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LA INVESTIGACIÓN ES CENTRAL PARA ESTABLECER LAS POLÍTICAS PESQUERAS

César Augusto Lerena*

El Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) es, sin lugar a duda, un reconocido Instituto de Investigación donde transitaron y realizan sus tareas los más acreditados científicos y técnicos en la materia. No se hubiera podido lograr el desarrollo pesquero nacional sin el aporte imprescindible de este Instituto Nacional y lo ha hecho en un marco donde la política en distintas etapas ha incidido negativamente y, en numerosas ocasiones, ni siquiera ha tenido en cuenta sus informes, dando lugar a la depredación, al descarte y a la insostenibilidad de los recursos y el Consejo Federal Pesquero, aun conociendo los informes del INIDEP, tiene por la Ley 24.922 atribuciones que exceden al conocimiento técnico de sus miembros.

En la actualidad habría que agregar que el Instituto y sus investigadores sufre la desatención de la Subsecretaría de Pesca y ello se indica en la Revista Puerto el 27/02/2023: «más de cincuenta investigadores han firmado una nota solicitando una auditoría externa —independiente del Estado— que investigue «el real estado de los buques» ante las sucesivas y repetidas averías, las explicaciones contradictorias de los directivos, la ineficiencia en el mantenimiento y la suspensión de campañas que desprestigian la institución. (…) Es necesario mencionar que este tipo de problemas, que se repiten muy frecuentemente, trae consecuencias para el desarrollo de nuestras actividades, como así también a la calidad y confianza en el asesoramiento, perjudicándose la imagen que pretendemos para nuestra institución. Los constantes aplazamientos y/o suspensión de campañas afectan la confiabilidad y el prestigio de nuestra institución (…). Esto nos envuelve involuntariamente en una situación vergonzosa que consideramos debe revertirse en post de una gestión eficiente y transparente». Entre otras se ha cancelado la campaña del calamar que, precisamente, es objeto de pesca ilegal (INDNR) por parte de buques extranjeros en alta mar y Malvinas.

Reseñada esta cuestión puntual que atenta contra la sostenibilidad del ecosistema, la misión y funciones de este Instituto, previstas en la Ley, son insuficientes para proveer de herramientas destinadas a la protección de los recursos migratorios y los relativos a la mejora de los procesos y los productos de las empresas.

Debería corresponder al INIDEP establecer el inventario de los recursos pesqueros en la ZEE y los recursos migratorios originarios de ésta en alta mar y viceversa, susceptibles de ser aprovechadas; diseñar y ejecutar los programas anuales de investigación, de tecnología, nanotecnología y los estudios económicos referidos a la exploración, explotación sostenible, procesamiento y almacenamiento eficiente y relativos al máximo aprovechamiento de los recursos vivos del mar; determinar en forma anual de las capturas máximas sostenibles por especie y zona de pesca (incluso en alta mar y su relación con la ZEE); perfeccionar y desarrollar sistemas de captura, artes de pesca y embarcaciones pesqueras; realizar las investigaciones científicas y tecnológicas relativas al valor alimenticio; la calidad de los productos pesqueros y el consumo nacional de estos; dictaminar a la Autoridad de Aplicación sobre el otorgamiento de Autorizaciones no gubernamentales de pesca experimental; asesorar a las empresas en el desarrollo tecnológico de cuestiones relativas a la captura, el procesamiento de las materias primas; la elaboración de nuevos productos y la mejora de su calidad; con la aprobación de la Autoridad de Aplicación, establecer convenios con otros Institutos de Investigación del Estado Nacional y/o provinciales para contribuir a la mayor eficiencia pesquera y una conservación integral y conjunta de los recursos; asesorar a la Autoridad de Aplicación y al Consejo Federal Pesquero en aquellas decisiones, donde éste pueda y deba requerir la opinión técnica especializada del INIDEP.

En el Artículo 11º de la Ley 24.922, al igual que en artículos anteriores, se le asigna un rol al Consejo Federal Pesquero que se inmiscuye en cuestiones que deberían estar reservadas al INIDEP, que es quien dispone de las capacidades técnicas y científicas para garantizar la sostenibilidad biológica de los recursos. En todo caso, el Consejo Federal Pesquero debe contribuir con las políticas pesqueras generales de administración del recurso en la ZEE y de los migratorios originarios de la ZEE en alta mar. Desde la década del ‘70 hasta nuestros días la actividad pesquera se caracterizó por la promoción de la actividad extractiva y exportadora y no, extractiva, transformadora, comercial. Se aumentó el esfuerzo pesquero, se privilegiaron las estadísticas que indicaban más dólares exportados con escaso valor agregado por sobre el aprovechamiento eficiente del recurso, es decir, más divisas y más empleo. Se requiere, frente a la experiencia de sobreexplotación de la merluza común y otras especies en la década del ‘90, con sus consecuencias económicas y sociales, el inicio de una administración racional de los recursos que contemple la evaluación permanente del potencial pesquero; una explotación biológica y económicamente eficiente; estabilidad en su disponibilidad, fortalecimiento de una industrialización plena y con ello, mayor valor agregado y empleo y, un mayor consumo y una máxima penetración en los mercados minoristas del mundo.

Reafirmar esta actividad industrial, consolidarla, incorporarla a nuestros hábitos culturales de trabajo y consumo, incrementar este alimento excepcional en la dieta de los argentinos, generar empleo, distribuir adecuada y equitativamente entre los distintos actores de la industria pesquera el recurso disponible, utilizar este recurso natural para ocupar en forma efectiva los espacios estratégicos marinos y terrestres de la Nación, propiciar estrategias para erradicar la Pesca Ilegal (INDNR) en el Atlántico Suroccidental y en el área de Malvinas, son tareas de la Autoridad de Aplicación con el apoyo del Consejo Federal Pesquero, mientras que el INIDEP se debiera dedicar a acrecentar herramientas para asegurar la pesca sostenible y la perpetuidad de este recurso. Sin buques activos es improbable hacerlo.

Un recurso natural renovable (pero agotable) sensible a factores relativos a la extracción descontrolada, climatológicos y ambientales, requiere una administración óptima para dar mayor seguridad posible a los inversores, industriales y trabajadores, para lo cual no se necesita solo de administradores sino también de hombres formados en la ciencia y en la técnica, capacitados, perfeccionados y comprometidos en hacer el mejor aporte a la política dentro del marco de la rigurosidad que exige la investigación.

El INIDEP es una importante herramienta que debería tener por finalidad el diseño y ejecución de programas de investigación y tecnología. La determinación de las Capturas Máximas Sostenibles no puede estar en manos del Consejo Federal Pesquero, sino que debe ser un atributo del INIDEP, institución que tiene la capacidad profesional y científica para hacerlo y, para ello, hay que proveerle las herramientas más avanzadas para ello.

Es muy importante que la Autoridad de Aplicación fomente y ejecute las investigaciones científicas relacionadas con la actividad de la pesca, la acuicultura y sus actividades conexas, así como las especies de interés pesquero y acuícola y aquellas con potencial, que contribuyan a la formación de políticas, estrategias y medidas para su administración y hacerlo con un enfoque ecosistémico, ya que ésta es una herramienta fundamental para determinar los stock, las asociaciones entre las especies y los procesos migratorios, entre otras cuestiones que permitan elaborar una política pesquera sostenible, así como actividades orientadas a la búsqueda del mejoramiento tecnológico, la transformación y reconversión de las actividades pesquera y acuícolas, que son centrales para asegurar una pesca selectiva, sostenible y sustentable, tanto en las etapas de extracción como de procesamiento.

Un INIDEP con gran autonomía investigativa y confianza de la comunidad científica y empresaria, es la mayor garantía para que sus dictámenes sean reconocidos a nivel nacional e internacional y ello es central para sostener —con base científica— el combate sobre los efectos negativos al ecosistema de una pesca descontrolada en alta mar de los recursos migratorios originarios de la ZEE. No es posible imaginar el control de los recursos migratorios argentinos en alta mar sin un INIDEP tecnológicamente dotado, humana y científicamente comprometido y con una participación hiperactiva, a la hora de apoyar técnicamente los proyectos destinados a que la Argentina —como Estado ribereño— genere los avances necesarios, junto a toda Latinoamérica y El Caribe, respecto al cuidado de sus recursos migratorios.

Respecto al Artículo 18º de la Ley 24.922 vigente, ya nos hemos referido a que no debería ser el Consejo Federal Pesquero sino el INIDEP quien fije la «Captura Máxima Sostenible». Ya hemos visto a través de los años que por decisiones políticas se otorgaron permisos, cuotas y autorizaciones que excedieron a las Capturas Máximas Sostenibles, pese a los informes científicos, no siendo admisible que decisiones políticas violenten estos informes y ocasionen depredación.

El Artículo 13º de la ley vigente indica también que «Los resultados de todo trabajo de investigación sobre los recursos pesqueros deben ser puestos a disposición de la Autoridad de Aplicación antes de cualquier utilización o divulgación de estos y, las empresas dedicadas a la extracción de recursos vivos marinos están obligadas a suministrar toda la información requerida destinada a la investigación del recurso, cuestiones que los gobiernos argentinos violentaron cuando acordaron la investigación conjunta con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ratificando esta irregularidad en 2016 cuando se firmó el Pacto de Foradori-Duncan, ya que en las campañas participaban agentes británicos.

La pesca experimental por parte de personas físicas o jurídicas nacionales, extranjeras u organismos internacionales con buques de pabellón nacional o extranjero deberían requerir autorización otorgada por la Autoridad de Aplicación, previo dictamen del Consejo Federal Pesquero y estar sujeta a las limitaciones indicadas precedentemente. La Autoridad de Aplicación debe tener libre acceso a toda información derivada de la investigación científica y técnica y tener facultad para designar representantes del INIDEP que, con el carácter de observadores, presencien los trabajos y verifiquen que ellos se ajusten a las condiciones y límites que se fijen. La pesca experimental no puede encubrir la pesca comercial como ocurrió en la Argentina y tampoco es admisible, como denunció en la Fiscalía de Río Grande (Tierra del Fuego) el abogado Carlos Lionel Traboulsi, que «el pasado 21 de enero de 2023 el rompehielos y laboratorio flotante RRS Sir David Attenborougt, «con bandera ilegal de las islas Falklands» habría navegado (sin autorización de la Autoridad de Aplicación argentina) aguas soberanas rumbo a Punta Arenas (Chile) con objetivo confuso y desconocido, tras su travesía desde las Islas Malvinas», violando la DTP de la Constitución Nacional, el artículo 92º de la CONVEMAR, los artículos 2º y 5º de la Ley 23.554 de defensa, los artículos 14º y 38º de la Ley 24.922 y el Decreto 256/10.

La Investigación es central para respaldar las políticas pesqueras y las Autoridades del gobierno no pueden ser los responsables de que ello no ocurra.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

 

ROSARIO: LA SOLUCIÓN BUKELE

Iris Speroni*

La desocupación y el narcotráfico:

¿Causa y efecto?

 

Esta semana vecinos de Rosario realizaron una (modesta) marcha en pedido de mayor seguridad, luego de soportar un aumento en la cantidad de asesinatos, los cuales, a esta altura, son moneda corriente.

Existen diferentes evaluaciones sobre las raíces del problema, varias descripciones sobre el presente y pocas o ninguna propuesta de solución.

Mis conocimientos sobre seguridad o narcotráfico tienden a cero, (no sé si me diferencia mucho de las autoridades presuntamente competentes) así que me referiré únicamente a los temas económicos asociados.

Rosario fue durante décadas un puerto de granos y carne, por lo tanto una ciudad de servicios (como Buenos Aires). Los servicios siguen a la producción.

La actividad industrial de Rosario (y de la provincia de Santa Fe) es relevante desde fines del siglo XIX. En 1880 se crea el Club Industrial Protección al Trabajo; en 1888 se realiza en la ciudad la primera exposición industrial (1). La Bolsa de Comercio de Rosario se fundó en 1884.

Durante el siglo XX la actividad industrial y comercial siguen en franco ascenso, en particular la metalmecánica. Un claro caso de complementación de campo y ciudad.

A fines de la década del ‘60 del siglo XX, el PBI per cápita de la región era un 7% mayor al promedio del país. 

A fines de la década del ‘70 la actividad industrial comienza a deteriorarse, por la apertura de importaciones y por el tipo de cambio atrasado (tablita de Martínez de Hoz). La caída se profundizó por el Mercosur, el cual permitió el traslado de numerosas industrias a Brasil [1]. Muchas empresas grandes se fueron, muchas pymes sucumbieron a la tecnología obsoleta combinada con la falta de capital y crédito para renovar maquinaria y la caída de poder adquisitivo de la población en el mercado interno. Si alguien quedó en pie, fue liquidado por el cambio atrasado del final del gobierno de Menem.

Esto da un panorama social de desocupación, precarización laboral y desesperanza general.

A partir de la devaluación del 2002 la actividad fabril retoma su recuperación. A partir del incremento de los precios internacionales de la soja (y otros cultivos) todo el país se revivifica. Santa Fe no es la excepción y menos Rosario.

Hoy Rosario y sus alrededores son el epicentro de la mitad de la actividad económica de la provincia con tasas sustanciales de crecimiento en estas últimas dos décadas en industria, agro y servicios. Santa Fe es una de las provincias más ricas de la Argentina.

Rosario y Gran Rosario son un gigantesco aglomerado urbano. Concentra casi la mitad de la población de la provincia [2].

Sin embargo, hay resultados auspiciosos de los censos de 1991 y 2010. Rosario creció menos que el interior de la provincia. Los suburbios crecieron en población más que la propia ciudad —datos oficiales— (2).

En resumen: los últimos 20 años fueron un renacer de una provincia de por sí pujante. Con grandes perspectivas de mayor crecimiento aún. Si se liberara el tipo de cambio, el desarrollo sería meteórico.

La desocupación del Gran Rosario y Rosario que en mayo de 1995 era 21% (Carlos Menem); en mayo del 2002 de 24% (Eduardo Duhalde) (3). Los números para el tercer trimestre del 2022 son notoriamente mejores: 7% (4).

Al pie transcribo algunas cifras del 2021 en cuanto a cantidad de empresas y cantidad de empleados por rubro [3] (5).

El Narcotráfico

¿Entonces? ¿Existe narcotráfico porque no hay trabajo? ¿Son verdaderas todas las explicaciones que nos dieron?

Cabe aclarar que los años de caída de actividad sí rompieron algo frágil e irreparable. Personas que se quedaron desempleadas luego de décadas de trabajo en la misma empresa y oficio, hijos de trabajadores que no encontraron fábricas en las cuales emplearse, más inmigración interna (de Santa Fe rural y de otras provincias) que se trasladaban a Rosario para buscar lo que les faltaba en su pago, para encontrarse con el mismo panorama de desesperanza y desolación.

Pero los humanos somos curtidos. Sabemos rehacernos. Es lo que Santa Fe ha hecho, una de las más ricas provincias argentinas.

¿Entonces?

Creo que parte de la respuesta está en el comunicado del Arzobispado de Rosario, copiado íntegramente al pie [4] (6). Invito a leerlo.

La respuesta es que Rosario es un vendaval de violencia porque gente muy poderosa no quiere que el negocio de la droga se termine. Así de simple. Tal como lo dice la pastoral social.

¿Cuál es el negocio? Acá voy a especular y en términos puramente económicos, sin meterme en otras áreas para las cuales no estoy calificada.

La droga proviene del norte (¿Colombia? ¿Bolivia?) y se lleva a Europa a través de los numerosos barcos que cargan cereales y oleaginosas en el Paraná. Hasta acá pareciera un problema de las autoridades europeas con los bolivianos y/o colombianos. Desagrada que a uno lo usen de campo de juegos, pero so far, so good. El tema es que el traslado desde la frontera hasta el puerto y la maniobra de estiba propiamente dicha, forman parte del proceso de comercialización y es un servicio que debe pagarse. Los sobornos a las autoridades también hay que abonarlos. Son todos “servicios” ilegales accesorios al contrabando.

Así como la exportación de porotos de soja (legal) necesita transporte, puerto, personal de aduana, electricidad y servicios varios [5], lo mismo sucede con toda mercadería ilegal: necesita una red de servicios, desde la frontera hasta el puerto y en el puerto.

Si los servicios de flete y embarque y los sobornos se pagaran en dólares, estaríamos todos más o menos inmunes al narcotráfico. Habría gente que misteriosamente se hace rica (Aduana, fuerzas de seguridad, judiciales, camioneros), pero no pasaría de ahí.

El problema con los pagos del servicio de logística de la venta de droga a Europa (y/o sobornos) es que son en especie. Luego, quienes cobran, deben ocuparse de convertir el producto en dinero. Ahí es cuando surge toda la red de comercialización interna con su correlato de bandas, territorio, bunkers y corrupción de la policía en territorio, fiscales y jueces.

En ese punto estamos.

Coincido plenamente con el Arzobispo: nadie tiene tantos recursos como el Estado y si hay alguien que pueda cortar con esto, es el propio Estado, el cual cuenta con los medios para hacerlo. Le falta la voluntad a los gobernantes.

Le faltó a toda administración —de distinto bando— que soportamos en las últimas décadas.

Si bien las autoridades santafesinas están claramente implicadas ya sea por comisión u omisión, la droga es una responsabilidad federal 100%. Nadie puede acá hacerse el distraído.

Al nombrar a Frederic, protegida del perro inglés, quedó clara la voluntad de Alberto Fernández de no meterse en un negocio manejado mundialmente por el deep state anglosajón (al menos desde el siglo XVIII a hoy). Reemplazarla por Fernández sólo refuerza esta especulación.

Esto le da la razón al Arzobispo: no hay voluntad.

Propuesta

Para acabar con la violencia en Rosario hay que tomar las siguientes medidas. No son complicadas pero exigen voluntad política y coraje.

    1. Dar a entender a los grandes jugadores que si bien Argentina continuará en su colaboración con la DEA, con Interpol y con las autoridades de la UE, lo único que le preocupa al Estado argentino es que si usan el territorio argentino para trasladar el contrabando, no se les puede caer ni un solo gramo. Si eso sucede, arderá Troya.
    2. Aprender de Bukele y replicarlo. Todo el corretaje minorista no se dará por vencido y se negará a reconvertirse; otros ya están totalmente perdidos, por drogones o por sociópatas. En esos casos: cárcel. Para lo cual se necesitará un temporario estado de sitio, al menos hasta limpiar las calles.

Por ambos puntos saltarán todas las marionetas del Departamento de Estado y el MI6 como sucede ahora con El Salvador. Human Right Watch y Amnistía Internacional llorarán por los pobres narcos y el Secretario de Estado de EEUU pedirá explicaciones por el maltrato que reciben los pobres muchachos maltratados [6]. Es razonable: cuidan su negocio.

Tenemos que considerar la introducción de la droga en el país y el envenenamiento de su población como parte del plan de humillación y del verdadero tratado de Versalles que fue la firma de los Acuerdos de París.

Pero, excepto la muerte, todo es reversible.

La inseguridad en Rosario, también.

 

* Licenciada de Economía (UBA), Master en Finanzas (UCEMA), Posgrado Agronegocios, Agronomía (UBA).

 

Referencias

(1) http://www.scielo.org.ar/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1852-42222009000100003

(2) https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/download/179264/876067/version/1/file/Gran+Rosario.pdf

(3) https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/view/full/214259/(subtema)/9

(4) https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/mercado_trabajo_eph_3trim22F4483A3158.pdf

(5) https://fecoi.org.ar/el-perfil-productivo-de-la-ciudad-de-rosario/#:~:text=La%20principal%20actividad%20industrial%20de,9%25%20de%20la%20facturaci%C3%B3n%20industrial

(6) https://delrosario.org.ar/declaracion-de-la-pastoral-social-arquidiocesana-2/

 

Notas

[1] Exenciones impositivas, préstamos blandos de bancos oficiales brasileños para compra de maquinaria.

[2] Son fenómenos repetidos en varias otras ciudades del interior. La ciudad de Neuquén cobija a la mitad de la población de Neuquén. Lo mismo sucede con Resistencia en la provincia de Chaco. Veremos qué datos nos dará el nuevo censo.

[3] Datos de ocupación y actividad económica Rosario y Gran Rosario 2021:

[4] Declaración Arzobispado de Rosario, 2023.

Artículo publicado originalmente el 18/02/2023 en Restaurar, http://restaurarg.blogspot.com/2023/02/rosario-la-solucion-bukele.html  

 

GUAYANA ESEQUIBA: UN CASO DE FORCLUSIÓN EN EL SISTEMA JURÍDICO INTERNACIONAL

Abraham Gómez R.*

Imagen: Fundación Venezuela Esequiba.

Los reclamos que hemos intentado por vías diplomáticas, políticas y jurídicas no están sustentados en caprichos chauvinistas, reacciones intemperantes, desproporcionadas o injustas.

En esta controversia centenaria nos respaldan razones irrefragables.

Teniendo como base esencial lo dicho anteriormente, y en nombre de las instituciones que dignamente represento, me he permitido ir explicando en todas mis conferencias por varias universidades y otros organismos públicos y privados del país —por las redes en sus distintas plataformas— los argumentos sociohistóricos, las irrebatibles demostraciones cartográficas y los justos títulos jurídicos, en cuanto pruebas constituyentes que nos asisten.

Ha sido nuestra tarea por más de (45) años; asumida por la restitución para nuestra patria, de lo que le desgajaron en su configuración geográfica.

Como es bien sabido, en noviembre pasado nuestra honorable delegación acudió a la Corte Internacional de Justicia a las celebradas Audiencias Públicas, por la Excepción Preliminar que introdujimos el 7 de junio. Nos sentimos orgullosos de la representación que expuso las densas e incuestionables consideraciones por Venezuela. Cada palabra expresada —en el precitado escenario— la pronunciaba nuestro país, íntegramente.

Como parte demandada, ya habíamos asumido el denominado Acto Concluyente —conferimiento de competencia a la mencionada Sala juzgadora— al designar nuestro Agente, el Dr. Samuel Moncada y los Coagentes, Dr. Félix Plasencia y Dra. Elsys Rosario; quienes asumirían la representación directa de nuestro país en todo el juicio, juntamente y en coordinación con el cuerpo de asesores que acompañaremos en este asunto litigioso; además, nuestro país nombró su juez ad-hoc, Philippe Couvreur, conforme al artículo (31) del Estatuto de ese Ente Jurisdicente.

El contenido esencial de la Excepción Preliminar persigue que la Sala no admita la demanda de Guyana contra nosotros, por cuanto, la consideramos una temeridad procesal y no reúne los más mínimos elementos asimilables para un juicio de esta naturaleza.

Se conoce suficientemente que cuando se negoció, suscribió  y ratificó el Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966, ( acaba de cumplirse el cincuenta y siete aniversario de tan trascendental evento) por la representación del Reino Unido (Sr. Michael  Stewart); así también admitido por el Sr. Forbes Burnham (para entonces, primer ministro de la Guayana Británica) y por nuestro país el  excelso canciller Ignacio Iribarren Borges; en ese acto jurídico-diplomático e instante histórico quedó  sepultado —in saecula saeculorum— el laudo tramposo, gestado mediante una tratativa perversa en contra de los legítimos derechos de Venezuela sobre la Guayana Esequiba.

Digamos entonces, toda la dinámica y desarrollo contencional por la Guayana Esequiba debe circunscribirse exclusivamente dentro del texto del Acuerdo de Ginebra, documento que causó estado en la Organización de las Naciones Unidas.

Hay un denso cúmulo de interrogantes que para la contraparte han resultado difíciles de explicar; porque la excolonia británica carece de asideros en este pleito. Nunca han tenido respuestas ni acertadas ni asertivas.

Comencemos: ¿sobre qué elemento obligacional o compromisorio Guyana ha deducido la Causa de pedir ante el Alto Tribunal de La Haya? ¿El Laudo arbitral que nunca nació a la vida jurídica? o ¿El supuesto acuerdo de demarcación de 1905, derivado de la nombrada decisión ignominiosa firmada en París el 03 de octubre de 1899?

Tal adefesio vergonzoso e infeliz está desprovisto de consistencias para que pueda ser considerado jurídicamente válido.

Cada vez que profundizamos —una y otra vez— en examinaciones al inexistente y forcluído “laudo”, nos preguntamos, en purísima realidad, sobre qué elementos objetivos y de convicción se atrevería a preparar la Corte la   motivación y fundamentación para una hipotética sentencia; en caso de que vayamos a juicio.

Jamás podemos imaginarnos; resulta impensable en estricto derecho, que ese “laudo” —como pide la contraparte guyanesa— pueda producir Cosa Juzgada (res Judicata), cuya “fuerza” pretenden hacerla oponible a Venezuela.

Cabe aquí desempolvar una antiquísima máxima del Derecho Romano, que cobra validez y vigencia en el Derecho Internacional Público: “Lo que ha resultado nulo desde su inicio, no puede ser convalidado por el transcurso del tiempo”.

A propósito, tomamos en préstamo —para reinterpretar— la categoría Forclusión, en cuanto concepto superior epistemológico, construido por el psicoanalista francés Jacques Lacan, quien menciona que cuando un significante no nace o ha dejado de existir en el campo o disciplina que sea, se extingue absolutamente su universo simbólico. Queda nula y rechazada   toda posibilidad de mención o referencia. Ese significante está forcluído.

¿Cómo hemos hipertextualizado la Forclusión para todos los efectos del caso controversial, litigioso que nos ocupa?

Veamos. Al no existir el significante fundamental (“Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899”), sobre el que se constituiría toda la estructura simbólica: pronunciamientos, enunciados, normas, discursos, peticiones, demandas elementos culturales, cualquier significado que se pueda derivar de lo forcluído carece de sentido. Se encuentra vacío. No surte efectos de ningún tipo.

 Si la contraparte insiste en el forcluído” laudo”; entonces, no hay nada qué conseguir en el “inconsciente jurídico internacional”.

El significante “Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899” no existe, está forcluído; por lo tanto, permea idénticas consecuencias hacia normativas de significaciones concretas, en un supuesto Proceso.

 ¿De qué hablar, contradecir, discutir o dirimir?, si su significante se encuentra forcluído; ha quedado inhabilitada la posibilidad de irrupción o aparición de algo nuevo en el Proceso, por ante la Sala Juzgadora de La Haya. Advertencia que hacemos —con el debido respeto— en espera de resolución, de pronunciamiento previo para la Excepción Preliminar.

Hay que visualizar, procesalmente, que resultarían incongruentes, incoherentes y vacíos todos los significados asociados a un posible juicio, que tenga como causa de pedir “el Laudo Arbitral de París del 3 de octubre de 1899” que devino en un significante inexistente, forcluído; y, por tanto, nulo de nulidad absoluta.

Con un significante forcluído se hace imposible discernir jurisdiccionalmente, y menos crear un código de significaciones jurídicas concretas; porque no hay sentido en los discursos e imposibilidad de aprehender la verdadera realidad.

El mencionado “laudo” desapareció —hace 57 años— del campo simbólico y del sistema jurídico Internacional.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Comisión de Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.