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CAPACITEN AL SECRETARIO DE MALVINAS

César Augusto Lerena*

Estadio Malvinas Argentinas, Mendoza. Durante el Mundial Sub 20 le taparon el símbolo de las Islas y ya habían intentado cambiarle el nombre.

La Ley 27.671, sancionada el 15 de julio de 2022, estableció la obligatoria, periódica y permanente capacitación en la Cuestión de las Islas Malvinas de todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación; aunque, a nuestro entender, erróneamente, ésta ley refiera a «la situación colonial en la que se encuentran las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y los espacios marítimos correspondientes, parte integrante del territorio argentino, que desde 1833 son objeto de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido, reconocida por la Asamblea General de las Naciones Unidas», cuando debieran resaltarse, lisa y llanamente, los derechos soberanos de la Argentina de esos territorios y reclamar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido) la devolución de Malvinas, además de la Antártida y sus aguas y la plataforma continental extendida (espacios que no se indican), en un todo de acuerdo, a la Res. 1.514 (XV) del 14/12/1960 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que, en especial prescribe: «… todos los pueblos tienen un derecho inalienable (…) al ejercicio de su soberanía y a la integridad de su territorio nacional (que) la sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales (que) deberá cesar toda acción armada o toda medida represiva de cualquier índole dirigida contra ellos, y respetarse la integridad de su territorio nacional (que) todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas (y que) todos los Estados deberán observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas (…) sobre la base de la igualdad, de la no intervención en los asuntos internos de los demás Estados y del respeto de los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorial».

No se trata entonces de una disputa, sino de la apropiación prepotente del Reino Unido de espacios insulares y marítimos que forman parte indivisible del territorio argentino y de la explotación de sus recursos naturales, que cercena la soberanía nacional y empobrece al pueblo argentino.

Según la Corte Internacional de Justicia «Una disputa legal internacional se puede definir como un desacuerdo sobre una cuestión de derecho o de hecho, un conflicto o un choque de puntos de vista o intereses legales» (Manual sobre la aceptación de la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, 2017-2023) y según la RAE “disputar”, que proviene del latín “disputare”, define esta palabra “como examinar punto por punto una cuestión; exponer razonadamente algo o, controvertir” y sí, “la disputa” es una controversia; es decir, una discusión reiterada entre dos o más que defienden opiniones contrarias y si la Argentina aceptase el alcance de este significado etimológico, le estaría quitando la contundencia que se expresa con una energía que no da lugar a la discusión y la certeza de la convicción expuestas en la Disposición Transitaria Primera de la Constitución Nacional que reza: «La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino».

La soberanía nacional está más allá de la disputa que reconoce la Res. ONU 2065/65 (XX) pese a la ocupación británica; ya que lo que debe exigir la Argentina es su ejercicio pleno cercenado por esta potencia extrajera. No están en discusión posiciones contrarias, se debe reclamar la devolución de los archipiélagos y aguas ocupadas, además de llevar adelante otras medidas activas no bélicas, que la Secretaría de Malvinas no lleva, destinadas a debilitar la posición del Reino Unido en Malvinas y recuperar el territorio usurpado.

La capacitación tampoco puede limitarse a detallar antecedentes y derechos como menciona el artículo 6º de la Ley, sino en avanzar en explicitar qué representa política, estratégica, económica, social y territorialmente, para los argentinos, la apropiación del Reino Unido de estos importantes espacios nacionales.

Refiere la Ley 27.671 en su artículo 3º que la capacitación estará en manos de la Autoridad de Aplicación y el Decreto 720/2022 establece que esta función estará en manos del Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, que a un año de sancionada esta ley y a tres de aprobada la Ley 27.558 de creación del Consejo Nacional de Malvinas que en su artículo 2º establecía entre sus funciones la de «realizar acciones destinadas a colaborar en la difusión y promoción de los derechos argentinos sobre las Islas Malvinas…»; que a la luz de los recientes hechos donde la FIFA, con acuerdo de la AFA y del gobierno de Mendoza, resolvió tapar el cartel de la bandera nacional y la imagen de las Islas Malvinas, además de cambiar el nombre “Malvinas Argentinas” al estadio de Futbol elegido para jugar el Mundial de Sub 20 de futbol y en el Estadio del Bicentenario de San Juan se impedía el ingreso a personas con símbolos referidos a Malvinas; lo que demuestra la inacción o el fracaso de las acciones del gobierno en destacar e interiorizar la importancia de “la Cuestión Malvinas” y, por el contrario, con criterio economicista, se banaliza la soberanía nacional, con total desprecio del mandato popular.

Paupérrimo. Una verdadera muestra de sumisión e inadmisible falta de difusión nacional de los derechos argentinos sobre estos territorios nacionales y un exceso de facultades de instituciones internacionales y nacionales en cuestiones que violan la Constitución Nacional. Resulta obvio, que no se ha cumplido con el artículo 4º de la ley de Capacitación que refiere a incorporar tanto “las dimensiones de sensibilización como de transmisión de conocimientos”.

Al respecto, Ariel Rolfo (Pal’Sur, 27/05/2023) sostiene “que la respuesta de la Secretaria de Malvinas respecto al ultraje a nuestros símbolos fue correcta pero insuficiente ya que por competencia deberían haber hecho la denuncia por violación del Artículo 222º del código penal y al no hacerlo están siendo pasibles a la sanción penal por el artículo 248º del citado Código, al configurarse la figura delictual de incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Mientras esto ocurre en la Argentina y en el marco de la inconducente política que lleva la Secretaría de Malvinas de la Cancillería de promover el diálogo con los británicos, cooperar unilateralmente con los isleños y buscar apoyos teóricos, el Reino no hace más que avanzar sobre nuestros territorios y apropiarse de los recursos pesqueros, petroleros y gasíferos. De los 11.410 Km2 de Malvinas que en 1982 invadía en Malvinas hoy ocupa 1.639.900 km2 de territorio insular y marítimo argentino; construyen puertos; mejoran su logística y las pistas de aterrizaje; modernizan el armamento militar; aumentan las relaciones con nuestros vecinos Brasil, Chile y Uruguay; optimizan sus relaciones societarias con España para favorecer el ingreso de los productos pesqueros sin arancel a la Unión Europea; otorgan licencias pesqueras con las que se apropian de 250.000 toneladas por año por un valor en el comercio final de orden de los 6.000 millones de dólares; empresas británicas realizan exploraciones pesqueras en el área de Malvinas y la Zona Económica Exclusiva Argentina; la empresa Borders & Southern Petroleum (B&S) desarrolla el concepto de condensado de gas cuyo proyecto inicial de 640 millones de U$S permitiría recuperar la inversión dentro del primer o segundo año de producción según el precio del petróleo y, la embajada británica en la Argentina pretende culturizar nuestro pueblo invitando a jóvenes argentinos a “visitar sus vecinos los isleños” o enseñarle inglés a los catamarqueños, como si el Estado argentino no tuviera capacidad de hacerlo.

Tal vez sería bueno, empezar por capacitar a la Autoridad de Aplicación, si es que no queremos que la ignorancia, someta a los pueblos a la colonización, a la expoliación sus recursos esenciales y consecuente pobreza.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

Así bajaban el cartel que tapaba a las Islas Malvinas en el Estadio de Mendoza.
Fuente: Ámbito.

EL MODELO PESQUERO URUGUAYO CONTRIBUYE A LA PESCA ILEGAL

César Augusto Lerena*

En artículos recientes (César Lerena “Capaciten al Subsecretario de Pesca”, 10/04/2023 y “El modelo pesquero atrasa 50 años”, 22/04/2023) mostramos con la más absoluta crudeza las pésimas políticas pesqueras y relativas a Malvinas que se llevan a cabo en la Argentina. Ahora, cuando se trata de erradicar o minimizar la pesca ilegal (INDNR) en el Atlántico Suroccidental no podemos dejar de hablar de las igualmente reprochables políticas que lleva adelante los responsables de la Pesca en la República hermana del Uruguay.

Me referiré a ello en mi doble condición de heredero de la sangre oriental y preocupado por la sostenibilidad de las especies en el Atlántico Suroccidental, algo que debería preocuparle a argentinos y uruguayos por igual.

Desde hace muchos años que escribimos artículos relativos a la necesidad de que los rioplatenses elaboren acuerdos destinados a mejorar la administración del Atlántico Suroccidental y combatir le pesca ilegal (INDNR); práctica que atenta contra la soberanía de ambos países, sus economías y la sostenibilidad del ecosistema. La falta de interés del gobierno argentino —el principal responsable— y lo que entendemos una errónea política en esta materia del Canciller Francisco Bustillo y del ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca Fernando Mattos, nos llevó el pasado 20 de febrero de 2023 a escribir “Uruguay colabora con la ocupación británica en Malvinas”.

Aquí dijimos que en la reunión informada por la Cancillería (IP 067/23) se habían reunido los ministros Bustillo y Cafiero sin que se hablase de las cuestiones que lleva adelante el presidente de Uruguay Lacalle Pou que afectan la soberanía de Argentina en el Atlántico Sur y Malvinas. Tampoco se refirieron los Cancilleres a que cuatro diputados de la coalición de gobierno trataron en Malvinas con los isleños cuestiones relativas a su autodeterminación, la pesca y acuerdos comerciales fuera del MERCOSUR, inmiscuyéndose, por lo tanto, en cuestiones relativas a la soberanía Argentina. El diputado Felipe Schipani propuso en esa ocasión: “incrementar el intercambio comercial con las Falklands” (Penguin, 10/02/2023) refiriéndose así a las Malvinas Argentinas como ningún otro país de habla hispana.

También denunciamos que más de 700 buques extranjeros que operan en el Puerto de Montevideo capturan ilegalmente (INDNR) recursos pesqueros argentinos en Malvinas y los migratorios originarios de la ZEE en alta mar y viceversa, violando —Uruguay— las declaraciones de la CELAC de 2011 y 2014, etc., que inicialmente el ex presidente Pepe Mujica había cumplido. Lo que ocurre en el citado puerto viola la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), las normas de la FAO relativas a la pesca ilegal (INDNR) y, los artículos 74º, 80º y 82º del Tratado del Río de la Plata. Las declaraciones uruguayas en favor de la soberanía argentina, se han convertido en una retórica sin ningún efecto cierto.

En esa misma ocasión dijimos, que por la Res. de la UNASUR dada en Asunción el 17/03/2012, los Cancilleres rechazaron la explotación por parte del Reino Unido de los recursos naturales del Atlántico Sur y decidieron prohibir el ingreso a los puertos de buques con bandera ilegal de Malvinas.

Uruguay ha mostrado su intención de quebrar la unidad comercial del MERCOSUR y Brasil y Argentina han debido intervenir para oponerse al intento del presidente del Uruguay de establecer un Acuerdo de libre comercio con China (La Nación, 15/07/2022); cuestión que en estos últimos días el Canciller Bustillo declaró que existen avances significativos en este sentido, cuyas consecuencias, entendemos, serían gravísimas para ambos países, ya que se provocaría una invasión comercial de China en la región y la consolidación de la más importante flota pesquera del mundo que hoy pesca en forma ilegal (INDNR) en el Atlántico Suroccidental y Pacífico Sur. Para que esté ocurriendo ésto, no se avanzó en la integración rioplatense, cuando en 1960 en Montevideo se creó la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), luego ALADI y tampoco, el MERCOSUR.

Por cierto, las políticas llevadas por la Argentina respecto a Malvinas han sido claudicantes y muchas veces los uruguayos le han enrostrado al gobierno nacional ser los primeros que no defienden sus intereses, tal es el caso de la actual Secretaría de Malvinas que no ha hecho otra cosa de intentar promover el diálogo con el Reino Unido, cooperar en forma unilateral y buscar apoyos de terceros, sin llevar adelante ninguna política activa para dar cumplimiento a la Constitución Nacional. Ahora mismo, “el buque reefer Nova Florida de bandera de conveniencia de Bahamas que levanta el calamar illex que pescan los chinos fuera de la milla 200 carga víveres e insumos en Mar del Plata” y “esta flota que opera a 10 mil millas de sus puertos, es sustentable debido al apoyo logístico que tanto el Reino Unido como Uruguay le prestan”, denunció Pescare (24/04/2023). Una lamentable ineptitud e irresponsabilidad de los secretarios de Malvinas, Pesca y Puertos de Argentina.

En 2018 dijimos (César Lerena “El Atlántico Sur enajenado”, 14/07/2018) que desde hace años pueden verse cientos de buques con licencia ilegal de los británicos para pescar en Malvinas o barcos que capturan especies migratorias o asociadas de la ZEE Argentina, a punto tal, que en 2015 operaron en Montevideo 359 buques extranjeros y, un año después, se creó la Cámara de Agentes Pesqueros Extranjeros (CAPE), constituyéndose este puerto en el apoyo logístico más importante del Atlántico Sur de los buques que depredan el mar Argentino, que se efectiviza en recambio de combustible; reemplazo de tripulaciones; transbordo de las capturas; armado y reposición de alimentos; incorporación de insumos y, reparación de los buques, etc.; representando para ese país un ingreso de 300 millones dólares anuales (Baubeta Mario; Mercopress, 20/12/2011), que debería ser tenido en cuenta a la hora de los eventuales acuerdos entre Uruguay y Argentina.

También recordamos (César Lerena “El Atlántico Sur. Una Zona de Paz y Cooperación en conflicto”, 04/11/2020) que los tres Estados ribereños de América del sur oriental (Argentina, Brasil y Uruguay) suscribieron la “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” y que ésta es el ámbito adecuado para tratar también, cuestiones relativas al narcotráfico, trabajo esclavo, contrabando y crimen organizado. Temas en que la Argentina debiera acordar muy especialmente con el Uruguay, respecto al apoyo a buques pesqueros asiáticos (chinos, coreanos y taiwaneses) que llegan a sus puertos; pero, también los casos de buques españoles que capturan ilegalmente en Malvinas, porque tanto España como Uruguay han reconocido la soberanía argentina de Malvinas y están en conocimiento de la resolución de no innovar de las Naciones Unidas 31/49 de 1976. En Luanda y Montevideo se abordaron algunos temas centrales, tales como la cuestión de Malvinas, el Derecho del Mar y, la pesca ilegal (INDNR); cuestiones que no parece prestarle atención el gobierno de Uruguay.

Todo transcurre con un alto grado de autismo de ambos gobiernos, en un contexto donde la voracidad de los países desarrollados no tiene en cuenta la estupidez, ya que vienen por nuestros recursos sin contemplación.

En este escenario, días pasados, el Director del DINARA Jaime Coronel (Radio Sarandí, 29/03/2023) refiriéndose a la seguridad del puerto de Montevideo y de la pesca ilegal manifestó que, a él como a los veterinarios, les gusta “cortar y separar” y más allá de que ello no sea cierto, porque la función principal de esa profesión en cualquiera de sus campos (sanidad, producción, salud pública) es preventiva y no de cirugía, en las cuestiones relativas al control de la pesca ilegal (INDNR) hay que aplicar enérgicamente las políticas internacionales, regionales y nacionales destinadas a erradicar un flagelo que le extrae a Latinoamérica y el Caribe recursos naturales del orden de los 20 mil millones de dólares anuales, empobreciendo a sus pueblos y quitándoles competitividad a las empresas de los Estados ribereños.

El citado director no puede manifestar que “el puerto de Montevideo es seguro y no se desembarca pesca ilegal (INDNR) porque se revisan las bodegas y se hacen seguimientos satelitales”. La revisión de las bodegas no es una forma suficiente e idónea para determinar el origen y trazabilidad, en especial cuando las capturas no están controladas. No hay trazabilidad posible, a los efectos de certificar la pesca legal, sin control presencial en el origen. Así y todo, todos los buques que pescan en Malvinas hacen pesca ilegal porque, como he dicho y seguramente el Coronel sabe, las islas Malvinas son un territorio argentino y sus recursos argentinos. Por lo tanto, cada vez que se desembarcan en Montevideo u otro puerto uruguayo productos originados en Malvinas se está desembarcando o transbordando productos de la pesca ilegal apropiado a la Argentina.

Respecto a la captura en alta mar de los recursos migratorios originarios de la ZEE argentina (y también uruguaya) es ilegal (INDNR) por más de 40 causales, pero básicamente por tres cuestiones previstas en la CONVEMAR que quienes capturan en alta mar no cumplen:

  1. El Estado de pabellón al que pertenece el buque que captura a distancia no controla su pesca (Art. 91º, 92º, 94º, 211º, 212º, 217º y ss., CONVEMAR) y, si solo lo hace mediante sistemas satelitales, estos no son suficientes para precisar si el buque está realizando o no pesca ilegal (INDNR); si este aplica la legislación del país de origen (descartes, etc.); si el personal trabaja en forma esclava y/o trafica droga, etc.;
  2. La sostenibilidad en la integridad que refiere la CONVEMAR no se puede obtener sino se efectúan en alta mar (y en relación a la ZEE) los estudios e investigaciones pertinentes para determinar la “Captura Máxima Sostenible” (Art. 119º, 197º, 200º, 201º, 255º, 257º y ss., CONVEMAR); lo que provoca, que no solo la pesca en alta mar insostenible sino también la ZEE. Aquí aplica el principio precautorio, porque la pesca en alta mar, sin estos parámetros básicos, no se puede realizar sin depredar, menos aún, cuando no hay control del Estado de pabellón como hemos indicado y,
  3. Los Estados Miembros deben tener presente que su pesca en alta mar y la ZEE no afecte los intereses de terceros Estados (Preámbulo y Art. 59º, 87º, 116º a 118º, CONVEMAR); por lo tanto, si no hay acuerdos entre los Estados, cuando en alta mar se pesca sin control, sin conocer los stocks y sin acuerdos con los Estados ribereños, la pesca es ilegal (INDNR).

Manifestar, como dice Coronel, “que la ciudad flotante no va toda a Montevideo” (sic) es un sincericidio, donde este funcionario reconoce, que gran parte de esa flota desembarca en Montevideo y nosotros agregamos: y otra parte de la flota hace transbordo en alta mar, que es una de las formas más habituales para realizar pesca ilegal, reconocida por los expertos y las organizaciones relativas al mar y la pesca. Además de omitir este funcionario, que por la CONVEMAR la Argentina y en su caso Uruguay, tiene derechos sobre la plataforma continental extendida hasta las 350 millas marinas, de modo que utilizar redes de arrastre de fondo sin permiso del Estado ribereño constituye igualmente pesca ilegal.

Respecto a la seguridad del puerto de Montevideo, el experto oceanográfico Milko Schvartzman acaba de denunciar que “Uruguay encubre los casos de denuncias de abusos a Derechos Humanos y muerte a bordo en pesqueros extranjeros. Desde enero de 2023 la Administración Nacional de Puertos no registra los incidentes a bordo y el Registro de Arribos de acceso público fue alterado para encubrir estos casos. Uruguay es el único puerto de Suramérica en recibir masivamente embarcaciones extranjeras de pesca ilegal y abuso a los Derechos Humanos” (Twitter, 24/04/2023) y de tener hasta diciembre de 2022 todos los registros históricos, ahora solo estarían disponibles a terceros los últimos noventa días.

Tres cuestiones indicadas por el director en la entrevista que le realizara la radio citada son altamente preocupantes. La primera, es el Tratado de Libre Comercio con China, por las razones ya apuntadas. La segunda, que este agente entiende que una herramienta idónea para resolver el problema es la creación de las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP), lo que podría interpretarse como un apoyo a la injerencia de terceros países, entre ellos el Reino Unido, en el Atlántico Suroccidental, ya que estas organizaciones se integran con todo Estado que tenga interés en pescar en la región los recursos que son mayoritariamente originarios de las ZEE de los Estados ribereños, en este caso de Argentina, Brasil y Uruguay. La tercera, es que en Uruguay se estaría estudiando un proyecto que destinaría la anchoíta para la fabricación de harinas, lo que sería una pésima política de aprovechamiento de los recursos proteicos, contrario a lo establecido en los artículos 74º, 80º y 82º del Tratado del Río de la Plata y absolutamente antagónico a lo resuelto por la Provincia de Buenos Aires (Res. 9/04 SSAP) —con quien Uruguay comparte la Zona Común de Pesca— que prohíbe la reducción a harina de la anchoíta y dispone su industrialización en forma exclusiva para consumo humano y, de hecho, al margen del mercado interno, la Argentina exporta este producto a España; Estados Unidos; Francia; China, etc. Es obvio, que tratándose de un recurso transzonal y, existiendo un extraordinario Tratado, que ha permitido a ambos países realizar las investigaciones pertinentes, compartir y conservar sus recursos, en un proceso de consulta e interacción entre los gobiernos y los empresarios, Uruguay no podría hacer otra cosa que aprovechar debidamente este recurso y trabajar en conjunto con la Argentina, en la política de darle el mayor valor económico y nutricional a esta importante especie, que Uruguay no ha logrado aprovechar adecuadamente.

Respetuosamente entiendo, que las Autoridades pesqueras de Uruguay deberían tener muy en cuenta lo prescripto en la Ley 19.175/13 que en el artículo 1º «reconoce que la pesca es una actividad que fortalecen la soberanía territorial y alimentaria de la nación»; el 3º donde expresa su interés «en las áreas adyacentes de jurisdicción nacional»; el 16º que refiere a la aplicación de criterios de «precaución en la conservación, ordenación y explotación de los recursos hidrobiológicos y de los ecosistemas que los contienen» y, muy especialmente, los artículos 76º a 79º que califica como grave la pesca ilegal (INDNR), que causa depredación, sobrepesca e insostenibilidad de las especies.

Nosotros entendemos que es necesario trabajar para llegar a una política común rioplatense con los acuerdos económicos adecuados entre ambos países para ampliar el Tratado del Río de la Plata y, en forma inmediata, Uruguay debería cancelar todo el apoyo logístico a los buques extranjeros que realizan pesca ilegal (INDNR) en alta mar y Malvinas y, al mismo tiempo, ambos Estados realizar las negociaciones necesarias para facilitar las operaciones de los grandes buques, el comercio, el control aduanero, la reducción de costos, el resguardo del acceso al Río de la Plata y el transporte en el Atlántico Sudoccidental. Ya es conocido, que nosotros propiciamos un protocolo complementario del MERCOSUR que permita llevar adelante un Mercado Común Pesquero (MERCOPES) integrado por Argentina, Brasil y Uruguay para buscar la eliminación o reducción de la pesca ilegal (INDNR) en la FAO 41.

«No venderé el rico patrimonio de los orientales al vil precio de la necesidad» (José G. Artigas).

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

 

MALVINAS. 41 AÑOS DE ENTREGA.

César Augusto Lerena*

Pasaron 40 años de la recuperación de Malvinas y ni siquiera se animaron a recordar en 2022 que después de 189 años, la Argentina recuperó la dignidad y, quienes vaciaron de contenido a la gesta, le quitaron a los caídos y a los combatientes la razón de su esfuerzo y heroico papel. Mientras los británicos festejan en el Reino Unido y Malvinas la rendición argentina del 14 de junio —que supone una recuperación argentina previa—, los sucesivos gobiernos desmalvinizan hasta la fecha e incumplen con la disposición primera de la Constitución Nacional de 1994 que reza: “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional … constituyendo un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.

“Hay mucho por hacer, porque no se ha hecho casi nada” (César Lerena, “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega”, 2 de abril 2022).

Los aciertos han sido escasos y los errores (¿?) una constante de la diplomacia argentina hasta nuestros días. En estos últimos años no se deshizo el Memorando de Entendimiento de 1968 (la entelequia de conversar sobre soberanía, pero teniendo en cuenta los intereses y deseos de los isleños); ponderar (entre otros, Marcelo Kohen y Guillermo Carmona) la etapa del gobierno de facto de Lanusse (1970/73) donde se les proveyó todo tipo de servicios y bienes a los isleños sin nada a cambio (gas, correo, teléfonos, pista de aterrizaje, aviones, estudios, salud, etc.); un proyecto inglés que le permitió al Reino Unido ganar tiempo y evitar inversiones en las islas.

Es de suponer que la Cancillería Argentina ya había tomado conocimiento del informe de la misión de lord Shackleton (se vendía en las islas en 1976 a 8 libras el ejemplar, cuando se cumplían 143 años de la ocupación de Malvinas); pero, no parece haberse enterado hasta el día de hoy que se han cumplido 190 años de la ocupación británica; porque toda su acción-inacción fue absolutamente desfavorable para el interés argentino, en sintonía con este informe que no se tomó en cuenta a la hora de firmarse leyes, acuerdos, convenios y declaraciones. Entre otras cosas dice este documento: «Se estima que las islas están rodeadas de un mar en el que podrían ubicarse los mayores recursos mundiales aún inexplotados de proteínas… (Respecto) a la pesca en alta mar, el informe sostiene que gran parte de los cotos de pesca en el Atlántico sudoccidental se hallan dentro de un radio de 200 millas en torno a las islas… El informe exhorta al Gobierno británico a proponer una convención internacional para el control de pesquerías en el océano Austral… El petróleo, según el experto Richard Johnson y su equipo supuso la existencia de oro negro en el mar. Para llevarse un programa importante de desarrollo de la economía de las islas, especialmente en lo relacionado con los recursos marinos, debería buscarse la cooperación e incluso la participación argentina… Resulta evidente para cualquiera que visite el archipiélago que la población es británica y mantiene firme su deseo de seguir siendo británica. El tema de la soberanía es condicionante del informe y en cierto modo carece de realismo examinar posibilidades económicas divorciadas en gran medida de las consideraciones políticas. Debido a ello y al elevado costo de producción, de no lograrse la cooperación argentina existe escasa probabilidad de una respuesta comercial a la emisión unilateral de licencias por parte del gobierno británico. Añade el documento que una nueva ordenanza minera debería transferir todos los derechos mineros a la Corona británica. La legislación debería ser elaborada con pleno conocimiento de la política argentina de explotación petrolera. El informe aborda cuestiones no menos importantes como el transporte, aconseja los vuelos directos a las islas Malvinas y una estrecha cooperación con la Argentina… Las conclusiones del informe se anudan de esta manera a la opción única mantenida hasta la fecha por Inglaterra: discusión respecto a las posibilidades de cooperación y mantenimiento sin concesiones del compromiso británico con los isleños de que «no habrá transferencia de soberanía contra sus deseos» (José E. Greño Velazco). Nada más parecido a la cooperación unilateral propiciada por todos los gobiernos argentinos, a sabiendas que el Reino Unido no llevará adelante ninguna discusión sobre soberanía que vaya contra los deseos de los isleños, aunque sepamos que sea una excusa imperfecta del Foreign Office, para seguir en el Atlántico Sur.  

El gobierno de facto en 1982 en lugar de recibir con honores a quienes pelearon por defender el territorio nacional y homenajear con gloria a nuestros muertos y heridos, los escondió; mientras, muchos argentinos no supieron distinguir entre una decisión de los altos mandos militares y el más noble cumplimiento del deber en procura de defender la soberanía, según lo prescribe el art. 21º de la Constitución Nacional. Comienza la desmalvinización y con ella la entrega sostenida y creciente del territorio marino nacional, sus recursos naturales y la consolidación del cometido británico y el fortalecimiento económico y territorial de los invasores. Desde este año y, en especial desde la firma de los Acuerdos de Madrid en 1989, se profundiza la presencia de buques extranjeros iniciada por el gobierno ilegal de Malvinas y se acrecienta la internacionalización del mar argentino con la presencia de buques pesqueros españoles, chinos, taiwaneses, coreanos, etc. En 1983 se instala un proceso de desculturalización y desinformación que presenta la guerra de Malvinas como vergonzante, enajenando a los argentinos el sentido de pertenencia del archipiélago e ignorando el rol cumplido por los combatientes en la guerra contra el Reino Unido en el Atlántico Sur y facilitando el inicio de una serie de procesos ruinosos.

En 1984 se firma el Tratado con Chile, donde Argentina cede territorio insular y marítimo en el Atlántico Sur. Este Tratado beneficia a los intereses chilenos y un control de éstos del acceso al canal de Beagle. Un año después, el Reino Unido inaugura un aeropuerto en Malvinas que facilitará las operaciones militares desde las islas.

En 1986, con el pretexto de los acuerdos pesqueros firmados por el canciller Caputo con la URSS, el gobernador ilegal en Malvinas crea la «Zona Provisional de Conservación y Administración de Pesquerías» (FICZ) de 150 millas, en la cual se prohíbe el ingreso de buques argentinos. Se crea ese mismo año la «Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur» (ZPCAS) a iniciativa de Brasil, aprobada por la Resolución de la ONU 41/11 del 27/10/1986, sin que los gobiernos argentinos le presten atención a esta importante herramienta destinada a evitar la intromisión en el Atlántico Sur de países extraños (el Reino Unido) y limitar el armamento en el área.

En 1987 en la ONU se reúnen el canciller Caputo y el Subsecretario Robert Gelbard de Estados Unidos. El Canciller propicia “la fórmula del paraguas de soberanía”, que no era otra cosa que aceptar la formula inglesa que ya Argentina había rechazado en 1981: congelar las cuestiones de soberanía y cooperar en forma conjunta en el desarrollo de Malvinas (Ver informe lord Shackleton de 1976). El Reino Unido avanzó de los 11.410 km2 (Malvinas) que ocupaba en 1982 a los 1.639.900 de km2 del territorio marino e insular que ocupa hoy.

En 1988 en Ginebra, el embajador Lucio García del Solar acuerda con el Embajador británico en la ONU Crispín Tickell, omitir toda referencia a los temas de pesca. Este tema le pareció al gobierno argentino y, a los siguientes, una cuestión menor (lo mismo que hoy); pero, como ya lo manifestamos (César Lerena “Malvinas. Biografía de la Entrega, 2009) fue, y es un tema central. Ello lo ratificaría el director ilegal de Pesca de Malvinas, John Barton en 2012: «sin la Pesca los malvinenses no podrían haber subsistido» (sic).

En 1989/90, en Madrid, se efectúan las Declaraciones Conjuntas (Acuerdos de Madrid) confirmando la «fórmula del paraguas»; la entrega de la pesca al Reino Unido y las restricciones militares británicas que consolidan su ocupación y economía en el Atlántico Sur. El Reino Unido modifica el statu quo de 1982, pese a la Resolución 31/49 de la ONU. Acuerdos que, pese a los distintos signos políticos de los gobiernos, siguen vigentes hasta hoy.

En 1991 el canciller Cavallo con la intervención de Susana Ruiz Cerutti (hoy miembro del Consejo de Malvinas) promueve la sanción de la Ley 23.968 «de líneas de base» y deroga de hecho la ley 17.094, reduciendo nuestro mar territorial, aunque no hubiésemos ratificado a esa fecha la Convención de las Naciones Unidas sobre el Mar. El Acuerdo de Madrid se consolida con esta Ley, debilitando los derechos de las provincias patagónicas, en el especial de Tierra del Fuego, cuyas islas, serán insustentables al reducir a 12, las millas el mar territorial.

En 1992 se aprueba el Convenio con el Reino Unido, para la Promoción y la Protección de sus Inversiones y por la Ley 24.184 se estableció la cláusula más favorable con relación a terceros Estados. Un año después el Reino Unido amplía su ocupación hasta 200 millas alrededor de las Georgias y Sándwich del Sur, implicando mayor ocupación marina, control meridional del Atlántico y la relación con la Antártida. Parece joda.  

En 1994 el gobierno argentino establece el charteo y veda del calamar que les garantiza a los isleños la llegada a Malvinas de este vital recurso. Por su parte, el Reino Unido establece un área “GAP” al noroeste de las islas y dentro de la ZEE Continental de unos 1.400 Km2 para proteger sus capturas de calamar, sin que se produzca ninguna reacción argentina. El mismo año la Argentina firma un Acuerdo Pesquero con la Unión Europea y poco después el Reino Unido establece una ZEE de 200 millas alrededor de Malvinas que ratifica la prohibición de pescar a los buques nacionales en esa área y facilita la concesión de licencias a los británicos. El Acuerdo con Europa nunca alcanzó el área de Malvinas e, inclusive, en el caso del calamar, se le asignó para no molestar a los británicos, la captura de una subpoblación de esta especie que no migra al archipiélago. También en este año se aprueba la nueva Constitución de la Nación Argentina, que en su Disposición Transitoria Primera establece que: «La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, constituyendo un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino», lo que demuestra la vocación de todos los sectores políticos de persistir en la recuperación de este territorio nacional; pero que, en los hechos, no se llevan adelante políticas en sintonía con este mandato popular.

En 1995 Argentina y el Reino Unido acuerdan la investigación conjunta de los recursos pesqueros y los ingleses se hacen de una información vital para otorgar licencias ilegales a buques. Este mismo año por Ley 24.543, Argentina ratifica la CONVEMAR que entre otros efectos adversos a los Estados ribereños no legisla sobre la captura en alta mar de los recursos migratorios originarios de la ZEE. Un año después, en Londres, el secretario de Relaciones Exteriores Andrés Cisneros firma el acuerdo que además de normalizar las relaciones con el Reino Unido, no refiere a la soberanía de las islas, la ocupación territorial o la explotación de nuestros recursos.

En 1998 se firma el “Convenio de Cooperación Militar” con el Reino Unido, que lejos de reducir la presencia militar británica en el mar argentino, estos trasladan a Malvinas el Comando Sur de la isla Ascensión, instalando la mayor base de la OTAN en el Atlántico Sur. Este mismo año se sanciona la Ley de pesca 24.922 que, pese a transcurrir 25 años de su dictado nunca sancionó a los buques que realizan pesca ilegal en Malvinas.

En 1999, en Madrid, el secretario Cisneros acuerda con el Reino Unido combatir a los “buques sin licencias británicas” en una cooperación inadmisible en favor de la economía de los isleños en Malvinas y, un año después, el Congreso dicta la Ley 25.290 que aprueba el llamado Acuerdo de Nueva York que pone en manos de los Estados de Bandera con mayoría en las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP) el control de las especies migratorias, apropiándole a los Estados ribereños (Argentina) a través de la pesca ilegal de más 11.000 millones de dólares anuales y abriéndole las puertas al Reino Unido para intervenir en el Atlántico Sur. De no ser por un puñado de opositores en el Congreso esta lamentable ley se hubiese ratificado.

En 2005 se aprueba el Tratado de Lisboa con el voto de los ciudadanos de España e Italia (¿y el voto de los argentinos de doble nacionalidad?) que incluyó como Territorios británicos a Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur y la Antártida. Se suspenden este año las investigaciones pesqueras conjuntas.

En 2007 el gobierno otorgó la explotación petrolera hasta el año 2043 del yacimiento “Cerro Dragón” a Pan American Energy, en gran parte de British Petroleum. Se ignoran también hasta la fecha los vínculos empresarios e intereses de corporaciones mineras, petroleras y financieras con las empresas que explotan el petróleo en Malvinas, entre otras: la Barrick Gold, Minera Bajo La Alumbrera y Cerro Vanguardia, copropietarios de las petroleras Desire Petroleum, Rockhopper Exploration, FOGL y Southern & Borders Petroleum en abierta violación a la ley 26.659 (Ley Solanas). A ellas se suman capitales especulativos como la banca Barclays, accionista de estas petroleras y contratada por el gobierno para negociar el canje de deuda.

En 2008 se dicta la Ley 26.386 por la que se impide a las empresas pesqueras que operan en Malvinas obtener o mantener habilitaciones para pescar en el Atlántico Sur. Ello no impidió a algunas empresas violar esta ley sin ser sancionadas y todo parece indicar que si la empresa española de capitales americanos IBERCONSA se quedase con el control de NUEVA PESCANOVA operaría en aguas continentales argentinas y en Malvinas, hecho que violaría la citada ley. En el mismo año se inicia la “localización” de los argentinos caídos en Malvinas en el Cementerio de Darwin en violación a la Convención de Ginebra (Guillermo Rossi, Mar del Plata, 20/03/2023) y en 2013 la Argentina y el Comité Internacional de la Cruz Roja suscriben un acuerdo al respecto.

En 2010 se inician las exploraciones petroleras británicas en Malvinas y en 2015 se anuncia el hallazgo de petróleo en el pozo Isobel Deep en la Cuenca Norte a unos 200 kms del archipiélago. Por Decreto Nº 256/2010 se obliga a los buques que van a Malvinas a solicitar permiso; medida que apoyan los países de Suramérica (Declaración de CELAC); pese a lo cual, se verifican más de 700 buques extranjeros que pescan ilegalmente en Malvinas y/o alta mar que se reparan, arman y transbordan en Puertos Uruguayos.

En 2011 el gobierno británico crea —sin consulta a Argentina— un “Santuario ecológico” de 1,07 millón de km2 que incluye Georgias y Sándwich del Sur. Los ambientalistas parecen ignorar que este territorio es argentino y siguen reclamándole a la Argentina el aumento de Áreas Marítimas Protegidas en sus aguas. Un año después se conforma una Comisión para conocimiento público (Informe Rattenbach) relativo al desempeño de las Fuerzas Armadas durante la Guerra de Malvinas.

En 2013 se realiza en las islas un Referéndum ilegal sobre “si los británicos que viven en Malvinas desean conservar su estatus político” cuyo resultado fue positivo en un 99,83%, ratificando de esta forma que los habitantes no son autónomos ni buscan la independencia, sino seguir considerándose británicos. En 2018, el residente suizo Marcelo Kohen, quien luego integra el Consejo de Malvinas coordinado por Guillermo Carmona, les propone a los isleños continuar con el régimen vigente de inmigración y un referéndum para que elijan si desean acompañar su plan o seguir siendo británicos que, de haber ocurrido —seguramente— repetiría lo sucedido en 2013.

En 2016 la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) aprueba el informe argentino iniciado en 1997 con la creación de la COPLA (Ley 24.815) que en 2016/17 recomienda la aprobación de 351.633 km2 de plataforma extendida sobre el total reivindicado de 1.782.000 km2, por entender que 1.430.367 km2 se encuentran en disputa con el Reino Unido, contrario a lo que indicaba la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas.

Este mismo año, la canciller Susana Malcorra acuerda el llamado Pacto de Foradori-Duncan, ratificatorio de los Acuerdos de Madrid, donde se declara: «adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas» manteniendo viva la “fórmula del paraguas”. Un ruinoso acuerdo para la Argentina que en 2023 el Canciller Cafiero cancela sin derogar los Acuerdos de Madrid, dejando activos —a nuestro entender— sus efectos, por cuanto, le propone con varios puntos al Reino Unido reiniciar negociaciones por la soberanía de Malvinas, manifestando que «nuestro país ha buscado colaborar en asuntos concretos como vuelos, actividad científica en la Antártida o conservación y preservación de recursos pesqueros», es decir, la cooperación unilateral que nos hemos referido; se «aborden los temas de interés mutuo, que contengan como mínimo…» trabajar en conjunto para identificar áreas nuevas de colaboración:

1) «Reanudar las negociaciones sobre la soberanía». En este estado un hecho improbable, que debería empezar por desechar los Acuerdos de Madrid, en especial la cláusula 2 del Acuerdo del 19/10/89.

2) «La conectividad aérea y marítima de las Islas Malvinas… y los espacios marítimos circundantes con el territorio continental». Cuestión que continúa vigente, ya que no se exige que los vuelos deberían hacerse con Aerolíneas Argentinas y al continente; resultando intolerable y una cesión de soberanía los vuelos a otros países.

3) «Garantizar los intereses y el modo de vida de los habitantes de las Islas de forma tal que favorezcan el desarrollo de vínculos culturales, económicos, sanitarios, educativos y otros entre las Islas Malvinas y el territorio continental argentino». Se tratan —todas— de cuestiones incluidas en el informe Shackleton; en las políticas seguidas por Lanusse y en el “caído” Pacto; y la nota argentina, tampoco indica al cambio del sistema de inmigración; la radicación; inversión, etc. de los argentinos en las Malvinas.

4) «Medidas que permitan ajustar el aprovechamiento, la conservación y preservación de los recursos naturales en el área bajo disputa de soberanía». Este punto conserva todo lo previsto en el Pacto sobre pesca, resultando inadmisible que la Cancillería refiera al “aprovechamiento, la conservación y preservación de los recursos naturales” argentinos que, coincidiendo con los Acuerdos de Madrid y según las estadísticas británicas los buques extranjeros pescan en Malvinas unas 250 mil toneladas anuales, sin que los sucesivos gobiernos argentinos a la fecha hayan sancionado a un solo buque, pese a la vigencia de las leyes 24.922, 26.386 y 27.564.

5) «La desmilitarización de las áreas bajo disputa de soberanía», omite la exigencia del retiro de la ocupación y explotación de los 1.639.900 Km2 que ocupa en forma prepotente el Reino Unido.

Y destaca la nota del Canciller Cafiero, suponemos elaborada por su Secretario de Malvinas:  «la voluntad de dar continuidad a la relación bilateral en todas las áreas en las que se han registrado avances y en las que se hayan planteado cursos de acción en los que no hayan surgido divergencias», es decir, dejando de lado, las principales cuestiones de ocupación territorial y explotación de los recursos pesqueros e hidrocarburíferos por parte del Reino Unido en el Atlántico Sur, entre otras, donde hay divergencias, vaciando de contenido la “cancelación” del Pacto. Y en este sentido, la denostada ex Presidente Isabel Perón, tuvo más coraje que todos los presidentes de esta democracia: ante la decisión del Reino Unido de suspender las negociaciones y enviar la misión Shackleton, el 13/01/1976 solicitó el retiro del embajador británico en Buenos Aires y ordenó el cañoneo de la nave que navegaba sin autorización por el mar territorial argentino, entre otras acciones contra el usurpador. Hoy sería llevar adelante políticas activas que están ausentes.

En 2016 por aplicación de la Ley 26.386 y luego de ocho años, el gobierno argentino multa con 10 millones de pesos a la empresa EMDEPES de Chile subsidiaria de la japonesa Nippon Suisan Kaisha (Nissui) con licencia ilegal del Reino Unido en Malvinas, por la denuncia del director de PESANTAR Juan Benegas. Sin embargo, a la fecha, el gobierno ignora las leyes vigentes y no aplica sanciones a los buques que pescan en Malvinas. Este mismo año, la canciller Malcorra, manifiesta que “las Islas Malvinas no son más el tema principal en la relación entre Buenos Aires y Londres”, dejando de lado, de hecho, lo prescripto en la Constitución Nacional.

 

«…la denostada ex Presidente Isabel Perón, tuvo más coraje que todos los presidentes de esta democracia: ante la decisión del Reino Unido de suspender las negociaciones y enviar la misión Shackleton, el 13/01/1976 solicitó el retiro del embajador británico en Buenos Aires y ordenó el cañoneo de la nave que navegaba sin autorización por el mar territorial argentino, entre otras acciones contra el usurpador».

 

En 2018 se firman Acuerdos pesqueros con China y Rusia durante la Cumbre del G20; países que pescan ilegalmente a distancia. Un año después se aprueba a LATAM para hacer vuelos semanales a San Pablo y una vez por mes a Córdoba, lo que implica, facilitar a los isleños el comercio con Brasil y el mundo, a través de San Pablo, a la par de contribuir con la logística y el transporte de personas y bienes. El mismo año se licita a favor de empresas británicas 18 áreas offshore de explotación petrolera a las empresas Shell, BP Exploration Operating Company Limited, Tullow Oil, Equinor y otras, sin tener en cuenta las prohibiciones de la Ley 26.659. También este año, mediante el DNU 145 se faculta «al propietario o armador de un buque con permiso de pesca a constituir un derecho real de garantía respecto de sus obligaciones de dar sumas de dinero, sobre el permiso de pesca del cual sea titular, y/o la autorización y/o la cuota individual de captura, que dicho permiso detente», por lo cual los empresarios pesqueros podrían utilizar como garantía, los permisos y cuotas de pesca, pese a que lo recursos pesqueros, habilitados son de propiedad exclusiva del Estado y, el empresario, es un mero concesionario.

En 2019 se adquieren 4 patrulleros oceánicos multipropósitos (OPV) a Francia entregados entre 2020 a 2022. Hay posiciones controvertidas por estas compras ya que, por un lado, hay opiniones autorizadas que entienden que podrían haberse construido en la Argentina a similar valor, generando empleo argentino, reactivando la industria naval nacional y evitando la salida de divisas del país y, por el otro, hay quienes opinan que no son los buques adecuados por sus capacidades técnicas, su escasa velocidad y armamento disponible.

En 2020 se crea la Secretaría de Malvinas y el Consejo Nacional de Malvinas (Ley 27.558), éste último, insólitamente, sin la integración del Ministerio de Defensa y compuesto por varios miembros que fueron autores intelectuales de la firma de acuerdos que congelaron la soberanía nacional; seguramente el motivo, que no se haya llevado adelante ninguna acción trascendente destinada a dar cumplimiento a lo previsto en la Constitución Nacional. No hay políticas activas “no lineales diría el Gral. Paleo” y las acciones se limitan a las conocidas actuaciones diplomáticas argentinas desde 1965 a la fecha, de intentar inconducentemente el diálogo con Londres, cooperar unilateralmente y buscar apoyos retóricos que, como hemos visto, han resultado absolutamente inocuos para los británicos. El último ejemplo es el reciente comunicado de la XXVIII Cumbre Iberoamericana de los jefes de Estado y de Gobierno que no se corresponde con el apoyo logístico que Brasil, Chile y Uruguay le dan a Malvinas. Ese mismo año el canciller Solá suspende las Investigaciones Pesqueras conjuntas con el Reino Unido en el Atlántico Sur. La Ley 27.564 sancionada este año, aumenta las sanciones a la pesca ilegal pero no se aplicó nunca a los buques que pescan en Malvinas. Se concreta la salida del Brexit por parte del Reino Unido, pero los españoles obtienen una prórroga para la captura de calamar, el que seguirá ingresando desde Malvinas a la Unión Europea sin aranceles, en tanto se procese en Europa, frente a la ineficacia de la cancillería argentina.

En 2021 se anuncian sanciones a las petroleras Chrysaor Holdings Ld y Harbour Energy Plc con sede en Londres, y Navitas Petroleum LP con sede en Israel, asociadas a compañías que operan en Malvinas sin contar con la autorización de Argentina. No parece que puedan tener resultados positivos a juzgar por las acciones de 2015. El gobierno, habilita a Equinor a operar frente a Mar del Plata, rebajándole a la mitad las regalías para la explotación por el término de 20 años. Todo ello en violación a la Ley Solanas (26.659). En el marco de la cooperación unilateral el secretario Carmona, ofrece al Reino Unido “vuelos humanitarios” que los isleños rechazan.

Las únicas acciones importantes son los anuncios del Ministerio de Defensa, tales como la construcción de un buque polar para la Armada en el Astillero TANDANOR; la construcción del helidrón naval en el INVAP para control del Atlántico Sur; el fortalecimiento del Comando Conjunto Marítimo para control de espacios marítimos y fluviales; la construcción del Polo Logístico Militar Antártico Argentino en la actual Base Naval de Ushuaia que incluye el relanzamiento de la Base Petrel como puerta de entrada a la Antártida para competir con las bases británicas en Malvinas y de Punta Arenas en Chile. Ya en 2023 este Ministerio afectaría tres aviones de fabricación nacional al control del área austral.   

En 2022 queda de manifiesto la extranjerización del Atlántico Sur y la apropiación de los recursos migratorios originarios de la ZEE y la extranjerización de la industria radicada en el continente argentino que «del total de dólares de las exportaciones pesqueras declaradas en 2022 (uno de los valores más bajos del quinquenio, fueron 434.000 toneladas por valor de 1.800 millones de US$) procedentes de la captura en su ZEE, un 70% está en manos de 20 grupos empresarios y un 30% de las 174 empresas exportadoras restantes. De esos 20 grupos el 70% son sociedades de capitales extranjeros y un 30% de empresas nacionales y de esas empresas extranjeras el 70% son empresas de capitales chinos y españoles» (César Lerena “Los estados chino, español y británico se hacen de la pesca argentina”, 20/03/2023). No hay políticas en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, en la Secretaría de Malvinas o en el Consejo Nacional de Malvinas para administrar el Atlántico Suroccidental y recuperar pacíficamente Malvinas. En este mismo año el gobierno argentino postula fallidamente al abogado Marcelo Kohen, un residente en Suiza y docente de un ignoto Instituto de Ginebra (posicionado 1.913 entre los Institutos del mundo) y que, como indicamos, presentó en 2018 en las islas y en el CARI un proyecto que daba a los isleños un referéndum en Malvinas. En este escenario de invasión sostenida y creciente el embajador argentino en Londres, Javier Figueroa, manifiesta a los británicos que “el Reino Unido y Argentina han disfrutado de una relación diplomática desde 1823” y trata de “muchachos” a los héroes de Malvinas, olvidando: la invasión de 1833; la guerra de 1982; la apropiación de territorios insulares y marinos y la explotación de recursos pesqueros e hidrocarburíferos, preanunciando una política de seducción que —con honrosas excepciones— la Cancillería Argentina lleva hasta nuestros días. En contraste con ello, el Reino Unido instala un sistema antimisilístico en Malvinas modernizando el sistema militar la defensa terrestre.

El 2023 la Secretaría de Malvinas y el Consejo Nacional de Malvinas se limita a realizar viajes, actos protocolares, charlas y homenajes a los caídos y Veteranos de Guerra.   

Alfonso Hernández-Catá nos decía: «La guerra no empieza nunca en la primera batalla ni acaba con la última» y yo modestamente reitero que “a Cancha Rayada le llegó su Maipú” como también le llegará a Malvinas, si nuestra política deja de ser: declamar, reclamar y cooperar unilateralmente y los funcionarios en lugar de temblar y asegurarse el salario, caminan con coraje e inteligencia hacia la soberanía plena de nuestro territorio continental, insular y marítimo.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).