Archivo de la etiqueta: China

LA PESCA EN ALTA MAR ES ILEGAL. UNA INTERPRETACIÓN BIOLÓGICA.

César Augusto Lerena*

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) es considerada por muchos expertos y juristas como la Constitución de los Océanos. Algunos sostienen, que es «uno de los avances del derecho internacional más importantes del siglo XX».

Yo entiendo, que la regulación de los límites marítimos, en la que derivó la IIIª Conferencia, minimizó —en perjuicio de los Estados ribereños— las cuestiones relativas al cuidado de los recursos vivos indicadas desde el Preámbulo de la CONVEMAR: garantizar explotación sostenible de los recursos vivos. Por el contrario, esta norma favorece a las grandes potencias, que son mayoritariamente las que pescan a distancia y las principales actoras de la pesca ilegal (INDNR) y la depredación.

La CONVEMAR y el reglamentario Acuerdo de Nueva York, en lo relativo a la sostenibilidad de las especies marinas vivas, han establecido el «cómo», sin definir previamente el «qué» y, modestamente sostengo, que no tienen el rigor científico adecuado para lograr una articulación entre los fenómenos biológicos, insuficientemente estudiados y definidos, a la hora de llevar adelante este contrato, que se ha centrado en la cuestión de límites y el apoderamiento de los recursos naturales y, no, en la sostenibilidad de las especies.

La pesca ilegal

Se entiende como Pesca ilegal, y con el tecnicismo de INDNR (ilegal, no declarada, no registrada) a aquella que se realiza infringiendo las leyes nacionales, regionales y/o internacionales; cuando no se declaran o se lo hace en forma inexacta, las operaciones; cuando no hay control de las capturas y/o desembarcos, porque se realiza sin observadores e inspectores inobjetables o los transbordos se efectúan en el mar; la que recibe subvenciones del Estado de origen, facilitando este tipo de pesca; la pesca de juveniles o de tamaños no autorizados; cuando se utiliza redes con mallas inferiores a las aprobadas para la especie de que se trate; cuando se descartan pescados al mar, porque se trata de pesca incidental o no comercial; cuando se sustituyen las especies o se falsean las declaraciones; la que sobreexplota los stocks disponibles o no hay forma de determinarlo; el uso de banderas de conveniencia para evadir controles y penalidades; la que no se conoce el origen ni la trazabilidad de los productos; la que se realiza sin control de las buenas prácticas de pesca; cuando se apropia de recursos de terceros países y/o se afecta a regiones en desarrollo o que en sus economías tienen en este recurso un importante medio de sustento; la que causa contaminación marina; la que se realiza con trabajo esclavo u otras irregularidades ambientales, ecológicas, sociales y económicas.

La mayoría de la pesca ilegal se realiza fuera de las ZEE donde no son aplicables multas, salvo persecución previa. Además, la pesca ilegal no se desalienta con leyes que sancionan con multas. El valor de los permisos de pesca son superiores a los productos y/o las embarcaciones y no hay multa que pueda compensar la reiterada y sostenida pesca ilegal. En el mundo, hay muchos países que habiendo ratificado la CONVEMAR aplican o consideran que debe aplicarse una legislación penal (entre ellas la prisión) a quienes realizan la pesca ilegal y ello pese a las limitaciones impuestas en la Convención. Entre ellos la Argentina, Brasil, Costa Rica, Chile, México, entre otros. Por su parte, la Unión Europea (UE), donde varios países han ratificado la CONVEMAR, mediante la Directiva 2008/99/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 19/11/2008 entendiendo que «los sistemas de sanciones no son suficientes para lograr la protección del medio ambiente. Este cumplimiento puede y debe reforzarse mediante la aplicación de sanciones penales» y en este sentido Alemania y España, entre otros, prevén penas de prisión para pesca ilegal en su legislación. Del mismo modo, la UE en el Reglamento (CE) 1005/08 del Consejo de 29/9/08 siendo parte contratante de la CONVEMAR y habiendo suscrito el Acuerdo de 1993 de conservación y ordenación de la pesca en alta mar de la FAO indica: «el principio esencial, es que todos los Estados tienen el deber de adoptar medidas adecuadas para asegurar la gestión sostenible de los recursos marinos…» y, «la pesca ilegal es una de las mayores amenazas para la explotación sostenible (…) además, de una gran amenaza para la biodiversidad marina y para la situación socioeconómica de los pescadores que respetan las normas…». Por tal razón y otras, la UE dice que: «Es fundamental que la UE adopte medidas disuasorias para los buques pesqueros involucrados en pesca ilegal cuando el Estado de abanderamiento no tome las medidas adecuadas (…) Los Estados miembros podrán utilizar también o alternativamente sanciones penales efectivas (…) y, otras accesorias como embargo del buque infractor». Finalmente, otros países como Colombia, Estados Unidos, Perú y Venezuela, que no han firmado la CONVEMAR, tienen prevista en su legislación la prisión por pesca ilegal. En esta materia la CONVEMAR no es parte de la solución sino del problema.

En cualquier caso, habiendo o no suscripto la CONVEMAR y otros acuerdos complementarios, la Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, entre otros Estados ribereños, sufren la pesca ilegal, motivo por el cual toda acción intencional que rompa el equilibrio del ecosistema es un hecho gravísimo y debe penalizarse con el máximo rigor, en especial, mientras no se arriben a Acuerdos que garanticen a los países ribereños la sostenibilidad de sus recursos migratorios y el sustento con esta proteína esencial a sus poblaciones. 

La falta de definición de los recursos migratorios, altamente migratorios y transzonales

Ni la CONVEMAR, ni el Acuerdo de Nueva York (NY) o la FAO definen expresamente qué se entiende por recurso migratorio y/o transzonal. La CONVEMAR tampoco indica la diferencia entre los términos “migratorio” y “altamente migratorio”, denominación esta última inventada por algún técnico, que no solo es imprecisa, sino que carece de consenso científico. La migración, no está relacionada con la distancia que recorre la especie en su ciclo biológico y, el término “transzonal”, para ser aplicado a la movilidad de las especies, es solo una terminología geográfica antojadiza, de carácter no biológico. En el texto del Acuerdo de NY se utiliza más de cincuenta veces esta calificación, mientras que no es mencionado ni una sola vez en la CONVEMAR. Se podría entender desde la geografía que una especie es transzonal cuando su habitad transcurre entre varios límites geográficos políticos; pero, desde lo biológico, el ámbito de distribución es inherente a la característica de la especie, su alimentación, la reproducción y los fenómenos oceanográficos y ambientales. Incluso, dentro de una misma especie, se reconocen distintos conjuntos pesqueros que están distribuidos en regiones hidrográficas diferentes (Angelescu y Prenski, 1987) y donde su migración no es la misma. El término “transzonal” no es preciso; podría ser aplicado a una especie que habitualmente migra y también a otra que habita en un espacio limítrofe sin migrar y la FAO (FIDI) es esclarecedora, al respecto: «las poblaciones transzonales son fundamentalmente “residentes” de las ZEE, es decir, su biomasa global se encuentra, en gran parte, dentro de la ZEE, desbordando unas millas hacia alta mar». Y esta opinión de la FAO, es muy importante, porque centra el dominio de estos recursos en los Estados ribereños, donde las especies realizan la parte más relevante de su ciclo vital. De ahí que resulta inadmisible, que por el solo hecho de transponer estas especies las 200 millas, los Estados de bandera puedan apropiarse libremente del recurso.

A esta altura observo tres cuestiones: la primera, que la Convención se limita a mencionar en el Anexo I a un reducido número de especies como altamente migratorias, dejando fuera a especies migratorias de valioso interés de los Estados ribereños, como en la Argentina, el calamar (Illex argentinus); la merluza común (merluccius hubbsi); la merluza negra (Dissostichus eleginoides); el abadejo (Genypterus blacodes); la polaca (Micromesistius australis); la merluza de cola o hoki patagónico (Macruronus magellanicus); la nototenia (Patagonotothen ramsayi), etc., que realizan, una migración que las expone a la pesca ilegal de 350 a 500 buques chinos, españoles, británicos, coreanos y taiwaneses en la alta mar o en el área de Malvinas ocupada en forma prepotente por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Todas las especies mencionadas son migratorias, pero la ausencia del calamar Loligo gahi en el Anexo I resulta grotesco, porque si bien los británicos en Malvinas lo consideran una especie local, es bicontinental (Pacífico-Atlántico), se distribuye desde la costa hasta el talud continental y, siguiendo la Corriente de Malvinas llega a la altura de la Provincia de Buenos Aires (36ºS/38ºS). Todo ello no debiera interpretarse como un error técnico, sino como un manifiesto interés de los Estados de Bandera (expresado en la letra de la CONVEMAR) de no discutir el origen ni el domino de estas especies, que son el objeto de sus capturas. La segunda, es que en la Convención hay una reiterada vocación de crear organizaciones regionales en lugar de que estas cuestiones se arreglen en forma bilateral entre los países. , la tercera, que en el art. 65º relativo a los mamíferos marinos —si bien estoy a favor de su preservación— se habilita a los Estados ribereños a aplicar medidas más rigurosas, cuando en realidad el resto de las especies marinas deberían ser objeto de igual rigor, porque su depredación no solo afecta a la sostenibilidad de las especies, sino el sustento y economía de las poblaciones. En el Atlántico Sur los buques extranjeros citados, se llevan 1 millón de toneladas anuales de recursos originarios de la ZEE Argentina, impidiendo el desarrollo de todo el litoral patagónico nacional, lo que entendemos como central, ante la ocupación británica de 1,6 millones de km2 de mar argentino frente a la Patagonia.

La FAO, tampoco define qué entiende por especies “transzonales o altamente migratorias” y ratifica de hecho nuestra opinión, de que la CONVEMAR no ofrece ninguna definición válida para estas especies, indicando: «un caso no previsto explícitamente en la Convención, es el de las poblaciones que se encuentran dentro de las ZEE de dos o más Estados ribereños y en zonas adyacentes de alta mar» y, precisa, «que las poblaciones transzonales, deben indicarse, no sólo por el nombre de la especie, sino también, por su ubicación específica (por ejemplo, bacalao de los Grandes Bancos)». Esta cuestión debió ser un debate previo a la CONVEMAR, ya que como me he referido no se puede establecer el “cómo, sino se define previamente el “que. Debatir cuáles son las especies migratorias y de quién es su titularidad debió ser un hecho previo a la Convención pero, claro está, esta cuestión no es de interés de las grandes potencias que pescan a distancia apropiándose de los recursos de los Estados ribereños, como lo hacían en los continentes hace dos siglos atrás y aún después hasta nuestros días.

La falta de referencia al total de especies migratorias, algunas de las cuales cité con anterioridad, y la falta de precisión de los adjetivos específicos y ausencia de aprobación científica de los términos transzonal, altamente migratoria o migratoria, a mi entender, invalidan toda pretensión de aplicar el Acuerdo de NY, al menos en la Argentina, ya que la CONVEMAR en su Anexo I remite en forma taxativa a determinadas especies, que no incluyen a peces, crustáceos o moluscos del Mar Territorial, la Zona Contigua, ZEE Argentina o el Atlántico Sudoccidental.

Para comprender los dichos precedentes, hay que empezar por entender qué es un “recurso migratorio” y ello incluye, a los términos sui géneris de “altamente migratorios” y “transzonales”. La Argentina, mediante la Ley 24.543 y la 24.922 reivindicó sus derechos sobre estos recursos, por cuanto su biomasa global se encuentra en su ZEE, donde estas especies realizan gran parte de sus principales etapas del ciclo biológico, hasta migrar a la alta mar donde son capturadas por los buques extranjeros, para, finalmente —los que logran evadir estas capturas— regresar a la jurisdicción nacional; siendo este último movimiento la condición principal para considerar “migratorio a un recurso, ya que como lo indican los científicos del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) Ana Roux, Juan de la Garza, Rubén Piñero y Daniel Bertuche en su trabajo “La ruta de migración del langostino patagónico, «El término migración, en el sentido biológico, refiere, a los movimientos periódicos que algunas especies de animales realizan, desde una región geográfica, y su subsecuente regreso…». En los recursos de los cursos de aguas marinas, en las aves y otras especies, no hay migración sin regreso al lugar de origen. Incluso, es muy probable, que la especie humana migrante regresaría, si no fuese porque las condiciones de origen que dieron lugar a la migración suelen mantenerse muy desfavorables.Los buques extranjeros que capturan sin control en alta mar rompen ese ciclo biológico, ya que ecológicamente, la especie necesita regresar a la ZEE donde realiza su etapa biológica más importante y, como bien refiere el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO: «los Estados deben aplicar el Criterio de Precaución en la explotación de los recursos, teniendo en cuenta, el hábitat crítico». El caso del calamar patagónico (Argentina) es un ejemplo típico, ya que inicia su ciclo de vida anual en el área continental de la ZEE Argentina, migra al área de Malvinas y del talud y regresa al área original del ciclo; por lo cual, su captura sin control en Malvinas o en alta mar, no solo dificulta su sostenibilidad sino que al estar vinculada su ecología trófica a otras especies, donde actúa como depredador o presa, afecta al total de las especies con las que interactúa en el ecosistema (las que mencioné precedentemente y otras), que en la Argentina son centrales en la alimentación, la generación de industrias y empleo. Ello se ratifica en los propios considerandos del Acuerdo de NY, donde destaca, que la depredación se produce por la pesca de alta Mar: «algunos recursos se están explotando en exceso…». Esta ecología trófica de por sí, deja de manifiesto que es un absurdo biológico admitir una pesca libre en alta mar y, una controlada en ZEE.

La legislación aplicable y la pesca en alta mar

Como sabemos, se realizaron dos Conferencias previas a la Asamblea General de las Naciones Unidas, donde se convocó a una Tercera desarrollada en Nueva York en 1973. En esta se aprobó el texto, con el voto de 130 países, donde se abstuvieron 17 y votaron en contra 4, entre estos últimos Estados Unidos. Se adoptó por consenso y en forma integral (package deal), de tal modo, que no hubo margen para rechazos parciales, sino que debió adoptarse o rechazarse en su totalidad; lo cual dejó lagunas imprecisiones y contradicciones que —a mi juicio— dificultan la aplicación adecuada de la norma y con ello —muy especialmente— el cuidado de los recursos vivos de dominio de los Estados ribereños y si bien la Convención es importante respecto a la explotación de los recursos de la plataforma continental, inclusive la extendida, no es suficientemente adecuada a la hora de preservar las especies vivas de la ZEE y alta mar, por aplicarse escasa rigurosidad biológica respecto a la sostenibilidad de los recursos pesqueros migratorios, a punto tal, que la Argentina debió efectuar observaciones (de poco valor práctico porque la Convención no admite reservas) al ratificar en 1995 la CONVEMAR.

Así podemos ver que en el artículo 87º se indica: «1. La alta mar está abierta a todos los Estados, sean ribereños o sin litoral. La libertad de la alta mar se ejercerá en las condiciones fijadas por esta Convención…»; sin embargo, ésta no fija las normas de sostenibilidad adecuadas y refiere, reiteradamente, en lo relativo a acordar las capturas en alta mar, a los términos “podrá o “procurará (Art. 63º/64º, etc.), lo que le da un carácter facultativo y potestativo y, por lo tanto “opcional” y no preceptivo, donde referiría a un deber u obligación de acordar. Y ello, está absolutamente en línea, con la política de las grandes potencias que, en general, subsidian la pesca en alta mar y, consecuentemente fomentan la pesca ilegal y no buscan Acuerdos con los Estados ribereños —donde, en su gran mayoría en sus ZEE, se originan los recursos migratorios— debido a que en la CONVEMAR ningún Acuerdo con los Estados ribereños es imperativo para los Estados de Bandera.

La Convención puede haber sido exitosa en muchos aspectos, desde lo político y jurídico, pero en lo relativo a las especies vivas de los cursos de aguas no dispone de instrumentos biológicos garantes de la sustentabilidad de las operaciones ni la sostenibilidad de las especies. Ningún empresario puede esperar —por orden del organismo de control local— que la especie se desarrolle, como es el caso del calamar (Illex argentinus) en la Argentina, mientras embarcaciones extranjeras en alta mar, extraen sin control alguno, los recursos en desarrollo en esos espacios. Y no hay que esperar que haya sostenibilidad si no hay desarrollo y reproducción de las especies.

La libertad de pesca en alta mar no puede ser entendida como irrestricta, sino dando cumplimiento a las bases aceptadas internacionalmente de sostenibilidad y trazabilidad. Pese a ello, algunos juristas y muchos funcionarios opinan que deben resguardar el patrimonio del Estado, también (en la Argentina los productos pesqueros son semovientes del Estado) que la pesca en alta mar es libre, absoluta y arbitraria por aplicación de los artículos 87º y 89º de la CONVEMAR y, por lo tanto, no es ilegal. Por el contrario, a mi entender, los buques extranjeros que pescan los recursos migratorios originarios de la ZEE de los Estados ribereños, más allá de las 200 millas, realizan pesca ilegal, conforme a argumentos biológicos de sostenibilidad e interrelación de las especies y la interpretación ampliada de la Convención (análisis hermenéutico jurídico y biológico), en especial, teniendo en cuenta el art. 2º inc. c) de la Ley 24.543; el Preámbulo de la Convención y sus art. 55º; 56º; 58º inc. 3; 61º; 62º; 63º inc. 2; 64º; 69º; 70º; 94º; 100º; 101º inc. ii; 117º; 118º y 119º; su relación con los artículos 4;, 5º inc. d); 21º inc. e); 22º y 23 inc. b) de la Ley 24.922; la opinión de la FAO (FIDI) respecto a que «las poblaciones transzonales son fundamentalmente “residentes” de las ZEE (…) la tendencia a acordar con los Estados ribereños que debe interpretarse como el reconocimiento de facto de un derecho de éstos» y, los Códigos de Buenas Prácticas de Pesca Responsable y Sostenible de la FAO, adoptados por la mayoría de los países.

A pesar de los argumentos explicitados, la legislación citada y los artículos que nos referiremos con mayor amplitud, en el caso argentino, es irresponsable considerar a la pesca en alta mar como legal porque claramente debilita las observaciones del gobierno a la CONVEMAR (Ley 24.543, 1995) y sería ingenuo creer, que la presión de los países que se oponían entonces a un mar territorial de doce millas (en la Argentina la Ley 17.094 de 1966 establecía 200 millas, luego ZEE por modificación de la ley 23.968 de 1991) no actuaron para debilitar la posición de los Estados ribereños y favorecer a los Estados de Bandera que, en su gran mayoría, eran y son los países desarrollados que pescan a distancia subsidiados en alta mar (con este solo argumento esta pesca es ilegal).
La CONVEMAR resultó altamente favorable a estos últimos países, intentándose a través de ésta y del Acuerdo de NY, que inexplicablemente la Argentina firmó en el año 2000 (aunque no lo ratificó), pese a que se excede a las propias regulaciones de la CONVEMAR y atenta contra la Constitución Nacional de Argentina que respecto a Malvinas dice: «…ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas (…) y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional, constituyéndose un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino».

La interrelación de las especies y, su tratamiento único en la ZEE como en la alta mar.

El artículo 56º de la CONVEMAR establece, que el Estado ribereño en la ZEE tiene «1. a) Derechos de soberanía para los fines de (…) conservación y administración de los recursos naturales (…) b) Jurisdicción, para a: iii) La protección y preservación del medio marino; 2. El Estado ribereño tendrá debidamente en cuenta los derechos y deberes de los demás Estados…». Por su parte, el artículo 58º precisa que: «…3. (…) los Estados tendrán debidamente en cuenta los derechos y deberes del Estado ribereño y cumplirán las leyes y reglamentos dictados por el Estado ribereño…». De una lectura ligera de estos dos artículos podría interpretarse que los “Derechos de soberanía de los Estados ribereños para los fines de conservación y administración de los recursos naturales” se limitan a la ZEE, pero esto es “BIOLOGÍA” y si la CONVEMAR refiere a conservar los recursos, cualquiera sea el espacio marítimo, se debería estar legislando con absoluta precisión biológica para la conservación integral (ZEE-ALTA MAR) de los recursos, de otro modo, carecería de todo sentido —existiendo especies migratorias— que se determinen las Capturas Máximas Sostenibles en la ZEE y, al hacerlo, no se evalúen las especies en alta mar o —como ocurre— no se realice ninguna regulación en alta mar. Ambos hechos de una gravedad inusitada.
Por otra parte, el dominio de un recurso originario del Estado ribereño no puede fenecer transitoriamente porque transponga el límite arbitrario de las 200 millas y, luego, recuperar ese dominio, si ese mismo recurso —cerrando su ciclo biológico— no es capturado por buques pesqueros en alta mar, logrando regresar a sus orígenes. Es como si un chacarero perdiera el dominio de un caballo al transponer éste un alambrado perimetral a su propiedad. ¿Qué sentido tiene, entonces, que los Estados ribereños establezcan vedas, zonas de reservas, limitaciones a la captura o Áreas Marinas Protegidas (AMP) en su jurisdicción, si la especie que se preserva en su etapa de desarrollo vital, luego en su migración a la alta mar, pierde el dominio del recurso en manos de buques extranjeros que están en emboscada y realizan una pesca olímpica ilegal hasta agotar el recurso? Con la aplicación del Art. 64º de la CONVEMAR, que refiere a las Especies “altamente migratorias” no se asegurará «la conservación y promoción del objetivo de utilización óptima de dichas especies en toda la región, tanto dentro como fuera de la ZEE».

Asimismo, a todo Estado ribereño (la Argentina) la Convención le exige, en el artículo 61º de “Conservación de los recursos vivos”, la determinación anual de la Captura Máxima Sostenible en la ZEE, para evitar la depredación de la especie y la sostenibilidad del ecosistema y, por ende, la disponibilidad del recurso en alta mar en favor de los Estados de bandera, un hecho por demás elocuente. Dice la Convención en sus incisos: «El Estado ribereño determinará la captura permisible de los recursos vivos en su ZEE (…) asegurará, mediante medidas adecuadas de conservación y administración, que la preservación de los recursos vivos de su ZEE no se vea amenazada…» y se entiende que para determinar esa “captura”, como una herramienta de administración en la ZEE, el Estado ribereño debería evaluar la disponibilidad y el esfuerzo pesquero que sobre las distintas especies interrelacionadas (ZEE-ALTA MAR) se realiza, ya que de otro modo resultaría imposible garantizar «la preservación de los recursos vivos de su ZEE…» y también tener en cuenta que para asegurar que la pesca se siga realizando, tanto en la ZEE como en alta mar, el Estado ribereño tiene sus propias obligaciones derivadas del artículo 62º de la CONVEMAR que establece que el Estado ribereño: «1. promoverá la utilización óptima de los recursos vivos en la ZEE (…) 2. determinará su capacidad de capturar los recursos vivos de la ZEE (…) 3. Incluirá las necesidades económicas de las comunidades pesqueras ribereñas y de Estados en desarrollo, y tendrán en cuenta (…) la interdependencia de las poblaciones (…) 4. Tendrá en cuenta sus efectos sobre las especies asociadas con las especies capturadas o dependientes de ellas, con miras a preservar o restablecer las poblaciones de tales especies asociadas o dependientes…». Nada de lo exigido a los Estados ribereños por la CONVEMAR podría aplicarse, si éstos no administrasen y dieran sostenibilidad a sus recursos migratorios originarios de la ZEE en la alta mar, ya que, si bien el ciclo vital del recurso se realiza en la ZEE, una parte de él ocurre en alta mar. Tampoco, si no se le exige de igual manera a los Estados de bandera que capturan en alta mar.
Las exigencias de los artículos 61º y 62º a los Estados ribereños, no tienen una contraparte de exigencias similares a los buques de bandera que pescan en alta mar (Art. 87º inc. 1e), como si ambos recursos no estuviesen vinculados, no dependiesen el uno del otro y no perteneciesen a un mismo ecosistema, cuestión que el artículo 243º de la Convención desmiente, al referirse a que los procesos en el medio marino están interrelacionados.

También observo que en el artículo 62º inc. 4, la CONVEMAR interviene en facultades de administración de los Estados ribereños, avanzando en la regulación de la pesca en la ZEE, sus leyes y reglamentos de estos Estados, estableciendo, que deben estar en consonancia con la Convención. Esto, que podría considerarse la injerencia de una organización multilateral en cuestiones internas de los Estados, ratifica la convicción de que la centralidad del cuidado de los recursos en el mar debe estar en manos de los Estados ribereños y nos de los Estados de Bandera o en forma compartida con estos y, por las asimetrías económicas y el poder político de estos últimos.

Tratándose de un único ecosistema (ZEE-ALTA MAR), es fundamental que ello esté coordinado por los Estados ribereños que tengan capacidad de hacerlo, independientemente de acordar con los Estados de bandera las capturas en alta mar. Hay una prueba biológica incontrastable que avala esta posición: si aquellos países agotasen el recurso en la ZEE, es altamente probable que se agotasen los recursos en la alta mar.

Refiere el Art. 6º del Acuerdo de NY al “aprovechamiento óptimo”, al “principio de precaución” y a los “efectos medioambientales”, todas cuestiones que no pueden atender los Estados de Bandera porque no establecen Capturas Máximas Sostenibles en alta mar, no sufren control alguno ni informan sobre sus capturas, descartan, interfieren en el ecosistema etc. y realizan por tal motivo pesca ilegal, pese a lo cual se les pretende igualar en derechos a los Estados Ribereños, los que —en general— son los que administran (investigan, conservan…) para hacer sostenibles las especies. Por otra parte, los buques que pescan a distancia son comerciales y sus Estados originarios no tienen la información necesaria, capacidad ni voluntad para hacerlo, por algo subsidian estas capturas a distancia y también lo demuestran algunas administraciones en sus aguas jurisdiccionales, como el caso de la Unión Europea (entre las que más subsidian la pesca) que viene postergando medidas relativas a la conservación de las especies y al uso de determinadas artes de pesca.

Ya he dicho que la CONVEMAR es imprecisa a la hora proteger los recursos, aunque por fuera de todos los fundamentos explicitados en forma precedente, para tipificar a la pesca en alta mar como ilegal, el solo hecho que los Estados de bandera no acuerden con los Estados ribereños en esos espacios la captura, debería entenderse como ilegal y actuar en consecuencia; aunque en este aspecto podemos observar con la tibieza que la Convención invita a “tratar”, “procurar”, etc., como ya me referí respecto al artículo 87º de la CONVEMAR; entendiendo, que los Acuerdos son una herramienta fundamental para asegurar la sostenibilidad y una explotación equitativa.

En la parte introductoria la CONVEMAR indica: «…los problemas de los espacios marinos están estrechamente relacionados entre sí y han de considerarse en su conjunto (…) la utilización equitativa y eficiente de sus recursos (…) la conservación de sus recursos vivos (…) la realización de un orden económico internacional justo y equitativo  que tenga en cuenta los intereses y necesidades de toda la humanidad y, en particular, los intereses y necesidades especiales de los países en desarrollo…», expresiones que la Convención ratifica en el artículo 61º inc. 3): «…teniendo en cuenta las modalidades de la pesca, la interdependencia de las poblaciones» y en el 243º cuando refiere a que los procesos están interrelacionados: «…estudiar la naturaleza e interrelaciones de los fenómenos y procesos que tienen lugar en el medio marino».

Recordemos que no es Chile, Perú, México, Argentina u otros países latinoamericanos quienes pescan en la alta mar en forma subsidiada y sin control alguno, sino que en un 77% de los que pescan son buques que provienen de China, Japón, la Unión Europea (España), Corea del Sur, Taiwán, Reino Unido y Rusia y todos ellos se amparan en esta Convención que los protege y que, además de apropiarse —en la mayoría de los casos— de los recursos migratorios de los Estados ribereños, sus embarcaciones reciben 35 mil millones de dólares anuales de subsidios, un monto equivalente al 35% del mercado mundial y donde el 84% de estos subsidios van destinados a las grandes compañías pesqueras que disponen de buques congeladores y procesadores, capaces de trasladarse a grandes distancias. Un altísimo monto que supera al de todas las exportaciones pesqueras de Latinoamérica. Una desvergüenza que pone de manifiesto la vocación de las grandes potencias de hacerse de los recursos pesqueros, incluso a pérdida, contrario a todas las políticas de la Organización Mundial de Comercio.

Los buques pesqueros no depredan en forma autónoma. Son los países que los subsidian y promueven con ello la pesca ilegal y la CONVEMAR reserva a los países de origen de esos buques la sanción penal, que no efectiviza.

Esto no es un orden internacional justo y equitativo como se pregona, ni mucho menos una herramienta eficaz para la sostenibilidad de los recursos y en favor de los países en desarrollo, en su gran mayoría productores de materias primas. Con el agravante que estos subsidios, facilitan la pesca ilegal en alta mar, depredando el ecosistema; ello, a pesar de que la CONVEMAR indica —como dije— que los «espacios marinos están estrechamente relacionados entre sí y han de considerarse en su conjunto». Es decir, si se quiere proteger el sustento de las próximas generaciones, no debiera darse a la alta mar un tratamiento jurídico y biológico distinto al que se exige a los Estados ribereños en la ZEE, con el objetivo inconfeso, de que los recursos migratorios originarios de esta zona sigan alimentando a las desproporcionadas flotas extranjeras que, pescando en forma descontrolada en alta mar, impiden completar el ciclo biológico de las especies y empobrecen a los Estados más pobres.

La CONVEMAR y las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP)

Con la navegación a partir del siglo XV se avanzó sobre los océanos, donde el mar se convirtió en central para el transporte de mercaderías y personas, destinadas a sostener el colonialismo europeo. En 1494 por el Tratado de Tordesillas, España y Portugal se repartieron el mar, pero, la CONVEMAR, ha normatizado desde el punto de vista jurídico, sin el debido sustento biológico, sobre la explotación de los recursos y, si bien, inicialmente, se pretendió legislar sobre los fondos y espacios marinos a partir de cuestiones relativas al dominio del mar, con origen en las posturas que imperaban en el siglo XVII, el uso libre del mar (Mare Liberum) del neerlandés Hugo Grocio y la teoría que sostenía la posibilidad de apropiarse de territorios marítimos (Mare Clausum) del inglés John Selden, ambas posiciones mutaron y se reconvirtieron conforme al poderío de las naciones.

Sin embargo, ni aquel Tratado ni las referidas teorías contrapuestas avanzaron sobre la explotación de los recursos vivos del mar, de la manera que lo ha hecho la CONVEMAR, donde se reconocen derechos a los Estados de Bandera sobre los recursos pesqueros —que son en la ZEE de dominio de los Estados ribereños— en cuanto transponen la línea imaginaria de las 200 millas, dándole a los países que pescan a distancia la posibilidad de apropiarse “libremente” de un recurso migratorio que no ha completado su ciclo biológico vital, esencial para su supervivencia como especie, instaurando lo que defino como «mare insustineri» y que necesariamente llevará a la inviabilidad pesquera, sino se cumplen con los tres ejes de una administración adecuada: investigación, conservación y distribución, cuestiones que no diseña adecuadamente el ordenamiento previsto de la CONVEMAR y, aún menos, en el Acuerdo de NY (no ratificado por Argentina) que reglamenta aquella, mediante el cual, a través de las llamadas Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) se profundiza la injerencia de la administración de los recursos pesqueros por parte de los Estados de Bandera en perjuicio de los Estados ribereños, quedando ello de manifiesto —a modo de ejemplo— que en cualquiera de estas OROP, los Estados ribereños estarían en minoría respecto a los Estados de bandera en la toma de decisiones y que a los citados Estados ribereños se les asigna obligaciones inadmisibles respecto a la administración de sus recursos en la ZEE (Art. 64º inc. 7 «Los Estados ribereños informarán regularmente a los Estados que pescan en alta mar (…) las medidas que hayan adoptado con respecto a las poblaciones de peces transzonales y altamente migratorios en las zonas que se encuentran bajo su jurisdicción nacional»; aunque, quiero destacar con énfasis que al establecer esta obligación se deja de manifiesto la centralidad del ciclo vital de los recursos en las ZEE, cuestión que no se refleja luego en la CONVEMAR a la hora de definir la titularidad de los recursos y los consecuentes roles. El citado Acuerdo de NY se excede respecto a las Disposiciones de la CONVEMAR y, ello, no solo es contrario al propio Acuerdo que en su artículo 4º indica: «Ninguna disposición (…) se entenderá en perjuicio de los derechos, la jurisdicción y las obligaciones de los Estados con arreglo a la Convención…», sino que es, además, absolutamente improcedente que pueda modificarse el alcance de la CONVEMAR, limitando los derechos de los Estados ribereños según integren o no las referidas OROP. Tal es el caso, por ejemplo, de los artículos 8º y 17º «…El Estado que no sea miembro de la Organización (…) no autorizará a los buques de pabellón a realizar operaciones de pesca (peces transzonales o altamente migratorios) (…) los Estados ribereños correspondientes cumplirán su obligación de cooperar haciéndose miembros de la organización o participantes en el arreglo (…) Únicamente los Estados que sean miembros de dicha organización», etc. lo cual, subordina la administración del Estado ribereño a una organización regional (no reglado en la CONVEMAR) lo que además impediría, entre otras cosas, a los Estados ribereños que no fuesen parte de una OROP, a acordar la pesca con Buques de Bandera en la alta mar. Jurídicamente inadmisible, biológicamente insostenible.De todo lo dicho, ya es posible concluir que para los Estados ribereños las OROP no son una herramienta adecuada sino se define previamente y con claridad, la titularidad de los recursos originarios de la ZEE migrados a alta mar. Vale la pena hacer algunas precisiones. En primer lugar, la Argentina en 1995 (Ley 24.543 art. 2º inc. c) al ratificar la CONVEMAR efectuó algunas declaraciones al respecto: «…El gobierno argentino, teniendo presente su interés prioritario en la conservación de los recursos que se encuentran en su ZEE y en el área de Alta Mar adyacente a ella, considera que de acuerdo con las disposiciones de la Convención cuando la misma población o poblaciones de especies asociadas se encuentren en la ZEE y en el área de la Alta Mar (…), la Argentina, como Estado ribereño, y los Estados que pesquen esas poblaciones en el área adyacente, deben acordar las medidas necesarias para la conservación de esas poblaciones o especies asociadas en la alta mar. Independientemente de ello, el gobierno argentino interpreta que, para cumplir con la obligación que establece la Convención sobre preservación de los recursos vivos en su ZEE y en el área adyacente a ella, está facultado para adoptar, de conformidad con el derecho internacional, todas las medidas que considere necesarias a tal fin».

En segundo lugar, integrar las OROP supone la resignación de la Argentina a la administración de los recursos pesqueros en todo el Atlántico Sudoccidental, por la composición mayoritaria de Estados de Bandera por sobre los ribereños en esas organizaciones, no solo en la alta mar sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE, sino también dentro de ésta, conforme las normas de la CONVEMAR y las correspondientes al llamado Acuerdo de NY, sobre las que ya me referí.

Por las reglas de la CONVEMAR y muy especialmente por la forma en que se pretende regular la pesca de la alta mar en el citado Acuerdo, se deja de manifiesto la clara intención de los Estados de Bandera -en su mayoría países desarrollados que pescan a distancia- de quedarse con los recursos de los Estados ribereños, de otro modo, no podría entenderse que, aquellos recursos que son de dominio de éstos en la ZEE, por solo hecho de pasar la línea imaginaria de las 200 millas puedan ser pescados libremente por terceros países sin intervención de los Estados ribereños y, aún peor, que los Estados de Bandera incidan sobre la administración de los recursos en la ZEE. Este criterio rompe con el más elemental modelo biológico, de sostenibilidad de las especies y soberanía de los países.

Además, y muy importante, que las negociaciones dentro de las OROP entre una potencia y un país débil son absolutamente desiguales, donde el primero puede ejercer una fuerte presión económica sobre el segundo y terminar la pesca siendo una mera moneda de cambio de intereses económicos o políticos superiores. Los Acuerdos pesqueros de Argentina con la URSS en 1986 y con la Unión Europea (ex CEE) en 1994 fueron una prueba acabada de ello. Por ello, propicio Acuerdos entre Empresas con el aval del Estado y no Acuerdos entre Estados y, aun menos con organizaciones regionales (OROP). Si no hay cuidado de los recursos en la ZEE no habrá recursos en alta mar y si se depreda los recursos en alta mar habrá insostenibilidad de éstos en la ZEE. La dimensión del daño que provoca a los Estados ribereños la pesca en alta mar ilegal es inconmensurable, frente a ello, la incongruencia biológica de la CONVEMAR es alarmante. Es un instrumento, que no podría pasar un informe técnico de ningún organismo competente que cuide los recursos naturales del planeta.

En cualquier caso no hay regla jurídica moderna que pueda ir en contra de los hechos biológicos, que son naturalmente previos; ni que el dominio de un semoviente (los peces) se pierda por el solo hecho de que los recursos transpongan la línea de las 200 millas; mucho menos cuando el ciclo vital de esas especies se caracteriza por ser biológicamente migratorias. Y será pesca ilegal, mientras los Estados que pescan en alta mar esas especies migratorias o asociadas no se avengan a acordar con los Estados ribereños esa pesca.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Ex Asesor en la H. Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación, autor de 28 libros. Entre ellos: “Malvinas. 1982-2022. Una Gesta Histórica y 40 años de Entrega. Pesca la moneda de cambio” (2021) y “Argentina. La Casa Común. La Encíclica Laudato Si’ El Cuidado de la Casa Común. Comentada” (2021).

 

 

INTEGRACIÓN Y DESINTEGRACIÓN EN UN CONTEXTO DE RECONFIGURACIÓN MUNDIAL. HISTORIA, PRESENTE Y PERSPECTIVAS.

Marcelo Javier de los Reyes*

Imagen de InstagramFOTOGRAFIN en Pixabay 
Introducción 

La historia reciente de las relaciones internacionales ha estado signada por procesos de integración, algunos de los cuales se han dado a través de la formación de bloques regionales.

Considerar que un bloque regional obedece solo a razones económicas es tener una visión sesgada de lo que lleva a un proceso de integración, pues el mismo no podría darse sino se comparten posiciones políticas similares, valores, rasgos culturales comunes, intereses comunes más allá de los comerciales y económicos. Por tal motivo, la integración lleva consigo necesidades económicas, políticas y de seguridad. Sin embargo, a aquel período que motivó la integración tras la Segunda Guerra Mundial le sigue una más reciente —al que asistimos— de desintegración. Solo basta observar lo que sucede en el mundo: la estrepitosa retirada de Estados Unidos de Afganistán significó un quiebre con sus aliados europeos, los que nuevamente pusieron sobre la mesa la propuesta de crear una fuerza de defensa europea; otro paso en ese sentido fue el tratado entre Estados Unidos, el Reino Unido y Australia (AUKUS) para el área Indo Pacífico. El Brexit ha generado un nuevo capítulo en Europa del que se están viendo las consecuencias, tanto en las islas británicas como en el continente. Países que se integraron más recientemente a la Unión Europea, desafían a Bruselas al no aceptar la supranacionalidad en forma general: Hungría y Polonia son claros ejemplos de ello.

De este modo, fuerzas de desintegración toman vigor y conviven con las de integración, incrementando la incertidumbre global en un mundo que aún no ha superado los efectos de la pandemia de COVID-19.

Por otro lado, la globalización nuevamente es puesta a juicio y parece encontrar nuevos límites, ocasionados también como consecuencia de su propia velocidad.

Hacia la integración

Hablar de integración amerita mencionar la globalización porque podría afirmarse que la globalización ha sido la gran impulsora de los procesos de integración, que es lo que ha llevado a la formación de los bloques regionales. Entonces deberíamos considerar cuál sería el origen de la globalización.

Hace ya varios años, cuando se hablaba del “fin de la Historia”, del “choque de civilizaciones”, del “pensamiento único”, en un artículo que escribí planteaba que “considerar al proceso de globalización como un fenómeno de las últimas décadas del siglo XX es desconocer la esencia del hombre y desinteresarse por la historia”[1].

Sucede que vivimos en una sociedad que maneja una velocidad vertiginosa, en la que los acontecimientos se producen de tal forma que hace que pasemos página rápido de lo que ha sucedido recientemente, porque la intoxicación informacional (“infoxicación”) nos produce un rápido olvido del pasado, un desinterés por la historia y una falta de vivencia del presente. Esto es producto del avance tecnológico, de la revolución de las comunicaciones. Estos elementos son los que han favorecido la interrelación mundial, fundamentalmente la mundialización de la economía que introdujo una sorprendente interdependencia en el mundo.

Entonces consideraba que el hombre ha pasado diferentes procesos de globalización desde que se hizo sedentario, claro que conforme a “la velocidad” de su tiempo. De este modo hubo procesos de globalización y de integración a lo largo de la historia, como por ejemplo el Imperio romano, la expansión del islam, las Cruzadas o el descubrimiento de América por parte de los europeos, hecho hoy bastante cuestionado por diversos sectores.

En función de ello puede afirmarse que la integración puede deberse a cuestiones económicas, más precisamente comerciales, pero también a temas de defensa y de seguridad, aunque no se agotan solo en esto. De tal manera que puede destacarse que hay diversos motivos para integrarse, porque no es lo mismo la OTAN que la Unión Europea, aunque pueda haber intereses comunes o una integración en materia de Inteligencia como Five Eyes.

Ahora bien, podemos definir a un bloque regional como un espacio en el cual las relaciones entre países vecinos alcanzan un grado mayor de integración con respecto a países del resto del mundo y esto puede darse tanto mediante acuerdos de integración económica o no.

Es aquí donde podría decirse que la mención de lo que comúnmente se toma como globalización —un fenómeno que adquirió una gran velocidad a fines del siglo XX— puede ser reconsiderada. Para ello basta con pensar en la Liga Hanseática, una confederación de ciudades comerciales —de suma importancia para su época— que habría tenido su origen hacia el año 1150 pero que se conformó como tal en 1358 y que extendió su influencia durante casi 300 años, integrando en su momento de máximo esplendor a aproximadamente 200 ciudades del norte de Europa, desde el este de Inglaterra a Rusia. Con sede en Lübeck, se trató tanto de una organización comercial y financiera como de defensa ya que la Liga Hanseática favorecía el comercio —de forma monopólica— pero también protegía a los comerciantes y a sus barcos de los piratas que merodeaban en el mar Báltico.

En este sentido, también debe recordarse que en 1362 la Liga le declaró la guerra a Dinamarca debido a la ocupación y saqueo de Visby —uno de los más importantes centros comerciales de la Liga en el Báltico y el más importante antes de su creación, localizado en la isla de Gotland—, lo que llevó a que ese reino fuera forzado a pagar indemnizaciones en 1370, así como a ceder territorios, lo que le otorgó aún más poder a la Liga.

Europa y la Liga Hanseática.

Tenía oficinas (kontore) en diversas ciudades, inclusive en algunas que no pertenecían a la Liga, como Londres, en la actual estación Cannon Street, ciudad que llegó a tener unos 400 comerciantes hanseáticos[2]. También había un kontor en Novgorod[3]. Podría considerarse como un antecedente de lo que hoy es la Unión Europea, salvando las cuestiones que se refieren a las estructuras políticas y económicas pero sí crearon un sistema de normas y regulaciones comunes, además una lista consensuada de pesos y medidas para evitar conflictos[4].

La Liga Hanseática, entonces, puede considerarse un antecedente de lo que hoy que hoy consideramos “integración económica” pero no un bloque regional. Se trataba de una iniciativa privada y los Estados nacionales aún no habían hecho su aparición en la Historia. Otro ejemplo es la Ruta de la Seda, que tiene su origen en torno al siglo I a. C y era la principal conexión entre Oriente y Occidente, comunicando China con Europa. Este término fue acuñado en 1877 por el geógrafo Ferdinand Freiherr von Richthofen (1833 – 1905).

En el siglo XX, después de la Segunda Guerra Mundial, comenzaron los procesos de integración aunque durante el curso de la guerra se dio inicio a una Unión Aduanera. Los gobiernos de Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo en el exilio en Londres firmaron, el 5 de septiembre de 1944, el tratado que constituía esa integración pero que no llegó a concretarse debido al estado de beligerancia. Precisamente el conflicto armado puso en evidencia la necesidad de aunar esfuerzos entre estos países para llevar a cabo sus respectivas reconstrucciones. Esta Unión Aduanera entró en vigor en 1948 y obró de estímulo para iniciar las primeras etapas del proceso de integración europea. En 1958 se profundizó aún más la iniciativa dando lugar al Tratado de Unión Económica del Benelux (acrónimo formado por las primeras sílabas de los países miembros). El 17 de junio de 2008, un nuevo Tratado del Benelux permitió la constitución de la actual Unión Benelux que no es meramente un bloque regional con fines económicos. En su declaración conjunta de abril de 2019 y en la Cumbre del Benelux del 7 de octubre de 2020, los Primeros Ministros recordaron la estrecha cooperación de los tres países en el ámbito de la seguridad a través del Memorando de Senningen, que consta de cuatro partes: policía, gestión de crisis, justicia, asilo y migración. Asimismo, los países miembros han acentuado repetidamente que la aplicación del acervo de Schengen (para un espacio de libertad, seguridad y justicia) debe seguir siendo una prioridad[5]. La Unión del Benelux también está intensificando su cooperación con Renania del Norte-Westfalia sobre la base de las declaraciones conjuntas de abril de 2019 y octubre de 2020[6].

En 1951 se firmó el Tratado de París constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), que reunió a 6 países (Bélgica, Alemania, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos) “con el fin de organizar la libertad de circulación del carbón y del acero y el libre acceso a las fuentes de producción”[7]. Este Tratado tuvo una característica relevante que fue la creación de una Alta Autoridad común para:

    • supervisar el mercado;
    • vigilar el respeto de las normas de competencia, y
    • velar por la transparencia de los precios.

Firma del Tratado de París, constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). Imagen: Parlamento Europeo, https://www.europarl.europa.eu/about-parliament/es/in-the-past/the-parliament-and-the-treaties/treaty-of-paris

El Tratado CECA fue el hito fundacional para que se llevara a cabo la integración europea tal como la conocemos hoy. En su proceso se fueron celebrando varios tratados que llevaron a la adhesión de otros miembros (Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido en 1972, Grecia en 1979, España y Portugal en 1985 y Austria, Finlandia y Suecia en 1994). Cuando expiró el Tratado CECA, las normas relativas a los sectores del carbón y del acero se incorporaron a los tratados constitutivos de la Comunidad Europea, el Tratado de Roma[8].

En función de lo expuesto puede apreciarse que un bloque regional puede ser originado por razones económicas pero siempre estarán presentes las motivaciones políticas ya que la unión de dos o más países otorga a los miembros del mismo un mayor poder de negociación frente a terceros países. Desde un punto de vista económico, también les permite ampliar sus mercados, los que se unifican en un mercado único, lo que les permite desarrollar economías a escala, dividir la producción entre los miembros, incrementar la producción con el objetivo de abastecer el mercado interno y exportar los excedentes.

En los casos mencionados, también deben tenerse presente que las razones de seguridad también se incluyen en estos tratados que se van ampliando conforme a las necesidades de los Estados parte. Es decir, que no se trata de procesos puramente económicos ni puramente políticos.

La defensa también puede ser una razón para que un conjunto de países se aglutinen por medio de un tratado. Ejemplo de ello es la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), creada en 1949, y su contraparte, el Pacto de Varsovia, establecido en 1955 y cancelado el 1º de julio de 1991. Ambos casos también podrían considerarse bloques regionales aunque existen numerosos ejemplos de tratados militares que no están integrados por países de una misma región. 

La integración en América 

Como se ha mencionado ut supra, en la década de 1950 se inicia el proceso de integración en Europa pero también por esos años el entonces presidente de la Argentina, general Juan Domingo Perón, también aspiraba a lo mismo en nuestra región. El 11 de noviembre de 1953, en la entonces Escuela Nacional de Guerra —dependiente del Ministerio de Defensa—, el presidente Perón pronunció un discurso que permaneció como “Documento Reservado” (secreto) hasta 1967, año en que fue dado a conocer públicamente, conocido como “Unidos o Dominados”[9].

Discurso pronunciado por el general Juan Domingo Perón en la Escuela Nacional de Guerra, el 11 de noviembre de 1953, conocido como “Unidos o Dominados”.

En esa oportunidad, Perón dijo que “Las organizaciones humanas, a lo largo de todos los tiempos, han ido, indudablemente, creando sucesivos agrupamientos y reagrupamientos” y partiendo “desde la familia troglodita” se explayó hasta medio siglo después al afirmar que “hay quien se aventura ya a decir que para el año 2000 las agrupaciones menores serán los continentes”. Invocando la “superpoblación” y la “superindustrialización”, avizoraba los problemas económicos, políticos y sociológicos que afectarían a la humanidad y que la “lucha fundamental en un mundo superpoblado” sería, en primer lugar, por los alimentos (“la comida”) y, en segundo, por las materias primas, por lo que “la lucha del futuro será cada vez más económica”. Esta perspectiva, aseguraba, que la región tenía una “ventaja inicial” pero, por las mismas circunstancias, divisaba una gran amenaza.

Tras reconocer los errores propios de los primeros gobiernos de la Argentina, aseguró que estaba dispuesto a poner “toda nuestra voluntad real, efectiva, leal y sincera para que esta unión pueda realizarse en el Continente”, habida cuenta que pensaba “que el año 2000 nos va a sorprender o unidos o dominados”. Al promediar su discurso expresó:

La República Argentina sola, no tiene unidad económica; Brasil solo, no tiene tampoco unidad económica; Chile solo, tampoco tiene unidad económica; pero estos tres países unidos conforman quizá en el momento actual la unidad económica más extraordinaria del mundo entero, sobre todo para el futuro, porque toda esa inmensa disponibilidad constituye su reserva. Estos son países reserva del mundo.

De este modo había lanzado su propuesta del “ABC”, la “necesidad de la unión” de Argentina, Brasil y Chile. A ella luego se sumarían los demás países de la región. Esto lo llevó a conversar —tiempo antes— con los presidentes de Brasil (1951-1954, su última presidencia) y de Chile, Getulio Vargas y el general Carlos Ibáñez del Campo (1952–1958, segunda presidencia), respectivamente. Ambos estuvieron absolutamente de acuerdo pero había que vencer “intereses” sectoriales en esos países. Sintetizando la explicación de la negociación que llevó a cabo Perón, logró firmar el tratado en Chile con el general Ibañez pero las presiones internas en Brasil impidieron que el presidente Vargas pudiera llevar adelante su objetivo. El gran enemigo de la Argentina, el ministro de Relaciones Exteriores de Brasil, João Neves da Fontoura, reaccionó inmediatamente en contra del tratado firmado por Perón e Ibañez. Vargas tenía a sus enemigos dentro de su propio gabinete.

Juan Domingo Perón con el presidente Carlos Ibáñez del Campo, en oportunidad de su visita a Chile, donde suscribieron el convenio que consagró la unión económica de ambos países y cuyo objetivo era la integración americana. Fue el hito para la creación del ABC (Argentina, Brasil y Chile), el antecedente del actual MERCOSUR.

El presidente Getulio Vargas se suicidó el martes 24 de agosto de 1954 de un disparo en su habitación del Palacio de Catete, en Río de Janeiro. Dejó una carta testamento que cerraba de la siguiente manera: “Serenamente doy el primer paso al camino de la eternidad y salgo de la vida para entrar en la historia”. El “ABC” no se concretó.

La idea del general Perón, también había sido considerada a principios del siglo XX por el Barón de Río Branco (José Maria da Silva Paranhos Junior), en oportunidad de estar al frente de la cancillería de Brasil en el marco de una tensa relación entre la Argentina y Brasil. La propuesta se la formuló al presidente Roque Sáenz Peña.

En 1915, se firmó el Tratado del ABC como un mecanismo destinado a frenar conflictos, pero nunca entró en vigor debido a que la Cámara de Diputados argentina nunca lo aprobó. Sin embargo, en 1914, el ABC ya había sido protagonista a escala continental al mediar en el conflicto internacional que se produjo entre México y los Estados Unidos.

Hacia fines de la década de 1950, se inició una política desarrollista en Brasil y Argentina, países presididos por Juscelino Kubitschek y Arturo Frondizi, respectivamente, quienes iniciaron la “integración sin bloque”[10]. La institucionalización vendría después. Recién el 18 de febrero de 1960 se firmó el Tratado de Montevideo que dio origen a la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC) zona de libre comercio constituida por once países latinoamericanos (Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela) que el 12 de agosto de 1980 se transformaría en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). La ALALC buscaba eliminar gradualmente las barreras comerciales interregionales con miras a acelerar el desarrollo económico de los países de América Latina y que, al mismo tiempo, se les diera un tratamiento especial a aquellos países considerados como de menor desarrollo económico relativo[11].

El objetivo era perfeccionar una Zona de Libre Comercio en un máximo de doce años a partir de la entrada en vigor del Tratado, eliminado progresivamente los gravámenes aduaneros y cualquier otro tipo de restricción al comercio.

Desde entonces el proceso de integración se expandió por todo el continente.

Un paso trascendental fue la “Declaración de Iguazú”, del 30 de noviembre de 1985, documento firmado por los presidentes de la República Argentina, Raúl Ricardo Alfonsín, y de la República Federativa del Brasil, José Sarney, en Foz do Iguaçu, Brasil. Entre los numerosos temas abordados en oportunidad de la inauguración del puente internacional “Tancredo Neves”, que une la ciudad de Puerto Meira en el Brasil con la de Puerto Iguazú en la República Argentina, ambos mandatarios hicieron referencia a “los complejos problemas derivados de la deuda externa, del incremento de las políticas proteccionistas en el comercio internacional, del permanente deterioro de los términos del intercambio, y del drenaje de divisas que sufren las economías de los países en desarrollo”[12], “la urgente necesidad de que América Latina refuerce su poder de negociación con el resto del mundo, ampliando su autonomía de decisión”, “señalaron la especial importancia del Atlántico Sur para los pueblos sudamericanos y africanos y expresaron su firme oposición a cualquier tentativa de transferir a la región, que debe ser preservada como zona de paz y cooperación, tensiones este-oeste, en particular a través de medidas de militarización”, el presidente Sarney reiteró el histórico apoyo del Brasil a los derechos de soberanía argentina sobre las islas Malvinas y expresaron su firme voluntad política de acelerar el proceso de integración bilateral, para lo cual “decidieron la creación de una Comisión Mixta de alto nivel de cooperación e integración económica bilateral, presidida por sus Ministros de relaciones Exteriores”.

Declaración de Iguazú. Los presidentes José Sarney y Raúl Alfonsín.

Este encuentro fue un hito fundamental porque dio inicio a un proceso de integración entre Argentina y Brasil que años después llevaría al establecimiento del MERCOSUR, y a la creación de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur, establecida en 1986 a través de la Resolución 41/11 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y de la que forman parte 24 países, Argentina, Brasil y Uruguay por el lado americano y 21 países del litoral atlántico africano.

El 26 de marzo de 1991 se firmó el Tratado de Asunción entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay en Asunción, la Capital del Paraguay, por lo que lleva su nombre. Conforme a este Tratado, los Estados Partes decidían establecer un Mercado Común a partir del 31 de diciembre de 1994, el que recibiría por nombre “Mercado Común del Sur” (MERCOSUR). El 4 de julio de 2006 Venezuela se incorporó como quinto miembro del MERCOSUR pero fue suspendida en 2017 acorde con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 5° del Protocolo de Ushuaia. En la actualidad, Bolivia se encuentra en proceso de adhesión. Este Mercado Común implica:

– la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre países, mediante, entre otros, la eliminación de aranceles aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de bienes y cualquier otra medida de efecto equivalente;

– el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común en relación con terceros Estados o agrupaciones de Estados y la coordinación de posiciones en foros económico-comerciales regionales e internacionales;

– la coordinación de las políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados parte —comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetario, cambiario y de capital, servicios, aduanas, transportes y comunicaciones y otras que se acuerden— a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los Estados parte, y

– el compromiso de los Estados parte de armonizar su legislación, en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración[13].

Datos macroecnómicos del MERCOSUR. Fuente: Expansión, https://datosmacro.expansion.com/paises/grupos/mercosur

A pesar de ciertos desacuerdos políticos entre los miembros del MERCOSUR, se han cumplido treinta años de la firma del Tratado de Asunción y el bloque está entre los más importantes del mundo. No obstante, el bloque parece no haberse adaptado a la evolución internacional y hoy se encontraría sin un rumbo claro.

Precisamente, al conmemorarse el 30º aniversario, las diferencias estuvieron presentes. El presidente de Uruguay, Luis Lacalle Pou “reconoció que la actividad y producción del MERCOSUR pesa en el concierto internacional, pero remarcó que ‘no debe ser un lastre’”, “un corsé en el cual Uruguay no se pueda mover”[14]. El presidente uruguayo manifestó su confianza en los países del MERCOSUR en el concierto internacional pero consideró que era “tiempo de avanzar”, que “se debía profundizar la zona de libre comercio, rever el arancel externo común que se ha perforado una y mil veces y la concreción de las hidrovías, entre otros aspectos”[15]. Del mismo modo, “se refirió a la apertura y flexibilización del acuerdo regional”, en el marco las negociaciones con la Unión Europea.

La referencia al lastre generó una fuerte y desafortunada respuesta por parte del presidente argentino, Alberto Fernández, pero el cruce puso en evidencia las diferencias, que no es la primera vez que son manifestadas desde Uruguay.

Además del MERCOSUR, otros procesos de integración se han dado en el continente.

En 1992 Canadá, Estados Unidos y México conformaron una zona de libre comercio, North American Free Trade Agreement (NAFTA) que entró en vigor el 1º de enero de 1994. El NAFTA o TLCAN, por sus siglas en español, eliminó inmediatamente los aranceles sobre la mayoría de los bienes producidos por las naciones signatarias. A partir de ese tratado, Washington procuró crear un espacio continental, el Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), que se inició en 1994 con la participación de treinta y cuatro países. El propósito era lograr la eliminación gradual de los obstáculos al comercio y de la inversión en los países de América, a la vez de frenar los procesos de integración como el MERCOSUR.

Esta iniciativa encontró su freno en la V Cumbre de las Américas celebrada en Mar del Plata los días 4 y 5 de noviembre 2005. Los aires habían cambiado en América del Sur y gobiernos con otra orientación política se encontraban al frente de los países. De este modo, los cuatro presidentes de los países del MERCOSUR —Néstor Kirchner (Argentina), Luiz Inácio Lula da Silva (Brasil), Tabaré Vázquez (Uruguay) y Nicanor Duarte Frutos (Paraguay)— a los que se sumó el de Venezuela, Hugo Chávez, echaron a pique la propuesta del presidente estadounidense George Bush.

4 de noviembre de 2005. V Cumbre de las Américas, Mar del Plata, Argentina. Foto: Presidencia de la Nación Argentina.

Tras criticar el acuerdo que en su momento había firmado el presidente Bill Clinton, Donald Trump renegoció el NAFTA dando lugar a la firma de un nuevo tratado de libre comercio, el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá o T-MEC, al que se lo denomina como “TLCAN 2.0” o “NAFTA 2.0” para distinguirlo del acuerdo anterior.

Por su parte, el Caribe ha desarrollado el Mercado Común del Caribe (CARICOM), obviamente de menor escala, el cual fue fundado 4 de julio de 1973, mediante la firma del Tratado de Chaguaramas (Trinidad y Tobago) —revisado en 2002—, al que suscribieron las islas anglófonas —a excepción de Surinam (1983) y Haití (2002) que fueron colonias de los Países Bajos y de Francia, respectivamente, que se sumaron posteriormente— de Antigua y Barbuda, Las Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, Montserrat, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, y Trinidad y Tobago. En calidad de miembros asociados integran el CARICOM Anguila (julio de 1999, territorio británico de ultramar), Bermudas (julio de 2003, territorio británico de ultramar), Islas Caimán (mayo de 2002, territorio británico de ultramar), Turcas y Caicos (julio de 1991, territorio británico de ultramar) e Islas Vírgenes Británicas Islas (julio de 1991).

En 1960 se firmó el Tratado General de Integración Económica Centroamericano de 1960 por parte de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, al que luego se añadió Paraguay con la firma de un nuevo tratado, el Protocolo de Tegucigalpa.

El 26 de mayo de 1969 se suscribió el Acuerdo de Cartagena de Indias (Colombia), Tratado Constitutivo que fija los objetivos de la integración andina, define su sistema institucional y establece sus mecanismos y políticas, se puso en marcha el proceso andino de integración, conocido en ese entonces como Pacto Andino, hoy Comunidad Andina[16].

En calidad de países miembros lo integran Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, como países asociados Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay y como países observadores España y Marruecos.

En 2012 se dio inicio a la Alianza del Pacífico, un bloque integrado por México, Colombia, Perú y Chile, cuyos objetivos es facilitar el comercio y la cooperación aduanera, la propiedad intelectual, el desarrollo minero, la responsabilidad social, la sustentabilidad y el tráfico migratorio.

En buena medida la Unión Europea ha servido como modelo de integración por los países de la región.

Cuatro años antes de la Alianza del Pacífico, en 2008, se creó la UNASUR en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, realizada en la ciudad de Brasilia, Brasil. La Unión de Naciones Suramericanas es una organización intergubernamental dotada de personalidad jurídica internacional, integrada por Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela. Esta organización pudo haber sido una gran oportunidad para la región pero estuvo fuertemente ideologizada lo que llevó a que, cuando los vientos políticos cambiaron en la región, varios gobiernos decidieran primero suspender su participación en la UNASUR, para luego anunciar su salida definitiva. 

Ventajas y desventajas de los bloques regionales

Anteriormente fueron esbozadas algunas de las ventajas que proporcionan a los países pertenecer a un bloque regional, como por ejemplo, un mayor poder de negociación ante terceros países, a través de una negociación conjunta; acceder a un mayor mercado para ofrecer sus productos; incentivar el desarrollo de una economía de escala; la división de trabajo intrabloque que le permitiría a los países miembros la producción de bienes que de forma aislada no podrían fabricar —se puede mencionar como ejemplo el caso de Airbus en la Unión Europea—; aplicar políticas arancelarias y comerciales beneficiosas para los Estado parte, permitiendo el libre tránsito de mercaderías entre sus fronteras y, por lo tanto, impulsando el consumo; la defensa recíproca en asuntos no rigurosamente económicos; la firma de acuerdos en otras cuestiones de interés mutuo como la seguridad, la justicia, la defensa común, etc.

Con respecto a las desventajas cabe mencionar la obligación de suscribir decisiones económicas, políticas y jurídicas del bloque que podrían ser consideradas en contra de los propios intereses, es decir, resignar parte de su soberanía en beneficio de los mercados; limitaciones para gestionar sus propias políticas comerciales; desigualdades entre los miembros del bloque, tanto por su poder económico como político; pérdida de autonomía que afecta la toma de decisiones en función de sus intereses; la visión dispar de la agenda que debería seguirse; la protección de los productos de un Estado miembro que perjudica la producción o los intercambios de otro u otros miembros, etc.

Es por estas razones que hoy estamos asistiendo a fuerzas que podríamos considerar de desintegración o de desarticulación y reacomodamiento. Por ejemplo, la posición de Polonia en la Unión Europa al considerar que su justicia está por encima de justicia comunitaria, es decir que no acepta las medidas supranacionales en materia de justicia.

En buena medida esto se debe a la emergencia de otro fenómeno que es el retorno del “nacionalismo”, la emergencia de partidos nacionalistas en muchos países. Aquí deseo hacer una salvedad, porque existe una diferencia entre patriotismo y nacionalismo pero a los efectos prácticos prefiero que sean considerados como sinónimos.

En esta misma línea se encuentra la Hungría de Viktor Orban, que comparte la misma posición que Polonia.

Por otro lado están las potencias de primer orden o potencias globales que definen la integración o la desintegración a su gusto, las mismas que crearon y luego destruyeron Estados como Yugoslavia, Irak, Libia, Siria, por mencionar algunos. Me refiero más concretamente a los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia. 

El accionar de las potencias globales 

No cabe duda que las grandes potencias marcan el paso que deben seguir el resto de los países de la comunidad internacional y que, llegado el momento, harán un viraje según sus intereses.

La reconfiguración del NAFTA durante la administración Trump es un ejemplo de ello y la salida del Reino Unido de la Unión Europea es otra. En un artículo publicado en noviembre de 2020 aludo a que durante décadas el Reino Unido y los Estados Unidos le pusieron un corsé a Europa que limitó sus movimientos y que sigue limitándolos[17] [18].

En la noche del 15 de febrero de 1898 el acorazado estadounidense Maine, fondeado en La Habana, voló por los aires a causa de una explosión que el gobierno y los medios de Estados Unidos atribuyeron a España. Fue el detonante de la guerra entre Estados Unidos y España que puso fin al Imperio español y a la apropiación de los territorios españoles (Cuba, Filipinas, Guam y Puerto Rico) por parte de Estados Unidos. Foto: Granger / Album.

A principios del siglo XX los Estados Unidos se consolidaron como potencia extra europea tras desarticular al Imperio español en la guerra que le impuso en 1898. Su ingreso en 1917 del lado de los países de la Triple Entente en la Primera Guerra Mundial definió el curso de la guerra. Por motivos diferentes, los entonces enemigos, el Imperio alemán y los Estados Unidos, contribuyeron a la Revolución Bolchevique en el Imperio ruso. Los alemanes enviando a Lenin (Vladímir Ilich Uliánov, 1870-1924) en el denominado “tren blindado” o “tren sellado” para que hiciera la revolución y excluyera de la guerra al Imperio ruso.

Por su parte, en los Estados Unidos Lev Davídovich Bronstein (1879-1940), más conocido como Trotsky, procedió a la propaganda a través de periódicos publicados en inglés, yiddish, ruso y alemán, lo que le permitió reunir fondos de la comunidad judía estadounidense y de emigrados de Europa Oriental. Trotsky fue el recaudador del oro capitalista para la creación del Ejército Rojo que enfrentaría y derrotaría a los restos de las fuerzas zaristas que aún se mantenían resistiendo. A finales de marzo de 1917 partió rumbo a Rusia vía Halifax. Fue otro engranaje la revolución.

Del mismo modo, el Imperio ruso siempre fue un motivo de preocupación para la corona británica que, a pesar de estar emparentada con los Romanov, no cejó en su empeño por frenar la expansión rusa. Basta recordar el “Gran Juego” en Afganistán, la Guerra de Crimea, el Congreso de Berlín (1878) para revisar el tratado de San Stefano que había resultado de la guerra ruso-turca de 1877–1878 —de modo tal de recortarle al Imperio ruso los beneficios obtenidos—, el temor a que Rusia se acercara a la India y su colaboración en la construcción del ferrocarril chino (1890) que fue sentido como una amenaza al Lejano Oriente ruso por San Petersburgo, debido a que llegaba a la frontera del imperio. De ahí la construcción del ferrocarril transiberiano (1891-1904).

En este contexto también se daba la puja por el control de los pozos petroleros en Persia, Cáucaso y Medio Oriente, más aún cuando el almirantazgo británico reemplazó el carbón por el petróleo para impulsar sus naves. En este punto encontramos otro argumento para el ingreso del Reino Unido en la Primera Guerra Mundial: el proyecto del ferrocarril Berlín – Bagdad —evitando el Mediterráneo y el canal de Suez, ambos bajo control británico—, lo que significa la expansión germana hacia el este, hacia los pozos petroleros.

En el Reino Unido también tuvo lugar el desarrollo de las ideas de Karl Marx, las que prendieron en los revolucionarios rusos.

De este modo, al fin de la Primera Guerra Mundial, las potencias centrales y Europa en general quedaron geopolíticamente encerradas por la Rusia bolchevique y las potencias atlantistas ocasionando la radicalización ideológica en amplios sectores de Alemania e Italia que también encontraron eco en otros países europeos, como en Bélgica con (Léon Degrelle 1994) y en el Reino Unido con Oswald Mosley (1896-1980).

En la Segunda Guerra Mundial se dio lo que denomino “de salvar a Polonia a entregar a Polonia”, es decir, los británicos y franceses —luego de la política “de apaciguamiento”— se involucraron en la guerra tras la invasión de Alemania a Polonia. Sin embargo, al fin de la guerra, Polonia fue entregada en bandeja a la Unión Soviética, que había llegado con su Ejército Rojo hasta Berlín.

Entonces después de la Segunda Guerra la geografía de la Europa democrática era aún más pequeña que la de la de la primera postguerra.

Luego vino la Guerra Fría y un mundo partido en dos, la creación de la OTAN en 1949 y, de ahí en más, una asfixia a la geopolítica de los países europeos y luego de la Unión Europea. Europa quedó condenada al “atlantismo” y de ahí en más a actuar de comparsa de las políticas y aventuras que se pergeñaban en Londres y Washington, como las aventuras de Afganistán, Irak, Libia y Siria, entre otros escenarios.

1949. Firma del Tratado que dio inicio a la OTAN.

En los últimos años la dirigencia europea está percibiendo las limitaciones que ello le ha ocasionado y ha tomado conciencia que, de continuar por ese camino, sus decisiones permanecerán bajo la subordinación de los Estados Unidos, o en el futuro de Rusia o de China. Angela Merkel y Emmanuel Macron procuran torcer ese destino y nuevamente se ha considerado la creación de una fuerza de defensa exclusivamente europea. Queda por verse si el sucesor de Merkel continuará con esa política.

Con la estrepitosa y repentina salida de Afganistán por parte de Estados Unidos, esta idea de una fuerza propia europea e incluso de una inteligencia propia recobró fuerzas, lo que no significa que sea viable.

Con anterioridad, el Brexit —debe recordarse que de cara al referéndum se llevó a cabo una campaña de manipulación a través de la inteligencia artificial operada por la compañía Cambridge Analytica— puso en riesgo la solidez de la Unión Europea.

El presidente francés Charles De Gaulle tenía en claro lo que significaba el ingreso del Reino Unido a la Comunidad Económica Europea (CEE). En noviembre de 1962, en oportunidad de recibir al primer ministro británico, Harold Macmillan —con la intención de obtener la aprobación de De Gaulle para que su país pudiera ingresar a la CEE—, durante su retiro de verano en el castillo de Rambouillet, a las afueras de París, De Gaulle le expresó que si quería unirse a Europa debía abandonar su “relación especial” con los Estados Unidos. En 1963, el general francés declaró “que Francia abriga dudas sobre la voluntad política del Reino Unido de ingresar en la Comunidad”, con lo cual se suspendieron las negociaciones de adhesión de todos los países candidatos[19] . De Gaulle se manifestó en contra del ingreso británico en una conferencia de prensa celebrada el 14 de enero de 1963. El 27 de noviembre de 1967 volvió a negarse en otra conferencia de prensa.

El general De Gaulle lo había previsto sagazmente: el Reino Unido jugaría para sí y para los Estados Unidos. Tras lograr ingresar a la CEE y continuar dentro de su sucesora, la Unión Europea, gozó de beneficios especiales, como no adherir al Tratado de Schengen (1985) ni adoptar el euro, cuya entrada en vigor fue en 2002. Asimismo se encargó de boicotear algunas iniciativas de la Unión Europea.

Los pasos a seguir luego del Brexit también eran previsibles. El gobierno de Londres consideró que ya no tenía sentido continuar con la farsa de pertenecer a la Unión Europea y ha afianzado su compromiso con los Estados Unidos y la “comunidad anglo”.

Imagen de Pete Linforth en Pixabay

El 15 de septiembre de 2021 Estados Unidos, Reino Unido y Australia anunciaron públicamente la conformación de la AUKUS, una alianza estratégica militar para la región del Indo-Pacífico que trae a la memoria los tratados militares organizados por Estados Unidos durante la Guerra Fría para cercar a la Unión Soviética.

La AUKUS es una actualización de la ANZUS, de la que —quizás casualmente— se cumplieron 70 años de su creación pocos días antes del anuncio de esta nueva alianza. El Tratado de Seguridad ANZUS (Australia, Nueva Zelanda, Estados Unidos) fue creado el 31 de agosto de 1951 y fue recordado por el secretario de Estado Anthony J. Blinken a través de un comunicado de prensa en el que, entre otras cosas, recuerda que fue invocado únicamente el 11 de septiembre de 2001 y el trabajo “codo con codo” de Australia y de Estados Unidos en Afganistán durante veinte años como parte de misiones multinacionales dirigidas por la OTAN[20]. Esta nueva alianza ha incorporado al Reino Unido pero ha dejado de lado a Nueva Zelanda, país que no siempre ha integrado sumisamente este tipo de alianzas.

Otras alianzas fueron la SEATO (Organización del Tratado del Sudeste Asiático), creada en 1954 y vigente hasta 1977 —integrada por Australia, Francia, Nueva Zelanda, Pakistán, Filipinas, Tailandia, Reino Unido y los Estados Unidos, de la que se fueron retirando sus miembros a partir de la década de 1970, Pakistán (1973) y Francia suspendería su participación— y la CENTO (Organización del Tratado Central), tratado también denominado “Pacto de Bagdad”, firmado el 24 de febrero de 1955 por Irán, Iraq, Pakistán, Turquía y Reino Unido y que se disolvió en 1979. El gobierno de Estados Unidos tomó la decisión de no integrar CENTO para evitar una confrontación con los países árabes, uniéndose recién en 1958 al comité militar de la organización.

Entre estos tratados cabe mencionar el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), también llamado Tratado de Río, por haber sido firmado en Río de Janeiro el 2 de septiembre de 1947. Es un “pacto de defensa mutua interamericano” en el que, de hecho, los Estados Unidos no cumplieron con sus obligaciones cuando Argentina intentó activarlo ante la guerra del Reino Unido contra Argentina por la soberanía de las islas Malvinas en 1982. Cabe recordar que cuando el canciller argentino Nicolás Costa Méndez lo invocó, Chile, Colombia, y Trinidad y Tobago también se abstuvieron, acompañando la postura del gobierno de Washington. Otros 17 Estados americanos acompañaron la postura de Argentina. En 1982 el Tratado de Río fue herido de muerte por la propia actitud de Washington pero puso en evidencia que los acuerdos entre los países anglófonos tienen preeminencia por sobre otro o, mejor dicho, ningún acuerdo es válido si su invocación lleva a un enfrentamiento entre Estados Unidos y el Reino Unido, o algún otro de los Estados de la “comunidad anglo”, Australia, Canadá y Nueva Zelanda.

La creación de la AUKUS es un claro ejemplo de cómo las potencias globales pueden generar o desestimar los acuerdos conforme a sus intereses. El anuncio público ocasionó no solo molestias en China —contra la que se dirigiría esta alianza aunque no la mencionara— sino en Francia, que retiró inmediatamente a sus embajadores en Australia y Estados Unidos. El nuevo pacto militar significó la cancelación de una multimillonaria compra de submarinos convencionales a Francia por parte de Australia y el anuncio de una compra de submarinos nucleares a Estados Unidos.

El momento en que los líderes de Estados Unidos, Reino Unido y Australia anunciaron la creación de la AUKUS, una alianza de defensa en los océanos Índico y Pacífico.

La nueva alianza y la actitud cerrada del Reino Unido y de los Estados Unidos tiene lógica teniendo en cuenta el acuerdo secreto de inteligencia que firmaron en 1946 y al que luego se sumaron Australia, Canadá y Nueva Zelanda, el cual tuvo su origen durante la Segunda Guerra Mundial en ocasión de iniciar la colaboración en materia de descifrado de los códigos alemanes, en particular el código Enigma, tarea en la que se encontraba trabajando el científico británico Alan Turing, quien viajó a Estados Unidos en 1942 dando inicio a esa estrecha colaboración que ha derivado en una red de espionaje masivo a escala mundial integrado por esos países y que incluye el uso de satélites espías y bases terrestres que recopilan la información. 

La globalización encuentra obstáculos

Como ya lo expresé antes, la integración ha encontrado sus detractores, lo que ha dado lugar a la aparición de partidos de ultraderecha que cuestionan el sometimiento de sus países a entidades supranacionales. El propio Donald Trump también fue un reaccionario ante estos procesos globalistas cuando ejerció la presidencia de los Estados Unidos.

Los casos de Uruguay en el MERCOSUR o de Polonia y Hungría en la Unión Europea ponen en evidencia que hay gobiernos que comienzan a cuestionar las decisiones que se toman dentro del bloque o la autoridad que ejercen los países que los lideran.

Actualmente la globalización cuenta con un número mayor de detractores porque siente que no ha funcionado, que no ha concretado lo que prometía. Ha sido la causa por la que muchas personas perdieran su empleo o, en el mejor de los casos, que su salario se haya deteriorado. También de que los sindicatos obreros perdieran fuerza ya que las empresas han ido a buscar mano de obra barata a otras regiones.

Del mismo modo ha sido la causa de un descenso de la calidad de la democracia ya que los gobiernos son impotentes ante la dictadura del mercado financiero. También han debilitado las tradiciones y la cultura porque se ha tendido a una homogeinización cultural y a la imposición de leyes y medidas que chocan contra las creencias de millones de personas.

A los malestares que estaba ocasionando la globalización en los últimos años en sectores sociales de varios países, se ha sumado la pandemia de COVID-19 que ha actuado como un quiebre del proceso y que ha mostrado que numerosos países tomaron medidas que la contrarían. Pudo observarse que los países de la Unión Europea asumieron medidas que les parecían más convenientes conforme a la gravedad con que la pandemia se extendía por su territorio. El Estado prevaleció por sobre una Unión Europea que pareció paralizada o ausente ante la expansión de la enfermedad. Esto a pesar de que el bloque cuenta entre sus políticas normativas referidas a la protección de la salud pública con procedimientos coordinados entre los países miembros.

El espacio Schengen —que garantiza la libre circulación— fue suspendido de facto por lo países que cerraron sus fronteras y sus contactos con el exterior. La solidaridad europea no pareció estar presente si se considera la necesidad de material sanitario por parte de los países más necesitados, como fue el caso de Italia, en donde el número de muertes diarias en algunas regiones fue sorprendentemente alto. En este sentido cabe recordar que el 5 de marzo de 2020 Francia confiscó cuatro millones de mascarillas de la multinacional sueca Mölnlycke destinadas a España e Italia, cuando la mercadería transitaba por Marsella y Lyon[21]. Tras quince días de presiones diplomáticas del gobierno sueco, París dejó salir el envío de un millón de unidades a España y otro millón destinado a Italia, pero se quedó con dos millones. El origen de esa confiscación fue un decreto que el presidente francés Emmanuel Macron había firmado dos días antes, por el cual el gobierno podía requisar todo producto necesario en la lucha contra la epidemia.

Este hecho llevó a que la empresa sueca tomara la decisión de evitar que sus mercancías circularan por Francia y que tuvieran como destino a un puerto belga para su distribución desde plataformas logísticas de este país y de la propia Suecia.

Por su parte, al mismo tiempo en que Francia confiscaba las mascarillas, algunos dirigentes franceses revelaron las prácticas de los intermediarios estadounidenses, quienes triplicaban las ofertas de los compradores iniciales en las pistas de despegue de China. De ese modo conseguían que un avión cambiara su destino inicial (Francia, en este caso) y llevase las mascarillas a Estados Unidos[22]. Las transacciones se llevaban a cabo en la misma pista de despegue.

La “guerra de las mascarillas” ha puesto en evidencia que en el contexto de la globalización, y como producto de ella, se han cometido errores de planificación estratégica, pues la portavoz del gobierno francés, Sibeth Ndiaye, explicó que en 2011, después de la gripe H1N1, “se decidió que Francia ya no necesitaba almacenar mascarillas FFP2 porque la producción mundial era suficiente para garantizar el suministro en caso de epidemia”[23]. Francia se encontró sin stock y en la actualidad el principal fabricante de mascarillas mundial es China, país en el que se inició el brote de la pandemia de coronavirus.

Estados Unidos, como puede apreciarse, también dependía de la producción china de mascarillas y eso llevó a que fueran a conseguirlas a las pistas de despegue en China, arrebatando las mercaderías que tenían por destino otros países.

El Brexit también puso en evidencia los trastornos que ocasionó en el Reino Unido: problemas de desabastecimiento, falta de combustible y de alimentos que, se estima, podría agravarse para la Navidad. En un panel del programa “A Fondo” de la Deutsche Welle, el escritor británico Matthew Perret afirmó que el nacionalismo le está pasando factura al Reino Unido, porque ya no es una potencia como se auto percibe. La desconexión puso en evidencia las vulnerabilidades del Reino Unido, ya que un 50% de las verduras frescas y de las frutas procedían del continente, pero también los transportistas porque el desabastecimiento obedeció precisamente a una cuestión logística que puso en evidencia la falta de 100.000 camioneros en las islas británicas. Los choferes que eran de países del continente debieron regresar a la Unión Europea tras el Brexit. Ante esta situación, el gobierno británico ofreció empleo provisorio para aquellos choferes que quisieran ir a trabajar a las islas, algo irreal ya que se trata de una oferta temporaria y quien contara con un trabajo seguro no se sentiría atraído y aún menos por un salario inferior.

El Reino Unido se quedó sin mano de obra barata y tuvieron que sacrificar gran cantidad de cerdos porque no tenían personal para atender a los animales de granjas. Lo propio se observa en el sistema de salud, sector en el que los empresarios se quejan porque ahora deben pagar mayores salarios además de costear cursos de capacitación de personal.

Matthew Perret también hacía referencia al cambio de mentalidad de los británicos que antes hablaban de “europeos” y ahora hablan de “migrantes”. No solo que han emigrado los trabajadores sino también las empresas y en la actualidad no llegan inversiones a las islas británicas.

El Brexit y la pandemia han puesto en evidencia las contrariedades de la globalización, la falta de planificación estratégica de los gobernantes, los trastornos de una división internacional del trabajo o los riesgos de que la producción y los intercambios comerciales hayan caído en manos de corporaciones monopólicas u oligopólicas —por ejemplo, diez empresas controlan el 80% del mercado del comercio marítimo[24]— y una cuestión de velocidades que muestra que la infraestructura planetaria no puede responder a una acelerada digitalización de la economía[25]. El sistema de contenedores ha estandarizado el transporte a escala mundial, por lo que un contenedor puede ser transportado por un buque, un tren o un camión pero cada vez se construyen buques porta contenedores más grandes y eso lleva a que los transportistas decidan cuándo debe partir un buque —el cual debe hacerlo con carga casi completa— y por qué rutas deben navegar[26]. Esto lleva a otros problemas logísticos como disponer de puertos para que puedan atracar estos grandes buques, la necesidad de sacar los contenedores de los puertos, lo que encuentra el obstáculo de que las vías férreas o los carriles de las autopistas no pueden responder a estas necesidades.

Un ejemplo de esta problemática de la logística ha quedado a la vista con lo sucedido en el puerto de Los Ángeles, el mayor puerto de Estados Unidos, donde aproximadamente 200.000 contenedores permanecían paralizados frente a la costa debido a las interrupciones relacionadas con la pandemia que continúan afectando varias cadenas de suministro[27]. Esto ocasionó trastornos a las automotrices y proveedores del Medio Oeste, que precisaban los componentes para poder fabricar sus productos finales. Este atasco llevó a que el presidente Biden ordenara que el puerto trabajara las 24 horas al día, 7 días a la semana, pero esto aún no ha ayudado a descomprimir la situación.

El atasco de los buques esperando a atracar fuera del puerto de Los Ángeles. Imagen: GETTY.

El problema que se presenta en el puerto de Los Ángeles se aprecia en otros puertos, debido a la gran demanda de productos básicos y de bienes tras la pandemia. Esto incrementó los costos a la vez de que hay una escasez de buques y de contenedores disponibles para responder a la demanda[28].

Por su parte, un brote de coronavirus en el sur de China ha sido la causa de una obstrucción de puertos críticos (Yantian, Shekou, Chiwan y Nansha) para el comercio mundial, provocando una acumulación de envíos que podría demorar meses en despejarse y ocasionar escasez durante la temporada de compras navideñas y de fin de año[29].

En los puertos de la costa California que reciben la mercadería de Asia también se encuentran atascados con buques porta contenedores que esperan poder ser descargados. Como resultado de ello, se está produciendo una acumulación de mercancía que ya es preocupante pero a la vez un fuerte incremento de los costos de transporte[30].

Todo esto pone en evidencia la fragilidad de la cadena de suministro global[31]. En la actualidad hay un desabastecimiento aluminio, vidrio y de otros elementos que frenan la cadena productiva. Tampoco están llegando a destino productos textiles, en general de las fábricas de Asia.

La normalización de la economía ha llevado a un repunte de la fabricación y a una demanda adicional de los consumidores que agrava la situación del transporte[32]. A todo esto se suma un envejecimiento de los choferes de camiones en Europa y en el Reino Unido y una falta de renovación de los mismos, a la vez que en Estados Unidos está escaseando la mano de obra en los puertos y existen dificultades de contratación[33].

Las huelgas de trabajadores en Estados Unidos pusieron en evidencia un sistema de explotación y de desigualdades: menos salarios para los trabajadores, más dividendos para los CEOs.

Con respecto al mercado laboral, la pandemia ha cambiado la forma de pensar de numerosos empleados que han decidido cambiar su estilo de vida, dando prioridad a su salud, a una vida más en familia, a evitar el maltrato y la explotación por parte de las empresas. Esto se aprecia fuertemente en Canadá y Estados Unidos, donde se ha dado lo que el profesor de la Universidad Texas A&M Anthony Klotz ha denominado la “Gran Renuncia”, un fenómeno que parece que no está pronto a desaparecer. En abril de 2021, cuatro millones de empleados abandonaron sus trabajos, un 2,7% de la fuerza laboral de Estados Unidos y las vacantes que dejan no están siendo cubiertas. La mayor cantidad de renuncias se ha dado en el sector presencial de servicios, en atención al cliente, en gastronomía y en hotelería. No se debe a cuestiones meramente salariales sino a la opción de otro concepto de vida.

Otra cuestión que afecta la logística del transporte es el gran incremento del comercio electrónico, es decir, las compras individuales que se realizan en todo el mundo, es decir, numerosas compras particulares que deben ser enviadas a diversas direcciones en diferentes ciudades[34].

Como puede apreciarse, la propia globalización está mostrando sus limitaciones, sobre todo cuando es afectada por cuestiones como una pandemia, tanto a escala global, como en un foco de desarrollo que abastece al resto del mundo. Un ejemplo de esto es que un nuevo brote de COVID en Vietnam, gran productor de ropa y de calzado a escala mundial, ha paralizado la producción y mercados como el de Estados Unidos podría ser afectados por un desabastecimiento para las fiestas de fin de año.

Otro sería el caso de los grandes productores de chips y de semiconductores, Taiwán y Corea del Sur, cuya producción no acompaña el ritmo de la demanda, afectando a grandes plantas industriales en diversas partes del mundo.

Estas situaciones muestran los inconvenientes de la globalización y la posibilidad de que en algunos comience a producirse bienes para evitar la dependencia de esos escasos productores. Visto desde otro ángulo, podría ser una oportunidad para que algunos países encuentres nuevos nichos para desarrollar su producción. 

Ocaso y emergencia

Asistimos a una reconfiguración del mundo en el que ciertas potencias globales no se resignan a perder su posición y otras emergen, lo que lleva una mayor inestabilidad en este mundo multipolar. En este punto deben considerarse tanto las cuestiones económicas como las militares.

Es evidente que entre los primeros se encuentran el Reino Unido y los Estados Unidos. Mientras que algunos responsabilizan de la situación en el primero al Brexit, otros consideran que el problema ha sido la gestión del mismo. Lo cierto es que se percibe que la decisión tomada por el gobierno británico no ha sido acompañada por una buena planificación para el período posterior a la salida del bloque. Esto es apreciable a partir de los serios problemas de abastecimiento que se han presentado en el país si bien, como ya fue mencionado, hubo una intencionalidad de ruptura con Europa para procurar un acercamiento a la “comunidad anglo”. En este sentido, el primer ministro Boris Johnson procura estrechar, no con mucho éxito, los lazos en la angloesfera.

Boris Johnson hasta ahora expone los problemas pero no las soluciones, porque en verdad parecería no tenerlas y es así como muchos británicos están tomando conciencia de lo que ha ocasionado el Brexit y de la falta de previsión de la dirigencia para el día después.

El gobierno británico salió a desmentir el rumor que apuntaba a su presunto interés por entrar al T-MEC pero, no obstante, afirmó que busca un acuerdo comercial con México como con Estados Unidos y está haciendo los deberes para incorporarse al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT). Sin embargo, Johnson recibió un balde de agua fría cuando el presidente Biden dijo que no quiere oír hablar por el momento de un futuro acuerdo comercial con el Reino Unido.

Tras dieciséis meses de negociaciones “Boris Johnson ha aclamado un histórico acuerdo comercial posterior al Brexit entre el Reino Unido y Nueva Zelanda que supondrá un descuento de 20 peniques por una botella de vino. Sin embargo, el análisis del gobierno ha sugerido que podría no tener un impacto masivo en el PIB”[35]. El Reino Unido se encuentra navegando por nuevos mares desconocidos, con olas y tempestades que no padecía dentro de la Unión Europea. El gobierno de Boris Johnson está haciendo lo que siempre hicieron en Londres, firmar acuerdos que luego ajustan a su conveniencia o no cumplen mientras la Unión Europea se asombra como si no conociera el paño. Más claramente, ahora deseaban dejar sin efecto el acuerdo firmado por Irlanda del Norte.

En términos políticos, el gobierno de Londres se vio forzado a que el Brexit no se llevara a cabo en Irlanda del Norte a los efectos de no retornar a la conflictiva situación que afectó a esa región y a evitar tener que levantar nuevamente la frontera con la República de Irlanda, la que ya le hizo una advertencia al gobierno británico. Según el acuerdo entre Londres y la Unión Europea, Irlanda del Norte permanece dentro del bloque pero los productos que llegan conforme a las pautas comunitarias no pueden ser llevados al resto del Reino Unido. La situación en Irlanda del Norte sigue siendo de desconfianza entre sus habitantes protestantes y católicos y la desconexión con el bloque europeo podría reavivar nuevamente el conflicto.

Por su parte, Escocia podría de nuevo plantear su independencia, habida cuenta que su posición era mantenerse dentro de la Unión Europea.

Con respecto a Estados Unidos, su situación también es delicada. La retirada de Afganistán, sus serios problemas económicos, su endeudamiento externo y un considerable número de huelgas que no son difundidas por los grandes medios, están poniendo al país en una grave situación. Como se ha mencionado, al igual que Canadá, Estados Unidos también enfrenta un récord histórico de renuncias voluntarias.

En este escenario puede afirmarse que el Reino Unido y Turquía juegan al retorno al gran imperio pero es más probable que el éxito pueda favorecer a Turquía, con un gobierno en manos del “sultán” Erdogan, quien está potenciando su industria de defensa con apoyo financiero de Catar, mientras desafía a la OTAN y adquiere armamento de Rusia.

Turquía está haciendo su juego en el Mediterráneo, Medio Oriente y Asia Central y, vale recordar, en 2023 se cumplen cien años de la fundación de la Turquía moderna por parte de Mustafá Kemal Atatürk.

Tras el Brexit, la Unión Europea también ha quedado debilitada en vísperas de que Angela Merkel deje su liderazgo alemán y europeo. Los “díscolos” de Hungría y Polonia ponen en dudas la solidez del bloque y la tibieza de Bruselas resulta incapaz de definir la expulsión de un miembro. Es que precisamente, una de las características del “gobierno comunitario” ha sido la tibieza y por eso ha sido arrastrada a luchas que solo beneficiaban a la anglosfera. La salida del Reino Unido, la trastada de Afganistán y la creación de la AUKUS le dejan la oportunidad de decidir por sí misma, cosa que seguramente no hará.

China por su parte, si bien está teniendo nuevamente brotes de coronavirus que paralizan regiones del país, no tiene los problemas económicos de Estados Unidos y ha desarrollado una expansión global a través del “poder blando”. La iniciativa “Franja y Ruta”, propuesta por el presidente Xi Jinping en 2013, ha llevado a que 140 países socios hayan firmado con China documentos sobre la cooperación en el marco de “Franja y Ruta”. De esta manera, China está uniendo comercialmente y logísticamente al mundo. 

GUERRAS, ARMAS Y PROHIBICIONES

Marcos Kowalski*

Imagen de Michal Jarmoluk en Pixabay 

Muchísimas veces se ha escuchado decir que en las guerras todo vale, pero no es así. En la comunidad internacional hay un marcado rechazo a los conflictos sin restricciones, los tratados internacionales del último siglo demuestran que en el frente de batalla no todo vale. Incluso las armas “convencionales” (las que no son nucleares, por ejemplo) tienen regulaciones.

Todos los días vemos conflictos armados, están a la orden de la historia, pero las armas y las formas de usarlas han evolucionado volviéndose más letales, sobre todo en los últimos doscientos años. A partir del siglo XIX, ejércitos cada vez más grandes y mejor equipados han provocado más destrucción y muertes de militares, pero también de civiles. Ante esa escalada de víctimas, la comunidad internacional ha intentado fijar “reglas” para la guerra, con mayor o menor éxito.

Las Conferencias de la Haya de 1899 y 1907 y las dos primeras Convenciones de Ginebra de 1929 fueron esfuerzos pioneros para mitigar los daños de los conflictos armados. La “ley de la Haya” regulaba los principios y límites de la guerra, mientras que la “ley de Ginebra” buscaba proteger a las víctimas y a los más vulnerables.

Con el tiempo, la unión de ambas dio paso al derecho internacional humanitario para la guerra. Mediante distintos tratados, este derecho ha amparado a los “no combatientes”, como civiles, prisioneros de guerra y heridos, mientras limita el desarrollo o uso de armas para así evitar o reducir el impacto de los conflictos en los seres humanos.

Recordemos, como antecedente a estas prohibiciones, a la declaración de San Petersburgo de 1868. Tras el desarrollo de balas explosivas, el Imperio ruso las consideró demasiado violentas y evitó usarlas, así que sugirió una prohibición universal para que otros Estados tampoco las fabricasen. Por primera vez se prohibía un arma antes de haber sido probada en combate.

Surge así la idea que armas de ese estilo, que agravan los sufrimientos de los combatientes heridos o hicieran inevitable su muerte, iban en contra de la idea extendida de que el propósito de la guerra era debilitar la fuerza militar del enemigo, no destruirlo. Para finales del siglo XIX y ante una creciente rivalidad de las potencias militares de la época, se celebraron las Conferencias de la Haya de 1899 y 1907.

No pudieron evitar el conflicto pero de allí surgieron iniciativas para limitar distintas armas que estaban en desarrollo o que empezaban a usarse, como los proyectiles que difunden gases asfixiantes o nocivos, o los proyectiles que se expanden o deforman en el cuerpo humano, conocidas como balas “Dum-dum” y que incluyen las de punta hueca y punta blanda.

Estas prohibiciones no incluyeron otros avances de la industria militar, como el tanque, los bombarderos o los submarinos, proyectos de sistemas de armas que siguieron su curso e incluso se desplegaron a gran escala en la experiencia traumática de la primera guerra mundial, llamada la “gran guerra” conflicto que provoco millones de muertos entre militares y civiles.

Es en estas circunstancias que se creó la Sociedad de Naciones en 1920, con el objetivo de propiciar la paz y prevenir futuras guerras. Esta organización promovió la reducción y el control del armamento militar convencional de sus Estados miembros, que resultaron en varios acuerdos durante el periodo de entreguerras hasta 1939. Pero, una vez más, estas iniciativas fracasaron con el rearme generalizado y la Segunda Guerra Mundial.

Al finalizar la Segunda Guerra Mundial, se produce la denominada “Guerra Fría”, con la aparición de las armas atómicas, desviando los esfuerzos internacionales por el control armamentístico hacia la cuestión nuclear. No obstante, en la recién creada Organización de las Naciones Unidas, ONU, se forma la Comisión sobre armas que precisó en 1948 el concepto de “armas de destrucción masiva”.

Empezarían así a diferenciarse las armas Nucleares, Biológicas y Químicas, como armas de destrucción masiva, cuyo uso, incluso limitado, puede causar estragos a toda la población, civil o militar, del resto de armas que equipan a los ejércitos del mundo, las armas denominadas convencionales. La ONU clasifica estas últimas armas en Pesadas o Livianas.

Las primeras, armas convencionales pesadas, incluyen siete tipos de armamentos de gran tamaño, desde tanques hasta helicópteros de combate o navíos de guerra, mientras que las segundas, armas convencionales livianas, son aquellas que equipan a los soldados aislados, las patrullas e incluso las unidades de combate, sean armas de “puño”, como pistolas y sub fusiles, de “hombro” como rifles de asalto, o “ligeras”, como lanzagranadas, ametralladoras y morteros.

Durante la Guerra Fría, la rivalidad entre Estados Unidos y la URSS por la hegemonía mundial contribuyó a distintos conflictos armados en otros países que les evitaron un enfrentamiento directo. Como era demasiado peligroso desplegar armas nucleares en combate, la proliferación de armas convencionales encontró en Corea, Vietnam o Afganistán oportunidades para probar nuevos modelos y sistemas.

El Comité Internacional de la Cruz Roja, a mediados del siglo XX había instado a prohibir las armas convencionales que no distinguen entre combatientes y no combatientes, y las que causen heridas o sufrimientos innecesarios. Una conferencia de expertos logró definir este armamento en 1974.

Sin embargo, en otra conferencia, esta vez realizada por la Diplomacia y que duró hasta 1977, surgieron diferencias entre Estados, como Suiza o Noruega, y los bloques militares de Estados Unidos y la Unión Soviética, que, más reacios a las prohibiciones, entendían que estas solo podían decidirse en la ONU.

Es de esa forma que se decide reunir la Asamblea General de la ONU para establecer una conferencia específica sobre estas armas. En 1980 nació el Convenio sobre la Prohibición y Restricción de Ciertas Armas Convencionales (CAC). El CAC, reúne reglas generales que llevan a que las armas se regulen mediante protocolos concretos, que en principio fueron tres.

El primero prohíbe las armas que hieren por fragmentos no detectables por rayos X como los explosivos de fragmentación, explosivos hechos de plástico o cristal. Esa prohibición se basa en la idea de que impedir o dificultar la asistencia médica a un combatiente herido y retirado del campo de batalla solo suma daños innecesarios. Dado el uso casi nulo de estas armas, la postura no tuvo opositores.

El segundo protocolo restringe distintos artefactos, como las trampas “caza-bobos”, que son aquellas que atraen a las personas y se activan cuando se acercan o las manipulan. Habituales en la guerra de guerrillas, como las utilizadas por el Vietcong contra los soldados norteamericanos. Una de las principales prohibiciones es su uso en lugares con civiles y dentro de objetos inofensivos. Durante guerra en Siria, el grupo terrorista ISIS llegó a utilizarlas contra civiles con explosivos improvisados dentro de juguetes o televisores.

Este segundo protocolo es el que trata, también, sobre las minas terrestres de gran efecto contra la población civil. Los campos de minas son fáciles de sembrar, pero difíciles de limpiar y décadas después de los combates todavía matan o mutilan. A pesar de la enmienda al Protocolo II en 1996, la falta de consenso para prohibirlas llevó a negociar un tratado aparte, la Convención de Ottawa de 1997.

El último de los tres protocolos originales trata sobre las armas incendiarias, que son aquellas que aparte de incendiar objetos causan quemaduras a las personas mediante llamas o calor, como el napalm o los lanzallamas. Se usaron durante la Primera y Segunda Guerra Mundial, y volvieron a verse en las guerras de Corea y Vietnam. Su inclusión en el CAC planteó el rechazo por parte de Estados Unidos y el Reino Unido que defendían su uso para operaciones concretas, como, por ejemplo, contra objetivos militares.

La oposición de estos dos Estados, finalmente, impidió una prohibición total. Por tanto, este protocolo prohíbe atacar con armas incendiarias por medios aéreos a la población y a objetivos militares en zonas de concentración civil, pero sí pueden utilizarse contra fuerzas enemigas, siempre que se hayan adoptado todas las precauciones posibles para minimizar víctimas colaterales.

En los últimos tiempos con un resurgimiento de amenazas apareció una nueva “guerra fría” donde China y la Federación de Rusia, heredera de la URSS, aparecen como el principal desafío a la hegemonía militar estadounidense.

En la actualidad todas estas potencias han realizado grandes avances en la electróptica y fundamentalmente en las aplicaciones militares de los sistemas láser. Sistemas en pleno desarrollo, todavía experimental, pero que ya en los años noventa aparecían como armas láser antipersonales, provocaron un debate impulsado por el Comité Internacional de la Cruz Roja, donde se consensuó que no eran aceptables, pues con ellas se busca causar ceguera que puede ser permanente. El CAC sumó así un cuarto protocolo en 1995, siendo la primera vez desde aquellas balas explosivas del Imperio ruso que se prohibía un arma antes de haberse visto en combate.

El nuevo contexto de los conflictos desde fines del siglo XX hasta nuestros días, por ejemplo entre 1990 y 1999, se consideraban activos 118 conflictos armados de los cuales solo diez eran internacionales. Como respuesta a esa tendencia el CAC se amplió en 2001 a los denominados conflictos armados internos, los de conmoción interior de los Estados, que ganaron aún más protagonismo con la “guerra contra el terror” que promovió Estados Unidos tras los atentados del 11S. 

Finalmente, en 2003 se añadiría un quinto protocolo del CAC, sobre restos explosivos de guerra que abarca las municiones que el Convenio no contemplaba, como granadas, bombas aéreas o proyectiles de artillería que no explotaron durante los combates y que aún pueden amenazar la vida de las personas.

Con relación a otras armas como las municiones de racimo, que son aquellas que contienen numerosos proyectiles explosivos en su interior que se diseminan sobre un área extensa y que pueden convertirse en restos explosivos de guerra, los esfuerzos por acordar un nuevo protocolo para limitarlas o prohibirlas no han tenido éxito. La causa principal de este punto muerto son los intereses económicos de los fabricantes de municiones de racimo, como Estados Unidos, Rusia, China, Israel, India y Pakistán. Los cuatro primeros también están entre los mayores exportadores de armas del mundo.

Sobre este tema, Noruega inició en 2006 una negociación para prohibir estas armas. La iniciativa culminó en la Convención sobre municiones de Racimo de 2008 con la participación de 123 Estados hasta ahora. Se impulsaron nuevas obligaciones a los Estados miembros y medidas de asistencia a las víctimas. Pese a la ausencia de los grandes productores, la inversión estatal y de instituciones financieras para fabricarlas ha caído un 70% en los últimos años.

El CAC goza de flexibilidad, sus cinco protocolos están ratificados en distinto número por los 125 países que lo suscriben y se han podido revisar en las llamadas conferencias de examen. En los últimos años, por ejemplo, se está discutiendo como proceder con los sistemas de armas autónomos letales como drones o robots militares, pero la decisión está en el aire ante la nueva carrera armamentista y tecnológica entre potencias globales.

Por lo pronto, el uso creciente de aeronaves armadas no tripuladas, por parte de Estados Unidos, China, Rusia, Turquía y otros muchos países en conflicto o en acciones antiterroristas, perfeccionadas incluso con inteligencia artificial se viene incrementando en forma exponencial.

Aunque las armas convencionales provocan daños más limitados que las de destrucción masiva, el número de víctimas provocado en el mundo por estas armas es al día de la fecha muy superior. La Oficina de Asuntos de Desarme de Naciones Unidas estimó que casi el 50% de las muertes violentas entre 2010 y 2015, más de 200.000 al año, involucraron armas livianas.

Ocurre que las armas de destrucción masiva están más controladas. El derecho internacional es clave para limitar las armas convencionales más dañinas o de uso indiscriminado permitiendo a los Estados anticiparse a los desafíos que plantea la aparición de nuevos armamentos. Estas armas, ligadas a los conflictos bélicos y a las distintas amenazas de la actualidad no van a desaparecer, por el contrario, proliferarán.

El CAC, como todo acuerdo internacional, tiene puntos débiles que le restan efectividad, carece de mecanismos de verificación y aplicación así como de un proceso ante incumplimientos. Además, los nuevos protocolos suelen estancarse por los intereses opuestos entre los Estados parte. Estos vacíos han llevado a crear convenciones alternativas como las de Ottawa, sobre minas terrestres, u Oslo, sobre municiones de racimo, pero al final las guerras y los conflictos no desaparecerán y cada Estado deberá procurarse su propia defensa.

 

* Jurista USAL con especialización en derecho internacional público y derecho penal. Politólogo y asesor. Docente universitario. Aviador, piloto de aviones y helicópteros. Estudioso de la estrategia global y conflictos. 

©2021-saeeg®