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RESERVAS, CIUDADANÍA Y DEFENSA NACIONAL: LA URGENCIA DE MODERNIZAR EL SISTEMA ESTRATÉGICO ARGENTINO

«… con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defens común…»

Preámbulo de la Constitución de la Nación Argentina

 

La discusión sobre la modernización del sistema de defensa argentino vuelve al centro del debate en un contexto geopolítico global donde las naciones más sólidas han integrado a la ciudadanía en estructuras de movilización, apoyo y reserva. Sin embargo, el ordenamiento jurídico argentino presenta vacíos significativos respecto del estatus, derechos y funciones de la Reserva Voluntaria, un componente que resulta indispensable para garantizar la resiliencia estratégica del Estado.

Tres modelos de ciudadanía y defensa: Estados Unidos, Suiza e Israel ante el desafío de la seguridad contemporánea

En un mundo donde las amenazas se diversifican más rápido que las respuestas estatales, la relación entre ciudadanía, armas y defensa nacional vuelve a ocupar un lugar central en el debate público. Estados Unidos, Suiza e Israel representan tres modelos radicalmente distintos ―aunque con raíces comunes― sobre cómo un Estado concibe el rol del ciudadano en su propia seguridad. Desde el derecho individual a portar armas hasta la obligación constitucional de participar en la milicia, cada caso ilumina, con sus luces y sombras, cómo se construye la defensa en democracias modernas bajo presiones históricas específicas.

Estados Unidos: el pueblo armado como barrera contra la tiranía

La Segunda Enmienda de la Constitución estadounidense, redactada en 1791, sostiene que «siendo necesaria una milicia bien organizada para la seguridad de un Estado libre, no se violará el derecho del pueblo a poseer y portar armas»[1]. Este enunciado, tan citado como debatido, adquiere una dimensión más clara cuando se lo ubica en su contexto original: un país recién independizado, temeroso de los ejércitos permanentes y profundamente desconfiado del poder central.

Alexander Hamilton y James Madison[2], autores de El Federalista, planteaban que la ciudadanía armada era la mejor garantía contra un gobierno que pudiera tornarse opresivo. La idea de que «un pueblo armado no puede ser subyugado» se convirtió en uno de los pilares culturales y políticos de la identidad estadounidense.

Hoy, ese concepto convive con regulaciones modernas como el Armed Forces Reserve Act, que organiza las reservas militares, y la ley USERRA[3], que protege los derechos laborales de quienes sirven como reservistas. El resultado es un modelo híbrido: mezcla el derecho individual con estructuras estatales formales, manteniendo viva la noción del «ciudadano-soldado».

Suiza: la defensa como deber constitucional

A diferencia de Estados Unidos, donde la posesión de armas se presenta como un derecho, Suiza convierte la defensa en un deber. Su Constitución es explícita: todo ciudadano masculino debe realizar el servicio militar[4], y quien no lo hace paga un impuesto compensatorio. Las mujeres pueden participar voluntariamente.

Este sistema, conocido como milicia, no es una simple tradición. Es una institución profundamente arraigada en la identidad suiza, que sostiene la idea de una «neutralidad armada». La lógica es simple: un país pequeño rodeado de grandes potencias solo puede garantizar su independencia si su población está entrenada y organizada.

Los cantones, además, mantienen competencias en materia de oficiales y equipamiento, reforzando un federalismo que distribuye el poder y evita la centralización excesiva de la fuerza militar. En Suiza, el arma no es un símbolo de libertad individual, sino una responsabilidad ciudadana.

Israel: la reserva activa como forma de supervivencia

En Israel, la relación entre sociedad y defensa adquiere otra dimensión, marcada por un contexto de conflicto permanente desde la creación del Estado en 1948. Aquí, el servicio militar obligatorio se prolonga luego de la baja mediante un sistema de reservas activas[5]: ciudadanos que, aun reintegrados a la vida civil, continúan realizando jornadas mensuales y períodos anuales de entrenamiento, y pueden ser convocados de inmediato ante un estado de emergencia.

La ley permite al ministro de Defensa emitir órdenes de movilización masiva con un simple aviso al Knesset. En la práctica, esto da lugar a un modelo único en el mundo: una sociedad donde casi cada familia tiene vínculos directos con las Fuerzas de Defensa de Israel y donde la frontera entre civil y militar se vuelve difusa en momentos de crisis.

Más que un modelo cívico, la reserva israelí es un mecanismo de supervivencia nacional. La rápida movilización de cientos de miles de ciudadanos entrenados es la piedra angular de su estrategia militar.

Tres caminos para un mismo desafío

Aunque Estados Unidos, Suiza e Israel llegan a soluciones distintas, todos comparten una premisa común: la seguridad nacional no depende únicamente de un ejército profesional, sino también de ciudadanos capacitados y comprometidos con la defensa del Estado.

    • EE.UU. apuesta al derecho individual para evitar la concentración excesiva del poder.
    • Suiza sostiene la obligación colectiva, integrando la defensa en la identidad cívica.
    • Israel impone una disponibilidad permanente, adaptada a un entorno geopolítico hostil.

Los tres modelos plantean preguntas fundamentales para cualquier democracia contemporánea:

    • ¿qué papel debe ocupar el ciudadano en su propia defensa?,
    • ¿dónde termina el derecho y comienza el deber? y
    • ¿y cómo se equilibra la libertad con la seguridad?
Antecedentes normativos: un marco que demanda actualización

La Ley 13.234[6] estableció la organización de la Nación para el tiempo de guerra, creando un sistema de movilización que respondía a las necesidades estratégicas del siglo XX. Posteriormente, la Ley 16.970[7] definió los principios de la Defensa Nacional bajo un paradigma estatal centralizado y doctrinario (República Argentina, 1966).

La Ley 23.554[8], que aún constituye la base del Sistema de Defensa, introdujo el principio de conducción política y delimitó las funciones entre defensa y seguridad interior. No obstante, esta normativa carece de un apartado integral sobre la misión, funciones y derechos del personal de reserva, lo cual genera un vacío jurídico relevante.

Asimismo, la Ley 19.101[9] regula el régimen del personal militar pero no reconoce expresamente el estatus del reservista voluntario ni su derecho a un régimen previsional, sanitario o de carrera claramente definido.

La doctrina de Colmar von der Goltz y la actualidad estratégica global

La conceptualización moderna de la «nación en armas», propuesta por Colmar von der Goltz en Das Volk in Waffen[10] («El Pueblo en Armas»), sostiene que la defensa no es solo responsabilidad del ejército regular, sino también del conjunto de la ciudadanía instruida y organizada.

Este principio se refleja hoy en doctrinas contemporáneas, como la política exterior y de defensa de China, cuyo enfoque estratégico integra reservas activas, movilización civil y participación directa del ciudadano en la estructura de seguridad nacional[11].

El mensaje es claro: una nación sin reservistas capacitados y reconocidos carece de una capacidad real y sostenible de defensa.

La necesidad de reconocer derechos: el espejo de los Bomberos Voluntarios

Argentina ya cuenta con antecedentes normativos que reconocen el servicio público de carácter esencial. La Ley 25.054[12], que regula a los Bomberos Voluntarios, reconoce derechos previsionales, cobertura médica y protección jurídica para quienes prestan un servicio público vital. La Ley 27.629[13] refuerza esta visión al otorgar un Régimen Tarifario Especial Gratuito para garantizar condiciones básicas a quienes sirven a la comunidad.

Si este reconocimiento es válido ―como lo es― para cuerpos voluntarios civiles, resulta lógico que los reservistas militares, que cumplen funciones asociadas a la defensa nacional, accedan a categorías equivalentes de protección legal y social.

Propuestas para una modernización normativa con enfoque estratégico

Para adecuar el sistema de defensa argentino a las demandas contemporáneas, especialistas proponen:

  1. Actualizar la Ley 23.554

Incorporando:

  • misión específica de la reserva,
  • funciones,
  • obligaciones y derechos,
  • régimen de movilización y
  • capacitación anual obligatoria.
  1. Modificar la Ley 19.101 de Personal Militar

Reconociendo:

  • estatus jurídico del reservista voluntario activo,
  • derecho a carrera y ascenso,
  • plan anual de capacitación y
  • acceso a cursos regulares del cuerpo permanente.
  1. Crear un decreto reglamentario exclusivo para la Reserva Voluntaria

Que establezca:

  • credencial oficial habilitante,
  • incorporación al sistema de salud militar,
  • aportes previsionales equivalentes a los Bomberos Voluntarios y
  • beneficios sociales similares al personal permanente.
  1. Incorporar contratos temporales remunerados

Para casos de:

  • emergencias nacionales,
  • ejercicios prolongados y
  • necesidades operativas.

Además, si un reservista sufre lesión en acto de servicio debería integrar transitoriamente el cuadro permanente con cobertura plena hasta su alta médica. Finalmente, con la edad jubilatoria cumplida, debería acceder a una pensión proporcional por el servicio prestado.

Conclusión: hacia un modelo de ciudadanía estratégica

La comparación doctrinaria e internacional muestra que la defensa moderna no se sostiene únicamente en fuerzas regulares, sino en sistemas dinámicos de movilización ciudadana.

Reconocer jurídicamente al reservista argentino no solo es un acto de justicia, sino una condición necesaria para fortalecer la defensa nacional, adaptarla al siglo XXI y cumplir con estándares internacionales de preparación estratégica.

Una Argentina más segura requiere, inevitablemente, reservistas respetados, capacitados y protegidos.

 

Referencias

[1] Constitución de los Estados Unidos. (1791). Segunda Enmienda, https://www.heritage.org/constitution/amendments/2/essays/142/to-keep-and-bear-arms.

[2] Hamilton, A., Madison, J., & Jay, J. The Federalist Papers (Edición Jacob E. Cooke). Wesleyan University Press, 1787-1788.

[3] United States Congress. (1994). USERRA – Uniformed Services Employment and Reemployment Rights Act, https://www.encyclopedia.com/history/encyclopedias-almanacs-transcripts-and-maps/armed-forces-reserve-act-1952#:~:text=La%20ley%20estableci%C3%B3%20tres%20categor%C3%ADas,el%20proceso%20de%20planificaci%C3%B3n%20militar.&text=Eileen%20Galloway%2C%20Historia%20de%20la,%2C%201943%2D1969%20%2C%201985.&text=Elija%20un%20estilo%20a%20continuaci%C3%B3n%20y%20copie%20el%20texto%20para%20su%20bibliograf%C3%ADa.&text=APA-,Ley%20de%20Reserva%20de%20las%20Fuerzas%20Armadas%20(1952).,13%20de%20agosto%20de%202025%20.

[4] Constitución Federal de la Confederación Suiza (1999), https://www.wipo.int/wipolex/en/text/498812

[5] Gobierno del Estado de Israel. (2023). Defense Service Law, https://www.jewishvirtuallibrary.org/israel-defense-service-law-1986#google_vignette.

[6] Ley 13.234 (1948). Organización de la Nación para el Tiempo de Guerra. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/46836/norma.htm.

[7] Ley 16.970 (1966). Bases jurídicas, orgánicas y funcionales para la preparación y ejecución de la Defensa Nacional. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/46836/norma.htm.

[8] Ley 23.554 (1988)– Principios básicos. Finalidad y estructura del sistema. Organización de las Fuerzas Armadas. Servicio de Defensa Nacional. Organización Territorial y Movilización. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/20988/texact.htm.

[9] Ley Nº 19.101 (1971). Ley para el Personal Militar. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/19875/norma.htm.

[10] Goltz, C. von der. The nation in arms. Publisher London: Hodder and Stoughton. Contributor University of California Libraries, 1913, https://archive.org/details/nationinarmstrea00golt/page/20/mode/2up.

[11] State Council of the People’s Republic of China. (2019). China’s National Defense in the New Era. Beijing: Information Office of the State Council.

[12] Ley 25.054 (1998). Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/50000-54999/54903/texact.htm.

[13] Ley 27.629 (2021). Régimen Tarifario Especial Gratuito. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/350000-354999/350984/norma.htm.

 

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MIS DÓLARES, TUS DÓLARES, NUESTROS DÓLARES

Iris Speroni*

Disfrutaríamos pleno empleo y salarios altos. Esto es, la felicidad.

Durante el año 2021 nuestro país tuvo un superávit comercial de poco menos de US$ 15.000 millones. Sin embargo, durante todo lo que va del año 2022 hemos escuchado a las más altas jerarquías de gobierno lloriquear “faltan dólares”.

Dejemos de lado la discusión sobre quiénes son los dueños de los dólares. MIS DÓLARES.

Veamos cuántos sí hay.

El presidente, la vicepresidente el 20 de junio de 2022 en su clase magistral abierta de economía y el ministro de economía Guzmán alegan “faltan dólares”.

¿Faltan dólares?

Exportaciones enero-mayo 2022                          US$ 35.917 millones

Importaciones enero-mayo 2022                          US$ 32.722 millones

Balanza comercial Positiva enero-mayo 2022       US$  3.196 millones

Superávit Comercial  enero-mayo 2022         US$  3.196 millones

Fuente: INDEC.

Exportaciones 2021                                            US$ 77.934 millones

Importaciones 2021                                           US$ 63.184 millones

Balanza comercial Positiva 2021                         US$ 14.750 millones

Superávit Comercial 2021                              US$ 14.750 millones

Fuente: INDEC

Exportaciones 2020                                            US$ 54.884 millones

Importaciones 2020                                           US$ 42.356 millones

Balanza comercial Positiva 2020                        US$ 12.528 millones

Superávit Comercial 2020                              US$ 12.528 millones

Fuente: INDEC

Si hay algo que no ha faltado durante el gobierno de Alberto Fernández son dólares.

Festival de Importaciones

¿A qué se refería la vicepresidente con “festival de importaciones”?

Este cuadro demuestra que las exportaciones enero-mayo 2022 subieron un 26,6% respecto al mismo período del año anterior. Las importaciones crecieron más aún (44,6%) lo que redujo el superávit comercial respecto al año anterior. Lo que en 2021 fue US$ 5.672 millones (enero-mayo), en esos cinco meses de 2022 fue sólo US$ 3.196 millones. Pobre pronóstico para el resto del año. Ése es el daño que pretende controlar la vicepresidente.

En los años 2020 y 2021 las importaciones fueron modestas debido a un mercado interno deprimido. La pregunta es qué explica el crecimiento en el 2022. Ciertamente no por la recuperación del consumo.

El problema es de difícil solución mientras el BCRA mantenga un tipo de cambio artificialmente bajo.

En estos momentos toda importación se compra a mitad de precio. Las autoridades monetarias venden los dólares a $ 120 en lugar de $ 220. La consecuencia es que toda compra en el exterior (bananas, una tonelada de carne de cerdo, o autopartes) cueste a quien lo importe significativamente menos.

Esta decisión gubernamental desvía el consumo. (El consumidor elige bananas ecuatorianas sobre manzanas rionegrinas). El Estado mediante sus políticas incentiva las importaciones y por lo tanto la caída del superávit comercial. Esta política gubernamental de tipo de cambio atrasado genera una serie de injusticias.

Si compro una tonelada de carne de cerdo a $ 120 el dólar, alguien pone la diferencia. Alguien aporta esos $ 100 adicionales por dólar. Varios son los damnificados: a) el que produce bienes exportables porque le pagan la mitad por su producto (ej. quien produce manzanas); b) el pueblo en general, porque soporta el impuesto inflacionario; el impuesto cobrado por el BCRA; c) por último, quienes producen aquellos bienes —si los hubiere— que deben enfrentar la competencia desleal del producto extranjero, no por acción de los gobiernos ajenos (dumping, tipo de cambio exportador, devolución de impuestos, subsidios) sino porque es el propio gobierno argentino el que juega en contra. Es una forma de traición.

Este ataque cerrado sobre quienes producen en Argentina (tanto bienes exportables como para mercado doméstico) por parte del gobierno lleva más de diez años y es constante para todo signo político. Por eso hace 10 años que la economía no crece.

Un caso claro de competencia desleal es el sector de carne porcina. En los últimos años ha crecido al 8% anual, con fuertes inversiones en instalaciones y en retención de vientres, al punto de llegar a cubrir casi toda la demanda interna. Ahora deben competir (y perder) contra las importaciones brasileñas porque el BCRA subsidia (a razón de $ 100 por dólar) a los brasileños en contra de los argentinos.

Hasta ahora la explicación sobre las importaciones genuinas.

Sobrefacturación de exportaciones

Al vender el BCRA dólares a un precio artificial existe un incentivo para pretender comprar a $ 120 lo que vale $ 220. El mejor negocio del mundo. Ni vender armas, ni vender drogas da más dinero que comprarle dólares al BCRA. Una de las formas de hacerlo (no la única) es “dibujar” importaciones. Esto es “simular” que se importa sin hacerlo. Es un fraude. Pero es un fraude cuyas condiciones la crean los políticos. Recordar esto siempre. Generan las condiciones para defraudar al erario público. Nadie nos va a hacer creer que lo hacen gratis o por impericia.

¿Cuál sería el fraude? Decir que debo importar algo que vale US$ 3.000.000 cuando en verdad vale US$ 500.000. Logré comprar dos millones y medio de dólares a $ 120 cada uno. Puedo guardarlos o venderlos en el mercado negro argentino. Para poder hacerlo necesito la participación de personal de la Aduana, del ministerio de la Producción y de la permanencia de las políticas decididas por el BCRA. Fíjense que la vicepresidente se quejó de la falta de supervisión de los organismos de contralor pero nada dijo de desmontar las políticas que lo hacen posible.

Las reservas

Separemos los tantos. Estas importaciones, fraudulentas o no, existen. Verdaderas o fraudulentas, durante 2021 se importaron US$ 63.184 millones.

Las importaciones no explican la falta de reservas toda vez que en los últimos 29 meses tuvimos superávit comercial.

Superávit comercial 2020                     US$ 12.528 millones (https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/ica_01_223173EDC303.pdf; pág. 11)

Superávit comercial 2021                     US$ 14.750  millones (https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/ica_01_223173EDC303.pdf; pág. 11)

Superávit comercial ene-may 2022                      US$  3.196 millones

https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/ica_06_22319D2F6EE8.pdf; pág. 9)

Superávit comercial de los últimos 29 meses  US$ 30.474 millones.

¿Por qué no subieron las reservas del BCRA por ese monto? Es algo que las autoridades deberán explicar.

Estímulos e Impedimentos

De la misma forma en que la política del gobierno estimula las importaciones, también perjudica a quienes producen bienes exportables. Con un tipo de cambio justo podríamos exportar el triple o cuádruple que actualmente. Imaginen cuánto trabajo eso generaría.

Propuesta

Con la política de cambio actual (léase desde 2011 a la fecha) sólo generamos pobreza, caída del salario y desánimo.

Tengamos un tipo de cambio de equilibrio, libre y competitivo que aliente las exportaciones.

No habrá que perseguir importadores fraudulentos, ni revisar containers con chucherías vietnamitas, ni comer carne de cerdo brasileña.

Disfrutaríamos pleno empleo y salarios altos. Esto es, la felicidad.

FIN

 

* Licenciada de Economía (UBA), Master en Finanzas (UCEMA), Posgrado Agronegocios, Agronomía (UBA).

 

Otro Sí Digo

Les voy a mostrar un ejemplo de un país que desestimula la producción, la inversión y el trabajo.

«14 Knits for Silver Anniversary», Knits magazine 2021, GB, 2021, pág. 45. Amazon.

Esta imagen es de una revista de tejidos británica. El modelo muestra un suéter gris y nombra las lanas utilizadas. Son dos. Ambas uruguayas exportadas a Gran Bretaña. Una denominada “Manos del Uruguay Milo” con 65% lana merino y 35% lino; y la otra “Manos del Uruguay Cabrito” con 80% lana mohair de cabrito y 20% poliamida. No pongo en duda que en Uruguay haya merino y mohair, probablemente existan. Ciertamente el lino o es del norte de Santa Fe o del Chaco o lo importan de otro país. Y probablemente la poliamida sea de Bahía Blanca (o de otro país). Son cuatro productos que la Argentina tiene. Pero lo que no tiene (y sí Uruguay) es un nombre, una cadena comercial, prestigio. Y claramente las hilanderías. Uno puede invertir en fábricas, en diseño de modelos, en propaganda (crear la marca) y red comercial en el exterior si hay continuidad. Si los gobiernos cada dos años cambian la política cambiaria o hay saltos abruptos, en un instante uno pasa de ganar dinero a perderlo. Y nadie invierte, toma gente, gasta tiempo, si un funcionario del BCRA en un segundo le puede borrar su patrimonio. 

Esto explica por qué la Argentina no es el principal exportador mundial de lana de todo tipo de animal (oveja, alpaca, llama, guanaco, mohair, angora, lino, bambú, algodón, seda) del mundo. Sólo imaginen la cantidad de puestos de trabajo en la Patagonia, en las provincias andinas, en el litoral que esto significaría.

Los bodegueros argentinos invirtieron millones de dólares no sólo en bodegas sino en crear marcas, en tener un nombre en el exterior. Principalmente malbec, pero también otros varietales. Por un capricho gubernamental, porque un iluminado cree que puede ganar elecciones si retrasa el tipo de cambio, los bodegueros pasan de ganar a perder. Aguantan vendiendo a pérdida hasta que se cansan.

Nuestros políticos lo hicieron.

 

Artículo originalmente publicado el 25/06/2022 en Restaurar.org, http://restaurarg.blogspot.com/2022/06/mis-dolares-tus-dolares-nuestros-dolares.html