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EL STURZENEGGER POR LA BOCA MUERE

César Augusto Lerena*

Artículo publicado (tapa) por Página 12 el 17 de febrero de 2024.

 

Sturzenegger es, sin dudas, un hombre de la «casta»…

El Poder Ejecutivo retiró el proyecto de ley ómnibus pero no parece dispuesto a renunciar a sus intenciones y cumplirlas por otras vías. Aprovechando la invitación a disertar en un simposio celebrado en Miami, el cerebro del proyecto, Federico Sturzenegger, insistió en mencionar al sector pesquero argentino como un factor negativo. Incluso citó la Ley Federal de Pesca promulgada por el presidente Carlos Menem en 1997.

Dijo Sturzenegger que en lugar de la ley vigente un nuevo régimen «buscaba licitar los permisos de pesca para que el Estado obtenga un mayor beneficio, pero la iniciativa no prosperó en el Congreso debido al lobby de las empresas pesqueras».

En general los proyectos de ley se tratan en las comisiones específicas del Congreso. Respecto a la reforma de pesca, debió tratarse en la Comisión de Intereses Marítimos, cosa que no ocurrió, discutirse y eventualmente aprobarse por los diputados de esa representación. Finalmente, si se logran los consensos adecuados un proyecto puede recibir la media sanción parlamentaria si la mayoría lo aprueba en el recinto.

Cuando son proyectos del Poder Ejecutivo, como este caso, se presentan a defender la propuesta los ministros, secretarios o subsecretarios del área. Cuestión que insólitamente tampoco sucedió. En varios escritos insté al secretario de Bioeconomía Fernando Vilella y al subsecretario de Pesca José Antonio López Cazorla a que dieran su opinión. Ante su silencio lo mejor fue aplicar aquel proverbio que dice que «hay que pegarle al chancho para que aparezca el dueño». Y apareció. Se llama Federico Sturzenegger. Queda claro porque fue uno de los temas que eligió para su exposición en el Miami Herbert Business School.

¿A qué economista se le ocurriría hablar en un foro de esta naturaleza sobre un tema tan complejo ajeno a su especialidad y a la de la universidad que lo convocó si no fuese porque se trata del autor del proyecto seriamente cuestionado por todo el arco político, empresario, gremial y técnico, a punto tal que debió ser retirado de la ley ómnibus?

Hay cierta egolatría en los autores de los textos ―aun los malos― y es frecuente que el pez por la boca muera cuando no dispone de argumentos sólidos.

Es el caso de este profesor que, entre otras cosas, indicó: «La Argentina tiene un mar lleno de peces (donde) hay unas pocas empresas que pescan gratis los peces de todos nosotros, de lobbies y de un adormecimiento de la sociedad durante cincuenta años (…) un régimen de pesca con un origen muy militar (…). No hay derechos de propiedad en el mar, el gobierno da la autorización para pescar a alguien y cobra por eso. En Argentina se cobra un 0,15 por ciento. O sea, es gratis. Cuando uno lee la ley de pesca se da cuenta de que los militares lo que querían eran barcos (y) decían: hacéme un barco y yo te regalo la pesca (…). Luego se armó un sistema donde a aquel que tenía la pesca se le mantuvieron los privilegios. Nosotros quisimos plantear que esos permisos de pesca se tenían que licitar (y) no conseguimos ningún voto». Los textuales están tomados de la Revista Puerto del 14 de febrero último.

El proyecto viola la Constitución Nacional y el artículo 25º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales, Culturales, Civiles y Políticos (16/12/1966) porque «menoscaba el derecho inherente de los pueblos a disfrutar y utilizar plena y libremente de sus riquezas y recursos naturales» y por ello, seguramente, no obtuvo ni un solo voto en el Congreso.

Sturzenegger es, sin dudas, un hombre de la «casta» y es llamativo que no hubiese planteado antes que «la pesca es un negocio de unos pocos» ya que fue secretario de Política Económica con Fernando de la Rúa en 2001, presidente del Banco Ciudad (2008-2013), diputado nacional (2013-2015) y presidente del Banco Central (2015-2018). No podría decirse que no era un hombre informado, ya que fue considerado «el segundo economista académico residente en Argentina con mayor impacto en la ciencia económica» (Ranking IDEAS). Aunque, sería bueno recordar también que según CEPA «la política monetaria del organismo conducido por Sturzenegger le costó al Estado unos 1,2 billones de pesos, y el déficit fiscal del 2017 fue el tercero más alto de la historia». Sturzenegger no tiene ningún antecedente en una actividad productiva. Tampoco en la pesca.

No siendo funcionario del gobierno actual, es evidente que Sturzenegger se expresa en su calidad de autor del proyecto en estas charlas de difusión popular. Pero de la lectura de la reforma que propone no solo se desprende que no conoce la industria pesquera. También surge que está promoviendo un pésimo proyecto económico y un modelo depredador que ha sido dejado de lado hace treinta años por las administraciones pesqueras más desarrolladas y modernas del mundo. Por lo cual, si realizó los mismos comentarios que hizo en Miami en la Fundación de Rockefeller de la Universidad de Harvard, en la Universidad de San Andrés y en la Universidad HEC de París, la información que difunde es como mínimo errónea e incompleta. Además, desalienta seriamente las inversiones en esta materia en la Argentina y daña severamente a la industria argentina de capital nacional o extranjero radicada en el país. Esa industria compite en el mercado internacional con las reglas de éste. Lo hace incluso bajo las políticas poco competitivas de distintos gobiernos, entre otros el que lo tuvo a Sturzenegger como funcionario jerarquizado y esencial en la política monetaria.

Llama la atención, también, que Sturzenegger se refiera al negocio de pocos y a los lobbies, ya que si de ello se hubiese enterado recién en diciembre pasado habría que preguntarse por qué el gobierno actual designó como subsecretario de Pesca al citado López Cazorla que ha sido miembro del Consejo Federal Pesquero desde el 2006 a 2019 y, por tanto, directamente responsable de establecer la política pesquera, de aprobar permisos, cuotas y autorizaciones de captura y de fijar los valores de los derechos de captura a las empresas. En ese período Sturzenegger era presidente del Banco Central.

Por otra parte, el mar no está lleno de peces que puedan capturarse, como dijo en Miami. Las «capturas máximas sostenibles» las determinan el Instituto Nacional de Investigación (INIDEP) y el citado Consejo Federal, de modo tal que la máxima explotación posible sin dañar el ecosistema se distribuya en unos 520 buques también habilitados por este Consejo. El otorgamiento de cuotas y autorizaciones se realiza mediante una serie de exigencias definidas en los artículos 26º y 27º de la Ley 24.922 que el proyecto de Sturzenegger precisamente desnaturalizó.

La intención de Sturzenegger es que el simple pago de un canon permitiese a buques extranjeros el acceso a la Zona Económica Exclusiva. Quiere allanarles el mar a estas flotas, que hubiesen podido tener cualquier antigüedad y utilizar solamente mano de obra extranjera. Y además, y muy importante, podrían desembarcar en cualquier puerto extranjero e incluso efectuar transbordos en el mar, procedimiento que la FAO considera una de las primeras causales de la pesca ilegal.

La mayoría de los buques que pescan a distancia, contrariando a la Organización Mundial de Comercio, lo hacen subsidiados. No pagan aranceles en sus países y realizan la pesca con trabajo esclavo. Incluso pescan a pérdida, porque vienen por la más importante proteína de origen animal.

El proyecto de Sturzenegger atrasa 30 años. La captura extranjera llevaría a cambiar el sistema de cuotificación implementado en la Argentina en 2008 por imperio de la Ley 24.922 sancionada en 1998 y no en el gobierno militar como refiere. El sistema quedaría reemplazado mediante la extracción por «pesca olímpica», un método descartado en el mundo. Se repetiría el error cometido en 1986 con los Acuerdos con la URSS-Bulgaria y en 1994 con la Unión Europea. Éste último acuerdo produjo una depredación sin precedentes. Su denuncia fue muy dificultosa por la asimetría económica y comercial entre los países partes. En ambos casos los acuerdos se limitaron a la captura de supuestos excedentes y no al total del stock pesquero que plantea el proyecto.

Todo ello, que omitió decir Sturzenegger en su charla de Miami, hubiese producido el más absoluto descontrol de la pesca y la consecuente depredación en el Atlántico Sur. La caída de las exportaciones pesqueras argentinas. La quiebra del sector con la consiguiente desocupación y el éxodo de las poblaciones portuarias de la Patagonia. Un procedimiento de apertura del mar argentino a flotas extranjeras que no tiene antecedente en ningún país desarrollado. Tampoco en los Estados Unidos, donde Sturzenegger dio su charla. Solo se aplica en Costa Rica, Guatemala, Panamá, Puerto Rico, la República Dominicana y algunos países africanos, que no tienen desarrollada su flota, su industria ni sus mercados pesqueros.

Sturzenegger desconoce que el sistema de licitación fue desechado en todos los países del mundo desarrollado por ineficaz para promover una pesca sostenible, sustentable y estable en los Estados ribereños. La pesca no es la construcción de una ruta. Requiere previsibilidad y tiempo. Chile es el único país que «licita internamente» el 15 por ciento de sus cuotas y lo hizo mediante una negociación para promover el interés de nuevos actores a cambio de otorgar a los empresarios cuotas de pesca por veinte años con opción a otros veinte.

Referirse a que «Una posibilidad de éxito se basa en empobrecer a aquellos que empobrecen al pueblo, buscar mecanismos para restarles esos recursos, porque esos recursos van a ser usados como mecanismo de bloqueo a cualquier proceso de reforma», es incalificable. En este proyecto hubo intencionalidad, perversidad, audacia y desprecio por la industria nacional. No puede dejarse en estas manos el diseño de políticas que llevarían a la destrucción de un sector productivo, generador de pueblos e industrias en el litoral marítimo patagónico con la más baja densidad poblacional del país. Pero también afecta la industria pesquera de Mar del Plata, donde se desembarca el 50 por ciento de las capturas nacionales.

Sturzenegger también omitió hablar de la derogación del art. 27 bis (la Ley 26.386) que abriría el mar argentino a los buques que pescan en forma ilegal en Malvinas, violando la Constitución Nacional.

La Ley de Pesca debe reformarse en la mayoría de los artículos, pero absolutamente en ninguno de los propuestos por el animador de la ley ómnibus. Sturzenegger debería haberse ocupado en determinar cuál es el valor sustentable de los derechos de captura y por qué el Consejo Federal no habría establecido desde 1998 a la fecha. Debió conocer si todos los buques cuentan con la habilitación legal y cuál es el resultado del Informe de la Auditoría de la UBA. Por qué motivo los fondos provenientes del cobro de derechos de captura en la Zona Económica Exclusiva no son distribuidos adecuadamente para solventar el total de gastos del Estado en investigación y control. Por qué existe concentración en la actividad. Cuáles son las razones por las cuales tratándose de recursos de dominio del Estado se negocian las transferencias entre privados y por el contrario la reforma eliminaba la intervención de la Autoridad de Aplicación; por qué motivo el gobierno no ha iniciado acciones a los buques extranjeros que pescan en Malvinas; por qué se siguen admitiendo los descartes que permitirían alimentar a tres millones de niños por día. Por qué no se ha actuado sobre los Estados de la flota extranjera que pesca los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva.

«Un Estado sin pesca nada puede sobre la mar», escribió Manuel Belgrano. En el siglo XIX ya tenía ideas más claras que el disertante de Miami.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. www.cesarlerena.com.ar

EL MODELO DE ENAJENAR LOS BIENES DEL ESTADO VOLVERÁ SOBRE LA REFORMA PESQUERA

César Augusto Lerena*

El pescado es un bien del Estado. Algunos referentes afines al gobierno manifestaron que el sector pesquero se quedaba por unas monedas con un recurso de todos los argentinos. Para contrastar con estas afirmaciones, el sector y distintos opinantes refirieron que los empresarios aportaban el 35% de las ventas. Una discusión distractiva que esconde el verdadero objeto de reformar la ley de pesca que, a juzgar por su contenido original y, aún luego de la primera corrección, tenía como objetivo llevar adelante un programa de liberar el mar al mejor postor, lo mismo que justificó al gobierno el intento de derogar la Ley de Tierras.

Cuando el autor o autores, ni el Subsecretario del ramo, no pueden defender la reforma, nos lleva a pensar que el proyecto a tratar en Diputados era indefendible técnicamente. Se basó en cuestiones que no pueden fundarse y/o en razones ideológicas fundamentalistas que podrían dar a lugar, incluso para llevarlas adelante, a destruir un sector industrial que compite internacionalmente pese a la errática e inconsistente política económica argentina. Como la eventual privatización de algunas empresas (YPF, INVAP, etc.) no importa si generan o no superávit o si son estratégicas para la Nación; da lo mismo, si las empresas pesqueras o la industria naval son nacionales o extranjeras y tampoco si la explotación es sostenible y sustentable.

Es el modelo en el que está en juego. El remate al mejor postor, no hay fundamentos relativos a la estrategia nacional, al desarrollo poblacional e industrial ni la generación de empleo argentino.

Señores empresarios no se distraigan, el gobierno insistirá a través de Decretos, muchas de las cuestiones planteadas en la reforma fallida podrían haber sido de resorte del ejecutivo o, bien, Decretos de Necesidad y Urgente (DNU) o a través de una nueva ley en las Sesiones Ordinarias y entonces sería deseable que el sector pesquero y la industria naval tengan un proyecto, no de maquillaje sino de una verdadera reforma moderna, profunda, sostenible y sustentable.

Hay cambios que hacer en la actividad pesquera y no se puede seguir llorando sobre la leche derramada. Siempre será preferible que los cambios resulten de la discusión interna en el sector. Nosotros hemos concluido ese proyecto y lo debatiremos en el ámbito empresario o público.

Para quienes no hay podido recibir nuestro último artículo de opinión (César Lerena, “Un día después del intento de enajenar la pesca y la industria naval nacional”, 01/02/2024) lo transcribimos:

«Se dejaron sin efecto los artículos de modificación de la Ley de Pesca y hubo un respiro de alivio en el sector pesquero, industrial naval y las industrias anexas; pero, aunque pareciera, nada ya volverá a fojas cero.

Antes de analizar lo que deja el proyecto de reforma de la Ley de Pesca, sería bueno saber ¿quién fue el autor de esta iniciativa?, ya que, contrario a cualquier proyecto de ley puesto a consideración del Congreso, este careció de fundamentos que pudieran justificar el cambio de 180 grados que se proponía. Por otra parte, ha sido muy llamativo que el secretario de Bioeconomía Vilella o el Subsecretario de Pesca López Cazorla no hayan salido a explicar el proyecto del P.E.N. Por mucho menos, cualquier presidente les hubiese pedido la renuncia.

Aun así, esta reforma puso de manifiesto, más que la calidad de sus textos la debilidad del sector pesquero, cuya actividad es poco conocida en la sociedad, en los propios ámbitos de poder e incluso en el Ministerio del área, donde es la prima pobre y fea de la Agricultura y Ganadería. Y lo peor es que en algunos casos, incluso, se ventila una mala imagen promovida por parte de algunos de sus actores, a pesar de ser parte indivisa de lo que se cuestiona. Esto requerirá un necesario cambio de las reglas de juego.

Hay quienes deslizaron que los diseñadores de esta reforma desconocían la actividad y el proyecto tenía como objetivo una mera cuestión recaudatoria. Nosotros creemos que no es ni una ni otra. Por un lado, para elaborar este proyecto se debió contar con el aporte indispensable de alguien vinculado a la pesca, capaz de analizar la ley de pesca vigente, ya que se efectuaron cambios destinados a producir un importante diseño que hubiera implicado la destrucción de la industria pesquera nacional existente para permitir el acceso de buques de terceros países, estén o no pescando en la actualidad los recursos migratorios argentinos más allá de las 200 millas de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) Argentina o en Malvinas con licencia ilegal de los isleños británicos. Hubo conocimiento, perversidad, audacia y desprecio por la industria nacional.

Aumentar ostensiblemente el canon a través del ingreso de buques extranjeros a la ZEEA; no requerirles ninguna antigüedad a las embarcaciones ni que desembarquen en puertos argentinos y no exigirles tripulación argentina, no hubiese aumentado la recaudación del Estado ya que, como hemos visto en el informe estadístico de las empresas, “la pesca no aporta el 0,2% sino el 35% de las ventas” (Karina Fernández, Revista Puerto, 30/01/2024). Aun así, es una facultad del Consejo Federal Pesquero, que está integrado por funcionarios nacionales y provinciales quienes pueden decidir sobre el aumento de los derechos de captura, etc., que, en cualquier caso, no puede ser arbitrario sino tener en cuenta todas las variables internas y las derivadas del comercio exterior.   

Habiendo eliminado ―como se hizo ante las primeras quejas― algunas de estas excepciones a la ley, no puede esperarse que una actividad se desarrolle y genere más recursos, si las herramientas que se utilizan no están destinadas a producir más y mejor; para ello, lejos de desestimarse las exigencias previstas en el artículo 26º y 27º de la Ley 4.922 de Pesca, hay que profundizarlas para premiar a quienes invierten,; agregan valor y generan productos de calidad destinados en forma directa a las góndolas de los mercados consumidores; destinan parte de su producción al mercado interno y promover el consumo nacional que está entre los más bajos de Latinoamérica; incorporen tecnología de última generación; capturan y procesan forma sostenible; no pescan en forma ilegal y no realizan prácticas prohibidas, en especial no descartan materias primas aptas para el consumo; capacitan y generan mano de obra calificada y registrada; fabrican sus buques en astilleros nacionales públicos o privados y ponen al servicio de la explotación buques de menor antigüedad y seguros; radican sus empresas en lugares estratégicos y de baja densidad poblacional; trabajan con responsabilidad social en relación a sus comunidades, etc.

Quien propició esta reforma no desconocía estas exigencias, por el contrario, las eliminó para facilitar el acceso de buques extranjeros a la ZEE Argentina. Tampoco podía desconocer que el sistema de licitación pública se desechó en el mundo desarrollado por ser ineficaz para promover una actividad pesquera sostenible y sustentable en los Estados ribereños. Y ello es muy importante, porque de ellas dependen las empresas y los trabajadores. No debería haber proyecto aprobado por la Autoridad de Aplicación sin sustentabilidad.

Esta reforma podría haber tenido como objeto un proyecto de explotación extranjera directa que hubiera requerido de oficinas ad-hoc en la Argentina para llevar adelante “los negocios” pertinentes o destinado a facilitar el uso de puertos argentinos a embarcaciones extranjeras que pescan ilegalmente al margen de la ZEE Argentina, como el que denunciamos, cuando se promovía la construcción del puerto de Río Grande… Ambos objetivos se habrían sustentado también con la derogación del Artículo 27 bis de la Ley 24.922 que hubiera permitido que buques con licencias ilegales en Malvinas lo hicieran también la ZEE Argentina y viceversa.

Este proyecto no se trató de un mero aumento del canon para pescar; que, si de eso se trataba, hubiera bastado ―como dijimos― con una mera resolución fundada del Consejo Federal Pesquero; o bien, aunque no se dice, este Consejo pudo ser parte del problema, donde el actual Subsecretario fue 13 años su miembro.

Podría ser peor en el futuro y no quiero avivar giles, por eso daré un solo ejemplo, donde la reforma mantenía un párrafo del artículo 27º: “Las cuotas de captura serán concesiones temporales que no podrán superar por empresa o grupo empresario aquel porcentaje que fijará el Consejo Federal Pesquero sobre la Captura Máxima Permisible por especie a efectos de evitar concentraciones monopólicas indeseadas”; un mecanismo que podría dar lugar a que un pequeño número de personas diga cuándo una concentración “es indeseable” y, con este justificativo u otro biológico sin el respectivo fundamento, no se reduzca la cuotas sino los días de pesca, haciendo inviable la actividad pesquera, en favor de nuevos permisos y/o o cuotas (véase antecedentes de los recortes en la Unión Europea) o, todo lo contrario, que unos pocos se queden con todas las cuotas.

Nada de esto lo tuvo en cuenta el sector pesquero. Se manejó a puro instinto, como cuando salía a pescar a mediados del siglo pasado con las lanchitas amarillas apelando a la pura abundancia. Y es notable, porque todos sabemos que hablamos de un recurso que debe tratarse “en forma conjunta e integral”, como refiere a FAO y la Convención del Mar (CONVEMAR) … por lo cual es verdaderamente notable que exista tal número y diversidad de Cámaras y de Gremios, atomizando la estrategia sectorial que, dificulta, una política acordada.

En este proceso angustiante no estuvieron los argentinos en defensa de esta actividad, porque “viven de espaldas al mar”, a pesar de que el territorio marítimo sea mucho más amplio que el continental y es que “no se quiere lo que no se conoce” y los gobiernos de turno y toda la actividad tienen una gran deuda al respecto. Tampoco hablaron los consumidores, porque la Argentina tiene un bajísimo consumo per cápita de 4,8 kg por año, por debajo del promedio de Latinoamérica y África.

No estuvieron los intendentes de las ciudades-puertos ―a excepción de Montenegro en Mar del Plata― que deberían entender que esta actividad es formadora de pueblos, de radicación de industria y generadora de empleos. Y los gobernadores del litoral marítimo se opusieron a la reforma; pero ¿quiénes son, al igual que en el sector agropecuario, los diputados y senadores nacionales y provinciales, cualquiera sea su pertenencia política, que representan y conocen las virtudes de esta actividad?»

“Una victoria más como ésta y estamos perdidos” James Joyce, Ulises

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar

LA REFORMA DE LA LEY DE PESCA DEBERÍA DESECHARSE

César Augusto Lerena*

Ya nos hemos referido en varios trabajos anteriores a la reforma que propicia el Poder Ejecutivo Nacional en su mensaje 007 y en el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, cuyo texto final “acordado” habría concluido en un dictamen de las Comisiones de Legislación General, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y que, a nuestro juicio, debería ser desechado en su totalidad.

No es necesaria esta reforma de la Ley de Pesca[1] para modificar el sistema de adjudicación de permisos y cuotas. La Autoridad de Aplicación, no es otra cosa que un mero ejecutor de las políticas del PEN y éste puede con la ley 24.922 adjudicar cuotas mediante licitación. En cualquier caso, en general los pliegos de licitaciones, no adjudican solo por los precios, sino por un conjunto de hechos que dan valor a la oferta.

Tampoco es necesaria esta reforma para cambiar lo que el gobierno entiende como una apropiación gratuita de los recursos pesqueros por parte de las empresas, ya que en todo caso ―si fuera cierto― sería responsabilidad del gobierno que da en concesión el recurso y no del concesionario.

Las ofertas no pueden solo relacionarse a las cuotas[2], sino que deben referenciarse al buque, tipo de flota, especie y, zona de pesca. Ello asegura una mayor selectividad, actividad industrial, más valor agregado y un mayor valor a la sostenibilidad del recurso. Por otra parte, los valores de las ofertas deberían estar vinculados al valor internacional del producto fijado por el mercado; los costos de extracción e industrialización; los costos laborales; la paridad cambiaria; los impuestos internos y los aranceles de importación, etc. y en relación a las inversiones a efectuar, etc.

Quitarle la función al Consejo Federal Pesquero (CFP) de “aprobar los permisos de pesca comercial y experimental”[3] es absolutamente innecesario ya que, si se aplicase el sistema de licitación, finalmente ésta debe ser aprobada por una Autoridad.

No es posible adjudicar solo por la mayor oferta[4] sin establecer una serie de parámetros destinados a calificar a las empresas según su capacidad técnica; las inversiones realizadas en el continente; la mano de obra empleada; el valor agregado de su producción destinada a la exportación o el consumo interno; la radicación estratégica de plantas industriales procesadoras en el territorio nacional; la construcción de los buques pesqueros en la Argentina y su antigüedad, etc. El tipo de actividad requiere del análisis de todas estas cuestiones, ya que no se trata de una actividad golondrina, si lo que se quiere es generar recursos económicos, radicación industrial, empleo, etc.

Los plazos de otorgamiento de los permisos no pueden ser fijos de 10, 20 o 30 años[5] sino que éstos debieran estar relacionados con la sostenibilidad del recurso, las inversiones realizadas, la ecuación necesaria para dar sustentabilidad económica a la empresa y, en el caso de las pequeñas empresas se debería asegurar una “unidad productiva pesquera”.

Pese a referirse a la concentración indeseable que refiere el proyecto[6] se omiten los casos de buques alquilados y también a los buques que de hecho trabajan para una empresa sin pertenecer a ella, lo que hace que en la práctica se acceda a nuevas cuotas.

Respecto a las transferencias sin autorización previa[7], es un procedimiento incorrecto. La Autoridad de Aplicación debe estar informada, porque es la forma de auditar el cumplimiento de las condiciones de otorgamiento y administrar adecuadamente el recurso.

Es un absurdo económico el sistema de preferencias que plantea otorgarles a las empresas instaladas el 50% de la cuota al mayor valor ofertado[8]. Reducirle a una empresa el 50% de la cuota o autorización es condenarla a la quiebra. Sin pescado no hay actividad pesquera.

Derogar el art. 1º de la Ley 26.386[9], es permitir que buques que pescan con licencias ilegales británicas en Malvinas puedan estar habilitados por la Autoridad de Aplicación para pescar en las aguas continentales argentinas y viceversa. Lo consideramos gravísimo y estaríamos de hecho ratificando el Pacto Foradori-Duncan que refería a quitarle todos los obstáculos al desarrollo de las islas.

Lo previsto en el proyecto[10] elimina cuestiones relativas a la caducidad de permisos, cuotas, etc. que deben tenerse en cuenta para una buena administración.

El texto[11]: “El derecho de extracción a pagar por quienes hayan sido adjudicatarios en las licitaciones de cupos de pesca será definido en dicho proceso licitatorio y no podrán ser modificados”. En lo económico ignora la inflación argentina y, en lo biológico desconoce qué el recurso biológico interviene en un ecosistema, donde existe una interrelación y una economía trófica entre las especies y fenómenos biológicos que deben ser permanentemente evaluados y, anualmente establecidos, de acuerdo a la Captura Máxima Sostenible determinada por el INIDEP.

La anulación[12] del art. 34º de la Ley 24.922 es absolutamente inconducente.

Finalmente, si se usan determinados parámetros para la adjudicación igualmente deberían tenerse para las locaciones[13].

En el proyecto[14] indica que “se respetarán y serán válidos los permisos, autorizaciones de pesca y cuotas ya otorgadas mediante la Ley 24.922 hasta su vencimiento”, lo que resulta adecuado. Ha desaparecido el art. 244º que modificaba el art. 25º de la Ley 24.922; es decir, que toda la producción de los buques pesqueros debe ser desembarcada en los puertos nacionales y, también, lo el art. 252º que derogaba el actual art. 40º de la Ley, de modo que la tripulación seguirá siendo argentina, en el porcentual que establece la ley. Una buena iniciativa pero insuficiente.

La Ley 24.922 hay que reformarla pero, no se puede construir en un mes cuestiones que costaron años consensuar, adaptar, mejorar e incluso descartar. Es de una alta irresponsabilidad tratar con tanta liviandad asuntos que afectan a las regiones, las personas y las empresas que radicadas desde decenas de años en el país construyen soberanía; asentaron poblaciones e industrias en regiones inhóspitas del país y ocupan el mar argentino.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana (CESPEL). Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Web: cesarlerena.com.ar

 

** Artículo publicado por “El Economista”, 23/01/2024.

 

Referencias

[1] Art. 211º ex 242º relacionado al art. 7º y el art. 217º ex 249º relacionado al art. 29º de la ley 24.922.

[2] Art. 211º ex 242º relacionado al art. 7º de la Ley 24.922.

[3] Art. 212º ex 243º relacionado al art. 9º de la Ley 24.922.

[4] Art. 213º ex 245º relacionado al art. 26º y el 214º ex 246º relacionado al art. 27º de la Ley 24.922.

[5] Art. 213º ex 245º relacionado al art. 26º de la Ley 24.922.

[6] Art. 214º ex 246º relacionado al art. 27º de la Ley 24.922.

[7] Art. 214º ex 246º relacionado al art. 27º de la Ley 24.922.

[8] Art. 214º ex 246º relacionado al art. 27º de la Ley 24.922.

[9] Art. 215º ex 247º que cambia el texto y objeto del artículo 27º bis de la Ley 24.922.

[10] Art. 216º ex 248º relacionado al art. 28º de la Ley 24.922.

[11] Art. 217º ex 249º relacionado al art. 29º de la ley 24.922.

[12] Art. 218º ex 250º.

[13] Art. 219º ex 251º relacionado al art. 36º de la Ley 24.922.

[14] Art. 220º ex 253º.