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“Z”, LA CIUDAD PERDIDA

Revista Tiempo GNA*

Para ciertas personas, la radiante belleza de la jungla tiene un atrapante magnetismo y es una suerte de invitación a descubrir sus secretos, de los que no es fácil volver. Se sabe que muchos aventureros han salido a buscar la ciudad de los Césares, incluso en tiempos modernos, y jamás se ha sabido de ellos. La leyenda de El Dorado, u “Hombre de Oro”, se basaba en una historia presumible auténtica de un gran rey indígena que de día se cubría en polvo de oro para brillar como un dios. Para algunos historiadores era un ritual que podría haber ocurrido en alguna parte de la selva amazónica presumiblemente en Manaos o cerca de ahí y que finalizó con la llegada del hombre europeo. Dichas investigaciones se basan en relatos de exploradores ingleses y españoles que recorrían el Orinoco unos 100 años después del descubrimiento de América. Cuando veían aborígenes con piezas de oro y les preguntaban dónde las habían encontrado respondían “Manoa”.

Las tribus aunque estuvieran a cientos de kilómetros entre ellas disponían de una eficiente comunicación y al conocerse la crueldad de los invasores europeos para despojarlos de ese metal, la ceremonia del “Hombre de Oro” fue abandonada en el siglo XV, pero los conquistadores la alcanzaron a conocer y fácil es imaginar el esfuerzo que hicieron para descubrir ese lugar.

El Coronel Fawcett

En la selva de Sudamérica han desaparecido numerosas personas hasta expediciones completas. La más comentada fue la del Coronel británico Percy H. Fawcett que llegó a trabajar para el servicio secreto de Su Majestad. Este militar desde 1906 se encontraba en Brasil confeccionando cartografía en zonas limítrofes.

Desapareció cuando exploraba el Amazonas y hasta la fecha no se tiene noticias de él ni de su grupo.

Según escritos de la época, estaba en la selva brasileña con dos hombres más tratando de localizar una ciudad legendaria nunca descubierta por el hombre blanco. Fawcett conjeturó que ese asentamiento existió en la región de Mato Grosso de Brasil y podría tener una antigüedad aproximada a los 11.000 años. La tradición oral mencionaba que había calles fijadas con lingotes de plata y hasta las paredes de ciertas casas serían oro. No era difícil de creer esto, pues para esos años el oro en determinados lugares se obtenía con la mano casi a ras de suelo, y la plata para los nativos no era un metal valioso. Ese fabuloso lugar, los españoles la buscaron en vano durante siglos sin encontrarlo. Fawcett, explorando la selva, un día descubrió un túnel cuya entrada estaba oculta y en su interior había viejos moldes dentro de los que se vertía el oro fundido. Más tarde alguien le acercó una estatuilla esculpida en basalto negro y dedujo que pertenecía a la ciudad perdida en Brasil. A pesar de todo su esfuerzo, la única población que Fawcett encontró fue cierto asentamiento aborigen al que le dio el nombre “Ciudad perdida Z” y estaría al sureste del Perú y norte de Bolivia. También supo que cuando los conquistadores españoles avanzaban en los Andes, los incas tapiaron las principales minas de oro y plata al este de la cordillera ocultando las huellas. Hasta el día de hoy se desconoce dónde estarían.

No todo es fantasía

En ciertos archivos históricos, actualmente se encuentran registrados los nombres incluso la producción que tenían estas minas hasta 1780, pero no han vuelto a ser descubiertas. Cuenta la tradición de la existencia de pequeños túneles en la ladera de alguna montaña con vasijas conteniendo oro y plata que habían ocultado los incas para que no cayeran en manos del conquistador. Se tiene la certeza que escasos aborígenes conocen la ubicación de algunas minas y tesoros ocultos, pero por respeto a sus antiguos dioses nunca dirán nada; por otra parte su vida correría peligro. El explorador inglés sabía todo esto y estaba absolutamente convencido de sus investigaciones, por lo que luego de distintas expediciones el 29 de mayo de 1925 partió en la que sería su última salida. Desde su desaparición fue intensamente buscado sin éxito por años; incluso hasta 2002 distintos investigadores trataron de encontrar alguna prueba de su desaparición en ese infierno verde.

Nunca se encontró algún indicio y la mayor sospecha se centra en que fueron asesinados por salvajes, algo que también suele ocurrir ocasionalmente hoy día. En abril de 2004, en el estado amazónico de Rondonia (Brasil), los indios masacraron a 41 “garimpeiros” (buscadores de oro y diamantes).

Es decir, el coronel británico aunque estaba equivocado sobre la existencia de “Z” la ciudad perdida, no lo estaba sobre la existencia de minerales preciosos.

Otra historia real

En El Maitén (Chubut) en 1973, el Jefe de la Sección de la GNA emplazada en esa localidad conoció a un aborigen llamado Catriful, que se ganaba la vida cortando leña. Los fines de semana, concurría a un destartalado boliche de campo donde pasaba horas bebiendo vino y para sorpresa de la paisanada el aborigen ocasionalmente pagaba sus gastos con algunas pepitas de oro y por más que en distintas ocasiones intentaron emborracharlo para que contara dónde las encontraba, jamás pudieron obtener indicio alguno. Para todos era una gran incógnita y por eso lo respetaban. Cuando el oficial de Gendarmería se enteró de ese murmullo le fue imposible de comprobarlo, pero enseguida lo asoció con un sacerdote que lo visitaba. El cura sin demostrarlo le dijo que también las obtenía. Lamentablemente falleció en la montaña al desbarrancarse el tractor que conducía en un accidente muy insólito y como es de imaginar, murió sin revelar el secreto. Que en las entrañas de Sudamérica se oculten enormes riquezas no es de extrañar. Desde la conquista española en los Andes muchos pagaron con su vida buscando el oro de los incas, incluso la selva sepulta en su bullicioso silencio el secreto del destino de otros osados visionarios. La duda que salta a vista es que, si con la actual tecnología no se ha descubierto lo que Fawcett estaba buscando es muy difícil que pueda existir y que todo haya sido un embuste de los nativos.

Pero… nunca se sabe.

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Artículo publicado por la Revista Tiempo GNA 79.

NUESTRO IRREBATIBLE ACERVO DE PROBANZA

Abraham Gómez R.*

En este momento histórico para nuestra patria, resulta oportuno rememorar que la independencia de Venezuela se inscribe precisa y esencialmente a partir de cruentas luchas; después de sufrir vilezas y traiciones, padecimientos de rigores, penurias y necesidades, hasta que tras la Batalla de Carabobo (1821) y el combate Naval del Lago de Maracaibo (1823), desde ambas gestas decisivas y heroicas, enarbolamos al grito de libertad nuestra enseña tricolor.

Nos sentimos enteramente orgullosos de expresar al mundo que nuestra independencia la logramos en combates. Contrariamente a los relatos con los que Guyana pretende exhibirse en la comunidad internacional. La emancipación de ellos se obtuvo como resultado de arreglos obligados de descolonización.

Hoy estamos en unidad nacional para protagonizar un hito disyuntivo trascendental; dado que nos aprestamos a demostrar y probar procesalmente, con justeza, en instancias internacionales —distantes de posiciones elusivas, reticentes o mezquinas— un hecho esencial para la vida de la nación: la Guayana Esequiba siempre nos ha pertenecido.

Hemos asumido, intrínsecamente, tal disposición compromisoria, al tiempo que nuestra decisión apunta —con todas nuestras enjundiosas pruebas de titularidad de la Guayana Esequiba— a honrar la memoria de los insignes compatriotas que nos antecedieron en esta lucha.

Habiendo llegado la contención al campo del arreglo judicial, nos disponemos a encarar, además, la controversia por el presente de Venezuela y por las generaciones futuras.

Nuestro reclamo tiene suficiente fuerza jurídica, cartográfica e histórica; como también, el rigor moral de saber que no estamos cometiendo ningún acto de deshonestidad contra nadie.

Los que hemos venido buscando, hace más de un siglo, no está anclado en una malcriadez diplomática, capricho nacional o un empecinamiento sin asidero.

La Contraparte en el litigio sabe que poseemos bastantes documentos. Conocen además que nos encontramos apertrechados con los legales documentos traslaticios, a partir de cesión de derechos que avalan la histórica propiedad, incontrovertible e inconcusa, de Venezuela sobre la extensión territorial —una séptima parte de nuestra geografía nacional— que nos desgajaron con vileza y añagaza jurídica.

Acaudalamos dos Justos Títulos para comparecer y probar, con plena seguridad, por ante la Corte Internacional de Justicia que la Guayana Esequiba desde siempre ha sido nuestra; por lo que consideramos írrito y de nulidad absoluta el Laudo Arbitral de París, del 3 de octubre de 1899, cuyo contenido —sin validez, eficacia ni fuerza jurídica–pretende borrar la gesta histórica de la que nos sentimos orgullosos los venezolanos.

La Sala Juzgadora de la ONU ha decidido en una serie de sentencias, que han sentado jurisprudencias, que un Título Jurídico preexistente prevalece sobre una circunstancial administración u ocupación ilegítima de un territorio en controversia, por parte de otro Estado.

Podemos, inclusive como fuente y medio probatorio en retrospectiva explayar —en juicio— el contenido exacto, que nos asiste, a partir de las asignaciones de las Bulas Papales de Alejandro VI, Inter Caetera, documento pontificio que determina y reafirma el trabajo expedicionario de Cristóbal Colón, acordado anticipadamente en las Capitulaciones de Santa Fe:

“Se concede el dominio sobre tierras descubiertas y por descubrir en las islas y tierra firme del Mar Océano, por ser tierras de infieles en las que el Papa, como vicario de Cristo en la Tierra, tiene potestad para hacerlo. La concesión se hace con sus señoríos, ciudades, castillos, lugares y villas y con todos sus derechos y jurisdicciones para que los Reyes Católicos tuviesen tal dominio, como señores con plena, libre y absoluta potestad, autoridad y jurisdicción.” (Bulas Papales de Alejandro VI. 4 de mayo de 1493)

Resulta interesante citar que con el Tratado de La Paz de Münster (1648) entre las Provincias Unidas de los Países Bajos y España, con el cual la Corona Española reconoce la independencia de las Tierras Neerlandesas y sus dos colonias, Berbice y Demerara, únicos asentamientos que para entonces poseían en Suramérica, porque a más nada tenían derecho; con las cuales hicieron un “raro arreglo” con los ingleses, en el conocido Tratado Anglo-Holandés ( 1814); apareciendo, con tal hecho la denominación de Guayana Británica; sin embargo, en tal acto todavía reconocían y aceptaban la mitad del río Esequibo como frontera natural entre Venezuela y la Guayana Británica.

Al producirse las Reformas Borbónicas, una de sus consecuencias directas y favorables para las provincias de España (en lo que todavía no era Venezuela), que estaban, asimismo, desarticuladas e inconexas con la Nueva Granada y constituyó —precisamente— la creación de la Capitanía General de Venezuela por Real Cédula de Carlos III, el día 8 de septiembre de 1777. Así entonces, las provincias de Maracaibo, Venezuela (Caracas), Nueva Andalucía (los actuales estados Anzoátegui, Monagas y Sucre), Margarita, Trinidad y Guayana (hasta la mitad del rio Esequibo), que para ese momento se encontraban sin una determinada configuración político-administrativa, nacen ante el mundo:

“Yo el Rey, pido que cumplan las órdenes en asuntos de mi Real Servicio. He tenido a bien resolver los muchos inconvenientes y para lograr la unidad, por lo respectivo al manejo de mi Real Hacienda  y evitar el retardo de las providencias por las distancias con el Nuevo Reyno de Granada  y lo que en lo sucesivo  les comunicare en todo lo gubernativo y militar, procedo a crear la Capitanía General de Venezuela, con Caracas de capital; y que así mismo den cumplimiento los Gobernadores de las Provincias de Maracaibo, y Guayana a las Provisiones que en lo sucesivo despachare mi Real Audiencia de Santo Domingo, admitiendo para ante ella las apelaciones que se interpusieren según y en la forma que lo han hecho, o debido hacer para ante la de Santa Fe, que así es mi voluntad. Dada en San Ildefonso a ocho de septiembre de mil setecientos setenta y siete. –  en lo gobernativo y militar. las provincias de Cumaná, Maracaibo, Guayana, Trinidad y Margarita (hasta este entonces dependientes del Virreinato de Nueva Granada) y ordenando a los gobernadores de dichas provincias que obedezcan al Capitán General de la Provincia de Venezuela y que cumplan sus órdenes». (cita parcial de la Real Cédula de Carlos III, donde crea la Capitanía General de Venezuela. 08 de septiembre de 1777)

Esa actitud integrativa y unificadora en lo político-territorial comporta —en sí mismo— una realidad jurídica nueva que viene a conferirnos nuestra partida de nacimiento.

Hoy ese documento es nuestro primer Justo Título, de pleno derecho —iuris et de iure—, prueba constituyente directa, por cuanto, significa el basamento y génesis de nuestra territorialidad, incluyendo —por supuesto— la provincia de Guayana (hasta la mitad del río Esequibo) que había sido fundada en 1532.

Al momento de su creación, la Gran Colombia era el país hispanoamericano con mayor prestigio internacional. Sin embargo, no es hasta el Congreso de Cúcuta, en 1821, cuando se ponen las bases de la acción exterior de la Gran Colombia; aunque el Congreso de Angostura (1819) sea un antecedente valioso. En todo caso, debe reconocerse que la política exterior de Colombia se caracterizó desde un principio por su dinamismo e ímpetu, respecto a las potencias de entonces: Estados Unidos, Inglaterra y Francia; lo cual conllevó al Reino Unido a darle reconocimiento tácito-declarativo a la Gran Colombia (16 de Julio de 1821), donde se incluye —incuestionadamente— nuestra extensión territorial por el costado este (hasta el río Esequibo).

Tal escrito viene a conformar una importante prueba extrínseca, por constituir (pericial deducente), en el juicio que se dirime por ante la Corte Internacional de justicia.

Otro Justo Título traslaticio que nos respalda es el total reconocimiento de nuestra independencia, contemplado en el “Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela”, suscrito el 30 de marzo de 1845:

“Yo, Su Majestad Isabel II, Reina de España usando de la facultad que me compete por decreto de las Cortes generales del Reino de 4 de diciembre de 1836, renuncio por sí, mis herederos y sucesores, la soberanía, derechos y acciones que me corresponde sobre el territorio americano, conocido bajo el antiguo nombre de Capitanía General de Venezuela, hoy República de Venezuela. A consecuencia de esta renuncia y cesión, S.M.C. reconoce como Nación libre, soberana e independiente a la República de Venezuela…” (Omissis)

Aunque poseemos muchos más elementos de probanzas —con otras características—, por lo pronto, diremos que bastan esos dos Justos Títulos traslaticios, análogos a juicios idénticos en la Corte que ya han sentado absoluta jurisprudencia y han sido admitidos como pruebas constituyentes directas, revestidos de intangibilidad. No creemos que esa Entidad Jurisdicente vaya a contrariar sus propias resoluciones.

Nos proponemos seguir aportando pruebas extrínsecas de singular importancia. Por ejemplo, en 1850, Gran Bretaña y Venezuela firmaron un acuerdo en el cual se comprometieron a no ocupar el territorio en disputa entre la segunda línea Schomburgk de 1840 y el río Esequibo. No obstante, una vez más el Reino Unido incumplió descaradamente sus compromisos.

Otro pacto suscrito, no menos interesante, que refuerza nuestra contención lo configura “El Tratado de Límites y Navegación Fluvial celebrado entre la República de Venezuela y el Imperio del Brasil, el 5 de mayo de 1859”; en el mismo se estableció las fronteras entre los dos Estados, de acuerdo a las cuencas fluviales que recíprocamente se reconocen. Veamos. En este tratado se consagra y admite la delimitación por la divisoria de aguas, de la siguiente manera: Venezuela le reconoció a Brasil la cuenca del río Amazonas y parte del rio Negro; mientras que Brasil le reconoció a nuestro país la cuenca del río Orinoco y la del río Esequibo. Documento también que tenemos a buen resguardo, para ofrecerlo y desahogarlo como prueba en el venidero juicio.

Prestemos atención, también, a lo siguiente: los mapas suelen jugar un rol importante, ya sea como integrante del tratado que se aplica al caso concreto, o porque muestran una forma de interpretar la intención real de las Partes y pueden servir de prueba auxiliar o confirmatoria de aquélla.

La propia Sala sentenciadora de la ONU, ha dictaminado siempre que las cartografías constituyen —apenas— elementos auxiliares en una controversia interestatal.

La Corte siempre ha dictaminado que un mapa anexo a un título jurídico es un elemento complementario del cual forma parte integral.

Ese Ente Administrador de Justicia Internacional sentó la jurisprudencia que la cartografía alegada por un Estado Parte en un proceso de litigación constituye, ciertamente, una expresión física de la voluntad del Estado concernido; pero no es suficiente como elemento de probanza definitiva.

La Sala decidió que, en las delimitaciones fronterizas, los mapas condensan (representativamente) nada más que información, y nunca títulos territoriales por sí solos. Son meramente pruebas extrínsecas, que pueden usarse, junto con otras, para determinar los hechos reales. Su valor depende de su fiabilidad técnica y de su neutralidad en relación con la controversia y las Partes.

A partir de los mapas presentados no se puede efectuar una inversión de la carga de la prueba. Conforme a la Corte, los mapas no poseen —eo ipso— fuerza probatoria en un litigio.

No obstante, en el caso que nos ocupa, nos atrevemos a exponer el carácter de cogencia (reiteración afirmativa) de nuestra enjundiosa cartografía. Los mapas ofrecen veracidad en su conclusión: la Guayana Esequiba ha estado siempre en cualquier cartografía venezolana. Si todos los mapas inductivamente dicen que sí, entonces la conclusión deductiva es sí.

Conforma un legajo incuestionable todo el mapeado del reconocido geógrafo y académico Juan de la Cruz Cano y Olmedilla del año 1775. Un mural realizado con ocho planchas de cobre, valorado como el más completo mapa que se haya hecho de América del Sur hasta la utilización de métodos cartográficos contemporáneos.

Nos favorecen los mapas de los ingleses Jeremy Greenleaf y Henry Taner; así, además, el trabajo del geógrafo y cartógrafo franco-alemán Martín Waldseemüller, del italiano Alberto Cantino, del venezolano Miguel Tejera.

Hay bastante fortaleza argumentativa en la obra cartográfica del inglés Joseph Hadfield, de 1839; la cual fue hallada en Londres, en el año 2018, por el abogado Ugo Giuliani, quien donó al Estado venezolano esos mapas legítimos y auténticos, que demuestran la inclusión de la Guayana Esequiba, en el contexto geográfico venezolano.

Más argumentación al respecto. El mapa político y atlas de las provincias venezolanas, realizado por Agustín Codazzi, en 1840; el cual ha sido considerado un elemento de cogencia (respaldado por investigaciones geográficas, sobre todo en la provincia de Guayana). Añadamos, también, el elogiable aporte cartográfico, plasmado en el enjundioso trabajo del ingeniero y ex rector de la UCV, Muñoz Tébar, en 1887, fundamentalmente hacia la parte oriental de nuestro país.

Un legado aportativo a nuestro reclamo lo constituye la obra del sacerdote Hermann González Oropeza, con su Atlas cartográfico de Venezuela.

Nos respalda un trabajo cartográfico auténtico.

Se conoce suficientemente que cuando se negoció, suscribió  y ratificó el Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966, ( acaba de cumplirse el cincuenta y siete aniversario de tan trascendental evento) por la representación del Reino Unido (Sr. Michael  Stewart); así también admitido por el Sr. Forbes Burnham (para entonces, primer ministro de la Guayana Británica) y por nuestro país el  excelso canciller Ignacio Iribarren Borges; en ese acto jurídico-diplomático e instante histórico quedó  sepultado —in saecula saeculorum— el laudo tramposo, gestado mediante una tratativa perversa en contra de los legítimos derechos de Venezuela sobre la Guayana Esequiba.

Se establece una Comisión Mixta con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e irrito”. (Artículo I. Acuerdo de Ginebra)

Entendiendo que la contraparte en el litigio, ha circunscrito —porque no tienen más nada— su causa de pedir en el nulo e írrito “laudo arbitral de París, del 03 de octubre de 1899”, entonces contra ese adefesio jurídico lucharemos procesalmente hasta alcanzar desmontarlo y desenmascarar la tratativa; y que, en Justo Derecho, la Sala Jurisdicente logre restituirle a Venezuela lo que siempre le ha pertenecido.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Asesor de la Comisión de Defensa de la Guayana Esequiba y la Soberanía Territorial. Miembro del Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV). Asesor de la Fundación Venezuela Esequiba. Asesor de la ONG Mi Mapa.

 

CALVINO Y EL DALAI LAMA

Aunque separados en su origen por algo más de un siglo —Gendun Drup, el primer Dalai Lama (1391-1474) y Calvino (1509-1564)— y los personajes reales por medio milenio grosso modo, ambos están hoy presentes en sus seguidores.

Y representan actitudes y creencias espirituales que —allende sus evidentes diferencias culturales y aun visiones opuestas del mundo y la historia y el lugar en ellos de la humanidad— sólo comparten la idea de la trascendencia y la convicción de su influjo decisivo en las vidas reales de los hombres.

Pero actualmente pueden ser tomados como prendas de realidades diferentes con un detalle significativo, empero: uno de ellos pretende y aspira a imponer al otro —y también a cualquiera que no comparta su fe— sus propias reglas y principios. Charlando un rato, aun superficialmente, con alguien que adhiera a uno u otro credo descubrirá pronto quién es que trata de imponerse, aun considerándolo en el más espiritual de los sentidos.

Ambos merecen el mayor respeto, en tanto sea recíproco.

La conducta de las iglesias cristianas consideradas como instituciones en el mundo ha tradicionalmente sido de desprecio hacia otras confesiones en general, con algunas espiritualmente elevadas raras excepciones, preponderando sobre los fieles ajenos como necesitados de enseñanza y conversión para ser salvados.

La salvación es también sobre todo un concepto cristiano no compartido por todos en la maravillosamente rica panoplia de fes y credos en que los hombres han elegido creer a través de la historia que conocemos.

Y así hénos llegados a la situación en la que la consagrada cabeza de una de estas confesiones es condenada y anatematizada por un gesto juzgado según las más estrictas normas y preceptos de otra cultura y fe y en un contexto enmarcado en las ideas de corrección de hoy en el cerrado círculo cultural de quienes lo juzgan y sentencian, círculo que resulta más que nunca necesario recordar, no es universal.

De paso, el convicto sucede ser un ostentoso enemigo del «Empire du Milieu», de China, ya alerta e inquieta en su empeño por recuperar Taiwán bajo su dominio y afirmarse como una unánimemente reconocida y honrada potencia mundial, a la vez que su moderación es crucialmente necesaria al considerar la invasión a Ucrania de Rusia y el declarado apoyo que el denominado Occidente presta a la primera.

Y este archienemigo y víctima del comunismo y la apropiación china hace unos setenta años, sucede que reside en India que desde entonces le ha ofrecido refugio. E India es el otro poder mundial (junto con China suman grosso modo dos quintos de la población del planeta) cuyo apoyo o al menos no hostilidad también se necesita.

Y el mundo cristiano, desgarrado por cuestionamientos y acusaciones dignos de cualquier encendido concilio medieval sólo que ahora se despliegan a través de toda suerte de medios de comunicación y distorsión más una concepción del mundo, la realidad y los seres humanos no más profunda que aquélla que es capaz de proporcionar una pantalla de cristal líquido.

Y esta humanidad que ha sido capaz del exterminio masivo de armenios, judíos, gitanos, ucranianos (no ahora, bajo Stalin), kurdos, uigures, rohingyas por nombrar unos pocos selectos, está gritando escándalo a un viejo que públicamente abraza a un niño y le pide que le toque la lengua con sus labios.

¿Dónde está la oscura perversión, si no en el ojo del observador?

 

Juan José Santander*

En Madrid, después de Navratri, durante Ramadán, tras la Pascua Católica y la Judía, en vísperas de la Ortodoxa.

 

* Diplomático retirado. Fue Encargado de Negocios de la Embajada de la República Argentina en Marruecos (1998 a 2006). Ex funcionario diplomático en diversos países árabes. Condecorado con el Wissam Alauita de la Orden del Comendador, por el ministro marroquí de Asuntos Exteriores, M. Benaissa en noviembre de 2006). Miembro del CEID y de la SAEEG.

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