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¿EXISTE LA DEFENSA NACIONAL?

Comandante Espuela (Revista Tiempo GNA*)

Cuando vivía el Grl Charles de Gaulle, una periodista queriendo tenderle una trampa le preguntó: ¿Para qué sirven las FFAA?: Él no se dejó atrapar y respondió: “No sirven para nada excepto para cuando se las necesita.”

 

La aparición de Chile reclamando territorio soberano argentino históricamente no es nuevo. Desde el siglo pasado Chile mira con apetito la Patagonia y no fuimos a la guerra porque el Gral. Pablo Riccheri, sabiamente en 1901 dispuso la creación del servicio militar obligatorio y equipó al Ejército con armamento adecuado y algunos cañones comprados por él, aún se ven en la entrada de algunos edificios militares. Por esa decisión reinó la paz. Hace décadas que autorizadas voces hablan de los peligros de la destrucción de las Fuerzas Armadas, iniciada a partir de 1983. A ningún político le agrada referirse a la Defensa Nacional, pero en el mundo que vivimos no tener FFAA que cumplan con lo establecido por la CNA es como dormir con la puerta abierta en un barrio peligroso. El mundo avanza irremediablemente a una aguda crisis de alimentos, las flotas pesqueras asiáticas que depredan los mares es una de las pruebas. Hoy no tenemos poder militar ni para enfrentar a Sierra Leona. Algunos vecinos nuestros saben que políticamente no somos capaces de oponernos militarmente y aprovechan nuestras debilidades. Lo más insólito es que “Argentina invierte en defensa menos de lo que EEUU le impuso a Japón como ‘castigo’ (el 1% del PBI) luego de vencerlo en la Segunda Guerra Mundial. Aquí el castigo no viene de ningún otro país, es interno, es autoinfligido y está “naturalizado”. Único caso mundial.

Añoranzas

Para el año 1896 Argentina poseía de 44 batallones de Infantería, 42 escuadrones de Caballería y 32 baterías de Artillería, luego en 1902 sus fuerzas se completaron con una Armada poderosa. En 1928, Argentina era la sexta potencia en el mundo. Más tarde en la década de 1940 casi no tenía analfabetos y la población universitaria era de las más altas del mundo. Para los años ‘50 las FFAA argentinas estaban en el número dos de América, atrás de los EEUU y del Brasil.

Esa prudente previsión le significó al país disuadir a cualquier vecino de apropiarse de tierras nuestras y vivir en paz. Eran épocas que la Defensa Nacional era política de Estado.

¿La indefensión es política de Estado?

Ya vimos que gracias al Gral. Pablo Riccheri, desde 1901 reinó la paz en el Sur Argentino, pero luego todo cambió a partir de 1982. El cierre en 1996 de la planta Fábrica Militar de Armas Portátiles “Domingo Matheu” en la ciudad de Rosario, marcó el inicio de una destrucción imparable en la fabricación de armamentos. Después de 38 años sin inversiones aceptables en las FFAA, se considera que la “indefensión es Política de Estado”. Hay varios ejemplos lamentables pero basta uno sólo, el submarino ARA San Juan, desapareció en el mar el 17 de noviembre de 2017, pero se dice “comenzó a hundirse” el 30 de octubre de 1983 con la llegada otras políticas.

Desde entonces los argentinos no sabemos qué hacer con las fuerzas armadas.

Insólitamente Chile ahora pretende proyectar su plataforma continental al Este del meridiano 67º 16´ 0, contradiciendo el Tratado de Paz y Amistad firmado con Argentina en 1984, como solución al conflicto territorial por el Canal de Beagle. Chile en el Pacífico, Argentina en el Atlántico, es el lógico acuerdo que mantuvo el equilibrio en Suramérica por 37 años y podría esfumarse. Ello es debido que las FFAA de Argentina languidecen por falta de presupuesto adecuado, tan grave es esto que en caso de algún conflicto bélico es probable que se pierda territorio. Ningún organismo internacional puede garantizar nuestra integridad territorial, la capacidad de autodeterminación y la libertad de nuestra Nación. Es una función indelegable del Estado.

Sin hipótesis de guerra Argentina podría suicidarse

La defensa nacional, sea terrestre, naval o aérea y sus distintas variantes no es un problema ideológico, sino del cuidado de intereses vitales en lo geopolítico y estratégico de una nación. Sin embargo algunos “expertos” en temas de Defensa, suelen opinar acerca de la inutilidad de instituciones armadas paquidérmicas, sosteniendo que son arcaicas, onerosas, poco ágiles, nada efectivas y con macrocefalia burocrática y que sería preferible tener unidades dinámicas ligeras.

Es decir tener un león joven en vez de un elefante viejo. Todo bien, salvo que si el león está mal alimentado, viejo, sin dientes y sin garras tampoco sirve. La Defensa Nacional es como una póliza de seguro; hay que contratarla aunque sea cara, porque más costoso puede ser no tenerla. Los conflictos internacionales existen y en un par de semanas podrían volverse incontrolables. Es un grave error decir que un país de las dimensiones de Argentina no existen hipótesis de conflicto. Éstas debidamente estudiadas, permiten planificar acciones tendientes a prevenir o superar eventuales agresiones. La historia militar indica que cuanto más preparados estemos para enfrentar un conflicto violento, menos probabilidad existe que ocurra. La debilidad de un país tienta invariablemente a la agresión; mantener esta situación es abdicar a la defensa y renunciar a la posibilidad de decir ¡No! en el marco de las relaciones internacionales. Tener FFAA en proporción al territorio facilita a la diplomacia el logro de sus objetivos evitando una guerra.

Henry John Temple, Lord Palmerston, fue dos veces primer ministro de Gran Bretaña a mediados del siglo XIX. Decía que “Inglaterra no tiene amigos permanentes ni enemigos permanentes. Inglaterra sólo tiene intereses permanentes”. Así funciona la política internacional. 

No tener Código de Justicia Militar es otro absurdo

Las FFAA Argentinas desde el 2008, es en el único país del mundo que no están bajo jurisdicción de un código de justicia militar.

Los efectivos militares ahora son juzgados por la Justicia Federal sobre la base de los códigos Penal y Procesal Penal. La disciplina es la columna vertebral de todo ejército, sin ella fuerzas enemigas podrían obtener la victoria sin disparar un solo tiro. Decía Domingo Faustino Sarmiento: “El Ejército es un león que hay que tener enjaulado para soltarlo el día de la batalla”, a lo que agregaba Carlos Pellegrini: “Esa jaula es la disciplina y sus barrotes son las ordenanzas y los tribunales militares, y sus fieles guardianes son el honor y el deber”. Para la reconstrucción de la capacidad defensiva de nuestro país será imprescindible contar con un código de justicia militar del que hoy se carece. ¿El lector se imagina que un jefe de regimiento se niegue rechazar una invasión enemiga porque vulnera los DDHH y que espere a ser juzgado por un Juez Federal meses después…? Un verdadero disparate que debería figurar en el libro “Guinness World Records”.

“Si vis Pacem Para Bellum”

Nunca como en estas épocas tiene aplicación esa añeja máxima latina. Las emergencias bélicas se producen en semanas, alguna vez podría ocurrir y los responsables de la vulnerabilidad militar Argentina tienen nombre apellido y DNI. La historia los juzgará, y ellos como sus descendientes serán repudiados.

* Revista independiente para el personal de la GNA, Tiempo GNA, Nº 60, septiembre de 2021.

ARGENTINA EN EL FONDO DEL MAR Y SIN HIPÓTESIS DE CONFLICTO

César Augusto Lerena*

No podemos asombrarnos de las acciones británicas, tampoco de las de Chile (funcional a esos intereses) ni las de los isleños, que hacen lobby en Europa y conversan con uruguayos, brasileños y chilenos.

El Gobierno no tiene hipótesis de conflicto. ¿Qué organismo estratégico argentino debe establecerlo y cuáles son los parámetros? ¿Quién aconseja al Poder Ejecutivo Nacional respecto a su determinación y acciones? ¿No se enteró la Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur que en el Atlántico Sur y, su relación con el océano Indico, Pacífico y la Antártida, hay una extensa zona en conflicto con motivo de la militarización del Reino Unido en Malvinas, en una “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” que acordaron todos los países de Africa occidental y América oriental? (Res. ONU 41/11 el 27/10/1986).

¿No se enteró esa misma Secretaría de Estado que el Gobierno de Chile planeaba reclamarle a la Argentina espacios marítimos y del suelo y subsuelo de la plataforma continental argentina? Esta Secretaría tiene como función, según la Cancillería (01/09/2021), “todos los temas vinculados a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur. Diseña estrategias y coordina acciones en el ámbito bilateral y multilateral para la mejor defensa de los derechos e intereses argentinos (…) Entiende además en las políticas y acciones que realiza el Consejo Consultor sobre temas vinculados al Atlántico Sur. Además, tiene a cargo, la planificación y dirección de la política antártica…”.

Entonces, antes de opinar sobre las funciones incumplidas de la secretaría después de casi dos años de la designación de Daniel Filmus y, en medio de la situación de indefensión que vive Argentina, sería bueno que la Cancillería corrija la misión de esa secretaría: no son los espacios marítimos “circundantes” como dice, sino los espacios marítimos “correspondientes”.

En primer lugar, porque así lo precisa la Constitución Nacional y, después, porque si la referida secretaría no reconoce la diferencia entre espacios circundantes y correspondientes, mal puede establecer una política o, tal vez, los funcionarios desconozcan que el Reino Unido de Gran Bretaña no solo ocupa Malvinas y tres o doce millas circundantes, sino que ocupa y explotan 1.639.900 km2 de espacios marítimos e insulares (52% de nuestro mar), además de disputarnos 1.410.367 km2 de la plataforma continental y 965.597 Km2 de la Antártida Argentina.

Es decir, el equivalente a tener en disputa u ocupados espacios que superan al territorio continental argentino desde La Quiaca a Ushuaia. Un médico clínico diría: sin un buen estudio semiológico y un diagnóstico etiológico, es imposible instaurar un buen tratamiento y, mucho menos, establecer un pronóstico. Y ello seguramente lleva a que el secretario de Malvinas no tenga un plan y no pueda cumplir con otra de sus funciones: “entender en las políticas y acciones que debe realizar el Consejo Nacional de Malvinas”.

No es de esperar ningún avance argentino sin diagnóstico certero y sin plan y, es posible que, frente a ello, haya acción alguna, como ha ocurrido hasta hoy. El secretario ha promovido tres leyes sin debate alguno, en la búsqueda de su posicionamiento político interno y con ningún efecto internacional. La primera, una ley de incrementos de multas a la pesca ilegal que no sancionó ni un solo buque fuera o dentro del área de Malvinas, donde las empresas de España -cuyo país reconoció la soberanía argentina en Malvinas- son los principales socios para la consolidación de la ocupación en las Islas.

La segunda, una ley sobre la plataforma continental que ni siquiera sirve para profundizar una cultura marítima entre los argentinos, que no describe los reales alcances de la recomendación de la Comisión de Límites y que no se acompaña de un fortalecimiento económico, físico, militar y de integración de Tierra del Fuego con el continente.

Finalmente, una ley para crear un Consejo Nacional de Malvinas, a cuyos miembros —después de un año— ni siquiera se los convoca presencialmente a discutir una idea. ¿Se puede —en serio— un tema estratégico y de carácter secreto tratar en forma virtual, al acceso de todos los servicios de información del mundo? ¿Y pueden semejantes asuntos de Estado, cuyos resultados podrían influir negativamente en los espacios en disputa y en toda en Argentina, inclusive la Antártida, tratarse con asesores ad honorem, con dedicación parcial, muchos de los cuales no tienen ningún conocimiento en la materia e inclusive están en la antípodas de lo que prescribe la Constitución Nacional? ¿Puede integrar ese cuerpo el abogado Marcelo Kohen, quien en 2018 promovió un plan de dar a los isleños la posibilidad que se autofinancien con recursos argentinos, que su Gobierno ilegal determine quién puede o no radicarse en Malvinas y que, a los treinta años, tengan un referéndum sobre si quieren vivir bajo soberanía británica o argentina? Por citar solo un caso.

¿Se sorprende la Cancillería que el Gobierno chileno tenga la pretensión de reivindicar 6.000 km2 de plataforma argentina, contrario a lo acordado en el Tratado de Paz y Amistad de 1984? El PEN a través de la Secretaría de Malvinas no tiene un análisis geopolítico. Miremos nuestras Fuerzas Armadas y las de Chile; luego, veamos la desatención argentina en cuestiones marítimas y la desocupación de la Patagonia; la adjudicación hidrocarburífica offshore en manos británicas en el área en conflicto; nuestra tensa relación con los socios del Mercosur; la falta credibilidad en el mundo y, agreguemos en este escenario, la pasividad de la Secretaria de Malvinas que —según las propias manifestaciones de su secretario— tiene como eje de su acción política la búsqueda del diálogo con el Reino Unido y la cooperación (unilateral), cuyos resultados en estos últimos 60 años han sido absolutamente inconducentes.

No nos podemos asombrarnos de las acciones británicas, pero tampoco de Chile, funcional a los mismos intereses, como lo fue durante la Guerra de Malvinas. Argentina presentó todos los documentos sobre sus derechos sobre la plataforma continental ante la Comisión de Límites y firmó el Tratado de Paz y Amistad con Chile en 1984 que delimitó en su artículo 7º, mediante una línea divisoria, los espacios argentinos al este y los de Chile al oeste, según las coordenadas 67º 16’. Y asombra al secretario de Malvinas que no tiene plan, contrario a los 3.200 isleños en Malvinas que avanzan día a día. Hacen lobby en Europa, en el Reino Unido y conversan con uruguayos, brasileños y chilenos. Construyeron un puerto en Georgias del Sur e invierten 85 millones de libras para construir un puerto en Malvinas que desplazará a Ushuaia como acceso principal a la Antártida.

Por su parte los uruguayos atienden en sus puertos el aprovisionamiento, cambio de tripulación, trasbordos, etcétera, de todos los buques que pescan ilegalmente en el Atlántico Sur y Malvinas y proyectan para el 2022 tener un nuevo puerto a esos efectos. Entre otras cosas.

Nos asisten los derechos por el cumplimiento de las obligaciones de la Convención de las Naciones Unidas del Derecho del Mar y por el Tratado de Paz y amistad con Chile de 1984. Los chilenos tensionan la región y Argentina no tiene hipótesis de conflicto. De lo que estoy seguro es que la Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur no tiene plan alguno.

(*) ExSecretario de Estado y experto en Atlántico Sur y Pesca

Nota publicada en El Economista, 08/09/2021, https://eleconomista.com.ar/2021-09-argentina-en-el-fondo-del-mar-y-sin-hipotesis-de-conflicto/

DIVIDE Y REINARAS. EL RECLAMO DE CHILE.

César Augusto Lerena*

A propósito del conflicto generado entre Chile y la Argentina con motivo de la oportuna delimitación de nuestro país de la plataforma continental, es interesante efectuar algunas precisiones al respecto, destinadas a esclarecer al común de los argentinos, en un tema de gran complejidad.

Empezaré por decir que la “plataforma continental” según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) comprende el lecho y subsuelo por debajo del mar, que se extiende a lo largo de la prolongación natural del territorio hasta el borde exterior del margen continental. No comprende el fondo oceánico ni el subsuelo de éste. Cuando este margen se extiende más allá de 200 millas marinas desde las líneas de base (la Zona Económica Exclusiva), los Estados ribereños, indica la Convención, delimitarán el límite exterior de la plataforma continental hasta las 350 millas marinas.

La Argentina, en 1995, mediante la Ley 24.543 ratificó la CONVEMAR, por tal motivo, creó la Comisión de Límites de la Plataforma Continental Argentina (COPLA) que, desde su formalización por la Ley 24.815 de 1997, elaboró un trabajo interdisciplinario excepcional que transcurrió durante varios gobiernos (Menen, De la Rúa, Kirchner, Fernández de Kirchner), de modo de cumplir con lo previsto en el artículo 76º (inc. 8 y 9) que establecía: «El Estado ribereño presentará información sobre los límites de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas (…) a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental…» para lo cual, «depositará en las Naciones Unidas las cartas e información pertinente que describa el límite exterior de su plataforma continental…».

Como consecuencia de ello, la referida Comisión de Límites, que funciona en la O.N.U. pero no pertenece a esta Organización, sino que fue creada por la CONVEMAR (Anexo II art. 1 a 3), compuesta de 21 miembros, analizó la voluminosa documentación que la Argentina presentó el 21 de abril de 2009, mediante la cual solicitó la recomendación por parte de esta Comisión de 1.782.000 km2 de plataforma continental por fuera de las doscientas millas marinas; la cual, el 28 de marzo de 2016 y el 17 de marzo de 2017 recomendó la aprobación de solo 351.633 km2 por cuanto 1.430.367 km2 no fueron tratados —por entender ese Cuerpo— que eran espacios relacionados a Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Ya en el año 2020 este gobierno promovió —a mi juicio innecesariamente— la sanción en el Congreso de la Nación de la Ley 27.557 resaltando una supuesta reafirmación soberana sobre espacios que en su mayoría —como dije— estaban en disputa con el Reino Unido, con el objeto evidente de satisfacer políticas domésticas.

Por su parte, la República de Chile, no efectuó similar presentación ante la referida Comisión de Límites y si, bien no hay plazos porque la plataforma continental es “inherente” a los Estados, es particularmente notable la falta de observación oportuna de Chile, ya que por un lado los técnicos que integraban la Comisión recomendaron por unanimidad la presentación argentina en los kilómetros cuadrados indicados, que incluían el espacio, hoy reclamado por Chile y, tampoco el país vecino efectuó observación alguna, entre la presentación y la recomendación a Argentina (entre 2009 y 2017) y, recién el pasado 27 de agosto de 2021 el gobierno de Sebastian Piñera cuestionó por Decreto los espacios informados por la Argentina, entendiendo que en el sur de Tierra del Fuego, se podría estar cercenando derechos chilenos relativos a la isla Diego Ramirez y, fundado en que Chile, pretendería proyectar su plataforma continental al este de las coordenadas establecidas en el artículo 7º del Tratado de 1984.

Es difícil entender el reclamo chileno ya que, correspondería indicar los límites que se acordaron entre ambos países por el Tratado con Chile de 1881, el Protocolo Complementario de 1893 y, especialmente por el Tratado de Paz y Amistad de 1984, donde se estableció una línea divisoria en las coordenadas 67º 16’ que delimita claramente a ambos países: «El límite entre las respectivas soberanías sobre el mar, suelo y subsuelo de la República Argentina y de la República de Chile en el mar de la Zona Austral a partir del término de la delimitación existente en el Canal de Beagle será la línea que una los puntos que a continuación se indican y que se identifican con líneas y los puntos A, B, C, D. E y F, donde se indica que desde el punto E el límite continuará hacia el Sur hasta el punto cuyas coordenadas son 58° 21’,1 de latitud Sur y 67° 16’,0 longitud Oeste identificado como punto F.

A esta altura suscribo a la expresiones del Coordinador del Departamento del Atlántico Sur del IRI el Dr. Carlos Alberto Biangardi Delgado en el sentido de que “Argentina y Chile se han reconocido mutuamente derechos de soberanía sobre una porción del cuadrante antártico suramericano: promover la defensa conjunta de la misma dentro del Sistema del Tratado Antártico, ya que los actores extrarregionales que operan hoy en la Antártida dificultarán al extremo una acción individual exitosa de cada uno de estos países (…) lo importante es no ser funcional al juego de todos aquellos interesados en dividirnos, solucionando este nuevo diferendo dentro del amplio marco que nos ofrecen las herramientas del Derecho Internacional (…) y promover la defensa conjunta del cuadrante antártico suramericano reclamado por ambos países, partiendo de la base del mutuo reconocimiento de la soberanía sobre el mismo”.

Dicho esto, no deja de llamar la atención la innecesaria confrontación en estos momentos, en que ambos países enfrentan procesos electorales y Chile lleva además adelante, una reforma Constitucional, a la par de que la Argentina, sufre una invasión británica de 1,6 millones de km2 de sus mares y territorios insulares en el Atlántico Sur; la explotación de sus recursos naturales; más la pretensión del Reino Unido de disputarnos millones de km2 de plataforma continental y la Antártida.

Este reclamo chileno, debería resolverse entre ambas Cancillerías, evitando pasar por arbitrajes que tensionan, respetándose las mutuas soberanías y de la manera más efectiva, para que estas diferencias no sean funcionales a intereses ajenos a Suramérica.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Ex asesor en la Honorable Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, escritor, autor de 26 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de la Entrega”, 2009) y articulista de la especialidad. En prensa: “Argentina. La Casa Común. La Encíclica Laudato Si’ El Cuidado de la Casa Común. Comentada”, 2021. Miembro de la SAEEG.

 

Artículo publicado por “El Economista. Internacional”, 31/08/2021, https://eleconomista.com.ar/2021-08-divide-y-reinaras-reflexiones-sobre-el-reclamo-territorial-de-chile/