CUBA: SIN MADURO, CON TRUMP Y EN «ESTADO DE GUERRA»

Roberto Mansilla Blanco*

El secuestro de Nicolás Maduro el pasado 3 de enero y el nuevo contexto político de distensión entre Venezuela y EEUU, ahora con Delcy Rodríguez como «presidenta encargada» en Caracas, es un escenario que afecta directamente a un tercer actor, Cuba.

Desde 2000, los gobiernos de Hugo Chávez y Nicolás Maduro mantuvieron con Cuba un Convenio Integral de Cooperación con el petróleo, la cooperación educativa, política, militar y de inteligencia como principales motores. El acuerdo implica el suministro a La Habana de unos 100.000 barriles diarios de petróleo venezolano a precios subsidiados.

Pero la crisis de 2026 ha dado un vuelco radical a esta situación. La caída de Maduro y el confeso interés del presidente estadounidense Donald Trump por el control de la industria petrolera venezolana colocan a Cuba ante la posibilidad de ver suspendida esta cooperación energética bajo presión de Washington, sumiendo a la isla caribeña en probablemente su crisis más acuciante desde la década de 1990.

En diciembre pasado, el presidente cubano Miguel Díaz-Canel reconoció que Cuba sufría una acumulación de «adversidades y errores propios». Fiel al efectismo retórico, La Habana parece querer mostrar con esta declaración un argumento de mea culpa y de «rectificación de errores» ante sus ciudadanos, una estrategia que con frecuencia ya anteriormente utilizaran el desaparecido ex presidente Fidel Castro y su sucesor Raúl Castro, con la finalidad de blindar la capacidad del sistema socialista a la hora de ofrecer respuestas cada vez que ocurren crisis socioeconómicas.

No obstante, esta declaración está fuertemente contextualizada por una coyuntura sumamente crítica tras el constante «acoso y derribo» por parte de Trump contra el régimen cubano. Una posición igualmente impulsada por la estrategia intransigente del secretario de Estado, el cubano-estadounidense Marco Rubio, deseoso de observar un cambio de régimen en La Habana que obviamente favorezca los intereses estadounidenses.

Tras Venezuela, ¿caerá Cuba?

La crisis post-Maduro con un Trump que acecha constantemente coloca en el centro de atención la autoridad de Díaz-Canel y su capacidad para gestionar la peor crisis que está viviendo la isla caribeña desde la caída de la URSS y la instauración del Período Especial en la década de 1990.

El pasado 17 de enero, los medios estatales cubanos señalaron la aprobación del plan de Estado de Guerra durante una reunión del Consejo de Defensa Nacional ―órgano encargado de asumir el control del país durante desastres naturales o conflictos armados― «en cumplimiento de las actividades previstas para el Día de la Defensa» con el objetivo de «incrementar y perfeccionar el nivel de preparación y cohesión de los órganos de dirección y del personal».

En el marco de esta declaración del Estado de Guerra, la reciente reaparición pública de Raúl Castro supone una recuperación del simbolismo histórico revolucionario en un período crítico, con el asedio de EEUU y el abrupto cambio político en su aliado estratégico venezolano, aspecto que pone en riesgo el convenio energético.

Este cambio radical de escenario abre diversas interrogantes para Cuba, acrecentando la incertidumbre sobre qué es lo que puede suceder en la isla caribeña. Destacan en este sentido las siguientes interrogantes:

    • ¿Invadirá Trump a Cuba?; ¿habrá otra Operación Militar Especial por parte de Washington, esta vez contra el gobierno de Díaz-Canel?
    • La presión de Trump, ¿propiciara una apertura política calculada en Cuba, con liberación de presos políticos?; al igual que en el caso de la Venezuela post-Maduro, ¿habrá una distensión entre La Habana y Washington, motivada por razones humanitarias?; ¿se permitirá en Cuba una nueva etapa que eventualmente implique aprobar tímidas reformas hacia la propiedad privada con la finalidad de amortiguar la presión desde Washington?
    • El papel de Marco Rubio y el lobby «anti-castrista» en EEUU, ¿tendrá el mismo éxito que en Venezuela para presionar a Cuba y convertirla prácticamente en un nuevo «protectorado» estadounidense similar al que, al menos por ahora, se está observando en la Venezuela post-Maduro?
    • ¿En qué quedará el nivel de cooperación cubano-venezolano, especialmente en materia de inteligencia?; en este nuevo contexto post-Maduro, ¿es Delcy Rodríguez una aliada fiable para La Habana?
    • Finalmente, ¿puede reproducirse en Cuba un escenario de protestas y rebelión similar al que actualmente se observa en Irán?

En las redes sociales han aumentado todo tipo de informaciones, especulaciones y no menos desinformación, sobre las decisiones que puedan tomar Díaz-Canel y Raúl Castro ante las presiones de Trump.

Con escaso fundamento que, sin embargo, no esconde escenarios de probabilidad se ha informado de eventuales cambios dentro del gobierno cubano con la intención de procrear un clima de distensión con Washington; de la posibilidad de excarcelación masiva de presos políticos; la liberación completa de los mecanismos económicos; cambios legislativos para reducir el monopolio del Partido Comunista de Cuba; e interés de inversiones extranjeras, entre ellas compañías tecnológicas muy probablemente estadounidenses, toda vez que se adapta una legislación más conveniente para el capital foráneo.

Fiel a su retórica intimidatoria, Trump ha sugerido al presidente cubano Miguel Díaz-Canel y a las autoridades de ese país «un acuerdo antes que sea demasiado tarde». Mientras avanza con el control del petróleo venezolano, Trump ya ha advertido a La Habana que cortará el suministro de crudo venezolano a la isla antillana. Díaz-Canel ha respondido defendiendo la soberanía cubana: «nadie nos dicta qué hacer», negando al mismo tiempo que existan conversaciones con el gobierno de Trump.

Al mismo tiempo, el presidente cubano desmintió conversaciones con Washington advirtiendo que, en caso de que esas negociaciones llegaran a realizarse, deben «basarse en el derecho internacional en vez de en la hostilidad, la amenaza y la coerción económica», dando así a entender el carácter violatorio de la legalidad internacional detrás del secuestroa de Maduro.

Mientras La Habana toma posición ante el nuevo contexto, la tutela de Trump en la Venezuela post-Maduro vía Delcy Rodríguez augura un posible nuevo aislamiento para Cuba ante las intenciones de Washington de desarticular el eje estratégico Cuba-Venezuela. Con todo, países aliados de La Habana han salido en defensa de su gobierno ante las arremetidas de Trump, destacando el apoyo de Rusia, China, México, Brasil y Colombia.

Por otro lado, la visita a Caracas del director de la CIA, John Ratcliffe, siendo recibido por Delcy Rodríguez e incluso condecorado por las nuevas autoridades en Caracas, implica un cambio tectónico tras casi tres décadas de predominio de la inteligencia cubana en Venezuela. Mientras Ratcliffe parecía anunciar esta «nueva era» en Caracas, Cuba recibió con todos los honores los cuerpos de los 32 oficiales caídos durante la operación especial de captura a Maduro.

Por otro lado, Delcy y su hermano Jorge Rodríguez, presidente de la Asamblea Nacional, habrían asegurado a Marco Rubio su disposición para desmovilizar las milicias y los colectivos armados en Venezuela, desmantelar el SEBIN, la policía secreta, muy ligada a su homólogo G2 cubano; acabar con los negocios ilícitos de los militares y dejar de enviar petróleo a Cuba y China. Tras años de sanciones y de prohibiciones, Caracas ha comenzado a suministrar crudo a EEUU toda vez que se aceleran las negociaciones para la reapertura de canales diplomáticos.

No obstante, estas medidas podrían dificultar la estabilidad interna tomando en cuenta los intereses de otros pesos pesados del poder «chavista» como son el ministro de Interior Diosdado Cabello y el ministro de Defensa, Vladimir Padrino López, alterando así los planes de Washington de una transición tutelada y sin sobresaltos.

¿Hacia un nuevo Período Especial?

Las expectativas en torno al control estadounidense del petróleo venezolano así como las constantes presiones contra Cuba por parte de la Administración Trump dejan a la isla caribeña ante la posibilidad de reproducción del «período especial de crisis» existente durante la década de 1990 tras la caída de la URSS, previo a la llegada de Hugo Chávez al poder en Venezuela (1999)

Con una crisis económica cada vez de mayor calado a la que se une la crónica insuficiencia energética, ahora profundizada por las presiones de Trump hacia el gobierno de Delcy Rodríguez para cortar lazos con Cuba, el gobierno de Díaz-Canel se enfrenta a una nueva etapa crítica de posible aislamiento, igualmente acrecentada a nivel hemisférico ante el viraje político hacia una derecha trumpista en Argentina, Chile, Ecuador y El Salvador, entre otros, 

El petróleo entra aquí como el quid de la cuestión. Como sustitutos coyunturales de Venezuela en materia de suministro energético han aparecido países como México y Rusia, aunque en este último caso muy condicionado por las sanciones occidentales y la vigilancia estadounidense con su presencia militar en el Mar Caribe.

Rusia ha salido en apoyo, principalmente retórico, de su aliado cubano en este nuevo período de crisis para La Habana, azotada por apagones eléctricos, una crisis económica incesante y un posible nuevo éxodo. Ante la incertidumbre sobre lo que pueda suceder en Venezuela ahora bajo la tutela de Washington, tanto Rusia como México se han convertido en oportunos socios energéticos. No obstante, esta ayuda sugiere un carácter coyuntural que contrasta con la estructural cooperación venezolana durante más de dos décadas.

Por otro lado, según publica The New York Times, Cuba ha estado revendiendo a China parte del petróleo que le suministraba Venezuela, por lo que La Habana estaría además perdiendo una fuente de divisas. La isla, que importa el 80 % de lo que consume por el colapso de su producción agrícola e industrial, precisa divisas para importar hidrocarburos y alimentos, y sus otras fuentes de ingresos ―el turismo, las remesas y las misiones médicas― se encuentran en horas bajas.

Algunos informes dan cuenta de las dificultades existentes en la industria petrolera venezolana, lastrada por la dramática caída de inversiones en infraestructuras, lo cual también condiciona la capacidad de Washington para gestionar la transición.

Venezuela posee las mayores reservas de hidrocarburos a escala mundial, por encima de los 300.000 millones de barriles, incluso superando a Arabia Saudita. No obstante, a corto plazo, de los actuales 1,2 millones de barriles diarios de producción petrolera venezolana se estima que podrían caer a menos de 300.000 para finales de 2026, colocando a Caracas ante una difícil situación económica, especialmente a la hora de importar alimentos y medicinas.

Según la consultora Rystad Energy, debido al deterioro y la falta de mantenimiento de las infraestructuras en Venezuela, sería necesario invertir unos US$ 110.000 millones en tres años para duplicar la actual producción. Un dato que en el contexto actual en Cuba seguramente no pasa desapercibido.

 

* Analista de Geopolítica y Relaciones Internacionales. Licenciado en Estudios Internacionales (Universidad Central de Venezuela, UCV), magister en Ciencia Política (Universidad Simón Bolívar, USB) y colaborador en think tanks y medios digitales en España, EEUU e América Latina. Analista Senior de la SAEEG.

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LA ARGENTINA NO DEBERÍA RATIFICAR EL TRATADO DE ALTA MAR

César Augusto Lerena*

Publicado en Perfil, 19 de enero de 2026

 

El “Acuerdo sobre la Conservación y Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional” (más allá de las 200 millas), conocido como Tratado de Alta Mar o BBNJ, complementario de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar entró en vigor el pasado 17 de enero de 2026 al haberlo ratificado más de 60 países, entre los cuales no estará Argentina ―en buena hora― porque, si bien la ex Canciller Diana Mondino lo firmó el 18/06/2024, el Congreso no lo ratificó; porque ―de hacerlo― violaría la Disposición Transitoria Primera (DTP) de la Constitución Nacional, reconociendo derechos al Reino Unido para participar como Estado de Pabellón ―aunque ellos pretendan hacerlo como Estado ribereño― en la administración del Atlántico Sur, alterando la integración de los países de África occidental y América oriental, firmantes de la Zona de Paz y Cooperación en el Atlántico (Res. 41/11 ONU), además de favorecer a los isleños británicos en Malvinas con la llegada de nuestros recursos pesqueros migratorios a las aguas argentinas invadidas por el Reino Unido.

Este acuerdo es un farragoso documento de unas 70 páginas al que nos tiene acostumbrado las Naciones Unidas y, por lo tanto, su análisis pormenorizado escapa a una nota de este tipo. Sin embargo, debemos analizar la cuestión de fondo respecto a la violación de la soberanía argentina, de ratificarse Acuerdo, y algunos de sus puntos.

Reconoce el acuerdo “la necesidad de abordar, de manera coherente y cooperativa la pérdida de diversidad biológica (…) contribuir a la realización de un orden económico internacional justo y equitativo que tenga en cuenta los intereses” y, ello es puro palabrerío, cuando la CONVEMAR no ha avanzado sobre los recursos pesqueros migratorios originarios de las ZEE de los Estados ribereños en alta mar, que son depredados por los buques de las grandes potencias que pescan a distancia.

El acuerdo avanza sobre los derechos de los Estados ribereños y si bien el Art. 5° indica que no los alcanza, refiere a “los efectos potenciales en el medio marino de las actividades bajo jurisdicción o el control de un Estado”, cuestión que resulta inadmisible por la intromisión a la soberanía de los Estados ribereños.

Al constituirse “organizaciones regionales de integración económica” los Estados ceden su competencia respecto a las materias, las deben aprobarse por consenso, debilitando la autonomía argentina.

Respecto a los principios (Art. 7°) refiere al de equidad y distribución justa; al principio precautorio; al enfoque eco-sistémico y a un enfoque integrado; cuestiones que la CONVEMAR todavía no ha resuelto, como es el caso de las especies migratorias; de igual modo, cuando se refiere a la seguridad alimentaria (Art. 17°) que no puede darse, sino se tienen en cuenta estos recursos migratorios.

Al establecerse las AMP se indica que se tendrán en cuenta las opiniones de los Estados ribereños (Art. 19° h), aunque, al aprobarse se lo hace por consenso (Art. 23°) lo cual afectará particularmente a los Estados ribereños que son minoría en el Atlántico Suroccidental (Argentina, Brasil y Uruguay), perdiendo toda posibilidad de administrar los recursos, en especial los migratorios y, no admitiendo el Acuerdo reservas ni excepciones. Además de ello, las AMP son una herramienta complementaria que podría reemplazarse por vedas permanentes o transitorias y no debieran ser el eje central de una estrategia de administración para dar sostenibilidad a los recursos (son las zanjas de Alsina), sino que se requiere determinar primero la disponibilidad del recurso; las capturas máximas sostenibles y establecer en forma equitativa las cuotas o autorizaciones de captura, teniendo especialmente en cuenta, los recursos migratorios originarios de las ZEE, en los que deberían tener poder de veto los Estados ribereños.   

Por último, pese a que en el acuerdo se indica que no alcanza a la pesca (Parte II Art. 10 Aplicación, 2 a) al referirse a que “las disposiciones de la presente parte no se aplicarán a la pesca…” varias partes del Acuerdo y el Anexo I dicen todo lo contrario.

La Argentina no debe ratificar este Acuerdo y debería realizar acuerdos bilaterales con aquellos Estados que pescan en alta mar, en condiciones de equidad y mutuo beneficio.    

Pero, ya hemos dicho, ratificar este Acuerdo violaría la soberanía argentina en forma irreversible y grave (cesarlerena.com.ar “ratificar el Acuerdo de Alta Mar violaría la soberanía argentina”, 25/05/2025) porque implicaría reconocer implícitamente el control británico sobre las Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y sus espacios marítimos (1.639.900 km² invadidos por el Reino Unido) y avanzar en todo el Atlántico Sudoccidental y tener injerencia sobre asuntos de la administración de Argentina en la Zona Económica Exclusiva y promover mecanismos como Áreas Marinas Protegidas (AMP) y “organizaciones regionales de gestión” que requieren «Estados soberanos» o «ribereños» choca directamente con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional porqué la Argentina no puede ni debe directa o indirectamente otorgarle estatus de “Estado Ribereño” al Reino Unido.

Por otra parte, una interpretación sistemática de los 72 artículos y los 2 Anexos del Acuerdo, por parte de un acreditado académico del derecho internacional público, arroja como conclusión que, entre otras consecuencias negativas «se consolidaría la ocupación fáctica e ilegal del Reino Unido sobre los archipiélagos de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich el Sur y los territorios marítimos correspondientes, teniendo en cuenta los Artículos 5º, 6º, 8º y 60º10 del Acuerdo en cuestión. Desde la adopción de la CONVEMAR, lejos de fortalecer los componentes del llamado “nuevo derecho del mar” y su delicado equilibrio de competencias, alcanzado tras varios años de intensas negociaciones, se fueron gestando mecanismos de ingeniería jurídica, constituida por los llamados “instrumentos y marcos jurídicos pertinentes y los órganos mundiales, regionales, subregionales y sectoriales competentes” y los llamados “actores interesados”; conformándose en una arquitectura de soft law (derecho blando) que fue diseñando diferentes artefactos de plasticidad jurídica y, la adopción de estos instrumentos plasma deliberadamente el funcionamiento de un esquema diseñado en favor de los países con gran capacidad en materia de biotecnología que disponen de la necesaria infraestructura, conocimiento y recursos, en perjuicio de los países en desarrollo ricos en biodiversidad».

Y Continúa «Del análisis del Acuerdo se podría cristalizar la existencia de un grupo de Estados que se encargó de modificar las reglas del manejo de los recursos naturales del mar desde modelos de soft law a lo largo de los años que consolidan la ocupación fáctica de áreas en disputa conforme a sus intereses» y, el acuerdo «establece implementar una “mayor cooperación” para asegurar la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina en las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional (Art. 2º).

Y agrega: «Respecto del alcance operativo sobre la base de la arquitectura jurídica, el acuerdo establece una serie de institutos y mecanismos a los que se le reconocen importantes facultades, mientras que los Estados Parte no logran obviar la generación de fenómenos jurídicos especiales, como es el caso de la configuración de la “situación objetiva” que entraña explícita o implícitamente el reconocimiento de riberaneidad en áreas ocupadas o en disputa por el Reino Unido, aunque ello ocurra en el entendimiento de que no habrá posibilidades de efectuar reclamos de soberanía y no se considerarán las disputas, el reconocimiento efectuado por los Estados Parte en el proceso de formulación y evaluación de propuestas, así como en las evaluaciones de impacto ambiental, entre otros desarrollos normativos, instala un vínculo normativo entre los Estados involucrados y el Estado ribereño. Tal vínculo tiene carácter autónomo y persistiría aún en el caso de que una propuesta en cuestión no prosperase o incluso en la hipótesis de que el propio Acuerdo perdiera vigencia. En consecuencia, todo el sistema de gestión de los recursos fuera de la jurisdicción nacional cristalizará la situación actual mediante el reconocimiento del status quo vigente en términos fácticos representando una amenaza concreta de impacto sensible en la Cuestión Malvinas, pues conllevaría un reconocimiento de la riberaneidad del Reino Unido en las áreas ocupadas y/o en disputa ante toda acción que se proyecten los ocupantes ilegales de las islas, mediante las herramientas que ofrece el propio Acuerdo».

Para finalmente precisar «En términos simples, desde que los órganos del Acuerdo no interferirán en disputas de soberanía, cada medida que el Reino Unido tome en un área argentina ocupada en forma prepotente, no podrá ser cuestionada por nuestro país y podría resultar admitida por otras Partes en el Acuerdo, en abierta incompatibilidad con la DTP de la Constitución Nacional Argentina».

El acuerdo promueve organizaciones regionales formadas por «Estados soberanos» que han cedido sus competencias. Esto, podría legitimar al Reino Unido como Estado ribereño en el Atlántico Suroccidental, permitiendo una mayor penetración británica, quien obtendría más licencias pesqueras ilegales en Malvinas y consolidaría la política británica de establecer en los archipiélagos de ultramar que controla un “Cinturón Azul” (“Blue belt”) de protección, que pretendería repetir en Malvinas, cuándo ONG norteamericanas (Ej. WCS) y hasta diputados nacionales promovieron un Área de Protección Bentónica en el llamado “Agujero Azul” formando parte del referido cinturón, pudiendo causar un grave perjuicio a la flota pesquera argentina, beneficiando los intereses ilegales de la Corona Británica en Malvinas.

Desde el punto de vista ambiental, para el manejo de la Argentina de este “Agujero Azul” solo bastaría con el dictado de una Resolución del Consejo Federal Pesquero para controlar las capturas con redes de fondo en la plataforma continental argentina por parte de las fuerzas navales argentinas y no un AMP.  

Si alguien cree que la pesca ilegal en alta mar se resolverá con este acuerdo no conoce la política de los países que pescan a distancia que, también acordaron eliminar los subsidios a la pesca en la Organización Mundial de Comercio (OMC) y no lo hacen. No se trata sólo de una cuestión biológica sino eminentemente económica. Antes de este Acuerdo, debería resolverse el control de origen de los buques que pescan fuera de la jurisdicción; establecer las capturas máximas sostenibles para determinar la potencialidad y sostenibilidad de los recursos y, regular la pesca de los recursos migratorios de los Estados ribereños en alta mar.

El Poder Ejecutivo Nacional no ha enviado al Congreso para su ratificación el Acuerdo (Art. 75° inc. 22 de la C.N.) y en ello han coincidido los gobiernos de Fernández y Milei, seguramente, por la presión que han ejercido expertos, políticos, pescadores y legisladores que demostraron el daño de su ratificación.

Algunas ONG ambientalistas como WCS, WWF, Oceana y el Círculo de Políticas Ambientales han apoyado la ratificación del acuerdo sin precisar con rigor los fundamentos ambientales ni referirse a las implicancias de la presencia del Reino Unido en el Atlántico Sur. Las tres primeras recibirían aportes de organizaciones de terceros países (Estados Unidos y el Reino Unido, entre otros) y la tercera, de escasa antigüedad, integrada mayoritariamente por miembros de ex Greenpeace, sus directivos y coordinadores recibirían un sueldo cuyo origen se desconoce. En cualquier caso, es frecuente que muchas ONG sostengan cuestiones ambientales sin evaluar el contexto político, las cuestiones económicas que dan sostén a los pueblos y las políticas de Estado. A nuestro juicio los fondos de terceros países u organizaciones deberían redirigirse a Agencias Públicas o semipúblicas de modo que la estrategia ambiental esté en manos del Estado y no en organizaciones privadas que pueden no tener un interés amplio e incluso intereses contrarios a los nacionales según la fuente de financiación que reciban las ONG. Este podría ser el caso, con gran parte del Atlántico Suroccidental invadido por el Reino Unido, donde se podría poner “el caballo atrás del carro”: no hay medio ambiente a preservar si no hay soberanía.

Además, y muy importante, hay autores que entienden que “el BBNJ podría confrontar con el Tratado Antártico, donde Argentina mantiene sus reclamos suspendidos. Al tratar la Antártida como «alta mar» internacional, podría diluir soberanías latentes, favoreciendo a potencias como el Reino Unido”.

Pese a que Argentina no ha ratificado el acuerdo, la falta de políticas del gobierno nacional llevaron a que Brasil y Uruguay lo ratificasen, lo cual debilita la posición de un bloque monolítico en el Atlántico Sur. Por otra parte, Estados Unidos y el Reino Unido no lo ratificaron e Israel ni siquiera lo firmó, lo que hace suponer que Milei tampoco lo ratificará, por su reconocido acompañamiento a las políticas norteamericanas, entre otras, el reciente retiro de organismos multilaterales que debilitarán a las Naciones Unidas y, es probable, que esta incongruencia de la política internacional por primera vez nos sea útil.

Con alguno de los fundamentos precedentes y otros, el ex Presidente de la Comisión de Intereses Marítimos, Portuarios y Pesca de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y actual Concejal de Mar del Plata Gustavo Pulti consideró improcedente la firma de este acuerdo por el parte del Poder Ejecutivo Nacional y exhortó al Congreso de la Nación para que en uso de sus facultades constitucionales establecidas en el Artículo 75º inc. 22 de la Constitución Nacional proceda a desechar el Acuerdo (Expte. D-2193/24-25), por considerar que se violaría en forma irreversible y grave la soberanía argentina en relación con las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur, los demás archipiélagos y las aguas correspondientes, en manifiesta incompatibilidad con la DTP de la Constitución Nacional. Posición que acompañamos.

La Soberanía de la Nación no puede estar en manos exclusivas de técnicos y/o militares, sino que debe resguardarse mediante acciones políticas, económicas, militares, sociales y ambientales; con especialistas con profundo compromiso por el interés nacional, que tengan en cuenta el interés supremo de la Nación, muy particularmente su integridad territorial -por la que dieron la vida nuestros héroes- considerada una política de Estado en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional a la que deben subordinarse todas acciones de administración del Estado.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana. cesarlerena.com.ar.