina Machado) están en el exilio. Si bien el país sigue a vivir una aguda crisis económica y de incertidumbre política, salvo casos esporádicos, la tensa calma parece ser la tónica en las calles venezolanas, sin grandes movilizaciones opositoras como sucediera años atrás.

Por otro lado, no parecen existir fisuras significativas dentro del estamento militar y la estructura burocrática y empresarial del «chavismo-madurismo». A diferencia de Siria, en Venezuela no existen grupos armados internos con capacidad para desafiar el poder de Maduro o que controlen porciones del territorio nacional donde puedan imponer su ley. Más bien, todo lo contrario: fuentes opositoras informan constantemente de la existencia de actores paramilitares (Hizbulá; guerrillas colombianas) y de entidades de otros países (Turquía, China, Rusia, Irán, India), todos ellos aliados de Maduro, controlando territorios en estados venezolanos ricos en minerales (Arco Minero), petróleo y gas (Plataforma Deltana).

Pero en algo sí coinciden ambos casos: la guerra en Siria desde 2011 y la crisis económica venezolana desde 2014 han provocado el mayor drama humanitario de refugiados desde la II Guerra Mundial, sólo recientemente superado por la guerra de Ucrania desde 2022.

Con este panorama vuelve la pregunta clave: ¿caerá Maduro como lo hizo Bashar al Asad? Es una incógnita tan apremiante como sorprendente fue la caída del régimen sirio tras cinco décadas en el poder. La presión internacional parece ser la clave mientras aumentan las sanciones de EEUU y de la Unión Europea contra altos cargos del «madurismo» mientras la Corte Penal Internacional avanza en las investigaciones sobre crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela por parte de las fuerzas policiales y de seguridad durante las protestas de 2017.

Mientras en la Siria post-Asad comienzan a salir a la luz pública los centros de detención clandestinos, sectores opositores y ONGs de derechos humanos en Venezuela que han venido denunciando la represión, tortura y desaparición de presos políticos esperan observar una situación similar en caso de eventual caída del régimen «madurista».

En la pasada cumbre de los BRICS celebrada en octubre en Kazán (Rusia), un tradicional aliado del «chavismo-madurismo» como Brasil vetó el ingreso venezolano en ese organismo que busca reducir la hegemonía occidental «atlantista». La razón del veto brasileño fue la posición del gobierno de Lula da Silva de no reconocer los resultados oficiales mostrados por el Consejo Nacional Electoral venezolano sobre la presunta victoria de Maduro, argumentando falta de transparencia atendiendo así las evidencias crecientes de un fraude electoral.

En Kazán fue reveladora la imagen del anfitrión Vladimir Putin quien, mientras se dirigía apresurado a la cumbre oficial de los BRICS, mostró con sutileza a Maduro el camino de salida para los invitados tras un breve apretón de manos. Las redes sociales, especialmente de opositores venezolanos, ardieron en todo tipo de interpretaciones sobre el mensaje aparentemente subliminal de esta imagen. Otros aclararon lo sucedido restando cualquier tipo de sentido político al asunto. En todo caso, Maduro no logró su objetivo en Kazán: Venezuela no entró en los BRICS.

La imagen de Kazán entre Putin y Maduro fue complementada este 8 de diciembre con el mensaje de Trump asegurando que la caída de Bashar al Asad fue posible porque «a Rusia dejó de interesarle» seguir manteniendo al hoy defenestrado presidente sirio. Por cierto, Trump ya anunció aranceles del 100% hacia los países miembros del BRICS, lo cual augura una guerra económica a gran escala.

Con todo, y tras lo sucedido con un Bashar al Asad hoy exiliado en Rusia, ¿podrá experimentar Maduro un destino similar con un sutil distanciamiento por parte de Putin que le termine costando el poder?

 

* Analista de geopolítica y relaciones internacionales. Licenciado en Estudios Internacionales (Universidad Central de Venezuela, UCV), Magister en Ciencia Política (Universidad Simón Bolívar, USB) Colaborador en think tanks y medios digitales en España, EE UU y América Latina. Analista Senior de la SAEEG.

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GUAYANA ESEQUIBA: OPONIBILIDAD Y PERSECUCIÓN DE LO NUESTRO

Abraham Gómez R.*

La ligazón oportunista y juego de intereses dinerarios con las empresas transnacionales obnubiló la perspectiva histórica a la dirigencia guyanesa y les provocó «amnesia selectiva» que les impidió (antes de accionar contra Venezuela, por ante la Corte Internacional de Justicia) asumir a conciencia que fuimos nosotros los primeros en reconocerlos como nuevo Estado naciente en la comunidad internacional, exactamente el mismo día que alcanzaron su independencia del Reino Unido, el 26 de mayo de 1966.

Desmemoria inoculada a petición y complacencia de las aprovechadoras compañías de turno, esquilmadoras de nuestros recursos. Ya habrá ocasión de arreglar cuentas sobre el particular.

Frente a la acción de Guyana interpuesta contra nosotros, el 29 de marzo del 2018, una vez que el Secretario General de la ONU remitió el asunto controversial al Alto Tribunal de La Haya, ¿qué nos quedaba hacer?

Defendernos con las disímiles estrategias que nos sean factibles y lícitas desarrollar hasta lograr la restitución de lo que nos desgajaron.

Veamos. Producto de los resultados obtenidos del referendo consultivo, celebrado en diciembre pasado, concretamos la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, dentro de lo contemplado en el Acuerdo de Ginebra, del 17 de febrero de 1966, único documento con pleno vigor jurídico para encarar este pleito.

Con el precitado instrumento normativo se procedió, bajo la promulgación del jefe de Estado, a la creación de una nueva entidad federal de la República:

«Se crea el estado Guayana Esequiba dentro de la organización político territorial de la República Bolivariana de Venezuela. El estado Guayana Esequiba es una entidad autónoma en lo político, con personalidad jurídica plena y patrimonio propio e independiente» (Artículo 9).

Así, además, con la representación de importantes organismos se conformó un cuerpo institucional extraordinario para que a través de su rectoría se implementen las políticas de consolidación integral del naciente Estado.

El artículo (27) de la señalada normativa reviste capital importancia al conferirle al presidente de República la expresa prohibición (capacidad de veto) para la celebración de contratos o acuerdos con personas jurídicas que se encuentren operando o colaboren con actividades conexas en el territorio de la Guayana Esequiba o en su proyección atlántica (aguas pendientes por delimitar).

Sabemos de las licencias, concesiones y autorizaciones que ha recibido un enjambre de (59) empresas transnacionales, procedentes de diferentes países.

Considero que el jefe de Estado, por intermedio de la Alta Comisión, debe comenzar a fijar las responsabilidades, en el sentido restrictivo que le faculta esta ley, para con las compañías norteamericanas, chinas, rusas, noruegas, brasileñas, mexicanas, entre muchas otras que se encuentran instaladas, operando en Venezuela y simultáneamente prestan allá también cuantiosos servicios extractivos de nuestros recursos en favor de los gobiernos guyaneses.

Apliquemos la ley, justamente, como ella mandata. ¿Cómo la daremos vigor a esta ley? Prestemos atención.

Estamos invocando ―en lo inmediato― dos principios jurídicos para resguardar lo que siempre ha sido nuestro desde el punto de vista jurídico, histórico y cartográfico; no precisamente por una malcriadez diplomática o deseo sobrevenido sino porque poseemos los Justos Títulos Traslaticios que nos han asistido ―permanentemente― en la presente controversia que ha sido revestida con carácter de juicio al cual estamos en disposición de encarar y comparecer el próximo 11 de agosto de 2025, cuando se inicia la fase de pruebas, en el subsiguiente trayecto del  Proceso.

Mientras tanto nada nos limita o impide a invocar y proceder con el denominado Principio y Derecho de Persecución, que consiste en:

«El atributo que permite a su titular perseguir la cosa objeto de su derecho, sin importar quién la tenga en su posesión, quien lo retenga, u ocupe, en manos de quien lo detente o en qué lugar se encuentre.

Además, comporta una característica que cobra especial importancia en el Derecho Internacional; por cuanto, es un poder jurídico del Estado propietario, con dominio demostrable sobre un bien, que lo puede ejercer directamente sobre su objeto».

Acaso no hemos expresado y explicado de muchísimas maneras y a través de bastantes vías y medios que poseemos un enjundioso acervo de probanza que demuestran la vileza cómo se le perpetró a Venezuela el arrebato de la controvertida extensión territorial, que constituye una séptima parte de nuestra geografía nacional, por el costado este.

Todo lo referido en el párrafo anterior tiene fuerza y fundamentación en la Real Cédula de Carlos III, fechada el 8 de septiembre de 1777, cuando procede, dentro de las Reformas Borbónicas, a crear la Capitanía General de Venezuela, soportada en las Capitulaciones de Santa Fe de 1492.

«(…) He tenido a bien resolver la absoluta separación de las mencionadas Provincias de Cumaná, Guayana y Maracaibo, é islas de Trinidad y Margarita, del Vireynato y la Capitanía General del Nuevo Reyno de Granada, y agregarlas en lo gubernativo y militar a la Capitanía General de Venezuela, del mismo modo que lo están, por lo respectivo al manejo de mi Real Hacienda, a la nueva Intendencia erigida en dicha Provincia, y ciudad de Caracas, su capital… que obedezcan, como a su Capitán General, al que hoy es y en adelante lo fuere de la Provincia de Venezuela, y cumplan las órdenes que en asuntos de mi Real Servicio les comunicare en todo lo gubernativo y militar… que así es mi voluntad.

Dada en San Ildefonso a ocho de septiembre de mil setecientos setenta y siete.

Yo El Rey”

Con igual propósito hemos hecho saber ante el mundo que soportamos nuestro pedido de restitución ante la honorable Sala Jurisdicente en el «Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela», suscrito el 30 de marzo de 1845, en el preciso momento y evento de reconocimiento de nuestra independencia, por parte de Su Majestad Católica:

«Artículo 1°. S.M.C., usando de la facultad que le compete por decreto de las Cortes generales del Reino de 4 de diciembre de 1836, renuncia por sí, sus herederos y sucesores, la soberanía, derechos y acciones que le corresponde sobre el territorio americano, conocido bajo el antiguo nombre de Capitanía General de Venezuela, hoy República de Venezuela.

Artículo 2°. A consecuencia de esta renuncia y cesión S.M.C. reconoce como Nación libre, soberana e independiente la República de Venezuela compuesta de las provincias y territorios expresados en su Constitución: y demás leyes posteriores a saber: Margarita, Guayana, Cumaná, Barcelona, Caracas, Carabobo, Barquisimeto, Barinas, Apure, Mérida, Trujillo, Coro y Maracaibo y otros cualesquiera territorios e islas que puedan corresponderle.

Artículo 3°. Habrá total olvido de lo pasado y una amnistía general y completa para todos los ciudadanos de la República de Venezuela, y los españoles, sin excepción alguna, cualesquiera que haya sido el partido que hubiesen seguido durante las guerras y disensiones felizmente terminadas por el presente Tratado…» (Omissis).

Ambos documentos los hacemos valer con pleno carácter jurídico en nuestro derecho de oponibilidad interpartes y frente a todos aquellas personas y entes que, aunque no estén directamente concernidas, deben mantenerse en conocimiento de lo que estamos reivindicando desde hace más de cien años.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba- Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).

GUAYANA ESEQUIBA: PRIMERO EN EL TIEMPO, MEJOR EN EL DERECHO

Abraham Gómez R.*

Guyana, luego de introducir una demanda contra nuestro país y ratificarla en todas sus correspondientes audiencias procesales, con la finalidad de que la Corte Internacional de Justicia acredite unos supuestos documentos que nunca han poseído y obligue a Venezuela en su sentencia declarativa ―primero- reconocer, como válido y vinculante el írrito y nulo Laudo Arbitral de París de 1899 y en la misma resolución constitutiva― luego- como cosa juzgada.

Parece que la contraparte ha asumido la condición y disposición de arreciar, ya no únicamente en la proyección atlántica que genera la parte continental de la Guayana Esequiba, en contención, sino que, imprudentemente, ha dado instrucciones, y hasta órdenes escritas, a las empresas transnacionales para que operen en cualquier coordenada marítima hacia su costado oeste, irrespetando la soberanía venezolana en esa área, burlando, como les da gana, el Acuerdo de Ginebra de 1966, único documento con pleno vigor jurídico, con el cual se rechaza el citado «laudo».

La excolonia británica nos ha venido atropellando y vulnerando en nuestro legítimo e histórico contexto geográfico y aún sus voceros, en distintas épocas, presidentes y cancilleres hacen desvergonzadas afirmaciones ―a través de  comunicados y presencialmente en eventos internacionales— de que la acción de Venezuela viola la soberanía e integridad territorial de su país y se atreven a argumentar “que Venezuela es una amenaza, con actos hostiles, agresivos e ilegales para el desarrollo económico de Guyana”.

En una especie de reacción en cadena se han pronunciado en favor de los guyaneses la Comunidad del Caribe (CARICOM), integrada por 15 países, cuya sede y secretaría general se activa desde Georgetown; así también hizo lo propio la COMMONWEALTH, que constituye una de las organizaciones más antiguas del mundo. Conformada por 54 países independientes y semiindependientes que mantienen lazos históricos con Reino Unido y cuya pertenencia a la misma en la actualidad es voluntaria y no implica sumisión a la monarquía británica.

En total, los países que la integran reúnen 2.500 millones de personas (casi una tercera parte de la población mundial) e incluye tanto economías avanzadas como países en desarrollo.

Sin embargo, ninguna de las naciones tanto de la CARICOM como de la COMMONWEALT posee el más mínimo título para reclamar propiedad sobre los 159.500 km2 en contención.

Hemos denunciado, con insistencia, que hay un enjambre de empresas operando, bajo la coordinación de la Exxon-Mobil, la cual fija los procedimientos, en el área, para la Shell holandesa, a la CGX estadounidense, a la Anadarko canadiense, a la CNOON china; en fin, se conoce que sobrepasan las 52 compañías que allí se instalaron, procedentes de muchos países, que se dicen amigos de Venezuela; incluso algunas naciones que hemos estado apoyando a través de Petrocaribe.

Están aprovechando, como mejor les plazca, los recursos madereros, acuíferos, mineros, petrolíferos y energéticos en general en nuestra Guayana Esequiba; no únicamente en el área territorial-continental que nos arrebataron; sino además han permisado a grandes consorcios para que esquilmen en el espacio marítimo que genera la que se denominó «Zona en Reclamación».

Reiteramos que en muchas ocasiones estuvimos haciendo las advertencias a las autoridades de la Cancillería venezolana, en el sentido, de que quedarse callados, dar aquiescencias o permisividades, omitir las denuncias oportunas y contundentes o tolerar que los gobiernos guyaneses, desde Cheddi Jagan hasta hoy, otorgaran concesiones en la Guayana Esequiba, todos estos silencios cómplices y/o las alabanzas imprudentes e inconvenientes en favor de la contraparte (Principio de Estoppel), conspiran contra nosotros en los reclamos que desde hace más de un siglo hemos hecho de la Guayana Esequiba, que siempre ha sido nuestra.

Llegó el momento de demostrar y reafirmar la venezolanidad con declaraciones y con hechos concretos.

Me apoyo, en calidad de préstamo, en un interesante principio jurídico que reza «Prior in tempore, potior in iure», una expresión latina que puede traducirse como «Primero en el tiempo, mejor en el Derecho», que hace referencia a un inevadible enunciado normativo, en virtud del cual, en el caso de existir controversia entre Partes que alegan iguales pretensiones sobre una cosa, como la situación que confrontamos con la excolonia británica, se entiende que tiene preferencia en el Derecho Internacional Público la Parte que primero haya realizado un acto con eficacia jurídica; la cual procedió (dispuestos estamos a demostrar y probar) a realizar los respectivos asientos registrales que fundamentan el Derecho Real que alega, para evitar que se vulneren sus derechos de propiedad válidamente generados.

En concreto, nos encontramos preparados, iniciado el trayecto de pruebas para el 11 de agosto del próximo año, para consignar ante la honorable Sala Jurisdicente la documentación histórica-jurídica y cartográfica que nos asiste, donde se percibe ―perfectamente comprobable― una prelación cronológica y se establecen las razones temporales, de pleno derecho, primando la antigüedad.

Poseemos la preminencia del título sobre ese territorio, donde el Derecho Internacional insiste en favorecer la preferencia del título jurídico traslaticio por encima de la ocupación circunstancial o la posesión ilegítima.

La Corte ha decidido en una serie de sentencias que han creado jurisprudencias, que un título jurídico preexistente (como nuestro caso con la Cédula Real de Carlos III, de 1777, cuando crea la Capitanía General de Venezuela, a partir de las Capitulaciones de Santa Fe de 1492) prevalece sobre una administración del territorio en controversia, por parte de otro Estado.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial.