EL DILEMA DEL AGUA EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES

Salam Al Rabadi*

Imagen de felixioncool en Pixabay 

La brecha hídrica se ha convertido en una de las dialécticas más importantes que surgen en las relaciones internacionales, hasta el punto de creer que las próximas guerras serán principalmente guerras de competencia sobre los recursos hídricos. En consecuencia, la escasez de agua representa una seria amenaza para la seguridad humana[1], ya que actualmente hay más de 80 países en los que el 40% de la población mundial sufre una grave escasez de agua[2]. Y se estima que 3.600 millones de personas (es decir, aproximadamente la mitad de la población mundial) vive en zonas con agua potencialmente escasa[3], y esta cifra podría aumentar a entre 4.800 y 5.700 millones para 2050[4].

A este nivel, se adoptaron los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que incluían el compromiso de reducir a la mitad el número de personas que no pueden acceder al agua potable y asequible en el año 2015, pero más de mil millones de personas al final de la década del agua todavía no tienen acceso a ese agua. Donde parece que hay una nueva brecha que se puede llamar la brecha de agua y se está haciendo más amplia [5].

Sobre la base de eso, y dadas las percepciones de los riesgos globales futuros en términos de la capacidad de afectar, las crisis hídricas se clasificaron como el mayor riesgo al que se enfrentará el mundo en un futuro próximo[6].

Como parece que en el futuro surgirán varios problemas en las relaciones internacionales sobre lo que se debe lograr en términos de cómo abordar la brecha hídrica, que son los siguientes:

  • ¿Hay visiones políticas y diplomáticas creativas que puedan hacer frente a los problemas del agua de acuerdo con un enfoque científico viable, gobernanza y rendición de cuentas?
  • ¿Jugarán las manos ocultas en el mercado su juego en caso de que los enfoques políticos fracasen, para que el enfoque se transfiera a la economía y que los problemas del agua se conviertan en materias primas sujetas a la lógica de comprar y vender solamente? ¿O sabrá que los mercados se mantienen como una barrera para ese enfoque?

De acuerdo con esos problemas, metódicamente, debemos centrarnos primero en el dilema de cómo entender las complejidades del sistema de agua, ya que de esto se desprende claramente que la brecha hídrica es un sistema complejo que debe entenderse bien, para encontrar un enfoque lógico y soluciones sostenibles. Al pensar en la crisis de escasez de agua, es imperativo que el enfoque no se limite a la deficiencia absoluta entre las necesidades totales y los suministros disponibles, sino también a centrarse en:

  • La ubicación del agua limpia y utilizable y los costos de transportarla a las comunidades de población.
  • Huella de agua, o lo que se llama el estándar global para la huella de agua [7].
  • La posibilidad de tener grandes cantidades de agua suficientes para cultivar alimentos. [8]

Por lo tanto, para entender la crisis del agua, es necesario distinguir entre dos problemas diferentes que requieren diversas soluciones: el primero radica en cómo obtener agua potable asequible (es decir, el problema de los servicios), y el segundo radica en cómo asegurar las fuentes de agua para el cultivo de alimentos (es decir, el problema de la escasez de agua). Por lo tanto, sobre la base de estos problemas, los desafíos del agua pueden clasificarse de la siguiente manera:

  • La crisis del acceso al agua [9].
  • Crisis de contaminación del agua.
  • La crisis de escasez y escasez de agua. [10]

Por lo tanto, las comunidades científicas y políticas deben reconocer las causas globales y locales de las crisis hídricas y responder eficazmente a ellas. Al examinar el mecanismo de interrelación entre estos desafíos o crisis, es posible determinar las características de la brecha hídrica y los factores que pueden ayudar a resolverla.

Como resultado, es imperativo tratar de entender los impulsores políticos y las razones para el proceso de toma de decisiones del agua y el medio ambiente a nivel local o mundial y centrarse en una amplia gama de opciones, que tienen que ver con la comprensión de los cambios en la estructura de la crisis mundial del agua y cómo predecirla. Por lo tanto, esta realidad requiere adoptar una visión que sea una combinación de:

  • El cambio hacia una visión más holística de la gestión del agua y la transferencia para usos de mayor valor.
  • Adopción de soluciones técnicas que combinen nanotecnología y pruebas sólidas sobre la gestión del riesgo climático [11].

En este contexto, aunque se conocen muchas soluciones alternativas, su aplicación no es fácil si se tienen en cuenta los costes políticos y económicos. A pesar de todo esto, se puede decir que el pesimismo acuoso actual puede transformarse en optimismo para el futuro, si hay una visión política estratégica clara. Desafortunadamente, sin embargo, el impacto global de la brecha hídrica se ha hecho evidente (hasta cierto punto), sin embargo, rara vez se considera como un desafío político global, ya que actualmente no hay una visión estratégica sobre el nivel de cómo abordar la brecha hídrica.

Tenga en cuenta que anteriormente (al comienzo de la labor del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático «IPCC») existía una conciencia inicial de las dimensiones políticas y sociales de la importancia de las cuestiones relacionadas con el agua, paralelamente a la concienciación que existía sobre las dimensiones de la problemática del cambio climático[12]. Pero, por supuesto, hay muchos signos de interrogación, si sabemos que el grupo climático (IPCC) necesitó casi 30 años de trabajo antes de que el mundo se tomara en serio la crisis climática y por lo tanto ¿cuál es el caso de la brecha hídrica[13]?

En cuanto al aspecto estratégico político, puede ser suficiente aquí referirnos a la revisión del informe de seguridad estadounidense (para la Agencia Estadounidense de Inteligencia «CIA»), sobre las expectativas futuras de tendencias o desafíos globales en el año 2030, que indica directamente que la realidad de la crisis del agua inevitablemente conducirá a cambios geopolíticos, que serán profundos, y muy rápidos, y no puede excluirse la aparición de conflictos de naturaleza hídrica entre Estados[14].

Sobre la base de esto, se plantean muchos interrogantes sobre el intento de negar las advertencias sobre el estallido de guerras y las disputas inminentes sobre el agua (o de considerarlas como meras acusaciones falsas), ya que quedó claro que hay repercusiones estratégicas muy graves que están definitivamente vinculadas al proceso de competencia entre países para la adquisición de agua dulce.

En consecuencia, hay que reconocer que las guerras del agua existen y se han convertido en una realidad, aunque esto aún no ha sido reconocido directamente [15]. Por consiguiente, la continuación de la lógica de ausentarse de la dimensión política de los problemas hídricos no está justificada, especialmente a nivel de las organizaciones internacionales  [16]. Cuando, debe reconocerse que los cambios mundiales relacionados con la brecha hídrica muestran claramente que el nivel de seguridad en las relaciones internacionales ha cambiado profundamente.

 

En conclusión, parece que el impacto del cambio climático a nivel político mundial hará de la brecha hídrica una cuestión política candente, y esto requiere una conciencia generalizada del agua y el reconocimiento de que el cambio climático es real y duradero. Entonces, lo más probable es que percibamos el hecho de que si las estrategias para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en su totalidad giran en torno a cuestiones energéticas, pero todas las estrategias para adaptarse al cambio climático se basarán absoluta e inevitablemente y girarán en torno a los problemas del agua.

 

* Doctor en Filosofía en Ciencia Política y en Relaciones Internacionales. Actualmente preparando una segunda tesis doctoral: The Future of Europe and the Challenges of Demography and Migration, Universidad de Santiago de Compostela, España.

 

Referencias

[1] El volumen de agua dulce es de 35 millones/km3, que es un promedio de sólo 2.5% del volumen total de agua en la Tierra. El volumen total de agua en la Tierra es de aproximadamente 1.400 millones/km3, y la mayor parte es agua salada que se encuentra en los mares y océanos. Para hacer un seguimiento de las últimas estadísticas y datos sobre el agua, puede revisar el sitio web del Consejo Mundial del Agua:http://www.worldwatercouncil.org. También el sitio web del Foro Mundial del Agua: http://www.world waterforum7.org.

[2] El racionamiento de agua se ha convertido en muchos países en la regla general y no en la excepción, debido a la incapacidad de proporcionar agua potable de manera sostenible. Por nombrar algunas, muchas grandes ciudades indias se enfrentan a una grave escasez de agua. En algunos estados indios, el agua llega a los hogares sólo durante varias horas a la semana. Sobre la realidad del agua en la India, puede revisar el sitio web de WorldBank especializado en asuntos indios: http://www.worldbank.org/en/country/india.

[3] Por al menos un mes al año.

[4] «Nature-Based Solutions For Water», The UN World Water Report, NY, 2018. Véase: https://reliefweb. int/sites/relie fweb.int/files/resources/261424e.pdf.

[5] Para más información sobre The United Nations Millennium Development Goals, puede ver: https://www.un. org/ millenniumgoals/.

[6] Los otros riesgos en términos de impacto son: 1- La rápida y generalizada propagación de enfermedades infecciosas. 2- Armas de destrucción masiva. 3- Conflictos entre Estados. 4- No adaptarse a los cambios climáticos. Esto se basa en la visión de casi 900 expertos que participaron en la encuesta del Foro Económico Mundial 2015 sobre los escenarios más prominentes de los riesgos globales futuros, en términos de su probabilidad de ocurrencia y su capacidad de influencia en los próximos 10 años. El informe se puede encontrar en el siguiente enlace: http://wef.ch/grr2015.

[7] La huella hídrica es: el volumen total de agua dulce que se utiliza para producir bienes y servicios consumidos por el individuo, la sociedad, las instituciones y las fábricas. En otras palabras: la huella hídrica mide la cantidad de agua utilizada para producir cada uno de los bienes y servicios que utilizamos. Por lo tanto, la huella hídrica puede ayudar a impulsar acciones estratégicas hacia un uso sostenible, eficiente y equitativo del agua. Además, proporcionan información poderosa para que las empresas comprendan su riesgo empresarial relacionado con el agua, para que los gobiernos comprendan el papel del agua en su economía y la dependencia del agua, y para que los consumidores sepan cuánta agua está escondida en los productos que utilizan. Véase: https://waterfootprint.org/en/ .

[8] La escasez de agua no sólo significa que no hay suficiente agua para beber, sino que también significa que no hay suficiente agua para cultivar alimentos.

[9] Las Naciones Unidas y las ONG están llamando la atención sobre el hecho de que más de mil millones de personas no tienen acceso a agua potable. Como resultado, uno de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas ha sido reducir a la mitad la proporción de aquellos que no tienen acceso sostenible al agua limpia. A pesar de celebrar estos objetivos como directrices humanitarias extremadamente importantes, la comunidad internacional no ha progresado mucho en su consecución hasta ahora, lo que plantea la cuestión de las razones subyacentes detrás de la dificultad de alcanzar estos objetivos.

[10] La escasez de agua puede considerarse el componente principal de la triple crisis del agua, ya que puede causar tanto escasez de agua como contaminación del agua, o al menos exacerbarla.

[11] El desarrollo científico en ciencias del agua y nanotecnología parece prometedor (especialmente en el nivel problemático de escasez de agua), pues promete reducir los costos de la desalinización del agua de mar y la posibilidad de encontrar una purificación especializada de aguas residuales.

[12] El IPCC se estableció en 1988 para proporcionar evaluaciones exhaustivas del estado de la comprensión científica, técnica, social y económica del cambio climático, sus causas, los impactos potenciales y las estrategias para abordar este cambio. Puede revisar su sitio web en el siguiente enlace: https://www.ipcc.ch/ .

[13] Por ejemplo no se considera un problema mundial la posibilidad de quedarse sin agua subterránea en el norte de la India durante las próximas décadas y el colapso resultante del sector agrícola, o que el río Amarillo ya no llegue al mar, o que caminar tres horas al día para llegar al agua potable en zonas rurales de África.

[14]  Reporte, «Global Trends 2030: Alternative Worlds», Office of the Director of National Intelligence, National Intelligence Council, U.S.A, 2012, p.2.

[15] Por ejemplo: 1- Las guerras del Punjab estaban en parte relacionadas con los problemas hídricos, debido a las estrategias de explotar el agua de los ríos y distribuirla a la población. 2- La guerra interna en Afganistán es de naturaleza hídrica debido a la sequía. 3- La cuestión de Cachemira abarca cálculos estratégicos de agua realizados tanto por la India como por Pakistán. 4- El conflicto árabe-israelí es en gran parte una lucha por los recursos hídricos. 5- La crisis sudanesa en Darfur, es también una lucha por el agua. 6- Las crisis entre Turquía, Siria e Irak se referían al reparto de las aguas de los ríos Tigris y Éufrates. 7- La tensa situación entre Egipto, Sudán, Uganda y Etiopía por las aguas del Nilo. 8- La guerra siria (2011-2021) tiene una peligrosa dimensión hídrica y climática. 9- Las guerras del terrorismo se han vuelto hídricas (es suficiente aquí para pensar en el intento de EIIL de volar las presas de agua en Siria e Irak).

[16] A pesar del cambio de paradigma positivo de los informes de las Naciones Unidas para poner de relieve la brecha hídrica, se está ignorando la cuestión de cómo hacer frente a las dimensiones políticas de las crisis hídricas (casi por completo).

 

Artículo traducido al español por el Equipo de la SAEEG. Prohibida su reproducción.

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BIDEN SE CALZA EL TRAJE DE WILSON Y DE REAGAN FRENTE A RUSIA (Y EL MUNDO)

Alberto Hutschenreuter*

David Lienemann / Casa Blanca Oficial

Para aquellos que seguían los escritos del Joseph Biden desde bastante antes de que llegara a la presidencia de Estados Unidos, en modo alguno fueron sorprendidos cuando hace pocos días, ante la pregunta que le hizo su entrevistador de la cadena ABC en relación con si consideraba que el presidente Putin era un asesino, respondió afirmativamente; asimismo, agregó que “pagará las consecuencias” por interferir en las elecciones de 2020.

Aunque fue la primera vez que como mandatario realizó una afirmación tan extrema y categórica sobre su par ruso, efectivamente, en textos escritos en años anteriores se refirió a Rusia y a su régimen en términos muy críticos, llegando a calificar al sistema encabezado por Putin como cleptocrático con fines asociados con socavar a las democracias occidentales; por tanto (siempre en sus palabras), había que “erradicar las redes a través de las cuales se extendía la influencia maligna del Kremlin”.

Más allá del calificativo del que difícilmente podrá volver el presidente estadounidense, el dato que hay que tener presente es la visión centrada no solo en dividir en “buenos” y “malos” a los regímenes políticos, sino la absoluta convicción de que la calificación se realiza desde el lugar o territorio del “bien” o, para ser un poco menos tajante, desde un sistema de valores mayores o superiores a cualquier otro en la tierra. En estos términos, no podemos dejar de pensar en el gran jurista Woodrow Wilson, presidente de Estados Unidos entre 1913 y 1921 y creador de la Sociedad de las Naciones.

Existe sobre este mandatario demócrata una concepción tal vez algo simplificada en relación con sus ideas. Casi automáticamente se lo asocia con el idealismo en las relaciones internacionales, lo cual no deja de ser cierto. Básicamente, la corriente idealista o wilsonianismo plantea la primacía de la diplomacia y la seguridad colectiva como herramientas mayores frente a las rivalidades y disensos entre los Estados, a diferencia del realismo que, en un contexto de anarquía entre los Estados, antepone la primacía de los intereses, la seguridad y la capacidad de los mismos, por tanto, no queda excluida la guerra, el fenómeno social regular (no excepcional) en la historia, como sentenciaba Emery Reves.

Pero Wilson no hablaba desde una comunidad de valores internacionales: lo hacía desde los valores y normas estadounidenses. Es decir, si era posible un orden internacional, dicho orden debería reflejar y estar inextricablemente ligado a la urdimbre institucional-jurídica de génesis y desarrollo estadounidense. Para Wilson, sencillamente no existía otra opción. Y acaso lo más importante: su concepción implicaba una estrategia de coerción moral y jurídica, es decir, como lo advirtió Carl Schmitt, una situación prácticamente de hegemonía ideológica. Y cuando hablamos de hegemonía (o incluso de “imperialismo moral”) nos alejamos del idealismo, o bien tenemos que relativizarlo, pues tal condición implica disposición de ir a la guerra para preservarla.

De modo que Wilson, que en su formación había estudiado con atención las apreciaciones histórico-geopolíticas de Frederick Jackson Turner, identificaba la sustancia del orden entre Estados con el orden jurídico imperante en el territorio estadounidense. Dicho bien público internacional solo era posible desde una construcción institucional-jurídica concebida en ese país, un territorio inmunizado contra la guerra; por tanto, un territorio del “bien”, situándose el “mal” (es decir, las confrontaciones armadas casi permanentes) en el resto de la tierra.

Por otra parte, en ese orden basado en “la diplomacia primero” no podía haber lugar para otras propuestas igualmente de cuño universal, aunque totalmente diferentes al orden que propugnaba Wilson.

En este sentido, la revolución bolchevique implicó el despliegue de una diplomacia de nuevo cuño, donde la clásica relación Estado-Estado fue suplida por la relación Estado-clases trabajadoras con el fin de minar gobiernos burgueses y reemplazarlos por gobiernos de trabajadores. Había nacido un régimen basado en la subversión internacional, hecho que fue determinante para que Rusia, derrotada por el derrotado, Alemania, y en estado de guerra civil, no fuera invitada a la Conferencia de Paz.

Salvando diferencias, cuando Biden realiza consideraciones sobre el régimen de Rusia y sobre su mandatario, y no solo sobre el régimen de este país, lo está haciendo desde esa condición de excepcionalidad que supone Estados Unidos en el mundo. No se trata solamente del único país grande, rico y estratégico, sino del único dotado de valores políticos, jurídicos, institucionales, morales, etc., como para ser el “inmejorable” capaz de proporcionar al “resto del mundo” aquellos bienes públicos que supongan un orden internacional. En pocas palabras, una nación mundialmente redentora.

En este marco, desde la visión del mandatario demócrata, Rusia, más allá del régimen, continúa siendo un actor carente de modernización, es decir, no de modernización económica, sino de aquella modernidad político-institucional que la “habilite” para ser “reconocida” por los demás poderes (de Occidente, claro) como un actor confiable. En estos términos, una Rusia “homologada” por Occidente haría innecesario continuar exigiendo “pluralismo geopolítico” sobre este país, es decir, que sea un actor que respete la soberanía de los países vecinos y abjure de todo revisionismo geopolítico, que para Occidente pareciera se trata (este último) de una “regularidad” que trasciende a cualquier régimen, salvo aquel que suponga el menor riesgo para Occidente y sea el más dócil, por ejemplo, el encabezado por Yeltsin a principios de los años noventa.

Asimismo, como sucedió tras la toma del poder por los bolcheviques, cuando acaso se inició la misma Guerra Fría pues el “patrón bolchevique” implicó un reto ideológico en las relaciones internacionales, la Rusia bajo el mando de Putin supone, desde la visión occidental, un riesgo para las relaciones internacionales en el siglo XXI, aunque la misma no sea portadora de ideología o alternativa sociopolítica alguna, a menos que se considere que una autocracia basada en el capitalismo de Estado lo sea.

Por tanto, no solo es preciso defender a Occidente de la subversión rusa y erradicar la extensión de su influencia maligna (para expresarlo en las mismas palabras de Biden), sino debilitar a Rusia hasta el punto de reducir al mínimo su condición de gran poder, no superpotencia, porque Rusia es grande, rica pero no cabalmente estratégica.

El envenenamiento del líder opositor Alekséi Navalny, en agosto de 2020, fungió como el hecho que precipitó ese objetivo, si bien el origen de dicho propósito hay que rastrearlo tras el mismo final de la contienda bipolar, cuando Estados Unidos mantuvo, frente a una extraña y complaciente Rusia, un enfoque y manejo dirigido a erosionar las posibilidades de recuperación de Rusia, siendo sin duda la expansión de la OTAN la principal estrategia para contener y vigilar a este país, e incluso afectar el activo geopolítico ruso basado en la profundidad territorial. En otros términos, ir más allá de la victoria en la Guerra Fría, algo que Clausewitz nunca habría recomendado tras un triunfo militar.

Con Biden desde la presidencia, muy difícilmente se alcancen acuerdos con Rusia en relación con la situación de “ni guerra ni paz” que existe entre ambos países, no solo ya por la OTAN “ad portas” de Rusia, sino por otros múltiples temas que van desde el suministro de gas ruso a Europa hasta las armas estratégicas, todo en un contexto de crecientes sanciones por parte de Occidente.

Desde estos términos, hay cierto paralelo de los Estados Unidos de hoy con aquel de los años ochenta, cuando el presidente republicano Ronald Reagan amplificó la estrategia iniciada por el demócrata James Carter hacia fines de los ochenta, logrando ventajas estratégicas decisivas frente a la entonces Unión Soviética.

Sabemos qué sucedió después: el derrumbe se produjo principalmente por cuestiones económicas que el país arrastraba desde los años cincuenta, sobre todo en materia de baja productividad; pero la presión externa desempeñó un importante papel.

En breve, no sorprenden las recientes consideraciones de Joseph Biden en relación con Putin y su régimen. Se enmarcan en el sentido de excepcionalidad y misión redentora de los Estados Unidos. La cuestión es si en el siglo XXI, cuando ya se agotó el orden internacional liberal que nació en 1945, es posible sostener tales convicciones sin padecer consecuencias, aun siendo el único actor grande, rico y estratégico del mundo.

 

* Alberto Hutschenreuter es doctor en Relaciones Internacionales. Su último libro, publicado por Editorial Almaluz en 2021, se titula «Ni guerra ni paz. Una ambigüedad inquietante».

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LA INVASIÓN EXTRANJERA DEL ATLÁNTICO SUDOCCIDENTAL ARGENTINO

César Augusto Lerena*

La multilateralidad, las Áreas Marítimas Protegidas y la Pesca Ilegal

Denominaré a la década del 60 del siglo XX, como LA DE MAYOR SOBERANÍA MARÍTIMA ARGENTINA DESDE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, a partir de la cual (a excepción de la firma del Tratado del Río de la Plata de 1973; las acciones que dieron como resultado la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas de 1976 que instó a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales; la Ley 24.815 de 1997 de creación de la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental y la inclusión de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional) y los sucesivos gobiernos han efectuado la mayor entrega territorial marítima e insular; la privatización y explotación por parte de terceros de los recursos naturales argentinos y de las industrias vinculadas al sector marítimo, naval y portuario, con una sostenida e inescrupulosa desatención de estos temas centrales nacionales, además de posibilitar con sus acciones la creciente ocupación de los espacios marítimos y explotación de sus recursos por parte de las potencias extranjeras, acrecentada gravemente a partir de 1982.
Más allá de los errores propios (los funcionarios deberán asumir las responsabilidades), hay un plan sistemático de apropiarse de los espacios y recursos de Argentina y diseñar la política adecuada a estos fines. No son dichos, son hechos, como en esta materia quedará demostrado a lo largo de este escrito.

En la referida década del 60 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 1514 (XV, 14/12/1960) que entre otras cosas en el inciso 6 indicó: “Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”.

El 16/12/65 se dictó la Resolución 2065 (XX) de las Naciones Unidas que consideró el propósito de «poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas, en una de las cuales se encuadra el caso de las Islas Malvinas (Falkland Islands) y tomando nota de la existencia de una disputa entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía sobre dichas Islas invitó a ambos gobiernos a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situa­ción con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema…». Podríamos discutir, si la disputa está limitada a cómo el Reino Unido entregará Malvinas, etc.

El 29/12/1966 se dictó la Ley 17.094 denominada “Soberanía del Mar” (Art. 1º.- La soberanía de la Nación Argentina se extiende al mar adyacente a su territorio hasta una distancia de 200 millas marinas, medidas desde la línea de las más bajas mareas, salvo los casos de los golfos San Matías, Nuevo y San Jorge, en que se medirán desde la línea que une los cabos que forman su boca. Art.2º.- La soberanía de la Nación Argentina se extiende asimismo al lecho del mar y al subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta una profundidad de doscientos metros o más allá de este límite, hasta donde la profundidad de las aguas suprayacentes permita la explotación de los recursos naturales de dichas zonas.) en una ZEE limitando la soberanía nacional).

Esta Ley, fue un acto de soberanía marítima fundacional que junto a otros países de Suramérica, sentó un precedente y, por ejemplo, posibilitó cobrarle en 1967 los derechos de extracción a más de 70 buques de la URSS que pescaban frente a Mar del Plata, cuando las grandes potencias coincidían en solo reservarle a los países ribereños doce millas; rompiéndose, de este modo, con el alineamiento que tenían con Estados Unidos y el Reino Unido pese a la oposición —incluso— de miembros de la Cancillería Argentina (de la Guardia, entre ellos) (Roberto Roth, 01/10/2013). Prestémosle atención a esta ley que nos marca un camino estratégico.

El país en esos años —entre otras cosas— tenía una importante flota mercante y astilleros nacionales; iniciaba el proyecto de desarrollo pesquero entre la Argentina y la FAO (1965-1970) para dar apoyo a la naciente industria pesquera nacional. El Reino Unido ocupaba un territorio insular de 11.410 km2 y tres millas a su alrededor y hoy nos invade 1,6 millones de km2, un 52% de la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) donde explota nuestros recursos naturales.

No llegamos a este estado de cosas por obra de la casualidad, sino como consecuencia de lo que algunos denominan el Nuevo Orden Mundial, pero, que cualquiera fuese la denominación, en términos prácticos se inicia en la entonces Sociedad de la Naciones (1919), antecesora de la Organización de las Naciones Unidas creada (1945) “con el compromiso de mantener la paz y fomentar la amistad y el progreso de las naciones”, pero con el poder de veto del Reino Unido, China, la Unión Soviética (hoy Rusia), Estados Unidos y Francia en el Consejo de Seguridad, con el fin confeso de evitar cualquier acción negativa en perjuicio de sus principales fundadores.

En nuestra materia, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR) tiene sus antecedentes en la primera Conferencia de 1956/58; la segunda Conferencia de 1960 y la tercera Conferencia cuya preparación se inició en 1967 y se realizó desde 1973 hasta el 30 de abril de 1982 en Nueva York, donde fue aprobada y abierta a la firma a los Estados: la Argentina lo hizo el 05/10/1984 y ratificó —con observaciones— mediante la ley 24.543 del 17/10/1995.

Una gran cantidad de juristas han entendido a la CONVEMAR como la Constitución de los Océanos y hay quienes consideramos a este instrumento —que en muchos aspectos es importante— como un avance de los Estados de Bandera (los buques de las grandes potencias que pescan a distancia) sobre la administración de los recursos de dominio (y en su caso migratorios de la ZEE a alta mar) de los Estados ribereños y, de hecho, en la Ley 24.543 su art. 2º inc. c) la Argentina dejó explicitadas sus observaciones: «…acepta las disposiciones sobre ordenación y conservación de los recursos vivos en el alta mar pero, considera que las mismas son insuficientes, en particular las relativas a las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorias (…) El gobierno argentino, teniendo presente su interés prioritario en la conservación de los recursos que se encuentran en su ZEE y en el área de alta mar adyacente a ella, considera que de acuerdo con las disposiciones de la Convención cuando la misma población o poblaciones de especies asociadas se encuentren en la ZEE y en el área de alta mar adyacente a ella, la Argentina, como estado ribereño, y los estados que pesquen esas poblaciones en el área adyacente a su ZEE deben acordar las medidas necesarias para la conservación de esas poblaciones o especies asociadas en el alta mar. Independientemente de ello, interpreta que para cumplir con la obligación que establece la Convención sobre preservación de los recursos vivos en su ZEE y en el área adyacente a ella, está facultado para adoptar, de conformidad con el derecho internacional, todas las medidas que considere necesarias a tal fin».

A ello se agregaron las diez recomendaciones de política económica formuladas en 1989, conocidas como el “Consenso de Washington” acordado entre el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Tesoro de Estados Unidos, que tenían como premisa “orientar a los países en desarrollo” con recomendaciones relativas a liberalizar el comercio exterior y el sistema financiero, reformar la intervención del Estado y aportar capital extranjero a los países que (ellos) entendían con exceso de proteccionismo estatal e incapacidad para reducir su déficit, promoviendo diez medidas que iban desde reordenar el gasto público, liberalizar el comercio y la inversión extranjera, privatizar el Estado, desregular la economía, etc.

Y así llegamos a la década del 90 y años subsiguientes, donde —entre otras cosas— en la materia que nos ocupa, se desmanteló la flota mercante, se desactivaron los controles navales en el Atlántico Sur, se desfinanciaron los Astilleros del Estado y se redujo la construcción naval nacional; se firmaron los Acuerdos Pesqueros con la Unión Europea (1994) y se dio inicio a la depredación y extranjerización de la industria pesquera nacional; se cuotificó y privatizaron las capturas (1997/8), transformándose la actividad en un negocio inmobiliario; se comenzó la desregulación de los controles, aceptándose las auditorías y habilitaciones por parte de los Estados extranjeros a las plantas industriales nacionales y a las certificaciones por entes privados extranjeros de las capturas (lo que se constituye en una nueva barrera paraarancelaria y ordenador de las políticas nacionales); se fortaleció la ocupación británica en las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) a través del dictado de una serie de acuerdos y de leyes absolutamente favorables al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido), entre otros los Acuerdos de Madrid (1989/1990); el Acuerdo Conjunto de Conservación del área este de Malvinas (1990); la Ley 23.968 (1991) de Espacios Marítimos (líneas de base) que demolió la Ley 17.094 (1966) que establecía el Mar Territorial Argentino de 200 millas y habilitó al Reino Unido a su propia delimitación en relación con la CONVEMAR y su pretensión de considerar a Malvinas un estado ribereño; la Ley 24.184 (1992) de protección y promoción de los intereses británicos en la Argentina; la Ley 25.290 (2000) que aprobó el Acuerdo de Nueva York que habilita a la administración de los recursos en el Atlántico Sur mediante las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP), consolidando la posición británica en Malvinas; la declaración de Áreas Marinas Protegidas (2013/18), etc., y todo ello continuó incólume hasta nuestros días, incluso, agravándose en 2016 cuando se firmó el Pacto de Foradori-Duncan que promueve la adopción de «las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos». Es decir, todas acciones que enajenaron el mar argentino, sus recursos y en particular de aquellos que migran a la alta mar dejándolos a merced de la pesca ilegal extranjera y de los licenciados por el gobierno ilegal en Malvinas.
No nos referiremos a algunas cuestiones ya reiteradas en otros artículos como los Acuerdos de Madrid, el Pacto Foradori-Duncan, etc., pero mostraremos algunos de los efectos negativos producidos por las políticas multilaterales (entre ellos de la ONU) y las decisiones políticas locales, tomadas al amparo de la modernidad, la cooperación e integración, en perjuicio de los intereses nacionales. Como dije, ¡nada es casual!

La CONVEMAR, como dije —a mi entender— tiene una serie de defectos negativos y sobre ellos se montan otra serie de decisiones perjudiciales para el país. Comienzo entonces por ella.

Su artículo 55º y subsiguientes reducen el Mar Territorial Argentino de 200 millas previsto en la Ley 17.094 a solo 12 millas; aunque, llamativamente (¡!), cuando todavía la Argentina no había ratificado la CONVEMAR (recordemos que recién se hizo en 1995) el Congreso a instancias de la Cancillería Argentina (Cavallo, Ruiz Cerutti y otros) el 14/08/1991 sancionó la Ley 23.968 de Espacios Marítimos (o líneas de base) reduciendo a 12 millas el Mar Territorial Argentino (Art. 3º “El mar territorial argentino se extiende hasta una distancia de doce (12) millas marinas…”) y, estableciendo algunas denominaciones que aún eran ajenas en la legislación nacional: Zona Contigua (de 12 a 24 millas), ZEE (de 12 a 200 millas), aunque, manteniendo en su art. 5º que “Las normas nacionales sobre conservación de los recursos se aplicarán más allá de las doscientas (200) millas marinas, sobre las especies de carácter migratorio o sobre aquellas que intervienen en la cadena trófica de las especies de la ZEE argentina”, cuestión que la Argentina jamás ejerció, a pesar de lo establecido en esta Ley, en el Art. 2º inc. c) de la CONVEMAR (Ley 24.543) y en los Art. 4º, 5º d), 21º e), 22º y 23º b) de la Ley 24.922 (Pesca).

Por otra parte, los derechos, jurisdicción y deberes del Estado ribereño en la ZEE (Art. 56º) quedan sujetos (inc. c) a otros derechos y deberes previstos en esta Convención respecto a los demás Estados (inc. 2), donde según el art. 59º, cuando la Convención no atribuya derechos o jurisdicción al Estado ribereño o a otros Estados en la ZEE y surja un conflicto entre los intereses del Estado ribereño y los de cualesquiera otros Estados, el conflicto debería ser resuelto sobre una base de equidad (¿en la ZEE?). Por su parte, en el art. 61º y 62º, se establecen una serie de obligaciones a los Estados ribereños en la ZEE (determinación de captura permisible, por ejemplo) que no se establecen en la alta mar y se determina que éste y las organizaciones internacionales competentes, sean subregionales, regionales o mundiales, cooperarán, según proceda, con este fin. Una intromisión inaceptable de organismos extraños en la ZEE Argentina. Al mismo tiempo, haciendo referencia a “la interdependencia de las poblaciones” y a “los efectos sobre las especies asociadas o dependientes” pretende conferir a esos organismos facultades de conservación (61º inc. 3, 4 y 5) en la ZEE Argentina absolutamente improcedentes, que no se compadecen con las obligaciones que, en igual sentido y motivo, debieran asumir los Estados de Bandera en alta mar. La multilateralidad está en marcha.

En el Art. 62º avanza respecto a que las normas de conservación, etc. que deberán estar en consonancia con las previsiones de la Convención, pretendiendo limitar y regular la autonomía del Estado ribereño en materia de administración de sus recursos. En el Art. 63º y 64º, donde se refiere a la explotación de las especies altamente migratorias, mismas poblaciones o asociadas en la ZEE como en alta mar, refiere, a que los Estados “procurarán” (intentarán, tratarán) o “cooperarán” para acordar medidas de conservación y, por tanto, no es imperativo, motivo por cual, uno debería preguntarse ¿por qué los buques extranjeros que pescan ilegalmente (depredan, no tienen control, etc.) habrían de acordar con los Estados ribereños desde donde provienen, en la mayoría de los casos los recursos migratorios? Si a ello le agregamos que en los artículos 73º y 97º, la CONVEMAR intenta prohibir las sanciones penales a los tripulantes y el decomiso de los buques infractores por parte del Estado ribereño a quienes depredan su recurso migratorio (cuestión que muchos Estados Parte han legislado en sentido contrario), nos queda claro que esta Convención favorece especialmente a los Estados de Bandera, bajo la apariencia de una equitativa ley del mar. Ahora, si vemos que este mismo artículo refiere que, “directamente o por conducto de las organizaciones subregionales o regionales apropiadas” (léase OROP) debieran resolverse estos conflictos y, recordamos que por la Ley 25.290 (2000) la Argentina aprobó el Acuerdo de Nueva York (aunque no ratificó) podemos concluir que estas Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) mayoritariamente integradas por los Estados de Bandera serán las que terminen administrando los recursos de dominio de los Estados ribereños, estén éstos en la ZEE o en la alta mar. Con el agravante de que la presencia prepotente del Reino Unido en Malvinas y su pretensión ilegal de considerase un Estado ribereño, terminaría violentando «la legítima e imprescriptible soberanía argentina sobre Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional (…) constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino».

A todas luces, no solo es Malvinas, la que está colonizada.

Por supuesto, que los gobiernos de los Estados ribereños han hecho escaso esfuerzo para trabajar en una interpretación adecuada de la CONVEMAR en aquellas cuestiones relativas a la utilización pacífica de la alta mar o a la navegación pacífica, ya que no puede entenderse como tal pescar ilegalmente los recursos migratorios de dominio de un Estado ribereño, que la propia CONVEMAR entiende como interdependientes y donde su administración inadecuada afecta al conjunto del ecosistema que interactúa entre la ZEE y la alta mar y viceversa y aceptar graciosamente que, por ejemplo, se transporten alegremente productos capturados en forma ilegal.

En el caso de la pesca que se realiza en el territorio marítimo argentino del área de Malvinas con permisos ilegales otorgados por el gobierno ilegal del Reino Unido, no puede entenderse como navegación pacífica el transporte de productos pesqueros extraídos sin habilitación argentina en esa área y por lo tanto su mero transporte por la ZEE Argentina deben considerarse producto de la piratería (Art. 88º, 100º, 101º inc. ii), 103º, 105º y ss.), al igual, que la lamentable explotación del hombre y la utilización de trabajo esclavo, porque independientemente de las normas de la CONVEMAR al respecto está toda la legislación internacional y nacional respecto a los derechos humanos (ver diversas publicaciones de Mariano Milko).

Aparece también, como una nueva forma de ocupación territorial marítima —con el argumento de dar sostenibilidad a los recursos pesqueros— la determinación del Foreign Office, en diciembre de 2012, de establecer en forma unilateral Áreas Marinas Protegidas alrededor de Georgias del Sur y Sándwich de Sur que, con un espacio de 1,07 millones de km2, se constituyen en el más grande “Santuario Ecológico” del mundo, de un tamaño cuatro veces más grande que la superficie total continental del Reino Unido. ¿Ello podría llamarse, ocupar en forma pacífica un territorio de otra Nación? Y la Argentina, ante su incapacidad militar, en lugar, de —al menos— ejercer idéntica determinación y en pleno ejercicio de su soberanía, declarar esos espacios y los de alrededor de Malvinas como un Área Marina Protegida Argentina se resuelve declarar —a mi juicio erróneamente— dos Áreas Marítimas Protegidas (Namuncurá I y II y Los Yaganes) con una superficie aproximada a los 100 mil Km2, donde protege especies para que luego, sean capturadas en el área de Malvinas con licencias británicas, a pesar de que por la Ley 24.922 y a través del INIDEP, la Argentina puede establecer reservas, vedas y todo tipo de limitación en el mar argentino cuando las condiciones biológicas así se lo indican.

La creación del Banco Namuncurá I y II y Yaganes (Leyes 26.875 y 27.490) que pareciera de gran beneficio ecológico, en realidad protege los recursos en un área bajo control de Argentina, que sirve para repoblar —por las corrientes migratorias de las especies— el área de Malvinas, que está bajo posesión británica, que otorga permisos ilegales de pesca a españoles, coreanos, taiwaneses y británicos; es decir, que mientras nosotros efectuamos reservas en nuestro mar, los británicos en el área argentina de Malvinas ocupan unos 438.000 km2, explotan en forma ilegal unas 250.000 toneladas de recursos pesqueros anuales sin control alguno; lo que resulta un verdadero despropósito medio ambiental, de insostenibilidad y depredación de los recursos nacionales.

Graciosamente —mientras tanto— Martina Sasso, la Coordinadora del Programa Marino de Conservación Land Trust en 2018 nos informa que: «en línea con el compromiso argentino con las Naciones Unidas, que se asienta en su Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 la Argentina debería fijar como meta, ampliar la protección al 20/30%». Es decir que con una ZEE Argentina de 3.146.345 Km2 una reserva del 30% supondría 943.903,5 Km2; motivo por el cual, si sumamos los 1.639.900 Km2 ocupados por el Reino Unido, solo quedarían 562.541,5 Km2 para la explotación pesquera argentina, sin contar con las áreas vedadas a la pesca que en forma permanente o transitoria establece el INIDEP.

La conservación ya no estaría al servicio de la sostenibilidad del recurso, sino que impediría su explotación, donde solo quedarían como beneficiarios los buques extranjeros que realizan pesca ilegal (INDNR) con o sin licencia británica en el área de Malvinas o en la Alta Mar. Estos espacios sin control, más los territorios marítimos donde se realiza pesca ilegal (INDNR) sí son un tema a resolver, ya que tanto en el área de Malvinas como el área de la Alta Mar de unos 600.000 Km2, junto al resto de la ZEE Argentina, se trata de un único ecosistema —como indica la CONVEMAR— que debe manejarse en conjunto. En los espacios fuera del control argentino se extraen recursos del orden del millón de toneladas anuales de peces y calamares migratorios o asociados que afectan la cadena trófica de las especies y, por cierto, a las extracciones que realizan las empresas nacionales en la ZEE Argentina. No hay forma segura de establecer el Rendimiento Máximo Sostenible Anual con semejante invasión extranjera y descontrol en el Atlántico Sudoccidental.

A todo ello se agrega la explotación petrolera en el área argentina de Malvinas por parte del Reino Unido, cuya falta de control y de los correspondientes estudios de impacto ambiental por parte de Argentina hacen que el gobierno nacional deba tomar un criterio precautorio, con el objeto no solo de preservar el ambiente marino, sino también los recursos pesqueros del área y del ecosistema en su conjunto; del mismo modo, que los cien mil km2 licitados por el gobierno argentino en 2019 para la exploración y explotación hidrocarburífera, donde se adjudicaron espacios a empresas británicas o con vínculos con empresas en Malvinas, en abierta violación a la Ley Solanas (26.659), nos llevan a concluir que el área meridional del Atlántico Sudoccidental y los accesos al Pacífico y la Antártida están ocupados por el Reino Unido.

Y finalmente, como consecuencia de la reiterada invasión británica de 1982 y los Acuerdos de Madrid, el Reino Unido ha instalado en Malvinas la base misilística y naval más importante del Atlántico Sudoccidental en abierta contradicción con la Resolución 41/11 del 27/10/1986 de la Asamblea General de las Naciones Unidas donde se declaró al Océano Atlántico, en la región entre África y América del Sur, como «Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur» (ZPCAS) y se exhortó a todos los Estados —en especial a los militarmente más importantes— a respetar escrupulosamente a esta región como zona de paz y cooperación, en particular mediante «la reducción y eventual eliminación de su presencia militar en dicha región, la no introducción de armas nucleares o de otras armas de destrucción masiva y la no extensión a la región de rivalidades y conflictos que le sean ajenos».

Es decir, todo lo contrario, a lo que el Reino Unido hace en la región.

Y no me refiero a lo que ocurre en los puertos, el Río Paraná y el Río de la Plata, ya que se ha hablado mucho en estos días.

El Atlántico Sudoccidental no está bajo control soberano argentino. Y no es un hecho casual que no se va a resolver con este Secretario de Malvinas, este Consejo Nacional de Malvinas (y pido disculpas por algunos de sus valiosos integrantes) ni con este único camino del diálogo inconducente.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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