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ESPAÑA. UN PUÑAL EN LA SOBERANÍA ARGENTINA EN MALVINAS

César Augusto Lerena*

05/02/2018. El guardacostas GC 27 Fique de la Prefectura Naval Argentina capturó al buque Playa Pesmar Uno, de bandera española, pescando ilegalmente en el Mar Argentino, a la altura de Comodoro Rivadavia.

 “Las empresas pesqueras españolas colaboran en la consolidación británica en Malvinas”

Como Medea la esposa de Jasón, las empresas pesqueras españolas son funcionales a los intereses británicos en Malvinas, permitiendo su consolidación en las islas, en perjuicio de la Argentina. Un filicidio de la llamada “Madre Patria”.

El pasado 4 de diciembre de 2020 abrió las disertaciones del Seminario “Un abordaje sobre la Pesca Sustentable” el andaluz Don Javier Garat, Secretario General de la Confederación Española de Pesca (CEPESCA), Presidente de la Coalición Internacional de la Asociación Pesquera (ICFA) y Presidente de Européche, quien se refirió a la necesidad de efectuar una pesca sostenible de modo de asegurar las especies, el ambiente marino y mejorar las condiciones de trabajo. Una exposición cuidada que pudo haber sorprendido a la mayoría de los técnicos y estudiantes de la Universidad Tecnológica Nacional y de la Universidad FASTA, ambas de la Mar del Plata; ciudad que, como sabemos, es el principal puerto pesquero argentino, donde se desembarcan más del 50% de las capturas nacionales; pero no alcanzó a convencer a algunos asistentes que conocen la pesca depredadora e ilegal (INDNR) que realizan los buques pesqueros españoles en la costa occidental africana y en el Atlántico Sudoccidental.

Frente a esta disertación, Don Javier parecía representar a Greenpeace u otra ONG ambientalista, más que a los intereses empresarios pesqueros de la Unión Europea (en adelante U.E.), lo que me obligó a preguntarle: “Señor Garat, ¿Cómo se concilia su mensaje, con la pesca ilegal que realizan —desde al menos 1989— los españoles en Malvinas, donde se extraen 250 mil toneladas de recursos pesqueros en ese territorio argentino, cuando la propia ONU en 1976 por Res. 31/49 instó al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el R.U.) a no innovar respecto a la situación imperante en el área?”

A lo que Javier contestó: “Los españoles no pescan ilegalmente en Malvinas”; desconociendo lo que la U.E. entiende pesca INDNR, ya que bastaría que esos buques españoles pesquen en Malvinas sin permiso ni cuota argentina para calificarla así. En especial teniendo en cuenta que España reconoce la soberanía argentina en Malvinas; que su gobierno tiene obligación como Estado de Bandera de controlar que sus buques no violen el derecho internacional y, cumplir con las exigencias del Reg. (CE) 1005/2008 del Consejo del 29/09/2008 y modificatorios y, el Reg. (UE) 2017/2403 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12/12/2017 y ampliatorias, sobre gestión sostenible de las flotas pesqueras exteriores.

Repreguntado Garat sobre “¿Qué origen tienen los productos capturados en Malvinas y desembarcados en Vigo?” contestó: “Operando con bandera española, según la legislación internacional, el origen es español”. Al respecto, diría Diego Maradona, sobre el experimentado y vende humo de Don Javier: “me la dejó picando”. Traduzco: los barcos españoles, con bandera española, pescan en forma ilegal en territorio argentino (Malvinas) y no solo nos roban nuestros recursos, sino que luego los ingresan a Vigo, los reprocesan y comercialización en toda la U.E. como de origen español. Esto es lo que se llama “traceability trout” (trazabilidad trucha, para los argentinos) ya que no están garantizadas todas las exigencias del Reglamento de la U.E. sobre Pesca INDNR, en especial sus ítems 7, 10 y 11, ya que no existiendo acuerdo con la Argentina no está garantizado el origen, la certificación, los eventuales transbordos, el uso de puertos y por supuesto los controles, etc.

¿Quién se beneficia con todo esto, además de a los depredadores españoles? El R.U., que ha subsistido en Malvinas por la pesca (John Barton, director ilegal de Pesca en Malvinas, 2012); fundamentalmente con las 1.887 licencias otorgadas a buques españoles (más las concedidas a las sociedades mixtas británico-españolas) entre 1989 y 2019, cuyos productos finales, no solo compiten con las empresas argentinas, sino también con las españolas radicas en Argentina.

El orador multifacético y encantador de serpientes Garat podría convencer a los empresarios europeos o argentinos sobre cómo proteger los negocios de España, pero no darnos clase sobre la sostenibilidad de las especies, la protección del medio marino o el cuidado de los trabajadores en la pesca, ya que —como veremos— los buques españoles pescan en forma ilegal en el Atlántico Sur y, por tanto, contaminan el mar y, a pesar de que la O.I.T. ha entendido, que “la pesca es una ocupación peligrosa en comparación con otras actividades”, España todavía no ha ratificado el Convenio C188 sobre el trabajo en la pesca (2007, núm. 188) y, por el contrario, Argentina ya lo ratificó el 15/9/2011.

Los buques españoles en el Atlántico Sur operan en forma ilegal y, ello, queda de manifiesto por diversas cuestiones formales (de origen, etc.) pero, se manifiesta con toda intensidad cuando se capturan recursos migratorios de un Estado ribereño en situación de desarrollo sin acordar con éste, como indica el preámbulo y varios artículos de la CONVEMAR, la Ley 24.922 de Argentina y, por supuesto, cuando son licenciatarios ilegales en Malvinas, incumpliendo con lo previsto en la Res. ONU 31/49 y las normas vigentes de la República Argentina.

Los españoles son depredadores. Las “Patentes de Corso” las utilizaron tanto los buques ingleses como españoles, ambos piratas y, en la versión moderna, los barcos pesqueros españoles debieran ser calificados como piratas cuando capturan sin acuerdo de Argentina en alta mar (CONVEMAR, Art. 101, inc. ii; Artículos 4º; 21º inc. o) y, 22º de la Ley 24.922) los recursos migratorios originarios (los peces son semovientes) de la ZEE Argentina o cuando pescan en Malvinas sin permiso ni cuota argentina (Ley 24.922 Art. 2º; 21º inc. h) y o); 23º al 27º y Ley 26.389 Art. 27 bis), como ya hemos dicho. Esto para aclararle a Javier “Paz y Bien” Garat y para algunos participantes del Seminario, tal vez poco acostumbrados, a la terminología ecológica, que las empresas españolas pueden estar realizando para sus intereses económicos y comerciales una “pesca sustentable” pero no llevan adelante una “pesca sostenible” de modo de asegurar la disponibilidad a perpetuidad de las especies, teniendo en cuenta la integralidad del ecosistema y las necesidades de los países menos desarrollados, como claramente lo indica el Preámbulo de la CONVEMAR “…los problemas de los espacios marinos están estrechamente relacionados entre sí y han de considerarse en su conjunto (…) Teniendo presente (…) los intereses y necesidades especiales de los países en desarrollo…”.

A modo de introducción efectuaré un breve relato sobre los navieros y pescadores españoles desde el Virreinato del Río de la Plata hasta nuestros días, que demuestra en forma inequívoca el carácter “predador” de los españoles y, también, de su sociedad con el R.U.

En 1713 en Madrid, España firma con Inglaterra el Tratado de Asiento de Negros, la importación de negros y el Navío de Permiso. Las producciones de Europa se compensan con materias primas y cueros del Virreinato y, junto con el tráfico permitido, surge el ilegal de contrabando de géneros, alcoholes y esclavos. En los años de escasez y hambre en España; la creciente proletarización; el aumento de conflictos con Francia; la aprobación en 1778 del “Reglamento y los Aranceles Reales para el Comercio Libre de España e Indias” y, con el fin de impulsar la agricultura, España autoriza el comercio con las colonias que favorece a los españoles productores, mayoristas y exportadores. Ya en 1787, en el comercio de cueros a Europa se utilizan los mismos barcos que traen esclavos de África a Montevideo y de ahí a Buenos Aires, Potosí, Paraguay y Valparaíso, y luego son llevados al Alto Perú y, por el Real Permiso de España, se autoriza a la Compañía de Filipinas la introducción en barcos ingleses con bandera española y dos años después y, renovada en 1791, con el objeto de aumentar la mano de obra esclava, se autoriza a los españoles y extranjeros a comercializar negros libres de impuestos.

Nos dice la investigadora de la Universidad de Oviedo Dra. Alicia Laspra Rodriguez en su trabajo “La intervención británica en España durante la guerra de la independencia: ayuda material y diplomática” que, desde 1808 y hasta 1815 España recibió de Inglaterra casi 10 millones de libras esterlinas y cientos de millones de esa misma moneda en armamento, pertrechos y suministros bélicos de todo tipo; una ayuda británica a fondo perdido para que la acompañase en su pelea con Francia ¿Tendrá alguna asociación ello con la Revolución de Mayo de 1810 y nuestra declaración de independencia en 1816? Además de moderar la autonomía de las colonias españolas ¿qué motivo llevó a la pérfida falange de Albión a incidir sobre la Asamblea del XIII para eliminar del himno nacional argentino a aquellas estrofas antiespañolas? “…Coronada su sien de laureles y a su planta rendido un León…”, etc.

El contrabando en el Río de la Plata era muy importante en 1808, pero se incrementó en forma notoria por los buques británicos al año siguiente, entre otras cosas, por el Tratado de tarifas preferenciales con España, luego de “libre comercio” y el Tratado que firma el Príncipe Regente de Brasil con Gran Bretaña, todo bajo pretexto de dar salida a los frutos de América y proveerla de víveres y demás efectos europeos (¡!). Nada que hoy no ocurra, donde vemos que aunque tengamos astilleros en la Argentina, España nos vende buques construidos con ingentes apoyos económicos, garantías del Fondo de Garantías Navales y líneas de avales del ICO de la U.E. y en paralelo sus empresas pesqueras extraen ilegalmente recursos originarios del Mar Argentino, mientras que las exportaciones de las empresas radicadas en la Argentina sean o no de capitales nacionales, se les cobra aranceles a los productos con valor agregado. Es decir, negocios sustentables para los españoles e insustentables para la Argentina. De esta sustentabilidad nos habla Don Garat.

El historiador hispanista británico Paul Preston (La Vanguardia, Félix Badia, 10/5/2020) nos explica que “Al final de la segunda guerra mundial, los aliados consideraron que España tenía un régimen fascista que no se desnazificó, por lo tanto, no recibieron ayuda del plan Marshall, contrario a lo que ocurrió con Alemania e Italia”. Pese a ello, el gobierno argentino ayudó a los españoles a alimentarse, contrario —me recordaba un amigo del Puerto de Vigo— a lo que hicieron los franceses con los españoles, que los tuvieron como refugiados en virtuales campos de concentración. La Argentina recibió más de dos millones de españoles emigrantes (por razones económicas), exiliados (por razones políticas) y refugiados (por guerras) entre 1860 y 1950, intelectuales y analfabetos; instruidos y sin oficio, de todas las políticas (carlistas, progresistas, republicanos, anarquistas, comunistas, liberales y franquistas) y en la pesca en Argentina hicieron dinero, al igual que la colectividad italiana.

Llegó 1982, la guerra y el boicot europeo a la Argentina, frente al cual y, a pesar de Gibraltar, los lazos y la deuda histórica con nuestro país, España “solo balbucea” (El País, 30/4/1982); puede más su interés de integrarse a la CEE y a la OTAN; su historia imperial y la alianza casi a ciegas con Estados Unidos. Hecho que, como veremos, España repetiría durante el Tratado de Lisboa.

Como no podía ser de otra manera, la declaración conjunta en 1989 entre Argentina y el R.U. se firma en España; país que a esta altura ha perdido toda neutralidad. Allí se concretan los odiosos y execrables “Acuerdos de Madrid” con grave perjuicio para el país, donde subyacen diversas presiones económicas para que Argentina pueda retomar el comercio con la Comunidad Europea, entre ellas la firma del Acuerdo Pesquero con Europa que se concreta en 1994, acuerdo que nunca alcanzó el área de exclusión pesquera (FICZ) en Malvinas establecida por los británicos, dejando en claro la voluntad de España de no enemistarse con el R.U. En ese entonces, España tenía gran parte de su flota parada con motivo de su ingreso efectivo a Europa (1986). La Argentina firmó ese Acuerdo, por el cual, los empresarios españoles apoyados por la (entonces) C.E.E. colocaron en forma muy favorable sus buques congeladores en la Argentina y produjeron la más importante depredación de merluza que se recuerde, dónde —según Walter Castro— “se perdieron treinta mil empleos” y el gobierno inició por primera vez en la actividad el otorgamiento de subsidios al empleo.

Hoy son varias las empresas de capital español radicadas en el país que ocupan los lugares más altos en las exportaciones argentinas, aunque sufren el riesgo país, la inflación, el costo interno, etc. También las hay, quienes como “la empresa española Pescapuerta que habría cedido sus activos en 2015 (Reg. Púb. Com. Insp. Gral. Justicia, Chubut, 19/8/2015) a la empresa Estrella Patagónica (Continuidad Jurídica por cambio de denominación social. Dra. Marlene del Río) y con ello violarían la Ley 26.389 a partir de que el buque “Falcon” inicie sus capturas en Malvinas en 2021, situación, que se vendría repitiendo desde hace cinco años sin ningún tipo de sanciones para los cuatro barcos congeladores con los que esta última opera en el caladero argentino: “Anabella M”; “Carolina P”; “Mara l” y, “Pescapuerta V”; los que según el art. 2º de la misma Ley (que reformó el 28º de la Ley 24.922) deberían haber caducado automáticamente, a partir de las operaciones en Malvinas del Buque “Venturer” de la sociedad mixta Pescapuerta-Petrel Fishing (Diario Jornada, Chubut, 2015)” (#PuertodePalos, Roberto Garrone, 3/12/2020).

Javier Garat, en representación de los intereses españoles y europeos, nos viene a hablar de “sustentabilidad”. ¿Qué opinará sobre esta escandalosa forma que tiene una empresa española para llevar adelante una pesca sustentable (¿?), obteniendo cuotas de captura en forma simultánea en la Argentina y licencias ilegales británicas en un territorio argentino ocupado en forma prepotente por el R.U.? ¿Es ésta la forma que los españoles cuidan los recursos en Gibraltar, en las aguas comunitarias, en las británicas, en las costas de África occidental y en el Atlántico Sudoccidental? Bueno, Don Javier, esto aquí se llama pesca ilegal. Sobre este caso y toda la potencial pesca INDNR española se debería investigar y aplicar en forma urgente en la Argentina la Ley; el Ministro de Relaciones Exteriores Felipe Solá; el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca Luis Basterra; el secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur Daniel Filmus; el Gobernador de la Provincia de Tierra del Fuego Gustavo Melella; el Consejo Federal de Pesca y el Subsecretario de Pesca Carlos Liberman y me gustaría saber cómo el bueno de Don Javier, nos “hace el cuento” sobre la pesca sostenible de los buques españoles y, al final su disertación, lo aplaudimos alegremente.

Si hay una cosa que no se les puede negar a los españoles es que son consecuentes en sus apoyos: En el año 2005 los ciudadanos votaron sobre la aprobación del texto constitucional de la Unión Europea (el Tratado de Lisboa). El R.U. solicitó la incorporación como “Territorios británicos de Ultramar” a Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y la Antártida Argentina”. Adivinen ¿cómo votó España? Así es, ¡a favor de incorporar nuestros territorios como británicos en Europa! Y esto ¿Qué significó para las extracciones ilegales españolas y británicas en Malvinas? Además de varios beneficios impositivos y de subsidios: que desde hace 15 años ingresan a la U.E. sin pagar arancel alguno, mientras que nuestras capturas habilitadas, además de todo tipo de derechos nacionales deben pagar aranceles para importarse a la U.E. y, muy especialmente, cuando se trata de productos argentinos con valor agregado. Ahora, con motivo del Brexit sin libre comercio y ante la posibilidad de tener que pagar aranceles de entre el 6 y el 18%, los británicos ilegales en Malvinas quieren extender los beneficios a toda la U.E. a cambio de otorgarles cuotas en nuestras Malvinas. A propósito de ello, Javier Touza, presidente de la Cooperativa de Armadores de Pesca de Vigo nos dice: “Tenemos los mayores pesqueros de la flota de Galicia allí”. Por cierto, los españoles, los isleños británicos y las sociedades británico-españoles son los mayores beneficiarios de las licencias ilegales.

A esta altura deberíamos preguntarnos ¿por qué las empresas españolas propician la construcción de un puerto pesquero en Malvinas consolidando en éstas a quienes les ocupan Gibraltar? ¿Por qué destinan sólo el 3% de sus buques arrastreros a aguas comunitarias y el 97% a los caladeros externos (entre ellos, el Atlántico Sur) donde realizan pesca INDNR? ¿Por qué se resisten los empresarios españoles a colocar cámaras a bordo? ¿Por qué los empresarios españoles están preocupados con la logística en Uruguay? ¿Por qué el sector pesquero español tiene gran preocupación frente al Brexit si solo pesca unas 9.000 toneladas en aguas británicas del total de las 922.564 toneladas que dicen que captura? y, ¿por qué esas empresas españolas no se acogen al mismo régimen que las empresas españolas radicadas en la Argentina o acuerdan con ésta conforme lo prevé la CONVEMAR?

Está claro, los españoles son los mejores socios de los británicos. Son los que le han permitido ser “sustentables” (no pescar en forma sostenible) a los británicos en Malvinas. Los representados por Don Javier Garat, quien promueve “consuma español”, una política absolutamente proteccionista y nacionalista en detrimento de los productos pesqueros de exportadores, como Argentina. No aclara si el origen al que refiere es de la pesca de buques españoles en aguas comunitarias, en Marruecos, Namibia o el Senegal, o las capturas ilegales de especies migratorias argentinas en la Alta Mar, en la ZEE en el GAP o en el territorio marítimo argentino de Malvinas.

Este dirigente cree que los productos elaborados en terceros países no reúnen el estándar de calidad de los españoles y que la estrategia de la Comisión Europea “reducirá drásticamente la productividad de la industria pesquera del Viejo Continente y condenaría a Europa a incrementar notablemente las importaciones de productos de terceros países, alejados de los estándares ambientales, sociales y de seguridad europeos, para alimentar a los ciudadanos de la Unión Europea”. Sinceramente, Don Javier, debería disculparse con la industria pesquera argentina y los españoles radicados en Argentina por estas declaraciones y desmentir este exabrupto especulativo.

Por un lado, es conocido que las aguas del Atlántico Sur son ambiental y sanitariamente más aptas que las comunitarias. Por otra parte, la Argentina aplicó sistemas de aseguramiento pesquero (HACCP, ISO y otros) antes que España y es un exportador de calidad a los mercados más exigentes del mundo. España es el segundo comprador (después de China) de productos pesqueros argentinos con 78 mil toneladas anuales por 388 millones de dólares (2019); cuenta con certificaciones de la U.E., la FDA y USDA de Estados Unidos, Japón y otros 50 países. Es muy probable que sea argentino el calamar de la Plaza Mayor de Madrid, la merluza a la bilbaína o los langostinos de cuanta paella no valenciana se consume en España. ¿Y la seguridad española? Se refirió a ésta el dirigente español en el Seminario del Instituto Marítimo Español (mayo/2020) y en el Seminario organizado por las Universidades UTN y UFASTA (diciembre/2020). Es notable el concepto feudal de Don Javier: nos habla de proteger a los trabajadores de la pesca, a pesar de que España todavía no ratificó el Convenio de la OIT C188 “sobre el trabajo en la pesca” y, sin embargo, países que él considera alejados a sus estándares como Marruecos, Namibia o el Senegal, donde los buques españoles explotan los recursos, ya lo han ratificado —al igual que Argentina— para proveer mejor calidad y seguridad laboral a sus trabajadores.

Supongo que la “sustentabilidad a la española” a la que refiere Don Javier, no solo está referida a vender buques, capturar en forma ilegal o no los recursos, al menor costo posible, oponerse a las medidas de protección del recurso y medio ambiente (por ej. la eliminación de buques de arrastre) o el establecimiento de AMP, promover el consumo de pescado (lo apoyamos), sino también a asegurarse que los productos pesqueros que se importen se transformen en España. Los sindicalistas argentinos muy agradecidos, el trabajo nacional se regala a los países desarrollados —a pesar del 13,1% de desocupación argentina— para que los españoles no vayan al paro.

Ya en 2020, los españoles, con Don Garat a la cabeza, están muy preocupados por cuidar nuestros recursos y son perseverantes al respecto. La Argentina no ratificó el Acuerdo de Nueva York porque, además de ser una delegación de la administración inadmisible en las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (en adelante OROP) de nuestros recursos originarios y migratorios en el Atlántico Sudoccidental, sería violar la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional; pero, como ya me he referido en cinco anteriores artículos (Lerena, César “Quién ejerce el poder en el Atlántico Sur” 03/06/20, https://saeeg.org/index.php/2020/06/03/quien-ejerce-el-poder-en-el-atlantico-sur/ ; 05/06/20 https://saeeg.org/index.php/2020/06/05/quien-ejerce-el-poder-en-el-atlantico-sur-2da-parte-hay-pegarle-al-chancho-para-aparezca-el-dueno/ ; 09/06/20 https://saeeg.org/index.php/2020/06/09/quien-ejerce-el-poder-en-el-atlantico-sur-3a-parte-cuando-la-politica-pesquera-nacional-se-maneja-desde-argentina/ ; 13/06/20 https://saeeg.org/index.php/2020/06/13/quien-ejerce-el-poder-en-el-atlantico-sur-4ta-parte-la-extranjerizacion-de-la-politica-pesquera-la-internacionalizacion-del-mar-argentino/ y 18/06/20 https://saeeg.org/index.php/2020/06/18/quien-ejerce-el-poder-en-el-atlantico-sur-5ta-parte-la-cuarta-invasion-britanica-la-argentina/ ) Don Javier se dedica a dar clases de sustentabilidad a la española y, promover Convenios con una ignota ONG OPRAS (Una suerte de OROP), conformada por directivos mayoritariamente de empresas extranjeras agrupadas en las Cámaras sectoriales CAPECA y CAPA que firmaron con la Cámaras Españolas ANAMER y CEPESCA un Acuerdo de conservación y explotación de los recursos pesqueros del Atlántico Sur (¿?). ¿Qué pretensión tendría la citada OPRAS y las Cámaras Argentinas? ¿Sustituir al Consejo Federal de Pesquero en la fijación de la política pesquera en el Atlántico Sur? Bueno, OPRAS, seguro. Basta leer los Acuerdos. Ahora, ¿las Cámaras Españolas? Se supone que deberían limitarse a promover acuerdos con la Argentina, como Estado ribereño, para capturar en la Alta Mar las especies migratorias originarias de la ZEE Argentina. Por cierto, esos Acuerdos, son impresentables porque les permiten a los españoles seguir pescando graciosamente en Malvinas. ¿O es una estrategia británica para hacerles de tapón a los chinos?

Esto de OPRAS no es casual, Don Javier está a favor de las OROP. En Roma (11/09/19) junto a la ICFA, abordó “la gestión de las Áreas Marinas Protegidas, la Pesca ilegal (INDNR) y las negociaciones de la BBNJ (Biodiversity Beoyond National Jurisdiction) y subrayó la importancia de garantizar que este proceso no anule los esfuerzos de las OROP” y, como ya las defendió en reiteradas ocasiones, (las OROP) son los instrumentos más adecuados para gestionar las poblaciones de peces transzonales y altamente migratorias, así como las de otras especies asociadas». Hablando en criollo, Don Garat, está a favor de una organización donde los Estados de Bandera (entre ellos el español) contarían con mayoría de votos por sobre los Estados Ribereños (Argentina y Uruguay) en el Atlántico Sudoccidental. Además, de facilitar el intento, del R.U. de ingresar a las OROP por su ocupación ilegal en Malvinas. No me imagino a España oponiéndose a esta pretensión y mucho menos a Don Javier oponiéndose a los intereses de sus mandantes, los empresarios españoles que pescan ilegalmente en Malvinas.

¿Están verdaderamente los españoles preocupados por la sostenibilidad de los recursos y la pesca ilegal? Veamos que dice este dirigente que los representa, a pesar de contar con el Fondo Europeo de Pesca y la Fundación Biodiversidad y, pese, a que más de 50 científicos acreditados del mar le pidieron a la U.E. que actúe para poner fin a la sobrepesca, Javier Garat se manifestó contrario al proyecto de reducir las capturas en la U.E., eliminar en forma progresiva las redes de arrastre e ir hacia la pesca selectiva y dijo: “el sector rechaza la propuesta de la CE de Biodiversidad de eliminar gradualmente la pesca de arrastre de fondo”, lo que remató, la Consejera del Mar Rosa Quintana: “(los españoles) solo destinan el 3% de sus buques arrastreros a pescar en aguas comunitarias y el 97% restante los destinan a caladeros externos (entre ellos el Atlántico Sur), donde 193 buques de gran porte efectúan el 58% de las capturas”. Es decir, el preocupado por cuidar el recurso Don Javier, probablemente promoverá el envío a África occidental o al Atlántico Sur lo que la U.E. rechaza; degradando, depredando y dificultando las operaciones de los pesqueros argentinos. Por cierto, también se opone a las Áreas Marítimas Protegidas (AMP) diciendo: “cerrar el océano a la pesca entra en conflicto con objetivos fundamentales del desarrollo sostenible, tales como aumentar la seguridad alimentaria y reducir la pobreza” (chan-chan). Lo que propone el amigo Don Javier se llama sostenibilidad débil. Debería saber, que la sostenibilidad no solo es económica y social; también es biológica, ambiental y cultural; por lo cual, bajo justificación de reducir el hambre o la pobreza no se puede agotar un recurso de tercera generación, ya que “la generación actual toma prestados los recursos a las generaciones venideras” (Brundtland, ONU, 1987). Garmendia y colaboradores (2010) considera “sostenibilidad fuerte, a la que se preocupa por la salud del ecosistema, la que asegura la sostenibilidad de los recursos, del ambiente y los asentamientos humanos a perpetuidad” y la sustentabilidad empresaria y laboral.

También debiera conocer Don Javier, que las AMP tienen distinto tipo de reservas y entender que un Estado ribereño, para el caso, tiene facultades para imponer reservas, restricciones y vedas (no necesariamente establecer AMP) para asegurar la reproducción, el desove y el desarrollo de sus especies migratorias. Los empresarios son meros concesionarios de un recurso del Estado.

La política de la sostenibilidad de la U.E. “…llevará a España a la gestión de licencias extranjeras” manifiesta Don Javier. Suena, vamos por la pesca en Malvinas y en el Atlántico Sur y, si ello fuera necesario, nos disfrazamos de corderos, OPRAS, OROP o lo que fuera.

En esa sociedad británica-española, el R.U. tiene como aliado estratégico a Chile y España construye una sociedad con Uruguay, donde buques españoles utilizan sus puertos, como apoyo para sus operaciones en Malvinas y en alta mar, cuyos ingresos económicos en favor de la economía uruguaya generan vínculos que favorecen los intereses británicos. Argentina, mientras tanto, no avanza en la natural sociedad rioplatense; en la necesaria con Chile para favorecer la integración del área Antártica y bioceánica y, en la impostergable relación con Brasil, no solo comercial, sino para consolidar la “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur”.

En cualquier caso, los españoles son funcionales a los británicos, ya que en esta sociedad británica-española, han entendido que a partir del Brexit la disputa se dará en los mares, fortaleciéndose el Commonwealth y los territorios insulares, en especial los del Atlántico Sur. Una estratégica geopolítica, militar, de proyección Antártida y manejo del transporte y el comercio, que como consecuencia del aumento de cargas de 100 a 400 mil toneladas de los super-contenedores, transitan obligatoriamente al pacífico por el Estrecho de Magallanes, ante la imposibilidad de utilizar el canal de Panamá. ¿La Autoridad Argentina?

Pese a todas las recomendaciones de la OMC, la producción pesquera española está subsidiada, contrario a la Argentina que sufre una fuerte carga impositiva. Según Europa Azul (07/07/2020) “Los gobiernos del mundo gastan alrededor de 35 mil millones de dólares en subsidios pesqueros cada año (…) investigaciones recientes del Prof. de Economía Oceánica y Pesquera de la Universidad de Columbia Dr. Rashid Sumaila, indican que la U.E. es uno de los cinco subsidiadores más grandes del mundo y según Fernández Monge aproximadamente el 54% de los subsidios son perjudiciales”.

Don Javier ha hecho un destacado esfuerzo para ello: “las ayudas del Fondo Europeo son importantes para financiar el trabajo, afrontar la falta de ventas y el almacenamiento, aunque sería necesaria más ayuda para fomentar el consumo del pescado español, como ha hecho Francia».

Respecto al Brexit, contraria a la posición argentina, que busca aislar a Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y Antártida de la U.E., España busca mantener su pesca en aguas británicas y en las aguas de Malvinas. En prueba de ello, Javier cuida el interés de los españoles y sus socios británicos. El 22 de enero de 2020 se reunió en Madrid con la Secretaria de Pesca del Ministerio de APyA Alicia Villauriz, a la cual —alineado con la European Fisheries Alliance (EUFA)— le manifestó su interés de mantener: “…el acuerdo de libre comercio; el reparto de la pesca entre el RU y UE.; el acceso a las aguas británicas (donde pescan unos 80 buques españoles) y la continuación de la gestión en los stocks compartidos…”.

El filicidio de la llamada “Madre Patria” nos debiera llamar a la reflexión. Ya pasaron 204 años desde que nos independizamos de la monarquía española y de toda otra dominación extranjera. Ha llegado el momento de que los argentinos —y en especial nuestras Autoridades— le hagan notar a los españoles que somos un país libre y soberano, comenzando a actuar para evitar la pesca ilegal de los buques españoles y de los demás depredadores.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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LA ARGENTINA COLONIZADA. SIN PESCA NO HABRÁ SOBERANÍA EN EL ATLÁNTICO SUR NI EN MALVINAS.

César Augusto Lerena*

En el año 1820 se iza el pabellón nacional en Malvinas y, las Provincias Unidas en Sud América, todavía estaban en posesión de los archipiélagos. En el 1833 los británicos ocupan Malvinas, un territorio de 11.410 km2 y, las aguas circundantes, hasta una distancia de tiro de cañón. Desde 1982 y con el correr de los años, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante Reino Unido) tiene ocupado 1.639.900 km2 del mar argentino, es decir el 52% de la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina, a lo que hay que agregarle, la disputa que enfrentamos con el Reino Unido por 1.430.367 km2 de la Plataforma Continental, que la Comisión de Límites de la ONU no recomendó a favor de nuestro país sobre el total de 1.782.000 km2 que el gobierno argentino en 2009 solicitó se le reconozca por fuera de las 200 millas, de acuerdo con lo previsto en el art. 76º de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR), sumándose finalmente a ello la pretensión del Reino Unido sobre la Antártida Argentina, un espacio del orden de las 965.597 km2, más las aguas correspondientes.

La ocupación del 52% del territorio marítimo en la ZEE Argentina equivale a la ocupación de la Patagonia, La Pampa, San Luis, Mendoza, Jujuy y Formosa. No parece que Brown, Güemes, Artigas, San Martín, Belgrano y otros tantos próceres hubiesen permanecido indiferentes ante la ocupación de tanto territorio.

A todo ello, hay que agregarle la licitación de 100.000 km2 en áreas petroleras de la Cuenca de Malvinas Oeste entre Malvinas y el territorio continental argentino, donde, en 2019 se adjudicaron espacios (sin evaluar el impacto ambiental ni los efectos sobre la pesca) para la explotación offshore a las empresas Shell, BP Exploration Operating Company Limited, Tullow Oil, Equinor y otras, que fueron concesionadas en abierta violación a la ley Solanas (Nº 26.659) que, junto a los archipiélagos ocupados se constituye en un block bajo control del Reino Unido en la parte meridional del Atlántico Sur. Una zona estratégica por su relación con el área en disputa y la Antártida, pero también, porque al haberse incrementado el tránsito de grandes buques portacontenedores y otros hacia el pacífico utilizan el Estrecho de Magallanes, ya que por su tamaño no pueden utilizar el Canal de Panamá.

Este escenario se agrava, porque se ha formado una sociedad británica-española en Malvinas con la constitución de compañías mixtas para explotar los recursos naturales renovables que está produciendo un importante desarrollo en las islas, que podrían, en un futuro, establecerse como un epicentro operativo y logístico de explotación pesquera en el área patagónica del mar argentino; teniendo en cuenta la alta concentración de recursos pesqueros en la zona. En una evidente estrategia de consolidación en la región, el gobierno ilegal británico ya ha construido un puerto en Georgias del Sur y está iniciando la construcción de un Puerto en Malvinas destinado a operar buques pesqueros, turísticos, de investigación y defensa. Al margen de esto, está realizando obras destinadas a almacenamiento y de generación de energía, entre otras.

Deberíamos prestar mucha atención a estas sociedades, porque el 95% de las extracciones pesqueras de Malvinas del orden de las 250.000 toneladas/año, por un valor estimado en unos 600 millones de dólares/año, terminan en el Puerto de Vigo (España) y desde allí se distribuyen a toda Europa; es decir, que en el caso de que el Brexit finalice sin acuerdo —Brexit duro— y se termine el libre comercio entre la Unión Europea y el Reino Unido, las materias primas de las islas podrían seguir ingresando y comercializándose sin aranceles en Europa al utilizar la bandera española. Aparte de ello, hasta el momento, los británicos se han limitado a la entrega de licencias (el escalón más bajo de la actividad, como vender ganado en pie), porque a los españoles y también a los coreanos y a los taiwaneses, no les interesa industrializar y agregarle valor en las islas, pero de hacerle, podrían avanzar en forma importante en su consolidación en las islas.

El perjuicio económico y social que le causan a la Argentina las extracciones de nuestros recursos vivos es gravísimo. Tomemos como ejemplo, el daño que le causa a la Provincia de Tierra del Fuego la captura en Malvinas de 68.072 toneladas/promedio/año del calamar loligo (Doryteuthis gahi) que desde el año 1982 al 2020 alcanzó un valor de 16.787,9 millones de dólares (441.788 millones de US$ por año); más los daños por pérdida de chance; y los valores relativos al otorgamiento de licencias ilegales por valor US$ 224.720.874 (7.022.527 US$/año), con los cuales podemos imaginarnos el desarrollo que podría haber alcanzado Tierra del Fuego de disponer de esos fondos. Montos anuales que representan once veces el presupuesto de Río Grande. Además, habría que agregar las acciones negativas sobre la ecología de las especies depredadoras y presas que también son capturadas en Malvinas o fuera de ella.

Por supuesto que hay que evaluar también los daños derivados de la explotación de hidrocarburos y minerales.

Por otra parte, debido al horrible pacto de Foradori-Duncan, la Argentina autorizó a la compañía aérea LATAM un vuelo semanal a San Pablo, una ciudad que, con el Gran San Pablo, representa la economía más importante de Suramérica después de Brasil. Con 46 millones de habitantes, 30 de los cuáles son ABC1, es un Estado que podría absorber toda la producción de Malvinas o bien constituirse en un distribuidor hacia y desde todos los países desarrollados del mundo.

A las capturas que se realizan en Malvinas debemos agregarle unas 750 mil toneladas anuales que se capturan en forma ilegal en el Atlántico Sur por parte de buques españoles, chinos, coreanos, taiwaneses y otros sin acuerdo con los Estados ribereños (Argentina y Uruguay), lo que junto a las extracciones de Malvinas totalizan el millón de toneladas anuales por un valor del orden de los US$ 2.600 millones que se extraen ilegalmente del Atlántico Sur. Es decir, por encima de las exportaciones argentinas que alcanzan entre US$ 1.800 y 2.000 millones por año.

Esta pérdida de recursos implica un daño económico, laboral y alimenticio muy importante; pero si evaluamos solo los descartes de 300 mil toneladas por año en la ZEE con su aprovechamiento le permitiría a la Argentina alimentar con la mejor proteína a tres millones de niños y adolescentes por día durante todo el año. La pérdida de soberanía alimentaria adquiere una especial significación en una Argentina con 40,8% de pobres y 8,9% de indigentes.

Por su parte, ayudando a las operaciones de los buques que realizan capturas ilegales en Malvinas y en el Atlántico Sur, el puerto de Montevideo le presta apoyo para el recambio de combustible; reemplazo de tripulaciones; transbordo de las capturas; armado y reposición de alimentos; incorporación de insumos y, reparación de los buques, etc. Las autoridades de Montevideo discuten si los buques que se atienden sus puertos son ilegales, pero a mí no cabe la menor duda de ello.

Tampoco las autoridades argentinas y uruguayas entienden la gravedad que de su ZEE y de las adyacentes —sobre sus recursos migratorios y asociados—, se extraigan un millón de toneladas por año, sino algo deberían haber hecho todos estos años.

Son ilegales las extracciones en Malvinas y las que se realizan en la Alta Mar. En el caso de los buques que operan en el área de Malvinas, basta decir que el Reino Unido ha incumplido con las Resoluciones de la ONU 1514/60 (“1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las N.U. y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales (…) 6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las N.U.”) y 31/49 (“4. Insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones 2065 (XX) y 3160 (XXVIII)”) y cuando operan dentro o fuera (en la Alta Mar) de la ZEE Argentina —aplica también a los que lo hacen en Malvinas— ya que son ilegales (INDNR) porque transgreden varias normas, entre otras la de no ajustarse a lo previsto en la CONVEMAR respecto a la pesca de especies migratorias desde la ZEE y las asociadas a éstas, respecto a su depredación y quiebre del equilibrio integral; pero, también, por no tener observadores ni inspectores a bordo; no realizar procesos garantizados de trazabilidad para conocer con certeza el origen de las capturas; desconocerse qué tipo de elementos se utilizan para la captura y, si las mallas de las redes, son adecuadas para el escape de juveniles o evitar la pesca incidental o que, en función del tipo de buque, maniobras de pesca o especie, no garanticen la pesca sostenible y causen depredación; se capturen ejemplares de especies de talla inferior que impida su desarrollo y reproducción o en volúmenes de captura que provoquen un desequilibrio de la biomasa; no esté garantizado que no se descartan en el mar peces capturados o desechos contaminantes o sin el tratamiento adecuado, en contra de las prácticas de pesca responsable y el mantenimiento saludable del medio marino; no se capturen especies migratorias originadas en la ZEE, pudiendo en consecuencia, interferir en su normal desarrollo y reproducción; no se asegure si se realiza pesca sin causar estragos, sobrepesca o depredación de los recursos vivos o se realicen prácticas sin control que puedan atentar contra la sostenibilidad del recurso pesquero y contra la pesca responsable.

Entre ellos los españoles, que hay que imaginar un aumento creciente de sus buques congeladores arrastreros de larga distancia en el Atlántico Sur, ya que, a partir del Brexit, el Reino Unido, que tiene una balanza pesquera equilibrada con la Unión Europea y quiere reservar sus aguas para sí y en especial para Escocia; vender las cuotas que puedan sobrarle y no dar libre acceso a la pesca, va a provocar un éxodo de la flota española y otras; además, que la Unión Europea prevé reducir las cuotas de captura entre un 13% y un 15% en aguas comunitarias.

A los buques españoles que desembarcan en Montevideo se le agregan los chinos, que con una flota subsidiada en el mundo de 16.000 buques pesqueros, están realizando pesca ilegal (INDNR) y presagian una pesca depredatoria en el Atlántico Sur cuando pretenden construir un puerto franco en Uruguay, donde, además de atender la logística y reparación de un número impredecible de buques pesqueros de esa nacionalidad, podrían —de acuerdo con las conversaciones mantenidas con el presidente uruguayo Luis Lacalle Pou— constituir una suerte de Centro Regional (HUB), cuyo alcance y efectos negativos sobre la industria nacional, es impredecible. La presencia de empresas portuarias y pesqueras chinas y un puerto franco en Uruguay podría producir efectos muy negativos en la Zona Común de Pesca y en la administración de la biomasa total del Atlántico Sur.

La ocupación territorial del Reino Unido, la sociedad británica-española en Malvinas, la pesca ilegal de chinos, coreanos, taiwaneses y españoles. el apoyo de los puertos de Uruguay y una eventual construcción de un puerto chino en ese país coloca a la Argentina (y también a Uruguay), en una situación de gravísima pérdida de soberanía en el Atlántico Sur, pero no es todo.

En los Acuerdos de Madrid se limitó el movimiento de la Armada y de la Aviación Argentina y no impidió que el Reino Unido instalara en Malvinas una base misilística de la Real Fuerza Aérea, con dos pistas de aterrizaje en “Monte Agradable” a lo que se le agrega, una fuerza naval e instalaciones portuarias de aguas profundas en “Puerto Yegua”; un sistema de radares; misiles tierra-aire Rapier; un patrullero oceánico; un buque tanque logístico y un buque oceanográfico; cuadro aviones caza Eurofighters Typhoon, dos helicópteros de carga pesada, una unidad de reabastecimiento de combustible en vuelo, un avión de transporte aéreo táctico y 1.200 militares para operar todo el sistema defensivo y una potencial invasión al continente argentino. Todo ello, contrasta totalmente, con el estado de nuestras fuerzas navales, aéreas y de seguridad en el país, las que se encuentran incapacitadas para controlar los 3.146.345 Km2 de ZEE, las aguas de la Antártida; los pasos al Pacífico y, en especial, el Estrecho de Magallanes.

Hasta principios de este año el Reino Unido utilizó el conocimiento y los recursos humanos y técnicos del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero para hacerse de información biológica y sensible de los recursos pesqueros de la región y poder seguir sosteniendo el otorgamiento de licencias que le permitir sustentar la economía de las islas.

Una obra central para la pesca y para el comercio de otras actividades productivas fue el inicio, a fines del siglo XIX, del Puerto de Mar del Plata inaugurado en 1924, que consolidó la actividad extractiva e industrial en la ciudad y dio inicio al posterior desarrollo en todo el litoral patagónico. Hoy a la Argentina le faltan puertos de aguas profundas; muchos están saturados y no tienen capacidad suficiente; varios, no tienen una adecuada profundidad y requieren un dragado permanente o tienen una tecnología obsoleta; la mayoría están carecen de servicios para realizar las operaciones en forma eficiente.

En 1799 se inauguró a instancias de Manuel Belgrano la Escuela Náutica. En 1953 se creó por Decreto 10.627 el Astillero y Fábricas Navales del Estado (AFNE) al cual se le transfirió el Astillero Río Santiago. Ese mismo año, se iniciaron las obras del buque Escuela de la Armada Argentina. Las fragatas ARA Piedrabuena y ARA Azopardo se botaron en 1953 y 1954 y, en 1962, se construyó la Fragata Libertad. Entre 1970 y 1975 se construyeron casi tres buques por año, hasta que llega la década del 90, pese a algunas construcciones, los distintos gobiernos desfinanciaron la actividad.

El transporte marítimo nacional se fortaleció con la creación de la Empresa Líneas Marítimas Argentinas (ELMA), como producto de la fusión en 1960 de la Flota Mercante del Estado (1941) y la Flota Argentina de Navegación de Ultramar (1909) adquirida por el Estado Nacional en 1949, que dispuso de una flota de 60 barcos (unas 700.000 toneladas DWT), siendo disuelta en 1990. Hoy la Argentina no tiene compañías navieras, flota mercante ni fluvial y, consecuentemente, todo el Comercio internacional de mercaderías del país está en manos de empresas extranjeras, transfiriendo los fletes a terceros países. La dependencia en esta materia es de una debilidad importante, fundada en la falta de voluntad política de mantener los Astilleros y la flota nacional.

Además de ello, la situación económica, financiera, crediticia e impositiva de la Argentina llevó a construir en los últimos años buques de España, Francia e Israel destinados a la pesca, a las Fuerzas Armadas y de seguridad, pese a la existencia en la Argentina de astilleros privados y públicos. Mientras, en un verdadero contrasentido, exporta el 65% de los productos pesqueros con bajo valor agregado y, transfiere la mano de obra a países de Suramérica que reprocesan las materias primas o, a países desarrollados, como en la época de la colonia, donde España canjeaba bebidas, armas y otros elementos a los países africanos; estos le entregaban esclavos que se trasladaban en forma infrahumana al Virreinato y, desde Montevideo y Buenos Aires le enviaban cueros, tasajos, charque y otras materias primas baratas a España, producidas con la mano de obra esclava. Un círculo virtuoso para España que la Argentina sigue aplicando con España y otros países como si 200 años no hubieran pasado. La Argentina le regala la mano de obra a los mercados más exigentes del mundo a pesar de tener una desocupación del 9,1% y de tener en la Patagonia los más bajos índices de población (el 6%) y de densidad poblacional (3 hab/km2).

En 1970 el 100% de las empresas eran nacionales, fundadas por inmigrantes italianos, españoles o belgas, hoy siete de las diez primeras empresas exportadoras son extranjeras, españolas, chinas, noruegas, americanas. El problema, no es que sean capitales extranjeros radicados en la Argentina; el problema reside en que sigamos llevando adelante un modelo extractivo, con bajo valor agregado, regalando a terceros países la mano de obra argentina y comprando buques y otros insumos fabricados fuera del país.

Otro tanto pasa en la hidrovía Paraguay-Paraná, donde es de esperar que, a partir que la administración a cargo del gobierno nacional y de las provincias del litoral, se revierta la situación de extranjerización del transporte en el río Paraná y en el Río de la Plata, incluso del dragado y la falta de integración con el Atlántico Sur y sus puertos para la promoción y el abaratamiento de los fletes de las economías regionales del litoral fluvial y marítimo patagónico y, desde éstos, al mundo.
Por su parte, las Convenciones, Acuerdos, Convenios, Pactos y Hojas de Ruta que aprobó la Argentina o sus funcionarios, condicionaron y condicionan al país. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) era un ordenamiento necesario para la pesca, pero, la negociación entre los Estados no evitó que los buques de los Estados de Bandera se sigan haciendo de los recursos migratorios de los Estados ribereños en la Alta Mar y que, consecuente, rompan el equilibrio del conjunto del ecosistema, que el propio preámbulo de la CONVEMAR trata de preservar. También el Acuerdo de Nueva York que instala las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) y el Convenio de Puerto Rector que, por su organización, pretenden delegar en los Estados de Bandera la administración de los recursos de los Estados ribereños, incluso en la ZEE y, en el caso puntual del Atlántico Sudoccidental, le abre la puerta al Reino Unido a la administración de los recursos en el mar argentino, en total violación a lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

Ya nos hemos referido al Pacto Foradori-Duncan que profundiza los Acuerdos de Madrid, donde se pretende que los argentinos contribuyan al desarrollo de Malvinas y eliminen todos los obstáculos y deja de manifiesto qué tan presente está el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación” suscripto en 1825 por las Provincias Unidas del Río de la Plata y “su Majestad Británica” y el Convenio para la Promoción y la Protección de Inversiones” firmado por la Argentina y el Reino Unido en 1990 en el marco de los Acuerdos de Madrid y, aprobado por Ley 24.184 de 1992 marcando el quiebre de nuestra soberanía política y la ratificación de nuestra dependencia económica.

Todos estos Acuerdos, etc., están en total contradicción con la Resolución 41/11 del 27 de octubre de 1986 de las Naciones Unidas donde se declaró al océano Atlántico como “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” (ZPCAS), por el cual, todos los países de la costa occidental de África y los de la costa oriental de Suramérica establecieron la necesidad de cooperar sur-sur y —por unanimidad— la prohibición de militarizar y usar armas nucleares en el Atlántico Sur, cuestión que el Reino Unido se niega a respetar.

Se agrega una relación inestable de Argentina con los países del MERCOSUR y una política de integración inexistente con Chile, a pesar del Tratado de Paz y Amistad de 1984, situación que debería revertirse, con el objetivo de acordar políticas respecto al área Austral y la Antártida.

El bajo consumo de pescado (6 kg per cápita por año), muy por debajo del consumo promedio mundial (19 Kg per cápita por año), no puede ser tampoco obra de la casualidad y, es una política destinada a desinteresar a los argentinos de todas las cuestiones marítimas y desatender la dominación que, potencias extranjeras —entre ellas el Reino Unido— ejercen en el Atlántico Sur. La educación y la comunicación de los argentinos es deplorable y les han hecho creer que los británicos tienen ocupadas Malvinas (11.410 km2) y nada o muy poco saben de las Georgias del Sur, Sándwich del Sur, la Plataforma Continental, la Antártida y de los 1.639.900 Km2 de la ZEE que tiene ocupados el Reino Unido.

En lo interno, nuestra situación económica, social y sanitaria no ayuda. Una deuda externa de US$ 323 mil millones; una población del 7,4% al 19,4% con NBI; trabajan informalmente 5 millones de personas; el 36% de la población recibe atención pública; un 27,8% de la población no tiene vivienda propia; el 16,1% carece de agua potable de red y. hay una tasa de mortalidad del 7,5%o.

La baja jerarquía en la estructura orgánica del gobierno nacional (Subsecretaria de Pesca) para tratar las cuestiones pesqueras y la necesaria estrategia respecto a los terceros países que pescan en el Atlántico Sur y la cuestión Malvinas con Cancillería, demuestra el poco valor que le dan a esta actividad los distintos gobiernos y el reiterado desconocimiento de éstos, del importantísimo rol de la pesca en la recuperación de la soberanía en Malvinas. El 16 y 17 de agosto de 1989, Lucio García de Solar, un acreditado embajador retirado, uno de los autores del dictado de la Resolución 2065/65 de las Naciones Unidas, acordó con el embajador británico Crispin Tickell quién le requirió: “no decir nada en público sobre la zona de protección de pesca (FICZ)”, a lo que García del Solar le respondió: “La Argentina no está pidiendo el levantamiento de la FICZ…”. Ello fue un craso error y en 2012, el entonces director ilegal de pesca en Malvinas, John Barton, declaró públicamente: “sin la pesca no hubiéramos sobrevivido”.

Del mismo modo, entiendo que, sin pesca, no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas. 

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad. 

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LAS RAZONES BIOLÓGICAS Y RELATIVAS A LOS RECURSOS NATURALES QUE DAN SUSTENTO A LA DENUNCIA DE TODOS LOS ACUERDOS MARÍTIMOS Y PESQUEROS

César Augusto Lerena*

La armada anglo-francesa fuerza su paso a través de la Vuelta de Obligado
De Manuel Larravide (1871-1910), Enciclopedia Historia Argentina.

Por medio de la Ley 20.770, se instauró el 20 de noviembre como Día de la Soberanía, en conmemoración de la batalla de Vuelta de Obligado ocurrida en 1845. Si la Argentina pretende pasar de los dichos a los hechos e iniciar el camino de recuperación de la soberanía, cumpliendo con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional: Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional (…) constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”, debiera derogar, rechazar o declarar finalizados los Tratados, Acuerdos, Convenios, Pactos u Hojas de Ruta —todos indecoroso/as— que se oponen a ello. Incluyo dentro de éstos los Acuerdos de Madrid (1989/90), el Convenio suscripto en Londres en 1990 con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para “La Promoción y la Protección de Inversiones en la Argentina” sancionado por Ley 24.184 (1992); el Acuerdo de Nueva York sancionado por la Ley 25.290 (1995); el Pacto de Foradori-Duncan (el martes 13 de septiembre de 2016); el Convenio propiciado por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT) y el Acuerdo sobre medidas del Estado Rector del Puerto (2009).

A todos los argumentos políticos, jurídicos, económicos y militares que justifican plenamente la derogación de los Acuerdos y Convenios citados precedentemente, debemos agregar como central la 50ª sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones en la que se dictó la Res. 41/11 el 27 de octubre de 1986 donde se declaró al Océano Atlántico, en la región entre África y América del Sur, como Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” (ZPCAS) y se exhortó a todos los Estados de esta área a promover una mayor cooperación regional, entre otras, para el desarrollo económico y social; la protección del medio ambiente; la conservación de los recursos vivos y, la paz y seguridad de toda la región” a la par de impulsar la desmilitarización del Atlántico Sur y la eliminación de las armas atómicas.

Entiendo que resultan fundamentales para promover esas denuncias, tener muy presentes las cuestiones relativas al cuidado del ambiente marino, el ecosistema, el transporte y la explotación de los recursos migratorios originarios en la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina en el área de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y más allá de las 200 millas en la alta mar que se ven afectados por los Acuerdos etc. que se propicia derogar.

Sobre la denuncia de los Acuerdos de Madrid y del Convenio de protección de las inversiones británicas en la Argentina ya me he referido en extenso (Lerena, César “El Pre-acuerdo de la Canciller Malcorra y los Acuerdos de Madrid de Cavallo”, 16/9/1916; “El oscuro Tratado de Madrid”, 2/4/2019; “El gobierno debe ‘declarar finalizadas’ las Declaraciones Conjuntas de Madrid”, 25/6/2020; “Las Innombrables Declaraciones de Madrid, 8/9/2020; “La Denuncia del Convenio de Promoción y Protección de las Inversiones del Reino Unido de Gran Bretaña en la Argentina, 7/10/2020).

Para ello, deberíamos tener en cuenta, en primer lugar, que las capturas con licencias ilegales británicas en las aguas del área de Malvinas o, fuera de éstas, afectan al Ecosistema, que debe ser considerado integralmente como indica la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR), por lo tanto, atentan contra el “Rendimiento Máximo Sostenible” establecido en forma anual por el INIDEP para la explotación y preservación de la economía trófica de los recursos pesqueros en la ZEE Argentina.

Los buques extranjeros que capturan sin control en la alta mar rompen el ciclo biológico, ya que —ecológicamente— es necesario asegurar el regreso del recurso a la ZEE donde realiza su etapa biológica más importante y, como bien refiere el Código de Conducta para la Pesca Responsable (Art. 6º inc. 6.5, 6.8, 6.9 y 6.18), respecto a la Ordenación Pesquera, los Estados deben aplicar el Criterio de Precaución en la conservación y la explotación de los recursos, teniendo en cuenta, el hábitat crítico, las zonas de cría y desove. El caso del calamar patagónico (Illex argentinus) es un ejemplo típico, ya que inicia su ciclo de vida anual en el área continental de la ZEE Argentina, migra al área de Malvinas y de alta mar y regresa al área original del ciclo, por lo cual, su captura sin control en Malvinas y en alta mar no solo dificulta su sostenibilidad sino que —vinculada su ecología trófica a otras especies y actuando como depredador o presa— afecta al total de las especies con las que interactúa en el ecosistema y, en la Argentina, muy especialmente a la merluza, especie central en la generación de industrias y empleo. Ello se ratifica en los propios considerandos del Acuerdo de Nueva York donde destaca que la depredación se produce por la pesca de alta Mar: “…algunos recursos se están explotando en exceso…”.

Se debe tener en cuenta, en segundo lugar, que las Organizaciones Regionales o subregionales de Ordenamiento Pesquero (en adelante OROP) y su integración por parte de Estados de Bandera supone la resignación de Argentina a la administración de los recursos pesqueros en todo el Atlántico Sudoccidental (por la composición mayoritaria en las OROP de Estados de Bandera sobre los ribereños), no solo en la alta mar sobre sus recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina, sino también dentro de ésta, conforme las normas de la CONVEMAR y las correspondientes al denominado Acuerdo de Nueva York (“las Poblaciones de Peces transzonales y altamente migratorios dentro y fuera de las Zonas Económicas Exclusivas”).

El Acuerdo de Nueva York es un engendro técnico que intenta hacerse de la administración del mar por parte de Estados de Bandera (contrario a la “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” que promueve la explotación del Atlántico Sur por parte de los países con ZEE en éste) y quitar o limitar las facultades soberanas de los Estados ribereños sobre la regulación de sus recursos pesqueros. Crea las OROP, organizaciones mayoritariamente integradas por Estados Banderas, que se constituyen en administradores que minimizan y dificultan las negociaciones directas entre Estados o empresas. Todo ello agravado, porque muchos de los principales Estados de Bandera (China, España, Corea del Sur, Taiwán, Japón, Reino Unido, etc.) que pescan en alta mar en el Atlántico Sur, subsidian con 35.000 millones de dólares (2019) las operaciones de captura; una cifra que representa el 35% del monto total mundial producido, lo que demuestra la vocación de estos países de hacerse de los recursos pesqueros, incluso a pérdida, contrario a todas las políticas de comercio de la OMC.

Por las reglas de la CONVEMAR y muy especialmente por la forma en que se pretende regular la pesca de la alta mar en el Acuerdo de Nueva York, se deja de manifiesto la clara intención de los Estados de Bandera (en su mayoría países desarrollados que pescan a distancia) de quedarse con los recursos de los Estados ribereños, de otro modo no podría entenderse que aquellos recursos que son de dominio de éstos en la ZEE, por el solo hecho de pasar la línea imaginaria de las 200 millas, puedan pescarlos terceros países y, aún peor, que los Estados de Bandera incidan sobre la administración de los recursos en la ZEE. Este criterio rompe con el más elemental modelo biológico y de sostenibilidad de las especies.

La Argentina en 1995 al ratificar la CONVEMAR efectuó algunas declaraciones al respecto (Ley 24.543 art. 2º inc. c): “…El gobierno argentino, teniendo presente su interés prioritario en la conservación de los recursos que se encuentran en su ZEE y en el área de Alta Mar adyacente a ella, considera que de acuerdo con las disposiciones de la Convención cuando la misma población o poblaciones de especies asociadas se encuentren en la ZEE y en el área de la Alta Mar adyacente a ella, la Argentina, como Estado ribereño, y los Estados que pesquen esas poblaciones en el área adyacente a su ZEE deben acordar las medidas necesarias para la conservación de esas poblaciones o especies asociadas en la alta mar. Independientemente de ello, el gobierno argentino interpreta que, para cumplir con la obligación que establece la Convención sobre preservación de los recursos vivos en su ZEE y en el área adyacente a ella, está facultado para adoptar, de conformidad con el derecho internacional, todas las medidas que considere necesarias a tal fin”, con lo cual la Argentina ha dejado clara su vocación de acordar las capturas en forma directa cuando existan poblaciones excedentarias.

Monumento a la Batalla de la Vuelta de Obligado, San Pedro, Provincia de Buenos Aires.

En tercer lugar, del total de 3.146.345 km2 de la ZEE Argentina el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido) ocupa un territorio marítimo argentino aproximado a los 1.639.900 km2 alrededor de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, según los espacios unilateral y arbitrariamente establecidos por el Reino Unido como “Zona de Administración y Conservación interina Pesquera” (FICZ para los británicos); “Zona Exterior de Conservación Pesquera” (FOCZ para los británicos) ambas alrededor de Malvinas; el Área de reserva ecológica alrededor de las Georgias del Sur y Sándwich del Sur y el GAP, de 1.900 km2 en el área nordeste de Malvinas. Es decir que a pesar de la Res. 31/49 de las Naciones Unidas y de los Acuerdos que se solicita denunciar, el Reino Unido ha ocupado en forma creciente y sostenida territorio nacional de los espacios originales ocupados en 1982, a saber: archipiélagos Malvinas (11.410 km2), Georgias del Sur (3.850km2), Sándwich del Sur (310 km2) y un territorio marítimo de tres millas alrededor de estos territorios insulares, por lo cual en la actualidad el Reino Unido ocupa un 52% de nuestro territorio marítimo e insular. Ello, sin computar los más de 1.400.000 km2 de la Plataforma Continental Argentina que los británicos han reclamado a la Comisión de Límites de las Naciones Unidas y la disputa pertinente por la Antártida Argentina (965.597 km2) y los territorios marítimos correspondientes. Todo esto le ha permitido al Reino Unido extraer ilegalmente (a través del otorgamiento de licencias) recursos pesqueros argentinos por un volumen anual promedio de 250.000 toneladas desde 1982 a la fecha de un valor anual estimado en los 650 millones de dólares y efectuar exploraciones de hidrocarburíferos.

Solo de la explotación pesquera ilegal del gobierno ilegal de Malvinas, la Provincia del Tierra del Fuego ha perdido desde 1982 a la fecha la suma 16.787,9 mil millones de dólares, por la captura ilegal (INDNR) de la especie calamar loligo (Doryteuthis gahi, Orbigny, 1835), más los daños por pérdida de chance y los valores relativos al otorgamiento de licencias ilegales de U$S 224.720.874.

El Acuerdo de Nueva York se excede a las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR) y, ello, no solo es contrario al propio Acuerdo que en su art. 4º indica que “Ninguna disposición en el presente Acuerdo se entenderá en perjuicio de los derechos, la jurisdicción y las obligaciones de los Estados con arreglo a la Convención…”, sino que, además, es absolutamente improcedente que un texto, que es parte de la CONVEMAR pueda modificarla, ya que para tal caso, requeriría de las Enmiendas previstas en ella y no abrir la puerta a que —en un futuro—- las OROP puedan modificar la letra y el alcance establecido por el conjunto de las Naciones e, incluso, generar discriminaciones entre los Estados según integren o no estas OROP como bien se ha fundamentado en el proyecto.

Respecto a las especies “altamente migratorias” el Acuerdo de Nueva York no podría ser aplicado jamás en las especies de la ZEE Argentina o su área adyacente, porque la CONVEMAR en su Anexo I, remite a en forma taxativa a determinadas especies que no incluyen a peces, crustáceos o moluscos del Mar Territorial o la ZEE Argentina. En cualquier caso, la falta definición de los términos “transzonal”, “altamente migratoria” o “migratoria”, mientras no se precisen los adjetivos especificativos y aprueben científicamente —dentro del Acuerdo— invalida toda pretensión de éste de reglamentar las prescripciones de la CONVEMAR.

La Argentina en los art. 4º, 5º y 22º de la Ley 24.922 reivindicó sus derechos sobre los recursos transzonales y altamente migratorios, por cuanto su biomasa global se encuentra en la ZEE Argentina, donde estas especies realizan gran parte de sus principales etapas del ciclo biológico, para luego migrar a la Alta Mar, donde son capturadas por los buques extranjeros, para, finalmente —los que logran evadir estas capturas— regresar a la jurisdicción de Argentina. Y esta última es la condición principal para considerar “migratorio” a un recurso, como lo indican los científicos del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) Ana Roux, Juan de la Garza, Rubén Piñero y Daniel Bertuche en su trabajo “La ruta de migración del langostino patagónico” (INIDEP. Inf. Téc. Of. 7/12 del 3/4/12), donde se define: “El término migración, en el sentido biológico, se refiere a los movimientos periódicos que algunas especies de animales realizan desde una región geográfica, y su subsecuente regreso…”.

En cuarto lugar, accesoriamente a lo expuesto, pero muy importante, debería rechazarse igualmente, la pretensión de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT) de aprobar en la Argentina un Convenio (ya aprobado por el Reino Unido) que carece de todo sustento, por cuanto esta especie no está presente en la ZEE ni el Alta Mar aledaño (Cousseau-Perrotta, INIDEP, 2000), pero que —aun tratándose de un Convenio respecto a las especies de Atún— da lugar al acceso a otras especies agregadas a éste.

La preeminencia en la Administración del ecosistema en el Atlántico Sudoccidental (ZEE y Alta Mar) la deben tener los Estados ribereños de Argentina y Uruguay y ello debe ser así porque nuestros países son los que realizan los estudios que determinan las Capturas Biológicamente Aceptables (CBA) o los Rendimientos Máximo Sostenibles (RMS) y se funda en que hay una prueba biológica irrefutable que avala esta posición: si nuestros países agotasen el recurso en la ZEE Argentina o Uruguaya se agotarían los recursos del área de Malvinas y en la alta mar. Ratificar el Acuerdo de Nueva York y propiciar el Convenio del Atún sería contrario al interés nacional y violatorio de toda la legislación Nacional y de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

En quinto lugar, se entiende como necesario, mientras esté en debate el Pacto Foradori-Duncan y se procede a su denuncia, debieran suspenderse los vuelos autorizados a la República de Chile y Brasil. Respecto a este último vuelo autorizado a partir del referido pacto debería tenerse muy presente que la ciudad de San Pablo y Gran San Pablo con una población AB1 de 30 millones de personas puede absorber todas las extracciones pesqueras del área de Malvinas y es una puerta a exportaciones al mundo y el intercambio comercial necesario con las islas, además de servir para el recambio de tripulaciones, reposición de insumos, alimentos, etc. lo cual se agrava con la salida del Brexit que podría, a partir de enero de 2021, significar el retiro de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur como territorios británicos (ilegales) de Ultramar en la Unión Europea y la consecuente aplicación de aranceles a los productos originados en Malvinas.

Argentinos, si vamos a conmemorar el día de la Soberanía Nacional, que sea con hechos que estén a la altura de nuestros héroes nacionales, los de 1845 y los de 1982.

 

 * Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad. 

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