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LATINOAMÉRICA Y EL CARIBE Y LA PESCA ILEGAL DE SUS RECURSOS PESQUEROS[1]

César Augusto Lerena*

El 85% de la pesca a distancia la realizan 5 Estados: China, España, Taiwán, Corea del Sur y Japón, quienes ocupan 25 millones de horas de pesca del total mundial de 37 millones horas; por el cual, es altamente probable que el mayor daño no lo ocasionen los 216 Estados restantes, sino estos cinco países que operan ―salvo Japón en los últimos años― tanto en el océano Pacifico como en el Atlántico Sur y, por lo tanto, los esfuerzos por mejorar la administración y el cuidado de los recursos en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y los migratorios en alta mar tendrán pobres resultados sino se trabaja sobre esos cinco Estados responsables de la PESCA ILEGAL y del desequilibrio de los ecosistemas, ya que juntos capturan unos 30 millones de toneladas del total 92 millones/año, es decir, el 33% del total de las capturas sobre «221 Estados y territorios que notificaron algún tipo de actividad en el comercio pesquero» (FAO, “Estado Mundial de la Pesca y la Acuicultura”, p. 18, 2020). En el Atlántico Suroccidental hay que agregar las licencias ilegales que otorga el Reino Unido de Gran Bretaña en Malvinas donde buques extranjeros extraen unas 250.000 toneladas anuales de recursos pesqueros.

La Unión Europea se apresta a reducir las capturas en aguas comunitarias y a acrecentar la pesca fuera de su jurisdicción, lo que hace suponer que la situación habrá de empeorar.

La pesca es un recurso esencial para permitir el desarrollo de los pueblos que, dentro de sus actividades, tienen en la pesca un elemento de generación de empleo, alimentación, sustento de las empresas y desarrollo regional; por lo cual, los gobiernos de Latinoamérica y El Caribe debieran unirse para llevar adelante una política común destinada a erradicar la PESCA ILEGAL.

Se entiende por PESCA ILEGAL a aquella en que se capturan especies pesqueras, sin cumplir, total o parcialmente, con la regulación internacional, nacional y/o de origen y/o sin control oficial o independiente habilitado y/o si se captura sin control del Estado de pabellón o con buques que, no obstante utilizar pabellones de terceros están sujetos a las regulaciones de sus países de origen y/o en espacios marítimos donde no se ha determinado previamente la captura máxima sostenible y/o dañando intereses de terceros Estados por realizar las operaciones pesqueras sin acuerdo previo con los Estados ribereños sobre aquellas especies que interaccionan o están asociadas o son migratorias originarias de las ZEE o migran desde alta mar a la ZEE; o cuando la pesca se realiza en territorios de terceros Estados invadidos (caso Malvinas) y/o en disputa o donde se realiza todo acto, de cualquier naturaleza, que atente contra la sostenibilidad de las especies pesqueras y/o contaminen el medio ambiente y/o amenacen la seguridad alimentaria y/o las fuentes de trabajo y/o la economía de los Estados, beneficiando al crimen organizado transnacional y/o realizando evasión fiscal por falta de pago de impuestos, derechos de captura o de importación o exportación y/o no declaren las mercaderías que importen o exporten evadiendo los impuestos aduaneros y/o con sus actos afecten la reputación de los países o comunidades a las que pertenecen, contribuyendo a quebrar las normativas legales que aseguran las buenas prácticas de pesca acordadas en las Convenciones Internacionales y de las Comunidades para asegurar explotaciones empresarias sustentables, biológicamente sostenibles y comercialmente equitativas.

Más allá del tecnicismo de Pesca INDNR, no hay faltas leves frente a la PESCA ILEGAL, ya que la depredación de los recursos pesqueros y la contaminación del medio marino son hechos graves que atentan contra el ecosistema y la disponibilidad de proteínas de la humanidad. Por ejemplo, no declarar una captura al desembarque podría considerarse una mera infracción; sin embargo, cuando la pesca está cuotificada este comportamiento lleva a la sobre-explotación o la falta de disponibilidad del recurso de otras empresas que tiene igualmente un cupo otorgado. Y entre otros cientos de ejemplos, también podríamos tipificar de PESCA ILEGAL cuando se captura, sin determinar previamente las “Capturas Máximas Permisibles”, cualquiera fuese el ámbito; etc. la mayoría de las veces mediante “pesca olímpica”. 

La producción pesquera mundial ha alcanzado los 223 millones de toneladas, de los cuales, 92 millones son recursos de la pesca marítima y 131 millones de toneladas proceden de la Acuicultura o Maricultura. Sin embargo, entre 16 y 24 millones de toneladas provienen de la pesca ilegal y, ello, representa de 36 a 54 mil millones de dólares (FAO, 2016, p 05-06) en favor de los países que pescan a distancia, quienes se apropian de los recursos pesqueros de las ZEE de los Estados ribereños o en alta mar cuando capturan los recursos migratorios originarios de las ZEE y/o asociados éstas; ello, sin tener en cuenta los descartes que se producen por la pesca con bajo o ningún control presencial, que los expertos y organismos especializados como la FAO estiman en un 30%, lo que aumenta las pérdidas a casi 28 millones de toneladas anuales.

Deberíamos también ponderar a las empresas de capital extranjero autorizadas a pescar en las ZEE de los países hacen transbordos con embarcaciones generalmente de la misma nacionalidad que operan ilegalmente en alta mar.

Por cierto, los Estados ribereños de Latinoamérica y el Caribe son afectados por la pesca ilegal subsidiada de los buques que pescan a distancia en el océano Pacífico y Atlántico, violando todas las normas internacionales (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; Resoluciones de las Naciones Unidas (ONU); Resoluciones de la Organización Mundial de Comercio (OMC); el Programa 21 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Brasil, 1992); el Código de Conducta para la Pesca Responsable aprobado en la Conferencia de la FAO del 28º período de sesiones del 31/10/1995; el Plan de Acción Internacional (PAI) para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal de las Naciones Unidas para la FAO, 2001; el Codex Alimentarius FAO-WHO; las normas de la Organización Mundial de la Salud (OMS); las Resoluciones de la Organización Marítima Internacional (OMI); el Acuerdo de la ONU relativo a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios (Nueva York); los Pactos Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y Civiles y Políticos; las leyes de Pesca y Medio Ambientales de los Estados ribereños de Latinoamérica y El Caribe; los Reglamentos del Consejo de la Unión Europea en materia pesquera, aduanera, impositiva, de origen, de defensa del consumidor, sanitaria, etc.

A ello se agregan los informes de la FAO que indican que en el Área 31 (Atlántico occidental central) el 37% de las poblaciones pesqueras son biológicamente insostenibles; en el Área 41 (Atlántico Suroeste) el 40%; en el Área 77 (Pacífico Oriental central) el 14,3% y en el Área 87 (Pacífico Sureste) el 66,7% (Percentages of Biologically sustainable and unsustainable fishery stocks by FAO Mayor Fishing Área, 2019), lo que agrava la PESCA ILEGAL, cuyos principales responsables son los Estados mencionados.

En este escenario, las distintas Convenciones, Acuerdos, Códigos y Planes aprobados por los Estados y los organismos multilaterales con el objeto de erradicar o minimizar los efectos negativos de la PESCA ILEGAL han resultado insuficientes e ineficaces y después de más de 30 años de aprobados esta actividad ilegal persiste y crece, atentando contra la soberanía de los Estados, la sostenibilidad de las especies y la sustentabilidad de los pueblos menos desarrollados, su economía, trabajo, alimentación y ambiente. Tampoco han resuelto la PESCA ILEGAL en las áreas en disputa de soberanía, atentando contra la seguridad en las áreas en conflicto, el ordenamiento pesquero regional y el ecosistema.

Además de ello, los citados institutos nacionales e internacionales relativos al mar y a la pesca, no han definido con precisión la terminología utilizada de “pesca ilegal”, “altamente migratorios”, “migratorios”, “transzonales”, “asociadas”, “transfronterizas”,  “poblaciones”, etc., a partir de lo cual, resulta imposible establecer marcos normativos destinados a ordenar y conservar los recursos y establecer los derechos y obligaciones de los Estados; entendiendo, que previo a los acuerdos respecto a la limitación de los espacios, derechos y obligaciones, debería establecerse el “qué”, para finalmente abordar el “cómo” y “quiénes”.

Observamos que mientras las obligaciones son laxas en alta mar, hay mayores exigencias en las ZEE, pese a que el ecosistema es uno e indivisible y, por lo tanto, la depredación pesquera o la contaminación marina en alta mar afecta a la ZEE y viceversa, razón por la que entendemos necesario armonizar las obligaciones relativas a la investigación, conservación y distribución integral y conjunta de los recursos en ambas zonas.

Analizamos también que el Anexo I de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar indica solo una reducida cantidad de especies “altamente migratorias”, dejando sin tipificar en esta categoría, a cientos de especies y, con ello, resulta muy difícil llevar adelante Acuerdos sobre la captura de especies migratorias originarias de la ZEE a alta mar y de esta a la ZEE. Cuestión que el informe de la FAO (4. La conservación y ordenación de poblaciones de peces altamente migratorias y transzonales) ya refería; al igual que los biólogos Hilborn y Sibert (1988, p. 36; FAO, 1994).

Adherimos a la opinión de Hernán Salinas Burgos (Chile): «La jurisdicción es una expresión de la soberanía del Estado», por lo tanto, carece de todo rigor biológico y jurídico que el Estado ribereño pierda “el dominio” de sus especies originarias de la ZEE en alta mar, por solo transponer la línea imaginaria de las 200 millas.

Por otra parte, no puede considerarse “paso inocente” al transporte de recursos pesqueros considerados producto de la PESCA ILEGAL, por cuanto se han capturado sin Acuerdos con los Estados ribereños y/o se han capturado sin controles a bordo de los Estados de pabellón y, por lo tanto, debe entenderse que no está garantizada la sostenibilidad y/o puede haberse realizado depredación y descarte y/o no se disponen de registros y/o se carece del origen y la trazabilidad certificada. Del mismo modo, parece poco probable, que el auto control resuelva la pesca ilegal, como no lo ha resuelto hasta la fecha.

Unos 10 mil barcos chinos superan su jurisdicción y pescan subsidiados a distancia en alta mar junto a otros 60 mil buques de unos 24 países, entre ellos, Japón, Corea; Taiwán, España. También el Reino Unido asociado a este último país en Malvinas y se apresta a reducir las capturas en aguas comunitarias por exigencia de la Unión Europea, lo que hace suponer que la situación empeoraría.

Entendemos, a su vez, que no son suficientes las sanciones administrativas para desalentar la PESCA ILEGAL y que es necesario aplicar sanciones penales a quienes realizan esta práctica e implementar metodologías desburocratizadas que permitan la aplicación de sistemas ágiles y efectivos.

Evaluamos también que la PESCA ILEGAL encuentra fundamento en la evasión fiscal, ya que pescar sin control ni acuerdos la facilita. 

Consideramos que el descarte al mar de las especies capturadas en forma incidental o con motivo de su bajo valor comercial es una práctica depredadora que atenta contra la sostenibilidad de las especies y las necesidades proteicas de las naciones, en particular, las menos desarrolladas, habiendo ello quedado de manifiesto con la prohibición de esta práctica en la Unión Europea desde 2004 e implementando desde 2019 y en la Argentina desde 1998, al igual que en otros Estados, pese a lo cual, debido a los controles insuficientes en las ZEE e inexistentes en la pesca en alta mar los resultados son exiguos.

Valoramos el Informe III de Reglamentación de la FAO de la pesca de especies migratorias en alta mar, fuera de la jurisdicción nacional, donde se indica que «de acuerdo con el derecho internacional, un Estado puede condicionar el acceso a la pesca dentro de su jurisdicción exclusiva y, fuera de ésta, tomar determinadas medidas cuando se realicen actos que puedan influir en su zona de jurisdicción»; es decir que tanto el Estado ribereño, como el Estado de pabellón, estarían obligados a acordar.

Verificamos que, frente a acciones de PESCA ILEGAL por parte de buques pesqueros de Estados de pabellón, resulta insuficiente que los Estados ribereños vigilen hasta el límite exterior de las ZEE para evitar el ingreso de las flotas extranjeras que pescan ilegalmente (sin control y sin acuerdo), ya que la pesca de recursos migratorios en alta mar originarios de la ZEE afecta al conjunto de los recursos del ecosistema, provocando daños biológicos, sociales y económicos que afectan a los Estados ribereños menos desarrollados, con más necesidades nutricionales y con altos índices de pobreza y desempleo. Una conducta dolosa que causa un grave daño al ambiente y afecta la sostenibilidad de los recursos pesqueros.

Reconocemos también que la PESCA ILEGAL es un delito ambiental y que, para que haya imputabilidad «los requisitos básicos son conocimiento y voluntad» (María Pazmiño; Ecuador); implica «la capacidad de conocer el alcance de los actos que realiza y, la posibilidad de acomodar su conducta a las exigencias del ordenamiento jurídico» (Allan Arburola Valverde; Costa Rica) y «la capacidad de conocer la ilicitud del obrar y de poder actuar conforme a tal conocimiento…» (Juan Bustos Ramírez; Chile) y que los peces, crustáceos y moluscos son parte del ambiente, forman parte del ecosistema y, su explotación no sostenible; depredadora; de descarte; etc., en suma, la PESCA ILEGAL rompe el equilibrio biológico y compromete los derechos de la tercera generación.

Entendemos que, frente al aumento de la población y las necesidades crecientes de proteínas, a la modificación de las políticas por parte de los Estados de pabellón para hacerse de los recursos naturales, la creciente desigualdad entre las grandes potencias y los Estados en desarrollo, los cambios en las economías de las empresas pesqueras, los mercados y los avances tecnológicos, etc., es necesario perfeccionar las herramientas disponibles, para que sirvan con una mayor eficiencia y eficacia a la protección integral de los recursos, tanto en las ZEE como en alta mar y una explotación con mayor equidad entre los Estados.

Hemos analizado, por su parte, toda la legislación de Latinoamérica y El Caribe referida a la PESCA ILEGAL, donde apreciamos ―más allá de perfeccionar algunas normas― la voluntad de los Estados de proteger los derechos preferentes de los Estados ribereños, en especial en materia de protección de los recursos migratorios, como es el caso del Estado Bolivariano de Venezuela, que refiere a “propender a armonizar, en su ordenamiento jurídico, los criterios con los países de la región, en particular en lo referido al manejo de los organismos altamente migratorios y los recursos hidrobiológicos que se encuentren tanto en los espacios acuáticos bajo su soberanía o jurisdicción, como en las áreas adyacentes a ella”.

Tenemos presente también que la PESCA ILEGAL debe considerarse contaminante y que esta contaminación debe presumirse intencional y grave, ya que los volúmenes de captura ilegal son muy importantes, a lo que se suman los descartes, incluso los descartes de los productos desembarcados; a lo que hay que sumar lo sostenido por la FAO (“El Estado Mundial de la Pesca…”, La Sostenibilidad en Acción, FAO, 2020) de que «las especies marinas explotadas en forma biológicamente sostenible alcanzan al 65,8%, mientras que las explotadas en forma biológicamente insostenible al 34,2% en todo el mundo».

En atención a todo ello, los gobiernos de Latinoamérica y El Caribe, de conformidad con los principios internacionales y legislaciones nacionales de protección de los recursos naturales y del medio ambiente deberían llevar adelante una serie de acciones destinadas a erradicar la PESCA ILEGAL. Entre otras, definir terminológica y científicamente las siguientes expresiones: “pesca ilegal”, los recursos pesqueros “altamente migratorios”, “migratorios”, “transzonales”, “asociados”, “transfronterizos”; las “poblaciones” y otras definiciones biológicas y operativas, a partir de lo cual, establecer los marcos normativos destinados a investigar, conservar, distribuir los recursos y establecer los derechos y obligaciones de los Estados. Una vez definida la terminología correspondiente, integrar una única lista de especies migratorias, asociadas, transzonales, etc. a propuesta de los Estados y con el debido respaldo científico, de acuerdo con la distribución regional y las características biológicas de las especies.

Teniendo en cuenta el daño ecológico intencional y grave que provoca la PESCA ILEGAL y el ataque a la soberanía política y alimentaria de los Estados, establecer con criterio de Precaución una serie de medidas de urgencia, que incluyan ―al menos― la prohibición de la pesca de los recursos migratorios originarios de las ZEE en alta mar y desde ésta a la ZEE, sin acuerdo con los Estados ribereños; la pesca y transbordos en alta mar sin control de observadores independientes y exigir a los buques que pescan fuera de sus jurisdicciones la certificación de origen y la trazabilidad por parte de los Estados ribereños en las áreas no sujetas a la jurisdicción de los Estados, que permitan garantizar la pesca sostenible y ambiental segura.

Jerarquizar las estructuras oficiales de los Estados ribereños, responsables de ejecutar una política relativa al cuidado del ambiente marino y los recursos vivos del mar, de modo de poder interactuar con los demás poderes del Estado y llevar adelante las relaciones exteriores con capacidad de acordar con los Estados de pabellón la explotación de los recursos en alta mar y, la comercialización de los productos. Al mismo tiempo apoyar técnica y económicamente a los Estados ribereños para que sus Autoridades de Aplicación a través de los correspondientes Institutos de Investigación, establezcan las Capturas Máximas Sostenibles en alta mar con el objetivo de que los Estados de pabellón puedan conocer la información relativa a los recursos disponibles y, su condición migratoria.

Instrumentar los mecanismos necesarios para facilitar los Acuerdos directos entre los Estados destinados a asegurar la titularidad de los recursos migratorios originarios en la ZEE más allá de las 200 millas y, promover un reparto equitativo, sustentable, sostenible y gratuito de éstos recursos al igual que el de las especies asociadas, con los Estados de pabellón en alta mar, de modo de armonizar el interés económico, con el desarrollo de los Estados menos favorecidos, basado en una sustentabilidad económica y sostenibilidad biológica con mayor equidad.

Establecer nuevas herramientas y profundizar las acciones técnicas, operativas y de control para erradicar el descarte al mar y posterior al desembarco de las especies capturadas en forma incidental o con motivo de su bajo valor comercial, frente a las necesidades proteicas de los Estados, en particular los menos desarrollados.

Instrumentar las sanciones penales adecuadas a quienes realizan PESCA ILEGAL, ya que las sanciones administrativas han resultado insuficientes para desalentar este flagelo que depreda el recurso y pone a esta práctica delictiva «al mismo nivel de otras amenazas, como la delincuencia organizada y el terrorismo, lo que demuestra la gravedad» (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte “Documento de Estrategia de Seguridad Marítima”, 2014) y las bajas penas impuestas para estos delitos, hace a la PESCA ILEGAL muy atractiva por las organizaciones delictivas (Haenlein, 2017, p. 08) y, se utilizan estos buques que pescan ilegalmente para el transporte de drogas, armas y la utilización de trabajo esclavo y, mientras se armoniza sobre la aplicación de las sanciones penales, propiciar multas a la PESCA ILEGAL cuyo monto supere el valor del buque y el de las materias primas incautadas, ya que no se trata solo de una extracción ilegal de recursos, sino una violación de la soberanía y de la seguridad de los Estados ribereños.

Promover la aplicación efectiva de las sanciones a los Estados, los propietarios, armadores, capitanes y oficiales responsables de los buques que realizan PESCA ILEGAL en lugar de a las embarcaciones, que son bienes que, en todo caso, debieran comisarse o establecerse el desguace.

Establecer los mecanismos para asegurar que, conforme el artículo 88º de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, alta mar se use exclusivamente con fines pacíficos, y no debería considerarse uso pacífico utilizar alta mar para capturar sin control ni acuerdo con los Estados ribereños los recursos que migran desde la ZEE, ni tampoco podría entenderse que depredar recursos de tercera generación pueda tipificarse como un fin pacífico que se realiza en alta mar. Del mismo modo, infringir las leyes internacionales; pescar sin acuerdos de conservación; sin declarar las operaciones o haciéndolo en forma inexacta; sin control de las capturas y los transbordos en alta mar; sin observadores e inspectores inobjetables; recibiendo subsidios; utilizando redes con mallas que no liberen juveniles; descartando en el mar; sobreexplotando; usando pabellones de conveniencia para evadir penalidades; capturando recursos migratorios sin tener en cuenta las necesidades de los Estados menos desarrollados y/o afectando las economías de los Estados ribereños; contaminando el mar; realizando actividades con trabajo esclavo o sin aplicar las leyes laborales de la OIT y la Convención de Derechos Humanos; capturando sin establecer las Capturas Máximas Sostenibles; pescando recursos interceptando e impidiendo el ciclo migratorio de las especies; realizando prácticas que atenten contra la sostenibilidad de los recursos pesqueros, etc. Del mismo modo, no puede considerarse “paso inocente” al transporte de recursos pesqueros que deben considerarse producto de la PESCA ILEGAL, careciendo de registros, origen y la trazabilidad certificada;

Propiciar la formulación de Acuerdos entre los Estados para favorecer el agregado de valor a las capturas por parte de los Estados ribereños menos desarrollados, reduciendo la comercialización internacional por parte de estos de especies enteras o con escaso procesamiento, de modo de mejorar su administración, generar trabajo local y asegurar menos riesgos de pérdida de calidad por reprocesamiento indirecto.

Contribuir a precisar la tipificación de actos de “Piratería” por parte de los buques que realizan PESCA ILEGAL, ya que al realizar esta práctica se transfigura lo regulado por el artículo 87º 2 de la Convención del Mar: «serán ejercidas por todos los Estados teniendo debidamente en cuenta los intereses de otros Estados en su ejercicio de la libertad de la alta mar», por cuanto el apoderamiento en alta mar por parte de buques extranjeros de especies (semovientes) migratorias originarias de la ZEE, interfiriendo en su migración «en un lugar no sometido a la jurisdicción de ningún Estado» o mediante actos «de depredación voluntaria, cometido con un propósito económico» o por la apropiación de los recursos mediante la ocupación de territorios marítimos de otros Estados, en todos los casos deberían tipificarse como actos de piratería.

Actuar sobre aquellos Estados que ejercen ocupación en forma prepotente de espacios continentales, insulares y marítimos o explotan áreas en disputa de soberanía capturando poblaciones de especies pesqueras; atentando contra el ecosistema; el ordenamiento pesquero regional y poniendo en riesgo la sostenibilidad de las especies y la seguridad en las áreas en conflicto.

Fortalecer a los Estados ribereños en sus políticas portuarias a través del asesoramiento, la financiación para la construcción de muelles, su modernización y la aplicación de las tecnologías y medios operativos y de control indispensables, para que sus autoridades nacionales, dentro de su jurisdicción, apliquen todas las medidas necesarias para ejercer el poder de policía que les compete, con el objeto de determinar el origen y la trazabilidad de las capturas; dificultando en lo posible, el comercio de la PESCA ILEGAL.

Instar a los organismos multilaterales con la cooperación consensuada de todos los Estados a perfeccionar los sistemas de certificación de origen y los relativos a los controles de captura, en los puertos, los transportes, los procesos industriales, el almacenamiento y el comercio en general, para asegurar la procedencia y todos los procesos, de forma de reducir el comercio de productos de la PESCA ILEGAL.

Actuar en favor de la normatización efectiva y consensuada, para que los Estados más desarrollados contribuyan con los menos desarrollados, a que la pesca pueda ser un sustento de estos últimos, cumpliendo con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y con los artículos 24º a 26º del Acuerdo de Nueva York: «Los Estados reconocerán plenamente las necesidades especiales de los Estados en desarrollo en relación con la conservación y ordenación de poblaciones de peces transzonales y poblaciones de peces altamente migratorios y el desarrollo de pesquerías para tales especies» y, entendiendo, que la pesca no debe ser de subsistencia sino que debe asegurar una “Unidad Económica Pesquera” que les permita a los pescadores -por pequeños que sean- una actividad económicamente sustentable y, que, mediante una administración adecuada, los Estados menos desarrollados puedan disponer de los recursos pesqueros necesarios para proveer a las industrias, generar trabajo y desarrollo de los pueblos y ciudades del litoral marítimo.

Finalmente, la Unión Europea, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Estados Unidos desde 2014 consideran a la pesca ilegal como una cuestión de Seguridad Nacional. China y Rusia, sin declararlo operan en ese sentido.

Latinoamérica y El Caribe deberían llevar adelante un proyecto común para terminar con la PESCA ILEGAL en la ZEE y sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar.  

 

* Dr. César Augusto Lerena[2]. Experto en Atlántico Sur y Pesca. Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana. www.cesarlerena.com.ar

 

1 de agosto de 2025 (1° de agosto de 1816 nace el Ejército de los Andes que da libertad a los pueblos de Chile y Perú).

 

Referencias

[1] Lerena, César Augusto. Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana. Fundación Agustina Lerena “Pesca Ilegal y Expoliación de los Recursos Pesqueros de Latinoamérica y El Caribe”, 227 páginas, ISBN 978-987-29323-9-8 Copyright © 2022. Puede ser descargado gratuitamente de: https://saeeg.org/wp-content/uploads/2023/01/pesca_ilegal_y_expoliacion_de_los_rec_pesq_latinoam_y_el_caribe.pdf

[2] El autor es Doctor en Ciencias Veterinarias. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (fundada el 21/10/2002). Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana CESPEL (fundado el 2/4/1989); Experto en Atlántico Sur y Pesca; ex Secretario de Estado; ex Asesor en el Senado de la Nación Argentina y la Cámara de Diputados de la Nación; ex Prof. de Universidades FASTA y UNNE.  Autor entre otros de los libros “Malvinas. Biografía de la Entrega. Pesca la moneda de cambio” (2009); “Pesca. Apropiación y depredación” (2014); “Atlántico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera” (2019) y “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega. Pesca la Moneda de Cambio” (2022) y “El Saqueo. La apropiación de la nación de los recursos pesqurros de Buenos Aires (2024). Autor de la Ley de Pesca de la Provincia de Buenos Aires Nº 11.477; Autor del Proyecto de Ley Nacional de Pesca Marítima (Expte. S-2259/14). Coautor de la Ley Nacional de Marina Mercante y Fluvial Nº 27.419 y de la Ley Nacional de Industria Naval Pesquera Nº 27.418 entre otras leyes y artículos (www.cesarlerena.com.ar).

CONTRA LA AMENAZA FANTASMA

Francisco Carranza Romero*

El politólogo peruano Farid Kahhat ha publicado «Contra la amenaza fantasma» (2024, Crítica, Lima). Desde la carátula hay motivación de lectura porque aparecen cinco fantasmas de la actual política latinoamericana cuyos rostros son reconocibles. Los menciono y describo de izquierda a derecha: Keiko Fujimori empuña en la mano derecha una espada que se parece a una guadaña. Jair Bolsonaro sostiene el fusil amenazador con las dos manos. López Aliaga (alcalde de Lima), en el centro, tiene la pose de un perrito que goza del ambiente y compañía fantasmal. Javier Milei con una motosierra en la mano izquierda muestra su puño derecho agresivo. El quinto es Nayib Bukele con la pistola en cada mano. La figura de la cabeza de león con la boca abierta y mostrando los dientes como bandera de los cinco fantasmas simboliza fuerza, poder y bravura.  El siguiente texto en la parte baja sintetiza el contenido del libro: «La derecha radical latinoamericana y la reinvención de un enemigo común».

Los dos primeros fantasmas gritaron «¡fraude!» al perder las elecciones presidenciales en sus respectivos países. Y se marcharon muy enojados para relajarse en ambientes estadounidenses.

Leyendo el libro se comprende el porqué del cuadro simbólico de la carátula: los cinco fantasmas son los adalides de la derecha radical que predica el nacionalismo, autoritarismo y populismo; y se considera enemiga acérrima de cualquier movimiento de izquierda; y hasta se alía con los grupos religiosos tradicionales que demonizan a los que piensan diferente y cuestionan sus dogmas.

El libro consta de cinco capítulos: I. La derecha radical en el contexto internacional. II. El Foro Madrid (o el foro bueno). III. Javier Milei o lo que calla un libertario. IV. Algunos puntos ciegos en el discurso de la derecha radical iberoamericana. V. Bukele y la derecha radical desatando (bajas) pasiones. Cuando el autor recurre a los datos de otros pensadores, hace las referencias con notas en cada capítulo. Es la demostración de la honestidad académica.

Como estudioso de la política nos comparte su opinión: «Antes que giros ideológicos a diestra y siniestra, lo que prevalece en América Latina es un profundo descontento con el oficialismo, sea cual sea su orientación política» (p. 15). Es verdad, el interés por los asuntos políticos está bajando en América Latina. Además, no hay una izquierda ni una derecha. Ambas se odian y se insultan para la tribuna; pero, ante un pastel delicioso (aumento de sueldo, bonificación extra, viajes al exterior, impunidad y repartija de cargos), se juntan para saborearlo.

Kahhat describe que el actual gobierno peruano es un sistema híbrido de democracia y autoritarismo. Los que protestan contra el régimen son acusados de terroristas; por tanto, pueden ser victimados por los poderes fácticos (fuerzas armadas y policiales). Después de las muertes, nadie asume la responsabilidad. Los ejecutores dicen que cumplieron las órdenes superiores. Las autoridades dicen que ellos no ejecutaron. «A septiembre de 2023, la presidenta Boluarte seguía culpando públicamente a las víctimas por sus propias muertes» (nota 28).

¿El Foro Madrid es un intento de «civilizar» Hispanoamérica como en los tiempos de la colonia? Varios políticos latinoamericanos participaron en el Foro recibiendo lecciones y bendiciones. Sin embargo, hay hechos históricos que no han sido olvidados: ejecuciones de los indígenas americanos defensores de sus territorios y de su libertad, usurpaciones de facto o con leguleyadas y el tráfico de esclavos.

Hablando de la empresa Odebrecht que colaboró con muchos políticos en sus campañas electorales o ya en el poder: «…(A)lgunas empresas privadas no se enriquecen compitiendo, sino confabulándose con los gobernantes… (que les) otorgarán concesiones y contratos sobrevaluados» (p. 127-8).

Los liberales o libertarios como Milei gritan eufóricos «¡Viva la libertad, carajo!» Sin embargo, hay cuestionamientos sobre la teoría y praxis de la libertad: suicidio, eutanasia, aborto, venta de órganos humanos y adopción. Gobernar no es actuar siempre con euforia; la reflexión y prudencia son necesarias porque el gobernante representa a todo el país.

Algunas autoridades admiran el modelo bukeliano de «limpiar» arrestando a todos los sospechosos para dar seguridad social. Kahhat cita al alcalde del distrito limeño de Jesús María, admirador de Bukele: «Yo estoy completamente de acuerdo en que a todos los metan presos, y comienzas a limpiar, y comienzas a sacar a sacar a los que son inocentes. Pero al principio tienes que meterlos a todos» (p. 142). El mencionado alcalde usa el pronombre indefinido «todos» no como inclusivo sino como exclusivo porque habla de otros que no son de su entorno. Además, hay delincuentes que no son capturados ni condenados.

Este libro ayuda a comprender la política no sólo de América Latina sino de todo el mundo donde hablando de libertad, justicia y democracia se usa el autoritarismo; y no todas las invasiones y genocidios son condenados como en los casos de Ucrania y Palestina.

 

* Investigador del Instituto de Estudios de Asia y América, Dankook University, Corea del Sur.

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LAS EMBAJADAS DE LA OTAN CONSPIRAN CONTRA EL ACERCAMIENTO ENTRE BRASIL Y LOS PAÍSES LATINOAMERICANOS

Rafael Machado*

Tenemos más pruebas de que los países de la OTAN están efectivamente comprometidos en cooptar a Brasil y vincularlo al Occidente atlántico.

 

Según dijo Juan Domingo Perón, en el año 2000, vería a los países iberoamericanos unidos o, en caso contrario, aometidos. El nuevo milenio llegó, la integración continental no llegó (salvo algunas tímidas iniciativas) y, de hecho, los países de la región, en general, quedaron bajo la tutela del Occidente colectivo.

Este sueño de integración iberoamericana viene desde hace mucho tiempo, como ya hemos tenido oportunidad de mencionar en otras ocasiones. Ya estuvo presente en el propio proceso de independencia y en el pensamiento original de Simón Bolívar, aunque prevalecieron los intereses de las oligarquías sectarias locales. Y el papel de Brasil en este proyecto, visto como incierto en tiempos de Bolívar, ya era prácticamente consensuado a finales del siglo XIX, cuando se desarrolló la escuela «arielista», que perfilaba una oposición fundamental entre la América de raíces anglosajonas y la América de raíz ibérica, y propugnaba la unión de la segunda frente a la primera.

Uno de los factores que se ha identificado como obstáculo para esta integración continental es el hecho de que las elites brasileras tienen sus ojos más puestos en el Atlántico que en el «corazón» de Iberoamérica. Quizás porque la colonización de Brasil comenzó como una colonización costera, quizás simplemente por cómo fueron educadas las élites brasileñas, sin embargo tenemos ahí un hecho.

Gran parte de las elites brasileras (lo que se refleja en el pueblo) no se identifican como pertenecientes a la misma civilización que los pueblos vecinos y se sienten culturalmente más cerca de Estados Unidos que, por ejemplo, de argentinos, peruanos o mexicanos.

Una de las explicaciones ofrecidas para esta «alienación continental» por parte de muchos brasileños ha sido el hecho de que nosotros hablamos portugués, mientras nuestros vecinos hablan español. Es difícil aceptar esta explicación por varias razones: 1) No tiene sentido que el brasilero se identifique más con el estadounidense que con nuestros vecinos sobre esta base, ya que el inglés es obviamente menos comprensible entre sí frente al portugués; 2) El portugués y el español son suficientemente próximos, por los orígenes comunes del idioma, que surge del gallego-portugués, una de las lenguas pertenecientes a la familia lingüística de las lenguas ibéricas occidentales.

Nuestra «alienación continental», obviamente, tiene razones distintas a las lingüísticas: razones socioculturales, resultado de la «fascinación» de las élites brasileras en relación con los patrones culturales del «centro del mundo». Sin embargo, es obvio que la familiaridad lingüística une a los pueblos, por lo que nos parece parte de la construcción de las condiciones necesarias para que la integración continental acerque a los brasileros al idioma español y a nuestros vecinos al idioma portugués.

En este sentido, para intentar empezar a solucionar este problema, el gobierno de Vargas, en 1942, incluyó la enseñanza del español en el currículo brasilero obligatorio a través de la Ley Orgánica de Educación Secundaria nº 4.244. Esto ya seguía una lógica continentalista, ya que Vargas percibía el destino iberoamericano de Brasil y consideraba necesario el alineamiento mutuo entre los países de la región. No fue casualidad que más tarde él, Perón y el chileno Ibáñez organizaran el «Proyecto ABC» como semilla de un proyecto para estructurar un «Gran Espacio» continental integrado.

Pero aunque el impulso de Vargas en este sentido fue importante, debido a una serie de reveses y convulsiones históricas, a principios de siglo muchas escuelas brasileras todavía no ofrecían el español. Es necesario reconocer el mérito de Lula por haber cambiado esta situación al hacer obligatoria la enseñanza del español en los establecimientos de educación secundaria de Brasil a través de la Ley 11.161 de 2005.

Ahora que se discute una reforma del sistema educativo en Brasil, la llamada «Nueva Educación Secundaria», que ya está sacudida por una serie de polémicas, se reveló que durante la construcción y votación del proyecto de ley de la Nueva Educación Secundaria hubo una acción secreta de un lobby de las representaciones diplomáticas de Italia, Alemania y Francia, bajo el liderazgo de esta última, con el objetivo de sacar el español del currículum obligatorio.

Hablamos aquí de «lobby secreto» porque esta operación de sabotaje cultural del proyecto sólo fue publicitada por los medios de comunicación, como CNN (que también es un medio extranjero de un país de la OTAN), después de que el proyecto de ley ya había sido aprobado y ya estaba en el escritorio del Presidente Lula para su firma. Teniendo en cuenta que un movimiento de tres embajadas extranjeras junto con, probablemente, decenas (¡o más!) de diputados y senadores, así como de asesores, difícilmente podría permanecer en absoluto secreto y ser conocido por los periodistas sólo después de su aprobación.

Es más fácil considerar que los medios de comunicación ya estaban al tanto, pero calcularon el momento «correcto» para revelar informaciones obviamente controvertidas e indicativas de intervención estatal extranjera en el currículum escolar brasileño.

Tras la revelación del lobby antiespañol en Brasil, representantes de las embajadas implicadas salieron a revelar su perspectiva, según la cual el uso obligatorio del idioma español sería una «calamidad», pero ¿para quién?

Es fácil deducir cuáles serían los intereses de los países en cuestión.

La generalización del idioma español en Brasil facilitaría el acercamiento del pueblo brasileño con los países vecinos, lo que tendría consecuencias en todas las dimensiones sociales, desde el aumento del turismo hasta la aprobación de decisiones geopolíticas continentales, que obviamente irían en contra de la intenciones de cooptación que los países de la OTAN tienen en relación con Brasil.

Debemos recordar, por ejemplo, que Macron tiene una estrategia específica en relación con Brasil, cuyo objetivo es involucrar a Brasil en compromisos de diferentes tipos (desde económicos hasta militares) con los países de la OTAN para limitar el potencial de Brasil de alinearse con países contrahegemónicos.

Para lograrlo, naturalmente, sería esencial popularizar el francés en detrimento del español en Brasil.

Algunos parlamentarios brasileños pidieron aclaraciones a las embajadas, además de enviar una carta a Itamaraty para pedir al Ministerio de Relaciones Exteriores que comente e investigue esta injerencia extranjera en nuestros asuntos internos.

En cualquier caso, la conclusión es que tenemos más pruebas de que los países de la OTAN están efectivamente comprometidos en cooptar a Brasil y vincularlo al Occidente atlántico.

Esto requiere que Brasil tenga un mayor grado de conciencia sobre las contradicciones y amenazas geopolíticas de nuestro tiempo, si queremos contribuir efectivamente a la construcción de un nuevo orden multipolar.

 

* Editor, analista geopolítico y político, escritor especializado en asuntos latinoamericanos.

Artículo publicado en portugués el 26 de julio de 2024 por Strategic Culture Foundation, https://strategic-culture.su/news/2024/07/26/embaixadas-otan-conspiram-contra-aproximacao-entre-brasil-os-paises-da-america-latina/