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GUAYANA ESEQUIBA: SEVEROS VICIOS POR ANACOLUTOS OMISIVOS EN LA DEMANDA

Abraham Gómez R.*

Ha aflorado en todo el país ―como nunca en muchos años— un entusiasmo extraordinario por el caso concerniente al reclamo de la extensión territorial que nos arrebataron por el costado este, con alevosía.

Desde bastantes ciudades venezolanas y también por parte de compatriotas que se encuentran en el exterior nos solicitan opiniones en cuanto a las probabilidades sentenciales de la Corte Internacional de justicia en este asunto litigioso.

Hemos sido lo suficientemente recatados y prudentes porque resultaría inconveniente y contraproducente a nuestros propios intereses develar (por incautos) de manera anticipada las estrategias con las cuales nuestra delegación encarará el presente pleito, en las fases subsiguientes: postulatoria, probatoria y preconclusiva.

Diré, con la mayor modestia, que contamos con un equipo de primera categoría de experimentados profesionales, especializados en Derecho Internacional Público, en simultáneo con un cuerpo de asesores, conjuntamente, con las elogiables comisiones creadas en la Asamblea Nacional, presidida por el Dr. Hermann Escarrá Malavé y en la Presidencia de la República bajo la coordinación de la Dra. Delcy Rodríguez.

Las jornadas de análisis del acervo de probanza, interpretación de cartografías disponibles y metodología de redacción preliminar de los escritos se han circunscrito a la elaboración del Memorial de Contestación de la Demanda que debemos consignar por ante la Sala Jurisdicente, en abril del próximo año.

Reconocemos los densos aportes de brillantes litigantes del nivel requerido y exigido y a quienes menciono con todo honor: Dr. Antonio Remiro Brotons, Dra. Esperanza Calatayud, Dr. Carlos Espósito, Dr. Paul Palchetti, Dr. Andreas Zimmermann y Dr. Tams; así también, el desempeño de nuestro agente, el historiador Samuel Moncada; y los coagentes, el diplomático Félix Plasencia y la Dra. Elsy Rosario.

Sintetizo diciendo que hemos estructurado una multidisciplinaria agrupación académica, sin egos protuberantes, por cuanto hemos comprendido que todos nos necesitamos para aprovechar los conocimientos provenientes desde distintas fuentes; lo cual fortalece ―eficientemente― el objetivo común que nos une, aparejada a la condición de Asunto de Estado que se le ha conferido al presente litigio; por cierto, el de mayor interés y expectativa en la actual política exterior venezolana.

Deseo también que fijen atención en lo siguiente. Cuando “afincamos el bisturí” en el escrito contentivo de la Acción interpuesta por la República Cooperativa de Guyana contra la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 29 de marzo de 2018, conseguimos que se omiten adrede y con intención dolosa elementos fundamentales del verdadero enunciado, con la finalidad de sesgar la interpretación de lo narrado:

Venezuela nunca ha presentado ninguna prueba para justificar su repudio tardío del laudo de 1899. Su prolongada aceptación del laudo desde 1899 hasta 1962…”

(Numeral nueve de la demanda)

Pretende la contraparte, con ese ocultamiento falaz de información de la permanente contención de Venezuela, hacer un vulgar aprovechamiento procesal.

Entre muchos otros galimatías, pesquisamos ―además― las incoherencias patentizadas en el numeral once del documento precitado:

Los sucesivos Secretarios Generales también aceptaron la autoridad conferida y las obligaciones que les impone el Acuerdo de Ginebra. Como se detalla a continuación, entre enero de 1990 y enero de 2018, cada uno eligió el proceso de buenos oficios, llevando a cabo su supervisión, como medio de solución pacífica de la controversia entre Guyana y Venezuela sobre la validez del laudo de 1899y la finalidad del límite establecido”

Claramente observamos la descarada contradicción al admitir absolutamente lo que mandata, impone y obliga el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966; sin embargo, ellos insisten en desconocerlo y omitir el condicionante ―que citamos de seguidas― razonado por la delegación venezolana, para acceder a suscribir el mencionado Tratado que causó estado en la ONU: “Se establece una Comisión Mixta con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana que el Laudo arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e írrito” (subrayado mío).

Resulta inaceptable que la delegación guyanesa se presente con una demanda viciada mediante un escrito construido con apreciables e indisimuladas incoherencias.

¿El Acuerdo de Ginebra es positivo para nombrar buenos oficiantes, pero no para denunciar la nulidad absoluta del laudo?

Demasiado gruesa tal incongruencia.

Los magistrados de la Corte ya se encuentran plenamente enterados de que Guyana tramó un ardid dañoso, en la Acción, al encriptar y torcer de muchas maneras la narrativa de los acaecimientos como verdaderamente ocurrieron; aunque a la contraparte ―por lo visto― muy poco le importa si invalida la credibilidad y consistencia de su propio discurso jurídico.

Observemos con cuidado este otro desacierto.

La excolonia británica distorsiona sin pudor (en el numeral 26, declaración de los hechos) las condiciones políticas y socio-económicas en las cuales se encontraba Venezuela frente al arrogante y poderoso Imperio inglés:

“A fines del siglo XIX las reclamaciones territoriales conflictivas de los Estados del Reino Unido y Venezuela llevaron al borde de la guerra. Cada Estado reclamó todo el territorio entre la desembocadura del río Esequibo en el este, y el río Orinoco en el oeste. Los estados Unidos de América presionaron para que se estableciera la disputa mediante un arbitraje internacional…”

¿A quién se le ocurre pensar que para finales del siglo diecinueve, en plena Revolución Liberal Restauradora de Castro y Gómez y la huida del presidente Ignacio Andrade, Venezuela iría a desafiar a los ingleses?

Nuestro país no contaba con las mínimas condiciones para encarar militarmente al usurpador y proceder a reivindicar la extensión territorial que nos despojaban en una tratativa arbitral perversa.

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Comisión por el Esequibo y la Soberanía Territorial. Asesor de la ONG Mi Mapa. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

GUAYANA ESEQUIBA: PROBABILIDADES (DE EVENTOS ACONTECIBLES) EN LA CORTE

Abraham Gómez R.*

En todo evento y a cada instante, debemos ser enfáticos en pronunciar con insistencia ante el mundo que no le estamos quitando las dos terceras partes del territorio de Guyana, como ellos arguyen.

Nosotros debemos demostrar que fue el Imperio Británico que nos invadió y despojó —mediante el írrito Laudo Arbitral de París de 1899— de una séptima parte de la geografía venezolana, que luego la cede para que se forme la República Cooperativa de Guyana, el 26 de mayo de 1966.

La estrategia sibilina que ha manejado, desde hace mucho tiempo, la parte guyanesa, consiste en hacernos aparecer ante la comunidad internacional, como una nación grande que atropella a un país pequeño.

Nuestra contención tiene suficiente asidero jurídico, cartográfico e histórico, y la fortaleza moral de saber que no estamos cometiendo ningún acto de deshonestidad contra nadie.

Estamos —razonablemente— dispuestos a diseñar las estrategias a que haya lugar para que se cumplan los objetivos de restitución y reivindicación nacionalista que nos hemos trazado, mediante hechos y actos jurídicamente concretos; por lo que, no se trata de una simple ilusión, sino de una determinación probable con fundamento.

Los reclamos que hemos sostenido, desde hace más de un siglo, no están anclados en una malcriadez diplomática, capricho nacional o empecinamiento injustificado.

La Contraparte en el litigio sabe que poseemos bastantes documentos.

La delegación diplomática de la excolonia británica (que tiene meses haciendo cabildeo en La Haya) conoce además que nos encontramos apertrechados con los Justos Títulos que avalan la histórica propiedad, incuestionable, de Venezuela sobre la Guayana Esequiba.

Comencemos a desglosar lo que consideramos —entiéndase bien y claro— algunas suposiciones, algunos escenarios previsibles, que podrían desarrollarse a partir de este momento, en la mencionada Sala Juzgadora.

En honor a la vedad, la Excepción Preliminar que consignó Venezuela, el 07 de junio pasado, conforme al artículo 79 del Reglamento de la Corte —en su condición de parte demandada— fue recibida por ese Alto Tribunal e inmediatamente dio traslado (remitida) a la delegación guyanesa para que procedan, si es el caso, a hacerle las observaciones a que haya lugar, en un plazo que vence el 07 de octubre de este año.

El contenido esencial de la Excepción Preliminar se basa en solicitar al Órgano Sentenciador que no admita la demanda que nos hizo Guyana; porque tal acción interpuesta contra nosotros no calza los elementos exigibles en un debido proceso.

Se van a suscitar hechos interesantísimos, luego que la delegación guyanesa consigne, para la fecha-plazo arriba señalada, lo que se le ha solicitado.

Con todos los especialistas y estudiosos de esta contención, con quienes hemos intercambiado criterios de los posibles acontecimientos sucesivos, coincidimos en señalarle a los entes competentes dos cosas previsibles: la primera apunta a recatarnos, ya que aún no debemos “celebrar ni cantar victorias”.

 En verdad, la escogencia y determinación de la Excepción Preliminar (por cierto, que ya la habíamos asomado y propuesto, desde hace algún tiempo) constituye un elogiable acto procesal, bien asestado; con el cual se paralizó en la Sala Juzgadora de la ONU el conocimiento del fondo del asunto; es decir, quedó en el limbo —en un mientras tanto— el objeto de la causa.

 Distante de como aspiraba y pedía Guyana, que se le diera, de una vez: “la validez y efecto vinculante al Laudo Arbitral de París, del 03 de octubre de 1899; y se considerara cosa juzgada material”.

El petitorio anterior quedó “en el congelador” hasta que se decida primero todo lo concerniente a las objeciones de admisibilidad que ha hecho Venezuela; por cuanto, en la mencionada demanda —decimos nosotros, una vez más— no hay suficientes elementos estructurantes como para considerársele categoría de un debido proceso.

Supongamos (primera prospectiva) que la Corte rechaza los argumentos de la Parte guyanesa; por endebles, insustantivos e insostenibles jurídicamente a las respuestas esperadas —léase: observaciones y conclusiones— para la Excepción Preliminar. Siendo así entonces, la demanda no sería admitida; en consecuencia, ambas partes (en autocomposición bilateral, en tanto medio alternativo de solución del conflicto) tendrían que regresar (tal vez) a explorar otras alternativas “prácticas y satisfactorias”, según el propósito y razón del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Sin embargo, se pudiera presentar el caso contrario (segunda prospectiva), que la Corte valide las respuestas de Guyana y proceda, ipso-facto, a admitir la demanda, con lo cual prosigue el juicio (para conocer el fondo del asunto litigioso) y por ende la ratificación del 08 de marzo del 2023, como fecha para que Venezuela presente (en la fase escrita) el Memorial de Contestación a la aludida demanda.

Otro escenario —nada desdeñable— pero ya dentro del Proceso que se seguiría (tercera prospectiva) vendría a ser que la Corte sentencie como nulo e írrito el Laudo Arbitral de París, (previa comparecencia, en el juicio, de nuestro Agente y Coagentes en las audiencias respectivas —en procura de la convicción del Jurado— para contravenir, alegar los hechos, fundamentar en derecho y esgrimir probanzas.

Esta tercera probabilidad, obviamente, nos remontaría a los eventos previos a la firma del Consenso de Washington de 1897; no obstante, con varias interrogantes: ¿Cuál sería el Derecho aplicable? ¿Iríamos a una nueva solución arbitral (heterocomposición), pero en esta oportunidad, con nuestra legítima representación? ¿Podría ordenar la Corte agotar la sucesividad para la búsqueda de soluciones a controversias interestatales, de acuerdo con el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas?

Se nos podría presentar, también, (cuarta prospectiva), que el Alto Tribunal de La Haya solucione a favor de Guyana; atendiendo al contenido de su petitorio, donde ellos aducen que el Laudo fue “ejecutoriado” por Venezuela, mediante “Acta de 1905” (hemos entrecomillado ambos elementos, porque siempre han sido considerados un vulgar ardid tramposo).

Y llegamos a la (quinta prospectiva) solución que, en justo derecho, toda Venezuela ha estado esperando, desde hace más de un siglo.

Prestemos atención lo siguiente: nuestra Independencia la logramos en campos de batallas. Contrariamente a los relatos con los que Guyana pretende exhibirse en la comunidad internacional. La emancipación de ellos se obtuvo como   resultado de arreglos obligados de descolonización.

Con la intención de reforzar nuestra génesis de libertad, podemos añadir lo siguiente: si hubo, en el 1845 un Título Traslaticio de conferimiento de la soberanía a la naciente República de Venezuela, fue porque sesenta y ocho años antes se consolidó la Capitanía General de Venezuela, a través de la Real Cédula de Carlos III, el 8 de septiembre de 1777 con la cual nos dimos a conocer ante el mundo como Nación.

Acaudalamos dos Justos Títulos (y una inmensa cartografía favorable) para demostrar y probar, en la Corte Internacional de Justicia, que la Guayana Esequiba desde siempre ha sido nuestra; por lo que consideramos al citado Laudo de tratativa perversa (no es que sea anulable, es que es nulo de toda nulidad) con cuyo contenido —sin validez, sin eficacia jurídica ni fuerza— pretenderían borrar la gesta histórica de la que nos sentimos orgullosos los venezolanos.

 

*  Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba.

LOS MARES ORIENTALES DESPUÉS DE AFGANISTÁN: EL REINO UNIDO Y AUSTRALIA ACUDEN AL RESCATE DE ESTADOS UNIDOS DE FORMA TORPE.

Giancarlo Elia Valori*

En marzo de 2021, la República Popular China surgió como la flota naval más grande del mundo, superando a la Armada de los Estados Unidos. Una ventaja de alrededor de 60 barcos, que aumentará en 2024, cuando China contará con una flota de al menos 400 unidades, un objetivo ya anunciado en 2018 por el presidente Xi Jinping.

Después de la retirada infructuosa de Afganistán, los Estados Unidos anunciaron el establecimiento de una nueva alianza de cooperación de seguridad con el Reino Unido y Australia, cuya primera tarea será ayudar a Australia en la construcción de submarinos de propulsión nuclear.

Teniendo en cuenta a sus aliados, la Casa Blanca ha compartido solo la tecnología de propulsión nuclear con el Reino Unido y Australia será la próxima. Aunque los funcionarios de los tres países negaron que la nueva alianza estuviera dirigida a ningún país, los medios europeos y estadounidenses creen que la medida tiene la intención de contrarrestar el poder y la fuerza china.

Además de los submarinos de propulsión nuclear, los tres países también fortalecerán la cooperación en las áreas de tecnología de redes, inteligencia artificial y tecnología cuántica. Funcionarios de la Casa Blanca revelaron que Londres desempeñó un papel de liderazgo estratégico para alcanzar la alianza.

En La Gran Bretaña Global en una Era Competitiva. La Revisión Integrada de Seguridad, Defensa, Desarrollo y Política Exterior de marzo de 2021, que establece la estrategia geopolítica del gobierno después del Brexit y describe el papel del Reino Unido en el mundo durante los próximos 10 años, el primer ministro británico, Boris Johnson, propuso reposicionar la estrategia global del Reino Unido después del Brexit. Anunció la política exterior y de defensa, destacando que el país estaría profundamente involucrado en la región del Indo-Pacífico en el futuro.

Según un comunicado emitido por la Casa Blanca el 15 de septiembre, la alianza de seguridad entre Estados Unidos, el Reino Unido y Australia se llama AUKUS, y está diseñada para fortalecer la cooperación diplomática, de seguridad y defensa de los tres países en dicha región.

Bajo el nuevo acuerdo regional, los tres países fortalecerán aún más el intercambio de información y tecnología, así como integrarán la ciencia y las cadenas de suministro y las bases industriales relacionadas con la seguridad y la defensa.

La primera base clave del acuerdo son los Estados Unidos de América y el Reino Unido, con el objetivo de ayudar a Australia a construir submarinos de propulsión nuclear. Los tres países pasarán 18 meses discutiendo cómo implementar el plan.

Como se dijo anteriormente, antes de Australia, el Reino Unido era el único país con el que los Estados Unidos compartían tecnología de propulsión nuclear. Cabe recordar que durante la Guerra Fría, después de que la Unión Soviética lanzara el primer satélite artificial (el Sputnik 1 el 4 de octubre de 1957), los Estados Unidos y el Reino Unido firmaron un acuerdo de defensa conjunta el 3 de julio de 1958 (el Acuerdo de Defensa Mutua entre Estados Unidos y el Reino Unido) para compartir tecnología nuclear militar clave. El Reino Unido obviamente ignoró al resto de Europa, sobre la cual, incluso antes de Napoleón, le había importado muy poco, excepto como una muralla del Sur y del Este. Sin embargo, volvamos a la actualidad.

En comparación con los submarinos convencionales, los de propulsión nuclear son más rápidos; tienen mayor resistencia y capacidad de ataque y son más difíciles de detectar. Actualmente, solo seis países en el mundo cuentan con este tipo de armas: Estados Unidos, República Popular China, Rusia, Francia, India y Reino Unido.

Según el plan AUKUS, estos submarinos se construirán en Adelaida, la capital del Estado de Australia del Sur, pero la Mancomunidad de Australia no tiene industria nuclear ni los materiales fisionables necesarios. Funcionarios estadounidenses han revelado que los materiales nucleares pueden enviarse desde otros países a ese Estado federal. Los Estados Unidos y Australia ya firmaron un acuerdo en 2010, que estipula que Australia no se retractará ni aumentará la cantidad de materiales nucleares enviados al país desde los Estados Unidos, y también debe recordarse que Australia también es signataria del Tratado de No Proliferación Nuclear.

El primer ministro de Australia, Scott Morrison, sin embargo, ya ha puesto sus manos, declarando que la construcción de submarinos de propulsión nuclear no significa necesariamente la producción de armas nucleares. Hizo hincapié en que Australia no buscaba adquirir armas nucleares, ni buscaba una oportunidad en la energía nuclear civil.

Sin embargo, algunos expertos creen que la construcción de submarinos de propulsión nuclear en Australia ha comenzado mal. En una entrevista con The Washington Post, James Acton, director del programa de política nuclear de la Fundación Carnegie para la Paz Internacional, señaló que la medida socava gravemente el sistema de no proliferación nuclear y también podría desencadenar una carrera armamentista.

Predijo claramente que, después del precedente de Australia, Irán también podría anunciar la construcción de submarinos de propulsión nuclear: después de todo, Irán es un sujeto de derecho internacional y cosignatario del Tratado de No Proliferación Nuclear, al igual que Australia.

En el pasado, si bien la comunidad internacional podría haber rechazado esa posible solicitud iraní, con AUKUS se le dará credibilidad, a menos que el derecho internacional antes mencionado también establezca formalmente la existencia de Estados de primer y segundo rango.

A nivel político, Hugh White, un ex funcionario de defensa australiano, declaró en una entrevista con The New York Times que el movimiento de Australia no era solo construir submarinos de propulsión nuclear, sino también un ajuste estratégico para profundizar significativamente la cooperación anti-china con los Estados Unidos.

Cuando se anunció la nueva alianza de seguridad Indo-Pacífico el 15 de septiembre, el presidente de los Estados Unidos, Joseph Biden, el primer ministro británico, Boris Johnson, y el primer ministro australiano, Scott Morrison, tuvieron cuidado de no mencionar a la República Popular China.

El presidente Biden dijo que el establecimiento de la nueva alianza se utilizó para garantizar la paz y la estabilidad a largo plazo en la región del Indo-Pacífico. Los funcionarios estadounidenses enfatizaron que la cooperación trilateral no estaba dirigida contra ningún otro país, sino que fue diseñada para salvaguardar los intereses estratégicos de los tres países.

Pero ya sean los medios australianos, los medios británicos como The Guardian o los medios estadounidenses como CNN, todos están de acuerdo en que la alianza está apuntando directamente a China.

En los próximos días, el presidente Biden también se reunirá en la Casa Blanca con los líderes del “grupo de cuatro países”: Estados Unidos, Japón, India y Australia.

El portavoz del Ministerio de Relaciones Exteriores de China, Zhao Lijian, por otro lado, dijo en una conferencia de prensa el 16 de septiembre que el respeto mutuo y la confianza son los requisitos previos para el diálogo y la cooperación entre los países.

Hizo hincapié en que la difícil situación actual en las relaciones entre China y Australia se deriva únicamente de Australia. La tarea más urgente para Australia es abordar el retroceso en las relaciones entre los dos países, así como evaluar seriamente si ve a la República Popular China como un socio o una amenaza, y por lo tanto defender sinceramente el respeto mutuo y tratarse mutuamente como iguales.

Que los principios y el espíritu de una asociación estratégica global —no sectorial dirigida contra alguien— gobiernen las relaciones entre los dos países.

En una entrevista con The Guardian, un alto funcionario de la Casa Blanca reveló que, cuando se estableció el nuevo entendimiento, el Reino Unido desempeñó el papel de mediador en todos los temas clave y fue “un líder estratégico muy fuerte”.

Cabe señalar que, en la cuestión de la retirada de las tropas del Afganistán, Reino Unido y los Estados Unidos tenían graves divergencias. El secretario de Estado británico para la Defensa, Robert Ben Lobban Wallace, criticó repetidamente a los Estados Unidos. Por lo tanto, en teoría, los Estados Unidos también pueden eludir al Reino Unido y llegar directamente a un acuerdo con Australia sobre submarinos de propulsión nuclear.

El alto funcionario de la Casa Blanca, que reveló el tema mencionado anteriormente, cree que esta vez el Reino Unido es tan activo en la alianza militar de tres naciones porque tuvo que “pagar un depósito” por la política descrita en Global Britain.

Global Britain, en sí mismo, es un concepto grandioso y vago. Según el sitio web oficial del gobierno del Reino Unido, el núcleo de Global Britain es invertir nuevamente en las relaciones del Reino Unido con otros países, para promover un orden internacional basado en reglas bien definidas y demostrar que el Reino Unido es un país bien asesorado y confiable en el ámbito internacional.

Algunos analistas creen que la Global Britain de Boris Johnson está tratando de emular la diplomacia de tres círculos de Churchill, por ejemplo, las tres áreas de influencia en la política exterior británica: el Imperio y la Commonwealth, el mundo anglosajón —en particular, la relación especial con los Estados Unidos, es decir, la estrella número 51— y Europa.

El Reino Unido utiliza su estrecha relación con el segundo círculo para actuar como un enlace entre los otros dos círculos para salvaguardar los intereses y el estatus del Reino Unido como una (antigua) gran potencia.

Mientras tanto, veamos qué piensa Francia al respecto. El embajador de Francia en Australia, Jean-Pierre Thebault, fue llamado a París el 18 de septiembre. Antes de partir, criticó a Australia por haber cometido un “gran error” en el tema de la construcción de submarinos. El embajador Thebault llegó al aeropuerto de Sydney en la noche del 18 de septiembre, desde donde tomó un vuelo para salir de Australia y regresar a Francia.

El 17 de septiembre, el Ministerio de Relaciones Exteriores francés emitió un comunicado anunciando el retiro inmediato del embajador en los Estados Unidos, Philippe Étienne, y del Embajador en Australia, el mencionado Thebault.

El comunicado afirmaba que Australia había abandonado el acuerdo de construcción de submarinos alcanzado con Francia y en su lugar había establecido una “nueva asociación” con los Estados Unidos sobre el desarrollo de submarinos nucleares, un “comportamiento inaceptable” entre los aliados.

Antes de regresar a Francia, el embajador Thebault dijo que la cancelación por parte de Australia del contrato de submarinos con Francia fue un “gran error” y que el manejo de la asociación por parte de Australia fue “muy malo”. Reveló que no se trataba solo de una cuestión contractual, sino de una cuestión de asociación basada en la confianza y el entendimiento mutuo.

El embajador Thebault reiteró que en ningún momento Australia dio a Francia ninguna señal clara de suspender el contrato pertinente. Dijo que Francia se mantuvo completamente en la oscuridad sobre los pasos dados y durante ese período muchos funcionarios australianos no solo continuaron discutiendo el proyecto con Francia, sino que también expresaron su voluntad de hacer que el proyecto fuera un éxito.

Hasta ahora no han llegado comentarios desde Australia.

 

* Copresidente del Consejo Asesor Honoris Causa. El Profesor Giancarlo Elia Valori es un eminente economista y empresario italiano. Posee prestigiosas distinciones académicas y órdenes nacionales. Ha dado conferencias sobre asuntos internacionales y economía en las principales universidades del mundo, como la Universidad de Pekín, la Universidad Hebrea de Jerusalén y la Universidad Yeshiva de Nueva York. Actualmente preside el «International World Group», es también presidente honorario de Huawei Italia, asesor económico del gigante chino HNA Group y miembro de la Junta de Ayan-Holding. En 1992 fue nombrado Oficial de la Legión de Honor de la República Francesa, con esta motivación: “Un hombre que puede ver a través de las fronteras para entender el mundo” y en 2002 recibió el título de “Honorable” de la Academia de Ciencias del Instituto de Francia.

 

Traducido al español por el Equipo de la SAEEG con expresa autorización del autor. Prohibida su reproducción. 

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