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SI NO SON SUSTENTABLES LAS PROVINCIAS NO PUEDEN SER AUTÓNOMAS

César Augusto Lerena*

Publicado en Perfil, 28 de octubre de 2025.

 

Lo pensamos antes de las elecciones intermedias del 26 de octubre, lo ratificamos luego de ellas: Los gobernadores deberán “poner las barbas en remojo”.

Por un lado, el control externo cada vez es más explícito: “nosotros ayudamos a ganar a Milei” (Donald Trump) “la inusual flotilla de aviones con los mandamás del JP Morgan” y la presencia de Tony Blair y Condoleezza Rice para definir la parte; por el otro, algunos argentinos están aprendiendo y, es muy probable que los funcionarios de los gobiernos que no satisfagan las más básicas necesidades y aspiraciones de sus comunidades serán objeto de duras críticas y, sufrirán el voto castigo, si es que estamos a tiempo.

Muchos de los errores, incapacidades y malas administraciones de los gobernadores han pasado desapercibidos frente a la gran exposición de la grave crisis del país. Los menos, por el contrario, se destacan frente a la mediocre e irresponsable administración nacional.

No avanzaré sobre la debilidad y la dependencia con el gobierno central –que se acrecentará con la intervención extraña– que tienen muchos de los gobiernos provinciales en materia de explotación y aprovechamiento de sus recursos; la radicación industrial y la incapacidad para comercializar la producción. Si no son sustentables las provincias no pueden ser autónomas. Esto queda en evidencia cuando los senadores y diputados votan en el Congreso leyes del Poder Ejecutivo Nacional que desactivan el consumo interno; encarecen los insumos, bienes y servicios básicos; dificultan la radicación industrial y reducen a cero las inversiones en rutas y conectividad. Los gobiernos de provincias son presos de su dependencia.

En una oportunidad, conversando con el gobernador de una provincia del NOA respecto a los emprendimientos mineros, diques, etc. en los que se exigía en los pliegos de licitación a los prestadores de servicios de alimentación que los productos a suministrar fueran de primera marca, le pregunté por qué se establecía esa cláusula; a lo cual me respondió que los operarios debían comer el mejor alimento. Craso error: la primera o segunda marca o las marcas blancas no son diferentes en su calidad y sanidad, porque el Código Alimentario Argentino y el Decreto 4238/68 de inspección de productos animales lo prohíbe. Son, en todo caso, marcas más conocidas en la población por una cuestión de marketing empresario y una continuidad en el mercado. De hecho, productos menos conocidos, que tienen buena venta, son comprados rápidamente por las grandes empresas.

Pero este tema, adquiere una dimensión mayor en el desarrollo de las provincias menos favorecidas, ya que el gobernador que exigía proveer alimentos de primera marca no tenía prácticamente productos de esta calificación en su provincia y, la consecuencia era que volúmenes altísimos de alimentos se debían adquirir, en las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba. Es decir, toda la generación de recursos económicos producidos en su provincia, se extraían como con una aspiradora en favor del crecimiento de terceras provincias con mayor desarrollo industrial y productivo. Cuestión, que ocurre del mismo modo, con los hipermercados que proveen estas marcas acreditadas y se llevan de las provincias los sueldos de empleados públicos y privados.

Hay casos más graves aún; pero, mencionaré uno emblemático: Tierra del Fuego. Su economía depende en gran medida de la ley 19.640 de régimen especial fiscal y aduanero de exención impositiva que cuestionan casi todas las provincias restantes; aunque, fundamental desde el punto de vista poblacional y estratégico. No obstante, no ha logrado llevar adelante ni siquiera un proyecto de transformación pesquero pese a las grandes potencialidades que tiene su territorio insular y marítimo.

Tierra del Fuego, es la segunda provincia del litoral marítimo, que menos productos pesqueros descarga. Su vecina Santa Cruz desembarca unas 115.000 toneladas anuales de especies pesqueras y, Tierra del Fuego solo alcanza a las 33.000 (29%). El Puerto de Mar del Plata está ubicado a una distancia similar a Río Grande y Ushuaia de los caladeros de langostino (Pleoticus muelleri); pero, la primera desembarca unas 12.000 toneladas anuales y, Tierra del Fuego ni un kilo.

Las provincias del litoral marítimo han mantenido un volumen relativo de desembarcos anuales; sin embargo, la Provincia de Tierra del Fuego redujo sus descargas de 94.333 toneladas anuales en 2008 a 33.000 en 2024. Además de ser la que menos valor agrega a las exportaciones, a desembarcado escasas capturas de calamar illex y merluza hubbsi contrastando también con su vecina Santa Cruz que entre ambas especies capturó 56.000 en 2024 y, sus exportaciones, alcanzan solo a unos 70 millones de dólares, fundamentalmente derivados de la exportación de unas 3.000 toneladas de Merluza Negra, de alto valor y bajo valor agregado. Todo ello pese a las ventajas impositivas. Y aunque el Grupo Newsan SA radicado en Ushuaia ocupa el primer lugar en las exportaciones pesqueras argentinas, ello es producto de las inversiones que tiene en Buenos Aires, Chubut y Santa Cruz donde captura, procesa y exporta las tres principales especies argentinas: langostino, merluza hubssi y calamar illex.

Lo que ocurre en Tierra del Fuego contrasta con las 250.000 toneladas anuales que se pescan en Malvinas, un territorio invadido de Tierra del Fuego, sin que la Provincia haya iniciado acción alguna al respecto. 

El gobierno de Tierra del Fuego solo administra la Isla Grande, un pequeño territorio del total de la Provincia, llevando a debilitar no solo la soberanía provincial sino también la nacional y, ese gobierno, parece no haberse dado cuenta, pese al artículo 2° de la Ley 23.775 de Provincialización de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico, que tiene sus atribuciones limitadas: «…la nueva provincia queda sujeta a los tratados con potencias extranjeras que celebre el gobierno federal, para cuya ratificación no será necesario consultar al gobierno» que, si bien a nuestro juicio es inconstitucional, es una verdadera espada de Damocles.

El gobierno provincial se sigue asumiendo como un mero delegado del poder central, como cuando la Provincia se trataba de un mero Territorio Nacional, ya que es inadmisible que, teniendo gran parte de su jurisdicción invadida no ha podido erradicar de Tolhuin el radar de capitales británicos; la empresa británica Harbour Energy que viola la Ley 26.659; la empresa LATAM que no reconoce la autoridad provincial en un Aeropuerto de su jurisdicción, etc. Una verdadera prolongación de la invasión del Reino Unido en Argentina. 

Los resultados en Tierra del Fuego son una clara demostración que el Gobernador no está atendiendo las necesidades de su población y, como dijimos, las exigencias externas e internas crecerán porque su jurisdicción está en disputa y el pueblo ya lo ha entendido.   

Frente al “alineamiento” del gobierno de Milei a Estados Unidos que parece profundizarse con la designación como Ministro de Relaciones Exteriores de Pablo Quirno quién el 12 de agosto de 2013 posteo: «¿Y si el referéndum que hicieron en Malvinas lo hacemos acá? ¿Tendría un resultado diferente?» (sic), todo parece indicar que se va a necesitar un gobernador con una mirada más inteligente, menos tolerante y más allá de la Isla Grande.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. cesarlerena.com.ar

 

 

CRISIS POLÍTICAS Y RUPTURA DEL TEJIDO SOCIAL: DE LA GRIETA A LA FRACTURA DE LA COHESIÓN SOCIAL

Gabriel Francisco Urquidi Roldán*

Marco teórico

El análisis de las crisis políticas contemporáneas requiere integrar las dimensiones económicas, psicosociales, institucionales y de corrupción sistémica. Desde la teoría de la movilización de recursos[1] y los enfoques sobre el conflicto social[2], se entiende que las protestas surgen de la acumulación de desigualdades y de la pérdida de legitimidad del poder político. A su vez, la teoría de la anomia[3] y el concepto de violencia estructural[4] permiten comprender cómo la desintegración de normas compartidas y la exclusión social crean el terreno propicio para el estallido de conflictos.

En este sentido, la «grieta» no constituye solo un fenómeno discursivo, sino un dispositivo de fragmentación social que es funcional a las élites políticas y económicas. Cuando la corrupción, el narcotráfico y el financiamiento ilícito penetran el aparato estatal, se produce una pérdida de confianza generalizada, fenómeno que Max Weber[5] denominó «crisis de legitimidad» del Estado racional-legal.

Análisis comparativo internacional

Los casos de Sri Lanka, Nepal, Madagascar y Perú muestran un patrón recurrente donde las crisis económicas, la corrupción y el colapso institucional derivan en estallidos sociales y cambios abruptos de gobierno.

En Sri Lanka (2022), la combinación de endeudamiento externo, inflación, escasez de alimentos y denuncias de corrupción y lavado de dinero en el círculo presidencial precipitó la caída de Gotabaya Rajapaksa[6].

En Nepal, la manipulación de recursos internacionales y los conflictos internos por el control de la ayuda humanitaria contribuyeron a una inestabilidad política crónica[7].

Madagascar atravesó repetidos golpes de Estado motivados por el uso indebido de fondos públicos y redes de contrabando y narcotráfico[8], mientras que en Perú los escándalos de corrupción y financiamiento ilegal de campañas políticas (Odebrecht, minería ilegal y narcotráfico) erosionaron la legitimidad de sucesivos gobiernos[9].

En todos los casos, las causas económicas (recesión, inflación, endeudamiento), psicosociales (frustración, miedo, pérdida de horizonte colectivo) y éticas (corrupción estructural, impunidad judicial) actuaron como catalizadores del colapso político y la ruptura del tejido social.

Argentina: entre la grieta, la corrupción y el desencanto

A días de las elecciones del 26 de octubre, Argentina enfrenta un panorama de profunda vulnerabilidad social y moral. La pobreza estructural, el desempleo creciente, la inflación sostenida y la violencia estatal contra los sectores más frágiles —jubilados, personas con discapacidad, enfermos crónicos y terminales, y trabajadores de la educación— reflejan la desconexión entre los funcionarios a cargo de la administración pública y las necesidades reales de la sociedad.

Paralelamente, se han revelado escándalos de corrupción, estafas financieras y vínculos con el narcotráfico, que comprometen tanto a funcionarios públicos como a empresarios cercanos al poder. El uso discrecional de fondos, los mecanismos de lavado de dinero y la triangulación con empresas fantasmas evidencian un sistema de poder capturado por intereses ilegales, donde la justicia aparece, en muchos casos, cooptada o indiferente.

Este entramado reproduce un modelo de impunidad institucionalizada, que profundiza la desconfianza social y el descreimiento en la democracia. La grieta, alimentada por la polarización mediática y el miedo, se convierte así en una herramienta política para dividir y neutralizar el descontento ciudadano.

Conclusión

Las experiencias de Sri Lanka, Nepal, Madagascar y Perú confirman que cuando la corrupción y el financiamiento ilícito se convierten en norma, la legitimidad política se derrumba. En la Argentina de hoy, el deterioro económico y moral conforma un terreno fértil para la fragmentación social.

El desafío no radica únicamente en recuperar la economía, sino en reconstruir la ética pública y el sentido de comunidad. Las elecciones del 26 de octubre no solo pondrán a prueba la resistencia de las instituciones, sino la capacidad del pueblo argentino de rechazar la impunidad y reivindicar la justicia social como principio fundante de la democracia.

 

* Licenciado en Seguridad. Especialista en Análisis de Inteligencia y Maestrando en Inteligencia Estratégica Nacional, con experiencia en estrategia, geopolítica, tasalopolítica, producción de información, así como en Seguridad y Protección de Infraestructuras Críticas.

 

Referencias bibliográficas

[1] Tilly, C. From Mobilization to Revolution. Reading, MA: Addison-Wesley, 1978.

[2] Touraine, A. El regreso del actor. Buenos Aires: Eudeba, 1984

[3] Durkheim, É. Le suicide: Étude de sociologie. Paris: F. Alcan, 1897.

[4] Galtung, J. « Violence, Peace, and Peace Research». Journal of Peace Research, vol. 6, n° 3, 1969, p. 167-191.

[5] Weber, M. Economía y sociedad. México: Fondo de Cultura Económica, 1922.

[6] Sri Lanka https://www.crisisgroup.org/asia-pacific/south-asia/sri-lanka.

[7] Nepal: violentas protestas hacen caer al primer ministro, mientras los manifestantes incendian el Parlamento y otros edificios públicos https://www.bbc.com/mundo/articles/cqxz8q48ej3o.

[8] Madagascar: una isla cansada de promesas y sacudida por una nueva crisis política, https://www.france24.com/es/áfrica/20251013-madagascar-una-isla-cansada-de-promesas-y-sacudida-por-una-nueva-crisis-política.

[9] Miles protestan contra el gobierno y el Congreso en Perú https://www.dw.com/es/miles-protestan-contra-el-gobierno-y-el-congreso-en-per%C3%BA/a-74376577.

 

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HAY QUE ADMINISTRAR LA PESCA INDUSTRIAL

César Augusto Lerena*

Pesca ilegal: ¿Por qué crece año tras año y cuál es su impacto geopolítico? |TELAM

Artículo publicado en Perfil, 17 de octubre de 2025.

 

La Subsecretaría de Pesca Nacional y el Consejo Federal Pesquero ―pese a su nombre― no solo, no son organismos ocupados en administrar en forma federal la explotación de los recursos pesqueros, sino que después de 27 años de gestión han sido ineficientes para hacerlo en forma equitativa, sustentable y sostenible y mucho menos para evitar la pesca ilegal en el Atlántico Suroccidental que es anterior a la misma sanción de la ley 24.922 y contribuir con alguna estrategia destinada a la recuperación de Malvinas, donde la pesca es su principal sostén. Ello se ha agravado en los últimos años, donde esos organismos han sido incapaces de resolver un conflicto empresario-gremial que ha significado una pérdida irreparable a todas las partes.

La pesca argentina está estancada mientras esta explotación y su comercio le permite un crecimiento sostenido a la pesca española y especialmente a la gallega.

En el artículo 1° ―que aportamos a su redacción junto al ex senador Hipólito Solari Yrigoyen― de la Ley 24.922 se prescribe: «La Nación Argentina fomentará el ejercicio de la pesca marítima en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos. Promoverá la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca y promocionará la sustentabilidad de la actividad pesquera, fomentando la conservación a largo plazo de los recursos, favoreciendo el desarrollo de procesos industriales ambientalmente apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor empleo de mano de obra argentina». Nada que hayan llevado adelante ni la Subsecretaría de Pesca ni el Consejo Federal Pesquero: no se ha promovido una industria sustentable y el 60% de las exportaciones se realizan sin valor agregado o se exportan materias primas para transformar en terceros; además de descartarse el 30% de las capturas (FAO, ANG, INIDEP) y no llevar ninguna política para erradicar la pesca ilegal. Siendo la Pesca una concesión de la explotación, las condiciones otorgadas para llevar adelante una actividad sustentable son absolutamente insuficientes para generar empleo y desarrollo en las comunidades y regiones. Por cierto, nunca tu vieron una política ambiental y referida a la Acuicultura, actividad que hoy representa el 49% de la producción mundial y en la Argentina escasamente accede a poco más de 1%. Además de ello ―y central, tratándose de recursos compartidos― la administración del recurso no es federal, en perjuicio de todos: de los concesionarios y las provincias del litoral marítimo.

Entendemos que la ley debe reformarse creando un Agencia Nacional Pesquera, quien operaría como Autoridad de Aplicación, integrada un representante de cada una de las provincias marítima; un presidente designado por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de las provincias; un director ejecutivo; un representante del sector empresario pesquero; un representante del sector gremial pesquero y, un representante del sector industrial naval pesquero. Todas funciones que se cumplirán ad-honorem.

Esta Agencia debería depender del Ministerio de Economía y no de Agricultura y Ganadería, ya que la pesca es una actividad extractiva, industrial y exportadora que nada tiene que ver con esas actividades agropecuarias. Y, además, autofinanciarse, para ejecutar las acciones de administración, investigación y control.

La integración del Consejo Federal Pesquero tiene ―según la ley 24.922― una representación minoritaria de las provincias ―individual y colectivamente― y ello solo hace que ni la ley vigente ni el Consejo puedan denominarse «federal». Ello es así, porque además se ha supuesto al legislarse que las provincias deban actuar en bloque, perdiendo sus particularidades y autonomías. 

El hábitat del recurso pesquero no se limita a un espacio marino bajo control de una provincia o a un ámbito referido a la zona económica exclusiva, debiendo tratarse en forma conjunta e integralmente como refiere la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) y mediante un enfoque eco-sistémico, de modo tal, que siendo las provincias del litoral marítimo donde se radican las empresas pesqueras y son sus puertos donde se embarcan y desembarcan y transportan, industrializan y almacenan las materias primas y los productos y, tratándose además, los recursos pesqueros, de especies que migran e intervienen en una ecología trófica con otras especies en distintos espacios marinos, resulta biológica y jurídicamente improcedente que la política pesquera esté en manos de la nación y las provincias deban subordinarse a una seudo-representación que no tiene base de sustentación alguna, más que competirle las cuestiones de seguridad nacional, defensa, aduana y las relaciones exteriores.

Las provincias no han delegado en la Nación la explotación de los recursos naturales y la ley 24.922 ha determinado arbitrariamente que los recursos desde las 12 a las 200 millas son de dominio y jurisdicción de la nación, como si estos recursos fueran estancos y no pertenecieran a un mismo ecosistema, debiendo las provincias relegar su generación de riqueza, empleo y desarrollo poblacional e industrial a las decisiones de un ente burocrático mayoritariamente integrado por funcionarios de la Nación que carecen de las capacidades de producción de las provincias y, a pesar de ello, determinan políticas que desconocen las autonomías provinciales. Ello sin tener en cuenta ―incluso― que en algunos casos como, por ejemplo, los espacios marítimos de la Provincia de Buenos Aires, donde la Nación se los arroga como propios, pese a lo establecido en la Constitución Nacional, los pactos especiales, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y las leyes provinciales 11.447 y 12.558, cuyos argumentos ya hemos explicitado en forma extensa (César Lerena “El Saqueo. La apropiación de la Nación de los recursos pesqueros de la Provincia de Buenos Aires” Ed. Fundación Agustina Lerena, 2024) y, por cierto, las Malvinas no serán sustentables pos-recuperación por parte de Argentina, de limitarse su territorio marítimo a las 12 millas.

El Consejo Federal Pesquero no es suficientemente representativo y, se omiten actores que resultan fundamentales en el diseño de una política pesquera participativa. Por su parte el Subsecretario de Pesca carece habitualmente de representación ya que suele resultar elegido por haber militado con el presidente o ministro de turno o es amigo o apoderado de un empresario pesquero influyente o de un gobernador con acceso al poder. Un subsecretario, que no tiene poder de decisión propia y actúa por delegación in eternum del secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca y, un Consejo Federal Pesquero que tiene funciones superpuestas que debilitan la función del subsecretario y, donde el referido secretario de Agricultura -el delegante- no fija las políticas, sino que es el Consejo presidido por el subsecretario de pesca, quien firma las resoluciones en representación de ese cuerpo.

Por ejemplo, el artículo 7º de la ley 24.922, indica en el inciso a) que la Autoridad de Aplicación «conduce y ejecuta la política pesquera nacional, regulando la explotación, fiscalización e investigación» y, ello es lógico, porque se trata de un mero secretario del Presidente de la Nación, quien por el artículo 99º de la Constitución Nacional es, entre otras atribuciones, «el responsable político de la administración general del país y quien expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias»; pese a ello, en el artículo 9º de la ley 24.922 se indica que serán funciones del Consejo Federal Pesquero: «a) Establecer la política pesquera nacional; b) Establecer la política de investigación pesquera», etc. funciones que no se asignan ni siquiera al secretario del ramo. Una verdadera incongruencia jurídica y un debilitamiento de las tareas propias del secretario, que es quien debería ejecutar la política fijada por el Poder Ejecutivo Nacional.

Del mismo modo, se condicionan a la aprobación previa del Consejo las funciones de la Autoridad de Aplicación, el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, por lo cual, hubiera sido más razonable, de sostenerse el criterio actual, eliminar del organigrama al secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca y al Subsecretario de Pesca y Acuicultura. Una demostración total de incoherencia organizativa de ese cuerpo.

Procedemos entonces a propiciar el descarte de las figuras del subsecretario de pesca y del Consejo Federal Pesquero, creando una Agencia Nacional Pesquera con verdadera representación de todas las provincias del litoral marítimo, los Estados más interesados en que la actividad se fortalezca y sea conducida en forma federada para asegurar un reparto equitativo de los recursos naturales que nunca fueron delegados a la Nación.

Por cierto, esta Agencia deberá resolver –entre otras cuestiones- la distribución equitativa de los recursos migratorios provinciales, con el mismo criterio de la ley vigente que se atribuye derechos sobre los recursos originarios de la Zona Económica Exclusiva que migran a alta mar. Tema que no han podido resolver ni la Subsecretaría de Pesca ni el Consejo Federal Pesquero y es que, no se puede administrar lo que no se conoce.  

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado.