El gobierno del Presidente Milei ha realizado diversas acciones que reiteradamente incumplen la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional; violando el artículo 93° que indica que el Presidente debe “observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina” y, según se trate, podrían también quebrantarse varios incisos del artículo 75° y el 99°.
Por los artículos 2 y 3 de la Ley 24.309 sancionada en 1993 aprobó, que la Convención Constituyente incorpore a la Constitución las disposiciones transitorias que fueran necesarias y ello dio lugar a la Disposición que prescribe: «La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino». Fue el resultado de un consenso multipartidario en Argentina, liderado por el Movimiento Justicialista y la Unión Cívica Radical, atendiendo un sentimiento popular profundamente arraigado y, de carácter transversal sobre los derechos territoriales y marítimos de Malvinas y demás archipiélagos del Atlántico Sur, cuyo objeto fue “constitucionalizar” el reclamo histórico de Malvinas y darle entidad de “política de Estado”.
El aporte de varios juristas destacados, entre ellos el Dr. Alberto García Lema -un abogado cercano al peronismo- y con el aporte -y la presión- de combatientes de Malvinas; permitieron obtener un texto final muy ajustado a la defensa de la soberanía nacional en el marco de la tradición diplomática argentina y el el derecho internacional. la Disposición debe interpretarse como el resultado del consenso y en el contexto post-1982. Fue unánime entre peronistas, radicales y otros partidos respecto a “la recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía”, la “reafirmación legítima; permanente; irrenunciable e imprescriptible de Malvinas”.
Por cierto, al momento de redactarse pareciera que no se ha querido enfrentar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ya que entendemos que esta Disposición debería haber contemplado una posición argentina más activa, por ejemplo, estableciendo la prohibición de llevar adelante cualquier acto favorable a los británicos mientras dure la invasión.
Tampoco se establece un mecanismo relativo a las eventuales violaciones del Reino Unido respecto a lo previsto en el inciso 4 de la Res. 31/49 de las Naciones Unidas que «Insta a las dos partes a abstenerse de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación, mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado (de negociación) de las resoluciones de la ONU».
Estaría faltando una Ley del Congreso que precise los alcances de esta Disposición; porque este gobierno (y anteriores) no parece haber entendido que esta Disposición Constitucional, como se dijo, contó con el apoyo de todo el arco político para institucionalizar como “Política de Estado” los derechos inalienables de la Argentina sobre las Malvinas, los archipiélagos del Atlántico Sur y las aguas correspondientes. Motivo suficiente para que ningún Presidente, Ministro, Legislador, etc. realice acciones que -directa o indirectamente- atenten contra recuperación de la soberanía plena argentina sobre los espacios insulares y marítimos usurpados por el Reino Unido de Gran Bretaña.
Son varias las trasgresiones a la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional:
a) Falta de acciones y/o declaraciones oficiales y/o renuncia u omisión del reclamo de soberanía -que es legítima, imprescriptible, irrenunciable y permanente- frente a todos los hechos del Reino Unido que impliquen modificar el estatus de 1976 (Res. 31/49 ONU), entre otras, la invasión de 1.639.900 Km2 de territorios insulares y marítimos argentinos; la militarización de las islas (OTAN); la explotación de los recursos naturales; la violación de los espacios aéreos argentinos; la construcción de puertos, entre otros.
b) Aprobar los Acuerdos de Madrid de 1989/90 que establecieron restricciones a la soberanía nacional y, entre otras cosas, facilitaron la apropiación de los recursos naturales y la depredación del ecosistema.
c) Sancionar la Ley 23.968 que permitió la delimitación británica de las líneas de costa de las islas Malvinas.
d) Sancionar la Ley 24.184 de protección y promoción de las inversiones británicas que otorga privilegios a al Reino Unido a pesar de su invasión territorial y explotación de los recursos argentinos.
e) Aprobar Declaraciones Conjuntas contrarias a la soberanía argentina, tales como el Pacto Di Tella-Rifkind de 1995, permitiendo al Reino Unido la explotación petrolera en áreas en disputa; el Pacto Foradori-Duncan de 2016 que ratificó la cooperación en pesca, la ciencia y petróleo en el Atlántico Sur, y “promoviendo eliminar todos los obstáculos para desarrollo de Malvinas”, en obvia referencia a la Disposición Constitucional. Luego el Pacto Mondino-Lammy en 2025, sobre pesca, vuelos y medio ambiente. Todos ratificatorios de los Acuerdos de Madrid, debilitando la posición argentina. La aprobación de los vuelos entre Malvinas y Punta Arenas y/o con San Pablo -el mayor centro comercial latinoamericano- que sobrevuelan los espacios aéreos argentinos -incluso entre Malvinas y el continente- tiene un evidente beneficio económico y de integración de los isleños, sin reconocimiento de la soberanía plena de argentina.
f) No aplicar sanciones legales –pese a las leyes 24.922; 26.386 y 27.564- a la explotación pesquera por parte de los buques extranjeros en los espacios marítimos argentinos de Malvinas sin licencia argentina.
g) Efectuar declaraciones apartadas de la posición diplomática argentina de sostener la “integridad territorial argentina” de los espacios invadidos por el Reino Unido, como las que manifestó en septiembre de 2023 y junio de 2024 la ex Canciller Mondino y el Presidente Milei el 2 de abril de 2025.
h) Tratar a las autoridades ilegítimas de las Malvinas como un gobierno soberano legítimo como, por ejemplo, cuando en febrero de 2024 el Presidente Milei manifestó que “estando las Islas en manos del Reino Unido” el Canciller británico David Cameron tenía “todo el derecho” de visitar las Islas.
i) Apoyar a Estados -como Israel- cuya empresa Navitas explota los recursos petroleros argentinos en el área de Malvinas o adoptar posiciones contrarias a los países que tradicionalmente apoyan a Argentina en la cuestión Malvinas (caso de Palestina-Israel). Del mismo modo, tener contacto con la Presidente de Kosovo Vjosa Osmani en septiembre de 2025, cuya posición se contrapone a la de Argentina en Malvinas.
j) Falta de acciones activas diplomáticas, culturales o económicas destinadas promover la cuestión Malvinas o no incluirla en la agenda bilateral con el Reino Unido. Tolerar que la Embajada del Reino Unido promueva becas a estudiantes para “conocer a sus vecinos” de las Islas, como si fuese un Estado independiente.
k) Impulsar en el Congreso un Área Marina Protegida «Agujero Azul», a propuesta de la ONG Wildlife Conservation Society (WCS), propietaria de las islas Sebaldinas en Malvinas, estableciendo un área de protección de los intereses pesqueros del Reino Unido en Malvinas, violando la Disposición Constitucional. No hay acciones del P.E.N. contra esta ONG por inmiscuirse en asuntos del Estado Argentino.
l) Admisión y falta de desactivación de la instalación de la antena-radar de la empresa de capitales británicos LeoLabs en la localidad de Tolhuin de Tierra del Fuego con capacidad de rastreo orbital (satélites militares), pese a informes militares argentinos negativos. Decreto del P.E.N. permitiendo en Tierra del Fuego ejercicios militares de tropas estadounidenses -socios de los británicos invasores de Malvinas- y chilenas -país colaborador de los ingleses en 1982- sin autorización del Congreso Nacional (Art. 78° inc. 28 CN), violando la Disposición por su relación con Malvinas, la Antártida y las aguas de soberanía argentina.
m) No declarar en Estado de Sitio en acuerdo con la Provincia de Tierra del Fuego en el territorio invadido por el Reino Unido conforme el Art. 23° de la Constitución Nacional.
n) No ejecutar las acciones necesarias ante la República del Uruguay para concluir el apoyo logístico que ese país le presta en Montevideo a los buques relacionados con las actividades en las Islas Malvinas, entre otras, pesca ilegal, violando las leyes argentinas 24.922, 26.386 y 26.659 y las resoluciones de la ONU, como la 31/49 de 1976, que condena la explotación unilateral del Reino Unido. Además, que aviones militares británicos (RAF) han hecho escalas en Carrasco, contrario a las obligaciones de Uruguay, como las suscriptas en la CELAC de 2011/2014 y la Resolución UNASUR 2012.
o) Endeudarse debilitando la posición negociadora argentina y dificultando seriamente el cumplimiento de la Disposición Constitucional y, limitando severamente las herramientas diplomáticas, jurídicas y las relacionadas con la capacidad militar y defensa de la soberanía.
p) No promover una infraestructura estratégica en la Provincia de Tierra del Fuego (puertos, radares, bases, etc.) para reforzar la presencia argentina en la parte meridional del Atlántico Sur.
Cualquier acto de gobierno que contravenga la Disposición Transitoria Primera podría ser objeto de control de constitucionalidad por parte de la Corte Suprema de Justicia, ya que la disposición tiene rango constitucional y, su incumplimiento directo o indirecto supone una “renuncia de facto” al no cumplir “el objetivo legítimo permanente; irrenunciable e imprescriptible de la soberanía plena de Malvinas”.
* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado.
Nos damos por enterados por un artículo de la Revista Puerto (02/09/2025) que la Cancillería y la Subsecretaría de Pesca de la Nación durante los días 3 al 5 de septiembre presentarían «la estrategia nacional contra la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (Pesca INDNR)», organizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de su Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur y la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca.
En principio, nos llama la atención varias cuestiones de esta convocatoria a presentar públicamente una estrategia que debiera abordar las cuestiones relativas a la pesca ilegal y sus implicancias en materia biológica, económica, social, penal, tributaria, relativa al trabajo esclavo, la evasión, lavado y narcotráfico, que forman parte de las prácticas de pesca ilegal y que de abordarse se estarían planteándose a viva voz, como si se tratara de una clase teórica secundaria y, con la participación de algunos de los más importantes responsables de la continuidad de esta práctica y, sin la debida reserva, en razón de la importancia estratégica y geopolítica del territorio marítimo argentino en el que se realiza la pesca ilegal, además, de que no pueden ignorarse la ocupación prepotente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de un 60% del territorio marítimo nacional y la explotación de los recursos pesqueros, petroleros y turísticos.
Las Jornadas presentan “lavada” la Pesca Ilegal cuando refieren al tecnicismo INDNR y le quitan gravedad. Ya hemos explicado en diversos artículos que la “pesca no declarada” y “la pesca no registrada”, debe ser considerada igualmente ilegal por los efectos sobre la administración de los recursos, su sostenibilidad y la afectación de los derechos de los concesionarios de cuotas y autorizaciones. Terminemos con esta denominación teórica: se trata lisa y llanamente de Pesca Ilegal. La misma tipificación aplica para quienes pescan los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina en alta mar o viceversa, cuando no hay control presencial en los buques de bandera extranjera; no se determinan las Capturas Máximas Sostenibles en alta mar o se afectan intereses de terceros Estados. El acceso a la pesca en alta mar es libre, pero no puede ser depredadora y así lo determina claramente el articulado de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
La pesca ilegal. “Se entiende por Pesca Ilegal, a aquella en que se capturan especies pesqueras, sin cumplir, total o parcialmente, con la regulación internacional o nacional de origen y/o sin control oficial o independiente habilitado y/o si se captura sin control del Estado de Bandera o con buques que no obstante utilizar pabellones de terceros están sujetos a las regulaciones de sus países de origen y/o en espacios marítimos donde no se ha determinado previamente la captura máxima sostenible y/o dañando intereses de terceros Estados por realizar las operaciones pesqueras sin acuerdo previo con los Estados ribereños sobre aquellas especies que interaccionan o están asociadas o son migratorias originarias de las Zonas Económicas Exclusivas (ZEE) o migran desde alta mar a la ZEE; o, en este caso en particular, desde la ZEE Argentina a las aguas de Malvinas o desde estas a la ZEE continental argentina, donde realizan todo acto, de cualquier naturaleza, que atente contra la sostenibilidad de las especies pesqueras y/o contaminen el medio ambiente y/o amenacen la seguridad alimentaria, las fuentes de trabajo y la economía de los Estados, beneficiando al crimen organizado transnacional y/o realizando evasión fiscal por falta de pago de impuestos, derechos de captura o exportación y/o no declaren las mercaderías que importen o exporten evadiendo los impuestos aduaneros y/o con sus actos afecten la reputación de los países o comunidades a las que pertenecen contribuyendo a quebrar las normativas legales que aseguran las buenas práctica de pesca acordadas para asegurar explotaciones empresarias sustentables, biológicamente sostenibles y equitativas comercialmente” (Lerena, César “Pesca ilegal y expoliación de los recursos pesqueros de Latinoamérica y el Caribe”, 2022).
Los responsables de la pesca ilegal. Vemos también que varios de los responsables de la existencia de la pesca ilegal en el Atlántico Sur y Malvinas, son los que «analizarán aspectos políticos» sobre el área adyacente y la relevancia de los recursos pesqueros. Se trata de la Secretaria de Malvinas Paola Di Chiaro, el Subsecretario de Pesca, Juan Antonio López Cazorla y el embajador Javier Esteban Figueroa.
La citada Di Chiaro jamás se refirió a la extracción de recursos pesqueros en Malvinas por parte de buques extranjeros con licencia ilegal y ha acompañado la política de este gobierno y del presidente quien le ha asignado derechos a los isleños británicos, además apoyar el pacto Mondino-Lammy que reedita el Pacto Foradori-Duncan que, entre otras cosas, facilita la pesca ilegal británica y los vuelos a San Pablo que contribuirían a la comercialización de los productos pesqueros apropiados en las aguas argentinas de Malvinas. Además de responder al conocido “monje gris” macrista en la Cancillería, responsable de la política exterior respecto a Malvinas durante los gobiernos de Macri, Fernández y Milei.
El referido López Cazorla además de ser un “calificado funcionario casta” ya que fue miembro del Consejo Federal Pesquero en el 50% de los años desde su creación en 1998; tiempo, en que jamás ejecutó ninguna acción destinada a erradicar la pesca ilegal; inacción que lo acompaña desde su designación como Subsecretario de Pesca. López Cazorla apoyó en silencio la extranjerización del mar argentino que proponía Federico Sturzenegger que hubiera formalizado la pesca ilegal en la Zona Económica Exclusiva por parte de buques chinos, españoles, británicos, taiwaneses y coreanos, entre otros. Sus políticas contribuyen con la pesca ilegal e incumple con sus deberes de funcionario público al no iniciar ninguna acción legal contra los buques que pescan ilegalmente en Malvinas, en la ZEE, en alta mar y en la plataforma continental; del mismo modo que a la referida Di Chiario en lo que respecta a Malvinas y las 1.639.900 km2 de aguas argentinas usurpadas por los británicos.
Al embajador Javier Figueroa le caben iguales responsabilidades como ex Director de Malvinas del Ministerio de Relaciones Exteriores y en su condición de miembro del Consejo Federal Pesquero. En mi poder dos correos electrónicos oficiales del entonces Ministro que en 2015 se ponía de rodillas de modo de que no ver peligrar su postulación a embajador. Durante su gestión en la Cancillería y en el Reino Unido siguieron vigentes los Acuerdos de Madrid y todos los demás acuerdos con Gran Bretaña que facilitan la pesca ilegal en Malvinas.
Se ha omitido la participación de reconocidos expertos en materia de pesca ilegal y del cuidado del medio ambiente marino; incluso la opinión autorizada de empresarios y gremios; protagonistas y afectados directos de la pesca ilegal. Algunos investigadores del INIDEP participan, pero los demás expositores carecen de conocimiento específico en la materia y por cierto sobre las demás cuestiones gravísimas y delictuales que acompañan a la pesca ilegal. La excepción ―seguramente― será la experiencia de Chile y Perú.
Por cierto, no hay referencia alguna del rol de las ONG ambientales en la pesca ilegal. En especial del caso de la norteamericana Wildlife Conservation Society (WCS) que cuenta con un Zoológico en Nueva York donde exhibe animales salvajes en cautiverio ―y cobra por ello― y es propietaria de las islas Sebaldes (Jason para los británicos) en el archipiélago de Malvinas y, la delegación argentina de WCS se ha limitado a reclamar el cuidado de ballenas, tortugas y aves, pero no hecho jamás mención alguna de las 250.000 toneladas anuales de recursos pesqueros argentinos extraídos por los buques extranjeros con licencias ilegales de los isleños en Malvinas. Por cierto, también es la gestora del AMP “Agujero Azul” que favorecería los intereses ingleses.
Uno debería preguntarse qué hace la Prefectura Naval y la Subsecretaría de Pesca para impedir el descarte al mar (que está prohibido y es también Pesca Ilegal) y que, según la FAO, la AGN y el INIDEP han indicado que alcanza al 30% de las capturas.
La asombrosa omisión en las Jornadas de la pesca ilegal en Malvinas.
Con asombro observamos que dentro del temario de las Jornadas no se trata la pesca ilegal en Malvinas; tampoco en la ZEE Argentina y la pesca de arrastre de fondo en la plataforma continental argentina más allá de las 200 millas.
Es inadmisible la presencia de buques gallegos (y de otras nacionalidades) pescando en Malvinas y no hay una sola mención al efecto en las jornadas.
Argentina se independiza de España el 9 de julio de 1816 y, el Reino de España, reconoce esta independencia en el Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad entre el Reino de España y la Confederación Argentina del 21 de septiembre de 1863, ratificado en Madrid el 29/11/1863 y en Buenos Aires el 12/12/1863 y, con ello, la titularidad de Argentina de todos los territorios que hasta 1816 pertenecían a España, entre ellos el Archipiélago de Malvinas y sus aguas correspondientes (Principio de uti possidetis iuris «como posees, así debes poseer» que establece que los nuevos Estados heredan las fronteras y territorios de las entidades coloniales previas).
Además de ello el Reino de España y su gobierno han reconocido explícitamente la soberanía argentina de Malvinas y sus aguas correspondientes, cuando la Comunidad Económica Europea firmó el Acuerdo Pesquero entre la República Argentina y la Comunidad Económica Europea (CEE) para pescar en las aguas argentinas, sujeto a las regulaciones y condiciones establecidas en el acuerdo y en cumplimiento con las leyes argentinas. (Ley Nacional N° 24.315 del 6/5/1994) y en todas las resoluciones de las Naciones Unidas.
Según las estadísticas oficiales del “Falkland Islands Government” sobre el total de 201 licencias otorgadas en 2024 a buques pesqueros por el gobierno ilegal en Malvinas, 37 son a buques de bandera española y 58 a buques de bandera “Falklands” (asociadas a empresas españolas) y las restantes licencias se otorgaron a Corea del Sur (28); Taiwán (76) y Vanuatu (2).
De 1989 (año del Acuerdo de Madrid I) a 2024 (35 años) se capturaron un total 8.846.332 toneladas, es decir un promedio de 252.752 toneladas/año por un valor promedio de U$S 3.000 la tonelada FOB y un valor total anual de U$S 758.256.000; lo que en 35 años de explotación significó un total bruto de 26.538.960.000 dólares estadounidenses; cifra, que en el valor final de comercialización podría triplicarse a quintuplicarse. Según los datos estadísticos, del total de 261.818 toneladas capturadas en 2024 los buques españoles capturaron 49.531 toneladas y los buques de bandera “Falklands” (asociados con españoles) capturaron 73.692 toneladas, lo que hace un total de 123.223 toneladas, es decir el 47% de las capturas totales. Es decir que podría ponderarse la extracción de productos pesqueros de las aguas de Malvinas por un valor FOB de U$S 369.669.000 en 2024 y un total estimado FOB en los 35 años de U$S 12.938.415.000.
Complementariamente y como muy relevante también se observa que Bancos de España y organismos gubernamentales españoles y europeos financian y otorgan ayudas a la actividad pesquera de las empresas gallegas y, el Estado español y el Consejo europeo no estaría verificando la inobservancia de estas empresas a las normas internacionales, de la Unión Europea y Argentina; en especial, de aquellas que refieren a la pesca ilegal; el cuidado del medio ambiente marino; la depredación de los recursos naturales pesqueros; la protección de los consumidores; el tráfico ilegal, la evasión y contrabando, etc. y no se han ponderado los daños ambientales de tercera generación.
La violación de la legislación aplicable (en general). El Reino Unido y los buques extranjeros que pescan en Malvinas violan la Res. 31/49 de las Naciones Unidas y la Ley 24.922 y modificatorias y violarían las siguientes normas internacionales (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; Resoluciones de las Naciones Unidas (ONU); la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE); el Tratado de la Unión Europea y el Reino Unido (Brexit); las Resoluciones de la Organización Mundial de Comercio (OMC); el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO); el Codex Alimentarius FAO-WHO; las normas de la Organización Mundial de la Salud (OMS); las Resoluciones de la Organización Marítima Internacional (OMI); el Acuerdo de la ONU relativo a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios; el Acuerdo FAO ONU sobre medidas del Estado Rector del Puerto; los Pactos Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y Civiles y Políticos; etc. Las leyes del Reino de España y las pesqueras, ambientales, aduaneras, etc. de la República Argentina y los Reglamentos del Consejo de la Unión Europea en materia pesquera, aduanera, impositiva, de origen, de defensa del consumidor, sanitaria, etc.
Si en estas Jornadas no habla de Pesca ilegal en Malvinas no se hablará de Pesca Ilegal en el Atlántico Suroccidental.
Si no se habla de Pesca Ilegal en alta mar ni en la plataforma continental argentina ni en la Zona Económica Exclusiva tampoco se hablará de Pesca Ilegal.
Todo quedará en un certificado final de asistencia firmado por los funcionarios citados que no valdrá ni siquiera encuadrarlo. Nada de estrategia. Que todo parezca que cambia, para que no cambie nada.
Cuando la estafa es enorme toma nombre decente (Abelardo López de Ayala)
* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Presidente de la Fundación Agustina Lerena. Presidente del Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana. www.cesarlerena.com.ar
Página oficial de la Central Intelligence Agency (CIA)
Introducción
Para entrar en contexto, debe considerarse la relevancia que tiene la política internacional para trazar los lineamientos de la política nacional, algo que los políticos argentinos no suelen tener en cuenta. A su criterio, parecería que todo pasa por la política doméstica y que no hay nada más allá de las fronteras de la Argentina.
Con respecto a la Inteligencia de Estado, suelen confundirla con «seguridad», sin comprender que no son lo mismo y que tanto la Inteligencia, como la Defensa y la Política Exterior constituyen tres pilares fundamentales de la Seguridad Nacional. Ya lo expresó oportuna y claramente Sherman Kent (1903-1986) cuando definió la «Inteligencia»: «Es el conocimiento que nuestros hombres, civiles y militares, que ocupan cargos elevados, deben poseer para salvaguardar el bienestar nacional»[1].
Sólo me limitaré a mencionar el caso denominado «$LIBRA» sin realizar una consideración del tema, el cual se encuentra en sendos procesos judiciales en la Argentina y en Estados Unidos. El caso vincula al presidente de la Argentina, Javier Milei, a su hermana Karina Milei, toda vez que el 14 de febrero de 2025 el propio mandatario realizó un posteo en la red social X favoreciendo una iniciativa privada impulsada por el joven Hayden Davis, una criptomoneda, lo que llevó a miles de inversores a comprarla lo que terminó siendo una «criptoestafa» y el presidente eliminando su posteo. Cabe destacar que Milei no figura como acusado, testigo ni co-conspirador en el proceso que se lleva a cabo en Estados Unidos pero su nombre aparece en el expediente.
La vinculación al caso de la hermana del presidente tuvo lugar en la investigación que se lleva a cabo en los Estados Unidos mediante una presentación firmada por los letrados Max Burwick y Margaret Hoppin, quienes en una ampliación de la demanda colectiva menciona a la secretaria general de la Presidencia y hermana del jefe de Estado, Karina Milei, por primera vez en el proceso que tramita ante la Justicia federal en Estados Unidos. La mención se debe a que los registros oficiales señalarían que Karina Milei autorizó el primer ingreso de Davis a la Casa Rosada, visita que luego se habría reiterado en otras ocasiones. Del mismo modo, el propio Davis habría dado testimonio acerca de cómo controlaba al presidente a través de ella[2].
Más recientemente apareció un ciudadano singapurense de nombre «Julian Peh», de quien no existen registros de ingreso al país. Este caso muestra un entramado de conexiones que llegan al presidente de la Nación y pone en evidencia la vulnerabilidad del propio mandatario como de la propia Argentina.
El objetivo de este artículo es examinar el caso $LIBRA a la luz de los principios de la inteligencia estratégica y de la política internacional, evaluando fallas en la gestión de riesgos, transparencia y ética gubernamental.
El posteo del 14/02/2025 de Milei promocionando $LIBRA que luego fue borrado.
Una agenda presidencial sin filtros
En principio, el 30 de enero de 2025 el presidente Javier Milei recibió en la Casa Rosada al joven estadounidense Hayden Mark Davis, quien se desempeña como CEO de Kelsier Ventures, una firma de consultoría e inversiones en criptomonedas y negocios digitales. El presidente informó acerca del encuentro a través de su cuenta en X, adjuntando una foto con Davis. Tras mencionar que fue asesorado por Davis «sobre el impacto y las aplicaciones de la tecnología blockchain e inteligencia artificial en el país», Milei agregó: «Seguimos trabajando para acelerar el desarrollo tecnológico argentino y hacer de Argentina una potencia tecnológica mundial».
Extracto del extenso posteo de la cuenta en X de la Oficina del Presidente de la República Argentina (OPRA) del día 15/02/2025 confirmando las reuniones y deslindando al presidente de toda responsabilidad.
Davis no era hasta ese momento una persona reconocida en ese sector tecnológico y la empresa familiar Kelsier Ventures, a la que se apunta como la responsable del caso, borró buena parte de sus registros en la web. Aún más, la cuenta en X de la empresa, @KelsierVentures, no registra ningún nuevo posteo desde el 15 de febrero, fecha en la que se subió un video de Davis refiriéndose al caso. En el perfil de la cuenta, creada en enero de 2022, dice en inglés: «Invertimos, asesoramos y llevamos al mercado lo último en Blockchain, Crypto e IA.» («We invest, consult, and bring to market the cutting edge of Blockchain, Crypto, and AI.»). Del mismo modo, tiene un vínculo a un sitio web, kelsier.io, el cual actualmente no existe. Con respecto al dominio «.io» la empresa GoDaddy Operating Company informa: «La extensión de dominio .io se usa principalmente como una abreviatura para entrada/salida (input/output), por lo que es muy popular para las empresas nuevas del sector tecnológico. El dominio de nivel superior .io también representa el código de país para el Territorio Británico del Océano Índico».
En la investigación aparecen otros nombres, Manuel Terrones Godoy, Mauricio Novelli y Julian Peh, este último de la firma KIP Protocol.
El caso de Julian Peh es sumamente llamativo ya que apareció en el evento Tech Forum Argentina 2024, «el foro sobre tecnologías disruptivas más importante del país» según expresa el sitio oficial de la Argentina[3]. El sitio informa: «El evento contó con la disertación del presidente de la Nación, Javier Milei, quien tras considerarse un “tecno optimista” sostuvo que “la tecnología es la mayor muestra de las capacidades que tiene el ser humano, tanto a nivel individual como colectivo”, y que “cada innovación tecnológica es un paso que ha dado el hombre en solucionar un problema, permitiéndose tener tiempo ocioso para resolver el siguiente”». Quien desee leer el discurso completo del presidente en oportunidad de ese evento puede encontrarlo en la página oficial de la Casa Rosada[4].
En la foto del Tech Forum Argentina 2024 se encuentra el presidente de la Nación y el tercero a su izquierda es «Julian Peh». Delante, agachado, Charles Hoskinson, uno de los referentes más influyentes del mundo cripto.
Antes de avanzar con «Julian Peh», cabe mencionar que Charles Hoskinson, fundador de la plataforma Cardano, quien oportunamente se unió al equipo de Trump en una alianza que prometía cambios profundos para la industria crypto e inauguró el Tech Forum de Buenos Aires, no bien saltó el escándalo $LIBRA denunció que el entorno de Javier Milei le pidió coimas[5]. Hoskinson se negó a pagar por reunirse con Milei por lo que no tuvo ningún contacto con el presidente y todo quedó reducido a la foto del Tech Forum. Sin embargo, las denuncias de coimas para reunirse con el presidente también tuvieron eco en The New York Times y otros medios del exterior[6].
Con respecto a «Julian Peh», imputado por el fiscal Eduardo Taiano y la jueza Servini de Cubría, en su momento contó con el respaldo de la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, quien rápida de reflejos salió inmediatamente en defensa del presidente, atacó a la oposición y con respecto a la empresa de «Julian Peh» expresó: «No es una empresa que salió de la nada, estaba en una feria», con referencia al evento Tech Forum Argentina[7].
«Julian Peh» fue recibido el 19 de octubre de 2024 por Javier Milei en el Hotel Libertador ―donde se desarrolló el Tech Forum―, propiedad del Grupo IRSA (Inversiones y Representaciones Sociedad Anónima) ―empresa argentina líder en el sector inmobiliario―, cuyo presidente es el empresario Eduardo Elsztain, hotel en el que Milei estuvo hospedado en campaña desde el 22 de octubre de 2023 hasta el 8 de enero de 2024, casi un mes después de haber asumido la presidencia. Como puede apreciarse, la reunión no tuvo lugar ni en la Casa Rosada ni en la Quinta Presidencial de Olivos.
Según se estima, el ciudadano de Singapur ha visitado en más oportunidades la Argentina e, incluso, habría estado en oportunidad del lanzamiento de la criptomoneda pero no hay certeza de si se reunió nuevamente con el presidente. Sin embargo, cuando el fiscal Taiano solicitó a la Dirección Nacional de Migraciones información acerca del ingreso y salida de la Argentina de «Julian Peh», no existía ninguna información sobre sus movimientos migratorios, ni siquiera con el número de documento que habría proporcionado para su encuentro con el presidente. Tras lo informado por Migraciones, el fiscal Taiano ordenó que se solicitara la colaboración a la «Embajada de Singapur» en Argentina, además de solicitar la información al Departamento de Interpol de la Policía Federal Argentina para recabar información de Peh a través de su par de Singapur. Según informaron los medios, la «Embajada de Singapur» en Argentina respondió que no contaba con información sobre el ciudadano «Julian Peh». En este punto, cabe destacar que Singapur sólo cuenta con un Consulado Honorario en Buenos Aires y que el embajador designado para la Argentina es «no residente» pues reside en Singapur, tal como lo expresa el sitio oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores del país asiático.
Página oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores de Singapur en la que destaca que el Embajador Dr. LEONG Horn Kee es «no residente» y que su sede está en Singapur. Fuente: https://www.mfa.gov.sg/Overseas-Missions/Find-A-Singapore-Overseas-Mission?letter=a
Por su parte, el sitio web de la Embajada Argentina en Singapur informa que el embajador de Singapur ante la República Argentina, Dr. LEONG, Horn Kee, presentó sus cartas credenciales el día 2 de septiembre de 2020 «de manera virtual» ante el entonces vicecanciller, Embajador Pablo Anselmo Tettamanti «en una ceremonia celebrada de manera conjunta en la Sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en Buenos Aires, y en la sede de la Embajada Argentina en Singapur. El Embajador Federico Barttfeld, en representación del Sr. Vicecanciller, recibió en Singapur copia de las referidas cartas credenciales»[8].
Finalmente, en los primeros días de agosto de 2025, la Dirección Nacional de Migraciones confirmó que el verdadero nombre de «Julian Peh» es Peh Chyi Haur, que ingresó a la Argentina el 16 octubre de 2024 y abandonó el país cuatro días más tarde, el 20[9]. Esta información también pudo haberse recabado desde la Dirección General de Asuntos Consulares de la Cancillería Argentina, la cual debe tener acceso a la base de datos de migraciones, como en otra época lo tenían ciertas áreas de la Secretaría de Inteligencia hasta que luego le fue inhabilitado ese acceso.
La utilización de una identidad falsa debería perjudicar la situación judicial del ciudadano de Singapur pero, asimismo, al entorno presidencial que favoreció la llegada de Peh Chyi Haur al presidente Milei. Para más inri, según la investigación llevada a cabo por The new York Times, Davis declaró a los asistentes del Tech Forum que «tenía control sobre Milei y podía negociar acuerdos’» y que en un mensaje de audio dirigido a otro empresario afirmó que podía conseguir «todo, desde los tuits de Milei» hasta «todo el papeleo de Milei, básicamente, aparecer en eventos, etc. Tengo control sobre muchos de esos mecanismos»[10]. Del mismo modo, según lo manifestado por los empresarios en la investigación del The New YorkTimes, Davis agregó que «hay un costo», el cual podría ser de millones de dólares, a la vez que ofrecería una reunión con Milei y una asociación con el gobierno argentino a cambio de unos US$ 90 millones en criptomonedas en 27 meses[11].
Algunas observaciones finales
Lo descrito ut supra pone en evidencia que la dirigencia política argentina no sólo carece de conocimientos acerca de la política internacional y de la necesidad de una Inteligencia de Estado sino que, asimismo, carece de criterio.
Con respecto al caso $LIBRA debe considerarse no sólo la irresponsabilidad del presidente de prestarse a la difusión de una «iniciativa tecnológica» que despierta más dudas que certezas, sino sobre todo la gran irresponsabilidad del entorno del presidente, de la Casa Militar ―a cargo de la seguridad del presidente, dependiente de Secretaría General de la Presidencia, a cargo Karina Milei― y de los funcionarios que conducen ―supuestamente― la Seguridad Nacional y la Inteligencia Nacional.
El presidente no es la primera vez que incurre en la difusión de una iniciativa de este tipo y que queda expuesto. Como diputado nacional hizo lo propio en febrero de 2022 cuando elogió en sus redes el activo digital de la empresa de videojuegos Vulcano, un emprendimiento de quien hoy aparece nuevamente vinculado al caso $LIBRA, Mauricio Novelli. Por otro lado, todo lo relacionado a las criptomonedas y activos digitales están en la esfera de la especulación financiera en manos de unos pocos y lo que debe hacer un presidente de la Nación es difundir todo aquello que favorezca la producción nacional, ya sea del sector agropecuario como del sector industrial y del sector tecnológico y científico. Esos son los sectores fundamentales para el desarrollo nacional.
Las experiencias ajenas parecen que no son tenidas en cuenta por las «personas de confianza» del presidente, quienes le presentan sujetos de dudosa moralidad que incluso esconden sus verdaderas identidades. Queda en evidencia que esas «personas de confianza» no resguardan la seguridad ni la imagen del presidente. Con respecto a esas experiencias ajenas, vale recordar la desafortunada presencia del presidente Fernando De La Rúa en el programa Videomatch de Tinelli, en el año 2000, cuando entre varios desaciertos y torpezas fue increpado por un joven del público que lo cruzó frente a las cámaras para pedirle por los presos en huelga de hambre. En esa oportunidad, el presidente De la Rúa fue tan mal asesorado por su entorno como hoy lo es el presidente Milei. A eso debe agregarse la responsabilidad de los funcionarios del gobierno que están a cargo de la seguridad y de la imagen del presidente y de la Nación.
En el caso de los funcionarios, una vez más, la ministra Bullrich demuestra no estar a la altura de encabezar el Ministerio de Seguridad Nacional. Los desaciertos son numerosos pero en este caso se destaca la defensa que hizo inmediatamente que estallara el escándalo $LIBRA de la empresa de «‘Julian’ Peh», sin siquiera informarse acerca de la identidad del «empresario».
El desconocimiento cultural y de todo lo referido a las cuestiones internacionales ya es visible ―y hasta risible― cuando comienzan a buscar los antecedentes de «‘Julian’ Peh», sus ingresos y egresos del país con ese nombre. «‘Julian’ Peh» es un nombre occidentalizado usado por un ciudadano asiático del que ni las autoridades de Singapur podían suministrar información. Es común que los ciudadanos chinos y de otros países asiáticos procedan a adoptar nombres usados occidentales como Benito, Jimmy, Carlos, Jason, etc., para facilitar la pronunciación de sus nombres a los occidentales.
Asimismo, es gravísimo que alguien que se reunió con el presidente ―en este caso Davis― manifieste que podía manipular al presidente mediante pagos. Claro que alguien podrá decir que no se puede controlar lo que diga Davis pero si debe cuidar quien se acerca al presidente.
Es evidente que el presidente no es protegido ni por las Fuerzas de Seguridad ni por el Ministerio de Seguridad Nacional ni por la Inteligencia. Es inconcebible que el entorno presidencial ―más propenso a emprender negocios oscuros que a cuidar a quien consideran su «amigo» o «líder»― esté por encima de la seguridad del presidente. Nadie hace un perfil (un informe de antecedentes) de estos supuestos empresarios que concurren a entrevistarse con el presidente ni tampoco una investigación acerca de sus supuestas empresas. Si la Inteligencia Nacional funcionara, si la ministra de Seguridad se dedicara a los riesgos y a las amenazas a la Seguridad Nacional en lugar de vender siempre humo o hacer un video sobre cómo evitar los robos de celulares ―un ministro de Seguridad Nacional debe ocuparse cuestiones más importantes en un país cuyas fronteras son un colador y en el que el narcotráfico se expande considerablemente― todo esto se habría podido prevenir. De hecho, si hubiera personal capacitado en esas áreas no habrían estado buscando a «Julián», a quien de hecho no investigaron.
Cabe agregar que ambos sujetos, Davis y Peh, llegaron nada menos que al presidente con la intención de cometer una estafa pero de la misma manera podrían haber llegado a él para cometer un atentado. Sin duda, si infelizmente eso hubiera ocurrido, hoy nos encontraríamos ante una situación en la que se estaría buscando a los responsables en la seguridad o en la inteligencia, sumado esto a la complicada situación institucional en que hoy se hallaría nuestro país. No obstante, a estas alturas ya nada de esto importa, pero sí el grado de inseguridad en que nos encontramos con inoperantes al frente de la Inteligencia Nacional y del Ministerio de Seguridad Nacional. Obviamente, nadie renuncia y todo sigue como que nada ha pasado. Este caso también revela la falta de coordinación entre los diferentes organismos del Estado Nacional.
La Inteligencia debe servir al Interés Nacional, no a intereses particulares, y cuidar al presidente de la Nación ―de quien depende―, es una de sus tareas y debe imponerse por sobre los allegados a quien ejerce la primera magistratura de la República. De ese modo también estará cuidando las instituciones.
Queda en evidencia que la destrucción de la Inteligencia y de la Seguridad, el echar o jubilar al personal de carrera de áreas tan importantes es algo que resulta sumamente peligroso para nuestra Argentina. No hay análisis, no hay controles, no hay evaluación de amenazas y quedan expuestas las fallas en la gestión de riesgos, pero también en la transparencia y en la ética gubernamental.
Sirva esta situación para reconsiderar la profesionalidad del personal de las áreas de incumbencia a la Seguridad Nacional porque queda demostrado que menospreciar al «sistema inmunológico» de la Nación ― Inteligencia, Seguridad, Defensa y Cancillería― tiene un costo alto y que formar a profesionales lleva muchos años y, mientras tanto, la Argentina se encuentra en un grave estado de vulnerabilidad.
* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director ejecutivo de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Profesor de Inteligencia de la Maestría en Inteligencia Estratégica Nacional de la Universidad Nacional de La Plata.
Autor del libro «Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones», Buenos Aires: Editorial Almaluz, 1ª edición 2019, 2da edición 2024.
Investigador Senior del IGADI, Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional, Pontevedra, España.
Referencias
[1] Sherman Kent. Inteligencia Estratégica. Buenos Aires: Pleamar, 1967, p. 9.
[2] Hugo Alconada Mon. «». La Nación, 30/07/2025, <https://www.lanacion.com.ar/politica/caso-libra-amplian-la-class-action-en-eeuu-y-mencionan-por-primera-vez-a-karina-milei-nid30072025/>, [consulta: 05/08/2025].
[3] «Tech Forum Argentina 2024», <https://www.argentina.gob.ar/noticias/tech-forum-argentina-2024>, [consulta: 06/08/2025].
[4] «Palabras del Presidente de la Nación, Javier Milei, en el Tech Forum Argentina 2024, Hotel Libertador». Sitio oficial de la Casa Rosada, 19/10/2024, <https://www.casarosada.gob.ar/informacion/discursos/50731-palabras-del-presidente-de-la-nacion-javier-milei-en-el-tech-forum-argentina-2024-hotel-libertador>, [consulta: 06/08/2025].
[5] «Criptogate. Un líder mundial de las cripto denunció que el entorno de Javier Milei le pidió coimas». El Ancasti, 16/02/2025, <https://www.elancasti.com.ar/politica-y-economia/un-lider-mundial-las-cripto-denuncio-que-el-entorno-javier-milei-le-pidio-coimas-n576848 >, [consulta: 05/08/2025].
[6] «Milei, $Melania and Memecoins». The New York Times, 28/02/2025. <https://www.nytimes.com/2025/02/28/world/americas/argentina-crypto-scandal-president.html?smid=url-share>, [consulta: 01/03/2025].
[7] «Escándalo cripto: Patricia Bullrich salió en defensa de Javier Milei y apuntó contra la oposición». Letra P, 15/02/2025, <https://www.letrap.com.ar/politica/escandalo-cripto-patricia-bullrich-salio-defensa-javier-milei-y-apunto-contra-la-oposicion-n5414120>, [consulta: 21/07/2025].
[8] «Presentación de cartas credenciales del Embajador No Residente de Singapur ante la República Argentina, Dr Leong Horn Kee». Sitio oficial de la Embajada de la República Argentina ante Singapur, 03/09/2020, <https://esing.cancilleria.gob.ar/es/presentación-de-cartas-credenciales-del-embajador-no-residente-de-singapur-ante-la-república>, [consulta: 06/08/2025].
[9] «Caso $LIBRA: Migraciones confirmó la verdadera identidad de Julian Peh, el CEO cripto que se reunió con Javier Milei». MDZ, 08/08/2025, <https://www.mdzol.com/politica/caso-libra-migraciones-confirmo-la-verdadera-identidad-julian-peh-el-ceo-cripto-que-se-reunio-javier-milei-n1310589>, [consulta: 08/08/2025].
[10] Federico Rivas Molina. «‘The New York Times’ revela una trama que exigía pagos para reunirse con Milei». El País (España), 28/02/2025, <https://elpais.com/argentina/2025-03-01/the-new-york-times-revela-una-trama-que-exigia-pagos-para-reunirse-con-milei.html>, [01/08/2025].