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RETENCIONES A LA PESCA O REORGANIZACIÓN DEL ESTADO

César Augusto Lerena*

Ya mencionamos en un reciente artículo (César Lerena “El voto a quien administre el Atlántico Sur”, 12/11/2023) algunas de las medidas que deberían tomarse para mejorar la administración del Atlántico Sur y con ello, la actividad pesquera. Hoy deseamos precisar otras, a la luz de que el gobierno, junto a la devaluación del peso, ha dispuesto agregar un 15% de retenciones a las exportaciones pesqueras.

En general coincidimos con las declaraciones del Secretario de Bioeconomía (Ex SAGyP) Fernando Vilella (Canal agrositio,19/12/2023) que, aunque referidas a la actividad agropecuaria, bien podrían aplicarse a la actividad pesquera, entre ellas la necesidad de “remover los obstáculos reglamentarios, modernizar la organización, facilitar la inversión para duplicar las exportaciones y, mejorar las comunicaciones”; con la salvedad de que la actividad pesquera es una Concesión del Estado y, por lo tanto, existe un contrato entre partes, que no debería ser modificado durante la vigencia de la concesión y, además, las empresas pesqueras, al margen de los impuestos etc. que cualquier empresa aporta para sostener al Estado, paga derechos en contraprestación a la concesión, con los cuales se sostiene económicamente la administración, investigación y el control pesquero; por lo tanto debería estar exceptuada del pago de retenciones.

En línea con el pensamiento del ingeniero Vilella, nosotros consideramos que, en la pesca, al margen de las acciones indicadas en el artículo referido, deberían llevarse adelante -entre otras- las siguientes medidas:

La remoción de los obstáculos reglamentarios. Al margen de la eliminación de miles de normas de “regulación” que dificultan la captura, industrialización y exportación, derivadas de resoluciones de la entonces Secretaría de AGyP y, del Consejo Federal Pesquero y, otros órganos menores, es necesario reformar la Ley Federal de Pesca (24.922) en especial, pero no excluyente (César Lerena “Plan Nacional de Pesca. Cien Acciones y sus efectos para potenciar la pesca y recuperar el Atlántico Sur. Ed. CESPEL, 2023) para redefinir el objeto de la actividad, reformular el Consejo Federal Pesquero y establecer la sustentabilidad empresaria y sostenibilidad del recurso. Hay otras cuestiones; pero explicaremos solo estos tres puntos para no agobiar al lector.

Debería reformarse el artículo 1º y la mayoría del articulado de la ley 24.922, precisamente, para que está ley sea un instrumento que facilite el desarrollo de la actividad, reduzca los costos del Estado, eficientice la investigación para asegurar la sostenibilidad del recurso y los controles de los recursos de la Zona Económica Exclusiva y los que migran de ésta a alta mar. En base a ello el artículo 1º debería quedar redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1º POLÍTICA PESQUERA. «La política pesquera nacional se constituye en directrices y lineamientos mediante los cuales el Poder Ejecutivo Nacional orienta a los organismos competentes en materia pesquera a la consecución del objetivo de lograr el uso sustentable, eficaz y eficiente de los recursos pesqueros, mediante la aplicación de un enfoque precautorio, ecosistémico y sostenible en la explotación pesquera; la salvaguarda de los ecosistemas marinos en que existan esos recursos; el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y los recursos migratorios originarios de ésta y los que desde alta mar migran a la ZEE y/o están asociados a esta; su distribución equitativa y el desarrollo del litoral marítimo y, de las distintas provincias del territorio nacional mediante la práctica de criar, reproducir y engordar peces, crustáceos y moluscos en un medio natural o artificialmente creado al efecto, sostenible ambientalmente.

Para ello, el Estado argentino reconoce que la pesca y la acuicultura son actividades que fortalecen la soberanía alimentaria y territorial de la Nación, contribuyen a la seguridad y son prioridad en la planificación del desarrollo nacional y, fomenta, el ejercicio de la pesca marítima y la acuicultura en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos en la industria pesquera nacional y la acuicultura ambientalmente sostenible, con el apoyo de la industria naval pesquera nacional, la investigación y el desarrollo tecnológico.

Promoverá la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca y garantizará la sostenibilidad y sustentabilidad de la actividad pesquera, fomentando la investigación y la conservación a perpetuidad de los recursos, favoreciendo su equitativa distribución entre los industriales y poblaciones de todo el país e incentivando la transformación total de las materias primas en plantas radicadas en el territorio continental e insular nacional, mediante procesos de calidad, sanitarios y, de forma ambientalmente apropiada; asegurando la obtención del máximo valor agregado; el mayor empleo de mano de obra argentina y promoviendo el consumo nacional a niveles compatibles con el consumo promedio a nivel regional y mundial.

El Estado Nacional y/o Provinciales podrán otorgar concesiones a empresas nacionales para la captura de los recursos pesqueros en la ZEE y a empresas nacionales y/o extranjeras fuera de las 200 millas».

Entre los fundamentos de este artículo podemos indicar los siguientes: en el Artículo 1° original de la ley 24.922 se define el objeto de su sanción y es, sin lugar a dudas, uno de los artículos más destacados de ésta, sin embargo, no alcanza a definir que el aprovechamiento del recurso debe tener como destino principal la industria pesquera nacional, como ocurre en la legislación de muchos otros Estados de Latinoamérica y la Unión Europea y que, tratándose de un recurso de todos, debe ser distribuido en forma equitativa y preferentemente industrializado en plantas en tierra para agregar el máximo valor posible y no transferir la mano de obra a terceros países desarrollados que por el contrario deberían adquirir los productos argentinos terminados y no materias primas para su transformación. Además de ello, la industria pesquera debe servir para generar la producción industrial naval y retroalimentar la investigación y tecnología.

El enfoque ecosistémico es la administración pesquera desde lo global a lo particular. Gestiona el ecosistema y dentro de este, a las especies y sus interrelaciones ecológicas y alimentarias y los efectos socioeconómicos vinculados con la explotación de los recursos; implica, una visión integrada del manejo de las aguas y recursos vivos, que tiene por finalidad su conservación y uso sostenible de un modo equilibrado. Incluye el análisis de todos los procesos, funciones e interacciones entre los componentes y recursos (vivos y no) del ecosistema e involucra el manejo de las especies y de otros servicios y bienes ecosistémicos. Bajo este enfoque se reconoce, además, que el ser humano y la diversidad de culturas son componentes integrales de los ecosistemas, considerándose los impactos acumulativos derivados de sus múltiples actividades, así como la relevancia socioeconómica de estas.

Este enfoque implica tener muy presente la regulación de las capturas de los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar por parte de los buques de Estados de pabellón, como una forma imprescindible para la administración del ecosistema, ya que no es posible dar sostenibilidad a los recursos en la ZEE, sino se da sostenibilidad al ecosistema. Por otra parte, ello adquiere una dimensión superlativa, cuando, como casi todos países de Latinoamérica y Europa han dado preminencia a «los aspectos sociales, económicos, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales» e, incluso, cuando la pesca y la acuicultura forman parte de los programas de seguridad alimentaria del país, cuyas proteínas son de alto valor biológico y, por cierto, muy superiores, al resto de las proteínas animales.

En este sentido, no podemos perder de vista que en la Argentina los gobiernos no han hecho prácticamente nada respecto al aumento en la dieta de los argentinos del consumo de esta proteína esencial, estando, con 4,8 Kg. per cápita/año, según el Consejo para el Cambio Estructural del Ministerio Desarrollo Productivo (marzo, 2021) entre los más bajos de Latinoamérica y en el consumo de productos pesqueros, cuyo promedio es de 9,8 Kg; de África 10,1 Kg; de la Unión Europea de 23,97 Kg y del mundo de 20,2 Kg (2020).

Varios países de Latinoamérica y Europa tienen políticas de promoción del Consumo interno de pescado y entre ellos Panamá que, producto de esas políticas, tiene un consumo per cápita anual de 20,5 kg (2020), por encima del promedio mundial y un 427% más que Argentina. Su legislación pesquera promueve ello, tal es el caso del Artículo 12º del Decreto 204 del 18/3/2021 donde se indican una serie de objetivos que refieren a “la conservación y administración sostenible”; al “desarrollo equitativo de las comunidades, erradicando la pobreza y mejorando la situación socioeconómica de los pescadores”; “mejorar la aportación de la pesca y la acuicultura a la seguridad alimentaria y la nutrición, así como apoyar la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada” e “incorporar valor agregado con el propósito de hacer más rentable a estas”. Todos aspectos centrales de la actividad pesquera y el objetivo de legislar al respecto.

Por otra parte, resulta impostergable que la Argentina fomente el desarrollo de una acuicultura ambientalmente sostenible, ya que mientras esta actividad en la producción mundial total representa el 49%, en la Argentina, está por debajo del 1% de la producción nacional.

Es interesante tener en cuenta lo reglado por México en el Artículo 17º de la Ley General de Pesca (D.O.F. 24/07/2007 reformada el 24/04/2018) donde se definen los principios en los que se debe basar la Política Nacional de Pesca y es muy importante observar y, así lo hemos transcripto en el presente proyecto, que «El Estado Mexicano reconoce que la pesca y la acuicultura son actividades que fortalecen la soberanía alimentaria y territorial de la nación, que son asuntos de seguridad nacional y una prioridad para la planeación nacional del desarrollo» que, «la pesca y la acuicultura se orienten a la producción de alimentos para el consumo humano directo y el abastecimiento de proteínas de alta calidad y de bajo costo para los habitantes de la nación» y, que «Los sectores pesquero y acuícola se desarrollarán desde una perspectiva sostenible, que integre y concilie los factores económicos, sociales y ambientales, a través de un enfoque estratégico y ecoeficiente»; es decir, le asigna un importante rol a la Pesca, que entiende de soberanía territorial y alimentaria, al que califica de seguridad nacional y una prioridad en el desarrollo nacional y, esto, es exactamente así, porque la actividad pesquera, no es solo una cuestión económica, sino que es una herramienta estratégica ocupacional y poblacional continental y marítima, proveedora de proteínas de alta calidad biológica, que debe ser administrada de forma tal, que concilie el interés económico con el social y con el cuidado de los recursos a perpetuidad.

Por otra parte, es necesario reformular la integración del Consejo Federal Pesquero (CFP) y el destino de los Fondos (FONAPE) que provienen del aporte empresario. La forma que fue integrado este Consejo al momento de la sanción de la ley (1997/8) tuvo como fundamento buscar la adhesión de todas las provincias del litoral marítimo, pero ello derivó que el 50% de los aportes empresarios se derivasen a las provincias, a pesar de tratarse de recursos existentes en la ZEE de dominio del Estado Nacional y, que, además, las provincias cobran derechos por la explotación de sus recursos dentro de las 12 millas marinas.

Los aportes a las provincias deben darse vía el CFI.

De no haber sido así, todos los gastos de una administración, una investigación y un control pesquero eficiente pudieron ser sostenido con el aporte privado. Los gobiernos de turno mal administraron los ingresos económicos de la actividad y los recursos pesqueros de ésta. Y duplicaron funciones que están también asignadas, por ejemplo, a SENASA. El Estado cobra derechos y no debería aplicar retenciones ni debiera financiar la actividad. Las concesionarias se están haciendo cargo de un Estado ineficiente, incapaz de administrar los fondos que aportan las empresas, eliminar descartes y sustituciones y, la pesca ilegal, entre otras cuestiones.

Podemos agregar a lo dicho que la ley vigente muestra incongruencias entre la Autoridad de Aplicación y el CFP que preside el ex secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, aunque, en las últimas décadas ha delegado las funciones en el subsecretario de Pesca y, en la práctica, este funcionario es un mero ejecutor de las políticas que fija un CFP que depende de un secretario, aunque no ejerza su función. Todo ello menoscaba las funciones de éste que, es quien, en realidad, debería actuar de acuerdo con las instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.), que es quien fija las políticas y no el CFP. Por ejemplo, el artículo 7º de la ley 24.922, indica en el inciso a) que la Autoridad de Aplicación «conduce y ejecuta la política pesquera nacional, regulando la explotación, fiscalización e investigación» y, ello es lógico, porque se trata de un mero secretario del P.E.N., quien por el artículo 99º de la Constitución Nacional es, entre otras atribuciones, «el responsable político de la administración general del país y quien expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación…; pese a ello, en el artículo 9º de esta ley indica que serán funciones del CFP: «a) Establecer la política pesquera nacional; b) Establecer la política de investigación pesquera», etc. funciones que no se asignan ni siquiera al secretario del ramo. Una verdadera incongruencia jurídica y debilitación de las tareas del secretario.

Por otra parte, en el inciso c) de la Ley 24.922 se le asigna a este Consejo la función de «establecer las Capturas Máximas Permisibles por especie, zona y flota teniendo en cuenta el rendimiento máximo sustentable de cada una de ellas, según datos proporcionados por el INIDEP», cuestión que el CFP por su integración no está suficientemente capacitado y, es el propio INIDEP quién debe establecer la Captura Máxima Sostenible, siendo una determinación biológica que no puede ser determinada por un órgano político.

Además, la relación entre la Autoridad de Aplicación y el CFP agrega costos y una burocracia al Estado, con los consiguientes costos productivos y demoras en los procesos de la administración.

Entendemos que el otorgamiento de permisos de acceso, cuotas y/o autorizaciones de captura en la ZEE o en alta mar deben estar en manos del P.E.N. para transparentar el otorgamiento de estas concesiones y deberían tener en cuenta el cumplimiento por parte del concesionario del programa de pesca aprobado y auditado por la Autoridad de Aplicación. En 2024 se renovarán las “Cuotas de Captura” y ello requería de un Plan Pesquero, una Autoridad con carácter, visión de futuro y, muy importante: honestidad. El funcionario designado para semejante tarea no debería ser un “recomendado” por ninguna empresa.

También es necesario, establecer una mayor sustentabilidad empresaria y sostenibilidad del recurso. El otorgamiento de otorgamiento de Cuotas y Autorizaciones de Captura y de “Reservas de Cuotas” no puede quedar a la discrecionalidad del funcionario de turno y, cualquier otorgamiento debe ir acompañado de un proyecto que asegure una “Unidad Económica Pesquera”, para evitar que el pez grande se coma al chico como ha venido ocurriendo en las últimas décadas.

Por cierto, hay muchísimo más que decir respecto a la captura de los recursos; la Acuicultura; la industrialización de los descartes; el consumo interno; la exportación; el control del territorio, respecto de la pesca y los costos de administración e investigación; las capturas sostenibles; los puertos; la industria naval etc.; pero, nosotros creemos que resolver estas cuestiones citadas atenderá los temas tratados por el Secretario de Bioeconomía Vilella de “modernizar la organización, facilitar la inversión para duplicar las exportaciones y, mejorar las comunicaciones”. Finalmente entendemos, que la Pesca se hace cargo de la administración del Estado y, como hemos dicho, son los gobiernos que han hecho un mal uso de los derechos de captura (y habrá que hablar de ello en un futuro) y otros de los concesionarios; independientemente de que las reglas de otorgamiento de concesiones deban reformularse para asegurar el autofinanciamiento de la administración (investigación, conservación, distribución y control), sustentabilidad de la explotación de las empresas concesionarias y el régimen de exigencias de los pliegos de condiciones, ya que no son posibles bajos valores agregados en la exportación, depredación o descartes en la captura y un alto porcentaje de trabajo informal en la industria o compensaciones de ninguna naturaleza enmascarando salarios y precios.

La Argentina no necesita recursos económicos del Estado para financiar la actividad pesquera; pero tampoco se le deberían agregar retenciones no previstas al momento de concesionar la explotación, quitándole rentabilidad; dificultando reinversiones; impidiendo mantenimiento y reposición de buques y plantas industriales; el desarrollo poblacional e industrial en áreas desfavorables o generación de nuevos empleos.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar

 

EL VOTO A QUIEN ADMINISTRE EL MAR ARGENTINO

César Augusto Lerena*

Ya hemos dicho, y lo reiteramos, que el Mar Argentino y sus recursos no están debidamente administrados. Un espacio que representa un 68% del total de la Argentina bicontinental y marítima que se encuentra en gran parte invadido y disputado por el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB).

A propósito del debate presidencial, votemos por quien tenga previsto administrar el mar argentino, donde hasta la fecha no se han llevado políticas activas destinadas a recuperar los archipiélagos y los espacios marítimos ocupados en forma prepotente por el RUGB y los sucesivos gobiernos se han dedicado inconducentemente a invitar a ese Reino a negociar la soberanía. En síntesis, un gobierno que lleve adelante una estrategia para administrar el mar argentino y de esta forma aislar al RUGB, dificultando y encareciendo su permanencia en la región. Donde los recursos pesqueros se administren adecuadamente y no sean consecuentemente subexplotados, depredados y capturados ilegalmente, la industria naval cuente con el suficiente apoyo del Estado para que todos los buques mercantes, fluviales, petroleros, pesqueros, de investigación y control naval se fabriquen en el país y donde se promueva la ampliación, modernización y tecnificación de los puertos con el aporte privado bajo administración del Estado.

Sintetizando, deberían llevarse adelante ―entre otras― las siguientes medidas:

  1. Captura de los recursos: incrementar en un 45% la captura pesquera anual, llevándola de 794.000 toneladas desembarcadas en 2022 a 1.165.000 toneladas. Incrementando por ello un 25% la mano de obra industrial ocupada.

Referencias: la Argentina desembarcó en la última década un promedio de 800 mil toneladas/año. El incremento de las capturas que se espera tendría origen en, a) acuerdos pesqueros con la flota extranjera que pesca en alta mar (más allá de las 200 millas) los recursos migratorios originarios de la ZEE, con la eliminación de impuestos/tasas a los buques nacionales (no afecta el tesoro nacional) que le permita a la Argentina quedarse inicialmente con al menos un 25% de esas capturas; es decir, un estimado de unas 125 mil toneladas/año; b) industrializar los actuales descartes aptos que, según la información del INIDEP; AGN; FAO, etc., acceden al 30% de las capturas, es decir un estimado de 240 mil toneladas/año; c) control de los desembarques mediante mejora de la metodología (escaneo) y los sistemas aplicados.

  1. Acuicultura: en cuatro años se debería llevar la producción anual actual de 2.592 toneladas (2020) a las 400.000 toneladas y en diez años a las 800.000 toneladas/año. Se duplicaría ―al menos― en los primeros cuatro años la mano de obra relacionada con la actividad productiva y su industrialización.

Referencias: el total de la producción mundial de pesca y acuicultura (2020) alcanzó a los 178 millones de toneladas, de las cuales un 42,2% tiene origen en la acuicultura/maricultura. Mientras que los desembarques de las capturas pesqueras argentinas alcanzaron a las 796.813 toneladas (2022), solo 2.592 toneladas (0,33%) tienen origen en la Acuicultura. Una de las bajas producciones de Latinoamérica, solo por encima de Puerto Rico, República Dominicana y Uruguay.

  1. Industrialización de los descartes: es posible utilizar las 240.000 toneladas/año descartadas (aptas para el consumo humano) por la flota nacional e industrializarlas. No se descarta que, con motivo de los acuerdos con la flota extranjera, la Argentina pueda hacerse de los descartes aptos para el consumo humano de esos buques, lo que podría llevar a duplicar esa cifra. Esto sería posible mediante un precio garantizado para esas capturas. Se estima en un incremento del 35% la mano de obra a utilizar.

Referencias: estas proteínas se usarán con fines a) sociales, para proveer aminoácidos esenciales a 3 millones de niños/adolescentes por día todo el año; b) ampliar el mercado y c) fabricar harina con 65% de proteína.

  1. Consumo interno: el consumo interno debería incrementarse en el término de cuatro años un 100%, llevándolo de 4,8 Kg per cápita/año a 10 Kg. Debería esperarse en 10 años triplicar el consumo nacional, optimizando la comercialización y contribuyendo a mejorar la dieta nacional y la salud de los argentinos.

Referencias: mientras que la Argentina consume 4,8 kg per cápita/año de productos pesqueros en Latinoamérica y el Caribe consumen el doble (9,8 kg), en África 11kg. y en Europa 21,4 kg. Ello será posible por la mayor disponibilidad de la materia prima, derivada de la utilización de los descartes aptos, de la producción acuícola; una mejor administración de los recursos existentes; la promoción de virtudes y mejora del costo por la eliminación del IVA.

  1. Exportación: La exportación argentina de productos pesqueros debería pasar de 490.000 toneladas exportadas/2022 por valor de 1.823 millones de dólares a en cuatro años a 580.000 toneladas/año por valor de 3.000 millones de dólares, con un incremento del valor agregado y en diez años a 800.000 toneladas por valor de 5.000 millones de dólares.

Referencias: la suma del procesamiento industrial de los productos de acuicultura; la captura en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y en alta mar permitirán incrementar la exportación de productos pesqueros directamente a las góndolas, mediante los acuerdos comerciales necesarios.

  1. Control del territorio, de la pesca y los costos de investigación y administración: los costos de administración, control e investigación deberían ser prorrateados entre las empresas concesionadas, reformando la actual distribución de los derechos del Fondo Nacional de Pesca (FONAPE) y reduciendo los costos de administración.

Referencias: siendo el recurso pesquero de dominio del Estado Nacional (más allá de las 12 millas), su concesión, supone el pago de un canon que solventará todas las tareas de control, de investigación y de administración del recurso y, por lo tanto, la distribución de los recursos del FONAPE debería modificarse de acuerdo a ello.

  1. Capturas sostenibles: se debería garantizar una explotación sostenible mediante la determinación anual de la “captura máxima sostenible” y la aplicación de vedas, cuando corresponda. Al mismo tiempo derogarse todas las Áreas Marinas Protegidas y el INIDEP transformará en vedas permanentes o transitorias en aquellos casos necesarios.

Referencias: esta captura máxima sostenible se distribuirá entre todas las empresas interesadas que efectúen inversiones y ocupen personal argentino, conforme lo indica la Ley. Las vedas han resultado eficientes para preservar el medio marino y sus recursos y ello se fortalecería mediante una mejora del control.

  1. Administración: se debería optimizar y transparentar la administración del recurso y reformar la ley de pesca y generar una política activa sobre la explotación en alta mar de los recursos migratorios originarios de la ZEE. Ambos proyectos son parte del trabajo citado (César Lerena, “Cien acciones y sus efectos para potenciar la pesca y recuperar el Atlántico Sur”, 2023).
  2. Los Puertos: La Ley 24.093 de “Actividades Portuarias” debería reformarse y, más allá de que el Estado podría celebre acuerdos con Consorcios o aún con empresas privadas nacionales para llevar adelante cuestiones relativas al balizamiento; dragado; servicios de apoyo a las embarcaciones, de remolque, maniobra y practicaje; servicios relativos a la carga y descarga o de amarre; construcción y mantenimiento de astilleros; mercados concentradores o de distribución; depósitos de almacenamiento o cámaras frigoríficas y todo tipo de explotaciones industriales, comerciales afines a la actividad; transportes de apoyo logístico; servicios turísticos; locales de reparticiones públicas de control de calidad, sanidad, aduana, etc.; cuando se trate de convenios empresas jurídicas extranjeras o con participación extranjera; que pudieran dar lugar al uso de los puertos a buques extranjeros; la prestación de servicios logísticos a éstos; o si se tratara de puertos emplazados en áreas en disputa o consideradas estratégicas, las autorizaciones deberían ser de facultad exclusiva del Estado Nacional y/o el Congreso de la Nación, según la legislación vigente. En todos los casos, la administración general; las cuestiones de defensa y seguridad; el control aduanero y de migraciones; la policía de la navegación y seguridad portuaria deberían estar en manos del Estado.

Referencias: mientras los isleños británicos implantados en Malvinas están licitando la construcción de un puerto de 400 metros, para reemplazar al existente, invirtiendo unos 200 millones de dólares (MercoPress, 10/07/2023), la Argentina no ha hecho las inversiones necesarias en los 79 puertos en la vía Paraná-Paraguay y en los 21 del Atlántico Suroccidental para asegurar la soberanía política y el comercio nacional e internacional argentino. Véase por el contrario a las legislaciones similares de las Repúblicas de Chile, Brasil y Uruguay.

  1. La Industria Naval Nacional. adecuar el Régimen de Promoción de la Industria Naval Argentina para permitir que todos los buques destinados a la actividad mercante, petrolera, pesquera y naval se construyan en el país, permitiendo su desarrollo sustentable y la generación de decenas de miles de empleos calificados; la transferencia tecnológica de diseño, construcción y reparación de buques y artefactos navales.

Referencias: en Argentina, “la apertura de la explotación hidrocarburífera offshore y el desarrollo del gas natural en Vaca Muerta se presenta como una oportunidad histórica única para la Industria Naval Nacional… El bloque offshore CAN-100 de la Cuenca Argentina Norte tendría la capacidad de producir 200 mil barriles de petróleo por día duplicando la producción actual de YPF, sin contar que geólogos de YPF estiman que existen varios yacimientos más que podrían multiplicar varias veces el volumen proyectado. Además, el gasoducto NK y la construcción de otros dos más, con terminales portuarias en el sur de Buenos Aires, posibilitarían en un plazo de diez años, la exportación de 25 millones de toneladas anuales de gas natural licuado (GNL), lo que requeriría 465 buques metaneros para su transporte… En el año 2000 la industria naval brasileña contaba con 1.910 trabajadores y en 2013 superaba los 82.000” (Fabian Lugarini, ver sus artículos respecto a la política de Brasil en la web: cesarlerena.com.ar). A ello hay que agregar la renovación de la flota pesquera nacional y el aumento de ésta por el incremento de las capturas proyectado y los destinados a la flota mercante y fluvial.

Como resultado de la ejecución de los diez puntos anteriores y otros (César Lerena,Cien acciones y sus efectos para potenciar la pesca y recuperar el Atlántico Sur”, 2023), la Argentina podría producir la más importante acción de toda su historia sobre la administración del Atlántico Sur y la explotación de sus recursos marinos.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar

PESCA EXTRACTIVA E INCOMPETENTE

César Augusto Lerena*

Foto: Axel Breuer en Pexels. https://www.pexels.com/es-es/foto/persona-cortando-peces-2247138/

 

La participación de la pesca en el total del complejo exportador viene cayendo en términos porcentuales. En el año 2022 fue de 2,1% mientras que los años anteriores fue del 2,6% (2021), 3,2% (2020) y 2,9% (2019), dejando en claro las pésimas políticas llevadas a cabo desde la Subsecretaría Pesca. Por cierto, no agregamos el medio tóxico en el que se desarrolla la actividad: la inflación, la presión tributaria y burocrática, el atraso cambiario, la falta de crédito, las trabas a la importación de insumos esenciales y las retenciones a la exportación, los altos costos de los insumos básicos, la ineficiencia de los puertos, la falta de control de la pesca ilegal, etc. que ataca la competitividad de la pesca argentina. Por cierto, ¿qué funcionario de rango inferior podría incidir en la política nacional? El ámbito de Agricultura y la jerarquía de la actividad deben cambiarse. Y nos preguntamos ¿quién le prestará atención a esta actividad con el 2,1% de participación en las exportaciones y con un consumo en el mercado interno de 4,8 Kg anual, el más bajo de Latinoamérica?

Si algo tiene de bueno la mal llamada Ley Federal de Pesca 24.922 es su artículo 1º. Desde éste en adelante, comenzaron los escribientes a copiar y pegar las exigencias de sus representados, para que casi todo fuera posible; pero, como suele ocurrir en un mundo de intereses cambiantes, éstos mutaron y lo que era bueno pasó a malo y viceversa. La Cámara de Armadores de Buques de Altura se creó porque algunos entendían que la Cámara de Congeladores defendía intereses contrarios y viceversa, nada hacía suponer, que todo sería lo mismo, dando lugar a un sinnúmero de siglas empresarias, donde a la luz de los resultados, hay más vocación de poner al funcionario de turno para hacerse acreedor de intereses personalísimos que conciliar una política que contenga al conjunto de la actividad y les permita a todos, crecer, desarrollar y multiplicarse, cual regla biológica.

Para qué atomizar la representación si a la hora de defender sus intereses las principales empresas juegan su partido por fuera de las cámaras. Una caja de langostinos tiene un efecto maravilloso en el funcionario que debe tomar decisiones. No es necesario dar más explicaciones.

El Estado, como titular del recurso, al otorgar las concesiones debiera asegurar que la explotación, realizada con idoneidad, sea rentable tanto para los grandes empresarios como a los pequeños, a los que debería proveerles de una “Unidad Económica Pesquera” que les permita desarrollarse en esta actividad. Esto debe darse en cualquiera de los escenarios macroeconómicos, ya que las medidas que se tomen deben ajustarse en forma permanente para que esta ecuación se mantenga. De esto no se hace cargo el Subsecretario de Pesca.

Hacia 1976 la flota de altura era de 113 buques fresqueros y 10 buques congeladores, es decir una relación de 92% a 8% respectivamente. Este porcentual se revirtió con el notable crecimiento de los buques congeladores. En el año 2022 los desembarques declarados de los buques fresqueros fueron de 394 mil toneladas y de los buques congeladores de 400 mil toneladas; es decir, de un 50%. Los números son elocuentes y ello encuentra fundamento en la dicotomía que, aun incrementándose las exportaciones, aumentó el desempleo y el trabajo no registrado. Dos razones: menos valor agregado e incremento del trabajo precarizado ¿Y qué opinan los intendentes y concejales de los municipios de esto? Nada. Están ocupados en recaudar a través de las multas de tránsito para resolver el rojo de sus comunas y no alcanzan a darse cuenta de los recursos y el empleo que generaría el procesamiento en tierra de los productos pesqueros y otras decisiones en el ámbito de la explotación pesquera.

Por supuesto, no ignoramos que la cuestión macroeconómica y el régimen laboral actual son contrarios a la industrialización en tierra. Un régimen que fomenta el trabajo no registrado, para lo cual basta ver el número de afiliados del SOIP en 1990 y los escasos afiliados en 2022, las exportaciones pesqueras, en la que juega el dólar oficial y la posterior pesificación y otras distorsiones como la tercerización del comercio, las diferencias entre las empresas nacionales y las que en la Argentina actúan como filiales de sus casas matrices en el extranjero; la utilización de cooperativas que no se ajustan al régimen legal vigente y que cotizan a precios marginales la actividad manufacturera en relación con empresas que enfrentan todos los impuestos, cargas laborales, patronales y tasas; la tolerancia de los municipios a los procesos clandestinos y otros tantos males que desalientan la creación de empleo y la formalidad laboral y que llevaron a que la flota fresquera que procesaba sus materias primas en las plantas industriales fuera transformándose en congeladora, pese a que la ley 24.922 lo prohíbe, donde el procesamiento básico se realiza a bordo, regalándoles la mano de obra a los países desarrollados y a algunos de Sudamérica, a costa del empobrecimiento de nuestras ciudades y pueblos, para beneficio de los importadores y transformadores.

El argumento inicial de los compradores fue el disparador: “los productos congelados a bordo son de mejor calidad”. Ello favoreció, en muchos casos, a que éstos se quedaran con los procesos de transformación que, entre otras cosas, requiere de la descongelación, el procesamiento y la posterioridad recongelación e ignora las nuevas tecnologías de mantenimiento de refrigerado a bordo de las capturas. El régimen laboral y la tolerancia e incapacidad de los organismos competentes hizo el resto.

Pero, pequeño detalle, el Estado que es “el dueño del recurso” y da su explotación en concesión a los empresarios, no hizo absolutamente nada para tratar de armonizar los intereses, para que la pesca siga siendo generadora de poblaciones e industrias y ocupación de los territorios inhóspitos del litoral patagónico, al igual que a la ciudad que dio origen a la actividad industrial en la Argentina y que hoy se muestra decadente.

Con los buques congeladores es difícil cumplir con el axioma indicado en el artículo 1º de la Ley de Pesca: «fomentar el ejercicio de la pesca marítima en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos», porque efectuar un mínimo proceso y congelar a bordo, con una baja ocupación de mano de obra, no es procurar el máximo desarrollo y un aprovechamiento racional, que se logra obteniendo el máximo valor agregado a partir de una misma unidad de materia prima.

Ello, ¿significa que haya que eliminar los congeladores? No. Hay que modernizar y tecnificar los buques fresqueros y asegurarse que el valor agregado esté presente en cualquiera de los casos y los buques congeladores amplíen su radio de acción a la captura de los recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar y compensarlos incrementándoles los cupos de captura (procedimiento que por el momento omito), liberarlos de toda carga impositiva, derechos de captura y exportación y proveerles de mayor protección e investigación en el área.

El recurso pesquero y el ámbito de desarrollo de la especie es de dominio del Estado que lo da en concesión a las empresas para, entre otras cosas, agregarle el máximo valor posible a una captura sostenible y ello resulta virtualmente imposible con el modelo actual, donde los buques congeladores son, en general, ineficientes a la hora de procesar a bordo, tal cual surge del coeficiente de conversión (Bergamaschi, Nazareno, INIDEP, 2000) de los productos elaborados mecánicamente, que determina, cuántas toneladas de captura se necesitan para obtener una tonelada de producto final, ya que sí tomamos ese coeficiente podríamos ver ―a modo de ejemplo― que para producir 1.000 toneladas de filet de merluza sin piel se requiere capturar unas 3.600 toneladas de merluza (Coeficiente 3,59); es decir que se descartan al mar unas 2.600 toneladas del resto de la merluza fileteada; mientras que, para el mismo producto, en el proceso manual elaborado en tierra, el rendimiento es del 45%, es decir que con 3.600 toneladas de merluza entera se logran 1.620 toneladas de filet, obteniéndose, en consecuencia, unas 620 toneladas más de merluza fileteada que en el envasado a bordo, además de aprovechar los residuos para la fabricación de harina con un 65% de proteína. Al respecto, habría que tener presente la aplicación del Código de Conducta Responsable de la FAO: «los propietarios y armadores de los buques pesqueros deberían asegurarse de que sus buques de pesca estén dotados de equipos adecuados con el fin de procesar los residuos generados a bordo durante el servicio normal del buque», aunque ello, podría sacar de competencia a los congeladores.

Por cierto, al no haber controles seguros durante la captura, los rendimientos son inciertos. A ello se agrega la falta de control en eventuales transbordos en el mar o en los desembarcos donde podrían sustituirse las especies. Chocolate por la noticia, diría mi amigo Jaime.

¿Quién puede sostener técnicamente que la calidad de los procesados y congelados a bordo es mejor? o, ¿de qué calidad y seguridad sanitaria se puede hablar en los productos congelados a bordo cuando aquí no hay inspectores profesionales que verifiquen la aptitud de las materias primas, la higiene de las superficies de contacto o la salud de los operarios, tal cual exige el Decreto 4238/68 ap. 1.1.2; 8.1; 23; o el artículo 31º de la Ley 24.922. Habría que preguntarse: ¿qué profesional de sanidad certifica los procesos que ocurren a bordo?

Por otra parte, los productos tratados a bordo en los buques congeladores se descongelan en destino para su transformación, comercializándose luego frescos o nuevamente congelados para su exposición en góndolas. También es cierto que al comparar la calidad de las materias primas desembarcadas frescas no se han tenido en cuenta las nuevas tecnologías disponibles de almacenamiento y mantenimiento (RSW, Refrigerated Sea Water) en el transporte. La Unión Europea y la mayoría de los compradores tienen interés en disminuir los procesos de sus vendedores y ello se demuestra claramente cuando se reducen a cero los aranceles de importación de las materias primas sin valor agregado o, cuando a España ingresan productos procedentes de Malvinas, con la sola condición que el 70% de ellos se procesen en la península ibérica.

Mientras tanto la Argentina, con una gran cantidad de nacionales desempleados, un 40% de pobres y una Patagonia con un índice poblacional de 2 hab/km2, transfiere trabajo a la Unión Europea al exportar con bajo valor agregado. No existe “la equidad” a que refiere la Convención del Mar (CONVEMAR); además de darles habilitación en el territorio continental argentino a empresas pesqueras españolas y chinas, mientras embarcaciones de estos Estados se apropian de nuestros recursos originarios de la ZEE en alta mar y Malvinas; una verdadera contradicción a lo prescripto en el referido artículo 1º: se «promoverá la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca y promocionará la sustentabilidad de la actividad pesquera, fomentando la conservación a largo plazo de los recursos». Estos intereses, no son solo explotar racionalmente el recurso, sino explotarlo de tal forma que fomente el emplazamiento y el sostén de los pueblos en el litoral marítimo, como efecto de la radicación de las industrias y el consecuente empleo regional. Por cierto, los «intereses nacionales relacionados con la pesca» también son fomentar la industria naval y otras industrias anexas, cuestión que no se tiene en cuenta cuando el INIDEP y toda la cadena de responsabilidades del gobierno promueven la importación de un buque de investigación con un costo que supera los cien millones de dólares. ¿Y el Subsecretario de Pesca? Antes de bajar sus cuadros, viendo si cierran las estadísticas, burocratizando la tarea productiva y, a juzgar por lo ocurrido en Río Negro, sin coordinar la protección y administración de los recursos pesqueros como prescribe el artículo 5º inc. b de la Ley 24.922 a la que adhirieron todas las provincias.

El mismo artículo 1º precisa: «favoreciendo el desarrollo de procesos industriales ambientalmente apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor empleo de mano de obra argentina». Ratificando lo ya dicho, este párrafo refiere a la industrialización en tierra, ya que éstos son los ámbitos apropiados, no solo para asegurar las mejores condiciones laborales y ambientales posibles, sino para asegurar el control y la obtención del mayor valor agregado a las materias primas brutas y la generación de empleo. Ello, en un productor agropecuario, por ejemplo, que explota sus bienes y negocios, puede quedar a su exclusivo arbitrio pero, siendo una actividad concesionada, el Estado está obligado en administrar en la forma más eficiente el recurso que no alcanza con extraerlo del mar y, mucho menos, limitarse a exportar commodities, sino que los productos debieran estar aptos para ser destinados directamente a los mercados mayoristas del mundo y las góndolas, de modo que, partiendo de una misma materia prima se obtenga el mayor valor posible y, en lo interno, facilitar el consumo y mejorar la dieta de los consumidores, desarrollar la industria y generar nuevos empleos en el país.

Mientras ello ocurre, en el territorio argentino de Malvinas buques extranjeros se llevan 250.000 toneladas de pescados y calamares anualmente y otros tantos se apropian de unas 700.000 toneladas de recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar; ello sin contar los descartes que, transpolando la información nacional, serían del orden del 30%. En este escenario, la subsecretaría de pesca no puede implementar ningún plan serio de trazabilidad.

Hacia la década del 70 la pesca era considerada una actividad productiva y no podía acceder a los beneficios impositivos de la industria. Para revertir ello, las Cámaras se comprometieron a agregarle valor a las materias primas. Este compromiso quedaría plasmado en el art. 2º de la ley de pesca: «la pesca y el procesamiento de los recursos vivos marinos constituyen una actividad industrial», ello, refiere, expresamente a “procesar” y no puede limitarse, como hemos dicho, a una mera actividad extractiva de bajo valor agregado y de exportación de commodities, siendo obligación del Subsecretario de Pesca «establecer los requisitos y condiciones que deben cumplir los buques y empresas pesqueras para desarrollar la actividad pesquera» (Ley 24.922, Art. 7 f). El legislador quiso beneficiar en la Ley de Pesca a la industria en tierra frente a la actividad extractiva y, por ello, determinó las cuotas de captura por tipo de flota, la obligatoriedad de descargar en el puerto, estableció las mejores condiciones para el otorgamiento de los permisos a los que empleen mano de obra nacional en mayor porcentaje en tierra y buques en forma proporcional (Art. 26º), privilegiando con ello a los buques fresqueros que ocupan mayor cantidad de operarios en los procesos de industrialización; promovió la asignación de cuotas a la cantidad de mano de obra nacional ocupada (Art. 27º) y prohibió la transferencia de cuotas de capturas de buques pesqueros fresqueros a congeladores (Art. 27º), dejando de manifiesto el interés de priorizar a aquellos por sobre estos últimos.

El modelo actual concentra en unos pocos el beneficio y perjudica al conjunto de la actividad. La pesca en sus inicios era impredecible porque carecía de la tecnología adecuada para la captura y los procesos y desconocía los mercados. Hoy que se ha conseguido mayor certeza en las cuestiones operativas, lo que es incierto e impredecible es la estrategia nacional y la política económica. En medio de ello no puede semejante estructura, bienes y recursos humanos puestos al servicio de la producción pesquera, representar el 2,1% del total las exportaciones y tener tan escasa representación en el mercado interno, por debajo de la producción de algunas economías regionales, cuya producción es ciertamente primaria. Asusta que este reducido porcentual dependa en un 60% de una especie que no se ha podido cuotificar a la que se le agrega bajo valor y de un recurso que, aunque renovable, puede agotarse cuando no se controla integralmente el ecosistema (ZEE-Alta mar-Malvinas).

Muchos pescadores le prenden una vela a: “danos Señor el langostino de cada día”, porque si en la Argentina este imprevisible recurso se cae o la demanda disminuye, toda esta industria estaría en riesgo. El primer semestre de 2023 muestra una caída en la relación US$/Kg. Esperemos no tener que apelar a una cadena de oración.

Nosotros entendemos que la Argentina en cuatro años puede llevar la exportación de 1.800 a 6.000 millones de dólares; aumentar la ocupación privada de mano de obra de 20.000 empleos directos registrados a 60.000; aumentar el consumo interno de productos pesqueros de 4,8 Kg a 10 Kg per cápita/año y mejorar el hábito alimentario. Reducir la pesca extranjera de los recursos migratorios argentinos en alta mar. Profundizar la investigación, la tecnología en la extracción y el proceso industrial de calidad, con la administración y el aporte del sector empresario y las fuerzas del trabajo.

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Autor de “Cien acciones para un Plan de Pesca y Reforma de la Ley de Pesca” (2023).