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CRÓNICA DE UNA MUERTE ANUNCIADA: LA POLÍTICA PÚBLICA DE INSEGURIDAD CIUDADANA COMO INSTRUMENTO DE GOBERNABILIDAD

Gabriel Urquidi Roldan* y Daniel Symcha**

Empleados municipales de la Patrulla Local de Vicente López confundieron a un joven en estado de crisis con un ladrón y lo mataron mientras intentaban arrestarlo dejando en evidencia un serio problema en el abordaje de la seguridad en el conurbano bonaerense

 

La seguridad pública en la Provincia de Buenos Aires transita una senda ambigua: mientras el clamor social reclama patrullaje y resultados, las estructuras legales y la pirámide normativa que rige el Estado exigen una separación clara de funciones. El resultado es una tensión constante entre lo que la ley manda y lo que las prácticas locales —a menudo incentivadas por la política— terminan imponiendo. Esa contradicción no solo erosiona la legalidad, también produce un caldo de cultivo para errores operativos, violaciones de derechos y la instrumentalización de la inseguridad como herramienta de gobernabilidad.

El gobierno provincial utiliza el financiamiento de la Ley de Seguridad Pública 12.254 como un mecanismo de gobernabilidad, desviando fondos genuinos del PBI asignados a la policía para consolidar redes de control político a nivel municipal y garantizar lealtades de los intendentes. Este esquema, lejos de fortalecer políticas de seguridad ciudadana, incentiva prácticas represivas, falta de control civil y episodios de violencia institucional

Antecedentes históricos de los Centro de Operaciones Municipales

El antecedente del municipio de Tigre y su Programa de Protección Ciudadana (PPC) de 2008 ilustra la problemática: bajo la apariencia de prevención y modernización —cámaras, patrullaje municipal, centros de monitoreo— se produjo una usurpación funcional sobre materias que la Ley 12.154 (Art. 2) reserva a la policía provincial (Provincia de Buenos Aires, s. f.). Esa deriva no es un detalle técnico: contraviene el principio de jerarquía normativa (pirámide de Kelsen) que impone la prevalencia de la norma superior frente a actos inferiores[1]. Cuando un municipio asume actos propios del Estado policial se vulnera la cohesión legal y se abren grietas por donde se filtran arbitrariedades y riesgos institucionales.

El principio de supremacía normativa de Kelsen indica que ninguna norma o acto administrativo local puede contradecir normas provinciales o nacionales, asegurando coherencia en la jerarquía jurídica[2]. Sin embargo, esta arquitectura legal ha sido vulnerada mediante resoluciones y ordenanzas que intentan «blanquear» prácticas manifiestamente ilegales.

Crónica de una muerte anunciada

El caso más reciente y dramático es el de Octavio Buccafusco (34), ocurrido el 3 de septiembre de 2025 en Avenida Maipú y Güemes, Vicente López. Octavio, en medio de un episodio de pánico, llamó al 911 solicitando ayuda. Cinco efectivos de la Patrulla Municipal de Vicente López lo persiguieron, lo redujeron y lo mantuvieron aplastado contra el suelo durante más de diez minutos, provocándole la muerte por asfixia. La secuencia quedó registrada en cámaras municipales. Los implicados son el sargento municipal Maximiliano Maguayar, los agentes Gustavo Acosta, Yamila Flores y Natalia Quiroz, y el oficial bonaerense Santiago Nicolás Correa. 

División de competencias y legalidad en Seguridad Pública: riesgos de la politización y del ejercicio irregular de funciones municipales

La división de tareas debe ser nítida: la policía provincial tiene la misión indelegable de patrullaje, monitoreo operativo y detención; los municipios deben concentrarse en infraestructura urbana —bacheo, iluminación, poda, mantenimiento— y en políticas sociales y de prevención situacional (Decreto-Ley 6769/58). Esta separación no sólo atiende a la legalidad, sino a la eficacia: la evidencia muestra que la prevención situacional (mejor iluminación, control de acceso, diseño ambiental) reduce oportunidades delictivas; el mapeo y la inversión tecnológica sirven, pero requieren coordinación con las fuerzas competentes para no generar efectos contraproducentes[3] [4].

El problema se agrava cuando la financiación del sistema se fragmenta o politiza. La ausencia de una ley de presupuesto anual estable y la prórroga por decretos, junto con reasignaciones discrecionales de partidas —como las consignadas en los decretos recientes (Decreto 3681/2024; Decreto 371/2025)—, han desfinanciado áreas esenciales de la fuerza pública y han incentivado la transferencia de recursos a municipios bajo criterios políticos. Esa práctica, además de contrariar la ley presupuestaria y la distribución competencial, erosiona la capacidad operativa de la policía y la continuidad de políticas públicas (Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, 2024; 2025).

En este contexto, varios municipios crearon cuerpos de Patrullas y/o Guardias comunales con el objetivo de fortalecer la prevención y la seguridad ciudadana. En términos operativos, los cuerpos de patrullas o guardias comunales oficiarían como unidades de avanzada y reconocimiento para alerta temprana. Pero estos cuerpos, integrados por personal municipal no tienen formación en situaciones de crisis y no es su función ni deben actuar cumpliendo tareas de policía ya que los agentes, suboficiales y oficiales de las fuerzas de seguridad fueron preparados específicamente para la prevención y represión de delitos, la preservación de la vida y de los bienes de las y los ciudadanos, por lo cual son profesionales en la materia actuando en base a un marco y una doctrina legal, con responsabilidad, con conciencia en el necesario uso racional y proporcional de la fuerza, actuando dentro del marco de la ley, los derechos humanos, los procedimientos establecidos y los protocolos específicos para garantizar la seguridad ciudadana y hacer cumplir la ley.

Más preocupante aún es el uso de centros de monitoreo municipales como si fueran agencias de inteligencia. La captura, almacenamiento, procesamiento y producción de imágenes de vigilancia implica tratamiento de datos personales y, en muchos casos, elaboración de «productos» de seguridad que constituyen tareas de inteligencia —actividad regulada y restringida por la Ley Nacional de Inteligencia y la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.520; Ley 25.326). Los municipios que procesan y analizan imágenes, construyen bases de datos y diseñan planes operativos se exponen a violaciones legales y a un serio riesgo de abuso de la información[5] [6].

Es imperativo recordar: los empleados municipales no son agentes de policía. No poseen investidura para detener, requisar, privar de la libertad, portar armas de fuego con autoridad pública ni realizar operativos de vigilancia que equivalgan a actuaciones policiales. Las prácticas observadas en algunas jurisdicciones —patrullaje con móviles municipales, presencia física para “controlar” la vía pública, portación de armas personales o de origen dudoso, y operaciones de inteligencia desde centros de monitoreo locales— violan normas esenciales y colocan a funcionarios municipales y a comunidades en situaciones de riesgo jurídico y de seguridad (Decreto-Ley 6769/58; Ley 12.154).

¿Qué debe hacerse?

En primer lugar, restaurar la legalidad: reafirmar que la policía provincial es la autoridad de primer orden en patrullaje y monitoreo operativo, y que los municipios se dedican a gestión urbana y prevención situacional y comunitaria[7]. En segundo lugar, diseñar mecanismos de financiamiento transparentes y estables: una ley de presupuesto clara y la prohibición de reasignaciones discrecionales que desvirtúen la función policial. En tercer lugar, establecer foros de seguridad locales donde ciudadanos, municipios y policía articulen planes complementarios —iluminación, poda, mantenimiento, y programas sociales— sin invadir competencias ni simular funciones policiales[8].

Finalmente, adoptar un enfoque integral de prevención: combinar medidas situacionales (diseño urbano, cámaras gestionadas por la autoridad competente), comunitarias (foros, vecindario, participación ciudadana) y sociales (políticas de inclusión, educación y empleo) para reducir la demanda del delito y la violencia estructural[9] [10]. Solo desde la plena observancia de la pirámide normativa, con financiamiento responsable y roles institucionales respetados, podrá la Provincia articular una política de seguridad legítima y eficaz. De lo contrario, la inseguridad seguirá siendo —como en la crónica de una muerte anunciada— el instrumento proclive a perpetuar poderes y a degradar el Estado de derecho.

 

* Licenciado en Seguridad. Especialista en Análisis de Inteligencia y Maestrando en Inteligencia Estratégica Nacional, con experiencia en estrategia, geopolítica, tasalopolítica, producción de información, así como en Seguridad y Protección de Infraestructuras Críticas.

 

** Maestrando en Estrategia y Geopolítica por la Escuela Superior de Guerra del Ejército Argentino. Maestrando en Inteligencia Estratégica Nacional por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). Diploma Superior en Comunicación y Defensa Nacional y Diploma Superior en Tecnología, Subjetividad y Política por el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO).

 

Referencias

[1] Kelsen, H. Pure Theory of Law. University of California Press, 1960.

[2] Ídem.

[3] Boba Santos, R. Crime Analysis with Crime Mapping (4.ª ed.). SAGE Publications, 2016.

[4] Chainey, S., & Ratcliffe, J.  GIS and Crime Mapping. Wiley, 2005.

[5] Pepper, J. V., & Petrie, C. V. (Eds.). Measurement Problems in Criminal Justice Research: Workshop Summary. National Research Council, The National Academies Press, 2003.

[6] Olaeta, H. Luces y sombras sobre la creación de oficinas de producción de conocimiento en materia criminal. Revista Pensamiento Penal, 2015.

[7] Kelsen, H. Op. cit.

[8] Alles, M. Desarrollo del talento humano basado en competencias (Cap. 1). Ediciones Granica, 2015.

[9] Boba Santos, R. Op. cit.

[10] Pepper, J. V., & Petrie, C. V. Op. cit.

 

Bibliografía

Alles, M. (2005). Desarrollo del talento humano basado en competencias (Cap. 1). Ediciones Granica.

Boba Santos, R. (2016). Crime Analysis with Crime Mapping (4.ª ed.). SAGE Publications.

Chainey, S., & Ratcliffe, J. (2005). GIS and Crime Mapping. Wiley.

Decreto No. 3681/2024 (Gobierno de la Provincia de Buenos Aires). (2024).

Decreto No. 371/2025 (Gobierno de la Provincia de Buenos Aires). (2025).

Decreto-Ley 6769/58 (Organica de los Municipios, Provincia de Buenos Aires). (1958).

Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Ley No. 12.154, Art. 2 (Seguridad Pública). (s. f.).

Kelsen, H. (1960). Pure Theory of Law. University of California Press.

Ley 25.326, Protección de Datos Personales. (2000).

Ley 25.520, Régimen de Inteligencia Criminal. (2001).

Ley 12.154, Seguridad Publica de la Provincia de Buenos Aires

Ley 13482, Unificación de las normas de organización de las Policias de la Provincia de Buenos Aires

Olaeta, (2015). Luces y sombras sobre la creación de oficinas de producción de conocimiento en materia criminal. Revista Pensamiento Penal.

Pepper, J. V., & Petrie, C. V. (Eds.). (2003). Measurement Problems in Criminal Justice Research: Workshop Summary. National Research Council, The National Academies Press.

Erazo, J. M. (18 de septiembre de 2025). Vicente López: denuncian que la policía municipal confundió a un joven con un ladrón y lo mataron mientras intentaban arrestarlo. Tiempo Argentino. https://www.tiempoar.com.ar/ta_article/vicente-lopez-denuncian-que-la-policia-municipal-confundio-a-un-joven-con-un-ladron-y-lo-mataron-mientras-intentaban-arrestarlo/

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PROYECTOS RELATIVOS AL ATLÁNTICO SUR, MALVINAS Y PESCA (2025)

César Augusto Lerena*

Los últimos días del año pasado y los primeros de 2025 los he dedicado a reflexionar sobre los efectos de mi prédica sobre las cuestiones relativas al Atlántico Sur.

En forma incipiente desde 1972 y continua desde 1976 he escrito miles de artículos sobre estos temas y otros relativos a la alimentación; habiendo publicado 29 libros ―el último «El Saqueo» el 2 de julio de 2024― además de participar en cientos de conferencias, entrevistas radiales y televisivas. Solo en los últimos diez años publiqué 540 artículos que levantaron medios nacionales y portales de todas las provincias argentinas. Además, en las redes de Twitter y Facebook difundí más de diez mil opiniones sobre los temas de actualidad en la especialidad, sumando las publicaciones que forma parte de mi blog (cesarlerena.com.ar) donde pueden encontrarse los libros y escritos de los últimos cinco años. Ello no me impidió participar en varios grupos de trabajo que defienden los intereses y la soberanía nacional y elaborar ―en algunos casos― con la colaboración de otros profesionales destacados, más de dos docenas de leyes, muchas de ellas relevantes, tales como la Ley Nacional de Pesca Marítima (S-2259/14), la Ley de Acceso Universal al Agua (S-3657/14), la Ley Solidaria de Acceso a la Alimentación de Sostén (S-1677/15), la Ley de Protección Ambiental y Salud Pública en la utilización de los Agroquímicos y sus residuos (S-3032/16), la Ley Nacional de Marina Mercante y Flota Fluvial (Nº 27.419), la Ley Nacional de la Industria Naval Pesquera (Nº 27.418) y otras; siendo coautor del artículo 1º de la Ley 24.922 y autor de la Ley de Pesca de Provincia de Buenos Aires vigente (Nº 11.477). He contribuido modestamente a instalar estos temas en numerosos medios de la Argentina desde Jujuy a Tierra del Fuego y de Mendoza a Buenos Aires, resaltando el rol central que tiene esta temática en la radicación poblacional, industrial, laboral y en la soberanía de la Nación y la autonomía de las provincias del litoral marítimo y las fluviales del Paraná y el Río de la Plata.

Los argentinos sin voz han llevado a las redes sus opiniones y éstas llegan como un alud a los lectores y si bien ello es muy saludable, su lectura resulta prácticamente imposible por su volumen, diversidad e importancia, no permitiendo una reflexión adecuada, además de que los escritos suelen reducirse a la denuncia o al diagnóstico ―no siempre acertado y sobre hechos consumados― sin ponerse en práctica aquellas conocidas palabras del filósofo español José Ortega y Gasset (1883-1955) «¡Argentinos, a las cosas, a las cosas!».

Por otra parte, frente a un gobierno de corte autoritario, vulgar y desnacionalizador, una contraparte que repite la misma estrategia que la llevó al fracaso, con los mismos referentes que ya han sido incapaces de formular un plan nacional unificador y novedoso. Portadores de una imagen pésima como muestran todas las encuestas.         

TENGO PLENA CONCIENCIA DE QUE EL ESFUERZO DE LOS TRABAJOS MENCIONADOS Y DE OTROS TANTOS AUTORES COMPROMETIDOS, RESULTA INSUFICIENTE Y NO ALCANZA PARA REVERTIR ―EN ESTAS MATERIAS― LA TREMENDA DECADENCIA DE LA POLÍTICA Y LA FALTA DE UNA DIRIGENCIA QUE ENCARNE UN PROYECTO NACIONAL AL SERVICIO DE LA PRODUCCIÓN, LA INDUSTRIA, EL BIENESTAR DE LOS ARGENTINOS Y RESGUARDE LA INDEPENDENCIA Y LA SOBERANÍA NACIONAL.

Nunca he servido como comentarista de la realidad y, a pesar de tener una clara pertenencia política, ello no me ha impedido cuestionar las acciones de propios y ajenos, lo que ciertamente, en la mirada corta de algunos referentes de mediana estatura política observan ello como un atentado al verticalismo ovejuno que desprecio.      

Tengo clara una estrategia nacional después de tantos años de consultoría empresaria, gremial y de participación pública, abrevándome en numerosos intelectuales y en las fuerzas del trabajo vinculado a la actividad marítima, pesquera y política. Es muy posible que la táctica utilizada para promover las acciones ―reiteradamente propiciadas― no hayan sido las adecuadas en un mundo donde el apoyo económico y los medios son centrales para producir los cambios y donde numerosos actores se resisten, por aquello de Macchiavello: «nada es más difícil de llevar a cabo, ni de éxito más dudoso, ni más peligroso de manejar, que iniciar un nuevo orden de cosas».

Atento a ello y a pocos años de convertirme en un octogenario, durante 2025 limitaré mis artículos semanales a solo hechos extraordinarios, del mismo modo que ―valorando y agradeciendo el apoyo prestado por cientos de periodistas de distintos medios― durante este año no habré de conceder entrevistas. Me apresuro a decir ―para evitar suspicacias― que repudio toda política que se aparte de la justicia social, la independencia económica y la soberanía política y, como en el herraje, hay que saber pegarle al yunque y colocar los siete clavos en las caras del casco, concentraré mis acciones en los siguientes ejes:

– La Resolución de la Pesca Ilegal en el Atlántico Sur.

– La denuncia penal a las empresas y funcionarios argentinos por la pesca ilegal en Malvinas. El caso España.

– La recuperación del territorio marítimo y los recursos pesqueros y petroleros del mar de Buenos Aires, en base a los fundamentos ya explicitados en el libro «El Saqueo».

– Perfeccionamiento del Plan Nacional de fortalecimiento de la Administración Argentina del Atlántico Sur.

– La promoción de la nueva ley de Pesca y de Acuicultura de Nación reformadora de la Ley 24.922.   

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Web: cesarlerena.com.ar.

ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE XIANNANG (CONOCIDA COMO HONG KONG)

Giancarlo Elia Valori*

Las guerras del opio (1839-1842 y 1856-1860) fueron impuestas por el Reino Unido a China.

 

El imperialismo en sus formas más horrendas, que son el colonialismo y el neocolonialismo, pierde el pelo, pero no el vicio.

Los recientes acontecimientos relacionados con la aprobación de una ley por parte del Consejo Legislativo (parlamento) de Xiannang (destrozado por los colonialistas con el nombre de simio de Hong Kong) están desatando la furia de muchos occidentales. No sólo creen que Xiannang sigue siendo una colonia británica, sino que cuando descubren que Londres la ha cedido pacíficamente y a regañadientes a Pekín hace veintisiete años, les gustaría que Occidente siguiera dictando sus propias reglas desafiando al pueblo chino y a los miembros del Consejo Legislativo, la expresión de los ciudadanos de Xiannang.

Demos un paso atrás y sumerjámonos en la historia para contar cómo el Oporto con aroma a incienso terminó en las manos codiciosas, sucias y sangrientas de los imperialistas británicos.

Todo comenzó cuando Gran Bretaña inició las dos Guerras del Opio (1839-1842, 1856-1860) para tener no solo la posibilidad sino el derecho de exportar drogas al Imperio Medio: Inglaterra fue el primer traficante autorizado por la fuerza de sus armas que se utilizaron para vender opio a los chinos, una droga refinada y perfeccionada a través de la India, reducida a la condición de apéndice de la reina Victoria.

Hong Kong fue fundada como colonia del Imperio británico después de que la dinastía Qing cediera la isla de Xiannang en 1841-1842 como resultado de la pérdida de la Primera Guerra del Opio, que humilló al Imperio Medio. La colonia se expandió a la península de Jiulong (Kowloon) en 1860 y se extendió aún más cuando el Reino Unido obtuvo un contrato de arrendamiento de 99 años de los Nuevos Territorios en 1898.

Dos años más tarde, una fuerza multinacional compuesta por Austria-Hungría, Francia, Alemania, Japón, Italia, el Reino Unido, Rusia y los Estados Unidos de América desembarcó en China para reprimir el levantamiento imperialista anticolonial de los bóxers. A esto le siguieron numerosos abusos, ejecuciones sumarias y violaciones contra la población civil china, así como el saqueo de objetos de arte (muchos de los cuales fueron llevados a Europa).

Cuando las tropas aliadas se trasladaron de Pekín al campo del norte de China, ejecutaron a un número desconocido de personas acusadas o sospechosas de ser o parecerse a los rebeldes bóxers. Mientras los Aliados estaban en Pekín, saquearon palacios, yamen y edificios gubernamentales, infligiendo una pérdida incalculable de reliquias culturales, libros de literatura e historia (incluido el famoso Yongle Dadian) y daños al patrimonio cultural (incluida la Ciudad Prohibida), el Palacio de Verano, Xishan y el Antiguo Palacio de Verano.

Más de 3.000 budas de bronce chapados en oro, 1.400 obras de arte y 4.300 bronces fueron saqueados del templo de Songzhu. El chapado en oro de los tanques de cobre frente a los edificios de la Ciudad Prohibida fue raspado por las tropas aliadas, dejando marcas de arañazos que aún se pueden ver hoy en día. El Yongle Dadian, compilado por 2.100 eruditos durante el período Ming Yongle (1403-1408), con un total de 22.870 volúmenes, había sido parcialmente destruido durante la Segunda Guerra del Opio en 1860. Más tarde se recogió en el Palacio Imperial de la calle Nanchizi. Sin embargo, fue encontrado y completamente destruido por la alianza en 1900. Parte del Yongle Dadian se utilizó para la construcción de fortificaciones.

La Biblioteca Completa de los Cuatro Tesoros (o Siku Quanshu) fue compilada por 360 eruditos durante el período Qing Qianlong. Recopiló 3.461 libros antiguos, con un total de 79.309 volúmenes. Algunos de ellos fueron destruidos en 1860 durante la Segunda Guerra del Opio. Otros 10.000 y más volúmenes fueron devastados en 1900 por la Alianza de las Ocho Naciones. La Academia Hanlin albergaba una colección de libros preciosos, libros de la dinastía Song, material literario e histórico y pinturas preciosas. La Alianza de las Ocho Naciones también saqueó estas colecciones. Algunos de estos libros, robados al pueblo chino, permanecen vergonzosamente conservados en los museos de Londres y París, sin que ningún intelectual haya pedido que se los devuelvan al pueblo chino-

La alianza se disolvió tras la firma del Protocolo de los Bóxers en 1901, después de dos años de lucha, un acuerdo que ahora se incluye en los tratados desiguales impuestos por la violencia.

Y hoy los herederos «multicolores» de los mismos colonialistas imperiales, ladrones, asesinos, violadores y engrasadores, regresan con una palabra de libertad y democracia: la suya, con la esperanza de seguir explotando Xiannang a su conveniencia y placer.

Con respecto a la nueva legislación sobre la salvaguardia de la seguridad nacional en Xiannang, los malentendidos y controversias de algunos se centran principalmente en estos puntos: 1) el proceso legislativo es demasiado rápido; 2) la nueva ordenanza es demasiado estricta y algunas disposiciones son demasiado ambiguas, lo que da un amplio espacio a las explicaciones y, por lo tanto, otorga más poderes a la aplicación de la ley; 3) la ley viola los principios de derechos humanos y puede obstaculizar las empresas extranjeras y poner en peligro a los extranjeros que viven en Xiannang; 4) la ley empuja aún más a Xiannang a perder singularidad y competitividad en el mundo, convirtiéndola en una ciudad que no tiene diferencia con otras ciudades de China continental.

Responder:

1) Si hay acuerdo entre los miembros del Consejo Legislativo, no está claro por qué es demasiado rápido; es especialmente ridículo decir esto en Italia, donde los ciudadanos se quejan de la excesiva duración de los procedimientos jurisprudenciales, procesales y burocráticos.

2) No corresponde a terceros juzgar la severidad y el mérito de las leyes de otro país, sino que es su pueblo el que se expresa a través de instituciones representativas. Y así lo afirma el derecho internacional, a menos que intervengamos con bombardeos humanitarios y armas sofisticadas para cambiar la opinión de la gente; después de todo, hacerlo eliminaría por completo las fuerzas de la ley y el orden en Xiannang como esperaban los mencionados.

3) La violación de los derechos humanos, el primero de los cuales es la vida, habría que exigirlo para los pueblos de Dresde, Hiroshima y Nagasaki; para los pueblos de Vietnam, Irak, Afganistán y los de África y otras partes del mundo, que fueron  carne de cañón para la industria armamentística occidental.

4) ¿Por qué los chinos no deberían convertirla en una ciudad que no tenga diferencias con otras ciudades de China continental? La respuesta es muy sencilla: para que siga siendo un enclave del imperialismo, o incluso se convierta en una base militar de la OTAN. Xiannang es chino, pero los imperialistas quieren que siga siéndolo solo en restaurantes, postales y souvenirs para los occidentales de vacaciones en busca de emociones, y para los militaristas de negocios con rostro «humano» y «democrático».

Esta legislación salvaguarda la seguridad nacional y está en consonancia con la práctica internacional. Todos los países del mundo conceden gran importancia a la legislación de seguridad nacional, que está vinculada a la supervivencia de un Estado. Xiannang es una Región Administrativa Especial de la República Popular China y no de otras, y tiene la responsabilidad constitucional de salvaguardar la seguridad nacional.

A través de la legislación del artículo 23 de la Ley Básica, Xiannang puede complementar las disposiciones legales locales relacionadas con la seguridad nacional, absorber nuevas disposiciones internacionales sobre delitos relacionados con la seguridad nacional y construir un sistema legal integral para salvaguardar la seguridad nacional. Solo de esta manera, y sin interferencias externas, Xiannang podrá ganar confianza, desarrollar su economía con tranquilidad y mantener la prosperidad y la estabilidad a largo plazo.

La seguridad nacional es la piedra angular del desarrollo de Xiannang, ya que no habrá conflicto entre la seguridad nacional y los intereses públicos. La razón es simple: no hay ningún interés público en este mundo que ponga en peligro la seguridad nacional. Si pone en peligro la seguridad nacional, no puede ser de interés público.

El artículo 23 de la Ley Fundamental añade algunos delitos de acuerdo con las necesidades de la situación actual: tiene visión de futuro y debería proporcionar un apoyo importante para el mantenimiento de la buena gobernanza y la estabilidad a largo plazo en Xiannang.

La legislación del Artículo 23 construye un fuerte muro de seguridad nacional y cierra algunas lagunas legales. En particular, la modificación de algunas leyes existentes, la conversión de algunos delitos de derecho consuetudinario en leyes estatutarias y la creación de efectos extraterritoriales no darán a los elementos antichinos y perturbadores ningún espacio para afianzarse en Xiannang, y aquí queda claro cómo la ciudad se protege contra las revoluciones de color heterodirigidas, cuyos fracasos están sembrando la muerte en Europa del Este.

El artículo 23 de la Ley Básica de Xiannang es claro y establece: «La Región Administrativa Especial de Xiannang promulgará su propia legislación para prohibir cualquier acto de traición, secesión, sedición, subversión del gobierno popular central y robo de secretos de Estado, y prohibir a las organizaciones o grupos políticos realizar actividades en la Región Administrativa Especial de Xiannang,  prohibir a las organizaciones o grupos políticos de la Región Administrativa Especial de Xiannang establecer vínculos con organizaciones o grupos políticos extranjeros». Es decir, evitar intervenciones desde el exterior que pongan en peligro la seguridad nacional y organizaciones que se dediquen a actividades que atenten contra la seguridad nacional.

El gobierno de Xiannang promovió la legislación del Artículo 23 el 30 de enero y lanzó una consulta pública de un mes de duración, durante la cual se recibieron más de 13.000 opiniones, de las cuales el 98,64 por ciento expresó apoyo y opiniones positivas. Sobre esta base, el gobierno de Xiannang redactó el proyecto de ley y lo presentó al Consejo Legislativo para su revisión.

Los reglamentos relativos a las nuevas disposiciones legislativas han estudiado y absorbido un gran número de disposiciones y precedentes del common law, manteniendo la coherencia y sincronización de la legislación nacional en materia de seguridad con los principales países y regiones del common law. Su marco penal y su sistema punitivo son científicamente razonables, comparables y compatibles con el derecho de seguridad nacional y pueden utilizarse como referencia para las esferas en las que se aplica el derecho consuetudinario. Las nuevas normas cuentan con suficientes preparaciones previas, una buena base de opinión pública y un alto grado de consenso social, y constituyen un punto de referencia importante para una legislación de alta calidad en la región administrativa especial.

Todos los ámbitos de la vida en Xiannang reconocen en general que sólo complementando la legislación local del artículo 23 y mejorando aún más el sistema institucional de la Región Administrativa Especial para salvaguardar la seguridad nacional será posible garantizar la prosperidad y la estabilidad de Xiannang y la aplicación a largo plazo del principio de «un país, dos sistemas».

La política de «un país, dos sistemas» contribuye a salvaguardar los derechos y libertades legítimos de los residentes de Xiannang y otros ciudadanos de conformidad con la ley, y conduce al mantenimiento de la prosperidad y la estabilidad a largo plazo de la Región Administrativa Especial de Xiannang.

Lo que se denomina el «muro protector» de la prosperidad y la estabilidad garantizará un desarrollo de alta calidad con un alto nivel de seguridad y amplias perspectivas de gobernanza, y la prosperidad en Xiannang se verá más favorecida.

El sistema de seguridad nacional y el estado de derecho servirán además como elemento disuasorio jurídico para las fuerzas de intervención externa y contribuirán a fortalecer la confianza y la identidad de la sociedad Xiannang en el estado de derecho, mejorará la confianza de los inversores y consolidará el reconocimiento internacional y las funciones de servicio global de Xianang como centro financiero internacional, optimizando el entorno empresarial gratuito y el mecanismo de promoción de Xianang en el mundo.

 

* Copresidente del Consejo Asesor Honoris Causa. El Profesor Giancarlo Elia Valori es un eminente economista y empresario italiano. Posee prestigiosas distinciones académicas y órdenes nacionales. Ha dado conferencias sobre asuntos internacionales y economía en las principales universidades del mundo, como la Universidad de Pekín, la Universidad Hebrea de Jerusalén y la Universidad Yeshiva de Nueva York. Actualmente preside el «International World Group», es también presidente honorario de Huawei Italia, asesor económico del gigante chino HNA Group y miembro de la Junta de Ayan-Holding. En 1992 fue nombrado Oficial de la Legión de Honor de la República Francesa, con esta motivación: “Un hombre que puede ver a través de las fronteras para entender el mundo” y en 2002 recibió el título de “Honorable” de la Academia de Ciencias del Instituto de Francia.

 

Traducido al español por el Equipo de la SAEEG con expresa autorización del autor. Prohibida su reproducción. 

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