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CORONEL ARGENTINO DEL VALLE LARRABURE, SOLDADO DE DIOS Y DE LA PATRIA

Coronel Argentino del Valle Larrabure

«Gloria a Dios en las alturas y en la tierra paz a los hombres de buena voluntad»

¡Gloria a Dios por la liberación del linaje humano de la esclavitud impuesta por el demonio, de las cadenas que son el pecado, el mal y la muerte! ¡Gloria por la futura victoria final bajo la dirección de nuestro caudillo Cristo!

Y sea la paz en la tierra, el reposo para los que lloran, para los perseguidos y los oprimidos. La paz de Cristo es necesaria hoy para nuestra Iglesia Católica, para nuestro pueblo, así como también para toda la humanidad. A Dios le agradan los hombres de buena voluntad. Su placer descansa allá donde hay amor a Dios y al prójimo.

En el diario del Coronel Argentino del Valle Larrabure leemos: «Este vivir sin querer vivir me hace volcar a diario profundas meditaciones. Ellas me reencuentran con Dios, en quien deposito mi esperanza y me someto sumiso al destino que me dé».

«Calladamente rezo pidiendo a Dios que no me abandone en una locura humillante. Quiero morir como el quebracho, que al caer hace un ruido que es un alarido que estremece la tranquilidad del monte. Quiero morir de pie, invocando a Dios, a mi familia, a la Patria, a mi ejército, a mi pueblo no contaminado con ideas empapadas en la disociación y en la sangre (…)«.

Pero no todo es gloria a Dios y paz en la tierra. El espíritu del Anticristo no está muerto en la humanidad y por eso estallan las violencias, las injusticias, los ludibrios. Sabemos bien, por la enseñanza y por el espíritu de Cristo, que todas estas cosas son inicuas y merecen condenación.

Todos los años recordamos en la liturgia el episodio de la resurrección de Lázaro por parte de nuestro Señor Jesucristo. Las palabras del Señor referentes a Lázaro serán siempre inolvidables para toda la historia de la humanidad: «él no murió, él duerme, él se levantará». Estas palabras llegan también a todos aquellos a los cuales nosotros recordamos con cariño y cuya existencia agradecemos a Dios en nuestras oraciones al recordar lo que sufrieron y lo que hicieron. Tenemos la profunda certeza de que ellos resucitarán de entre los muertos.

Así como antaño Jesucristo hizo a Lázaro tan cercano al corazón de los cristianos, así nuestros mártires están próximos a nosotros especialmente en los momentos en que recordamos sus hazañas y solemnizamos su memoria. Esta unión no puede romperse jamás. Porque no es una unión solamente natural en el sentido de que están unidos a nosotros por la ley de la sangre y del común espíritu nacional, sino que es por sobre todo una unión sobrenatural, que proviene de la gracia divina, un lazo misterioso que no puede desatar, ni romper, ni destrozar ninguna fuerza por poderosa que sea, ya que la base de esta unión mística es el mismo Dios. Tal unión aumenta nuestras fuerzas porque nosotros debemos ser los prolongadores de su obra. Cada cristiano debe preguntarse a sí mismo: «¿Y tú…? ¿Obras como ellos? ¿Cuál es tu conducta, tu vida, qué haces tú cada día?» La única respuesta legítima que podemos darles es: «Nosotros queremos ir siguiendo vuestras huellas».

Cuenta Arturo Cirilo Larrabure, hijo del Coronel Argentino del Valle Larrabure que su padre le dejó dos consejos: perdonó a sus asesinos y nos dijo «no odien a nadie: respondan la bofetada poniendo la otra mejilla».

Y en verdad querría ser como él; odiar… no odio a nadie, pero poner la otra mejilla es más de lo que puedo dar. El Coronel quiso para ellos el perdón, pero yo quiero para los aún vivos el cadalso, y para los que ya partieron, el azufre eterno y el escarnio público de sus nombres.

Pero por agobiante que sea nuestro dolor, nunca podrá quitar de nosotros el consuelo y la alegría que encuentran una expresión tan acabada en el espíritu de la Noche Buena de Navidad: «Gloria a Dios en el cielo y la paz en la tierra a los hombres de buena voluntad». Por eso en la misa de Navidad, la liturgia de la Santa Iglesia encabeza la serie de nuestros cánticos con aquel que dice: «¡Con nosotros está Dios, compréndanlo las naciones, porque Dios está con nosotros!». Nadie podrá sumergirnos en el abismo de la tristeza y allí vencernos; ningún enemigo podrá amenazarnos de verdad pues tenemos por grande e invencible aliado al mismo Dios. Son, pues, inútiles los esfuerzos de los ateos porque con nosotros está Dios. De ahí que aún en las convulsiones de la muerte o en medio de sufrimientos inenarrables el mártir levanta sus ojos hacia Cristo implorando el consuelo y una chispa de alegría. Nadie puede dar eso como Él.

Hay que luchar valientemente, sin el menor miedo, por la causa de Dios. Y aunque muchos, según el juicio de los mundanos, han sucumbido en esta lucha, abrumados por las penas que les impusieron los ateos militantes, en realidad acabaron con gloria la carrera de su vida, finalizaron su lucha con una total victoria, y cumplieron honorablemente su deber. Son los mártires. Ellos pudieron repetir con el Apóstol San Pablo aquellas palabras llenas de esperanza y de alegría: «He peleado el buen combate, he concluido la carrera, he guardado la fe. Por lo demás, me está reservada la corona de justicia que me dará el Señor en aquel día como justo Juez; y no sólo a mí, sino también a los que aman su venida» (2 Tim. 4,7-8).

Por eso, cuando nos acordamos de la muerte de nuestros héroes, no nos sentimos agobiados sino llenos de ánimo y fortaleza. Sentimos ánimo, nos invade incluso la alegría ya que ellos murieron no como vencidos sino como vencedores. ¿Por qué vencieron? Porque estaban armados con las armas de la Verdad. «Pues las armas con que combatimos —dice San Pablo— no son carnales sino que son poderosas en Dios para derrocar fortalezas. Con ellas destruimos los proyectos y toda altanería que se engríe contra la ciencia de Dios y cautivamos todo entendimiento a la obediencia de Cristo» (2 Cor. 10.4-5). Y en otro lugar el Apóstol nos explica cómo debemos usar estas poderosas armas sobrenaturales: «Revestíos de la armadura de Dios, para poder contrarrestar las asechanzas del demonio. Porque debemos luchar no contra carne y sangre, sino contra los príncipes y potestades, contra los adalides de estas tinieblas del mundo, contra los espíritus malignos en los aires. Por tanto, tomad las armas todas de Dios, para poder resistir en el día aciago y sosteneros apercibidos en todo. Estad, pues, a pie firme, ceñidos vuestros lomos con el vínculo de la verdad, y armados de la coraza de la justicia, y calzados los pies prontos para el Evangelio de la paz”. (Ef. 6,11-17) (1)

En Villa María Córdoba el 11 de agosto de 1974, unos 70 hombres, acompañados por varias mujeres, coparon la fábrica militar y se apoderaron de más de 100 fusiles FAL, municiones, uniformes militares y pertrechos de guerra.

El operativo se inició a las 21.30 hs. con la toma del Motel Pasatiempo ubicado a menos de diez cuadras de la fábrica militar de pólvora y explosivos, en el deslinde entre Villa María y el pueblo de Villa Nueva. Redujeron a las parejas que se encontraban en las habitaciones y al conserje.

El Motel Pasatiempo se convirtió en la central de operaciones del grupo guerrillero. Allí se instalaron radiotransmisores portátiles que sirvieron para la comunicación entre los distintos grupos actuantes en el copamiento de la fábrica militar.

Simultáneamente a la ocupación del motel, unos 50 o 60 guerrilleros divididos en grupos iniciaron el copamiento de la fábrica militar de pólvora y explosivos. El grueso habría arribado en un ómnibus militar, muchos de ellos vistiendo uniformes del Ejército.

En la huida se llevaron al Mayor Larrabure. Un individuo de apellido Fernández, detenido luego del operativo en un control policial, declaró ser parte de una organización declarada fuera de la ley, ser de la provincia de Tucumán y haber recibido 250.000 pesos moneda nacional por su participación en el hecho. (2)

Si después de las palabras vertidas en publicaciones de los mismos subversivos las nuevas generaciones siguen pensando que se trataba de “jóvenes románticos e idealistas”, simples civiles que tuvieron la “mala suerte” de ser detenidos por un malentendido, sinceramente no tienen comprensión de texto. Queda más que claro que eran organizaciones armadas, con uniformes, armas y grados militares. También queda claro que, por un cuarto de millón de dólares como “resarcimiento” vendieron a los medios una dignidad que nunca tuvieron.

Y tan cobardes fueron, son y serán que, lejos de hacerse cargo del asesinato del Coronel, quisieron hacerlo pasar por suicidio, por algo definió a sus captores como «medrosos, pusilánimes, valientes en las sombras, impulsivos, cortantes y autoritarios»… La primera autopsia dictaminó «muerte por estrangulación». El profesor Paul H. Lewis, experto de la Tulane University, New Orleans, escribió: «Larrabure estaba en medio de un canto cuando sus captores lo estrangularon con un cable y, moribundo, recibió un golpe mortal en el cráneo». Otras opiniones: «Con su salud quebrantada y en el límite de sus fuerzas, es casi imposible que se suicidara».

Hagamos saber a las nuevas generaciones la verdadera historia de la primera guerra que libramos en el siglo XX, la Guerra contra la subversión. No eran scouts, eran jóvenes militarizados que asesinaron tanto a militares como a civiles.

¡Honor y Gloria y Saludo Uno al Coronel Argentino del Valle Larrabure!

DyPoM

Por der Landsmann para Saeeg

Referencias:

  1. Revista Mikael Nº 7 1975  pág. 21-27-  José Slipyi, Arzobispo Mayor de la Iglesia Católica Ucrania y Cardenal de la Santa Iglesia, traducido del ucraniano por el Sr. Máximo Korsun.
  2. Revista Noticias Nº 254 pág. 6-7 del 12 de Agosto de 1974.
  3. Infobae – 10 de Agosto de 2019

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GUAYANA ESEQUIBA: PROBABILIDADES (DE EVENTOS ACONTECIBLES) EN LA CORTE

Abraham Gómez R.*

En todo evento y a cada instante, debemos ser enfáticos en pronunciar con insistencia ante el mundo que no le estamos quitando las dos terceras partes del territorio de Guyana, como ellos arguyen.

Nosotros debemos demostrar que fue el Imperio Británico que nos invadió y despojó —mediante el írrito Laudo Arbitral de París de 1899— de una séptima parte de la geografía venezolana, que luego la cede para que se forme la República Cooperativa de Guyana, el 26 de mayo de 1966.

La estrategia sibilina que ha manejado, desde hace mucho tiempo, la parte guyanesa, consiste en hacernos aparecer ante la comunidad internacional, como una nación grande que atropella a un país pequeño.

Nuestra contención tiene suficiente asidero jurídico, cartográfico e histórico, y la fortaleza moral de saber que no estamos cometiendo ningún acto de deshonestidad contra nadie.

Estamos —razonablemente— dispuestos a diseñar las estrategias a que haya lugar para que se cumplan los objetivos de restitución y reivindicación nacionalista que nos hemos trazado, mediante hechos y actos jurídicamente concretos; por lo que, no se trata de una simple ilusión, sino de una determinación probable con fundamento.

Los reclamos que hemos sostenido, desde hace más de un siglo, no están anclados en una malcriadez diplomática, capricho nacional o empecinamiento injustificado.

La Contraparte en el litigio sabe que poseemos bastantes documentos.

La delegación diplomática de la excolonia británica (que tiene meses haciendo cabildeo en La Haya) conoce además que nos encontramos apertrechados con los Justos Títulos que avalan la histórica propiedad, incuestionable, de Venezuela sobre la Guayana Esequiba.

Comencemos a desglosar lo que consideramos —entiéndase bien y claro— algunas suposiciones, algunos escenarios previsibles, que podrían desarrollarse a partir de este momento, en la mencionada Sala Juzgadora.

En honor a la vedad, la Excepción Preliminar que consignó Venezuela, el 07 de junio pasado, conforme al artículo 79 del Reglamento de la Corte —en su condición de parte demandada— fue recibida por ese Alto Tribunal e inmediatamente dio traslado (remitida) a la delegación guyanesa para que procedan, si es el caso, a hacerle las observaciones a que haya lugar, en un plazo que vence el 07 de octubre de este año.

El contenido esencial de la Excepción Preliminar se basa en solicitar al Órgano Sentenciador que no admita la demanda que nos hizo Guyana; porque tal acción interpuesta contra nosotros no calza los elementos exigibles en un debido proceso.

Se van a suscitar hechos interesantísimos, luego que la delegación guyanesa consigne, para la fecha-plazo arriba señalada, lo que se le ha solicitado.

Con todos los especialistas y estudiosos de esta contención, con quienes hemos intercambiado criterios de los posibles acontecimientos sucesivos, coincidimos en señalarle a los entes competentes dos cosas previsibles: la primera apunta a recatarnos, ya que aún no debemos “celebrar ni cantar victorias”.

 En verdad, la escogencia y determinación de la Excepción Preliminar (por cierto, que ya la habíamos asomado y propuesto, desde hace algún tiempo) constituye un elogiable acto procesal, bien asestado; con el cual se paralizó en la Sala Juzgadora de la ONU el conocimiento del fondo del asunto; es decir, quedó en el limbo —en un mientras tanto— el objeto de la causa.

 Distante de como aspiraba y pedía Guyana, que se le diera, de una vez: “la validez y efecto vinculante al Laudo Arbitral de París, del 03 de octubre de 1899; y se considerara cosa juzgada material”.

El petitorio anterior quedó “en el congelador” hasta que se decida primero todo lo concerniente a las objeciones de admisibilidad que ha hecho Venezuela; por cuanto, en la mencionada demanda —decimos nosotros, una vez más— no hay suficientes elementos estructurantes como para considerársele categoría de un debido proceso.

Supongamos (primera prospectiva) que la Corte rechaza los argumentos de la Parte guyanesa; por endebles, insustantivos e insostenibles jurídicamente a las respuestas esperadas —léase: observaciones y conclusiones— para la Excepción Preliminar. Siendo así entonces, la demanda no sería admitida; en consecuencia, ambas partes (en autocomposición bilateral, en tanto medio alternativo de solución del conflicto) tendrían que regresar (tal vez) a explorar otras alternativas “prácticas y satisfactorias”, según el propósito y razón del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Sin embargo, se pudiera presentar el caso contrario (segunda prospectiva), que la Corte valide las respuestas de Guyana y proceda, ipso-facto, a admitir la demanda, con lo cual prosigue el juicio (para conocer el fondo del asunto litigioso) y por ende la ratificación del 08 de marzo del 2023, como fecha para que Venezuela presente (en la fase escrita) el Memorial de Contestación a la aludida demanda.

Otro escenario —nada desdeñable— pero ya dentro del Proceso que se seguiría (tercera prospectiva) vendría a ser que la Corte sentencie como nulo e írrito el Laudo Arbitral de París, (previa comparecencia, en el juicio, de nuestro Agente y Coagentes en las audiencias respectivas —en procura de la convicción del Jurado— para contravenir, alegar los hechos, fundamentar en derecho y esgrimir probanzas.

Esta tercera probabilidad, obviamente, nos remontaría a los eventos previos a la firma del Consenso de Washington de 1897; no obstante, con varias interrogantes: ¿Cuál sería el Derecho aplicable? ¿Iríamos a una nueva solución arbitral (heterocomposición), pero en esta oportunidad, con nuestra legítima representación? ¿Podría ordenar la Corte agotar la sucesividad para la búsqueda de soluciones a controversias interestatales, de acuerdo con el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas?

Se nos podría presentar, también, (cuarta prospectiva), que el Alto Tribunal de La Haya solucione a favor de Guyana; atendiendo al contenido de su petitorio, donde ellos aducen que el Laudo fue “ejecutoriado” por Venezuela, mediante “Acta de 1905” (hemos entrecomillado ambos elementos, porque siempre han sido considerados un vulgar ardid tramposo).

Y llegamos a la (quinta prospectiva) solución que, en justo derecho, toda Venezuela ha estado esperando, desde hace más de un siglo.

Prestemos atención lo siguiente: nuestra Independencia la logramos en campos de batallas. Contrariamente a los relatos con los que Guyana pretende exhibirse en la comunidad internacional. La emancipación de ellos se obtuvo como   resultado de arreglos obligados de descolonización.

Con la intención de reforzar nuestra génesis de libertad, podemos añadir lo siguiente: si hubo, en el 1845 un Título Traslaticio de conferimiento de la soberanía a la naciente República de Venezuela, fue porque sesenta y ocho años antes se consolidó la Capitanía General de Venezuela, a través de la Real Cédula de Carlos III, el 8 de septiembre de 1777 con la cual nos dimos a conocer ante el mundo como Nación.

Acaudalamos dos Justos Títulos (y una inmensa cartografía favorable) para demostrar y probar, en la Corte Internacional de Justicia, que la Guayana Esequiba desde siempre ha sido nuestra; por lo que consideramos al citado Laudo de tratativa perversa (no es que sea anulable, es que es nulo de toda nulidad) con cuyo contenido —sin validez, sin eficacia jurídica ni fuerza— pretenderían borrar la gesta histórica de la que nos sentimos orgullosos los venezolanos.

 

*  Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

GUAYANA ESEQUIBA: ACTO CONTRARIO A DERECHO, NUNCA GENERA DERECHO

Abraham Gómez R.*

Venezuela ha tenido al Laudo y todo cuanto allí se hizo, el 3 de octubre de 1899 —cuando se perpetró la conocida abominación y arrebato contra nuestro país— como un acto de nulidad absoluta.

Nulo de pleno derecho. Insubsanable.

La nulidad absoluta —ipso jure— acarrea las consecuencias más graves que puede sufrir un acto procesal.

La sentencia engañosa que nos ha causado daños y perjuicios, por más de cien años, nunca ha tenido validez ni fuerza oponible a nada. Se encuentra en completa inexistencia —en su materialización dispositiva—, por estar inmersa en inaceptables vicios jurisdiccionales, insaneables.

La nulidad absoluta de la decisión arbitral nace desde el mismo momento cuando se omitieron requisitos y presupuestos procesales necesarios para lograr su objetivo.

También ocurrió cuando se nos colocó, siendo parte interesada y concernida, en una situación de indefensión; inclusive a partir del Tratado de Washington de 1897.

Hemos reafirmado históricamente que la calificación de nulidad del Laudo Arbitral de París se la atribuimos y existe desde el propio instante de la celebración de ese espurio «acto decisional»; así entonces, nos permitimos aclarar que la nulidad del citado adefesio jurídico comporta, en sí mismo un resultado sin arreglos posibles y no un proceso en procura de algunos objetivos más o menos considerables.

Hemos dicho, muchas veces  en todas nuestras conferencias en las universidades, que si la Corte se dispone a examinar los hechos en estricto derecho; y que si la citada resolución tramposa es el objeto de fondo de la segunda etapa del Proceso ante la Corte, se le presenta la mejor ocasión a nuestra delegación para denunciar la perversión jurídica de la cual fuimos víctima; y desenmascarar a la Parte guyanesa, que no ha hecho otra cosa que pretender torcer tamaña e inocultable realidad histórica para sus propios intereses en comparsa con insaciables empresas transnacionales.

Guyana aspira ganar sin las mejores cartas, ni tener con qué; y nosotros solicitamos e invocamos que la Corte haga justicia al hacernos justicia.

El pasado 7 de junio, introdujimos una Excepción Preliminar pidiendo que la Corte Internacional de Justicia no admita la demanda que nos interpuso Guyana, por cuanto, consideramos que tal iniciativa procesal de la excolonia británica no calza los elementos exigibles para un Debido Proceso de esta naturaleza.

Esperaremos los resultados de las observaciones y conclusiones que, respecto a tal Excepción Preliminar, la Sala Juzgadora solicitó a Guyana.

La expresión que hemos venido divulgando “no hay nada de qué temer”, no constituye un exagerado optimismo o una salida con efecto placebo.

Lo que decimos, lo divulgamos con sobrada justificación, porque poseemos los Justos Títulos que respaldan lo que pronto mostraremos y demostraremos —aportación de Parte— ante el Alto Tribunal de La Haya.

Qué expondremos. Nada más y nada menos que la más grande tropelía que se haya perpetrado contra un país pobre e indefenso para la época, frente a la arrogancia y soberbia del Imperio Inglés.

Hoy se hace preciso destacar el significativo aporte para el mundo del reconocido jurista sueco Gillis Weter, quien, en un enjundioso estudio de cinco tomos denominado «Los Procedimientos Internacionales de Arbitraje» (Edición-1979); precisamente en su 3er. tomo, dedicado al arbitraje entre Venezuela y la Gran Bretaña, concluye que:

«…Ese laudo Arbitral constituye el obstáculo fundamental para que se consolide la fe de los pueblos en el arbitraje y en la solución de controversias por vías pacíficas. Tal sentencia adolece de serios vicios procesales y sustantivos, y fue objeto de una componenda de tipo político».

Cada vez que profundizamos, una y otra vez, en examinaciones al Laudo Arbitral, conseguimos muchas causales para desecharlo y preguntarnos —en purísima realidad— sobre qué elementos objetivos se atreverá a preparar la Motivación y Fundamentación la Corte para una posible sentencia.

Jamás podemos imaginarnos; resulta impensable en estricto derecho, que ese Laudo —como pide la contraparte guyanesa— puede producir Cosa Juzgada (res Judicata), cuya fuerza sea oponible a Venezuela; en el supuesto de que nuestro país se haga Parte del Juicio, y conceda competencia a la Corte Internacional de Justicia, para el 8 de marzo del próximo año, cuando hemos sido citados a consignar el Memorial de Contestación de la demanda.

Cabe aquí desempolvar una antiquísima máxima del Derecho Romano, que cobra validez y vigencia en el Derecho Internacional Público: «Lo que ha resultado nulo desde su inicio, no puede ser convalidado por el transcurso del tiempo».

Encontrándonos en las proximidades de otra posible sentencia, nos vemos obligados a diseñar como equipo representativo del Estado venezolano, las más eficientes estrategias para hacer todas las alegaciones que sean necesarias, oportunas y pertinentes —damos por sentado que Venezuela se hará parte del juicio y manifestará el consentimiento de obligarse— para demostrar y probar , con suficiente contundencia, que la decisión arbitral —de ingrata recordación— de 1899, constituyó una aberración, perpetradora del vil despojo de 159.500 km2, de nuestra geografía nacional, una séptima parte de la extensión territorial que heredamos históricamente desde 1777.

He dicho de varias maneras y en muchas partes que no debemos rehuir el «combate jurídico» en ciernes.

Entro a explicar el porqué de mi sugerencia: primero, tengamos presente que el juicio no se paralizará así nosotros continuemos invocando la No Comparecencia.

La Corte asomó en su fase previa (admisibilidad de jurisdicción) que está dispuesta inclusive a sentenciar en ausencia de alguna de las partes , basada en el artículo (53) de su propio Estatuto.

De tal manera que nuestra diligencia debe regirse, en lo inmediato, a conformar el mejor de los equipos con carácter multidisciplinario para atender el litigio, en esta delicada etapa, tanto en el sitio de los acontecimientos (La Haya), como dentro del país.

Debemos provocar y convocar asambleas de compatriotas; actividades en conjunto con visitas a los medios de comunicación para informar y deliberar sobre este pleito histórico.

Otra diligencia que debe practicarse, con prontitud, es la designación del juez ad-hoc —por nuestra parte— que se incorporará al corpus del Jurado Sentenciador, conforme lo contempla el Estatuto de la CIJ.

Pedimos al Dr. Samuel Moncada —agente designado por el Ejecutivo Nacional— y a los coagentes Dr. Félix Plasencia y profesora Elsys Rosario que desplieguen mayor participación informativa, a través de los medios y en la red, para que el país se mantenga enterado de todo cuanto ustedes están haciendo, en este asunto litigioso, que concita la unión y la solidaridad de toda Venezuela.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.