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ESTUDIOS DE LAS CULTURAS INDÍGENAS. ESFUERZOS POCO COMPRENDIDOS.

Francisco Carranza Romero*

Huascarán, Perú. Imagen de Ajshalom Cliver Mejia en Pixabay 

Los tiempos que vivimos son del predominio del pensamiento materialista y monetarista; por tanto, no se da la debida importancia a los estudios de las culturas indígenas en las que están incluidas las lenguas. Por eso, quienes las estudian haciendo muchos esfuerzos no sólo carecen de apoyo, sino también reciben muchos calificativos despectivos: “idealistas, románticos, no realistas, desfasados…”.

El que se atreve a hablar quechua en un barrio de los pitucos limeños (los que, por tener el poder económico, se creen los peruanos especiales), se expone a que lo califiquen de “indio”, “indígena” y lo discriminen. El usuario común del castellano no diferencia la etimología y el campo semántico de estas dos palabras; simplemente las usa como sinónimas y con intención despectiva.

La educación escolarizada en todos sus niveles, desgraciadamente, tampoco ayuda a superar los prejuicios (juicios a priori) contra las manifestaciones culturales de los amerígenas (los que han nacido en el continente americano). En los textos y clases se siguen repitiendo los pensamientos y actitudes colonialistas que vienen desde el siglo XVI. Pero, si estas manifestaciones (restos arqueológicos, festividades tradicionales, interpretaciones musicales, danzas, ritos, vestimentas, comidas, remedios, productos artesanales, etc.) generan ganancias económicas, son publicitadas. Muchos extranjeros que llegan a Perú aprecian estas manifestaciones. Y, el turismo es una actividad que aporta bien al presupuesto nacional y da labor y ganancia a muchos sectores formales e informales.

Muchos también confunden las palabras: precio y valor. El precio es la medida cuantitativa y material de algo o actividad. El valor es la medida cualitativa y supramaterial de alguna cosa o actividad. Pero, lamentablemente, muchas veces estos vocablos son usados como sinónimos por muchos; por eso, al comprar algo se pregunta: ¿Cuánto vale? En vez de ¿cuánto cuesta?

A continuación, cito algunos datos anecdóticos y de la labor de investigación:

Estrecho y erróneo concepto de ciencia. Por la iniciativa del sacerdote Alberto Gonzales, representante de Concytec (Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica) de Áncash, fuimos a la oficina principal en Lima. El mencionado sacerdote ya había reservado una audiencia con el director. Llegamos puntuales y entramos a la oficina del director donde, después de unos saludos, le expusimos y pedimos el apoyo económico para la edición del “Diccionario del quechua ancashino – castellano”, elaborado por mí durante muchos años. Su respuesta inmediata fue lacónica y tajante: “Concytec apoya sólo investigaciones científicas”. Salimos pronto de la oficina. Después, afuera, comentamos sobre sobre el pensamiento y actitud del director, ingeniero de profesión. Para él y otros técnicos, aunque con títulos universitarios, la Lexicografía, una disciplina de la Lingüística, no es ciencia. Ignoran la etimología de los vocablos “ciencia” y “científico” que son derivados del latín: verbo scire (scio, scis, shii, shitum) y del sustantivo scientia. La escena narrada no sólo muestra el mal uso de la palabra ciencia, sino también la actitud despreciativa de mucha gente hacia los indígenas y sus manifestaciones culturales.

Unos años después, la editorial europea Vervuert publicó mi diccionario. Con el apoyo de mi familia asumí el costo porque deseaba aportar algo a mi cultura materna. Por suerte, el libro ha tenido acogida y ya está como libro electrónico.

“¿Para qué sirve el quechua?” En una reunión virtual promovida por una institución de Huaraz (capital de Áncash, Perú) alguien intervino sorpresivamente: ¿Para qué sirve el quechua? Una pregunta provocativa y con menosprecio a los que estábamos intercambiando opiniones sobre algunos aspectos de nuestra cultura andina. Luego, el irrespetuoso e imprudente cerró el micrófono y la pantalla. Estaría sonriendo de su “gran hazaña” sin pensar en su magna y atrevida ignorancia.

Escuela castellanizante. En las comunidades campesinas donde se habla quechua los profesores enseñan en castellano. Los documentos de matrícula, calificaciones, certificados y textos están en castellano. Los exámenes también son en castellano.

Para evitar la generalización, narro un caso personal: como en mi pueblo natal, comunidad campesina de Quitaracsa (Áncash), la escuela era sólo hasta el Segundo Año de Primaria, mis padres y hermanos mayores me animaron a continuar los estudios y me convencieron diciéndome varias veces: “Waktsaqam alli yachakurlla pallarikan” (El pobre se supera sólo estudiando bien). Así me enviaron a Caraz (capital de la provincia de Huaylas, Áncash) para terminar la Primaria. Allí experimenté la realidad desventajosa para los que hablábamos el idioma quechua. En el aula, todo en castellano (texto, clase, examen y conversación). En la calle, actitud de desprecio hacia los que usábamos nuestro quechua por la necesidad de comunicarnos. Muchos compañeros quechuahablantes desertaron año tras año. Y yo, a pesar de todo, continué. ¿Cuánta fuerza tenía aquel niño fuera de su familia y de su realidad cultural? Ahora, ya septuagenario, después de muchos años cumpliendo el proceso de la educación escolarizada, doy toda la razón a mis mayores: Yachakuy naanillam waktsakunapaq pallarikaynin. (El estudio es el único camino de superación para los pobres). Más datos están en mis libros: “Madre Tierra, Padre Sol” y “El mundo da vueltas”.

Instituciones con doble discurso. Ahora, un caso laboral. Las solicitudes y entrevistas no se hacen en quechua en el concurso por un puesto laboral donde la población rural habla quechua. Cuando una enfermera bilingüe quechua y castellano, que competía por un puesto, se presentó a la entrevista ante los miembros del jurado, éstos le hicieron la observación de que no tenía el certificado de conocimiento del quechua. La postulante, superando el miedo del momento, se atrevió a decir: “Yo soy quechuahablante”. Ninguno de los ilustres entrevistadores se atrevió a comprobar hablando quechua con la postulante; al contrario, uno del jurado, alzando y batiendo una hoja de papel, sentenció: “Eso lo debes demostrar con un documento”. Sin embargo, a nadie se le pidió el certificado de la competencia lingüística en castellano. Los funcionarios, cuando les conviene, usan la retórica ilustrada y califican al quechua como idioma nativo, indígena, autóctono y oriundo; en otras circunstancias, lo consideran como un idioma extranjero aun dentro de las áreas donde se usa como lengua de comunicación general. Así maltratan a los hablantes quechuas.

“Guía del quechua de Corongo (llaqwash)” de Daniel Hintz con la colaboración de Gudelia Medrano, Rosa Pinedo, Ábila Collantes y Diane Hintz. En la carátula se indica: Volumen 1, Gramática pedagógica. Este volumen fue publicado gracias al generoso aporte económico del médico peruano estadounidense Enrique Liñán (un respetable mecenas en el siglo XXI).

Es un texto didáctico con bellos dibujos y fotografías; además, tiene un disco para quien se interese escuchar. Es el resultado de muchos días, meses y años de esfuerzo de gente que labora sin pensar en el lucro. Los esposos Hintz son estadounidenses que han tenido la actitud noble de acercarse a la gente de Áncash y, especialmente, a los de Corongo (provincia de Áncash) para conocerlos y aprender la lengua quechua. El libro es el resultado de muchas notas, fotos y grabaciones. Un valioso material para los estudiosos de la cultura andina.

Este escrito no es sólo de lamentación; es también de reconocimiento a las personas, aunque poquísimas, que se acercan a la comunidad quechua con el deseo de aprender su lengua y sus valores culturales. Cito dos casos de extranjeros: la pareja estadounidense Hintz y el italiano Ivo Baldi (el fallecido obispo de Huari que visitó mi comunidad dos veces) aprendieron el quechua con paciencia; por eso, merecen el respeto y gratitud de los quechuas. Son esfuerzos y sacrificios sin pensar en la ganancia económica. Estos esfuerzos y logros dan otro tipo de satisfacciones: la alegría de ser la voz de los que no tienen voz, y el gozo espiritual de haber llegado al otro con actitud fraterna.

Y yo, como un andino que habla, estudia y fomenta el quechua, les reitero mi agradecimiento.

 

* Investigador del Instituto de Estudios de Asia y América, Dankook University, Corea del Sur.

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GUAYANA ESEQUIBA: OCASIÓN PARA RESPONDER Y DEMOSTRAR LA TITULARIDAD (I)

Abraham Gómez R.*

Hoy, más que nunca, se hace imprescindible la absoluta unidad de todo el país, sin excepciones.

Construyamos sin recelos ni mezquindades —con pruebas irrefragables— un bloque de defensa compacto para contrarrestar las acechanzas de quien nos rivaliza, con motivo del pleito unilateral que la excolonia británica interpuso en la Corte Internacional de Justicia.

Incurriríamos en un gravísimo error, si nos peleamos internamente por este caso litigioso, que requiere solidaridad venezolanista; así también, sería un desacierto si nos ausentamos o no comparecemos ante la Sala Juzgadora de la ONU, para el día 08 de marzo del próximo año, cuando nos corresponderá consignar el Memorial de Contestación de la demanda; porque, de todas maneras, el juicio sigue su curso. No hay vuelta atrás.

Asumamos en todos los sectores, del gobierno y de la oposición —sin diferenciaciones por lo menos para este álgido asunto— que nos encontramos ante un hito histórico disyuntivo.

Estamos obligados a presentar nuestras pruebas históricas y jurídicas irrebatibles y demostrar procesalmente, un hecho de vital trascendencia para la vida de la nación: la Guayana Esequiba siempre nos ha pertenecido.

No ha sido poca cosa la que nos han usurpado. Para que tengamos un referente: La séptima parte de nuestra geografía territorial, 159.500 km2, la misma que nos arrebataron con vileza concuerda en extensión con todo el occidente de Venezuela y parte de algunos estados del centro del país. Hay que agregar allí la legítima proyección atlántica que se genera por derecho.

Los reclamos que hemos sostenido, hace más de un siglo, no están anclados en una malcriadez diplomática, un capricho nacional o un empecinamiento sin asidero.

Nuestra contención tiene suficiente validez y eficacia jurídica, cartográfica e histórica; además, la fortaleza moral de saber que no estamos cometiendo ningún acto de deshonestidad contra nadie.

En una controversia fronteriza, uno de los Estados concernidos en el pleito puede completar, pero nunca contradecir un título jurídico heredado y alegado en el juicio, por la contraparte.

Los Justos Títulos traslaticios, en los juicios similares en la Corte, han sentado absoluta jurisprudencia y se les han admitido como elementos de probanzas, revestidos de intangibilidad.

Los argumentos jurídicos, históricos, cartográficos que nos asisten confirman nuestra propiedad sobre esa extensión territorial.

Todos señalan afirmativamente que la Guayana Esequiba siempre ha sido nuestra; mientras que —hasta el día de hoy— la única alegación de Guyana en su pretensión procesal está centrada en el írrito y nulo Laudo Arbitral de París, del 03 de octubre de 1899, para el cual piden que la Corte le dé carácter de cosa juzgada y lo imponga como válido y vinculante para nosotros.

Guyana no ha presentado más nada; porque la supuesta acta de demarcación de 1905 —que la quieren hacer pasar como un “Acuerdo” — ha resultado un grueso contrabando indigerible; mucho menos se han atrevido a argumentar o exponer en este juicio las inefables Líneas Schomburgk.

Por nuestra parte, ¿Qué podemos argumentar?

Comencemos por reposicionar, como alegatos,  nada más y nada menos que La Bula menor Inter Caetera, de fecha 04 de mayo de 1493, otorgada por el Papa Alejandro VI  en favor de Fernando e Isabel, reyes de Castilla y Aragón; donde queda definido que todas las tierras «halladas y por hallar» pertenecerían a los Reyes Católicos, porque serían descubiertas por navegantes castellanos, auspiciados y financiados por los mencionados monarcas; con Cristóbal Colón como figura principal y entre uno de sus acompañantes, Juan de Esquivel , de quien se debe  el epónimo del río Esequibo, por haberlo descubierto y navegado en su 1000 km; desde su nacimiento en la Serranía de Icaraí ( frontera con Brasil) hasta su desembocadura en el océano Atlántico.

Analicemos este otro aporte valedero: la provincia de Guayana fue creada el 18 de noviembre de 1568, cuya margen derecha (por el este) delimitaba con la mitad del río Esequibo. Aunque, en verdad, el nombre de “Guayana” se originó en 1532.

Debemos suponer que en el juicio que se sigue en la Corte no sólo debe importar la narrativa de los hechos sino también el contenido en estricto derecho para que se sentencie la inmediata restitución de lo que nos arrebataron con añagaza y vileza.

Nuestro portafolio cartográfico ha adquirido la condición de incuestionable y pulcro argumento; porque sus elementos constituyentes (los mapas que lo componen) resultan, en sí mismos, premisas de certificación histórica.

Los mapas —no obstante ser pruebas extrínsecas— todos arrojan interpretaciones concluyentes de que la Guayana Esequiba ha estado siempre en el contexto cartográfico venezolano.

Veamos. Condensa un legajo incuestionable todo el mapeado, denominado Carta de América, del reconocido geógrafo y académico francés Guillaume Delisle, de 1774.

También los estudios y publicaciones de Juan de la Cruz Cano y Olmedilla del año 1775. La labor de este reconocido español se basó en un mural realizado con ocho planchas de cobre, valorado como el más completo mapa que se haya hecho de América del Sur, hasta que se inicia la utilización de métodos cartográficos contemporáneos.

Poseemos más elementos para aducir; por ejemplo, de presentarse en este juicio un cotejo cartográfico, los mapas del estadounidense Henry Tanner de 1836 nos favorecen ampliamente.

Igual estamos respaldados por el trabajo geodésico del inglés Jeremy Greenleaf.

Por si fuera poco, hay bastante sustentación argumentativa en la obra cartográfica del inglés Joseph Hadfield, de 1839; la cual fue hallada en Londres en el año 2018, por el abogado Ugo Giuliani, quien donó al Estado venezolano esos mapas legítimos y auténticos, que demuestran la pertenencia de la Guayana Esequiba a la geografía de Venezuela.

Más soportes al respecto. El mapa político y atlas de las provincias venezolanas, realizado por Agustín Codazzi, en 1840; el cual ha sido considerado un elemento de suprema consideración (respaldado por investigaciones geográficas, sobre todo por la especificidad estudiada en la provincia de Guayana).

Añadamos, también, el elogiable aporte cartográfico, plasmado en el enjundioso trabajo del ingeniero y ex rector de la UCV, Muñoz Tébar, en 1897, fundamentalmente hacia la parte oriental de nuestro país.

El atlas de la cartografía de Venezuela, año 1922, del eminente sacerdote e investigador Hermánn González Oropeza.

Pasemos ahora a referir, sucintamente, algunos elementos de probanza intrínseca.

Carlos III, de la dinastía Borbón, llevó a cabo una serie de cambios político-administrativos en ultramar, conocidas como las “Reformas Borbónicas”. Para el caso concreto que nos ocupa, las seis provincias: Maracaibo, Caracas, Nueva Andalucía (Cumaná), Margarita, Trinidad y Guayana fueron integradas, mediante una Cédula Real, en la denominada Capitanía General de Venezuela, el 08 de septiembre de 1777. Con tal denominación y documento nacemos ante el mundo. Leamos:

“…El Rey. – Por cuanto teniendo presente lo que me han planteado acerca de los inconvenientes que produce el que mis indicadas Provincias por la distancia en que se hallan de su capital Santa Fe, siguiéndose por consecuencia el retardo en las providencias con graves perjuicios de mi Real Servicio. Por tanto, para evitar estos y los mayores males que se ocasionarían en el caso de una invasión; he tenido a bien resolver la absoluta separación de las mencionadas Provincias y agregarlas en lo gubernativo y militar a la Capitanía General de Venezuela, del mismo modo que lo están, por lo respectivo al manejo de mi Real Hacienda, a la nueva Intendencia erigida en dicha Provincia, y ciudad de Caracas, su capital, que obedezcan y cumplan las órdenes que en asuntos de mi Real Servicio les comunicare en todo lo gubernativo y militar, que así es mi voluntad. Dada en San Ildefonso a ocho de septiembre de mil setecientos setenta y siete. –  Yo el Rey…”

Atendamos también a este otro argumento. Hubo necesidad de aligerar, con las autoridades del Imperio Español el reconocimiento de la Independencia de Venezuela, por las insistentes sospechas de que los ingleses estaban persuadiendo a España para que no procediera, en consecuencia, a nuestro favor; y les confiriera a ellos el Título Traslaticio de la zona en cuestión, 159.500 km2, la Guayana Esequiba.

“La República de Venezuela por una parte y Su Majestad la Reina de España doña Isabel II y animados del mismo deseo de borrar vestigios de la pasada lucha y de sellar con un acto público y solemne de reconciliación y de paz las buenas relaciones que naturalmente existen ya entre los ciudadanos y súbditos de uno y otro Estado…con beneficio de ambos, han determinado celebrar con tan plausible objeto, un Tratado de Paz, apoyado en principios de justicia y de recíprocas conveniencias (…). Art. 1.- Su Majestad Católica…renuncia por sí, sus herederos y sucesores, la soberanía, derechos y acciones que le corresponden sobre el territorio americano conocido bajo el antiguo nombre de Capitanía General de Venezuela, hoy República de Venezuela…” (Tratado de paz y amistad entre Venezuela y España. 30 de marzo de 1845)

Con esta Cesión de derecho que nos hizo España, de otro Justo Título, la absoluta propiedad de Venezuela sobre la conocida Guayana Esequiba queda consolidada jurídicamente, frente a la voracidad de Inglaterra.

El Imperio Español, a pesar del Decreto de Guerra a Muerte, no puso reparos ni tuvo resentimientos.

Recordemos un capítulo vergonzoso protagonizado por el Imperio Inglés. Ellos propusieron al gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica — el 23 de marzo de 1869– repartirse exactamente por la mitad, todo el territorio de Venezuela; para que EE. UU reubicara en el occidente, a la población negra procedente de África, que había participado en la Guerra de Secesión; porque, según los ingleses “ese país llamado Venezuela, que actualmente, se debate en medio de la mayor anarquía y cuyas ´minor authorities´, no pueden ni siquiera considerarse como sujetos de Derecho Internacional».

A la propuesta anterior, EE.UU. responde: “…este gobierno manifiesta formalmente al gobierno de su majestad británica, que no sólo no coopera en la operación que se le propone en referencia al territorio de la República de Venezuela, sino que se opondrá a ella con todos los medios de que dispone».

Venezuela se encuentra, entonces, munida de Títulos Jurídicos y soportes cartográficos que la respaldan en el presente juicio por ante la Corte Internacional de Justicia.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

UN AGUJERO NEGRO EN EL MAR AZUL

César Augusto Lerena*

Imagen: https://www.argentina.gob.ar/noticias/diputados-dio-media-sancion-para-la-creacion-de-area-marina-protegida-bentonica-agujero

Días pasados en la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de la diputada Graciela Camaño de creación de “Área Marina Protegida Bentónica Agujero Azul” promovido por el Poder Ejecutivo Nacional obtuvo media sanción. Se trata de un área de 148.000 Km2; una superficie equivalente a diez Malvinas de la plataforma continental ubicada más allá de 200 millas de la costa argentina, bajo pretexto de eliminar la pesca ilegal, preservar el medio marino, contribuir a la economía del sector pesquero y, señala el proyecto, reafirmar la soberanía nacional, además, de custodiar al Submarino “ARA San Juan”. Todos argumentos, fundados errónea e inconsistentemente, en un proyecto que, para la mayoría de los argentinos —que viven de espaldas al mar— y la complejidad que encierra, es inentendible y, más aún, cuando se invita a los diputados a sumarse a “una cruzada” para la protección de la ecología y de los restos del Submarino “ARA San Juan”.

Pero este proyecto no es inocuo y, en el hipotético caso que se aprobase en el Senado de la Nación, le provocará gravísimos daños a la Argentina, además de un altísimo costo desproporcionado al improbable beneficio. No se necesita un AMP Bentónica de Agujero Azul, ya que 17 artículos de la Ley 24.922 dotan de suficientes herramientas a la Autoridad de Aplicación y al INIDEP, para que administren y hagan sostenible la pesca en todo el territorio marino y su plataforma continental. Si se quiere proteger al Submarino y a la plataforma continental hubiese bastado: 1) una Ley que declare Monumento Nacional Marino al lugar y unas millas alrededor de donde se encuentran los restos del Submarino “ARA San Juan” y los 44 tripulantes de esta embarcación, de conformidad con lo establecido en el artículo 5º inciso b) de la Ley 27.037 y, 2) Una Resolución del Subsecretario de Pesca con aprobación del Consejo Federal Pesquero que prohíba y/o no autorice la pesca en el área que se determine con redes arrastre de fondo o de deriva, más allá de las 200 millas y hasta las 350 millas, con jurisdicción y facultades suficientes según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y las Leyes 24.922 y 27.557 para apresar y sancionar a los buques nacionales y extranjeros que capturen con esas artes de pesca. Dejando en claro que los poteros que pescan calamar y arrastreros de media agua no tocan el fondo marino y por lo tanto no tienen ningún efecto negativo alguno.

El proyecto es pesqueramente insustentable cuando le da categoría de Reserva sobre” (encima de) la plataforma y no “en” la plataforma, ya que ello solo, podría generar restricciones a la pesca nacional en los cursos de agua, pero no a los buques extranjeros, porque Argentina no tiene jurisdicción sobre las aguas más allá de las 200 millas. Esteban Gaitan del INIDEP al respectó manifestó “…el 4 de noviembre de 2020 se propuso la creación de un AMP bentónica (sobre el fondo marino) en el sector de plataforma bajo administración argentina con la categoría de Reserva Nacional Marina Estricta, la cual prohíbe la pesca en cualquiera de sus formas” (“Desafíos para la investigación científica en la Plataforma Continental”, 04/10/2021), posición que compartimos.

Desde el punto de vista geográfico y diplomático, el proyecto es fallido, ya que confunde los puntos cardinales y ubica el agujero en cuestión «al este por el límite de la ZEE Argentina y al oeste por la isobata de 5.000 metros» (sic) cuando es precisamente al revés y, avanza en el sur al paralelo 47º30’S, que es un área disputada con el Reino Unido según la Comisión de Límites de la ONU. Todo ello, nos induce a pesar, que no se han escuchado a los técnicos en cuestiones marinas y que las probables acciones de quien disputa ese espacio sean impredecibles. No podemos olvidar que el Reino Unido en 2011 declaró en forma unilateral un Área Marina Protegida de 1.070.000 km2 alrededor de las Islas Georgias y Sándwich del Sur sin que la Argentina tomara alguna acción al respecto.

No se cumplieron los requisitos científicos previos exigidos por la FAO (2012) para establecer un Área Marina Protegida. Fundamenta la legisladora contradictoriamente manifiesta que el sector del talud del área «incluye un sistema de cañones submarinos poco conocidos pero que presentarían características de alta biodiversidad y un rol ecológico relevante» (sic), sin embargo, Andrés Loubet-Jambert (FIS, mayo 2 de 2021) describe que «las denominadas características de “alta biodiversidad” deben ser fundamentadas con estudios científicos actuales para asegurar qué rol ecológico relevante tienen, teniendo en cuenta que la FAO indica que el establecimiento de zonas marinas protegidas debe hacerse sobre la base de información científica». Tal vez la científica con mayor responsabilidad en el país en materia de investigación pesquera, la Lic. Claudia Carozza, directora de Investigación del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) precisó: «faltan pruebas científicas suficientes…Aportaremos todos nuestros datos, pero no van más allá de las 200 millas…no sabemos mucho del área» y, preguntada sobre si el INIDEP estaba en condiciones de sobrellevar física y materialmente el trabajo, manifestó: «Tal como estamos no, estamos todos muy sobrecargados…nuestra función fundamental es asesorar sobre el manejo de los recursos» (Revista Puerto, 17/06/21). Por su parte el científico Portela (2012/15) dice: «El impacto concreto de las pesquerías de arrastre bentónico en el área no ha sido cuantificado». La Consultora Ambiental Recilience también dictaminó que «hasta el presente no se ha demostrado fehacientemente en la propuesta de creación de esta Área Marina Protegida, cuál es el nivel de impacto actual de la actividad entrópica sobre el lecho marino».

Tampoco es cierto que la Argentina esté incumpliendo «el compromiso del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020», salvo que se entienda que los espacios marinos de alrededor de las Georgias y Sándwich del Sur no son de jurisdicción argentina y se ignore que en 2011 el Reino Unido determinó allí una reserva ecológica de 1.070.000 Km2 que, junto a los demás territorios marinos ocupados donde se impide la pesca a los buques nacionales, nuestro país tiene restringida una superficie equivalente al 52% de su Zona Económica Exclusiva, un porcentual vedado muy superior al compromiso asumido, donde flotas extranjeras extraen ilegalmente 250.000 toneladas de pescados y moluscos sin control.

Por otra parte, el propio sector manifiesta que no está ponderado el supuesto beneficio económico La Inter-Cámaras de la Industria Pesquera (agosto/2021) manifestó la inconveniencia productiva, económica y la insustentabilidad técnica del proyecto y, el Consejo de Empresas Pesqueras escribió (2019): «No existe una sola mención, ni siquiera de modo tangencial, relacionada a posibles beneficios sociales o económicos…».

Agrego que este proyecto no aporta nada a la “marca país”, ya que la producción pesquera nacional accede a los mercados más exigentes del mundo y, a su vez, el Atlántico Sudoccidental es reconocido por la baja contaminación marina en relación con otros caladeros. Este Proyecto duplica las estructuras oficiales y aumentará los costos del Estado y requeriría, además, una inversión multimillonaria para dotar de buques de investigación y de defensa que releven en forma sistemática el área, cuando hoy este Instituto muchas veces tiene que recurrir al aporte privado para relevar áreas y las especies migratorias de Argentina y las fuerzas navales y de seguridad tienen serias dificultades para controlar en forma permanente el amplio mar argentino.

Contrario a lo que se argumentó en el proyecto, de ninguna manera se impedirá la pesca ilegal extranjera, porque la Argentina no puede regular sobre los cursos de agua en la alta mar a extraños, ya que la Convención del Mar en sus art. 87º y 116º precisan que hay libertad de pesca para todos los Estados en alta mar. Es decir, el proyecto no tiene sustento jurídico-biológico alguno para impedir la pesca extranjera.

Respecto El fortalecimiento internacional y la soberanía nacional, el Área Marina Protegida Agujero Azul facilitará la captura de los buques extranjeros con licencias otorgadas en Malvinas, con un efecto similar al acordado en 1990 que generó una Zona de Conservación (FOCZ) al este de Malvinas y la pesca en Malvinas. Se completará con esta “Área Marina Protegida” un anillo de protección de Malvinas que desde el 2017 los británicos han establecido en todos los territorios de ultramar bajo su control, que alcanzan en la actualidad a 4 millones de km2. La Argentina no necesita ratificar su soberanía sobre la plataforma continental, ya que la Convención del Mar en el Art. 77º es clara: «El estado ribereño ejerce derechos de soberanía sobre la plataforma continental a los efectos de su exploración y de la explotación de sus recursos naturales. Los derechos son exclusivos, si el Estado ribereño no explora la plataforma continental o no explota los recursos naturales de ésta, nadie podrá emprender estas actividades sin expreso consentimiento de dicho Estado».

“La creación de reservas marinas debe ser un paso hacia la paz, no hacia el conflicto” (Ruth Davis, Chief Policy Advisor de Greenpeace, consejera política de la Organización Ecologista).

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Ex Secretario de Bienestar Social (Ctes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Ex Asesor en la H. Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación. Autor de 28 libros y de “Malvinas. 1982-2022. Una Gesta Histórica y 40 años de Entrega. Pesca la moneda de cambio” y “Argentina. La Casa Común. La Encíclica Laudato Si’ El Cuidado de la Casa Común. Comentada”, 2021.