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NI EBRIOS NI DORMIDOS, PACTANDO CON EL ENEMIGO

César Augusto Lerena*

El Ministro para las Américas del Reino Unido Alan Duncan escribió en sus memorias que, al momento de concretarse el llamado Pacto de Foradori-Duncan, el vicecanciller argentino «Carlos Foradori estaba tan borracho que al día siguiente no podía recordar los detalles del documento» (Télam, 26/04/2022). Si esto fuera verdad, estaríamos en graves problemas, ya que nuestra Cancillería viene tomando decisiones muy favorables a los intereses del Reino Unido y, si ello lo atribuyésemos al alcohol, se trataría de una epidemia que no podríamos imputarla a la Pandemia del Coronavirus COVID-19, porque hace más de 40 años que los británicos avanzan sobre nuestros territorios insulares y marinos. En 1982 ocupaban 11.410 km2 y desde hace muchos años tienen invadido 1.639.900 km2 equivalentes al 50% de la Zona Económica Exclusiva Argentina.

Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS) «El uso nocivo del alcohol desafía al desarrollo social y económico de muchos países, incluidos los de las Américas, donde el consumo es de aproximadamente un 40% mayor que el promedio mundial. En general esta población consume alcohol en un patrón que es peligroso para la salud, así como para la violencia doméstica, la pérdida de productividad, y muchos costos ocultos» (www.paho.org/es/temas/alcohol). Tal vez, dentro de estos costos ocultos, la OPS pudo haber ponderado los probables efectos negativos del alcohol en las decisiones de los altos diplomáticos; pero, nosotros no creemos que esta sea la causa, aunque ya ello lo mantenía preocupado Mariano Moreno cuando decía: “hay determinaciones que no se pueden tomar ni ebrios ni dormidos”, es decir, bajo ninguna circunstancia.

Pensar que Foradori, sobrio o beodo, tomó solo la decisión de semejante cesión intenta quitar de responsabilidad al Presidente y Ministro de entonces y, por cierto a la Cancillería Argentina y a un personaje con gran poder dentro del Ministerio de Relaciones Exterior: el Director General de la Consejería Legal Internacional, en su momento la influyente Susana Ruiz Cerutti y el intermitente Subdirector y ahora Director, su ahijado Holger Federico Martinsen.

Para descartar la cuestión del alcohol de una vez por todas, tengamos en cuenta que el entonces embajador Mark Kent era afecto al buen whisky escocés y, sin embargo, ello no dio motivo a que este odioso pacto termine siendo una decisión desfavorable a los británicos, sino todo lo contrario. A esta altura, si fuésemos tolerantes, podríamos pensar que Foradori al menos estaba dormido, y preguntarnos ¿cómo se le pudo haber ocurrido a un diplomático de carrera cerrar semejante acuerdo en “una fabulosa bodega, con las paredes llenas de botellas de Merlot” y que ésta se encuentre —precisamente— en la embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Arrancamos mal, “firmando” la cesión en territorio británico, en un ámbito que parece más propicio para trasnochadas libaciones que para el tratamiento de cuestiones relativas a la soberanía argentina. Sí sabemos, que fue trabajoso el pacto, Foradori entró a la bodega el día 12 de septiembre y selló el pacto, el fatídico martes 13 por la madrugada.

En realidad, nadie en su sano juicio o que no tuviese el mandato de favorecer los intereses británicos en Malvinas podría acordar «adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos». Una verdadera cesión incondicional; una entrega definitiva del ejercicio de la soberanía plena de Malvinas y una clara violación de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución.

Deberíamos descartar entonces que para “cerrar” el Pacto el vicecanciller Foradori estuviese borracho. Porque si fuese así, ¿cuál sería el tenor etílico de los funcionarios posteriores que habiendo pasado ya seis años del Pacto, aún lo mantienen vigente?

Refiere el secretario de Malvinas de la Cancillería Argentina Guillermo Carmona, que el «Gobierno del presidente Alberto Fernández llevó a cabo una serie de acciones para dejar sin efecto todas las cuestiones prácticas y los acuerdos posteriores derivados del comunicado conjunto emitido en septiembre de 2016».

Aquí el secretario, con intencionalidad o erróneamente, manifiesta que el Gobierno llevó a cabo acciones para limitar los acuerdos posteriores que derivaron del Pacto en cuestión y, omite decir que el más grave daño que provoca este acuerdo —de eso se trata cuando el llamado “comunicado conjunto” refiere en su texto siete veces a la palabra “acordar”— es la ratificación “de hecho” de los Acuerdos de Madrid y la fórmula del Paraguas, pudiéndose interpretar que el diálogo que reiteradamente la Cancillería Argentina demanda, está siendo llevado a cabo por el Reino Unido, a punto tal, que la Argentina promete quitarle todos los obstáculos para el desarrollo de Malvinas y la continuidad de los citados Acuerdos de Madrid.

Del mismo modo, el Reino Unido sigue otorgando licencias pesqueras ilegales a terceros países en violación a la Res. 31/49 de las Naciones Unidas sin iniciar acciones a las empresas licenciadas, por violación a las leyes 24.922 (1998) y 27.564 (2020) y en algunos casos la Ley 26.386 que impide a las empresas radicadas en el continente argentino operar en Malvinas y, ello significa, la extracción anual de recursos pesqueros argentinos del orden de las 250.000 toneladas, valuadas sin proceso en unos mil millones de dólares.

De igual forma las autoridades argentinas no han cancelado la autorización a los vuelos de Latam de Malvinas a Chile y viceversa y la Secretaría de Malvinas, a instancias del autopostulado Marcelo Kohen, le propuso en diciembre de 2021 al Reino Unido, efectuar “vuelos humanitarios” con la compañía Aerolíneas Argentinas para que los isleños puedan salir de las islas a reunirse con sus familiares, constituyéndose en el hecho inédito que el país invadido ofrezca vuelos humanitarios al invasor, encuadrándose en una política reiterada e inconducente argentina de cooperación unilateral.

Igualmente sigue vigente el otorgamiento por licitación en 2019 de un área con más de 100 mil km2 para la explotación hidrocarburífera offshore en la Cuenca de Malvinas, entre los archipiélagos y el continente argentino a empresas petroleras de origen británico y/o que han intervenido en explotaciones en Malvinas, en abierta violación a la Ley 26.659 (Ley Solanas), tales como Shell, BP Exploration Operating Company Ltd; Tullow Oil y Equinor; al igual que esta última frente a las costas de Mar del Plata. Todas sin análisis de impacto ambiental previo e independiente.

No se ha dejado sin efecto tampoco dentro del Pacto el acuerdo de cooperación antártica lo que constituye un acto de reconocimiento a la posición británica inadmisible. Es interesante transcribir al respecto lo dicho por el catedrático Armando Abruza: «Una reflexión aparte debe hacerse respecto a los acuerdos de cooperación con el Reino Unido en materia de investigación científica en aguas subantárticas circundantes a las Islas Georgias del Sur y Sándwich del Sur, en lugar de hacerlo en el marco multilateral de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), que constituye el único régimen jurídico válidamente aplicable en esa región. En esta materia, corresponde igualmente poner de relieve la técnica empleada en la redacción del texto del Comunicado Conjunto, el cual, como se ha expresado, deja traslucir la autoría británica del documento, verificable en este caso específico a partir de su diseño. Curiosamente, la temática aquí abordada no fue incluida junto a los demás asuntos mencionados en el capítulo diez “Atlántico Sur”, sino que se encuentra referida en el último párrafo del capítulo tres “Ciencia y Tecnología, Derechos Humanos y Cuestiones de Género”. La situación así descripta sugiere la intención británica de dividir el objeto jurídico de la controversia, separando a los citados archipiélagos que, por ser islas subantárticas, se encuentran comprendidas en el área de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, de las Islas Malvinas, que se encuentran fuera del área de dicha Convención. Los dos aspectos precedentemente examinados parecen confirmar la recepción en el texto del Comunicado Conjunto de desarrollos jurídicos favorables al Reino Unido, necesariamente contrarios a la posición sostenida por nuestro país en la controversia de soberanía sobre los tres archipiélagos australes. Cualquier concesión que el Gobierno argentino pudiera realizar en las materias precedentemente señaladas, sin que se reanudaran prontamente las negociaciones sobre la soberanía y sin ninguna contraprestación sustantiva a cambio, tal como indiscutiblemente ocurrió a lo largo de la década de los ‘90 y hasta entrado el siglo actual, serían incompatibles con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y lesivas para los intereses de la Nación». (“El Comunicado Conjunto argentino-británico…” p. 89:116 Anuario Arg de Derecho Internacional, 2016).

Por cierto, sigue vigente la Ley 24.184 de protección y promoción de las inversiones británicas que creó un régimen de privilegio por sobre los demás países y tampoco derogó la Ley 25.290 que aprobó el Acuerdo de Nueva York, que podría dar lugar a fortalecer la posición británica en Malvinas e intervenir en la administración de los recursos pesqueros en todo el Atlántico Sur. Amén de ello, la Secretaría de Malvinas en estos dos años y medio de gobierno no ha promovido la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (1986) refrendada por la Res. 41/11 de la ONU, para que todos los países de África occidental y América oriental se pronuncien enérgicamente y realicen acciones contra de la presencia militar del Reino Unido en Malvinas.

La consigna de que Argentina «adopte las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos» sigue vigente y nos preguntamos entonces con qué fundamentos se invita al diálogo al Reino Unido y a la cooperación. Si el Pacto de Foradori-Duncan se hubiese firmado ebrio o dormido ¿Cuál de estas condiciones u otras justifican mantener vigente un Acuerdo indigno que lesiona la soberanía nacional?

 

* Presidente de la Fundación Agustina Lerena (fundada 21/10/2002). Presidente Centro de Estudios para la Pesca (CESPE). Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex-Secretario de Estado. Ex-Asesor en la H. Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación. Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021).

GUAYANA ESEQUIBA: SE REQUIERE UNA POLÍTICA DE ESTADO QUE CONCITE AL PAÍS

Abraham Gómez R.*

Nos ha agradado el inmenso interés que la mencionada controversia ha despertado y aglutinado densas opiniones en bastantes sectores de la población venezolana.

Como nunca —debo decirlo con honestidad— la gente desea explicaciones sobre lo acaecido el 03 de octubre de 1899, recogido en el documento sentencial, denominado Laudo Arbitral de París.

En cada conferencia hacemos, con suma objetividad, un análisis crítico del vil despojo del cual fuimos víctima, hace más de un siglo, mediante la citada tratativa perversa de talante político-diplomática.

A lo largo de varios años, he atendido expresas invitaciones de universidades, escuelas, liceos, instituciones culturales, organismos públicos, logias masónicas, entes particulares, personas privadas de libertad, partidos políticos, iglesias evangélicas y católicas, medios de comunicación social; he venido escribiendo semanalmente artículos para varias páginas en la Red.

Me he reunido, en condición de docente, con estudiantes de educación superior, provenientes de (12) universidades, que visitaron Tucupita, y aproximamos, luego de productivas discusiones, las posibles alternativas de solución a la contención que mantenemos con la excolonia británica.

Reconocemos que han aflorado en todas las regiones aportes significativos para alcanzar pronto, si cabe, aún, tal posibilidad, un arreglo “práctico y satisfactorio”, en este pleito.

También menciono que nos conseguimos con algunas propuestas un poco desentonadas o desencajadas pero merecen ser respetadas también por la forma, el fondo y la intención como son expuestas en todos los mencionados eventos.

En nuestro recorrido por el país, hemos escuchado críticas, algunas veces fundamentadas, dirigidas a las autoridades de la cancillería, por la opacidad informativa en la defensa de los intereses del Estado venezolano.

En las conjeturas se señalan los aparentes “silencios cómplices”, las declaraciones destempladas o extemporáneas. Hay coincidencia entre el público que asiste a los foros, en que no es conveniente por parte de nuestras delegaciones exponer, como ha sucedido, elogiosas frases a la contraparte en escenarios internacionales.

Nos conseguimos con estudiosos del litigio, que piden la palabra en las conferencias, para preguntar: por qué tantas permisividades, de parte de Venezuela para con las empresas transnacionales, que están esquilmando nuestros recursos (de todo tipo) incalculables, en el territorio que nos arrebataron, y en su respectiva proyección marítima.

Son bastantes aristas de este asunto litigioso. De cualquier modo, hoy nos encontramos frente una disyuntiva inescurrible, que no podemos dejar a un costado en nuestras cotidianas reflexiones o hacernos los desentendidos.

Una inmensa proporción de compatriotas, en muchas regiones y ciudades de Venezuela, se atreven a hacer la siguiente comparación: La defensa de nuestra Guayana Esequiba guarda punto de semejanza a la gesta independentista librada por nuestros libertadores. Estamos en presencia, en esta ocasión, de una lucha jurídica-diplomática por la defensa del suelo patrio.

La controversia que hemos sosteniendo desde hace más de un siglo nos coloca en el desafío histórico de trenzarnos en plenas solidaridades; porque la contención que llevamos adelante requiere del esfuerzo profesional e intelectual de nuestros mejores hombres y mujeres; y porque, además, la contraparte, en su condición de demandante, va con todo en la “interposición de acciones” y su reciente ratificación ante el Alto Tribunal de la Haya.

Vista y analizada la presente situación en que nos encontramos y las respectivas circunstancias, preguntamos, ¿Por qué el Ejecutivo Nacional y sus órganos competentes no terminan de diseñar y desarrollar una sistemática Política de Estado, cuya esencia estribe en el desafío que tenemos por delante, en la Corte Internacional de Justicia, para el 08 de marzo del próximo año?

Se requiere con prontitud —por la premura de la fecha— que desde la Presidencia de la República se abra un ciclo de consultas para escuchar a los expertos, a los estudiosos del caso en nuestras universidades, en la Academias, en cada una de las instituciones interesadas.

Con todo el respeto que me merecen los honorables miembros de la Comisión de la Asamblea Nacional por la Defensa del Esequibo, que preside el Dr. Hermánn Escarrá; porque además reconozco el extraordinario trabajo que han venido desplegando; les propuse la realización de un Congreso Nacional sobre la Guayana Esequiba, con amplio temario para que el país participe.

Desde hace dos años, igualmente, estoy sugiriendo —en mis escritos— al Jefe de Estado que analice la posibilidad de convocar un referendo consultivo, conforme al artículo 73 de nuestra Constitución Nacional, por la trascendencia de la materia que se está tratando. Mediante el citado mecanismo nos permitiremos auscultar la opinión generalizada de la población venezolana, si está de acuerdo con la comparecencia o no de nuestra delegación ante la Corte; con la finalidad de hacernos parte del juicio (actos concluyentes), con lo cual le conferiríamos competencia a esa Sala sentenciadora para que conozca forma y fondo de la centenaria controversia.

Siendo una Política de Estado, entonces  desde los Ministerios de educación y de Educación Universitaria se deben  habilitar charlas alusivas al tema, recurrentes en escuelas, liceos y universidades; al propio tiempo que, a través de los distintos medios de comunicación social y  en las redes, transmitir —de manera reiterada—programas de radio y televisión y la publicación de artículos para concientizar y sensibilizar sobre los hechos perpetrados contra nuestra nación y el  iter socio histórico que hemos hecho para la reclamación.

Importante, en estos momentos, es aprobar y poner en servicio una radioemisora en el área colindante con la Zona en Reclamación (San Martín de Turumbán –estado Bolívar), con una programación que reafirme nuestros símbolos patrios e identidad nacional.

Todo el país en un esfuerzo conjunto, sistematizado, en distintos ámbitos.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

GUAYANA ESEQUIBA: CONTROVERSIA (HASTA HOY) IMPREJUZGADA

Abraham Gómez R.*

Comencemos por rememorar que el soberbio imperio británico apeló a todo tipo de ardid diplomático (extorsiones incluidas) para que se conformara una Comisión Arbitral en 1899, sin la presencia de la representación venezolana.

Dicho jurado, compuesto por ingleses, estadunidenses y un ruso prevaricador, decidió despojarnos de manera vil, descarada y vergonzosa, de la denominada Guayana Esequiba, con el conocido laudo sentencial, concluido en París el 3 de octubre de ese año.

De tal manera que hemos sostenido la referida contención desde hace más de un siglo; ayer, quienes nos antecedieron en esta gesta reivindicadora y hoy quienes enfrentamos esta lucha, en todos los frentes.

Lo hacemos convencidos de que nos asiste la razón; porque, además, tenemos suficientes elementos probatorios: históricos, jurídicos (que no admiten prueba en contrario), cartográficos, sociales y políticos.

Estamos dispuestos a continuar, en las instancias que sean necesarias, hasta que se logre hacer justicia a Venezuela por el daño patrimonial territorial que se nos perpetró.

La contraparte en este asunto litigioso sabe que tenemos Justos Títulos, que han sido traslaticios desde que nos constituimos como Capitanía General de Venezuela, el 8 de septiembre de 1777, por Real Cédula de Carlos III.

No es poca cosa la que queda implícita y abarca el reclamo. Hablamos de una séptima parte de nuestra extensión territorial, con su respectiva proyección atlántica; y de un conglomerado de compatriotas, Esequibanos, con quienes debemos tejernos en absoluta identidad nacional.

Sin embargo, prestemos atención a la estrategia que ha venido jugando la excolonia británica en este asunto.

Guyana, que siempre estuvo rechazando la posibilidad de la figura del Buen oficiante, introdujo una demanda, en el año 2018, contra nuestro país, en la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Dicha demanda acaba de ser ratificada el 08 de marzo del 2022; pidiendo, en esta ocasión, que se nos sentencie en ausencia.

Aunque jugamos bien, entonces en el inicio del juicio, la carta de la No Comparecencia; debemos ser responsables ante Venezuela, y manifestar que   el mandado no está hecho, completamente. Hay que afinar las próximas decisiones jurídicas al respecto. Tenemos una cita pendiente para el 08 de marzo del 2023.

Hago esta seria advertencia: como recurso procesal la No Comparecencia es perfectamente admisible y aplicable conforme al Derecho Internacional Público; pero no basta —eo-ipso— para resolver jurídicamente el pleito.

No obstante, dejamos sentado, ante la opinión pública nacional, que por el solo hecho de habernos decidido por la No Comparecencia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), luego de la demanda que interpuso el gobierno guyanés contra Venezuela, todavía no obtenemos la solución definitiva en la controversia, por el área que vilmente nos arrebataron.

La situación se encuentra en condición de imprejuzgada (nada resuelto conforme a derecho); a pesar de lo que la contraparte alude e invoca. Nada de Cosa Juzgada ni laudo arbitral ejecutoriado.

Permanentemente lo hemos expuesto que nuestro país nunca ha aceptado la decisión arbitral que nos despojó de la citada extensión territorial y su consecuente proyección atlántica.

Invocar la No Comparecencia, como lo hizo nuestra delegación, resultó, ciertamente, una postura estratégica inteligente; y evitó que los coagentes de la excolonia británica se salieran con la suya en la celada jurídica tendida.

Es verdad que la No Comparecencia nos da un respiro, pero no aporta un último desenlace en esta histórica contención.

Sin embargo, reconozcamos, con carácter de autocrítica generalizada, que hemos tenido demasiada desidia para mantener altivo el interés en la opinión pública nacional por la Guayana Esequiba.

No exageramos si decimos que hay compatriotas que se pierden en el mapa, y no logran precisar dónde les queda ese inmenso territorio de nuestra geografía que vilmente nos arrebataron.

Asumamos, modestamente, que todo lo hecho hasta ahora parece que resulta poco para tamaño emprendimiento.

Debemos redoblar nuestro tiempo para seguir haciendo más labor de reivindicación venezolanista, por nuestra Guayana Esequiba; dejando a un costado cualquier sesgo ideológico o partidista que intente diferenciarnos en este noble propósito.

Un aspecto bastante significativo y destacable —que no nos intimida— es que ellos están asesorados por abogados con experiencias en controversias entre Estados, y financiados por compañías estadounidenses, canadienses, holandesas, chinas que explotan nuestros recursos petroleros, energéticos, hídricos, mineros, madereros, de flora y fauna en general.

Guyana y su equipo de asesores han jugado, con tenacidad, en los últimos dos años la estrategia jurídica. Poco les han importado las otras alternativas de solución contempladas en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas y reflejadas en el texto del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, vale decir: la negociación, la mediación, la conciliación; en sí mismas, son vías expeditas y pacíficas para alcanzar una avenencia “práctica y satisfactoria” para ambas partes. 

Así también, la delegación guyanesa ha demostrado que está dispuesta a jugársela completa; inclusive hasta con una extraña y tramposa manipulación del propio Estatuto de la Corte, en su artículo 53.

Resalta el hecho con demasiada suspicacia, de que el gobierno guyanés se muestre esperanzado que tal vez están próximos a “una decisión final y vinculante que resuelva esta controversia. Que permita a Guyana y Venezuela desarrollar relaciones como Estados vecinos”.  

El párrafo anterior está contenido en la declaración oficial del gobierno de Guyana, una vez que se conoció que la Corte iba a citar a las partes conflictuadas para la fase oral y a la consignación del respectivo memorial de ratificación (para ellos) y de contestación de la demanda (para nosotros).

Siendo así, por lógica deductiva se llega a conocer que Guyana tampoco acredita a la írrita y nula sentencia arbitral como Ejecutoriada o Cosa Juzgada. No está muy segura. Y no lo está porque no tiene el más mínimo documento jurídico, histórico o cartográfico que respalde lo que pide ante la sala sentenciadora de La Haya.

Si la excolonia británica solicita a la Corte —en la interposición del recurso en contra nuestra— que resuelva definitivamente este pleito centenario, es porque admite que tal controversia no ha sido resuelta. Están aceptando que el caso se encuentra imprejuzgado; tal vez, por serios e inexcusables defectos en los requisitos y presupuestos procesales. Así entonces, todavía deben concurrir y aportarse muchos otros elementos, en la oportunidad que sean exigidos por el Alto Tribunal, para que pueda producirse una resolución —ipso juris— en virtud y estricto derecho.

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Miembro de la ONG “Mi Mapa de Venezuela”. Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.