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HAY CERTIFICADORAS DE CALIDAD DE PESCA ILEGAL Y HAY FUNCIONARIOS EN ESTADO DE HIBERNACIÓN

César Augusto Lerena*

Días pasados la representante argentina ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) le solicitó al subdirector de la Organización Panamericana de Salud (OPS), el brasileño Jarbás Barbosa, que corrigiera su informe respecto al Coronavirus, donde a la hora de referirse a nuestros archipiélagos australes habría usado la denominación Falkland/Malvinas en lugar de Malvinas. Es muy interesante que los funcionarios argentinos se preocupen por visibilizar nuestras reivindicaciones e intentar corregir informaciones erróneas sobre nuestro país, pero ello, habla más de nuestra pésima política respecto a Malvinas, que de la simple desinformación de un burócrata o de los comportamientos diplomáticos de las organizaciones.

Está muy bien que todos los años nos ocupemos de reclamar nuestros derechos ante los organismos multilaterales; que busquemos nuevos apoyos a nuestros derechos; que les recordemos a los argentinos las fechas alusivas a nuestras luchas soberanas y que resaltemos aquellos hechos que, aún ajenos a nuestras acciones, pueden servirnos para mantener viva la llama de la nacionalidad y para abroquelarnos atrás de una causa justa; PERO, NO ALCANZA. A la espera del diálogo que propicia la Resolución de las Naciones Unidas 2065/65 y con el peso de los Acuerdos de Madrid y otros actos fallidos o contrarios al interés nacional, hemos perdido el control de importantes espacios marítimos, recursos pesqueros y económicos, etc. y, muy especialmente, se ha favorecido la consolidación del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante Reino Unido) en Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y la Antártida.

Yo pregunto, qué hacen el secretario de Malvinas Daniel Filmus que coordina el Consejo Nacional de Malvinas y el subsecretario de Pesca Carlos Liberman que preside el Consejo Federal Pesquero (y que hicieron todos los funcionarios de los anteriores gobiernos), para desactivar todos los obstáculos que impiden el desarrollo argentino (no de Malvinas, como refiere el denominado acuerdo Foradori-Duncan que se mantiene vigente); qué hacen cuando el Atlántico Sudoccidental está internacionalizado; cuando todos los años los buques pesqueros extranjeros se llevan ilegalmente un millón de toneladas de pescados por valor de cuatro mil millones de dólares; cuando desde Malvinas se exportan 250 mil toneladas anuales que no pagan derechos aduaneros (contrabando); cuando los puertos de Uruguay sirven de apoyo necesario para sostener la pesca ilegal en el Atlántico sudoccidental; cuando toda la flota mercante es extranjera; cuando no se realizan las acciones necesarias para proteger los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE); cuando se mantiene desarticulada la red fluvial-marítima; cuando España (habiendo reconocido la soberanía en Malvinas), es el principal socio de los británicos en las islas y el destinatario del 95% de las extracciones que allí se realizan.

El Consejo Federal Pesquero durante el 2020 y en lo que va de 2021 (32 reuniones virtuales) NUNCA trató ninguno de los temas precedentemente citados, al igual que el Consejo Nacional de Malvinas (3 reuniones virtuales) que se limitó a efectuar algunas enunciaciones diagnósticas de algunos de sus miembros. Me respondo, no han hecho NADA. Y sería NADA aun haciendo algo y es NADA, como ocurre administrando el statu quo. No basta la enunciación de derechos, se requieren acciones.

Ahora bien, esta “hibernación de los funcionarios” que, por lo que vimos, es fácil entender que no es inocua, en algún caso, han alcanzado niveles de grotesco, tal es el caso de la publicación en el portal de fis.com (fuente: el medio probritánico MercoPress) del día 28 de enero pasado: «Tras su evaluación quinquenal (NdA: ¿cada cinco años?) del Marine Stwardship Council (MSC), la pesquería de palangre de merluza negra (Dissostichus eleginoides) de Georgias del Sur ha sido certificada por tercera vez como una pesquería sostenible y bien gestionada, según el boletín del gobierno de Georgias del Sur y el Islas Sándwich del Sur. La pesquería está gestionada por GSGSSI con el asesoramiento científico y el apoyo del British Antarctic Survey (BAS) y el Centro de Ciencias de la Pesca y la Acuicultura del Medio Ambiente (CEFASs). El Dr. Mark Belchier de BAS dijo: “…La recertificación del MSC es un fuerte respaldo al valor de la investigación científica a largo plazo para sustentar políticas y decisiones que conducen a una gestión responsable de la pesca (…) Esta es una señal muy bienvenida del compromiso continuo con la conservación de la vida marina en uno de los ecosistemas naturales más valorados del mundo”». (la negrita es mía).

Es evidente que la política expansionista del Reino Unido a través del gobierno ilegal en Malvinas no tiene límites, llevando desde acciones militares y de ocupación marítima, hasta el armado de diversas infraestructuras (puertos, etc.) destinadas a consolidarse en el territorio. Ahora bien, que Marine Stwardship Council (en delante MSC) certifique las pesquerías en Georgias del Sur (no sabemos si lo hizo también en Malvinas), está demostrando el interés netamente comercial de esta empresa certificadora, porque resulta absolutamente llamativo que MSC certifique pesquerías donde se realiza pesca INDNR. Y es ilegal esta pesquería desde la usurpación británica en 1833 de este territorio argentino, a tal punto que la ONU debió dictar las Res. 2065/65 y 31/49 donde quedó clara la situación de disputa y la prohibición de innovar respecto al territorio ocupado. Y ello solo le da el carácter ilegal —internacionalmente observable— a las licencias de pesca que el Reino Unido otorga a barcos propios o de terceros para pescar en el área de Malvinas. El Reino Unido no lo desconoce y el MSC no lo puede desconocer. No es posible que MSC ignore lo prescripto en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR) respecto al análisis en conjunto e integral del recurso, ya que no se puede analizar una pesquería sin evaluar el ecosistema y cómo influye en el resto de las pesquerías argentinas —biológica, económica y socialmente— como bien refiere la CONVEMAR. Tampoco el artículo 2º de la Ley 24.543 con la que Argentina ratificó la CONVEMAR y dejó claras las “observaciones” sobre Malvinas y los recursos migratorios originarios de su ZEE. Del mismo modo, las Partes de esta Convención relativas a la pesca por parte de Estados de Bandera en la ZEE de los Estados ribereños (tal es el caso de Argentina).

La violación por parte del Reino Unido y la ocupación de facto del territorio, hace que la Autoridad Argentina no pueda controlar los procesos, las artes de pesca, los eventuales descartes, la registración de las capturas y desembarcos, no disponga de observadores, etc., haciendo netamente ilegal la pesca en Georgias del Sur certificada por MSC. El Reino Unido no es el titular de ese dominio y de los semovientes (los peces) y ello debería ser suficiente argumento para que no pueda acceder a la certificación de MSC que convalidaría en el mundo productos de origen ilegal, con un sello que supone lo contrario.

Esto nos lleva a la reflexión final de que no solo los funcionarios argentinos están “hibernando” frente a la apropiación de los territorios marítimos y sus recursos, sino que estas certificadoras deben ser reguladas nacional e internacionalmente ya que de otro modo se van a constituir en la intermediación y selección del comercio de los recursos pesqueros. Un ejemplo de ello lo da Peter Pahl, presidente de la Asociación de Pescadores de Merluza de Namibia, a propósito de la certificación de MSC en el pasado noviembre (EuropaAzul, 17/11/2020: Obtener la certificación MSC servirá para que la industria de la merluza de Namibia siga siendo competitiva y para que, además de satisfacer la demanda de nuestros mercados actuales, pueda expandirse hacia nuevos mercados en donde los distribuidores y las marcas se surten principalmente de pescado con certificación MSC para poder satisfacer las expectativas de sus consumidores. Ahora que ya tenemos la certificación esperamos ver crecer nuestras cifras en beneficio de nuestras gentes y comunidades, de la economía y, por supuesto, de los océanos”. Lo que deja en claro que se están privatizando los organismos de Calidad de los Estados, quienes definirán a dónde, cómo y cuándo los países podrán exportar. Estamos frente a una nueva barrera parancelaria y de control del comercio.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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LAS RAZONES BIOLÓGICAS Y RELATIVAS A LOS RECURSOS NATURALES QUE DAN SUSTENTO A LA DENUNCIA DE TODOS LOS ACUERDOS MARÍTIMOS Y PESQUEROS

César Augusto Lerena*

La armada anglo-francesa fuerza su paso a través de la Vuelta de Obligado
De Manuel Larravide (1871-1910), Enciclopedia Historia Argentina.

Por medio de la Ley 20.770, se instauró el 20 de noviembre como Día de la Soberanía, en conmemoración de la batalla de Vuelta de Obligado ocurrida en 1845. Si la Argentina pretende pasar de los dichos a los hechos e iniciar el camino de recuperación de la soberanía, cumpliendo con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional: Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional (…) constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”, debiera derogar, rechazar o declarar finalizados los Tratados, Acuerdos, Convenios, Pactos u Hojas de Ruta —todos indecoroso/as— que se oponen a ello. Incluyo dentro de éstos los Acuerdos de Madrid (1989/90), el Convenio suscripto en Londres en 1990 con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para “La Promoción y la Protección de Inversiones en la Argentina” sancionado por Ley 24.184 (1992); el Acuerdo de Nueva York sancionado por la Ley 25.290 (1995); el Pacto de Foradori-Duncan (el martes 13 de septiembre de 2016); el Convenio propiciado por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT) y el Acuerdo sobre medidas del Estado Rector del Puerto (2009).

A todos los argumentos políticos, jurídicos, económicos y militares que justifican plenamente la derogación de los Acuerdos y Convenios citados precedentemente, debemos agregar como central la 50ª sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones en la que se dictó la Res. 41/11 el 27 de octubre de 1986 donde se declaró al Océano Atlántico, en la región entre África y América del Sur, como Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” (ZPCAS) y se exhortó a todos los Estados de esta área a promover una mayor cooperación regional, entre otras, para el desarrollo económico y social; la protección del medio ambiente; la conservación de los recursos vivos y, la paz y seguridad de toda la región” a la par de impulsar la desmilitarización del Atlántico Sur y la eliminación de las armas atómicas.

Entiendo que resultan fundamentales para promover esas denuncias, tener muy presentes las cuestiones relativas al cuidado del ambiente marino, el ecosistema, el transporte y la explotación de los recursos migratorios originarios en la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina en el área de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y más allá de las 200 millas en la alta mar que se ven afectados por los Acuerdos etc. que se propicia derogar.

Sobre la denuncia de los Acuerdos de Madrid y del Convenio de protección de las inversiones británicas en la Argentina ya me he referido en extenso (Lerena, César “El Pre-acuerdo de la Canciller Malcorra y los Acuerdos de Madrid de Cavallo”, 16/9/1916; “El oscuro Tratado de Madrid”, 2/4/2019; “El gobierno debe ‘declarar finalizadas’ las Declaraciones Conjuntas de Madrid”, 25/6/2020; “Las Innombrables Declaraciones de Madrid, 8/9/2020; “La Denuncia del Convenio de Promoción y Protección de las Inversiones del Reino Unido de Gran Bretaña en la Argentina, 7/10/2020).

Para ello, deberíamos tener en cuenta, en primer lugar, que las capturas con licencias ilegales británicas en las aguas del área de Malvinas o, fuera de éstas, afectan al Ecosistema, que debe ser considerado integralmente como indica la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR), por lo tanto, atentan contra el “Rendimiento Máximo Sostenible” establecido en forma anual por el INIDEP para la explotación y preservación de la economía trófica de los recursos pesqueros en la ZEE Argentina.

Los buques extranjeros que capturan sin control en la alta mar rompen el ciclo biológico, ya que —ecológicamente— es necesario asegurar el regreso del recurso a la ZEE donde realiza su etapa biológica más importante y, como bien refiere el Código de Conducta para la Pesca Responsable (Art. 6º inc. 6.5, 6.8, 6.9 y 6.18), respecto a la Ordenación Pesquera, los Estados deben aplicar el Criterio de Precaución en la conservación y la explotación de los recursos, teniendo en cuenta, el hábitat crítico, las zonas de cría y desove. El caso del calamar patagónico (Illex argentinus) es un ejemplo típico, ya que inicia su ciclo de vida anual en el área continental de la ZEE Argentina, migra al área de Malvinas y de alta mar y regresa al área original del ciclo, por lo cual, su captura sin control en Malvinas y en alta mar no solo dificulta su sostenibilidad sino que —vinculada su ecología trófica a otras especies y actuando como depredador o presa— afecta al total de las especies con las que interactúa en el ecosistema y, en la Argentina, muy especialmente a la merluza, especie central en la generación de industrias y empleo. Ello se ratifica en los propios considerandos del Acuerdo de Nueva York donde destaca que la depredación se produce por la pesca de alta Mar: “…algunos recursos se están explotando en exceso…”.

Se debe tener en cuenta, en segundo lugar, que las Organizaciones Regionales o subregionales de Ordenamiento Pesquero (en adelante OROP) y su integración por parte de Estados de Bandera supone la resignación de Argentina a la administración de los recursos pesqueros en todo el Atlántico Sudoccidental (por la composición mayoritaria en las OROP de Estados de Bandera sobre los ribereños), no solo en la alta mar sobre sus recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina, sino también dentro de ésta, conforme las normas de la CONVEMAR y las correspondientes al denominado Acuerdo de Nueva York (“las Poblaciones de Peces transzonales y altamente migratorios dentro y fuera de las Zonas Económicas Exclusivas”).

El Acuerdo de Nueva York es un engendro técnico que intenta hacerse de la administración del mar por parte de Estados de Bandera (contrario a la “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” que promueve la explotación del Atlántico Sur por parte de los países con ZEE en éste) y quitar o limitar las facultades soberanas de los Estados ribereños sobre la regulación de sus recursos pesqueros. Crea las OROP, organizaciones mayoritariamente integradas por Estados Banderas, que se constituyen en administradores que minimizan y dificultan las negociaciones directas entre Estados o empresas. Todo ello agravado, porque muchos de los principales Estados de Bandera (China, España, Corea del Sur, Taiwán, Japón, Reino Unido, etc.) que pescan en alta mar en el Atlántico Sur, subsidian con 35.000 millones de dólares (2019) las operaciones de captura; una cifra que representa el 35% del monto total mundial producido, lo que demuestra la vocación de estos países de hacerse de los recursos pesqueros, incluso a pérdida, contrario a todas las políticas de comercio de la OMC.

Por las reglas de la CONVEMAR y muy especialmente por la forma en que se pretende regular la pesca de la alta mar en el Acuerdo de Nueva York, se deja de manifiesto la clara intención de los Estados de Bandera (en su mayoría países desarrollados que pescan a distancia) de quedarse con los recursos de los Estados ribereños, de otro modo no podría entenderse que aquellos recursos que son de dominio de éstos en la ZEE, por el solo hecho de pasar la línea imaginaria de las 200 millas, puedan pescarlos terceros países y, aún peor, que los Estados de Bandera incidan sobre la administración de los recursos en la ZEE. Este criterio rompe con el más elemental modelo biológico y de sostenibilidad de las especies.

La Argentina en 1995 al ratificar la CONVEMAR efectuó algunas declaraciones al respecto (Ley 24.543 art. 2º inc. c): “…El gobierno argentino, teniendo presente su interés prioritario en la conservación de los recursos que se encuentran en su ZEE y en el área de Alta Mar adyacente a ella, considera que de acuerdo con las disposiciones de la Convención cuando la misma población o poblaciones de especies asociadas se encuentren en la ZEE y en el área de la Alta Mar adyacente a ella, la Argentina, como Estado ribereño, y los Estados que pesquen esas poblaciones en el área adyacente a su ZEE deben acordar las medidas necesarias para la conservación de esas poblaciones o especies asociadas en la alta mar. Independientemente de ello, el gobierno argentino interpreta que, para cumplir con la obligación que establece la Convención sobre preservación de los recursos vivos en su ZEE y en el área adyacente a ella, está facultado para adoptar, de conformidad con el derecho internacional, todas las medidas que considere necesarias a tal fin”, con lo cual la Argentina ha dejado clara su vocación de acordar las capturas en forma directa cuando existan poblaciones excedentarias.

Monumento a la Batalla de la Vuelta de Obligado, San Pedro, Provincia de Buenos Aires.

En tercer lugar, del total de 3.146.345 km2 de la ZEE Argentina el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido) ocupa un territorio marítimo argentino aproximado a los 1.639.900 km2 alrededor de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, según los espacios unilateral y arbitrariamente establecidos por el Reino Unido como “Zona de Administración y Conservación interina Pesquera” (FICZ para los británicos); “Zona Exterior de Conservación Pesquera” (FOCZ para los británicos) ambas alrededor de Malvinas; el Área de reserva ecológica alrededor de las Georgias del Sur y Sándwich del Sur y el GAP, de 1.900 km2 en el área nordeste de Malvinas. Es decir que a pesar de la Res. 31/49 de las Naciones Unidas y de los Acuerdos que se solicita denunciar, el Reino Unido ha ocupado en forma creciente y sostenida territorio nacional de los espacios originales ocupados en 1982, a saber: archipiélagos Malvinas (11.410 km2), Georgias del Sur (3.850km2), Sándwich del Sur (310 km2) y un territorio marítimo de tres millas alrededor de estos territorios insulares, por lo cual en la actualidad el Reino Unido ocupa un 52% de nuestro territorio marítimo e insular. Ello, sin computar los más de 1.400.000 km2 de la Plataforma Continental Argentina que los británicos han reclamado a la Comisión de Límites de las Naciones Unidas y la disputa pertinente por la Antártida Argentina (965.597 km2) y los territorios marítimos correspondientes. Todo esto le ha permitido al Reino Unido extraer ilegalmente (a través del otorgamiento de licencias) recursos pesqueros argentinos por un volumen anual promedio de 250.000 toneladas desde 1982 a la fecha de un valor anual estimado en los 650 millones de dólares y efectuar exploraciones de hidrocarburíferos.

Solo de la explotación pesquera ilegal del gobierno ilegal de Malvinas, la Provincia del Tierra del Fuego ha perdido desde 1982 a la fecha la suma 16.787,9 mil millones de dólares, por la captura ilegal (INDNR) de la especie calamar loligo (Doryteuthis gahi, Orbigny, 1835), más los daños por pérdida de chance y los valores relativos al otorgamiento de licencias ilegales de U$S 224.720.874.

El Acuerdo de Nueva York se excede a las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR) y, ello, no solo es contrario al propio Acuerdo que en su art. 4º indica que “Ninguna disposición en el presente Acuerdo se entenderá en perjuicio de los derechos, la jurisdicción y las obligaciones de los Estados con arreglo a la Convención…”, sino que, además, es absolutamente improcedente que un texto, que es parte de la CONVEMAR pueda modificarla, ya que para tal caso, requeriría de las Enmiendas previstas en ella y no abrir la puerta a que —en un futuro—- las OROP puedan modificar la letra y el alcance establecido por el conjunto de las Naciones e, incluso, generar discriminaciones entre los Estados según integren o no estas OROP como bien se ha fundamentado en el proyecto.

Respecto a las especies “altamente migratorias” el Acuerdo de Nueva York no podría ser aplicado jamás en las especies de la ZEE Argentina o su área adyacente, porque la CONVEMAR en su Anexo I, remite a en forma taxativa a determinadas especies que no incluyen a peces, crustáceos o moluscos del Mar Territorial o la ZEE Argentina. En cualquier caso, la falta definición de los términos “transzonal”, “altamente migratoria” o “migratoria”, mientras no se precisen los adjetivos especificativos y aprueben científicamente —dentro del Acuerdo— invalida toda pretensión de éste de reglamentar las prescripciones de la CONVEMAR.

La Argentina en los art. 4º, 5º y 22º de la Ley 24.922 reivindicó sus derechos sobre los recursos transzonales y altamente migratorios, por cuanto su biomasa global se encuentra en la ZEE Argentina, donde estas especies realizan gran parte de sus principales etapas del ciclo biológico, para luego migrar a la Alta Mar, donde son capturadas por los buques extranjeros, para, finalmente —los que logran evadir estas capturas— regresar a la jurisdicción de Argentina. Y esta última es la condición principal para considerar “migratorio” a un recurso, como lo indican los científicos del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) Ana Roux, Juan de la Garza, Rubén Piñero y Daniel Bertuche en su trabajo “La ruta de migración del langostino patagónico” (INIDEP. Inf. Téc. Of. 7/12 del 3/4/12), donde se define: “El término migración, en el sentido biológico, se refiere a los movimientos periódicos que algunas especies de animales realizan desde una región geográfica, y su subsecuente regreso…”.

En cuarto lugar, accesoriamente a lo expuesto, pero muy importante, debería rechazarse igualmente, la pretensión de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT) de aprobar en la Argentina un Convenio (ya aprobado por el Reino Unido) que carece de todo sustento, por cuanto esta especie no está presente en la ZEE ni el Alta Mar aledaño (Cousseau-Perrotta, INIDEP, 2000), pero que —aun tratándose de un Convenio respecto a las especies de Atún— da lugar al acceso a otras especies agregadas a éste.

La preeminencia en la Administración del ecosistema en el Atlántico Sudoccidental (ZEE y Alta Mar) la deben tener los Estados ribereños de Argentina y Uruguay y ello debe ser así porque nuestros países son los que realizan los estudios que determinan las Capturas Biológicamente Aceptables (CBA) o los Rendimientos Máximo Sostenibles (RMS) y se funda en que hay una prueba biológica irrefutable que avala esta posición: si nuestros países agotasen el recurso en la ZEE Argentina o Uruguaya se agotarían los recursos del área de Malvinas y en la alta mar. Ratificar el Acuerdo de Nueva York y propiciar el Convenio del Atún sería contrario al interés nacional y violatorio de toda la legislación Nacional y de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

En quinto lugar, se entiende como necesario, mientras esté en debate el Pacto Foradori-Duncan y se procede a su denuncia, debieran suspenderse los vuelos autorizados a la República de Chile y Brasil. Respecto a este último vuelo autorizado a partir del referido pacto debería tenerse muy presente que la ciudad de San Pablo y Gran San Pablo con una población AB1 de 30 millones de personas puede absorber todas las extracciones pesqueras del área de Malvinas y es una puerta a exportaciones al mundo y el intercambio comercial necesario con las islas, además de servir para el recambio de tripulaciones, reposición de insumos, alimentos, etc. lo cual se agrava con la salida del Brexit que podría, a partir de enero de 2021, significar el retiro de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur como territorios británicos (ilegales) de Ultramar en la Unión Europea y la consecuente aplicación de aranceles a los productos originados en Malvinas.

Argentinos, si vamos a conmemorar el día de la Soberanía Nacional, que sea con hechos que estén a la altura de nuestros héroes nacionales, los de 1845 y los de 1982.

 

 * Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad. 

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LA RETÓRICA PESQUERA PARA LA TRIBUNA POLÍTICA

César Augusto Lerena*

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El pasado 30 de agosto un periodista del Diario La Nación tituló “La actividad pesquera es la que más creció en la última década y media…. Es muy probable que los datos suministrados al periodista no se hubiesen evaluado adecuadamente o que se haya hecho una interpretación antojadiza o parcial. Por ejemplo, la información que el Subsecretario de Pesca le suministra al medio citado es errónea: “se pescó más en el primer semestre de este año que en igual período de 2019” ya que durante el primer semestre de 2020, no se pescó más, sino menos que 2019 —a pesar de la temporada excepcional de calamar—, como las propias estadísticas indican al pie de la nota de La Nación, y los dólares exportados en igual período bajaron de 875 a 837 millones (Revista Puerto, 29/7/20). Ello, a pesar de que las exportaciones de igual período en 2019 ya habían bajado el 4,2% en volumen y un 10,2% en valor, respecto al 2018 (Pescare.com.ar, 26/8/19). Al respecto nos indica Nelson Saldivia de la Revista especializada Puerto (29/7/20): «La comercialización de productos pesqueros en el exterior experimentó una retracción del 4,3 por ciento entre enero y junio de este año respecto de igual período del año anterior. En el rubro “pescados y mariscos elaborados” se registró una variación negativa del 27,5 por ciento».

No se deduce del artículo citado que la actividad pesquera sea la que más creció en los últimos 15 años (mucho menos en el análisis integral del sector) salvo, que se le limite ese hipotético crecimiento, al solo hecho que el langostino haya representado en 2018 el 61% de las exportaciones y, en el primer semestre de 2020, el 36%. Esta explotación, al momento, no da ninguna sustentabilidad cierta al sector, ya que se trata de un recurso de disponibilidad biológica impredecible en el corto plazo, altamente dependiente del mercado externo y, es así que, de valer 12 mil dólares en 2005 la tonelada, en la actualidad está por debajo de los 5 mil: “En 2019, las ventas del langostino entero cayeron un 10% en volumen, un 25% en divisas y un 15% en el precio promedio en comparación con el 2018. En los primeros cuatro meses de 2020, los precios siguieron desplomándose. El volumen se redujo 40% y el precio promedio un 23%, (…) las empresas no tienen a quién venderle lo que producen” (R. Garrone, Tradenews, 12/7/20).

Al lector desinformado, debemos decirle que en la captura y posterior exportación no influye solo una buena administración del recurso, las habilidades del capitán de pesca, la demanda del mercado y la capacidad negociadora del empresario, sino también, la disponibilidad biológica de la especie, en especial en recursos como el calamar y el langostino que tienen un ciclo de vida anual y dependen de diversos factores climáticos, biológicos, marítimos, etc. Por ello que centrar la sustentabilidad económica y social de este sector en la captura del langostino es altamente peligroso, por la inestabilidad y variabilidad que puede presentar de un año a otro. Ya ha ocurrido, en años donde la merluza era el sostén del sector y, por lo tanto, la caída brusca de las capturas del langostino no alcanzó a poner en jaque al conjunto de la actividad. Además que no podemos dejar de lado que, en el mundo, el 50% de la producción pesquera tiene origen en la acuicultura y maricultura, donde la Argentina tiene un desarrollo insignificante.

Si analizamos a este sector por las capturas de las principales especies, durante el 2005 se desembarcaron 360.741 toneladas de merluza, 146.184 de calamar y 7.470 de langostino, mientras que en 2018 se desembarcó 266.277 toneladas de merluza, 108.300 de calamar y 253.255 de langostino. Respecto a las exportaciones, en 2018 se exportó por valor de US$ 2.140 millones, mientras que estás exportaciones cayeron en 2019 a US$ 1.860 millones y, pese al notable crecimiento de las capturas de calamar en el primer semestre de 2020, todo hace pensar que las exportaciones de 2020 estarán por debajo de 2019, a pesar del esfuerzo de tripulantes que salieron a pescar pese al COVID-19.

Respecto al valor agregado y los volúmenes exportados, eran mayores en 2005 respecto al 2019/20. La Argentina exportaba en 2005 el doble de productos fileteados que hoy y exportaba más filetes que enteros y, ahora, ocurre todo lo contrario. Por otra parte, mantuvo los mismos volúmenes de captura de calamar (2005-2018), cayó en un 26% la producción de vieras al igual que la producción de anchoítas que se redujo en un 70%. Del mismo modo, cayó al 50% la producción de harinas, todo un símbolo de la caída de la mano de obra ya que el residuo de los procesos de elaboración se destina a la fabricación de harina. Los incrementos en valores encuentran su justificativo en las capturas de langostino y merluza negra, de alto precio y bajo valor agregado.

Los desembarques totales se redujeron de 858 mil toneladas en 2005 a 785 mil toneladas en 2018, con el agravante que mientras en 2004 el 55% de las extracciones se realizaban con buques fresqueros y el 45% con buques congeladores, en 2018, estos porcentuales se invirtieron en 49% y 51% respectivamente, motivo por el cual la mayor congelación a bordo fue en desmedro de la producción industrial en plantas en tierra y la consecuente pérdida de empleo.

El bajo valor agregado de las exportaciones argentinas es el modelo que impera desde hace años en la pesca, en especial en estos años, por las mayores capturas de langostino, llevando a transferirle (regalarle) el trabajo argentino a los países reprocesadores y exportadores de Sudamérica y a los importadores europeos y asiáticos. Por ejemplo, a España a quien le exportamos por año unas 50 mil toneladas de langostino entero y 8 mil toneladas de cola de langostino, con una diferencia en la facturación del orden de los 1.500 US$ la tonelada. Y ello, no es un dato menor en materia de pérdida de trabajo argentino, porque el langostino ha pasado de tener una participación del orden del 5% en 2005 al 61% en 2018.

Respecto al consumo interno de pescado se mantiene estacionado en los 6 kg per cápita por año, cuando el promedio mundial anual asciende a los 20 kg. Es decir que los argentinos, consumen menos que los países pobres y los ricos, con efectos muy negativos, no solo por el bajo valor agregado de las materias primas comercializadas, sino también, porque se pierden de consumir un producto que, por su alta calidad proteica y de sus grasas insaturadas, es solo comparable a la leche materna y, por lo tanto, es un alimento insustituible en el desarrollo y mantenimiento de la salud.

Dice el artículo que la pesca no tiene un déficit pesquero (exportación-importación) y ello se debe —como ya he dicho— que tiene un bajísimo consumo interno. Si triplicase el consumo, manteniéndose aún por debajo del promedio mundial, no tendría saldos exportables. Aquello es un defecto y no una virtud. Francia tiene € 1.700 millones de déficit, a pesar de capturar similares números que Argentina y se debe a que los franceses consumen una dieta sana de 34 kg/per cápita/anual de pescados y mariscos, es decir, 28 kilos más que los argentinos. La generación de valor, de empleo y la radicación industrial se duplicarían —al menos— si eso ocurriese.

Por cierto, mientras las empresas argentinas desembarcan —según información oficial— unas 800 mil toneladas anuales capturadas en la Zona Económica Exclusiva Argentina (dentro de las 200 millas de la costa), en la Alta Mar, entre 350 y 500 buques extranjeros con o sin licencia británica se llevan anualmente un millón de toneladas de recursos migratorios argentinos. Para ello sus embarcaciones deben trasladarse más de 12 mil millas y nuestros buques pesqueros deberían recorrer solo 200 millas. ¿Porque no lo hacen?, porque los gobiernos de turno nunca llevaron adelante una política de incentivos que promueva la pesca nacional en la Alta Mar y les permita competir con la extracción ilegal extranjera, provocando la gran revolución pesquera en Argentina. La misma que provocaron los pioneros de la actividad cuando trocaron de los barcos costeros, a los buques de altura.

Es poco serio referirse a que el sector tuvo mayor crecimiento que el agrícola, ganadero y minero; ello, sería desconocer la política extractiva iniciada en la década del 90 y es imposible que la pesca, que es un recurso renovable, pero agotable, pueda competir con la ganadería que tiene, no solo un alto consumo interno (55kg per cápita/año) al que hay que agregar, que las exportaciones argentinas de carne vacuna acumuladas de abril de 2019 a marzo de 2020 alcanzaron a las 868 mil toneladas por un valor cercano a US$ 3.192 millones (IPCVA, abril 2020); por su parte, el 37,4% del total de las exportaciones argentinas de 2019 se debió al complejo sojero, maicero y triguero, materias primas que se exportaron por un monto de US$ 24.310 millones, obviamente muy superior a los U$S 1.864 millones de la pesca.

Estos números no desvalorizan la importancia del sector pesquero, pero, referirse a que tenga el mayor crecimiento por sobre otros sectores muy importantes no se ajusta a la realidad y desinforma a funcionarios y lectores desprevenidos. La pesca no es inagotable y si bien puede lograrse un crecimiento, no será posible hacerlo a través de incrementar las capturas en la Zona Económica Exclusiva Argentina, sino mediante una mejor administración del recurso; la eliminación de los descartes; el agregado de valor a las materias primas y, sobre todo, acordar e ir a capturar más allá de las 200 millas.

Finalmente habría que agregar, que siendo en sus orígenes una actividad 100% nacional, hoy siete de las diez primeras exportadoras pesqueras son extranjeras; capitales chinos, estadounidenses, españoles, etc. cuyas casas centrales se hacen de las materias primas argentinas que compiten en el mercado internacional con las empresas nacionales.

Todas tienen en común, lo que sí precisa el citado diario, sufren altos impuestos internos, derechos a las exportaciones, falta de financiación a tasas adecuadas para la renovación de la flota en el país, moras en la reposición de reintegros e IVA, altos impuestos al combustible, etc. Y es verdad también que las empresas exportadoras pesqueras están certificadas en su calidad y sanidad por los organismos técnicos competentes más exigentes del mundo (FDA, Comisión Veterinaria UE, etc.) y aplican Planes HACCP de autocontrol de seguridad alimentaria desde hace más de 20 años.

Si no se Sudamericaniza el Atlántico Sur, no se controla el mar con las fuerzas armadas y de seguridad, no se nacionaliza el flete, no se acuerda y desactivan los puertos uruguayos a las flotas pesqueras ajenas al MERCOSUR, no se combate la pesca ilegal de los recursos migratorios, no se cancelan los vuelos de Malvinas a Chile y Brasil, no se eliminan impuestos a los buques nacionales en Alta Mar, no se declara la emergencia pesquera en Malvinas y no se incrementa el consumo nacional, NO ES POSIBLE ESPERAR EL CRECIMIENTO DEL SECTOR PESQUERO Y LA RECUPERACIÓN DE MALVINAS.

Los profundos cambios que se requieren, para desalentar el avance creciente de los buques extranjeros pesqueros a distancia, que vienen por nuestros recursos, no pueden limitarse a colocar multas a los buques piratas (que además no se capturan ni hay medios para hacerlo), sino que debe aplicarse un nuevo modelo que vaya hacia la captura de todos los recursos del Atlántico Sur y efectúe una administración adecuada para lograr un crecimiento sostenible y sustentable económica, ambiental y social. Está todo por hacerse.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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