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“TODOS AQUELLOS QUE TENGAN MIEDO O QUE NO SE ANIMEN HAY OTRAS OCUPACIONES ADEMÁS DE SER MINISTRO”

Que en 2021 estén solo los que se animen a construir una Argentina mejor

 César Augusto Lerena*

La vicepresidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner se expresó así en un acto en el que participó en La Plata, junto al presidente Alberto Fernández.

Días pasados la Sra. vicepresidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner invitó a retirarse del gobierno a quienes tienen miedo o les falta coraje para ejercer la defensa del interés nacional. No seré yo quien interprete el alcance de esta intimación, porque, es muy probable, que el nivel de temor de los destinatarios, según la vara con el que se los juzgue, pueda tratarse desde una estratégica prudencia a panic attack, o, simplemente, un mal crónico que aqueja a los funcionarios: incapacidad o esfuerzos aplicados a intereses ajenos al Estado (a libre interpretación del lector).

Sería imprudente que cada uno de los ciudadanos de a pie, se pusiese a mencionar con nombre y apellido a quienes deban abandonar sus cargos; en principio, porque no está destinado a nosotros ese mensaje, sino a cada uno de los funcionarios que tienen miedo o no se animan a dar cumplimiento al juramento dado “a Dios (en su caso) y a la Patria, prometiendo observar y defender la Constitución, las leyes de la República y los deberes del cargo para el que han sido nombrados”; también, porque el que nombra y remueve a los funcionarios es el Presidente de la Nación y, finalmente, porque irse en este momento, sería reconocer una debilidad e incompetencia y el incumplimiento consecuente de sus obligaciones. Sería aceptar con dignidad “que Él (por Dios) y la Patria os lo demanden”, atributo que no suele estar presente cuando a alguien se lo impele a renunciar.

Entonces, como “al chancho rengo se lo conoce al andar”, lo mejor es referirse a las obras y no a los hombres que debieran ejecutarlas, en la acción de gobierno y, también, tratar de discernir entre las obligaciones burocráticas y aquellas que son centrales en la doctrina justicialista: justicia social, independencia económica y soberanía política, aunque aceptadas por las distintas corrientes políticas.

Con este mandato vicepresidencial y habiéndose cumplido un año de la asunción del gobierno, me referiré entonces a lo ocurrido en el Atlántico Sur, MALVINAS, Georgias del Sur, Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y la PESCA; una actividad —esta última— desde la cual se puede contribuir a dar cumplimiento a la citada doctrina.

La Pesca, es una actividad generadora de importantes recursos económicos y de mano de obra intensiva; de radicación poblacional e industrial pesquera y naval en áreas estratégicas de la Nación; de ocupación del amplio territorio marítimo argentino; pero, sobre todo, es una herramienta insustituible para recuperar Malvinas. Al respecto, he venido diciendo hace décadas, que “Sin pesca no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas” y agrego: “la pesca será el más importante instrumento para recuperar la soberanía de Malvinas”, y ello no habrá de llegar, con solo rogar al Reino Unido a que se acoja a lo prescripto en la Res. 2065/65 de las Naciones Unidas.

Me referiré, entonces, solo a lo que ha pasado (o no ha pasado) en materia de MALVINAS Y PESCA y “A quien le quepa el sayo, que se lo ponga”.

La propaganda de la Secretaría de Malvinas nos dice “Cumplimos un año de gestión. La Causa Malvinas volvió a ser política de Estado. Nos propusimos tres leyes para colocar la soberanía en el centro de las políticas de Estado. Una dispuso la creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a Malvinas que promueve políticas de Estado a mediano y largo plazo; la segunda norma, estableció sanciones y multas más elevadas para la pesca ilegal en aguas argentinas incluyendo las que circundan a Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur; la tercera, demarcó el límite exterior de la Plataforma Continental. (Amén de ello), reafirmaron su apoyo a la posición argentina sobre Malvinas la ONU, la OEA, la CELAC, el MERCOSUR, el SICA, el G77+China, entre otros múltiples organismos multilaterales; avanzamos en la identificación de los soldados caídos; celebramos los 200 años del izamiento de la bandera argentina en Malvinas; seguiremos trabajando para que la celeste y blanca vuelva a flamear en todo nuestro territorio” (sic). Faltó agregar que esa Secretaría considera que la Res. 2065/65 de las Naciones Unidas es “la llave para resolver el conflicto” (sic) y “la única forma de recuperar las islas es el diálogo” (sic) (Daniel Filmus, “El Ciudadano”, Rosario, 13/12/2020).

Bueno, empezaré de mayor a menor, respecto a lo que se define como una política de Estado en esta materia: sí la clave, para recuperar Malvinas, es la Res. ONU 2065/65, los archipiélagos jamás volverán a estar en poder de Argentina. Esta herramienta, si bien en 1965 fue esencial, después de 55 años ha demostrado ser accesoria e ineficaz y absolutamente nula, para recuperar el diálogo con el Reino Unido la “única forma”, que el secretario considera —a mi juicio erróneamente— para recuperar las islas.

Por lo dicho, la Secretaría no ha innovado en la cuestión Malvinas y sigue con una estrategia insuficiente y vetusta, además, de avanzar sobre facultades que, como veremos, el Congreso de la Nación, ha puesto en manos del Consejo Nacional de Malvinas. En cualquier caso, la “Política de Estado” para resolver la cuestión Malvinas no pasa por dialogar sobre la soberanía de las islas, porque en la hipotética, pero improbable situación, en que el Reino Unido se avenga a dialogar, no será para reconocerle a los argentinos la soberanía de Malvinas. Para ello, hay que llevar adelante una estratégica inédita (jamás aplicada por la diplomacia argentina) que, en todo caso, concluirá en un diálogo consensuado. Y me adelantaré, con un ejemplo, lo que diré después, con mayor detalle: la flota China en aguas de Australia no solo está destinada a capturar sus peces, sino a aplicarle a “Australia la porra diplomática y, transformarlo en el chivo expiatorio de Beijing” (Jamie Seidel, News.com.au, 19/12/2020).

La Secretaría de Malvinas el 6/11 recordó el izamiento de la bandera en Malvinas; el 20/11 la soberanía nacional, el 16/12 los 55 años de la Res. 2065; pues bien, estas conmemoraciones son necesarias para fortalecer el sentimiento nacional o recordar nuestro interés perpetuo por Malvinas, pero son cuestiones que debería llevar un pasante de la Cancillería que sepa leer las efemérides. Otro tanto ocurre con los sucesivos apoyos de los países y los organismos internacionales a la posición argentina respecto de Malvinas, para ello son necesarios los embajadores destacados en los ámbitos adecuados. De hecho, eso ocurrió en 1965, cuando el que pronunció los alegatos por Argentina ante el Subcomité III de las Naciones Unidas, que culminó con el dictado de la Res. 2065, fue el entonces Consejero Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el embajador José María Ruda.

Ahora, ¿qué hace la Secretaría de Malvinas para que las declamaciones se transformen en hechos? ¿Por qué pese a estos apoyos obtenidos, Uruguay sigue prestando sus puertos a las embarcaciones que pescan en Malvinas y a quienes depredan nuestros recursos migratorios en alta mar; Brasil es el destinatario de los vuelos desde Malvinas y Chile sigue siendo un aliado estratégico del Reino Unido? De esto debiera ocuparse la Secretaría de Estado que tiene por objeto recuperar la soberanía en Malvinas.

Respecto a las tres leyes que la Secretaría de Malvinas indica que, colocan la soberanía (de Malvinas) “en el centro de las políticas de Estado”, afirmo que en la forma en que están redactadas y como se han ejecutado (o no) durante este año, de ninguna manera, pueden ser el eje central de una política de Estado y, si analizamos su contenido, son instrumentos de escasa significación y, no es de esperar que, a partir de ellas —y menos si no se aplican, en el caso de incremento de sanciones— se modificará la situación de ocupación británica y de explotación de nuestros recursos en Malvinas.

Respecto a la Ley 27.557 del 4 de agosto de 2020 “sobre los límites de la Plataforma Continental”, empiezo por decir, que por Decreto 14.708/46, el gobierno argentino ya reivindicó la soberanía nacional sobre el mar epicontinental y el zócalo continental y, en 1966, por Ley 17.094 reafirmó la soberanía sobre el lecho y el subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta una profundidad de 200 metros o más allá de ese límite hasta la profundidad que las aguas suprayacentes permitieran la explotación de los recursos naturales. La Argentina por Ley 24.815 del 26 de mayo de 1997 creó la Comisión de Límites (COPLA) para dar cumplimiento a la Ley 24.543 que ratificó en 1995 la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). La Ley 27.557 que demarcó el límite exterior de la Plataforma Continental, no se ajustan a los recomendados por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), conforme el art. 76º inciso 8º de la CONVEMAR: “Los límites de la plataforma que determine un Estado ribereño tomando como base tales recomendaciones serán definitivos y obligatorios”, ya que esa Comisión solo “recomendó” 351.633 Km2 de los 1.782.000 Km2 presentados por nuestro país el 29 de abril de 2009, entendiendo que 1.430.367 Km2 se encuentran en disputa con idéntica presentación presentada por el Reino Unido el 11 de mayo de 2009. Es decir, que el proyecto de ley que la Secretaría de Malvinas presentó ante el Congreso de la Nación y exhibió al transformarse en ley como un éxito del gobierno argentino no se ajusta estrictamente a los hechos y los planos que esta Secretaría envió a imprimir con destino a escuelas, instituciones, etc. tienen un amplio espacio en disputa, que no está debidamente aclarado en la cartografía, generando confusión y un triunfalismo que no se ajusta a la realidad. Este supuesto no tiene efecto alguno sobre Malvinas y en todo caso agregó una nueva controversia con Chile. La Constitución garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de que la información pública debe ser adecuada y veraz.

En cuanto a la Ley 27.564 del 16 de septiembre de 2020 “por la que se elevaron las sanciones y multas a la pesca ilegal en aguas argentinas, incluyendo las que circundan a Malvinas” (sic), lo que es redundante, porque las aguas correspondientes de los territorios insulares son argentinas, pero que, como veremos, las autoridades nunca aplicaron multa alguna. La Argentina no capturó ningún buque pesquero con posterioridad a la sanción de la ley y durante el año 2020 solo apresó tres (sin decomisarlos). Es decir, sin apartarse del bajo promedio de dos buques por año en los últimos 40 años, sobre una población de entre 350 y 500 buques que pescan nuestros recursos migratorios en la ZEE Argentina o fuera de ella. Por otra parte y, muy importante, el gobierno argentino no ha multado a ninguno de los 105 buques españoles o en sociedad con empresas británicas pescan en las islas; 73 taiwaneses; 30 coreanos del sur y otros 4 que pescan desde 1982 un promedio de 250 mil toneladas dentro del área de Malvinas (FICZ y FOCZ para los británicos) por un valor superior a los 650 millones de dólares y que consolidan año a año la ocupación británica en las islas y, aún más grave (si se puede asignarle más gravedad aún) sin apresar ni multar a ninguno de los buques que durante la pesca del calamar illex, loligo, hoki, merluza negra y otras especies capturaron por fuera de los límites impuestos por los propios británicos para la zona de Conservación y gestión provisional de las Malvinas (FICZ) y la Zona exterior de conservación de Malvinas (FOCZ). Por cierto, nada han hecho la Secretaría de Malvinas o la Subsecretaría de Pesca Nacional para reclamar el resarcimiento económico al Reino Unido y a las empresas que han pescado ilegalmente en Malvinas desde 1976 a la fecha unos 10,8 millones de toneladas por un valor estimado en los 28,2 mil millones de dólares que, más derechos, intereses y la pérdida de chance en el comercio final, podrían haber significado un valor aproximado del orden de los 197 mil millones de dólares.

Un caso particular es el de España que ha reconocido que Malvinas es territorio argentino y que, pese a nuestros tradicionales lazos de amistad, sus buques subsidiados por la Unión Europea se asocian a empresas británicas de Malvinas para pescar en estas aguas. Sinceramente es deplorable la falta de acción de la Secretaría de Malvinas y la Subsecretaría de Pesca para terminar con esta pesca ilegal, que no solo se lleva nuestros recursos (las especies más valiosas, del orden de los U$S 24.000 la tonelada) sin licencia argentina y, fortaleciendo la posición británica en las islas. Hay que intimar a España a que acuerde con la Argentina y deje de pescar en forma ilegal, en contra de las normas de la U.E., la CONVEMAR y la legislación nacional.

El caso Pescapuerta-Estrella Patagónica podría ser un caso testigo (habría otros), de cómo los españoles se aprovechan desvergonzadamente de nuestra “incapacidad de control”. Esta cuestión, de pescar con habilitación en el continente e ilegalmente en Malvinas violaría la legislación argentina (24.922 y 26.386) y la disposición primera de la Constitución Nacional. Ya hemos dicho que es urgente la intervención de la Secretaría de Malvinas y de Pesca y los funcionarios deben hacer cumplir las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dictan; proteger y conservar la propiedad del Estado y emplear sus bienes (los peces lo son) con los fines autorizados. De no hacerlo podrían quedar incursos en un delito penal y de traición a la Patria, por contribuir al sostén británico en Malvinas.

Los funcionarios de la Subsecretaría de Pesca y de la Secretaría del Malvinas, por su incumplimiento estarían violando el art. 41º, 124º y la Disposición Transitoria Primera de la Constitución; las leyes 24.922 y 26.386; la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego y la Ley de Pesca 244º de esta Provincia, impidiendo el desarrollo de todo el litoral patagónico y de la citada Provincia.

Por otra parte, por la Ley 27.558 del 4 de agosto de 2020 se creó el “Consejo Nacional de Asuntos relativos a Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes; que promueve políticas de Estado a mediano y largo plazo» (sic), como refiere la propaganda oficial.

La creación de este Consejo era necesaria, ya que en atención a lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución debe diseñarse una estrategia nacional, con la participación política plural y con los más importantes expertos en materia del Atlántico Sur; sus archipiélagos; la Antártida; los estrechos que vinculan al Atlántico con el Pacífico y, las provincias del litoral marítimo, sus recursos naturales, económicos y laborales; las cuestiones de defensa; de puertos; transportes; industrias; poblaciones, etc. que trasciendan los cambios políticos de los gobiernos.

Entendida la necesidad de este Consejo, éste no habrá de cumplir con el objeto de su creación, sino se perfecciona el alcance de sus objetivos y atribuciones, se amplía la composición de sus miembros y se precisa su continuidad, ya que improbable diseñar políticas de Estado, en las condiciones en las que se ha creado este cuerpo.

Respecto al alcance de los objetivos percibo un error, ya que no se ha incluido el tratamiento de las cuestiones de la Antártida, que están directamente vinculadas a las Malvinas y la proyección de éstas sobre el territorio antártico. Esto lo confirma el propio secretario de Malvinas cuando refiere “claramente no hay ninguna intención, por parte del Reino Unido, que no sea tener una puerta de entrada a la Antártida…”. Del mismo modo, omitir las cuestiones de defensa, lo que también el mismo secretario ratifica: “…al mismo tiempo contar con la posibilidad de instalar una base militar de un país de la OTAN en un lugar estratégico” (Daniel Scarímbolo, Telam, 22/11/2020). Entiendo que es una omisión muy importante o, resulta una consecuencia de mantener vigente los Acuerdos de Madrid I y II. Por otra parte, siendo el objetivo recuperar en forma pacífica Malvinas y los territorios marítimos, aparte de contar con especialistas en temas geográficos, ambientales, históricos, jurídicos y políticos (Art. 2º, Ley 27.558) es muy importante disponer de expertos en las cuestiones productivas, económicas, comerciales, sociales, comunicacionales y las relativas a los recursos naturales; los puertos; los transportes; astilleros; buques, etc. y, de radicación poblacional, industrial, laboral y de fortaleciendo las provincias del litoral marítimo. Es decir, si bien el objetivo es recuperar la soberanía en Malvinas y los territorios marítimos, la estrategia que se aborde, tendrá que ver con las innumerables cuestiones que confluyan a ello. No se puede buscar el objetivo en forma directa. Por ejemplo, ir a través de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Opinión Consultiva a la Corte Internacional de Justicia de la Haya para plantear nuestro caso, en este escenario, podría tener los mismos efectos nefastos que invadir Malvinas y ciertamente irreversibles.

En este estado, habría que recordarle a la secretaría del Malvinas que, con la creación del Consejo, las declaraciones deben pasar por el filtro de este Cuerpo, ya que a la hora de generarse consensos (Art. 2º inc. a) la figura del secretario perderá poder, el que se ha transferido al Consejo creado, salvo que éste se trate de un mero “mascarón de proa” y no se determinen dentro de él las políticas de Estado con la participación de todo el espectro político. Ello se regla perfectamente cuando indica (Art. 8º) “El Consejo Nacional (…) contará con una Coordinación Ejecutiva, que estará a cargo de la Secretaría de Malvinas y (…) tendrá los deberes y atribuciones que se le asignen (los consejeros) en el Reglamento Interno”.

Respecto a la composición del Consejo, llama la atención que, debiendo adoptar “sus recomendaciones, con carácter no vinculante, por consenso” (Art. 4º) integre este Cuerpo el propio Presidente de la Nación (el P.E.N.), ya que sus integrantes son solo asesores. Fuera de ello, los miembros son más (5) de los previsto en la ley, lo que, además de irregular, podría dar lugar en el futuro, a que la Secretaría de Malvinas (Art. 3º), promueva la designación de más miembros transgrediendo la Ley y su Decreto Reg. 822/20 (Art. 3º inc. g, h e i), pudiendo, en consecuencia, manipular la estrategia del Consejo. Además, no se fundamentaron las capacidades o habilidades de cada uno de los designados y, tampoco, se cumple con lo prescripto en el art. 3º respecto a la igualdad de género exigida por la ley, con la particularidad, de que tanto los senadores como los diputados seleccionados, todos los titulares son hombres. Por otra parte, entiendo como un contrasentido, que semejante responsabilidad y dedicación que se debe imprimir a esta tarea, se realice “ad honorem” (art. 6º) y, no parece estar dándose la dinámica que la importancia del tema amerita, cuando el Consejo solo se reunió tres veces desde su puesta en funciones y en todos los casos en forma virtual que, si bien el sistema puede ser confiable, parece poco adecuado —por los elementos empleados— para guardar la confidencialidad de “Secretos de Estado”.

Si bien describiré con mayor detalle en un próximo escrito las particularidades de este Consejo y los antecedentes de los consejeros elegidos, adelanto mi sorpresa ante la selección de la embajadora Susana Ruiz Cerutti, quien desde su posición de Ministra y Secretaria de Relaciones Exteriores; Directora General de Consejería Legal del Ministerio y, Miembro del Consejo Consultivo en temas vinculados al Atlántico Sur fue una de las diplomáticas que junto a Lucio García del Solar, José María Otegui; Horacio Besabe y Jorge Vázquez (Clarín, 14/10/1989; La Nación, Gobierno, p. 4, 16/10/1989) más trabajó para la elaboración y firma de los Acuerdos de Madrid; también, intervino en la resolución del Conflicto del Beagle, que significó para la Argentina la pérdida de las islas Picton, Nueva y Lennox, dando lugar al ingreso de Chile por primera vez al Atlántico Sur, rompiendo el “principio oceánico” (Argentina en el Atlántico, Chile en el Pacífico) que nuestro país había sostenido, en contrario a la opinión de Chile. Fue también Agente argentino ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya en el caso de la pastera Bosnia, en el que la Corte entendió, que Uruguay no violó sus obligaciones para evitar la contaminación.

La referida Ruiz Cerutti participó en la etapa de “desmalvinización” (“la política de Caputo ha sido un retroceso estratégico imperdonable y la desmalvinización es algo más que retórica”, Ámb. Financiero, p. 37, 13/7/1989). Intervino, para satisfacer las exigencias británicas de aprobación de las Líneas de Base al Canciller Cavallo, que estableció el mar territorial de 12 millas y facilitó al Reino Unido hacer lo propio en Malvinas, acogiéndose luego a la CONVEMAR y, demoler el bastión soberano de la Ley 17.094 (Versión taquigráfica, fs. 24, Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Adolfo Gass). Suscribió el dictamen 67  que entre otras cosas eximía del pago de impuestos a los buques extranjeros más allá de las 12 millas (Nota 636/89 del 11/4/89 al Subsecretario de Pesca con el que se intentó dar sostén jurídico al programa de Pesca Experimental y Demostrativa PEXDA, popularmente llamado “el negocio floreciente de la investigación pesquera”) por el que fue denunciada por el Senador Nacional Pedro Molinas por “traición a la Patria” (La Capital de Mar del Plata, tapa, 18/8/1989), por ser el referido dictamen no solo contrario al interés económico de Argentina, sino que sus argumentaciones podrían haber servido a los intereses británicos en Malvinas.

Durante el año 2020 ninguna de las cuestiones importantes fueron resueltas por la Secretaría de Malvinas: la denuncia de los Acuerdos de Madrid I y II; la derogación de la Ley 25.290 del 13/7/2000 que aprobó (aunque no ratificó) el Acuerdo de Nueva York que podría dar lugar a las OPRAS; el pacto Foradori-Duncan; el Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT); la denuncia del Convenio suscripto en Londres el 11/12/ 1990 con el Reino Unido, para “La promoción y la protección de inversiones en la Argentina”, sancionado el 04/11/1992 por Ley 24.184. La resolución de estos temas nos mostraría, qué tan dispuestos están los funcionarios designados; qué atribuciones tiene el Consejo; si es solo un cuerpo asesor no vinculante (Art. 4º de la ley) o si promueven (como dice la publicidad oficial) una Política de Estado para recuperar “los territorios marítimos e insulares argentinos y obtener en ellos el ejercicio pleno de la soberanía nacional”. El tiempo nos dirá si, por el contrario, como hasta ahora —a fuerza de considerar central la Res. 2065/65— la Argentina se limita a rogarle al Reino Unido que se siente a negociar soberanía.

Se dice, que no es necesario derogar alguno de los acuerdos y basta con no llevarlos a la práctica, sin embargo, su continuidad “debilita la posición jurídica y política de Argentina y el Reino Unido lo utilizará en detrimento de nuestro país” (Prof. Dr. Armando Abruza), más allá del estado de ejecución. No podemos dejar de lado que el referido Abruza, es miembro del citado Consejo Nacional de Malvinas.

Por otra parte la Secretaría de Malvinas, la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Federal Pesquero, cada uno en lo suyo y en forma coordinada, no pueden ignorar el rol que tiene la Pesca para fortalecer el litoral marítimo argentino y la ocupación argentina de los espacios marítimos (1,6 millones de km2 invadidos por el Reino Unido); una tarea esencial para recuperar la soberanía argentina en los espacios ocupados; pero también, para promover el desarrollo económico, poblacional, industrial, laboral, social y cultural del área patagónica y de Tierra del Fuego, centro neurálgico y contracara de la ocupación marítima extranjera.

En un país con el 44% de pobreza y 11% de indigencia, resulta detestable que ninguna de las dependencias oficiales citadas precedentemente lleve adelante acuerdos cristalinos y acciones operativas, económicas y legales para frenar la pesca ilegal sobre los recursos migratorios en la alta mar, originarios de la Z.E.E. Argentina que, contravienen el art. 2º de la Ley 24.543, la CONVEMAR y la Ley 24.922 que son capturados por buques españoles, chinos, coreanos, taiwaneses y otros que operan subsidiados a distancia, produciendo una gravísima depredación de las especies y una contaminación del medio marino; además, de una pérdida de miles de millones de dólares anuales, de importantísimas fuentes de trabajo y alimentos. De haberse llevado un programa destinado a resolver parcialmente el problema, la Argentina podría estar exportando mil millones de dólares más por año (1/3 más de lo actual) y ocupado unos veinte mil trabajadores más. Aunque, la gravedad es mucho mayor todavía cuando se verifica la internacionalización del Atlántico Sur, que favorece la presencia británica en Malvinas, transformándose la Zona de Cooperación y Paz en el Atlántico Sur (Res. ONU 41/11 del 27/10/1986), en tierra de nadie, donde cualquiera —con capacidad militar— toma lo que puede y se le deja. China es un ejemplo de ello en los mares del Atlántico, Pacífico e Indico y el Reino Unido lo hace de igual forma en el 52% del territorio marítimo nacional que ocupa en forma prepotente. No explotará China (el Partido Comunista detrás) las aguas ocupadas por el Reino Unido, sino que lo hará sobre los territorios marítimos y recursos migratorios argentinos que la Argentina ha sido incapaz de explotar y proteger; aunque, no habría que descartar que, como piensa el gobierno de Australia, “la pesca china tiene importantes consecuencias estratégicas para la región(Jamie Seidel, News.com.au, 19/12/2020).

La inacción de la Secretaría de Malvinas, de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Federal de Pesca, nos llevará, de ser un Estado Marítimo a ser un país bolivianizado.

¡Señores esto es serio! Estamos frente a la flota pesquera más grande del mundo (16.000 buques) y a la tercera armada naval internacional, con vocación histórica hegemónica en los territorios marítimos e insulares. Tal vez, efectivamente, alguno de los funcionarios tenga miedo de ejercer su ministerio o esté jugando a parecer que ejercen la función que se les ha encomendado.

Amén de ello, no podemos dejar de reiterar que, si solo evaluamos los descartes de 300 mil toneladas/año en la ZEE Argentina, su aprovechamiento permitiría alimentar con la mejor proteína a tres millones de niños y adolescentes por día durante todo el año. Una lamentable pérdida de soberanía alimentaria por la incapacidad de la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Federal Pesquero.

Finalmente, hay temas que parecen inocuos y que se tratan solo de cuestiones productivas, pero generan dependencia y un desprecio a las cuestiones marítimas, que incluyen a Malvinas. Si no cambiamos el modelo extractivo por uno industrial y de agregado de valor seguiremos regalando el trabajo argentino a los países desarrollados y, si no aumentamos el consumo de 6 kg per cápita anual de pescados (España consume 23 kg y el promedio mundial es 19 Kg) no valoraremos las riquezas que se llevan de Malvinas y el Atlántico Sur. Es también una forma de “desmalvinizar”.

Nos dijo John Barton: “sin la pesca no hubiéramos sobrevivido” (Director Ilegal de Pesca en Malvinas, Penguin News, 2012). Del mismo modo, que entiendo, que sin pesca no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas y, también creo, que los funcionarios deben aportar inteligencia y pasión en esta causa imprescriptible nacional.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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19 DE OCTUBRE. FALLECIMIENTO DE JULIO ARGENTINO ROCA

Marcelo Javier de los Reyes*

El 19 de octubre de 1914 falleció en la ciudad de Buenos Aires Julio Argentino Roca, político, militar argentino, artífice de la conquista del Desierto, dos veces presidente de la Nación Argentina —entre 1880 y 1886 y entre 1898 y 1904— y uno de los pocos presidentes argentinos al que se puede considerar “estadista”.

El general Roca es una figura controvertida en la historia argentina, precisamente, por la conquista del Desierto. Sin embargo, es oportuno hacer este reconocimiento en un tiempo en que la memoria de muchos de nuestros próceres es cuestionada desde ciertos sectores ideológizados y con una absoluta incomprensión de que la historia no se juzga a partir de los valores actuales sino que debemos situarnos en el contexto de la época que vamos a analizar. Resulta aún más extraño que partidarios del Brigadier General Juan Manuel de Rosas —quien llevó a cabo su propia campaña al Desierto ocasionando un mayor número de muertes entre los aborígenes—, fustiguen a quien finalmente aseguró la Soberanía Nacional sobre el territorio de la Patagonia.

Tanto Rosas como Roca procuraron una solución a lo que se denominaba el “problema del indio” —a sabiendas que hoy no es correcto hablar de indio— y la preocupación que ocasionaba tanto durante la colonia como durante los primeros años de la joven república.

Le cupo al Brigadier General Juan Manuel de Rosas organizar una expedición con la intención de trasladar la frontera al río Negro. Ésta tuvo lugar en 1833 y estuvo al mando del Brigadier General Juan Facundo Quiroga, quien “no se movió de Cuyo, dejando libre el campo a Rosas”, según cuenta Estanislao Zeballos.

La campaña de Rosas no tuvo el éxito esperado; provocó la muerte de un gran número de aborígenes, el sometimiento de una parte considerable de ellos y demostró la superioridad de su ejército. Según Zeballos, también influyeron los consejos del “cacique chileno Venancio Coellapan”, quien mantenía buenas relaciones con Rosas y era muy influyente en esas tribus borogas.

En esos años, sobre las regiones pampeana y patagónica existían dos serias amenazas para la joven República Argentina: el “problema del indio” y la expansión de Chile, ambas en buena medida asociadas, habida cuenta que, por un lado, la aparición de los araucanos de este lado de la cordillera de los Andes ocurrió tanto por presiones internas de ese país y, en otras oportunidades, con la ayuda de milicianos chilenos y, por el otro, porque el robo de las miles de cabezas de ganado que llevaban a cabo los malones sobre Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Cuyo, tenía por finalidad su venta en Chile. A estas dos hay que sumarle una tercera y que se remonta a la época de la colonia, pues las propias autoridades de la corona española temían a que los británicos ocuparan la Patagonia, habida cuenta de los antecedentes de la ocupación de las islas Malvinas, en 1833, y con anterioridad, las invasiones de 1806 y 1807 a Buenos Aires. Aquí cabe hacer una digresión: la tercera amenaza se encuentra vigente y para eso los británicos utilizan a los autodenominados “mapuches”.

En síntesis, el “problema del indio” se debía al “malón”, el ataque sobre propiedades rurales y las ciudades a las que se sumaban el secuestro de mujeres y el robo de ganado —considerado en varios cientos de miles—.

A partir de 1852, una vez derrotado Rosas las tribus de Callvucurá y otras asolaron las poblaciones cristianas de la provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa fe y Cuyo. Sus tropas dominaban amplias regiones y asolaban a las ciudades, como la de Azul, la que en 1855 fue tomada por ellas, causando la muerte de 300 vecinos. El propio Coronel Bartolomé Mitre marchó a Azul para recuperar la ciudad pero debió retirarse ante el acoso de los indígenas.

Tal era la situación que provocaban los malones que en 1877 el Ministro de Guerra y Marina Adolfo Alsina propuso la construcción de una zanja perimetral y de fortines para evitar los malones y el robo del ganado. A la muerte de Alsina fue llamado a ocupar su puesto de Ministro de Guerra y Marina el General Julio Argentino Roca quien hasta el momento tenía el cargo de comandante en jefe de las fronteras del sur interior.

Roca entonces llevó a cabo su teoría expuesta en 1875 a Alsina de avanzar sobre el desierto para lo cual había solicitado un año para prepararlo y otro para lograrlo. Sin duda, el plan de Roca fue el que permitió que las tropas del Estado Nacional llegaran al río Negro el 25 de mayo 1879.

Cabe mencionar que el Ejército Argentino enfrentó a los araucanos quienes estaban armados con fusiles Remington que traían de Chile, donde se los vendían los británicos a cambio del ganado robado por los malones en territorio argentino. De tal modo que la Campaña de Desierto fue la manifestación más eficiente del rol del Estado moderno, velando por la seguridad de su población.

Roca, como Ministro de Guerra y Marina dio cumplimiento a lo que ordenaba la ley de 1867 sancionada por el Congreso de la Nación, el cual recibió una fuerte presión de la opinión pública para impulsar el traslado de la frontera al río Negro. Los senadores Gerónimo del Barco, Juan Llerena y Mauricio Daract presentaron un proyecto de ley que fijaba como línea de frontera el río Neuquén, desde su nacimiento en los Andes hasta su confluencia con el río Negro y desde allí hasta la desembocadura del Negro en el Atlántico. En buena medida, esa ley fue el resultado de las gestiones del diputado Nicasio Oroño. En su momento, no pudo cumplimentarse debido a la simultánea guerra del Paraguay, que recién finalizó en 1870.

Cabe hacer la salvedad que cuando Roca emprendió su campaña al sur el presidente de la Nación era otro tucumano —al igual que Roca—, Nicolás Avellaneda, quien ejerció la primera magistratura entre el 12 de octubre de 1874 y el 12 de octubre de 1880. La Conquista del Desierto debe ser considerada la mayor campaña en pro de la Soberanía Nacional.

A 106 años del fallecimiento de Julio Argentino Roca, a quien —reitero— considero uno de los pocos presidentes argentinos que puede ser considerado “estadista”, mientras algunos compatriotas prefieren denostarlo y atrasar el desarrollo nacional introduciendo divisiones en la sociedad, yo opto por rendirle homenaje.

 

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires: Editorial Almaluz, 2019.

 

¡Patagonia por Siempre Argentina! ni mapuche, ni inglesa ni masona

La Patagonia, territorio donde existen las más grandes reservas hidrográficas del mundo y también pesqueras y forestales. De lo que en el Sur de América se trata es de crear un país aparte, en el paralelo 40, una zona independiente en el sur de la Patagonia y de la cual la Laguna del Desierto, con Viedma en su vecindad, llegaría a ser la capital de un próspero centro, con las más grandes riquezas y habitado por otras gentes que argentinos y chilenos.

Ya Alfonsín se adelantó al proponer el traslado de la capital de Argentina a Viedma.

Las FFAA están únicamente para defender a la Patria, sus fronteras y la integridad de su sagrado territorio, por encima de intereses entreguistas. Si no cumplen con esta misión, han perdido su razón de ser, transformándose en ejército de opereta.

Miguel Serrano

A pesar de la exitosa campaña al desierto efectuada por Juan Manuel de Rosas en 1833, y de los arreglos de éste con los indios, los malones indígenas constituyeron un problema permanente durante todo el período rosista, el cual se potenció tras la caída del Restaurador de las Leyes en 1852. Una estimación señala que entre 1820 y 1870 los indios robaron 11 millones de cabezas de ganado, 2 millones de caballos y 2 millones de ovejas; asesinaron o capturaron a 50.000 personas, y robaron bienes por valor de 20 millones de pesos. Con su acción, los indios habían puesto límites al uso de las tierras y a la colonización.

Junto con la Campaña del Desierto emprendida por Roca, cabe mencionar también durante la gestión de Nicolás Avellaneda las actividades de exploración del hombre de ciencia Francisco P. Moreno. Este fue comisionado en 1879 para explorar nuevamente la Patagonia -lo había realizado durante el primer año de gestión de Sarmiento- con el objetivo de examinar las riquezas de la región y entrever la posibilidad de incorporar a los indígenas que la ocupaban a la vida civilizada.

En síntesis, el saldo de la campaña de Roca fue de 15.000 indios tomados prisioneros, 1.313 muertos  y 15.000 leguas cuadradas incorporadas al territorio argentino. No obstante, el problema no estaba completamente resuelto. Entre 1881 y 1883 debieron ser organizadas nuevas operaciones contra los indios para estabilizar la frontera sur.

Entonces, atento a los números expuestos, no pueden volver a vendernos el mismo cuento de “la juventud romántica e idealista” versión “pueblos originarios”. “No fue magia”, estaban haciendo estragos en los bienes y la población.

En los últimos años, las corrientes progresistas e indigenistas han conseguido instalar, con llamativo éxito, la tesis que sostiene que la Campaña del Desierto organizada y comandada en 1879 por el entonces ministro de Guerra, coronel Julio Argentino Roca, habría constituido en realidad un «genocidio» o «etnicidio» perpetrado por el Estado Nacional Argentino. Incluso se ha llegado a aplicar categorías extemporáneas tales como «crímenes de lesa humanidad» y similares. Sus promotores sostienen que la acción de las fuerzas regulares argentinas habría conculcado derechos legítimos de los indígenas sobre territorios ocupados por sus ancestros.

En contraposición, la posición oficial del Estado Nacional ha sostenido que la Campaña Desierto significó una guerra legítima orientada a recuperar el control y hacer efectiva la soberanía y poner fin a las reiteradas matanzas, saqueos, secuestros y destrucciones materiales provocadas hasta entonces por los malones.

Estos malones eran verdaderas empresas comerciales que permitían que las tribus se apropiaran de ganado, que luego era vendido en el mercado trasandino, y de cautivos, por los que exigían altos montos para restituirlos a sus familias.

Quedaría analizar, tomando en cuenta la línea de pensamiento utilizada por tales organizaciones y el código penal, que penas le corresponderían a estos pobres originarios por los delitos de cuatrerismo, destrucción de la propiedad privada, secuestro, violencia de género, violación, homicidio y femicidio, entre otros.

A principios de 1872 tuvo lugar la denominada Invasión Grande a la provincia de Buenos Aires, iniciada por el mapuche Calfucurá, con un ejército de 6.000 combatientes. El ataque sobre las poblaciones de General Alvear, 25 de Mayo y 9 de Julio causó la muerte de alrededor de 300 criollos, otros 500 resultaron cautivos y fueron robadas 200.000 cabezas de ganado. El botín sería luego comercializado en el mercado trasandino por hacendados chilenos que se habían establecido sobre el río Neuquén.

Se está viendo a lo largo y ancho del país, pero particularmente con fuerza en la Patagonia “mapuche” que una fracción de la sociedad, reclama el dominio sobre tierras públicas fundamentada en una Constitución que reconoce derechos previos a la existencia del Estado.

La ocupación por parte de grupos autodenominados mapuches de terrenos bajo control del ejército argentino -y la posterior orden de las autoridades federales de no confrontar con los usurpadores- es una claudicación ante los principios que sostienen la misma existencia del Estado, por cuanto se rompe la cadena de autoridad que garantiza la primacía de un conjunto de leyes que garanticen la convivencia.

Por esas ironías de la vida, la escuela de alta montaña que funciona en Bariloche -y cuyas tierras fueron usurpadas- lleva el nombre de Juan Domingo Perón.

Lo que otrora fuera sagrado para la nación Argentina fue vulnerado bajo el apañamiento de los que dicen ser sus herederos. Vaya paradoja de un Estado que ya no puede hacer frente ni a los más básicos de los supuestos que fundamentan y justifican su existencia.

Javier Boher

Lo tragicómico de la situación es que recurren al Estado, (que no reconocen como tal), para que defienda “sus derechos”, sostienen que los mapuches tienen derecho a defender su territorio y el derecho a recuperarla y que está reconocido hasta por la Constitución Argentina. Todo esto orquestado por The Mapuche Nation, una organización que está asentada en Bristol, Inglaterra. «El día 11 de mayo de 1996, un grupo de mapuches y europeos comprometidos con el destino de los pueblos y naciones indígenas de las Américas, y en particular con el pueblo mapuche de Chile y Argentina, lanzaron la Mapuche International Link (MIL) en Bristol, United Kingdom», explican las autoridades de esta organización; a saber, Edward James (Relaciones Públicas), Colette Linehan (administradora), Madeline Stanley (coordinadora de Voluntarios), Fiona Waters (a cargo del equipo de Derechos Humanos), entre otros. (Como se puede observar a simple vista, todos apellidos originarios… de Inglaterra).

Sostienen que «the Mapuche Nation está situada en lo que se conoce como el Cono Sur de Sudamérica, en el área actualmente ocupada (sic) por los Estados argentino y chileno».

El territorio ancestral mapuche, según la organización con sede en Bristol, abarca todo lo que está al sur del Bío-bío (Chile) y al sur del Salado y del Colorado (Argentina). Y eso no es todo. Para los miembros británicos de la nación mapuche, el territorio ancestral abarca también las islas Malvinas y la Antártida.

En el mismo documento, fijan el año 1860 como el de la «Gran Asamblea Constituyente» en la cual «los más notables representantes del pueblo mapuche» fundaron «un gobierno monárquico constitucional». Y agregan que, «tras la ocupación del territorio del estado mapuche (sic), la Casa Real de dicho gobierno se estableció en el exilio en Francia, desde donde viene operando de manera ininterrumpida desde entonces».

Curiosamente, a la vez que hacen reivindicación de sus derechos ancestrales y su condición «originaria», los mapuches reconocen una dinastía francesa fundada por la ocurrencia de Orélie Antoine de Tounens (1825-1878), un abogado francés y masón que desembarcó en Chile en 1858 y se autoproclamó Rey de la Araucanía y de la Patagonia.

«Tanto el gobierno monárquico como el pueblo mapuche en su conjunto jamás han renunciado ni a sus derechos soberanos ni a la restitución de su territorio ancestral», afirman.

Con la creación del Estado Mapuche perderíamos, no sólo el territorio y los minerales, que de hecho ya lo estamos perdiendo, sino el agua potable de los glaciares, las vertientes que nacen en las altas cumbres, y que en el futuro tendríamos que comprarles el agua que ahora es nuestra. El uso del término “Mapuche” y las falsas reivindicaciones de estos, son maniobras disolventes y disgregantes hacia el Estado Argentino, porque todos los aborígenes tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones que cualquier habitante de la Nación Argentina.”

“Los araucanos hoy denominados ‘mapuches’, empezaron a llegar desde Chile en el siglo XVII, este proceso se conoce como Araucanización de la Pampa, fue una invasión cultural, acompañada de una invasión armada. En 1830 llega desde Chile el cacique Calfucurá, quien pidió una gran reunión de todos los caciques y pueblos indígenas de la región, la mayoría aceptaron, cuando esta se lleva a cabo, ¡Calfucurá los embriaga y los asesina a todos!, llegando casi al exterminio de nuestros puelches, tehuelches, ranqueles, pampas y demás pueblos, quedando dueño absoluto de toda la región. Por todas estas artimañas se lo denominó “el Zorro del Desierto”. Los araucanos contaban con fusiles Rémington que los ingleses les vendían del otro lado de la cordillera a cambio de yeguarizos, vacas y todas las cosas de valor que en sus malones podían robar. Ni Rosas, ni Roca, ni ningún historiador o autor clásico como Estanislao Zeballos, Lucio Mansilla y Manuel Prado, “¡jamás mencionaron al pueblo mapuche!”, tampoco está escrito en los libros de historia de las provincias donde ellos azotaban, por lo tanto no son un pueblo originario de la Argentina”.

“¿Entonces por qué a los araucanos y demás pueblos indígenas, se lo quiere denominar mapuche? La razón es que quieren englobar a todos los pueblos aborígenes en uno solo, “los mapuches”, así poder abarcar más territorio para la supuesta nueva Nación Mapuche. Esta es la historia del peligroso malón británico que actúa en las sombras, es un verdadero “British Malon”, un malón que nos quiere desintegrar y robar parte de nuestra Patria creando un estado dentro del Estado Argentino. ¿Cómo lo quieren crear? Presionando, extorsionando, comprando a nuestros gobernantes, nacionales y provinciales y a toda persona que se oponga a este siniestro plan.

Este plan es que se viole constantemente la Constitución Nacional hasta que está ya no tenga validez, destrucción de las fuerzas armadas para cuando ellos invadan no haya ningún foco de resistencia, fomentar la droga hasta que la delincuencia sea incontrolable, corrupción y caos generalizado, entonces será para ellos el momento oportuno para invadir nuestro país, por parte de la O.N.U u otra fuerza, para pacificar, ordenar, y así poder crear el Estado Mapuche, que será en realidad un Estado Inglés”.

Indudablemente estamos en presencia de un plan que huele a rapiña británica y masonería. Por cierto, debemos recordar que, como explica Dieter Schwarz:

“En 1723 y 1725 encontramos ya nombres judíos en las logias inglesas. En 1732 una logia traslada su «tenida» del sábado al domingo, a fin de hacer posibles a los «hermanos» hebreos la participación en el trabajo de la logia. La judaización parece haber sido ya en aquella época bastante grande, ya que en 1732 el orador callejero Henley anunciaba un discurso contra los «masones judaicos». Los Ancient Masons que aparecieron a mediados del siglo XVIII, poseían una oración particular para las logias judías”.

Ya vivimos la pérdida de Picton, Lennox y Nueva por la entrega al Estado chileno de parte del benemérito integrante de la Trilateral Interamericana Raúl Alfonsín, perdiendo con ello el paso bioceánico, parte de Tierra del Fuego y del Territorio Antártico. Se ha terminado con la zona de frontera que nos protegía de la compra de tierras por parte de extranjeros en una franja de varios kilómetros desde toda frontera. Hoy en la Patagonia ondean banderas que no son la Nacional. Muchos han puesto sus ojos en esta zona millonaria en recursos, los usurpadores históricos de Oriente Medio la recorren para tomar notas para su desembarco que haga cumplir el Plan Andinia.

¡Basta ya de latrocinio!

¡Basta ya de mancillamiento de nuestro Ser Nacional!

¡Basta ya de ceder territorios y derechos!

¡Por una Argentina para los Argentinos!

DyPoM

Por Der Landsmann para Saeeg


Notas:

  • Miguel Serrano. La entrega de la Patagonia Mágica (2003)
  • Historia General de las Relaciones Exteriores de la República Argentina
  • Alberto Lettieri. «La Campaña del Desierto de 1879 a la luz de la mirada histórica». La Prensa, 17.12.2017. 
  • Javier Boher. «Perón contra los mapuches: se abolió el credo del Estado». Diario Alfil, 09/20/2020,  <www.diarioalfil.com.ar/2020/10/09>.
  • «‘The Mapuche Nation’, la organización que desde Gran Bretaña defiende la violencia». Diario El Chubut,  10/08/2017, <https://www.elchubut.com.ar/nota/2017-8-9-23-47-0–the-mapuche-nation-la-organizacion-que-desde-gran-bretana-defiende-la-violencia>.
  • «La maniobra británica para dividir la Patagonia». Corrientes al día, 21/11/2017, <http://www.corrientesaldia.info/184297>.
  • Dieter Schwarz. La-Francmasonería.

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